2
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
Jueves, 28 de diciembre del 2017
Avisos Judiciales EDICTO EDICTO Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado a cargo de la Juez Dra. Lidia Josefina Vega Valencia. Especialista Cesar David Huanca Maquera Exp. N° 00285-2017-0-0-2801-JP-FC-02, se emite la Resolución N° 01 Y SE RESUELVE: ADMITIR la demanda de ALIMENTOS en la VÍA DE PROCESO ÚNICO interpuesta por DIANA LUZ CRUZ MACHACA quien actúa en representación de su mejor hijo Jesus ángel Ticona Cruz en contra de RICHAR AMADO TICONA CUSI, SE ORDENA EL TRASLADO de la demanda al demandado por el termino de CINCO DIAS a fin de que absuelva el traslado de la demanda bajo apercibimiento de DECLARARSE SU REBELDÍA. Y mediante Resolución N° 07 SE RESUELVE EMPLAZAR POR EDICTOS, al demandado RICHAR AMADO TICONA CUSI, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Moquegua, 20 de Diciembre de 2017. Abog. Carolina Shirley Vizcarra Lipa – Reg. C.A.M. N° 0853 – Defensor Publico – Dirección General de Defensa Público y Acceso a la Justicia – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.; Abog. Cesar David Huanca Maquera – Segunda Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (26-27-28 Diciembre) EDICTO Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado a cargo de la Juez Dra. Lidia Josefina Vega Valencia, Especialista Cesar David Huanca Maquera Exp. N°00205-20160-+2801-JP-FC-02, se emite la Resolución N° 01 Y SE RESUELVE: 1.- ADMITIR la demanda de EJECUCIÓN DE ACTA DE CONCILIACIÓN en la VÍA DE PROCESO ÚNICO DE EJECUCIÓN interpuesta por ROSENDA EUDOCIA PATINA ALVAREZ en contra de LINO CHIPANA CHARAJA. 2.- SE ORDENA que el ejecutado LINO CHIPANA CHARAJA dentro de CINCO días de notificado cumpla con pagar a la ejecutante la suma de Dos mil cuatrocientos doce con 50/100 (S/. 2,412.50) que corresponde a la liquidación de pensiones alimenticias devengadas correspondiente al período de Enero de 2015 a Marzo de 2016, y las que pudieran generar, BAJO APERCIBIMIENTO DE DAR INICIO A LA EJECUCIÓN FORZADA. Y mediante Resolución N°07 SE RESUELVE EMPLAZAR POR EDICTOS, al ejecutado LINO CHIPANA CHARAJA, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Moquegua, 20 de Diciembre de 2017. Abog. Carolina Shirley Vizcarra Lipa. Reg. C.A..M. N° 0853. Defensor Público – Dirección General Publica y Acceso a la Justicia – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Abog. Cesar David Huanca Maquera – Segunda Secretaria del Juzgado de Paz – Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua (26-27-28 Diciembre) SUCESION INTESTADA SUCESION INTESTADA ANTE EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ¡CHUÑA que despacha el señor Juez Edward Ángel Zambrano Murillo, con intervención del secretario judicial Honorio Edilberto Leiva Gonzales, EN EL EXPEDIENTE NRO. 2017-00027-O2801-JP-CI-1 seguido por Jaime Coaquira Cosi, solicita la Sucesión Intestada de quien en vida fue su finada madre doña Prisca Cosi Ventura, para que se apersonen los que creen tener derecho a heredar. Abogado HONORIO EDILBERTO LEIVA GONZALES SECRETARIO DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ICHUÑA - CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. Ichuña, 06 de Diciembre del 2017. (27-28-29 Diciembre) SUCESION INTESTADA SUCESION INTESTADA Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Moquegua, en el Exp. 00561-2017-0-2801-JP-CI-02, que despacha la Juez Dra. Lidia Josefina Vega Valencia, secretario Dr. Dario Paniagua Parihuana, mediante Resolución N°01 de fecha 18 de diciembre del 2017, que RESUELVE: Admitir la demanda de Sucesión Intestada interpuesta por GLADYS MARLENI YUNGA MAMANI, de quien en vida fue su madre doña JOSEFINA MAMANI CONDORI, quien ha fallecido el día 29 de junio del 2016, en la departamento de Tacna,
con la finalidad de que se declare como herederos a GLADYS MARLENI YUNGA MAMANI y RAUL ALVINO YUNGA MAMANI, JUANA ELIVIA YUNGA MAMANI Y VICTOR YUNGA PAQUITA este último en su calidad conyugue supérstite, con citación del Ministerio Publico y la sociedad de Beneficencia Pública de Moquegua, se tramita el presente proceso en la vía de proceso no Contencioso, y se apersonen los que tienen derecho a suceder. Moquegua, 22 de diciembre del 2017. Guido Maquera Cuayla – Abogado. Mat. C.A.M. N° 0603; Abog. Dario Paniagua Parihuana – Tercera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua (26-27-28 Diciembre) REMATE JUDICIAL EDICTO PRIMER REMATE JUDICIAL.Expediente. 00449-2014-0-2802-JM-CI-02, en los seguidos por BANCO DE CREDITO DEL PERU contra SAUCEDO LIÑAN MODESTO MARCIAL y OXACOPA DE SAUCEDO DORIS GUADALUPE, sobre EJECUCION DE GARANTIAS. El Juzgado Mixto (Ex 1°) – Ilo, de la Corte Superior de Justicia de Moquegua que Despacha el Sr. Juez Dr. ADOLFO CORNEJO POLANCO, Especialista Legal Dr. MARCO CACERES NINAJA; ha dispuesto sacar a remate en PRIMERA CONVOCATORIA el siguiente Bien Inmueble: UBICACION: Constituido por el Predio Urbano, ubicado en: Urbanización Popular de Interés Social “Alto Ilo”, Manzana “W”, Lote “13”, Zona Norte del Distrito y Provincia de Ilo, Departamento de Moquegua, cuya área es de 160.00 M2., y los linderos, medidas perimétricas y títulos de dominio se encuentran inscritos en la Partida N° PO8023867, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna. TASACIÓN: En la suma de US$ 100,521.19 (CIEN MIL QUINIENTOS VEINTIUNO DOLARES AMERICANOS Y DIECINUEVE CENTAVOS DE DOLAR). PRECIO BASE: Siendo su precio base las dos terceras partes del valor de la tasación, la misma que asciende a la suma de US$ 67,014.13 (SESENTA Y SIETE MIL CATORCE DOLARES AMERICANOS Y TRECE CENTAVOS DE DOLAR). DIA Y HORA DE REMATE: Miércoles 07 de Marzo del 2018 a horas once de la mañana (11:00 AM). CARGAS Y GRAVAMENES: INSCRIPCION DE HIPOTECA: (Inscrita en el Asiento 00019 de la Partida N° PO8023867). Hipoteca a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por la suma de S/. 204,575.80 (DOSCIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO CON 80/100 NUEVOS SOLES). Así y más consta de la Escritura Pública de fecha 03/04/2013 otorgada ante Notaria YOLANDA L. INSUA ARROYO FS 15.- INSCRIPCION DE EMBARGO: (Inscrita en el Asiento 00021 de la Partida N° PO8023867) A favor de la demandante hasta por US$ 22,000.00 Dólares Americanos por haber ordenado el Juez del 2do. Juzgado Mixto de Ilo Dr. ADOLFO CORNEJO POLANCO mediante Resolución N° 01 del 02/06/2014 Secretario Judicial MARCO CACERES NINAJA en el Expediente N° 237-2014-87-2802-JMCI-02 sobre Obligación De Dar Suma De Dinero en contra de los demandados. Según consta de la citada Resolución, remitida con oficio N°0386-20142JM-PJ del 09/06/2014 FS 06.- INSCRIPCION DE EMBARGO: (Inscrita en el Asiento 00021 de la Partida N° PO8023867) A favor del demandante hasta por S/. 40,000.00 por haberlo ordenado el Juez del 1er. Juzgado de Paz Letrado de Ilo Dr. WILLIAMS NORABUENA CARPIO mediante Resolución N°03 del 30/06/2015 Secretario Judicial HUBER ROJAS HUAMANI en el Exp. N° 582-2014-22-2802-JP-CI-01 sobre Obligación De Dar Suma De Dinero en contra de los demandados. Según consta de la citada Resolución, remitida con oficio N° 937-2015-1JPL-CSJM-PJ DEL 16/07/2015 FS 06.- LUGAR DE REMATE: En el Hall del Juzgado Mixto (Ex 1°) ubicado en la Calle Matara N°325 – Ilo de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. POSTORES: Presentarán en Efectivo o en Cheque de Gerencia girado a su nombre el 10% del valor de la tasación sin sello de no negociable, D.N.I. original y adjuntar la Tasa Judicial correspondiente a la orden del Juzgado, debiendo consignarse en la misma el número de expediente, monto, el acto procesal a realizar y el número de documento de identidad del postor; con la firma de este al dorso del arancel, (con una copia fotostática del arancel y D.N.I.), en caso corresponda original de la Vigencia de Poder debidamente registrado y actualizado. El presente remate estará a cargo del Martillero Públi-
co MIGUEL ANGEL LLAQUE MOYA, con Reg. N° 312. Los HONORARIOS DEL MARTILLERO será de cargo del adjudicatario conforme a la Ley 28371 y el Decreto Supremo N° 008-2005-JUS más IGV, y se pagan al finalizar el Acto del Remate. Celular: 9994511224, 946065640. Ilo, 03 de Noviembre de 2017. (28, 29 de diciembre, 02, 03, 04 y 05 de enero). REMATE PÚBLICO EN TERCERA CONVOCATORIA En el proceso seguido por BANCO DE CREDITO DEL PERU contra RAUL ANTONIO GUZMAN RAMIREZ y SANDRA VANESSA CARDEÑA CHERREZ, sobre ejecución de garantías, Expediente N° 00014-2015-0-2802-JM-CI-02, el Juzgado Mixto de Ilo, a cargo del Juez, Dr. Adolfo Eduardo Cornejo Polanco y Especialista Legal, Dra. Judith Gallegos Ramos; ha dispuesto sacar a remate en tercera convocatoria el inmueble ubicado en Pasaje 1, Mz. G, lote 19, Urbanización Pro Vivienda 7 de Mayo, Distrito y Provincia de Ilo y Departamento de Moquegua, cuyo dominio, linderos y medidas perimétricas obran inscritas en la Partida N° 05003306 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII Sede Ilo. El bien ha sido valorizado en US$. 118,328.49 (CIENTO DIECIOCHO MIL TRESCIENTOS VEINTIOCHO CON 49/100 DOLARES AMERICANOS), siendo el precio base en tercera convocatoria la suma de US$. 56,994.89 (CINCUENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 89/100 DOLARES AMERCIANOS) que equivale a la base de la postura anterior deducida el 15% de Ley. AFECTACIONES: 1) Hipoteca a favor de la ejecutante hasta por S/ 310,761.10 y 2) Embargo en forma de inscripción, a favor del Banco Internacional del Perú hasta por la suma de S/ 75,000.00 sobre los derechos expectaticios que le correspondan a Raúl Antonio Guzman Ramírez, ordenado con motivo del Exp. 457-2014 seguido ante el Juzgado Mixto de Ilo; inscritos en los asientos D00007 y D00008 de la Partida 05003306 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII Sede Ilo, respectivamente. El remate se realizará el día DOCE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A LAS DOCE Y TREINTA DE LA TARDE, en el local del Juzgado ubicado en Calle Matará N° 325, segundo Piso, de ésta ciudad. Esta diligencia estará a cargo del Martillero Público Abraham Mariñas Sánchez, con Registro N°224. Los postores deberán oblar una cantidad no menor a US$. 11,832.85 (ONCE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS CON 85/100 DOLARES AMERICANOS) que equivale al 10% del valor de la tasación, en efectivo o cheque de gerencia y presentarán el original del arancel judicial (cod. 07153) en el que debe estar consignado el número del Expediente, Juzgado y el número de documento de identidad del postor (arancel debidamente suscrito y copia del documento de identidad). COMISION DEL MARTILLERO: Será de cargo del adjudicatario, según lo dispuesto en la tabla de honorarios establecida en el Decreto Supremo N° 008-2005-JUS + IGV y deberá ser cancelada al finalizar el remate. Ilo, 07 de noviembre del 2017. (28, 29 de diciembre y 02 de enero) PRIMER REMATE PÚBLICO En el expediente N° 00243-2015-0-2802-JP-CI-01, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero seguido por la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA. 103 en contra de LUIS ALBERTO FERRO ESQUIBIAS y VILMA JUANA SOTO LANAZCA, el señor Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Ilo, doctor Williams Norabuena Carpio, con actuación de la Especialista Legal Huber Marlon Rojas Huamaní, ha dispuesto se lleve a efecto el PRIMER REMATE PUBLICO del inmueble que a continuación se detalla: INMUEBLE ubicado en Asentamiento Humano Cesar Vallejo, manzana I, lote 3 del distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua, inscrito en la Partida Electrónica N° PO8016546 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII-Sede Tacna, en donde figuran su área, medidas perimétricas y demás características. GRAVAMENES: 1.-) Embargo en forma de inscripción a favor de Haydee Lourdes Cáceres Arrízala hasta por S/ 22,000.00, según Resolución N° 01 del 30-10-2009 del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, asiento N° 00007 de la partida N° PO8016546. 2.-) Embargo en forma de inscripción a favor de la cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Catalina de Moquegua Ltda. 103 hasta por S/ 35,000.00 por orden del Primer Juzgado de Paz Letrado de Ilo mediante Resolución
