Page 1 OLICA DEL EL PERO Resolución Directoral -2016

-2015-MINCETURNMTDGJCMT wwwww velvet. Ti ARMA . NT. TITULAR. ESTABLECIMENTO FABRICANTE CANTIDAD. | 147 | Entretenimientos Gishi S.A.C. ...
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6-MINcETuR/vMT/DGJcMT

|\lAR,2015

Visto, el Expedieñte N" 837769201,LM|NCETUR, de focha 0611 2014, en el que le empresa ENTRETENIMIENTOS GISHI S.A.C. soliota se le otorgue autorización expresa para la exploiación de máquinas fagamonedas como conseclencia de la l¡ansferencra de la sala de iuegos wlN¡{ERs PRO", ubicada en Av. Prcc€res de la Independencis Nros. 7876-7878 O¡slrilo de tos Olivos, Provincia y oepa¡lamento de L¡ma, autorÉada a la emprcsa PAClFlc ENTERTAINMEI{TS S.A.C. med¡anie Resoluc¡ón oiec1o€¡ No 1723-2010-lIlNCETURrI/IIIT/OGJCI\¡T, cle fecha 02 08.2010; CONSIDERANOO: Oue, mediañte Ley N" 27153, y nomas modif¡caloriás, y su Reglamento apobado mediante Decreto

N' 00$2002-MINCETUR, se rcguló la explotación d€ los ju€os de casino y máquinas trasamoriedas en el pais, estableciéndose en el aniculo 24' del citado cuerpo legal que conesponde a la Diecc¡ón Geñeral de Juegos de Casino y Máqu¡nas Tragamonedas las facultacles adm¡n¡strat¡vás de autor¡zac¡ón,l¡sc€lización, suporvisión, evalu¿ción y sanc¡ón vinculadasa las explot6ciones antes releridasi Supremo

Que, de conlomidad con el arliculo 11' del Reglsmento del citado cuerpo legal, aprobado mediánte Suprcmo N' 009-2002-0||NCETUR, de fecha 11.11 2002, la autorizac¡ón expresa pala la explotación iuegos de casino y máqu¡nas lragamonedas es inlransferible;

.. ---. .

QLre. mediante Decreto Supremo N' 00G200&MlNCEfuR, de fecha 05052008, y normas modifcatorias, s€ aprcbaroñ las normas complementarias pará el otorgamiento de Auto zac¡ón Expresa en c€sos d€ lransferencra de salas de juego autoízadas eslableciéndose en los arllcljlos 16' y sigu€nles los

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'

Que, medranre Expedrenre N' 837769-201+MINCETUR, de lecha 06.11.2014, las empres¿s ,PAC|F|C EIi¡TERTA|I{MENTS S.A.C. y E¡¡TRETENIMIENTOS GlSHl S.A"C. prcsentaron una sot¡dud de jAuionzacron e¡présá y declaraoón jurad¿ on caso de transferencia de sálas de juegos, en calidad de ^ transierente y adqutrrente respeclvámente, acog¡éndose al prcc€dimienlo pr€v¡slo en el nuñéral 172 del - art¡culo 17 delcueQo legal antes s€falado,loda vez que la adquiriente no cuenta con autor¡zaciones para la e¡plotación de máquinas lragamonedasi

Que, por su parte, la sala de juegos de máqu¡nas fagamonedas obielo de la llansferencia, coñesponde a ta denominada 'W|i{XERS PRO". ubicada en Av Pró.éres de la Independenc¡a Nros. 78767878, D¡slr¡lo de Los Olivos. Provincia y oepartamento de Lima. autor¡zada a la empresa PAclFlc ENTERTAINIIIENTS S.A.C. mediante Resolución DirccloÉl N' 1723-201GM¡NCETURA/MT/DGJCMT, de fecihá 02 08 2010:

Que, la l¡ansfercncia de la sala de juegos se encuentÉ acreditada msd¡anle teslimonio de Escritu.a Públicá númeo noveclenios sesenta (960), de lecha 2910.2014, olorgada anle Notario Püblico de L¡ma Dr.

