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La República
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
Viernes, 19 de enero del 2018
Avisos Judiciales EDICTO EDICTO RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO ANTE EL JUZGADO MIXTO DE LA PROVINCIA DE ILO, JUEZ DR. ADOLFO CORNEJO POLANCO, SECRETARIO DRA. JUDITH GALLEGOS RAMOS, EXPEDIENTE N° 00526-2017-0-2802-JM-CI-01, SE HA DISPUESTO PUBLICARSE MEDIANTE EDICTO LA RESOLUCION N° 02 DE FECHA 18 DE DICIEMBRE DEL 2017, MEDIANTE LA CUAL SE ADMITE LA DEMANDA INTERPUESTA POR EDWIN RAUL CAPATINTA CHAVEZ, SOBRE CAMBIO DE APELLIDO, PATERNO DE “CAPATINTA” AL DE “BARRIOS” DEBIENDO APARECER FN LO FUTURO COMO “EDWIN RAÚL RARRIOS CHAVEZ” LA MISMA DEBERÁ TRAMITARSE EN LA VIA DE PROCESO NO CONTENSIOSO, CON CONOCIMIENTO DEL MINISTERIO PUBLICO. SEÑALANDOSE FECHA PARA LA AUDIENCIA DE ACTUACION Y DECLARACION JUDICIAL, PARA EL DIA OCHO DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, LO QUE SE PUBLICA PARA FINES DE LEY. ILO, 17 DE ENERO DEL 2018. (19 Enero). EDICTO Ante el Juzgado Mixto – Moquegua que despacha Juez Fredy Fernández Sánchez, Secretario Percy Flores Ramos, Expediente N° 2017-0735-0-CI, proceso No Contencioso, Paulino Llamoca Yucra y Benita Ccotaluque Yucra, vienen solicitando CAMBIO DE NOMBRE, esperando que en la Partida de Nacimiento N° 60065746 perteneciente a su menor hija IVEDCI EVELIN LLAMOCA CCOTALUQUE, se proceda a sustituir sus nombres IVEDCI EVELIN por MARY FERNANDA para que en lo sucesivo y en forma definitiva aparezca como MARY FERNANDA LLAMOCA CCOTALUQUE. Siendo la audiencia el día 18 de abril del 2018 a las 11:30 a.m. Moquegua, 08 de enero del 2018. Javier A. Villalobos Soto – Abogado. C.A.A. N° 5662. Abog. Percy Flores Ramos. Secretario Judicial. Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (19 Enero) EDICTO Ante el Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, que despacho el señor Juez, Fredy Fernández Sánchez, Especialista Dra. Gaby Nina Escobar, Expediente N°00570-2017-0-2801-JM-CI-02, se ha emitido la resolución N° 02.- de fecha 16 de octubre del 2017, que RESUELVE: Admitir a trámite la demanda sobre ´PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, Interpuesta por DANIEL PAREDE RAMOS y JULIA QUISPE RAMOS, en contra de YOLNDA AGUILAR CHAMBILLA, debiendo de tramitarse en la Vía del proceso Abreviado, traslado de la demanda a la demandad VIA EDICTOS. Por el plazo de (10 ) días hábiles, para que contesten la demanda bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal, debiendo emplazarse además a los vecinos colindantes en calidad de citados 1) María Natividad Chambilla de Salas, 2) Eugenia Parisaca Ramos, 3) Richard Modesto Choque Carita PRETENSIÓN: que tiene por objeto se nos declare propietarios por prescripción Adquisitiva de Dominio a los demandantes, del inmueble ubicado en la Manzana 1 Lote 12 Sector A-10 del Centro Poblado Menor de San Antonio – Distrito de Moquegua, Provincia de Mariscal Nieto, e inscrito en la Partida Registral N° 11004382 del Registro Predial Urbano Zona Registral N° XIII SEDE – Moquegua, la misma que tiene un área de 144.00 m2. Moquegua, 17 de Enero del 2018. Felipe Isaias Apaza Pacsi – Abogado. Reg. N° C.A.A 4347. Abog. Gaby Edith Nina Escobar. Secretario Judicial – Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (19-23-25 Enero) EDICTO CAMBIO DE NOMBRE.