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personal altamente calificado en el Sector Público, su Reglamento, aprobado con Decreto .... indicadores y logros consignados en el POI, la Oficina General de.
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MINISTERIO DE SALUD

No eme

2013SsA

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Fallecimiento del Contratado. Decisión Unilateral del MINSA. Decisión Unilateral del Contratado. Mutuo acuerdo entre el contratado y el MINSA. Inhabilitación administrativa o judicial por más de tres (3) meses. Invalidez absoluta permanente del contratado. Vencimiento del plazo del contrato.

5.11 Al extinguirse un contrato de personal altamente calificado, se solicitará a la UTP-FAG del MEF, proceda a su liquidación respectiva efectuando el pago de los derechos que le correspondan al contratado. 5.12 El Ministerio de Salud conformará una Comisión de Alto Nivel para realizar el proceso de identificación, asignación de puntajes y aprobación de los puestos a ser cubiertos con personal altamente calificados, la Comisión estará conformada por: >

Viceministro de Salud, quien la presidirá.

>

Secretario General, quien actuará como Secretario Técnico.

>

Jefe del Gabinete de Asesores de la Alta Dirección.

5.13 El proceso de selección de personal altamente calificados comprende las siguientes etapas: >

Identificación y Asignación de Recursos a las Unidades Orgánicas y Dependencias del MINSA, así como a sus Organismos Públicos Adscritos.

>

Identificación de Puestos y Asignación de Puntajes de los Puestos a ser cubiertos con Personal Altamente Calificados en el Ministerio de Salud y Organismos Públicos.

>

Selección de Candidatos a Personal Altamente Calificado.

>

Contratación del Personal Altamente Calificado.

LARREA S. 6.

DISPOSICIONES ESPECIFICAS

6.1 DEL PROCEDIMIENTO DE IDENTIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RECURSOS A LAS UNIDADES ORGANICAS DEL MINSA Y A SUS ORGANISMOS PÚBLICOS ADSCRITOS A

TOCARRERO G.

6.1.1 La Comisión como primera etapa deberá identificar las unidades orgánicas y/o dependencias del MINSA y a los Organismos Públicos Adscritos al Sector, así como determinar los montos presupuestales que les corresponderían para cumplir con las obligaciones de los puestos, a ser cubiertos con personal altamente calificados.

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DIRECTIVA ADMINISTRATIVA N° 191-MINSAISG-V.02 DIRECTIVA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE CANDIDATOS A PERSONAL ALTAMENTE CALIFICADOS A SER CONTRATADOS EN EL MINISTERIO DE SALUD _Y EN LOS ORGANISMOS PÚBLICOS ADSCRITOS

6.1.2 La Comisión elaborará y remitirá un Informe al Ministro de Salud, proponiendo las unidades orgánicas y/o dependencias del MINSA y a los Organismos Públicos Adscritos al Sector que estarán comprendidos dentro del alcance de la Ley y del Reglamento, asimismo, la asignación mensual para cada una de dichas unidades, dependencias y/o organismos. 6.1.3 El Ministro de Salud, de estar conforme con la propuesta presentada por la Comisión procederá con su aprobación formal. 6.1.4 La Secretaría General del MINSA, comunicará al Viceministro de Salud y a cada uno de los Titulares de los organismos públicos adscritos al Sector, la asignación mensual aprobada. 6.2 DEL PROCEDIMIENTO DE IDENTIFICACION DE PUESTOS Y ASIGNACIÓN DE PUNTAJES DE LOS PUESTOS A SER CUBIERTOS CON PERSONAL ALTAMENTE CALIFICADOS EN EL MINISTERIO DE SALUD Y ORGANISMOS PUBLICOS. 6.2.1 El Viceministro de Salud y los Titulares de los Organismos Públicos adscritos al MINSA, podrán presentar a la Secretaría General del MINSA, propuestas de puestos a ser cubiertos con personal altamente calificados, los mismos que deberán estar debidamente sustentados de conformidad con lo establecido en la Ley N°29806 y su Reglamento, a fin de ser evaluados por la Comisión de Alto Nivel, adjuntando a su requerimiento el Formato A - Términos de Referencia del Servicio. Es necesario señalar, que durante esta etapa no se requiere la firma del titular de la Entidad en el formato, ni se propondrán candidatos. Asimismo, deberán tener en cuenta que los puestos a proponer, deben corresponder al Nivel F5 o superior, o su equivalente u otro de similar responsabilidad. 6.2.2 La Secretaría General del MINSA, en un plazo no mayor a dos (2) días, deberá remitir las solicitudes a la Comisión de Alto Nivel. 6.2.3 La Comisión de Alto Nivel, en base a las propuestas remitidas por la Secretaría General, solicita:

171 " A. PORTOCARRERG G

a) A la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto — OGPP, revisar las propuestas de puestos presentadas y emitir opinión favorable en un plazo máximo de tres (3) días, sobre lo relacionado con las metas, indicadores y logros a alcanzar con la contratación del profesional altamente calificado, las mismas que deberán guardar relación con las metas institucionales consignadas en el Plan Operativo Institucional — POI, aprobado para el año fiscal en ejecución. En los casos que algún puesto identificado no se contemple metas, indicadores y logros consignados en el POI, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto - OGPP podrá señalar las metas y logros que se espera conseguir con la contratación del personal altamente calificado.

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Asimismo, deberá adjuntar información de carácter presupuestal del área respectiva, así como todo tipo de información que la Comisión de Alto Nivel considere oportuno solicitar dentro de sus competencias. b) A la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos - OGGRH, revisar las propuestas presentadas y emitir opinión en un plazo máximo de tres (3) días, en lo referente al nivel de funcionario, personal a cargo, y ubicación del puesto; así como todo tipo de información del puesto que la Comisión de Alto Nivel considere oportuno solicitar dentro de sus competencias. 6.2.4 Para las propuestas que presenten los Organismos Públicos adscritos al Sector, para la identificación de puestos para la contratación del personal altamente calificado, deberán adjuntar a la solicitud, las metas, indicadores y logros que se pretenden alcanzar con la contratación del profesional altamente calificado, asimismo, deberá adjuntar información de carácter presupuestal, nivel de funcionario, personal a cargo, y ubicación del puesto, así como todo tipo de información adicional que la Comisión de Alto Nivel considere necesaria durante la evaluación. 6.2.5 Con la opinión favorable de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y con el Informe de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, sobre los puestos identificados, la Comisión de Alto Nivel deberá asignarles un puntaje de conformidad a los siguientes criterios: > ➢ >

Responsabilidad Nivel Jerárquico Requisitos del Puesto

Considerando los aspectos, parámetros y puntajes señalados en el numeral 6.1 del Artículo 6° del Reglamento de la Ley N° 29806. (Formato H). El puntaje final que se asignará al puesto, corresponderá a la sumatoria total de la evaluación y calificación efectuada conforme lo señala el numeral 6.1 del Artículo 6° del Reglamento de la Ley N° 29806. 6.2.6 La Comisión de Alto Nivel presentará un Informe al Ministro de Salud, proponiendo los puestos identificados, la calificación obtenida y los montos de la contraprestación que corresponda a cada puesto, para su aprobación respectiva. 6.2.7 Los puestos aprobados por el Ministro de Salud, serán comunicados por intermedio del Secretario Técnico de la Comisión de Alto Nivel, a los órganos del Ministerio de Salud y sus Organismos Públicos adscritos al Sector, según corresponda, a fin de iniciar el proceso de selección de candidatos.

A. PORTOCARRERO G

6.3 DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE CANDIDATOS A PERSONAL ALTAMENTE CALIFICADO 6.3.1 La Comisión de Alto Nivel llevará a cabo el proceso de selección de los candidatos presentados a la Alta Dirección. 6.3.2 La Comisión iniciará el proceso con la convocatoria mediante invitación pública o directa a no menos de tres (3) candidatos. 5

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6.3.3 Los candidatos deberán presentar la siguiente documentación: Currículo Vitae Documentado, que acrediten el cumplimiento de los requisitos mínimos del puesto. > Declaración Jurada sobre la veracidad de los datos expresados en su Currículum Vitae y de la documentación presentada. > Declaración Jurada de conformidad al Formato B. > Formato C - Datos del Contratado. ➢ Declaración Jurada de no haber sido inhabilitado o sancionado por su colegio profesional. (De ser el caso) ➢ Declaración Jurada de no tener antecedentes policiales, judiciales, ni penales. >