Rubén Oarfo Soldevilla Gala, que celebraroñ las empresas PAclFlC EI{TERTAINMENIS S.AC. y

ENTRETENI¡IIENTOS GlSHlS.a.C., en calidad de tÉnsferente y adqu¡rienle, rcspeclivamenle; Que, según consia en ellnforme Económico- Financiero N" 248-2014 deAutod2ación Expresa pala Transfereno6 de sala de Juegos. de fecha 19.12.2014, la emprcsa PAclFlc El'lTERfAltlMENTs s.a.c. ha acred[ado cumplú co¡ declarar y pagar los hpuestos a los Juegos de cas¡no y Máquinas tragañonedas corespond¡enle a los periodos j!lic,/2o14, agostc/2o14 y oc1ubrel2914l

de Adeldos" emilido por la Sup€riñtendencia de AdministÉción Qu€, as¡mrsmo. segun el - ' _,,) de fecha 2011 2014, la empresa lransferente ¡egislra deudas tributarias eñ elapa de \ ,, Trtbularia-SuMT tmitido y en proceso de ap€laoón dentro de las c{rales no se encuenlran comprend¡da la coÍespond¡erne al 'Estado

I

*rDueslo a los juegos ruáG de cás,nó casino yv ñáouinás máquinas rrádámónéd,. traqañon€dasi

Oue, ad¡cjonalm€nle, sesún consta en el Merño¡ándum N' 25&20ltMlNCETURA/I\ITIDGJCIIITDFCS, de fecha 18 03.2015, emitido por la Onección de Fiscal¡zaclón, Control y Sanción de la Oirccción Genelal de Jlegos de Casiño y Máquinas Tragamonedas, ls empresa transféreñte no rcgistra n¡ngún proc€dimiento sancDnador en tÉm¡te p€ndienre de resolución r*pecto de ta sata de juegos objero de ta transferencia, no ex¡stiendo a la fecha multa pendienlede pago: Oue, en ese sentido, se advierte que la efipresa transferente cumple con los requisitos ádicionales previslos en el artfcllo 18' del Reglamenlo aprobado mediant€ Decrelo Supremo N' 00S200&M|NCETUR y

nom6s moditicaloriasl Oue, para €fedos clel pres€nle procedimieñto s€ ha iomado en cons¡deÉción la evaluáción técnica realÉada a lávor ó€ la transferénte con motivo de la autorización concedida por ta Admrn¡stlactón, a que se reliere la Resollción DircctoÉl No 1553-2010-|\¡|NCETUR^"/IvíT/DGJCMT, de fecha 08 07 2010, en ta que s€ delerminó que la sala de juegos objeto de kansfe€ncia cumpte con tas requis¡ros téc¡¡cos exigibtes. así ...". r;¿lLcomo ,como con la d¡stancia drsianoa mh,ma mfn¡ma a que refiere el artlorlo 5ó c'e la Ley oue se refie€ Lev No No27153 v nomás mod¡liétoriás 27153 y normas mod¡l¡c€torias 1: . ,!:,.';;':. i:j""gun "" advierre en tos Inrormis Tecn¡cos Nros oós62,2ói,MlÑdeiuRivMirbóJóui-só¡cs-n¡sc, 0764-200&MINCEfUR¡/MT/DGJCMT-SOFCS-RJSC y m5.2olGMlNCETUFWMT/DGJCt!,tT-SoFCS-RJSC,

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de

feciás

14.1

1

.2007, 15.07.2008 y 03 02.2010, respectivámente;

Que, er tal senlido, de ra documenración que obrc en aulos s€ adv¡erre que tá empresa adqu¡r¡enie ácredila el defecho de posesiót] sobrc clncuenta y nueve (59) náqulnas tfaganodas y c¡an'l' octÉn¡a y clnc. (185) ¡,enorias de sóro ,écaur¿, las nismas que se encuenfan instatadas en ta sata de Juegos obielo de lransfer€no¡a y qu€ serán objeto de l¡scalización posteriori

