No 153 -2013Intrisiq
MINISTERIO DE SALUD
YNna, 21
130orEhe,(2 E del 2013
Visto, el Expediente N° 13-098728-001 que contiene el Oficio N° 10917-2013PPS/MINSA, emitido por la Procuraduría Pública del Ministerio de Salud -PPS; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 26872, Ley de Conciliación, establece en el artículo 7°, las materias conciliables bajo dicho marco legal, con la única premisa que se trate de pretensiones determinadas o determinables que versen sobre derechos disponibles de las partes;
M.
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D. CESPEDES
Que, el artículo 37° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1068 aprobado por Decreto Supremo N° 017-2008-JUS, establece que "(...) entre las atribuciones y obligaciones del Procurador Público está la de representar al Estado y defender los intereses de la Entidad a la que representa ante los órganos jurisdiccionales y administrativos, así como ante el Ministerio Público, Centro de Conciliación y otros de similar naturaleza en los que el Estado es parte (...)"' Que, el marco de la audiencia de conciliación extrajudicial, llevada a cabo el 21 de agosto de 2013, así como a lo informado por la Procuraduría Pública del Ministerio de Salud según documento de visto, la Resolución Autoritativa Ministerial de la Titular resulta necesaria toda vez que el señor José Manuel Espinoza Vega ha expresado su voluntad de abonar en una sola cuota la suma de S/. 226.86 (Doscientos Veintiséis y 86/100 Nuevos Soles) en favor del Instituto Nacional de Salud, por cuanto informa la PPS que en el Informe de Control, se determinó responsabilidad civil al no haber aplicado las penalidades a la empresa Merck Peruana S.A. por el retraso en la entrega de los ítems consignados en la Orden de Compra — Guía de Internamiento N° 808, como producto de la adjudicación del Proceso de Exoneración N° 005-2008-OPE/INS, por el importe de S/. 907. 46 (Novecientos Siete y 46/100 Nuevos Soles); Que, es preciso indicar que el señor José Manuel Espinoza Vega, no es el único implicado en la responsabilidad civil detectada en el "Examen Especial a las Exoneraciones de los Procesos de Selección del Instituto Nacional de Salud", tal como lo informa la PPS, sino que estarían inmersas dos (2) personas más, quienes no han cumplido con la devolución de dicho monto; sin perjuicio que una tercera persona que responde al nombre de Helen Betty Durán Falcón comprendida también en el informe de Control ha reconocido la deuda y devuelto al Instituto Nacional de Salud la suma de S/. 226.86 (Doscientos Veintiséis y 86/100 Nuevos Soles);
Que, el Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado - ente colegiado que dirige y supervisa el Sistema de Defensa Jurídica del Estado - mediante Oficio N° 1509-2013-JUS/CDJE-ST señala que el Ministro, como máximo representante de la entidad tiene la facultad de acudir y suscribir acuerdos conciliatorios extrajudiciales, se trate de obligaciones de dar suma de dinero u otra pretensión, potestad que puede delegar de manera expresa al Procurador Público u otro funcionario de la entidad, a través de una resolución autoritativa, asimismo, refiere el precitado documento que se deberán establecer los parámetros en los cuales la conciliación debe ser suscrita; Que, estando a lo establecido en el numeral 2 de la artículo 23 del Decreto Legislativo 1068 que creó el Sistema de Defensa Jurídica del Estado, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que resulta viable el proyecto de Resolución Autoritativa Ministerial que delegue en el Procurador Público la facultad de conciliar extrajudicialmente en representación del Ministerio de Salud con el señor José Manuel Espinoza Vega según los términos y la fórmula conciliatoria propuesta y que se desprende del Informe de la Procuraduría Pública del Ministerio de Salud según Oficio N° 10917-2013-PPS/MINSA de fecha 23 de septiembre de 2013; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Procurador Público y del Viceministro de Salud, y; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1068 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2008-JUS y en el literal 1) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Delegar en el Procurador Público la facultad de conciliar extrajudicialmente en representación del Ministerio de Salud con el señor José Manuel Espinoza Vega por la suma de S/. 226.86 (Doscientos Veintiséis y 86/100 Nuevos Soles), monto a pagar en una sola cuota por la responsabilidad civil detectada en el Informe N° 005-2009-OCI-INS resultante del "Examen Especial a las Exoneraciones de los Procesos de Selección del Instituto Nacional de Salud", y según consta en el acta de Conciliación Extrajudicial de fecha 21 de agosto de 2013, contenida en el Expediente N° 341-2013-JUS, y a los términos y fórmula conciliatoria que se desprenden del Informe de la Procuraduría Pública mediante Oficio N° 10917-2013-PPS/MINSA. Artículo 2°.- Disponer que se remita al Procurador Público del Ministerio de Salud, copia de la presente Resolución Ministerial, para que en el marco de su competencia proceda al ejercicio de sus funciones, conforme manda el Decreto Legislativo N° 1068, que creó el Sistema de Defensa Jurídica del Estado. Artículo 3°.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://wvwv.minsa.qob.pe/portada/transparencia/normas/asp. Regístrese y comuníquese
MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 2