- ante el Juzgado Mixto (ex 2°) sede nuevo palacio de la Corte Superior de Justicia de Moquegua que despacha el Dr. Juez FERNANDEZ SANCHEZ FREDY especialista legal Dr. PERCY FLORES RAMOS, expediente N°00630-20170-2801-JM-CI-02 sobre cambio de nombre donde
dice SHEYNER LINER ZAPATA FLORES y debe decir JEYNER ALEJANDRO ZAPATA FLORES; resuelve ADMITIR a trámite la solicitud de Rectificación de Partida (Cambio de Nombre), presentada por SHEYNER LINER ZAPATA FLORES, para que en lo posterior su nombre sea cambiado por el de JEYNER ALEJANDRO, debiendo quedar como JEYNER ALEJANDRO ZAPATA FLORES. Corresponde tramitarse en la Vía del Proceso No Contencioso. SE DISPONE se efectúen las publicaciones en el Diario Oficial “El Peruano” y otro en el Diario Encargado de los Avisos Judiciales de esta ciudad; por ofrecidos los medios probatorios, agréguese a sus antecedentes los anexos acompañados. SE DISPONE el JUZGAMIENTO ANTICIPADO DEL PROCESO, en razón a que la integridad de los medios probatorios ofrecidos son documentos, los que serán valorados al momento de resolver. En consecuencia, se dispone el ingreso de LOS AUTOS A DESPACHO PARA SENTENCIAR en el turno correspondiente y una vez que se adjunten las publicaciones de Ley. Moquegua 17 de enero del 2018 – Victor Andrés Cuayla Peñaloza – Abogado – CAM N° 0991. Abog. Percy Flores Ramos – Secretario Judicial – Juzgado Mixto de Mariscal Nieto. Corte Superior de Justicia de Moquegua. (19 Enero) EDICTO Ante Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, que despacha el Sr. Juez Dr. Julio Martín Pinazo Quispe, Especialista Eber Colque Valdivia, en el Expediente Nro. 00510-2017-0-2802-JP-CI-01, Gerarda Arce Layme está solicitando la rectificación de su partida de nacimiento en lo concerniente a los nombres su padre y madre, quien figura como hija de Jesús Arce Castellanos y Celia Layme Aro de veinte años de edad, debiendo figurar en adelante como hija de Jesus Arce Arce y Margarita Layme Aro de quince años de edad, lo que se pone en conocimiento a los 10 de enero del 2018.- Eber Colque Valdivia. Secretario Judicial – 2da. Secretaria – Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (19 Enero) INSCRIPCION PARTIDA DE DEFUNCIÓN INSCRIPCION PARTIDA DE DEFUNCIÓN EXP. N° 00563-2017-0-2801-JP-CI-02 Ante Segundo Juzgado de Paz de Mariscal Nieto, que despacha Dra. Lidia Josefina Vega Valencia, Especialista Dra. Melisa Paola Manchego Rivera, se ha admitido demanda de JULIO EDUARDO COAYLA LEON sobre INSCRIPCION DE PARTIDA DE DEFUNCION de su padre CIPRIANO COAYLA HURTADO, a fin de que se inscriba su defunción ante la municipalidad Provincial de Mariscal Nieto. Se señala para la Audiencia de ley el 31 de Enero del 2017 a las 10.00 am., disponiéndose las publicaciones en el Diario “La Republica”; y en el cartel del local del Juzgado. Moquegua, 16 de Enero del 2018. Esperanza Catacora de Cornejo – Abogada. Reg. C.A.M. N° 