N° 1 del 14-05-2015, asiento N°12 de la partida N° PO8016546. 3.-) Embargo en forma de inscripción a favor de la Caja de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A. hasta por S/ 23,000.00, según lo dispuesto en la Resolución N° 1 del 16-5-2015 y por orden del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, asiento N° 00013 de la partida N° 08016546. VALOR DE TASACIÓN: S/ 74,806.71 (Setenta y cuatro mil ochocientos seis con 71/100 Soles). PRECIO BASE: S/ 49,871.14 (Cuarenta y nueve mil ochocientos setenta y uno con 14/100 Soles). LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE: El remate tendrá lugar en el frontis del Primer Juzgado de Paz Letrado de Ilo, sito en el Jr. Matará N° 325 de la ciudad de Ilo, el día 26 de enero 2018 a horas 11.30AM, y será efectuado por el Martillero Público señor José Carlos Eulalio Chirinos Escobedo con Registro N°65. DE LOS POSTORES: Los postores deberán depositar, en efectivo o en cheque de gerencia girado a nombre del propio postor, el 10% del valor de la tasación del bien (Art. 735 del Código Procesal Ovil); además se deberá adjuntar la tasa judicial por derecho de participación en remate del bien inmueble. Los honorarios del Martillero Público más IGV., deberán ser cancelados por el adjudicatario en forma inmediata a la conclusión del remate (Art. N° 732 del C.P.C.). Especialista Legal: Dr. Huber Marlo Rojas Huamaní. Martillero Público: Sr. José Carlos E. Chirinos Escobedo (Cel. 959600795). Ilo, diciembre 2017. (27, 28, 29 de Diciembre, 02, 03 y 04 de Enero) PRIMER REMATE JUDICIAL EN EL EXPEDIENTE NRO. 00136-2015-0-2802-JMCI-01, SEGUIDO ANTE EL JUZGADO MIXTO (EX. 1°) – ILO – MOQUEGUA, QUE DESPACHA EL MAGISTRADO: ADOLFO CORNEJO POLANCO, CON INTERVENCIÓN DE LA ESPECIALISTA LEGAL: JUDITH GALLEGOS RAMOS, SOBRE PROCESO DE RESOLUCION DE CONTRATO, SEGUIDO POR ABUNDIO SANTOS GERONIMO Y JUANA ASENCIO ARCE EN CONTRA DE MARIA DEL ROSARIO ASENCIO RAMOS, SE HA NOMBRADO COMO MARTILLERO PÚBLICO A BETHUEL LEUDMIN ALVARADO MALPICA, QUIEN HA DISPUESTO CONVOCAR EL PRIMER REMATE DEL SIGUIENTE BIEN INMUEBLE UBICADO EN: PUEBLO JOVEN SAN GERONIMO MZ. A LOTE 31, DISTRITO Y PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA, QUE SE ENCUENTRA INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRONICA N° PO8026540 DE LA OFICINA REGISTRAL DE ILO – ZONA REGISTRAL N° XIII – SEDE TACNA. VALOR DE TASACIÓN: US$. 69,828.58 (SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTIOCHO CON 58/100 DOLARES AMERICANOS). PRECIO BASE: US$. 46,552.38 (CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 38/100 DOLARES AMERICANOS), O SEA LAS DOS TERCERAS PARTES DEL VALOR DE TASACIÓN. GRAVÁMENES Y CARGAS: ASIENTO N° 00013: INSCRIPCION DE EMBARGO, A FAVOR DE LA CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO SULLANA, HASTA POR LA SUMA DE S/. 6,000.00. FECHA Y HORA DE REMATE: SE REALIZARA EL DIA OCHO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS OCHO HORAS Y TREINTA MINUTOS. LUGAR DE REMATE: EL REMATE SE EFECTUARÁ EN EL LOCAL DEL JUZGADO MIXTO (EX. 1°) – ILO – MOQUEGUA UBICADO EN CALLE MATARÁ N° 325, ILO – PERU. REQUISITOS PARA SER POSTOR: LOS POSTORES DEBERÁN DEPOSITAR, EN EFECTIVO O EN CHEQUE DE GERENCIA GIRADO A NOMBRE DEL PROPIO POSTOR, EL 10% DEL VALOR DE LA TASACIÓN DEL BIEN (ART. 735 DEL C.P.C), ADEMÁS SE DEBERÁ ADJUNTAR LA TASA JUDICIAL POR DERECHO DE PARTICIPACIÓN EN REMATE DEL BIEN MUEBLE CONSIGNANDO NÚMERO DE EXPEDIENTE, JUZGADO Y NÚMERO DE DNI DEL POSTOR. COMISION DEL MARTILLERO PUBLICO: LA COMISIÓN SERÁ CANCELADA POR EL ADJUDICATARIO UNA VEZ CONCLUIDO EL ACTO DE REMATE, DE ACUERDO A LA ESCALA DE COMISIONES DETERMINADO EN EL ART. 18 DEL DECRETO SUPREMO N° 008 -2005 –JUS Y ESTÁN AFECTOS AL IGV, CONCORDANTE CON EL ART. 732 DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL. MARTILLERO PÚBLICO, BETHUEL LEUDMIN ALVARADO MALPICA, REGISTRO N° 345. (26, 27, 28, 29 de Diciembre, 02 y 03 de Enero). EDICTO PENAL EDICTO PENAL EXP: 00547-2017-6-2802-JR-PE-01 Se emplaza, notifica a ISAAC JUAN HUARACA GUZMAN, con la RESOLUCION N° 02 Por lo que SE RESUELVE: 3.1.- PRIME-
RO: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, para el día 04 DE ENERO DEL 2018, A LAS 11:30 HORAS, en esta misma sala de audiencias, ubicado en el Jirón Junín Nro. 301, Segundo Piso, Distrito y Provincia de Ilo, Departamento de Moquegua (Módulo Penal), quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la Resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declararse al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado para que asista su Abogado defensor Particular; bajo apercibimiento de designársele un Abogado de la Defensoría Pública y se realice dicha audiencia y, por último el especialista legal deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fin que las cédulas de notificación dirigido al acusado y los edictos estén diligenciados y obre en el cuaderno de Debates, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA a fin que procedan conforme a sus atribuciones. 3.2.- SEGUNDO: SE DISPONE Se Notifique al acusado en su domicilio consignado en el Requerimiento de Acusación, en el domicilio real de la Ficha RENIEC del acusado y mediante Edictos, dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas de los principales actuado a ODECMA a fin que procesa conforme a sus atribuciones. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada de la abogado Mabel Gómez Peñaloza se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicará a las autoridades pertinentes de la conducta procesal del abogada antes referida, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia de la señorita Fiscal se comunicara a su órgano de control, a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.4.- CUARTO: SE DISPONE Tenerse por notificado a todos las partes asistentes a esta audiencia con la presente resolución. Tómese Razón y Hágase saber.- (28, 29 de diciembre y 02 de enero) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 00610-2017-0-2802-JR-PE-01 PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ILO. JUEZ: Abog. JACKIE MARLENE MARIÑAS ZOTO. ESPECIALISTA: Abog. GEOVANNA MONTOYA TEJERINA La señora Juez, del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Ilo, que suscribe, ha dispuesto en acto de audiencia de fecha 26 de diciembre de 2017 notificar a FLORENTINO QUISPE QUISPE, identificado con DNI N° 04646376 reprogramar la audiencia de Incoación de proceso inmediato para el día VEINTIDOS DE ENERO DE DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, en la sala de audiencias sito en Jr. Junin N° 301 tercer piso, quedando notificados tanto el señor fiscal como el abogado de la defensa técnica.- Ilo, 26 de Diciembre de 2017. (28, 29 de diciembre y 02 de enero) EDICTO PENAL Exp: 00566-2017-39-2802-JR-PE-01 Se emplaza, notifica a EDSON PAUL QUIROGA PORTILLO, con la RESOLUCION N° 02 Por lo que SE RESUELVE: 3.1.PRIMERO: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, para el día 29 DE DICIEMBRE DEL 2017, A LAS 15:00 HORAS, EN ESTA MISMA SALA DE AUDIENCIAS ubicado en Jirón Junín Nro. 301, Segundo Piso, Distrito y Provincia de ILO, Departamento de Moquegua, quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la Resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declararse al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado para que asista su abogado defensor; bajo apercibimiento de designársele un abogado de la Defensoría Pública y se realice dicha audiencia; por último la especialista legal deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fin que las cédulas de notificación y edictos dirigido al acusado estén diligenciados y obre en el cuaderno de Debates; bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA a fin que procedan conforme a sus atribuciones. 3.2.- SEGUNDO: SE DISPONE: notificar al acusado en su domicilio real señalado en el requerimiento de la Acusación, en el domicilio real señalado en su Ficha RENIEC y mediante edictos; por otro lado la Especialista Legal debe realizar en forma in-
Jueves, 28 de diciembre del 2017
mediata y en el día el trámite que corresponda para la notificación del acusado en sus domicilios antes señalados; bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas de los principales actuado a ODECMA a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3.TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada de la abogada Miriam Roció Mendoza Pacori se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicará a las autoridades pertinentes de la conducta procesal de la abogada antes referida, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia del señor Fiscal se comunicará a su órgano de control, a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.4.- CUARTO: SE DISPONE tenerse por notificado a todos las partes asistentes a esta audiencia con la presente resolución. Tómese Razón y Hágase Saber.(26, 27 y 28 de Diciembre)
de Justicia de Moquegua. (22-26-27 Diciembre)
EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 941-2017-0-2801-JP-PE-03; NOTIFICA a WILFREDO MAMANI ROJAS y la Empresa BOLIVIAN TANKERS RL, la Resolución N° 01 de fecha 17.10.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de Faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños, entre Wilfredo Mamani Rojas y la Empresa Bolivian Tankers RL, dejando a salvo su derecho para que lo pueda hacer valer por la vía correspondiente. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 15 de diciembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-26-27 Diciembre)
EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 700-2017-0-2801-JP-PE-03; NOTIFICA a ANTONIA PARI CRISTÓBAL, la Resolución N° 01 de fecha 19.07.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Daños, en contra de Ronald Javier Paredes Pari, dejando a salvo su derecho para que lo pueda hacer valer en la vía correspondiente. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 14 de diciembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-26-27 Diciembre)
EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 667-2017-0-2801-JP-PE-03; NOTIFICA a HENRY TOMAS CARZAS FLORES, la Resolución N° 03 de fecha 25.10.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de Faltas por la denuncia en agravio de Henry Tomas Carazas Flores y otros. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 14 de diciembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-26-27 Diciembre)
EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 940-2017-0-2801-JP-PE-03; NOTIFICA a JOHNNY MAMANI ESCOBAR y la Empresa de Servicios Múltiples JARM SRL, la Resolución N° 01 de fecha 25.10.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de Faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños, entre Johnny Mamani Escobar y la Empresa De Servicios Múltiples JARM SRL, dejando a salvo su derecho para que lo pueda hacer valer por la via correspondiente. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 14 de diciembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-26-27 Diciembre)
EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 718-2017-0-2801-JP-PE-03; NOTIFICA a JULIO CRUZ ÑACA, la Resolución N° 03 de fecha 17.10.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Daños, en agravio de Santos Elizabeth Rojas Palomino, Julio Cruz Ñaca y Rolando Colquehuanca Vilca. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 14 de diciembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-26-27 Diciembre)
Ticona Cruz en contra de RICHAR AMADO TICONA CUSI, SE ORDENA EL TRASLADO de la demanda al demandado por el termino de CINCO DIAS a fin de que absuelva el traslado de la demanda bajo apercibimiento de DECLARARSE SU REBELDÍA. Y mediante Resolución N° 07 SE RESUELVE EMPLAZAR POR EDICTOS, al demandado RICHAR AMADO TICONA CUSI, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Moquegua, 20 de Diciembre de 2017. Abog. Carolina Shirley Vizcarra Lipa – Reg. C.A.M. N° 0853 – Defensor Publico – Dirección General de Defensa Público y Acceso a la Justicia – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.; Abog. Cesar David Huanca Maquera – Segunda Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (26-27-28 Diciembre) EDICTO Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado a cargo de la Juez Dra. Lidia Josefina Vega Valencia, Especialista Cesar David Huanca Maquera Exp. N°00205-20160-+2801-JP-FC-02, se emite la Resolución N° 01 Y SE RESUELVE: 1.- ADMITIR la demanda de EJECUCIÓN DE ACTA DE CONCILIACIÓN en la VÍA DE PROCESO ÚNICO DE EJECUCIÓN interpuesta por ROSENDA EUDOCIA PATINA ALVAREZ en contra de LINO CHIPANA CHARAJA. 2.- SE ORDENA que el ejecutado LINO CHIPANA CHARAJA dentro de CINCO días de notificado cumpla con pagar a la ejecutante la suma de Dos mil cuatrocientos doce con 50/100 (S/. 2,412.50) que corresponde a la liquidación de pensiones alimenticias devengadas correspondiente al período de Enero de 2015 a Marzo de 2016, y las que pudieran generar, BAJO APERCIBIMIENTO DE DAR INICIO A LA EJECUCIÓN FORZADA. Y mediante Resolución N°07 SE RESUELVE EMPLAZAR POR EDICTOS, al ejecutado LINO CHIPANA CHARAJA, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Moquegua, 20 de Diciembre de 2017. Abog. Carolina Shirley Vizcarra Lipa. Reg. C.A..M. N° 0853. Defensor Público – Dirección General Publica y Acceso a la Justicia – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Abog. Cesar David Huanca Maquera – Segunda Secretaria del Juzgado de Paz – Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua (26-27-28 Diciembre) SUCESION INTESTADA
EDICTO PENAL Expediente N° 599-2017-0-2801-JP-PE-03, NOTIFICAR al imputado PERCY CRUZ CRUZ, la Resolución N° 07 de fecha 12.12.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR CONTUMAZ al imputado PERCY CRUZ CRUZ, 2. DISPONER su CONDUCCIÓN COMPULSIVA por pare de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder su ubicación y detención a nivel nacional y una vez realizado, deberán poner a disposición del Juzgado a de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto, Notifíquese. Moquegua, 18 de diciembre del 2017 Magistrado ErIy Alejo Cruz y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (2226-27 Diciembre) EDICTO PENAL Expediente N° 757-2017-0-2801-JP-PE-03, NOTIFICAR al imputado ELIX MAGNO PUMA PEÑALOZA, la Resolución N° 04 de fecha 12.12.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR CONTUMAZ al imputado ELIX MAGNO PUMA PEÑALOZA, 2. DISPONER su CONDUCCIÓN COMPULSIVA por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y detención nivel nacional, y una vez realizado, deberán poner a disposición del Juzgado a de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto, Notifíquese. Moquegua, 18 de diciembre del 2017 Magistrado Erly Alejo Cruz y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua.(22-26-27 Diciembre) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 943-2017-0-2801-JP-PE-03; NOTIFICA a OSCAR JAIME APAZA RAMOS y la Empresa Transportes Logfrinter S.R.L. - FRIDOSA, la Resolución N° 01 de fecha 19.10.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de Faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños, entre Oscar Jaime Apaza Ramos y la Empresa Transportes Logfrinter S.R.L. - FRIDOSA, dejando a salvo su derecho para que lo pueda hacer valer por la vía correspondiente. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 15 de diciembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
EDICTO PENAL Expediente Nº 00768-2017-15-2801-JR-PE-02. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Gloria Marisol Cuayla Choque. Se cita y emplaza a don NOEMI PILAR GUTIERREZ RAMOS, identificada con DNI N° 47343740, nacida el 15 de octubre de 1992, estado civil soltera, secundaria completa, hija de Casimiro Vicente y Biviana, a efecto de que se ponga a derecho, debido a que mediante Resolución Nº 08 de fecha 14 de diciembre de 2017 ha sido declarado Reo Contumaz, disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerla a disposición de este juzgado a efecto de que afronte la audiencia única de juicio inmediato en su contra; sin perjuicio de que se informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor al doctor Lino Ariel Jara Zubieta, quien deberá hacerse cargo de la defensa de la citada acusada. SE DISPONE la citación de la acusada contumaz mediante edictos a fin de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar la audiencia única de Juicio Inmediato. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado la acusada contumaz por parte de la Policía Nacional, quien deberá ponerla a disposición dentro del horario de labor laboral. Fdo. Claudio Washington Altamirano Bellido - Juez Titular del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Gloria Marisol Cuayla Choque - Especialista Legal.- Moquegua, 20 de diciembre de 2017 (22-26-27 Diciembre) EDICTO EDICTO Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado a cargo de la Juez Dra. Lidia Josefina Vega Valencia. Especialista Cesar David Huanca Maquera Exp. N° 00285-2017-0-0-2801-JP-FC-02, se emite la Resolución N° 01 Y SE RESUELVE: ADMITIR la demanda de ALIMENTOS en la VÍA DE PROCESO ÚNICO interpuesta por DIANA LUZ CRUZ MACHACA quien actúa en representación de su mejor hijo Jesus ángel
SUCESION INTESTADA ANTE EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ¡CHUÑA que despacha el señor Juez Edward Ángel Zambrano Murillo, con intervención del secretario judicial Honorio Edilberto Leiva Gonzales, EN EL EXPEDIENTE NRO. 2017-00027-O2801-JP-CI-1 seguido por Jaime Coaquira Cosi, solicita la Sucesión Intestada de quien en vida fue su finada madre doña Prisca Cosi Ventura, para que se apersonen los que creen tener derecho a heredar. Abogado HONORIO EDILBERTO LEIVA GONZALES SECRETARIO DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ICHUÑA - CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. Ichuña, 06 de Diciembre del 2017. (27-28-29 Diciembre) SUCESION INTESTADA SUCESION INTESTADA Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Moquegua, en el Exp. 00561-2017-0-2801-JP-CI-02, que despacha la Juez Dra. Lidia Josefina Vega Valencia, secretario Dr. Dario Paniagua Parihuana, mediante Resolución N°01 de fecha 18 de diciembre del 2017, que RESUELVE: Admitir la demanda de Sucesión Intestada interpuesta por GLADYS MARLENI YUNGA MAMANI, de quien en vida fue su madre doña JOSEFINA MAMANI CONDORI, quien ha fallecido el día 29 de junio del 2016, en la departamento de Tacna, con la finalidad de que se declare como herederos a GLADYS MARLENI YUNGA MAMANI y RAUL ALVINO YUNGA MAMANI, JUANA ELIVIA YUNGA MAMANI Y VICTOR YUNGA PAQUITA este último en su calidad conyugue supérstite, con citación del Ministerio Publico y la sociedad de Beneficencia Pública de Moquegua, se tramita el presente proceso en la vía de proceso no Contencioso, y se apersonen los que tienen derecho a suceder. Moquegua, 22 de diciembre del 2017. Guido Maquera Cuayla – Abogado. Mat. C.A.M. N° 0603; Abog. Dario Paniagua Parihuana – Tercera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua (26-27-28 Diciembre) REMATE JUDICIAL EDICTO