-

Que, adicaonalmente, según consta en et Infonne Económico F¡nanciero N" 24a-2O14 de Aurorizac¡ón Expfesa para Transferencja de Sa¡a de Ju€gos, de letr'ha 19.122014, retac¡onado con ta evaluación de la solv€ncia ecoñóm¡ca de la adqlki€nte y de sus socios, directores, gercntes y apodeÉdos coñ facullades inscritas -según coresponda-, la adquiriente y las personas sntes indicadas cumpten con tos criter¡os de €valuación eslablec¡dos e¡ los a(cutos 7. y siguieñtes de ta Directiva N.001-2007MINCETUR^fiT/OGJCMT, aprobada medianre Resotucjón Directorat 3a-2007MINCETUR¡r'MT/DGJCMT, d€ lecha 29.01.2007, debiéndose p¡ecjsar que, de coñfomdad con to dispuesto en él a.lforlo 15" de ¡a ley N'27153 y nomas modificadolas, dicha evatuación es permanénte en tanto el

No

tilularde la ¿ulori2ación mantenga vigente lá autor¡zación concedida;

Que, en obsérvanc¡a de lo dispuesto €n el artíclto 22o det Decrero Sup¡emo No OOG2OO& MINCETUR y noÍ¡as modificáoriás, 16 adquii€nte cumpte con pres€ntar Ia garan á a que se refere e¡ Iculo 19o de la Ley No 27153 y normas modificatoias, otoryadá por SECREX Seguros de Créd¡to y rantfas, medianle la Póliza de cauciór N' J0oE0-oG2o.l5 de fecha 06.03.2015 v¡genls hasia ;l b3.2016, que eladqukiente tiene oiorgadá a favor detM¡nirerio de Comercjo Ererior y Tur;smo hasta sers posl€riores a la cancelac¡ón de ¡a Autoñzac¡ón Expresa de ta sata máteria ¿e kansferencia. de

coromidad con

lo señatado en ta Ley No 27153.

norr'ás ñod,fcaioías

y su Regtamento.

Oue. la empresa E¡IÍRETENIMIENTOS GtSHt S.A.C. m€dianie Exp€die¡te N. A4j7592Oj4de prevención de ta Lúlopatír, at gue h.ce Éferencia el litelal l) de¡ numeral 141 det a(¡clto 14 de ta Ley N.27153, ,Ley que rcguta ¡a lvflNCETlJR, d€ lecha 25 11 2014, cumpiió con presenrat et pt6n

explolac¡ón de los juegos de casino y náqu¡nas tÉga¡ñonedas, modificádó med¡anre etadt¿u6 6. dita Ley N'_29907, "t€ypaE la Prevenc¡ó¡ de ta Ludopatía en tas sat€s de casno y máquinas lragamonedas', y él artlculo 1 1' d€t Regtamento aprobado med¡ante Oecrero Slrprerño N. OO7-2ó13_MtNCETU|i;

. Que, la presente autor¿ac¡ón se epide con presondenoa de ta mspecoón técnrca que pueda rcaliza¡se a la sala de juegos como cons€cuenoa de ta modifcác,on conc€d¿a y de ta verf;ción del clmplimienlo de lo d¡spuesto eD et Decrero Supremo N. 015,2010-|V¡NCETUR, que aprobó et Regtamento de Normas Técnicae Complerñentarias pará ta ¡mptemenraoóñ del srstema uniljcado deiontroren tiempo

SUCTR'

a que se refere rá

Sup€nñiendenciá

Pnmera Disposrdón F¡nat

N' 14+2003.SUNAT.

de ta L€y N" 27796 y ta

reat-

Resotuc¡ón de

Que. asim'smo, de acdedo con to dispuesro en et numerat6 detAne,o detCuádro de Intraccones Sancioñes. del Decreto Supremo N. 015-2O1O-M|NCETUR, se sanctonüá at ínrtar de una sata tngañonadas con una nuna d9 glnco (oq W por cacta ñéquina Íagútoncdas que no se encuonbe tnae,ton€ctada con un hdato SlrcÍR.