010; Abog. Melisa Manchego Rivera – Primera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto. Corte Superior de Justicia de Moquegua. (17-18-19 Marzo) REMATE JUDICIAL PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO JUDICIAL En el expediente Nro.00140-2017-0-2802-JMCI-01, en los seguidos por SCOTIABANK PERU S.A.A. contra BONIFACIO AROCUTIPA AROCUTIPA y ROSA MIRTHA CHOQUE FLORES, sobre Ejecución de Garantías, el Juzgado Mixto (Ex 1º) de Ilo, que despacha el Juez Dr. Adolfo Cornejo Polanco, Especialista Legal Dr. Marco Cáceres Ninaja, han dispuesto sacar a REMATE PUBLICO en PRIMERA CONVOCATORIA, el bien inmueble ubicado en Asentamiento Humano PROMUVI V, sector B, manzana 83, lote 9, Distrito Ilo, Provincia Ilo y Departamento de Moquegua, de un área de 160.00 M2, cuyo dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características técnicas, se encuentran inscritas en la Partida Electrónica N° P08013905, del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nro. XIII-Sede Tacna. (Oficina Registral
Ilo). VALOR DE TASACION: El valor de tasación del predio rural asciende a la suma de S/211,099.20 (Doscientos once mil noventa y nueve con 20/100 Soles). PRECIO BASE DE REMATE: Las 2/3 partes del valor de la tasación es equivalente a S/140,732.80 (Ciento cuarenta mil setecientos treinta y dos con 80/100 Soles). AFECTACIONES DEL BIEN: Según la Partida Registral aparecen en los asientos: Asiento Nº 00006: HIPOTECA: A favor del acreedor SCOTIABANK PERU S.A.A., hasta por la suma de S/.180,000.00, para garantizar el pago de un préstamo de S/.120,000.00, otorgado al deudor Bonifacio Arocutipa Arocutipa y Rosa Mirtha Choque Flores, intereses, así como todas sus deudas y obligaciones frente al acreedor. Según consta de la escritura pública de fecha 25/05/2015, otorgada por Notario Público Jhon Soto Gamero, en la ciudad de Ilo. Asiento Nº 00007: Embargo.- Medida Cautelar de Embargo en Forma de Inscripción, sobre el predio registrado en la presente partida, de propiedad del demandado Bonifacio Arocutipa Arocutipa y Rosa Mirtha Choque Flores, hasta por la suma de S/.35,000.00 Nuevos Soles a favor de la demandante COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA LTDA, según se dispone mediante Resolución judicial Nº01 de fecha 01/07/2016, suscrito por el Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, Julio Martin Pinazo Quispe, con intervención del Testigo Actuario Christian Najar Blanco, Expediente Nº 00359-2016-20-2802-JP-CI-02. LUGAR DEL REMATE: El bien inmueble se rematará en el local del Juzgado Mixto (Ex 1º) de Ilo, ubicado en la calle Matará Nº325 del Distrito y Provincia de Ilo y Departamento de Moquegua. DIA Y HORA DEL REMATE: El día 31 de Enero del 2018, a horas 03:00 de la tarde. POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del remate haya depositado, en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre (SIN SELLO NO NEGOCIABLE), una cantidad no menor del 10% del valor de la tasación, esto es la suma de S/21,109.92 (Veintiún mil ciento nueve 92/100 Soles), suma que será devuelta íntegramente a los postores no beneficiados, debiendo