6.3.4 La selección supone la evaluación objetiva del candidato relacionada con los requisitos y necesidades del puesto, garantizando los principios de mérito y transparencia. Comprende la evaluación curricular y entrevista personal. Cada una de sus etapas es eliminatoria. 6.3.5 Se otorgará un puntaje máximo de 100 puntos, divididos de la siguiente manera: evaluación curricular (40 puntos) y entrevista personal (60 puntos). La Comisión Evaluadora suscribirá un Acta indicando el puntaje obtenido por los candidatos, señalando el nombre del ganador. 6.3.6 La Comisión de Alto Nivel, remitirá a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos — OGGRH, el expediente completo, solicitándole en un plazo máximo de tres (3) días, se sirva emitir un informe favorable, de conformidad con lo señalado en el literal a) del artículo 12° del Reglamento de la Ley N° 29806. 6.3.7 Con el Informe favorable de la OGGRH, la Comisión elevará un informe de todo lo actuado al/la Señor/a Ministro/a para su aprobación correspondiente. De considerar correcto el proceso, el/la Ministro/a de Salud en señal de conformidad suscribirá la solicitud de contratación dirigida a la Unidad Transitoria de Pago del Fondo de Apoyo Gerencial, en adelante la UTP-FAG. 6.3.8 El Ministro de Salud procederá con solicitar a la Unidad Transitoria de Pago del Fondo Apoyo Gerencial del Ministerio de Economía y Finanzas-MEF, la contratación respectiva como profesional altamente calificado, incluyendo en su contrato las metas, indicadores y logros establecidos para el dicho puesto, alineados con el POI del año fiscal en ejecución.

AF0pi6CARRERO G.

Se considerará como excepción al procedimiento de selección de candidatos a personal altamente calificado, los casos en que el candidato mantenga vínculo laboral o contractual con la Entidad y estuviere designado en el puesto mediante el acto resolutivo correspondiente. En este supuesto, no será necesario realizar un proceso de selección de candidatos, la solicitud será acompañada de la documentación señalada en el numeral 6.3.3. de la presente Directiva.

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A dicho efecto la Cormsion Evaluadora procederá a solicitar a la OGGRH un informe favorable que acredite que el referido candidato cumple con los requisitos mínimos solicitados en la Ley N° 29806 y su Reglamento, y deberá tener en cuenta lo dispuesto en el numeral 5.7 de la presente Directiva y las normas aplicables. Con el informe favorable de la OGGRH, se procederá con lo señalado en los numerales 6.3.7 y 6.3.8 de la presente Directiva. 6.4 DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN DEL PERSONAL ALTAMENTE CALIFICADO 6.4.1 La Oficina General de Gestión de Recursos Humanos realizará los trámites necesarios, para que se presente la Solicitud que inicia el procedimiento de Contratación del Personal Altamente Calificado, ante la Unidad Transitoria del Pago del Fondo de Apoyo Gerencial del Ministerio de Economía y Finanzas. La solicitud tiene carácter de declaración jurada y será suscrita por el Titular del MINSA, no pudiéndole delegar dicha facultad a otro funcionario del MINSA. 6.4.2 La Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, deberá verificar que toda solicitud de contratación de personal altamente calificado, cuenta con toda la documentación señalada en el Artículo 12° del Reglamento de la Ley N° 29806. >

Informe Favorable de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del MINSA, o la que hagan sus veces en los Organismos Públicos del Sector Salud. ➢ Datos de la Entidad o Organismos Públicos del Sector Salud. > Los puestos identificados con su evaluación respectiva, así como los montos que solicitan para cada puesto. > La presentación de los Formatos N° A, B, C, D, E y H de la presente Directiva, conforme lo señalado en los Formatos establecidos en el Reglamento de la Ley N° 29806. Es responsabilidad de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos verificar que la solicitud que firme el Titular de la Entidad, para la contratación de personal altamente calificado, cuente con el debido sustento y cumpla con lo establecido en la Ley N° 29806 y su Reglamento. ReN S.

(r r7> ..k

A. POR TOCARRTRO O.

6.4.3 El MINSA a través de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, deberá presentar en un plazo que no exceda de los diez (10) días hábiles del primer mes de cada trimestre, las solicitudes de contratación de personal altamente calificado ante la Unidad Transitoria del Pago del Fondo de Apoyo Gerencial del Ministerio de Economía y Finanzas. 6.4.4 La Unidad Transitoria del Pago del Fondo de Apoyo Gerencial — UTP — FAG, del Ministerio de Economía y Finanzas, tramitará las solicitudes de contratación del personal altamente calificado propuesta por el MINSA, de conformidad a lo señalado en el Artículo 16° del Reglamento de la Ley N° 29806.