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Oue en @nsecuenoa, se advieleque la adqu¡r¡ente ha dmplido con presentar la documenlac¡ón y/o inro¡maoón prevrsta en elTlrulo lll, dsl Capitulo ldel Decreio Suprcmo N" 00G200&MINCETUR y normas debién¡de modrllc¿tonas razón por la que coresFnde otorgar la,autoización de.e(p¡olación -solicrtada, de lecha , Orspone¡ la cancelacróñ de la Resolucjón Direcloral N" 1723-20'IGMINCETUR^/IVIT/DGJCMT, \ !r2 08 2010, expedda a ñombre de la fansfercñle por la explotac¡ón de juegos de ñáquinas tÉgamonedas / .€|| l¿ sará de tuegos "WINNERS PRO". de conformidad con lo prev¡sto eñ el numelal 19 1.3 del artlctllo 19 y'el Reglárnenro aprobado medrante Decrelo Supr€mo ñ" 00e2008-lvllNcETUR y nomas nodifcatoriasi

- / .. \:-:,i:./

De conlomdad con lo estableodo en la Ley No 27153 y nonnas modifcalor¡as, los Reglamenlos aprobados m€d¡ante Decretos Supremos Nrcs 0092002-lvllNCETUR y 004200&MINCETUR y normas

SE RESUELVE:

":::?.",11

arilculo 1'.- CA CELAR lá áutorización por la o(plotación de juegos de máqu¡nas tragamonedas concedida m€dianle Resoluclón O¡reclolal No 172$2010-MINCEfUR /MT/DGJCMT, de fecha 02.08.2010, exp€dida a fávor cle la emprcsa PAclFlC ENTERTAINMENTS s-a.C., en observancia de lo establecido en el numeral 19 1.3 delarticulo 19'del Decrelo Supremo N' 00G2008-MINCETUR

-

.

Articulo ?.- AUTORIZAR a la empresa ENTREfEi{IME TOS GISHI S.A.C la explolac¡Ón de juegos d€ máquinas tragamonedas en la sala de juegos "wlt{NERS PRO', ubicáda en Av. PrÓceres de la Independencia Nros 7876-7878. Distrito de Los Ol¡vos, P.oviñcia y Deparlamento de Lim6, por un plazo óe crnco (05) años, en observancra de lo estáblecido en el adículo 17' de la Ley Nd 21753 y normas modrtcatonas, por lás razones e¡puestas en la parte consdefairva de Ia pres€nle fesolucrón

! . Arilculo 3'.- De acuerdo con ¡o d,spueslo eñ el adlcrilo 14.2 de la Ley N' 27153 y non¡as I \lmddrñc¿toías todos los requ,s,ios y condroones que sirv¡eron de base para la presenle aulorización deben

"i! '

/'riiántenerse durant€ el plazo de vigencia de la m¡srna, bajo aperc¡bam¡eñlo de c€ncelarse la aulorEación vy disDonerse disponerse la clausura del establecim¡ento deslinado a la explolación de m&u¡ñas

-':. cáncedida a

ireoamonedas

Articufo 4'.- La pres€nte autorizac¡ón faculla a la empr€sa la o(plotación de c¡,trcuenta y nueva (59) náquhts tragznonodas y ciento ochenta y clnco (185) ¡',o¡'rorías de sólo lectur¿, según el detalle cont€n¡do en los AIEXOS I Y ll de la Presente resolución, los mismos que forman parc integranle de la Io dispuesto en literal b) del adiculo 49" del Decrelo Supremo N" 009' 01-200&MINCETUFWMT/DGJCMf, aProbada rnediante Resolución Directora¡ N" 22G2OO8-MINCETUR/VMÍ/DGJCMT, de fecha 21.02 2008, se le otorga al litular de l. presenle autonz6crón elcódigo de reg¡stro N" 1¡118¡11oo2 para la sála de juegos 'WIN¡{ERS PRo"

artícülo 5".- De acuerdo con

2oo2-MINCEÍUR

y la

Directiva

N'