PRIMER REMATE JUDICIAL.Expediente. 00449-2014-0-2802-JM-CI-02, en los seguidos por BANCO DE CREDITO DEL PERU contra SAUCEDO LIÑAN MODESTO MARCIAL y OXACOPA DE SAUCEDO DORIS GUADALUPE, sobre EJECUCION DE GARANTIAS. El Juzgado Mixto (Ex 1°) – Ilo, de la Corte Superior de Justicia de Moquegua que Despacha el Sr. Juez Dr. ADOLFO CORNEJO POLANCO, Especialista Legal Dr. MARCO CACERES NINAJA; ha dispuesto sacar a remate en PRIMERA CONVOCATORIA el siguiente Bien Inmueble: UBICACION: Constituido por el Predio Urbano, ubicado en: Urbanización Popular de Interés Social “Alto Ilo”, Manzana “W”, Lote “13”, Zona Norte del Distrito y Provincia de Ilo, Departamento de Moquegua, cuya área es de 160.00 M2., y los linderos, medidas perimétricas y títulos de dominio se encuentran inscritos en la Partida N° PO8023867, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna. TASACIÓN: En la suma de US$ 100,521.19 (CIEN MIL QUINIENTOS VEINTIUNO DOLARES AMERICANOS Y DIECINUEVE CENTAVOS DE DOLAR). PRECIO BASE: Siendo su precio base las dos terceras partes del valor de la tasación, la misma que asciende a la suma de US$ 67,014.13 (SESENTA Y SIETE MIL CATORCE DOLARES AMERICANOS Y TRECE CENTAVOS DE DOLAR). DIA Y HORA DE REMATE: Miércoles 07 de Marzo del 2018 a horas once de la mañana (11:00 AM). CARGAS Y GRAVAMENES: INSCRIPCION DE HIPOTECA: (Inscrita en el Asiento 00019 de la Partida N° PO8023867). Hipoteca a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por la suma de S/. 204,575.80 (DOSCIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO CON 80/100 NUEVOS SOLES). Así y más consta de la Escritura Pública de fecha 03/04/2013 otorgada ante Notaria YOLANDA L. INSUA ARROYO FS 15.- INSCRIPCION DE EMBARGO: (Inscrita en el Asiento 00021 de la Partida N° PO8023867) A favor de la demandante hasta por US$ 22,000.00 Dólares Americanos por haber ordenado el Juez del 2do. Juzgado Mixto de Ilo Dr. ADOLFO CORNEJO POLANCO mediante Resolución N° 01 del 02/06/2014 Secretario Judicial MARCO CACERES NINAJA en el Expediente N° 237-2014-87-2802-JMCI-02 sobre Obligación De Dar Suma De Dinero en contra de los demandados. Según consta de la citada Resolución, remitida con oficio N°0386-20142JM-PJ del 09/06/2014 FS 06.- INSCRIPCION DE EMBARGO: (Inscrita en el Asiento 00021 de la Partida N° PO8023867) A favor del demandante hasta por S/. 40,000.00 por haberlo ordenado el Juez del 1er. Juzgado de Paz Letrado de Ilo Dr. WILLIAMS NORABUENA CARPIO mediante Resolución N°03 del 30/06/2015 Secretario Judicial HUBER ROJAS HUAMANI en el Exp. N° 582-2014-22-2802-JP-CI-01 sobre Obligación De Dar Suma De Dinero en contra de los demandados. Según consta de la citada Resolución, remitida con oficio N° 937-2015-1JPL-CSJM-PJ DEL 16/07/2015 FS 06.- LUGAR DE REMATE: En el Hall del Juzgado Mixto (Ex 1°) ubicado en la Calle Matara N°325 – Ilo de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. POSTORES: Presentarán en Efectivo o en Cheque de Gerencia girado a su nombre el 10% del valor de la tasación sin sello de no negociable, D.N.I. original y adjuntar la Tasa Judicial correspondiente a la orden del Juzgado, debiendo consignarse en la misma el número de expediente, monto, el acto procesal a realizar y el número de documento de identidad del postor; con la firma de este al dorso del arancel, (con una copia fotostática del arancel y D.N.I.), en caso corresponda original de la Vigencia de Poder debidamente registrado y actualizado. El presente remate estará a cargo del Martillero Público MIGUEL ANGEL LLAQUE MOYA, con Reg. N° 312. Los HONORARIOS DEL MARTILLERO será de cargo del adjudicatario conforme a la Ley 28371 y el Decreto Supremo N° 008-2005-JUS más IGV, y se pagan al finalizar el Acto del Remate. Celular: 9994511224, 946065640. Ilo, 03 de Noviembre de 2017. (28, 29 de diciembre, 02, 03, 04 y 05 de enero). REMATE PÚBLICO EN TERCERA CONVOCATORIA En el proceso seguido por BANCO DE CREDITO DEL PERU contra RAUL ANTONIO GUZMAN RAMIREZ y SANDRA VANESSA CARDEÑA CHERREZ, sobre ejecución de garantías, Expediente N° 00014-2015-0-2802-JM-CI-02, el Juzgado Mixto de Ilo, a cargo del Juez, Dr. Adolfo Eduardo Cornejo Polanco y Especialista Legal, Dra. Judith Gallegos Ramos; ha dispuesto sacar a remate en tercera convocatoria el inmueble ubicado en Pasaje 1, Mz. G, lote 19, Urbanización Pro Vivienda 7 de Mayo, Distrito y Provincia de Ilo y Departamento de Moquegua, cuyo dominio, linderos y medidas perimétricas obran inscritas en la Partida N° 05003306 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII Sede Ilo. El bien ha sido valorizado en US$.
3
118,328.49 (CIENTO DIECIOCHO MIL TRESCIENTOS VEINTIOCHO CON 49/100 DOLARES AMERICANOS), siendo el precio base en tercera convocatoria la suma de US$. 56,994.89 (CINCUENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 89/100 DOLARES AMERCIANOS) que equivale a la base de la postura anterior deducida el 15% de Ley. AFECTACIONES: 1) Hipoteca a favor de la ejecutante hasta por S/ 310,761.10 y 2) Embargo en forma de inscripción, a favor del Banco Internacional del Perú hasta por la suma de S/ 75,000.00 sobre los derechos expectaticios que le correspondan a Raúl Antonio Guzman Ramírez, ordenado con motivo del Exp. 457-2014 seguido ante el Juzgado Mixto de Ilo; inscritos en los asientos D00007 y D00008 de la Partida 05003306 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII Sede Ilo, respectivamente. El remate se realizará el día DOCE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A LAS DOCE Y TREINTA DE LA TARDE, en el local del Juzgado ubicado en Calle Matará N° 325, segundo Piso, de ésta ciudad. Esta diligencia estará a cargo del Martillero Público Abraham Mariñas Sánchez, con Registro N°224. Los postores deberán oblar una cantidad no menor a US$. 11,832.85 (ONCE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS CON 85/100 DOLARES AMERICANOS) que equivale al 10% del valor de la tasación, en efectivo o cheque de gerencia y presentarán el original del arancel judicial (cod. 07153) en el que debe estar consignado el número del Expediente, Juzgado y el número de documento de identidad del postor (arancel debidamente suscrito y copia del documento de identidad). COMISION DEL MARTILLERO: Será de cargo del adjudicatario, según lo dispuesto en la tabla de honorarios establecida en el Decreto Supremo N° 008-2005-JUS + IGV y deberá ser cancelada al finalizar el remate. Ilo, 07 de noviembre del 2017. (28, 29 de diciembre y 02 de enero) PRIMER REMATE PÚBLICO En el expediente N° 00243-2015-0-2802-JP-CI-01, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero seguido por la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA. 103 en contra de LUIS ALBERTO FERRO ESQUIBIAS y VILMA JUANA SOTO LANAZCA, el señor Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Ilo, doctor Williams Norabuena Carpio, con actuación de la Especialista Legal Huber Marlon Rojas Huamaní, ha dispuesto se lleve a efecto el PRIMER REMATE PUBLICO del inmueble que a continuación se detalla: INMUEBLE ubicado en Asentamiento Humano Cesar Vallejo, manzana I, lote 3 del distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua, inscrito en la Partida Electrónica N° PO8016546 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII-Sede Tacna, en donde figuran su área, medidas perimétricas y demás características. GRAVAMENES: 1.-) Embargo en forma de inscripción a favor de Haydee Lourdes Cáceres Arrízala hasta por S/ 22,000.00, según Resolución N° 01 del 30-10-2009 del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, asiento N° 00007 de la partida N° PO8016546. 2.-) Embargo en forma de inscripción a favor de la cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Catalina de Moquegua Ltda. 103 hasta por S/ 35,000.00 por orden del Primer Juzgado de Paz Letrado de Ilo mediante Resolución N° 1 del 14-05-2015, asiento N°12 de la partida N° PO8016546. 3.-) Embargo en forma de inscripción a favor de la Caja de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A. hasta por S/ 23,000.00, según lo dispuesto en la Resolución N° 1 del 16-5-2015 y por orden del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, asiento N° 00013 de la partida N° 08016546. VALOR DE TASACIÓN: S/ 74,806.71 (Setenta y cuatro mil ochocientos seis con 71/100 Soles). PRECIO BASE: S/ 49,871.14 (Cuarenta y nueve mil ochocientos setenta y uno con 14/100 Soles). LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE: El remate tendrá lugar en el frontis del Primer Juzgado de Paz Letrado de Ilo, sito en el Jr. Matará N° 325 de la ciudad de Ilo, el día 26 de enero 2018 a horas 11.30AM, y será efectuado por el Martillero Público señor José Carlos Eulalio Chirinos Escobedo con Registro N°65. DE LOS POSTORES: Los postores deberán depositar, en efectivo o en cheque de gerencia girado a nombre del propio postor, el 10% del valor de la tasación del bien (Art. 735 del Código Procesal Ovil); además se deberá adjuntar la tasa judicial por derecho de participación en remate del bien inmueble. Los honorarios del Martillero Público más IGV., deberán ser cancelados por el adjudicatario en forma inmediata a la conclusión del remate (Art. N° 732 del C.P.C.). Especialista Legal: Dr. Huber Marlo Rojas Huamaní. Martillero Público: Sr. José Carlos E. Chirinos Escobedo (Cel. 959600795). Ilo, diciembre 2017. (27, 28, 29 de Diciembre, 02, 03 y 04 de Enero)
4
La República
PRIMER REMATE JUDICIAL EN EL EXPEDIENTE NRO. 00136-2015-0-2802-JMCI-01, SEGUIDO ANTE EL JUZGADO MIXTO (EX. 1°) – ILO – MOQUEGUA, QUE DESPACHA EL MAGISTRADO: ADOLFO CORNEJO POLANCO, CON INTERVENCIÓN DE LA ESPECIALISTA LEGAL: JUDITH GALLEGOS RAMOS, SOBRE PROCESO DE RESOLUCION DE CONTRATO, SEGUIDO POR ABUNDIO SANTOS GERONIMO Y JUANA ASENCIO ARCE EN CONTRA DE MARIA DEL ROSARIO ASENCIO RAMOS, SE HA NOMBRADO COMO MARTILLERO PÚBLICO A BETHUEL LEUDMIN ALVARADO MALPICA, QUIEN HA DISPUESTO CONVOCAR EL PRIMER REMATE DEL SIGUIENTE BIEN INMUEBLE UBICADO EN: PUEBLO JOVEN SAN GERONIMO MZ. A LOTE 31, DISTRITO Y PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA, QUE SE ENCUENTRA INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRONICA N° PO8026540 DE LA OFICINA REGISTRAL DE ILO – ZONA REGISTRAL N° XIII – SEDE TACNA. VALOR DE TASACIÓN: US$. 69,828.58 (SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTIOCHO CON 58/100 DOLARES AMERICANOS). PRECIO BASE: US$. 46,552.38 (CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 38/100 DOLARES AMERICANOS), O SEA LAS DOS TERCERAS PARTES DEL VALOR DE TASACIÓN. GRAVÁMENES Y CARGAS: ASIENTO N° 00013: INSCRIPCION DE EMBARGO, A FAVOR DE LA CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO SULLANA, HASTA POR LA SUMA DE S/. 6,000.00. FECHA Y HORA DE REMATE: SE REALIZARA EL DIA OCHO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS OCHO HORAS Y TREINTA MINUTOS. LUGAR DE REMATE: EL REMATE SE EFECTUARÁ EN EL LOCAL DEL JUZGADO MIXTO (EX. 1°) – ILO – MOQUEGUA UBICADO EN CALLE MATARÁ N° 325, ILO – PERU. REQUISITOS PARA SER POSTOR: LOS POSTORES DEBERÁN DEPOSITAR, EN EFECTIVO O EN CHEQUE DE GERENCIA GIRADO A NOMBRE DEL PROPIO POSTOR, EL 10% DEL VALOR DE LA TASACIÓN DEL BIEN (ART. 735 DEL C.P.C), ADEMÁS SE DEBERÁ ADJUNTAR LA TASA JUDICIAL POR DERECHO DE PARTICIPACIÓN EN REMATE DEL BIEN MUEBLE CONSIGNANDO NÚMERO DE EXPEDIENTE, JUZGADO Y NÚMERO DE DNI DEL POSTOR. COMISION DEL MARTILLERO PUBLICO: LA COMISIÓN SERÁ CANCELADA POR EL ADJUDICATARIO UNA VEZ CONCLUIDO EL ACTO DE REMATE, DE ACUERDO A LA ESCALA DE COMISIONES DETERMINADO EN EL ART. 18 DEL DECRETO SUPREMO N° 008 -2005 –JUS Y ESTÁN AFECTOS AL IGV, CONCORDANTE CON EL ART. 732 DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL. MARTILLERO PÚBLICO, BETHUEL LEUDMIN ALVARADO MALPICA, REGISTRO N° 345. (26, 27, 28, 29 de Diciembre, 02 y 03 de Enero). EDICTO PENAL EDICTO PENAL EXP: 00547-2017-6-2802-JR-PE-01 Se emplaza, notifica a ISAAC JUAN HUARACA GUZMAN, con la RESOLUCION N° 02 Por lo que SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, para el día 04 DE ENERO DEL 2018, A LAS 11:30 HORAS, en esta misma sala de audiencias, ubicado en el Jirón Junín Nro. 301, Segundo Piso, Distrito y Provincia de Ilo, Departamento de Moquegua (Módulo Penal), quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la Resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declararse al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado para que asista su Abogado defensor Particular; bajo apercibimiento de designársele un Abogado de la Defensoría Pública y se realice dicha audiencia y, por último el especialista legal deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fin que las cédulas de notificación dirigido al acusado y los edictos estén diligenciados y obre en el cuaderno de Debates, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA a fin que procedan conforme a sus atribuciones. 3.2.- SEGUNDO: SE DISPONE Se Notifique al acusado en su domicilio consignado en el Requerimiento de Acusación, en el domicilio real de la Ficha RENIEC del acusado y mediante Edictos, dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas de los principales actuado a ODECMA a fin que procesa conforme a sus atribuciones. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada de la abogado Mabel Gómez Peñaloza se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicará a las autoridades pertinentes de la conducta procesal del abogada antes referida, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia de la señorita Fiscal se comunicara a