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6.4.5 Los Contratos serán firmados por el administrador de la UTP — FAG, por triplicado correspondiendo una copia al MINSA, otra al Contratado y otra quedará en poder de la UTP — FAG. 6.4.6 Por ningún motivo el Ministerio de Salud se comprometerá a asumir mayores limites de contratación o a pagar por concepto de contraprestación, montos adicionales a los establecidos en los Artículos 9° y 10° del Reglamento de la Ley N° 29806. 6.4.7 El MINSA no será responsable de las obligaciones tributarias aplicables a la contraprestación por los servicios prestados por el personal altamente calificado, la UTP — FAG se encargará del cumplimiento de las mismas. 6.4.8 El pago de la contraprestación por los servicios prestados, estará a cargo de la UTP — FAG, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del MINSA remitirá la conformidad del servicio que sustente la procedencia del pago correspondiente, para tal fin, adjuntará el Formato F, conforme lo señala el Artículo 19° del Reglamento de la Ley N° 29806. 6.4.9 La continuidad del contrato con el profesional altamente calificado estará relacionada con el cumplimiento de las metas y/o indicadores establecidos para el puesto en el POI, en caso que los logros no superen el 60% de lo señalado en el POI, se procederá con resolver el contrato o el MINSA no solicitará la renovación del mismo. 6.4.10 En los casos que los puestos identificados para contratar personal altamente calificado, estén ocupados por funcionarios o servidores de carrera que no cumplan con los requisitos mínimos establecidos, corresponderá la rotación de estos a otra Unidad dentro de la Entidad, sin afectar sus ingresos y categoría; dicho procedimiento únicamente es aplicable al personal bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276. 6.5 DE LA OBLIGACIÓN DE INFORMAR 6.5.1 La Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del MINSA, deberá M. BREAS. publicar en el portal Institucional los puestos y perfiles específicos del personal altamente calificado, contratado bajo los alcances de la presente Directiva Administrativa. 6.5.2 La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto informará trimestralmente al Ministerio de Economía y Finanzas y al Congreso de la República, sobre las metas y/o logros obtenidos por el personal altamente calificado contratado, en los puestos identificados por el MINSA, de conformidad a lo señalado en el Formato G de la presente Directiva Administrativa. RESPONSABILIDADES 7.1 PURTOCAIIRERO G.

El Ministerio de Salud es responsable a través de la Secretaría General de la difusión de la presente Directiva Administrativa. Cada unidad orgánica del MINSA y los Organismos Públicos Adscritos son responsables de su cumplimiento según lo dispuesto en la presente Directiva Administrativa. 8

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7.2

La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto — OGPP, es responsable de la revisión y opinión favorable de las metas, indicadores y logros a alcanzar con la contratación del profesional altamente calificado.

7.3

La Oficina General de Gestión de Recursos Humanos - OGGRH, es responsable de revisar que la información para solicitar la contratación de un profesional altamente calificado, se ajuste a los requisitos previstos en la Ley N° 29806, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 016-2012-EF y sus modificatorias.

7.4

Los Organismos Públicos Adscritos al MINSA, son responsables de la información y documentación que remiten al Ministerio de Salud, para efectos de los procedimientos establecidos en la presente Directiva, para la contratación de profesionales altamente calificados.

8.

DISPOSICIONES FINALES

8.1

La prestación de los servicios de cualquier profesional altamente calificado se efectuará luego de la suscripción del respectivo contrato, bajo responsabilidad del Director General de Gestión de Recursos Humanos; a excepción de los puestos cuyos profesionales mantienen un vínculo laboral con el MINSA.

8.2

En caso que se acredite la falsedad o inexactitud de los datos expresados en el Curriculum Vitae, se procederá a descalificar al candidato del proceso de selección, o a la resolución del contrato en caso el mismo ya se encuentre prestando servicios. Asimismo, se procederá a poner en conocimiento de dichos hechos al Ministerio Público, bajo responsabilidad.

9.

ANEXOS

9.1 FORMATO A 9.2 FORMATO B 9.3 FORMATO C 9.4 FORMATO D 9.5 FORMATO E 9.6 FORMATO F 9.7 FORMATO G 9.8 FORMATO H

A.POATGCARRERO G

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FORMATO A TÉRMINOS DE REFERENCIA DEL SERVICIO 1. ENTIDAD: •

Entidad:



Dependencia donde se prestará el Servicio:

2. REQUISITOS MÍNIMOS:



Contar con Titulo Profesional y/o grado académico de maestría o doctorado. Contar con experiencia en gestión en la materia requerida y/o con la experiencia en la actividad requerida. No estar inhabilitado para ejercer función pública por decisión administrativa firme o sentencia judicial con calidad de cosa juzgada.