Artículo 6'.- De coniormidad con lo establecido en elanfcllo 7' del c¡lado cueQo legal los titulares de una autorización de explotaclón concedida pof la Direco¡ón General de Juegos de Ca3ino v M&u¡nas Traqamonedas se encuentran obligados a obse ar las no.mas que sobre zonificación segundad, higiene' parqueo, entrc otros, establezcan las muñiciFlidades en sus resp€ct¡vas jur¡sdicciones para elotorgam¡ento de la licencia municrpala qle hubierc lugar

Artículo ?o.- De acue¡do co¡ ro dispuesto en el numeral 6 delAnexo ll del Cuadrc de InfÉcoones y Sancjones, del Deseto supremo N" 01+201GM|NCETUR, que aProbó €l R€glamenio de "Nonnas Técnicas Complementarias pam la impl€mentac¡ón del sistema Lrnifcádo de contlol en tiempo real- SUCTR" a que se

reñere la Primera Disposición Finalde la Ley N'27796 y la Resoluc¡ófl de Super'ntendenc¡a N' 145-2003 de fecha 25.07.2003. se sanclonaá al de una sala con una mul@ de cinco (05) UIT por cada /,tqulna t¡g¡moredas que '.rhtlar '/agamonac/ás con un nodelo SlrcfR. rro se encuentre ¡Íl!rconac1,ad¿

SUMT,

- ;rñbünal

Articulo 8'.- De acuedo c¡n lo d¡spueslo en la Sentenciá de fecha 02.02.2006. expeóda por el Consrrtuoonal (Exped,enre No 4227-200tPAlTC), ra nisma que bajo responsabit¡dad consrituye

l--i{gkdente vrnculanre par6 todos los poderes públ¡cos, los e)elotadores de juegos de c¿sino y máquinas lr¡li¿honedas deben cumpltr con el pago d€l lmpuesto a los Jlegos corno consecue¡cia de la acliv¡dad / , iY .! hofElFrar que desarollan :)/ Atltculo 9'.- De confoínidad con lo previslo en el allcuo 240 de la Ley No 27153 y eñ ,. I J ,ñtñanda.tn el P ncrpEde Pnvilegio de Coniroles Posteriores regulado en elnumerat1.16detarticuto _ \;\:-:-¡r' de la Ley N'27444.' Ley del Procedim¡ento AdminElrativo General", la Dirección General de Juegos de Casino y l\¡áquinás Tregámonedas en ejercicio de su faculiád de liscalizacióñ se rcserva el derecno de vedfcár la informac¡ón y/o documenlación pres€ntada por la solicilanle así como eslablecer las sánciones o iniciarlas acciones l€gales que resulten aplic¿bles ante c{ralquier d¡screpancla con la realidad de los h€chos.

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Aniculo '10'.- En observanoia de Jo dispuesto en el INCETUR

artícLrro 12' de ta Directiva 001-2007/MT/DGJCMT, aprobad¿ medianle Resotución Direcromt N' 38-2007-

a la

R/VMT/DGJCMT, remflase Unidad de Inieligenciá Fiñanc¡era ta ¡nfomac¡ón y/o nlac¡ón económica ñnanciera relac¡onada con el sol¡cilante y las personas naturales y/o ¡ur¡dicas que s¡do objeto de evaluación, pára los fines a quese contrae ladisposic¡ófl antes indic€da

MANUEL D¡reclor G€neral de Juegos de Casi y Máqu¡ñas Tragamonedas

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