además presentar el arancel judicial por derecho a participar en remate judicial de bienes inmuebles por la suma de S/607.50, donde conste el nombre del Juzgado, número de expediente y DNI o RUC. y traer copias de su DNI y arancel judicial y presentar su DNI; tratándose de personas jurídicas deberán además de presentar vigencia de poder correspondiente, DNI y copias. SALDO DE PRECIO: De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro de tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario, una vez concluido el remate, de conformidad con el artículo 732 del Código Procesal Civil, la Ley del Martillero Público Nro. 27728 y su Reglamento (Artículo 18 del D.S. Nro. 008.2005 JUS) y están afectos al IGV. La diligencia de remate estará a cargo del Martillero Público Luis Beltrán Ramos Ortega, con Registro Nro. 292. Ilo, 12 de Enero del 2018 (17, 18, 19, 22, 23, 24 Enero). PRIMER REMATE JUDICIAL EN EL PROCESO SOBRE OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, EXPEDIENTE N° 00409-2014-0-2802-JPCI-01, QUE SIGUE CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO AREQUIPA EN CONTRA DE GILBER CUSIHUAMAN VARGAS COMO OBLIGADO PRINCIPAL Y MAURO CUSIHUAMAN HUAMAN Y GUILLERMINA VARGAS PONCE COMO FIADORES SOLIDARIOS. EL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ILO, A CARGO DEL JUEZ DOCTOR WILLIAMS NORABUENA CARPIO, CON INTERVENCION DEL ESPECIALISTA LEGAL NAOKA ARUHUANCA CCOPA, HA DISPUESTO EL PRIMER REMATE DEL INMUEBLE DE PROPIEDAD DE GUILLERMINA VARGAS PONCE Y MAURO CUSIHUAMAN HUAMAN; UBICADO Y SIGNADO REGISTRALMENTE EN ASENTAMIENTO HUMANO PROGRAMA MUNICPAL DE VIVIENDA N° IV, NUEVO ILO, MZ 36 LOTE 8, DEL DISTRITO Y PROVINCIA D ILO DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA; CUYA AREA, LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS ESTAN INSCRITOS EN LA PARTIDA REGISTRAL N° P08025500 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE LOS REGISTROS PUBLICOS DE ILO.- FUNCIONARIO
A CARGO DEL REMATE; MARTILLERO PUBLICO OSCAR RONALD CORNEJO BARRAGAN CON REGISTRO N° 266. LUGAR, DIA Y HORA DE REMATE; REMATE QUE SE REALIZARA EL DIA VENITISEIS DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL MEDIODIA, EN EL LOCAL DEL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ILO, UBICADO EN CALLE MATARA 325 – ILO, PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA,.- VALOR DE TASACION COMERCIAL: S/ 113,920.37 SOLES. (CIENTO TRECE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 91/100 SOLES). QUE EQUIVALE A LAS DOS TERCERAS PARTES DEL VALOR DE LA TASACION POR TRATARSE DE UN REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA. AFECCTACIONES: QUE CORREN INSCRITAS EN LA PARTIDA REGISTRAL N° P08025500 CONFORME OBRA EN EXPEDIENTE.- ASIENTO 00008.- ANOTACION DE EMBARGO.- EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION A FAVOR DEL (LOS) DEMANDANTE, HASTA POR S/ 20,000.00, POR HABERO ORDENADO EL JUEZ DEL 1ER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ILO, DR. (A) ANGELICA ORE ROJAS, MEDIANTE RESOLUCION N° 01 DEL 26/11/2014, EN EL EXPEDIENTE N° 000409-2014-50-2802-JP-CI-01 SOBRE OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO EN CONTRA DEL (LOS) DEMANDADO(S). SEGÚN CONSTA DE LA CITADA RESOLUCION, REMITIDA CON OFICIO N° 1639-2014-1JPLI-CSJM-PJ DEL 02/12/2014.LA QUE ES MATERIA DEL PRESENTE PROCESO.