3. REQUISITOS ADICIONALES: •

Los que establezca la entidad.

4. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO: • • • Metas, indicadores y logros ligados al servicio y la función a desempeñar (desarrollar) RREA s. • Otros que solicite al Funcionario a quien reporta (desarrollar).

5. VIGENCIA DEL CONTRATO: Del

de de 20 hasta el de

de 20

6. PROPUESTA DE HONORARIOS MENSUALES: Y 00/100 Nuevos Soles (S/ A. PORTUARIO G

7. CARGO: 8. CONFORMIDAD DEL SERVICIO: La conformidad y reporte del servicio será efectuada por (cargo del Funcionario que otorga la conformidad del servicio). Lima,

de

de 20....

FIRMA Y SELLO DEL TITULAR DEL SECTOR

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FORMATO B DECLARACIÓN JURADA

Yo,

M. LA . REA s.

con DNI N° , con RUC N° declaro bajo juramento lo siguiente:

, domiciliado en

1. No tener un contrato a tiempo completo o parcial o por resultados, vigentes a la fecha, cuya ejecución se superponga en el tiempo con el nuevo contrato. 2. No ser pensionista de alguna Entidad del Estado o Fuerzas Armadas o Policiales. De ser pensionista deberá solicitar suspensión del pago de su pensión, mientras dure el periodo de contratación 3. No tener vínculo laboral alguno con ninguna Entidad del Estado u Empresas del Estado con accionariado privado o con potestades públicas. Para el caso de personal con vínculo laboral bajo el régimen del Decreto Legislativo N°276; Acreditar la suspensión del vínculo laboral bajo el régimen del Decreto Legislativo N°276, mientras dure el periodo de contratación. 4. No haber sido condenado por delitos sancionados con penas privativas de la libertad, o encontrarme sentenciado y/o inhabilitado. 5. No ser padre, madre, hijo, hija, hermano ni hermana del Titular de la Entidad ni por el funcionario designado por este ni tener algún parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, con el funcionario que goce de la facultad para efectuar la contratación de profesionales o que tenga injerencia directa o indirecta con el proceso de selección, de ser el caso, al momento de la contratación. 6. No tener impedimento alguno para recibir mis honorarios mediante depósito en cuenta bancaria. 7. No tener deudas por concepto de alimentos, ya sea por obligaciones alimentarias establecidas en sentencias o ejecutorias, o acuerdo conciliatorio con calidad de cosa juzgada, así como tampoco mantener adeudos por pensiones alimentarias devengadas sobre alimentos, que ameriten la inscripción del suscrito en el Registro de Deudores Alimentarios creado por Ley N° 28970. 8. No estar incurso dentro de las prohibiciones e incompatibilidades establecidas en el Decreto Supremo N° 019-2002-PCM. 9. No encontrarme bajo ninguna otra causal de prohibición o inhabilitación para contratar con el Estado. Asimismo, declaro estar informado que los fondos para el pago de mis honorarios profesionales contratados a través del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, provienen del Tesoro Público. Declaración que formulo a los días del mes de de 20....

A. PORTOCAMIERO G.

Nombres y Apellidos D.N.I. N° Nota" En caso de comprobar fraude o falsedad en la declaración, información o en la documentación presentada por el administrado, la entidad procederá conforme a b señalado en el numeral 32.3 del aliado 32° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

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FORMATO C DATOS DEL CONTRATADO Contrato de Locación de Servicios N° DATOS PERSONALES: Apellido Paterno Apellido Materno Nombres Fecha de Nacimiento Sexo Nacionalidad DM N° RUC N° Teléfono E-mail DOMICILIO: Dirección Distrito Provincia Departamento DATOS DEL RECIBO POR HONORARIOS: Total Honorarios Constancia de Suspensión de Retención de Cuarta Categoría: SI

NO

DATOS PARA ABONO EN CUENTA: Entidad Bancaria N° de Cuenta de Ahorros Código de Cuenta Interbancaria (CCI): OTROS DATOS: Entidad Contratante Grados Títulos A FORTOCARRFRO G.

PERSONA A CONTACTAR EN CASO DE EMERGENCIA: Apellidos y nombres Teléfono Declaro bajo juramento que los datos consignados son veraces y se sustentan en la documentación presentada oportunamente y que presentaré en caso de actualización a la entidad para su registro correspondiente, a los .... días de de 20....