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
su órgano de control, a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.4.- CUARTO: SE DISPONE Tenerse por notificado a todos las partes asistentes a esta audiencia con la presente resolución. Tómese Razón y Hágase saber.- (28, 29 de diciembre y 02 de enero) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 00610-2017-0-2802-JR-PE-01 PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ILO. JUEZ: Abog. JACKIE MARLENE MARIÑAS ZOTO. ESPECIALISTA: Abog. GEOVANNA MONTOYA TEJERINA La señora Juez, del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Ilo, que suscribe, ha dispuesto en acto de audiencia de fecha 26 de diciembre de 2017 notificar a FLORENTINO QUISPE QUISPE, identificado con DNI N° 04646376 reprogramar la audiencia de Incoación de proceso inmediato para el día VEINTIDOS DE ENERO DE DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, en la sala de audiencias sito en Jr. Junin N° 301 tercer piso, quedando notificados tanto el señor fiscal como el abogado de la defensa técnica.- Ilo, 26 de Diciembre de 2017. (28, 29 de diciembre y 02 de enero) EDICTO PENAL Exp: 00566-2017-39-2802-JR-PE-01 Se emplaza, notifica a EDSON PAUL QUIROGA PORTILLO, con la RESOLUCION N° 02 Por lo que SE RESUELVE: 3.1.PRIMERO: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, para el día 29 DE DICIEMBRE DEL 2017, A LAS 15:00 HORAS, EN ESTA MISMA SALA DE AUDIENCIAS ubicado en Jirón Junín Nro. 301, Segundo Piso, Distrito y Provincia de ILO, Departamento de Moquegua, quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la Resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declararse al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado para que asista su abogado defensor; bajo apercibimiento de designársele un abogado de la Defensoría Pública y se realice dicha audiencia; por último la especialista legal deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fin que las cédulas de notificación y edictos dirigido al acusado estén diligenciados y obre en el cuaderno de Debates; bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA a fin que procedan conforme a sus atribuciones. 3.2.- SEGUNDO: SE DISPONE: notificar al acusado en su domicilio real señalado en el requerimiento de la Acusación, en el domicilio real señalado en su Ficha RENIEC y mediante edictos; por otro lado la Especialista Legal debe realizar en forma inmediata y en el día el trámite que corresponda para la notificación del acusado en sus domicilios antes señalados; bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas de los principales actuado a ODECMA a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3.TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada de la abogada Miriam Roció Mendoza Pacori se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicará a las autoridades pertinentes de la conducta procesal de la abogada antes referida, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia del señor Fiscal se comunicará a su órgano de control, a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.4.- CUARTO: SE DISPONE tenerse por notificado a todos las partes asistentes a esta audiencia con la presente resolución. Tómese Razón y Hágase Saber.(26, 27 y 28 de Diciembre) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 941-2017-0-2801-JP-PE-03; NOTIFICA a WILFREDO MAMANI ROJAS y la Empresa BOLIVIAN TANKERS RL, la Resolución N° 01 de fecha 17.10.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de Faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños, entre Wilfredo Mamani Rojas y la Empresa Bolivian Tankers RL, dejando a salvo su derecho para que lo pueda hacer valer por la vía correspondiente. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 15 de diciembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-26-27 Diciembre) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 667-2017-0-2801-JP-PE-03; NOTIFICA a HENRY TOMAS CARZAS FLORES, la Resolución N° 03 de fecha 25.10.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de Faltas por la denuncia
Jueves, 28 de diciembre del 2017
en agravio de Henry Tomas Carazas Flores y otros. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 14 de diciembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-26-27 Diciembre)
Vilca. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 14 de diciembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-26-27 Diciembre)
EDICTO PENAL Expediente N° 599-2017-0-2801-JP-PE-03, NOTIFICAR al imputado PERCY CRUZ CRUZ, la Resolución N° 07 de fecha 12.12.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR CONTUMAZ al imputado PERCY CRUZ CRUZ, 2. DISPONER su CONDUCCIÓN COMPULSIVA por pare de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder su ubicación y detención a nivel nacional y una vez realizado, deberán poner a disposición del Juzgado a de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto, Notifíquese. Moquegua, 18 de diciembre del 2017 Magistrado ErIy Alejo Cruz y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (2226-27 Diciembre)
EDICTO PENAL Expediente Nº 00768-2017-15-2801-JR-PE-02. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Gloria Marisol Cuayla Choque. Se cita y emplaza a don NOEMI PILAR GUTIERREZ RAMOS, identificada con DNI N° 47343740, nacida el 15 de octubre de 1992, estado civil soltera, secundaria completa, hija de Casimiro Vicente y Biviana, a efecto de que se ponga a derecho, debido a que mediante Resolución Nº 08 de fecha 14 de diciembre de 2017 ha sido declarado Reo Contumaz, disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerla a disposición de este juzgado a efecto de que afronte la audiencia única de juicio inmediato en su contra; sin perjuicio de que se informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor al doctor Lino Ariel Jara Zubieta, quien deberá hacerse cargo de la defensa de la citada acusada. SE DISPONE la citación de la acusada contumaz mediante edictos a fin de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar la audiencia única de Juicio Inmediato. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado la acusada contumaz por parte de la Policía Nacional, quien deberá ponerla a disposición dentro del horario de labor laboral. Fdo. Claudio Washington Altamirano Bellido - Juez Titular del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Gloria Marisol Cuayla Choque - Especialista Legal.- Moquegua, 20 de diciembre de 2017 (22-26-27 Diciembre)
– Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Abog. Cesar David Huanca Maquera – Segunda Secretaria del Juzgado de Paz – Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua (26-27-28 Diciembre) SUCESION INTESTADA
EDICTO PENAL Expediente N° 757-2017-0-2801-JP-PE-03, NOTIFICAR al imputado ELIX MAGNO PUMA PEÑALOZA, la Resolución N° 04 de fecha 12.12.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR CONTUMAZ al imputado ELIX MAGNO PUMA PEÑALOZA, 2. DISPONER su CONDUCCIÓN COMPULSIVA por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y detención nivel nacional, y una vez realizado, deberán poner a disposición del Juzgado a de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto, Notifíquese. Moquegua, 18 de diciembre del 2017 Magistrado Erly Alejo Cruz y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua.(22-26-27 Diciembre) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 943-2017-0-2801-JP-PE-03; NOTIFICA a OSCAR JAIME APAZA RAMOS y la Empresa Transportes Logfrinter S.R.L. - FRIDOSA, la Resolución N° 01 de fecha 19.10.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de Faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños, entre Oscar Jaime Apaza Ramos y la Empresa Transportes Logfrinter S.R.L. - FRIDOSA, dejando a salvo su derecho para que lo pueda hacer valer por la vía correspondiente. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 15 de diciembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-26-27 Diciembre) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 940-2017-0-2801-JP-PE-03; NOTIFICA a JOHNNY MAMANI ESCOBAR y la Empresa de Servicios Múltiples JARM SRL, la Resolución N° 01 de fecha 25.10.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de Faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños, entre Johnny Mamani Escobar y la Empresa De Servicios Múltiples JARM SRL, dejando a salvo su derecho para que lo pueda hacer valer por la via correspondiente. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 14 de diciembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-26-27 Diciembre) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 700-2017-0-2801-JP-PE-03; NOTIFICA a ANTONIA PARI CRISTÓBAL, la Resolución N° 01 de fecha 19.07.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Daños, en contra de Ronald Javier Paredes Pari, dejando a salvo su derecho para que lo pueda hacer valer en la vía correspondiente. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 14 de diciembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-26-27 Diciembre) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 718-2017-0-2801-JP-PE-03; NOTIFICA a JULIO CRUZ ÑACA, la Resolución N° 03 de fecha 17.10.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Daños, en agravio de Santos Elizabeth Rojas Palomino, Julio Cruz Ñaca y Rolando Colquehuanca
