No 2813-201 11 IIiNS6 - Minsa

que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2014 .... 84 614,00. TOTAL PROGRAMA PRESUPUESTARIO 0024. 1 151 827,00.
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MINISTERIO DE SALUD

No 2813 -201 11 IIiN S6

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Visto, el Expediente N° 14-035634-001 que contiene el Informe N° 063-2014OGPP-OP/MINSA de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo N° 304-2012-EF, y de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se expidió la Resolución Ministerial N° 810-2013/MINSA, de fecha 20 de diciembre de 2013 que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2014 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el artículo 38° del Texto Único Ordenado de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece los límites y procedimientos mediante los cuales podrán ser modificados los créditos presupuestarios contenidos en los presupuestos del Sector Público; Que, el literal a) del numeral 42.1 del artículo 42° del Texto Único Ordenado de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción. de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante Resolución del Titular de la Entidad cuando provengan, entre otros, de fuentes de financiamiento distintas a las de Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito que se produzcan durante el año fiscal; Que, el literal h. del numeral 19.2 del artículo 19° de la Directiva N° 005-2010EF/76.01, "Directiva para la Ejecución Presupuestaria', aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y sus modificatorias, establece que las modificaciones presupuestarias a Nivel Institucional por incorporación de mayores fondos públicos, de acuerdo a lo establecido en el numeral 42.1 del artículo 42° del Texto Único Ordenado de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, proceden cuando se trate de recursos provenientes de Saldos de Balance y Donaciones y Transferencias; Que, el numeral 19.3 del artículo 19° de la precitada Directiva, establece el modelo y plazos de presentación de las resoluciones para la aprobación de la incorporación de mayores fondos públicos provenientes de Saldos de Balance y Donaciones y Transferencias;

Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 121 del artículo 12° de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se autoriza en el presente año fiscal, de manera excepcional, entre otras entidades, al Seguro Integral de Salud a realizar transferencias financieras entre entidades; Que, el numeral 12.2 del precitado artículo, establece que las transferencias financieras autorizadas en el numeral 12.1 de dicho artículo se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose para tal efecto el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; Que, mediante Resolución Jefatural N° 080-2014/SIS, el Pliego 135: Seguro Integral de Salud autorizó transferencias financieras de la Unidad Ejecutora 002: Fondo Intangible Solidario de Salud — FISSAL, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, correspondiente al pago prospectivo por convenio del mes de Marzo de 2014, a favor de diversas unidades ejecutoras vinculadas al Fondo Intangible Solidario de Salud — FISSAL; Que, a través del Informe de visto, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto manifiesta que resulta necesario incluir en el Presupuesto Institucional del Pliego 011: Ministerio de Salud, los mayores fondos públicos transferidos por el Pliego 135: Seguro Integral de Salud — SIS a las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Salud, hasta por la suma de DOS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 476 871,00); Que, la incorporación de los recursos financieros transferidos en el Presupuesto Institucional permitirán que las unidades ejecutoras del Pliego 011: Ministerio de Salud, cumplan con desarrollar de manera adecuada y efectiva las actividades programadas en el presente año fiscal; Estando a lo informado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y con el visado del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y del Secretario General; y, De conformidad con lo previsto en el literal a) del numeral 42.1 del artículo 42° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, así como en el literal c) del artículo 10° de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobada por Decreto Legislativo N° 1161; SE RESUELVE: Artículo 1°- Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 011: Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de DOS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (SI. 2 476 871,00), de acuerdo al detalle siguiente: INGRESOS: FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 4 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS Rubro: 13 Donaciones y Transferencias (En Nuevos Soles) 1.4 1.4.1.3.1.1

DONACIONES Y TRANSFERENCIAS Del Gobierno Nacional Seguro Integral de Salud TOTAL INGRESOS:

2 476 871,00 2 476 871,00 2 476 871,00 2 476 871,00

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EGRESOS: (En Nuevos Soles) SECCION PRIMERA PLIEGO PROGRAMA PRESUPUESTARIO PRODUCTO

: 011 : 0024 : 3000365

ACTIVIDAD

: 5003065

GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios

55 039,00

PRODUCTO

: 3000366

ACTIVIDAD

5003066

GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios

Atención del Cáncer de Mama para el Estadiaje y Tratamiento Determinación del estadio clínico y tratamiento del cáncer de mama 316 468,00

PRODUCTO

:

ACTIVIDAD

: 5003067

3000367

GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios

PRODUCTO

GOBIERNO CENTRAL Ministerio de Salud Prevención y Control del Cáncer Atención del Cáncer de Cuello Uterino para el Estadiaje y Tratamiento Determinación del estadio clínico y tratamiento del cáncer de cuello uterino

Atención del Cáncer de Estomago para el Estadiaje y Tratamiento Determinación del estadio clínico y tratamiento del cáncer de estomago 179 615,00

: 3000368

Atención del Cáncer de Próstata para el Diagnostico, Estadiaje y Tratamiento

ACTIVIDAD

5003068 Determinación del diagnóstico, estadio clínico y tratamiento del cáncer de próstata

GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios

PRODUCTO

ACTIVIDAD

282 799,00

: 3000370 Atención del Cáncer de Colon y Recto que Incluye: Diagnostico, Estadiaje y Tratamiento 5003070 Diagnostico, Estadiaje y Tratamiento del Cáncer de Colon y Recto

GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios

84 260,00

GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros

80 000,00

PRODUCTO ACTIVIDAD

: 3000372 Atención de la Leucemia que incluye: Diagnostico y Tratamiento : 5003072 Diagnóstico y Tratamiento Médico de Leucemia

GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios

PRODUCTO ACTIVIDAD

69 032,00

3000373 Atención de la Linfoma que incluye: Diagnóstico y Tratamiento : 5003073 Diagnóstico y tratamiento médico del Linfoma

GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios

84 614,00

TOTAL PROGRAMA PRESUPUESTARIO 0024

1 151 827,00

ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS SIN PRODUCTO ACTIVIDAD

5001563

Atención en Hospitalización

GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios

1 325 044,00

TOTAL APNOP 9002

1 325 044,00 2 396 871,00 2 396 871,00

GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros TOTAL EGRESOS:

80 000,00 80 000,00 2 476 871,00

No

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