Nombres y Apellidos Nota: En caso de comprobar fraude o falsedad en la declaración, información o en la documentación presentada por el administrado, la entidad procederá conforme a lo señalado en el numeral 32.3 del articulo 32° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

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FORMATO D CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS N° Conste por el presente documento un Contrato de Locación de Servidos que suscriben de una parte El Ministerio de Economía y Finanzas, con Registro Único de Contribuyente N° 20131370645, con domicilio en jirón Junín 319, Cercado de Lima, Lima, representado por e virtud de la Resolución N° , en calidad de Jefe de la Oficina General de Administración y Recursos Humanos, identificado con D.N.I. N° a quien en adelante se le denominará MEF; y de otra con parte, Registro Único de Contribuyente N° identificado con D.N.I N° con domicilio en (Distrito, Provincia y Departamento), número de teléfono correo electrónico... a quien en adelante se denominará el CONTRATADO; en los términos y condiciones siguientes: 1.

Antecedentes y base legal El presente contrato se celebra bajo los alcances de la Ley N° 29806 y su Reglamento; así como el Decreto Ley N° 25650, Decreto de Urgencia N° 053-2009, y los lineamientos del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, en cuanto resulten aplicables.

2.

Objeto Es objeto del presente documento, contratar los servicios delCONTRATADO quién prestará los servicios que se describen en los Términos de Referencia del Servicio (FORMATO A), se podrán modificar si los intereses de la Institución que solicita el contrato así lo requiere.

3.

Duración del contrato El presente contrato entrará en vigencia el concluye el de de 20

4.

de

del año 20.. y

Determinación de los Honorarios Los honorarios son determinados sobre la base de las normas establecidas en el reglamento de la ley. Los honorarios que percibirá el CONTRATADO ascenderán a la suma y 00/100 nuevos soles), incluido mensual de S/. impuestos de Ley.

A. POR TOCARRERO G.

5.

Pago de Honorarios El pago de los honorarios será mensual, previa Conformidad del Servicio (FORMATO F) de la Entidad que corresponda y la presentación del recibo por honorarios, a nombre del MEF, por parte del CONTRATADO. La Oficina General de Administración y Recursos Humanos del Ministerio de 13

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Economía y Finanzas, a través de la Unidad Transitoria de Pago, será la encargada de la atención del pago de la contraprestación y de las obligaciones tributadas que se deriven de ellas se deriven. El pago de los honorarios se realizará mediante abono en la cuenta bancaria individual que para tal efecto comunique el CONTRATADO. 6.

Condición jurídica El presente contrato sólo podrá celebrarse para el desarrollo de actividades profesionales de responsabilidad y calificadas vinculadas a las Metas y/o Logros de la entidad. Dichos contratos no están sujetos a las disposiciones de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Legislativo N° 1017, ni al Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, aprobado por Decreto Legislativo N° 1057. El presente contrato suscrito no crea ni establece relación jurídico-laboral de dependencia con la Entidad que corresponda, ni con la Oficina General de Administración y Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas

7.

Derechos y obligaciones Los derechos y obligaciones del CONTRATADO serán exclusivamente los aquí previstos. Por consiguiente, el CONTRATADO no tendrá derecho a recibir de la Entidad que corresponda, ni del Ministerio de Economía y Finanzas, ningún beneficio o bonificación, fuera de lo estipulado expresamente en el presente contrato, salvo lo establecido en la primera disposición final del reglamento de la ley en los casos que corresponda. El CONTRATADO será enteramente responsable por demandas y/o denuncias de terceros relacionadas con actos u omisiones imputables al propio CONTRATADO en la ejecución del presente contrato. En ningún caso, se podrá imputar a la Entidad que corresponda, ni al Ministerio de Economía y Finanzas, alguna responsabilidad en relación con dichas demandas y/o denuncias. En el caso de contratos referidos a los aspectos informáticos y/o programas de cómputo, el CONTRATADO se compromete a entregar a la Entidad que corresponda los correspondientes programas fuentes y diseño, documentos de análisis de sistemas y otros resultados desarrollados en el contexto de este acuerdo.

p.P11RiosRn11aa G.

S. Metas y/o logros

9.