EDICTO EDICTO Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado a cargo de la Juez Dra. Lidia Josefina Vega Valencia. Especialista Cesar David Huanca Maquera Exp. N° 00285-2017-0-0-2801-JP-FC-02, se emite la Resolución N° 01 Y SE RESUELVE: ADMITIR la demanda de ALIMENTOS en la VÍA DE PROCESO ÚNICO interpuesta por DIANA LUZ CRUZ MACHACA quien actúa en representación de su mejor hijo Jesus ángel Ticona Cruz en contra de RICHAR AMADO TICONA CUSI, SE ORDENA EL TRASLADO de la demanda al demandado por el termino de CINCO DIAS a fin de que absuelva el traslado de la demanda bajo apercibimiento de DECLARARSE SU REBELDÍA. Y mediante Resolución N° 07 SE RESUELVE EMPLAZAR POR EDICTOS, al demandado RICHAR AMADO TICONA CUSI, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Moquegua, 20 de Diciembre de 2017. Abog. Carolina Shirley Vizcarra Lipa – Reg. C.A.M. N° 0853 – Defensor Publico – Dirección General de Defensa Público y Acceso a la Justicia – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.; Abog. Cesar David Huanca Maquera – Segunda Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (26-27-28 Diciembre) EDICTO Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado a cargo de la Juez Dra. Lidia Josefina Vega Valencia, Especialista Cesar David Huanca Maquera Exp. N°00205-20160-+2801-JP-FC-02, se emite la Resolución N° 01 Y SE RESUELVE: 1.- ADMITIR la demanda de EJECUCIÓN DE ACTA DE CONCILIACIÓN en la VÍA DE PROCESO ÚNICO DE EJECUCIÓN interpuesta por ROSENDA EUDOCIA PATINA ALVAREZ en contra de LINO CHIPANA CHARAJA. 2.- SE ORDENA que el ejecutado LINO CHIPANA CHARAJA dentro de CINCO días de notificado cumpla con pagar a la ejecutante la suma de Dos mil cuatrocientos doce con 50/100 (S/. 2,412.50) que corresponde a la liquidación de pensiones alimenticias devengadas correspondiente al período de Enero de 2015 a Marzo de 2016, y las que pudieran generar, BAJO APERCIBIMIENTO DE DAR INICIO A LA EJECUCIÓN FORZADA. Y mediante Resolución N°07 SE RESUELVE EMPLAZAR POR EDICTOS, al ejecutado LINO CHIPANA CHARAJA, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Moquegua, 20 de Diciembre de 2017. Abog. Carolina Shirley Vizcarra Lipa. Reg. C.A..M. N° 0853. Defensor Público – Dirección General Publica y Acceso a la Justicia
SUCESION INTESTADA ANTE EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ¡CHUÑA que despacha el señor Juez Edward Ángel Zambrano Murillo, con intervención del secretario judicial Honorio Edilberto Leiva Gonzales, EN EL EXPEDIENTE NRO. 2017-00027-O2801-JP-CI-1 seguido por Jaime Coaquira Cosi, solicita la Sucesión Intestada de quien en vida fue su finada madre doña Prisca Cosi Ventura, para que se apersonen los que creen tener derecho a heredar. Abogado HONORIO EDILBERTO LEIVA GONZALES SECRETARIO DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ICHUÑA - CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. Ichuña, 06 de Diciembre del 2017. (27-28-29 Diciembre) SUCESION INTESTADA SUCESION INTESTADA Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Moquegua, en el Exp. 00561-2017-0-2801-JP-CI-02, que despacha la Juez Dra. Lidia Josefina Vega Valencia, secretario Dr. Dario Paniagua Parihuana, mediante Resolución N°01 de fecha 18 de diciembre del 2017, que RESUELVE: Admitir la demanda de Sucesión Intestada interpuesta por GLADYS MARLENI YUNGA MAMANI, de quien en vida fue su madre doña JOSEFINA MAMANI CONDORI, quien ha fallecido el día 29 de junio del 2016, en la departamento de Tacna, con la finalidad de que se declare como herederos a GLADYS MARLENI YUNGA MAMANI y RAUL ALVINO YUNGA MAMANI, JUANA ELIVIA YUNGA MAMANI Y VICTOR YUNGA PAQUITA este último en su calidad conyugue supérstite, con citación del Ministerio Publico y la sociedad de Beneficencia Pública de Moquegua, se tramita el presente proceso en la vía de proceso no Contencioso, y se apersonen los que tienen derecho a suceder. Moquegua, 22 de diciembre del 2017. Guido Maquera Cuayla – Abogado. Mat. C.A.M. N° 0603; Abog. Dario Paniagua Parihuana – Tercera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua (26-27-28 Diciembre) REMATE JUDICIAL EDICTO PRIMER REMATE JUDICIAL.Expediente. 00449-2014-0-2802-JM-CI-02, en los seguidos por BANCO DE CREDITO DEL PERU contra SAUCEDO LIÑAN MODESTO MARCIAL y OXACOPA DE SAUCEDO DORIS GUADALUPE, sobre EJECUCION DE GARANTIAS. El Juzgado Mixto (Ex 1°) – Ilo, de la Corte Superior de Justicia de Moquegua que Despacha el Sr. Juez Dr. ADOLFO CORNEJO POLANCO, Especialista Legal Dr. MARCO CACERES NINAJA; ha dispuesto sacar a remate en PRIMERA CONVOCATORIA el siguiente Bien Inmueble: UBICACION: Constituido por el Predio Urbano, ubicado en: Urbanización Popular de Interés Social “Alto Ilo”, Manzana “W”, Lote “13”, Zona Norte del Distrito y Provincia de Ilo, Departamento de Moquegua, cuya área es de 160.00 M2., y los linderos, medidas perimétricas y títulos de dominio se encuentran inscritos en la Partida N° PO8023867, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna. TASACIÓN: En la suma de US$ 100,521.19 (CIEN MIL QUINIENTOS VEINTIUNO DOLARES AMERICANOS Y DIECINUEVE CENTAVOS DE DOLAR). PRECIO BASE: Siendo su precio base las dos terceras partes del valor de la tasación, la misma que asciende a la suma de US$ 67,014.13 (SESENTA Y SIETE MIL CATORCE DOLARES AMERICANOS Y TRECE CENTAVOS DE DOLAR). DIA Y HORA DE REMATE: Miércoles 07 de Marzo del 2018 a horas once de la mañana (11:00 AM). CARGAS Y GRAVAMENES: INSCRIPCION DE HIPOTECA: (Inscrita en el Asiento 00019 de la Partida N° PO8023867). Hipoteca a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por la suma de S/. 204,575.80 (DOSCIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO CON 80/100 NUEVOS SOLES). Así y más consta de la Escritura Pública de fecha 03/04/2013 otorgada ante Notaria YOLANDA L. INSUA ARROYO FS 15.- INSCRIPCION DE EMBARGO: (Inscrita en el Asiento 00021 de la Partida N° PO8023867) A favor de la demandante hasta por US$ 22,000.00 Dólares Americanos por haber ordenado el Juez del 2do. Juzgado Mixto de Ilo Dr. ADOLFO CORNEJO POLANCO mediante Resolución N° 01 del 02/06/2014 Secretario Judicial MARCO CACERES
Jueves, 28 de diciembre del 2017
NINAJA en el Expediente N° 237-2014-87-2802-JMCI-02 sobre Obligación De Dar Suma De Dinero en contra de los demandados. Según consta de la citada Resolución, remitida con oficio N°0386-20142JM-PJ del 09/06/2014 FS 06.- INSCRIPCION DE EMBARGO: (Inscrita en el Asiento 00021 de la Partida N° PO8023867) A favor del demandante hasta por S/. 40,000.00 por haberlo ordenado el Juez del 1er. Juzgado de Paz Letrado de Ilo Dr. WILLIAMS NORABUENA CARPIO mediante Resolución N°03 del 30/06/2015 Secretario Judicial HUBER ROJAS HUAMANI en el Exp. N° 582-2014-22-2802-JP-CI-01 sobre Obligación De Dar Suma De Dinero en contra de los demandados. Según consta de la citada Resolución, remitida con oficio N° 937-2015-1JPL-CSJM-PJ DEL 16/07/2015 FS 06.- LUGAR DE REMATE: En el Hall del Juzgado Mixto (Ex 1°) ubicado en la Calle Matara N°325 – Ilo de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. POSTORES: Presentarán en Efectivo o en Cheque de Gerencia girado a su nombre el 10% del valor de la tasación sin sello de no negociable, D.N.I. original y adjuntar la Tasa Judicial correspondiente a la orden del Juzgado, debiendo consignarse en la misma el número de expediente, monto, el acto procesal a realizar y el número de documento de identidad del postor; con la firma de este al dorso del arancel, (con una copia fotostática del arancel y D.N.I.), en caso corresponda original de la Vigencia de Poder debidamente registrado y actualizado. El presente remate estará a cargo del Martillero Público MIGUEL ANGEL LLAQUE MOYA, con Reg. N° 312. Los HONORARIOS DEL MARTILLERO será de cargo del adjudicatario conforme a la Ley 28371 y el Decreto Supremo N° 008-2005-JUS más IGV, y se pagan al finalizar el Acto del Remate. Celular: 9994511224, 946065640. Ilo, 03 de Noviembre de 2017. (28, 29 de diciembre, 02, 03, 04 y 05 de enero). REMATE PÚBLICO EN TERCERA CONVOCATORIA En el proceso seguido por BANCO DE CREDITO DEL PERU contra RAUL ANTONIO GUZMAN RAMIREZ y SANDRA VANESSA CARDEÑA CHERREZ, sobre ejecución de garantías, Expediente N° 00014-2015-0-2802-JM-CI-02, el Juzgado Mixto de Ilo, a cargo del Juez, Dr. Adolfo Eduardo Cornejo Polanco y Especialista Legal, Dra. Judith Gallegos Ramos; ha dispuesto sacar a remate en tercera convocatoria el inmueble ubicado en Pasaje 1, Mz. G, lote 19, Urbanización Pro Vivienda 7 de Mayo, Distrito y Provincia de Ilo y Departamento de Moquegua, cuyo dominio, linderos y medidas perimétricas obran inscritas en la Partida N° 05003306 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII Sede Ilo. El bien ha sido valorizado en US$. 118,328.49 (CIENTO DIECIOCHO MIL TRESCIENTOS VEINTIOCHO CON 49/100 DOLARES AMERICANOS), siendo el precio base en tercera convocatoria la suma de US$. 56,994.89 (CINCUENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 89/100 DOLARES AMERCIANOS) que equivale a la base de la postura anterior deducida el 15% de Ley. AFECTACIONES: 1) Hipoteca a favor de la ejecutante hasta por S/ 310,761.10 y 2) Embargo en forma de inscripción, a favor del Banco Internacional del Perú hasta por la suma de S/ 75,000.00 sobre los derechos expectaticios que le correspondan a Raúl Antonio Guzman Ramírez, ordenado con motivo del Exp. 457-2014 seguido ante el Juzgado Mixto de Ilo; inscritos en los asientos D00007 y D00008 de la Partida 05003306 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII Sede Ilo, respectivamente. El remate se realizará el día DOCE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A LAS DOCE Y TREINTA DE LA TARDE, en el local del Juzgado ubicado en Calle Matará N° 325, segundo Piso, de ésta ciudad. Esta diligencia estará a cargo del Martillero Público Abraham Mariñas Sánchez, con Registro N°224. Los postores deberán oblar una cantidad no menor a US$. 11,832.85 (ONCE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS CON 85/100 DOLARES AMERICANOS) que equivale al 10% del valor de la tasación, en efectivo o cheque de gerencia y presentarán el original del arancel judicial (cod. 07153) en el que debe estar consignado el número del Expediente, Juzgado y el número de documento de identidad del postor (arancel debidamente suscrito y copia del documento de identidad). COMISION DEL MARTILLERO: Será de cargo del adjudicatario, según lo dispuesto en la tabla de honorarios establecida en el Decreto Supremo N° 008-2005-JUS + IGV y deberá ser cancelada al finalizar el remate. Ilo, 07 de noviembre del 2017. (28, 29 de diciembre y 02 de enero) PRIMER REMATE PÚBLICO En el expediente N° 00243-2015-0-2802-JP-CI-01, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero seguido por