Resolución El incumplimiento de las obligaciones contenidas en el presente contrato constituye causal de resolución automática del contrato. La Entidad que corresponda podrá resolver unilateralmente el presente contrato, sin pago de indemnización por ningún concepto al CONTRATADO, a simple solicitud del funcionario a quien reporta. Para ello, la Entidad que corresponda comunicará 14

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por escrito al domicilio y correo electrónico del CONTRATADO, que declara en el presente contrato, sobre la resolución de su contrato. 10. Posición del CONTRATADO y su relación con las entidades involucradas Queda establecido que las opiniones y recomendaciones del CONTRATADO no comprometen ni a la Entidad que corresponda contratante ni al Ministerio de Economía y Finanzas quienes se reservan el derecho de formular al respecto las observaciones o salvedades que consideren apropiadas. 11. Conducta En virtud de este acuerdo, el CONTRATADO deberá conducirse en todo momento con la mayor consideración a los propósitos y principios establecidos en la Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública y su reglamento. El CONTRATADO no deberá comprometerse en ninguna actividad incompatible con estos propósitos y principios o que atenten contra el apropiado desempeño de sus servicios en la Entidad que corresponda. El CONTRATADO deberá evitar cualquier acción y en particular cualquier tipo de pronunciamiento público que pudiera afectar adversamente la relación, integridad, independencia e imparcialidad requeridas en este acuerdo. Asimismo, el CONTRATADO deberá en todo momento tener la reserva y el tacto requeridos en razón de su relación con la Entidad que corresponda. 12. Compensación por daños en el servicio Este contrato no genera derechos de seguros de vida o de incapacidad o de salud para el CONTRATADO. En caso de incapacidad del CONTRATADO para el cumplimiento del presente contrato, las partes acuerdan que el presente contrato quedará resuelto. 13. Títulos de propiedad y confidencialidad de la información Los títulos de propiedad, derechos de autor y todo otro tipo de derechos de cualquier naturaleza sobre cualquier material producido bajo las estipulaciones de este Contrato son cedidos a la Entidad que corresponda en forma exclusiva y sin costo adicional alguno. La información obtenida por el CONTRATADO dentro del cumplimiento de sus obligaciones, así como sus informes y toda clase de documentos que produzca o tenga a su alcance de manera directa o indirecta, relacionados o no con la ejecución de sus actividades, serán confidenciales, no pudiendo ser divulgados por el CONTRATADO sin la autorización expresa previa y por escrito de la Entidad que corresponda. 14. Información no publicada. Confidencialidad El CONTRATADO no podrá comunicar a ninguna persona, República u otra entidad ajena al presente contrato, la información no publicada o de carácter reservado o confidencial de que haya tenido conocimiento con motivo de la ejecución de sus obligaciones emanadas del presente contrato, salvo que la 15

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Entidad que corresponda lo hubiera autorizado expresamente para hacerlo. Esta obligación de reserva o confidencialidad seguirá vigente aun después del vencimiento del plazo, de la rescisión o resolución del presente contrato, haciéndose responsable el CONTRATADO de los daños y perjuicios que pudiera irrogar la difusión de datos o informes no publicados. 15. Declaraciones Al momento de suscribir el presente contrato, el CONTRATADO informará, con carácter de declaración jurada, a la Entidad que corresponda, mediante el formato denominado Datos del Contratado (FORMATO C), la información requerida para efectos de realizar la declaración telemática vía PDT 601 y el abono de sus honorarios. Si fuera falsa o inexacta esta declaración o si tales actividades resultarán incompatibles, se podrá resolver el presente contrato sin derecho a indemnización o ninguna compensación a favor del CONTRATADO, reservándose la Entidad que corresponda y la Oficina General de Administración y Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas el derecho de accionar legalmente, si de tal violación surgiera un daño o perjuicio. 16. Arbitraje

,

Las controversias que pudieran surgir a partir de la ejecución e interpretación del presente contrato, incluidos los que se refieran a su nulidad e invalidez, serán resueltas de manera definitiva e inapelable mediante arbitraje unipersonal de derecho, una vez agotados todos los intentos por resolverlas mediante negociación. El Laudo Arbitral emitido será vinculante para las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo inapelable ante el Poder Judicial o ante cualquier instancia administrativa. 17. Notificaciones Cualquier comunicación que las partes deban cursarse, como consecuencia de la ejecución del presente Contrato deberá efectuarse en los domicilios y correo electrónico señalados en la parte introductiva del mismo. Para que surta efecto cualquier cambio de domicilio, las partes deberán comunicarlo por escrito, con una anticipación no mayor a tres (3) días de producirse el cambio.