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA. 103 en contra de LUIS ALBERTO FERRO ESQUIBIAS y VILMA JUANA SOTO LANAZCA, el señor Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Ilo, doctor Williams Norabuena Carpio, con actuación de la Especialista Legal Huber Marlon Rojas Huamaní, ha dispuesto se lleve a efecto el PRIMER REMATE PUBLICO del inmueble que a continuación se detalla: INMUEBLE ubicado en Asentamiento Humano Cesar Vallejo, manzana I, lote 3 del distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua, inscrito en la Partida Electrónica N° PO8016546 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII-Sede Tacna, en donde figuran su área, medidas perimétricas y demás características. GRAVAMENES: 1.-) Embargo en forma de inscripción a favor de Haydee Lourdes Cáceres Arrízala hasta por S/ 22,000.00, según Resolución N° 01 del 30-10-2009 del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, asiento N° 00007 de la partida N° PO8016546. 2.-) Embargo en forma de inscripción a favor de la cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Catalina de Moquegua Ltda. 103 hasta por S/ 35,000.00 por orden del Primer Juzgado de Paz Letrado de Ilo mediante Resolución N° 1 del 14-05-2015, asiento N°12 de la partida N° PO8016546. 3.-) Embargo en forma de inscripción a favor de la Caja de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A. hasta por S/ 23,000.00, según lo dispuesto en la Resolución N° 1 del 16-5-2015 y por orden del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, asiento N° 00013 de la partida N° 08016546. VALOR DE TASACIÓN: S/ 74,806.71 (Setenta y cuatro mil ochocientos seis con 71/100 Soles). PRECIO BASE: S/ 49,871.14 (Cuarenta y nueve mil ochocientos setenta y uno con 14/100 Soles). LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE: El remate tendrá lugar en el frontis del Primer Juzgado de Paz Letrado de Ilo, sito en el Jr. Matará N° 325 de la ciudad de Ilo, el día 26 de enero 2018 a horas 11.30AM, y será efectuado por el Martillero Público señor José Carlos Eulalio Chirinos Escobedo con Registro N°65. DE LOS POSTORES: Los postores deberán depositar, en efectivo o en cheque de gerencia girado a nombre del propio postor, el 10% del valor de la tasación del bien (Art. 735 del Código Procesal Ovil); además se deberá adjuntar la tasa judicial por derecho de participación en remate del bien inmueble. Los honorarios del Martillero Público más IGV., deberán ser cancelados por el adjudicatario en forma inmediata a la conclusión del remate (Art. N° 732 del C.P.C.). Especialista Legal: Dr. Huber Marlo Rojas Huamaní. Martillero Público: Sr. José Carlos E. Chirinos Escobedo (Cel. 959600795). Ilo, diciembre 2017. (27, 28, 29 de Diciembre, 02, 03 y 04 de Enero) PRIMER REMATE JUDICIAL EN EL EXPEDIENTE NRO. 00136-2015-0-2802-JMCI-01, SEGUIDO ANTE EL JUZGADO MIXTO (EX. 1°) – ILO – MOQUEGUA, QUE DESPACHA EL MAGISTRADO: ADOLFO CORNEJO POLANCO, CON INTERVENCIÓN DE LA ESPECIALISTA LEGAL: JUDITH GALLEGOS RAMOS, SOBRE PROCESO DE RESOLUCION DE CONTRATO, SEGUIDO POR ABUNDIO SANTOS GERONIMO Y JUANA ASENCIO ARCE EN CONTRA DE MARIA DEL ROSARIO ASENCIO RAMOS, SE HA NOMBRADO COMO MARTILLERO PÚBLICO A BETHUEL LEUDMIN ALVARADO MALPICA, QUIEN HA DISPUESTO CONVOCAR EL PRIMER REMATE DEL SIGUIENTE BIEN INMUEBLE UBICADO EN: PUEBLO JOVEN SAN GERONIMO MZ. A LOTE 31, DISTRITO Y PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA, QUE SE ENCUENTRA INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRONICA N° PO8026540 DE LA OFICINA REGISTRAL DE ILO – ZONA REGISTRAL N° XIII – SEDE TACNA. VALOR DE TASACIÓN: US$. 69,828.58 (SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTIOCHO CON 58/100 DOLARES AMERICANOS). PRECIO BASE: US$. 46,552.38 (CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 38/100 DOLARES AMERICANOS), O SEA LAS DOS TERCERAS PARTES DEL VALOR DE TASACIÓN. GRAVÁMENES Y CARGAS: ASIENTO N° 00013: INSCRIPCION DE EMBARGO, A FAVOR DE LA CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO SULLANA, HASTA POR LA SUMA DE S/. 6,000.00. FECHA Y HORA DE REMATE: SE REALIZARA EL DIA OCHO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS OCHO HORAS Y TREINTA MINUTOS. LUGAR DE REMATE: EL REMATE SE EFECTUARÁ EN EL LOCAL DEL JUZGADO MIXTO (EX. 1°) – ILO – MOQUEGUA UBICADO EN CALLE MATARÁ N° 325, ILO – PERU. REQUISITOS PARA SER POSTOR: LOS POSTORES DEBERÁN DEPOSITAR, EN EFECTIVO O EN CHEQUE DE GERENCIA GIRADO A NOMBRE DEL PROPIO POSTOR, EL 10% DEL VALOR DE LA TASACIÓN DEL BIEN (ART. 735 DEL C.P.C), ADEMÁS SE DEBERÁ ADJUNTAR LA TASA JUDICIAL POR DERECHO DE PARTICIPACIÓN EN REMATE DEL BIEN MUEBLE CONSIGNANDO NÚMERO DE EXPE-
DIENTE, JUZGADO Y NÚMERO DE DNI DEL POSTOR. COMISION DEL MARTILLERO PUBLICO: LA COMISIÓN SERÁ CANCELADA POR EL ADJUDICATARIO UNA VEZ CONCLUIDO EL ACTO DE REMATE, DE ACUERDO A LA ESCALA DE COMISIONES DETERMINADO EN EL ART. 18 DEL DECRETO SUPREMO N° 008 -2005 –JUS Y ESTÁN AFECTOS AL IGV, CONCORDANTE CON EL ART. 732 DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL. MARTILLERO PÚBLICO, BETHUEL LEUDMIN ALVARADO MALPICA, REGISTRO N° 345. (26, 27, 28, 29 de Diciembre, 02 y 03 de Enero). EDICTO PENAL EDICTO PENAL EXP: 00547-2017-6-2802-JR-PE-01 Se emplaza, notifica a ISAAC JUAN HUARACA GUZMAN, con la RESOLUCION N° 02 Por lo que SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, para el día 04 DE ENERO DEL 2018, A LAS 11:30 HORAS, en esta misma sala de audiencias, ubicado en el Jirón Junín Nro. 301, Segundo Piso, Distrito y Provincia de Ilo, Departamento de Moquegua (Módulo Penal), quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la Resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declararse al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado para que asista su Abogado defensor Particular; bajo apercibimiento de designársele un Abogado de la Defensoría Pública y se realice dicha audiencia y, por último el especialista legal deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fin que las cédulas de notificación dirigido al acusado y los edictos estén diligenciados y obre en el cuaderno de Debates, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA a fin que procedan conforme a sus atribuciones. 3.2.- SEGUNDO: SE DISPONE Se Notifique al acusado en su domicilio consignado en el Requerimiento de Acusación, en el domicilio real de la Ficha RENIEC del acusado y mediante Edictos, dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas de los principales actuado a ODECMA a fin que procesa conforme a sus atribuciones. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada de la abogado Mabel Gómez Peñaloza se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicará a las autoridades pertinentes de la conducta procesal del abogada antes referida, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia de la señorita Fiscal se comunicara a su órgano de control, a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.4.- CUARTO: SE DISPONE Tenerse por notificado a todos las partes asistentes a esta audiencia con la presente resolución. Tómese Razón y Hágase saber.- (28, 29 de diciembre y 02 de enero) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 00610-2017-0-2802-JR-PE-01 PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ILO. JUEZ: Abog. JACKIE MARLENE MARIÑAS ZOTO. ESPECIALISTA: Abog. GEOVANNA MONTOYA TEJERINA La señora Juez, del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Ilo, que suscribe, ha dispuesto en acto de audiencia de fecha 26 de diciembre de 2017 notificar a FLORENTINO QUISPE QUISPE, identificado con DNI N° 04646376 reprogramar la audiencia de Incoación de proceso inmediato para el día VEINTIDOS DE ENERO DE DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, en la sala de audiencias sito en Jr. Junin N° 301 tercer piso, quedando notificados tanto el señor fiscal como el abogado de la defensa técnica.- Ilo, 26 de Diciembre de 2017. (28, 29 de diciembre y 02 de enero) EDICTO PENAL Exp: 00566-2017-39-2802-JR-PE-01 Se emplaza, notifica a EDSON PAUL QUIROGA PORTILLO, con la RESOLUCION N° 02 Por lo que SE RESUELVE: 3.1.PRIMERO: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, para el día 29 DE DICIEMBRE DEL 2017, A LAS 15:00 HORAS, EN ESTA MISMA SALA DE AUDIENCIAS ubicado en Jirón Junín Nro. 301, Segundo Piso, Distrito y Provincia de ILO, Departamento de Moquegua, quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la Resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declararse al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado para que asista su abogado defensor; bajo apercibimiento de designársele un
5
abogado de la Defensoría Pública y se realice dicha audiencia; por último la especialista legal deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fin que las cédulas de notificación y edictos dirigido al acusado estén diligenciados y obre en el cuaderno de Debates; bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA a fin que procedan conforme a sus atribuciones. 3.2.- SEGUNDO: SE DISPONE: notificar al acusado en su domicilio real señalado en el requerimiento de la Acusación, en el domicilio real señalado en su Ficha RENIEC y mediante edictos; por otro lado la Especialista Legal debe realizar en forma inmediata y en el día el trámite que corresponda para la notificación del acusado en sus domicilios antes señalados; bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas de los principales actuado a ODECMA a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3.TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada de la abogada Miriam Roció Mendoza Pacori se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicará a las autoridades pertinentes de la conducta procesal de la abogada antes referida, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia del señor Fiscal se comunicará a su órgano de control, a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.4.- CUARTO: SE DISPONE tenerse por notificado a todos las partes asistentes a esta audiencia con la presente resolución. Tómese Razón y Hágase Saber.(26, 27 y 28 de Diciembre)
Transportes Logfrinter S.R.L. - FRIDOSA, la Resolución N° 01 de fecha 19.10.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de Faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños, entre Oscar Jaime Apaza Ramos y la Empresa Transportes Logfrinter S.R.L. - FRIDOSA, dejando a salvo su derecho para que lo pueda hacer valer por la vía correspondiente. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 15 de diciembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-26-27 Diciembre)
EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 941-2017-0-2801-JP-PE-03; NOTIFICA a WILFREDO MAMANI ROJAS y la Empresa BOLIVIAN TANKERS RL, la Resolución N° 01 de fecha 17.10.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de Faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños, entre Wilfredo Mamani Rojas y la Empresa Bolivian Tankers RL, dejando a salvo su derecho para que lo pueda hacer valer por la vía correspondiente. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 15 de diciembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-26-27 Diciembre)
EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 700-2017-0-2801-JP-PE-03; NOTIFICA a ANTONIA PARI CRISTÓBAL, la Resolución N° 01 de fecha 19.07.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Daños, en contra de Ronald Javier Paredes Pari, dejando a salvo su derecho para que lo pueda hacer valer en la vía correspondiente. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 14 de diciembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-26-27 Diciembre)
EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 667-2017-0-2801-JP-PE-03; NOTIFICA a HENRY TOMAS CARZAS FLORES, la Resolución N° 03 de fecha 25.10.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de Faltas por la denuncia en agravio de Henry Tomas Carazas Flores y otros. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 14 de diciembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-26-27 Diciembre) EDICTO PENAL Expediente N° 599-2017-0-2801-JP-PE-03, NOTIFICAR al imputado PERCY CRUZ CRUZ, la Resolución N° 07 de fecha 12.12.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR CONTUMAZ al imputado PERCY CRUZ CRUZ, 2. DISPONER su CONDUCCIÓN COMPULSIVA por pare de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder su ubicación y detención a nivel nacional y una vez realizado, deberán poner a disposición del Juzgado a de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto, Notifíquese. Moquegua, 18 de diciembre del 2017 Magistrado ErIy Alejo Cruz y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (2226-27 Diciembre) EDICTO PENAL Expediente N° 757-2017-0-2801-JP-PE-03, NOTIFICAR al imputado ELIX MAGNO PUMA PEÑALOZA, la Resolución N° 04 de fecha 12.12.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR CONTUMAZ al imputado ELIX MAGNO PUMA PEÑALOZA, 2. DISPONER su CONDUCCIÓN COMPULSIVA por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y detención nivel nacional, y una vez realizado, deberán poner a disposición del Juzgado a de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto, Notifíquese. Moquegua, 18 de diciembre del 2017 Magistrado Erly Alejo Cruz y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua.(22-26-27 Diciembre) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 943-2017-0-2801-JP-PE-03; NOTIFICA a OSCAR JAIME APAZA RAMOS y la Empresa
EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 940-2017-0-2801-JP-PE-03; NOTIFICA a JOHNNY MAMANI ESCOBAR y la Empresa de Servicios Múltiples JARM SRL, la Resolución N° 01 de fecha 25.10.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de Faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños, entre Johnny Mamani Escobar y la Empresa De Servicios Múltiples JARM SRL, dejando a salvo su derecho para que lo pueda hacer valer por la via correspondiente. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 14 de diciembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-26-27 Diciembre)
EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 718-2017-0-2801-JP-PE-03; NOTIFICA a JULIO CRUZ ÑACA, la Resolución N° 03 de fecha 17.10.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Daños, en agravio de Santos Elizabeth Rojas Palomino, Julio Cruz Ñaca y Rolando Colquehuanca Vilca. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 14 de diciembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-26-27 Diciembre) EDICTO PENAL Expediente Nº 00768-2017-15-2801-JR-PE-02. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Gloria Marisol Cuayla Choque. Se cita y emplaza a don NOEMI PILAR GUTIERREZ RAMOS, identificada con DNI N° 47343740, nacida el 15 de octubre de 1992, estado civil soltera, secundaria completa, hija de Casimiro Vicente y Biviana, a efecto de que se ponga a derecho, debido a que mediante Resolución Nº 08 de fecha 14 de diciembre de 2017 ha sido declarado Reo Contumaz, disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerla a disposición de este juzgado a efecto de que afronte la audiencia única de juicio inmediato en su contra; sin perjuicio de que se informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor al doctor Lino Ariel Jara Zubieta, quien deberá hacerse cargo de la defensa de la citada acusada. SE DISPONE la citación de la acusada contumaz mediante edictos a fin de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar la audiencia única de Juicio Inmediato. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado la acusada contumaz por parte de la Policía Nacional, quien deberá ponerla a disposición dentro del horario de labor laboral. Fdo. Claudio Washington Altamirano Bellido - Juez Titular del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Gloria Marisol Cuayla Choque - Especialista Legal.- Moquegua, 20 de diciembre de 2017 (22-26-27 Diciembre)
6
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
Jueves, 28 de diciembre del 2017
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA SALA MIXTA MOQUEGUA
Audiencia Publica Extraordinaria - Cuarto Trimestre 2017
Resolución N° 01 Moquegua, siete de diciembre de dos mil diecisiete.
VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Conforme lo dispuesto mediante Decreto Ley veinticinco mil cuatrocientos setenta y seis publicado en el Diario Oficial, con fecha seis de agosto de mil novecientos noventa y dos y su reglamento aprobado con Resolución Administrativa N° 08-2011-SP-CS-PJ, publicado con fecha dieciocho de marzo del dos mil once en el Diario Oficial, que establece que las Salas Penales de las Cortes Superiores de la Republica, procederán a realizar una Audiencia Pública Extraordinaria en forma trimestral, con el objeto de garantizar que los procesos penales se tramiten dentro de los plazos fijados por ley y el derecho de toda persona procesada a ser juzgada dentro de un plazo razonable o bien s ser puesta en libertad. SEGUNDO: Que, es responsabilidad del Presidente de la Sala Mixta - Penal su estricto y fiel cumplimiento, de conformidad con la Resolución Administrativa N° 013-2008-CE-PJ, de fecha veintiséis de enero de dos mil ocho, mediante el cual el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dispone que esta Sala Mixta de Moquegua conozca de los procesos penales en liquidación, respecto de las provincias de Mariscal Nieto y Sánchez Cerro, con la asistencia de la Fiscalía Superior. Por estos fundamentos, SE RESUELVE: PRIMERO: Conforme al Rol de Audiencias de esta Sala PROGRAMAR para el día JUEVES VEINTIOCHO DE DICIEMBRE del año dos mil diecisiete, a las DIEZ HORAS, la realización de la AUDIENCIA PUBLICA EXTRAORDINARIA correspondiente al Cuarto Trimestre del año judicial dos mil diecisiete, en la competencia territorial de la Sala Mixta de Mariscal Nieto - Moquegua, la misma que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias número diez de la Sede Moquegua. SEGUNDO: Que por secretaria se formule la razón general de los procesos con Reo en Cárcel pendientes de audiencia, otras con reos libres igualmente pendientes de audiencia y una de instrucciones que se encuentren en la Fiscalía con indicación de número y fecha de entrega. TERCERO: MANDARON: Se oficie al Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, Juzgado Mixto de Sánchez Cerro - Omate y Fiscalía Superior Penal en Liquidación de Mariscal Nieto, Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Nieto (Despacho en Liquidación) y Fiscalía Provincial Mixta de General Sánchez Cerro, para que cumplan con elevar las relaciones de causas en general que giren en sus respectivos Despachos, respecto a los procesos penales en liquidación, para dar cuenta en el acto de la audiencia. CUARTO: Se oficie al Director del Establecimiento Penitenciario de Moquegua, para que remita la relación de detenidos cuyas causas están pendientes de juzgamiento con indicación del tiempo que permanecen en forma discriminada del Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, del Juzgado Mixto de Sánchez Cerro - Omate y de la Sala Mixta de Moquegua. Publíquese la presente resolución en el Diario "La Republica" por el término de ley. REGISTRESE Y HAGASE SABER.S.S. GONZALEZ AGUILAR LOO SEGOVIA. COAGUILA MITA
Jueves, 28 de diciembre del 2017
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
C ORTE S UPERIOR DE J USTICIA DE M OQUEGUA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE ILO
______________________________________________________________________________________________ PODER JUDICIAL DEL PERU
AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA
Resolución N° 01
Ilo, cuatro de Diciembre Del dos mil diecisiete.-
VISTOS: El Decreto Ley 25476 publicada en el Diario Oficial El Peruano”, con fecha 06 de agosto de 1992 y su Reglamento aprobado con Resolución Administrativa N° 08-2011-SP-CS-PJ publicado con fecha 18 de Marzo del 2011 en el Diario Oficial; y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que las Salas Penales de las Cortes Superiores de la República, procederán a realizar una Audiencia Pública Extraordinaria en forme trimestral, con el objeto de controlar el cumplimiento de la duración de los plazos procesales de instrucción y de juzgamiento de los procesos penales ordinarios con encausados en cárcel y libres, así como de los procesos sumarios con encasado en cárcel, ordenando la libertad inmediata cuando la libertad bajo vigilancia de los acusados con carcelería haya vencido; y en su caso, dictar las medidas de corrección y disciplinarias que correspondan; y siendo responsabilidad del Presidente de la Sala Mixta – Penal su estricto y fiel cumplimiento, con la asistencia del Señor Fiscal.
RESOLVIERON: 1.- Conforme al rol de Audiencias de ésta Sala PROGRAMAR para el día VEINTISIETE DE DICIEMBRE DEL PRESENTE AÑO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo, la realización de la AUDIENCIA PUBLICA EXTRAORDINARIA correspondiente Cuarto Trimestre del año Judicial dos mil diecisiete en la competencia territorial de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo;
2.- ORDENARON: Que por secretaría se formule la razón general de las instrucciones ordinarias con reo en cárcel pendientes de audiencia, otras con reos libres igualmente pendientes de audiencia y una de instrucciones que se encuentren en el Despacho del Fiscal, con indicación de número y fecha de entrega, asimismo con formular una razón por cada causa presentada con los datos consignados en el artículo 3° numeral 2) del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias;
3.- MANDARON: Se oficie al Juzgado Mixto competente de materia Penal en liquidación y Fiscalías, para que cumplan con elevar las relaciones de causas en general que giren en sus respectivos Despachos, respecto a los procesos penales en liquidación conforme lo dispone el artículo 03 numeral 03 del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias, ello para dar cuenta en el acto de la audiencia. 4.- DISPUSIERON: Se oficie al Director del Establecimiento Penitenciario de Samegua-Moquegua, para que remita la relación de detenidos cuyas causas están pendientes de juzgamiento, incluidos los procesos penales sumarios, con indicación del tiempo que permanecen detenidos, dando cuenta de ello en la Audiencia y se publique la presente resolución en el Diario “La República” por el término de ley.-
S.S. RUIZ NAVARRO. ALEGRE VALDIVIA. RODRIGUEZ BARREDA.
7
8
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
Jueves, 28 de diciembre del 2017