A. PORTOCABRPs

En fe de lo cual las partes firman el presente contrato por triplicado, en de 20.... a los .... días de

MEF

(ciudad),

El CONTRATADO

16

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FORMATO F CONFORMIDAD DEL SERVICIO 1.

Entidad o Sector que emite la Conformidad del Servicio

2.

Nombres y apellidos del Consultor

3.

Cargo:

4.

Contrato de Locación de Servicios N°

5.

Período:

6.

Detalle de los servicios realizados por el Contratado vinculados al contrato:

Porcentaje de ejecución mensual:

Equivalente en Nuevos Soles:

e 0e

e• is•5

M. LA REAS.

7. Medición del Impacto de la contratación (Describir): Meta y/o Logro previstos en los Términos de Referencia (punto 4 del Formato A) y el Contrato (punto 8 del Formato D)



Acción generadora del impacto



Meta y/o Logro Alcanzado

A. PORTOCAFIRECO G.

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FORMATO E CERTIFICACIÓN

El que suscribe, (Sr. Sra. Srta.)

(Nombres y Apellidos)

(Jefe de la Oficina General de Administración de la Entidad o quien haga sus veces en la Entidad)

CERTIFICA que: El (Sr. Sra. Srta.)

(Nombres y Apellidos)

A la fecha, NO TIENE vinculo laboral con el Estado, bajo los regímenes laborales establecidos en los Decretos Legislativos N° 276 y 728, y bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios previstos en el Decreto Legislativo N° 1057 y modificatorias. A la fecha, SI TIENE vinculo laboral con el Estado, y acredita contar con el vinculo laboral suspendido durante la vigencia del contrato a celebrarse en el marco de la Ley N° 29806.

Lima,

A MPTOUSREFIO G.

de

de 20

(Firma, sello)

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Calificación (Muy bueno, Bueno, deficiente) de la Meta y/o Logro alcanzado

8.

Observaciones y Recomendaciones

9.

El servicio del Contratado en el presente periodo ha sido calificado como:

Muy Bueno

RikEAS.

Lima, ... de

Bueno

Deficiente

de 20

FIRMA Y SELLO DEL TITULAR DEL SECTOR

PDRIOCARRIRO G.

19

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FORMATO G INFORMACION TRIMESTRAL Entidad

Apellidos y Nombres

N° Contrato

Puesto

Monto de la contraprestación

Calificación Muy Bueno

Bueno

Deficiente

Observaciones y recomendaciones respecto del cumplimiento de logros y/o metas de la Entidad Lima...., de de 20

Firma y sello del Titular del Sector

20

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FORMATO H ASIGNACIÓN DE PUNTAJE PARA EL PUESTO

Sector. Entidad:

Criterio

Responsatilidad

Aspecto

Parámetro

Magnitud de la tarea

Las tareas involucran directamente a la Afta Dirección de la Entidad en la toma de decisiones. Las tareas contribuyen indirectamente a la terna de decisiones de la Alta Dirección de la Entidad.

Presupuesto

Su presupuesto es de 5 ó más de 5 ~nes de Nuevos Soles anuales. Su presupuesto es mayor a 1 millón y menor a 5 millones de Nuevos Soles anuales. 15 ó más de 15 personas

Personal a su cargo

Más de 10 y Menos de 15 personas

Nacional, Multisectoñal Nivel de decisión

Sectorial Institucional

Puntaje del Puesto

Puntaje Asignado al Puesto

15 11

15 11

14 10

10 8

Nivel de Jerarquía Alta Dirección, órganos de línea o sus equivalentes Ubicación del puesto

órganos de administración interna o sus equivalentes

Contribuye directamente con las del Estado Estrategias y políticas Requisito del Puesto

Contribuye directamente con las del Sector o Institución Ligados a los del Sector

Objetivos

Contribuye con los de la entidad

10 8

18 16

18 16

Nombre del Puesto: Total

Personal Altamente Calificado (nombre):

A PORIKAPAcAnc,

Contraprestación solicitada: (considerar tabla escala de contraprestación por puesto)

(*)Para asignar puntaje al puesto sólo se considerará el cumplimiento de un parámetro por aspecto

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ESCALA DE CONTRAPRESTACIÓN POR PUESTO

PUNTAJE DE ASIGNACIÓN DEL De 96 a 100 De 92 a 95 De 88 a 91 De 84 a 87

MONTO SI. 25 00 22 75 20 50 18 25

Firma y sello del Titular del Sector 16 00 De 80 a 83 í

A. PGRTGCAGGERO G.

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