- NO SE CONOCEN OTRAS AFECTACIONES REQUSITOS PARA SER POSTORES: LOS INTERESADOS PARA SER POSTORES, DEBERAN; DEPOSITAR PREVIO AL ACTO DEL REMATE UNA CANTIDAD DINERARIA NO MENOR AL 10% DEL VALOR DE LA TASACION, EN EFECTIVO O EN CHEQUE DE GERENCIA GIRADO A SU NOMBRE; ENTREGAR AL ARANCEL JUDICIAL PARA PARTICIPAR EN EL REMATE JUDICIAL PAGADO EN EL BANCO DE LA NACION (INDICANDO NUMERO DE EXPEDIENTE, JUZGADO Y SU NUMERO DE DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD) Y D.N.I. (COPIA Y TASA JUDICIAL). LOS HONORARIOS DEL MARTILLERO PUBLICO SON DE CUENTA DEL ADJUDICATARIO Y ESTA AFECTOS AL IGV. DETERMINADOS SEGÚN LEY N° 27728, LEY N° 28371 Y SU REGLAMENTO (D.S. N° 008-2005-JUS).- ILO, ENERO DEL 2018. (16, 17, 18, 19, 22, 23 Enero). REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA EN EL EXP. 00328-2011-0-2802-JM-CI-01 SEGUIDO POR JOSE MARCELINO LECAROS CHAVEZ, SOBRE DIVISION Y PARTICION DE BIEN INMUEBLE EN CONTRA DE SUSANA ENCARNACION LECAROS CHAVEZ; EL SR. JUEZ DEL JUZGADO MIXTO (EX 1°) – ILO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA, DR. ADOLFO POLANCO, ESPECIALISTA LEGAL DRA. JUDITH GALLEGOS RAMOS; HA ORDENADO SACAR A REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA EL BIEN INMUEBLE DE PROPIEDAD DE JOSE MARCELINO LECAROS CHAVEZ Y SUSANA ENCARNACION LECAROS CHAVEZ.- UBICACIÓN DEL INMUEBLE: URBANIZACION POPULAR DE INTERES SOCIAL ALTO ILO MZ – G LOTE 1 ZONA NORTE DEL DISTRITO Y PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA, INSCRITO EN LA PARTIDA N° P08023384 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° XIII – SEDE TACNA, OFICINA REGISTRAL ILO. TASACION: ASCIENDE A LA SUMA DE US$ 113,015.50 (CIENTO TRECE MIL QUINCE CON 50/100 DOLARES AMERICANOS); SIENDO LA BASE DEL REMATE LA SUMA DE US$ 75,343.67 (SETENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES CON 67/100 DOLARES AMERICANOS), QUE EQUIVALE A LAS DOS TERCERAS PARTES DEL VALOR DE LA TASACION. LUGAR, DIA Y HORA DE REMATE: 31 DE ENERO DEL 2018, A HORAS DOCE DEL MERIDIANO (12:00 HORAS), EL CUAL SE LLEVARA A CABO EN EL FRONTIS DEL LOCAL DEL JUZGADO MIXTO (EX 1°) ILO, SITO EN LA CALLE MATARA N° 325 SEGUNDO PISO DEL DISTRITO Y PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA. EL REMATE SERA REALIZADO POR MARTILLERO PUBLIO DRA. PATRICIA VICTORIA VASQUEZ ZUBIETA, CON REGISTRO SUNARP N° 315. AFECTACIONES: A LA FECHA NO SE CONOCEN AFECTACIONES. POSTORES: OBLARAN SUMA NO MENOR A US $ 11,301.55 (ONCE MIL TRESCIENTOS UNO CON 55/100 DOLA-
RES AMERICANOS) EQUIVALENTE AL 10% DEL VALOR D ELA TASACION DEL INMUEBLE, EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA (ENDOSABLE Y CON UNA ANTIGÜEDAD MENOR A 30 DIAS) Y ENTREGARAN EN ORIGINAL Y COPIA: EL DNI DEL POSTOR Y EL RECIBO DEL ARANCEL JUDICIAL CORRESPONDIENTE (TRIBUTO 07153), DONDE CONSTE EL NOMBRE DEL JUZGADO, EL NUMERO DE EXPEDIENTE Y GENERALES DE LEY DEL POSTOR.- EL ADJUDICATARIO: DEBERA DEPOSITAR EL SALDO DEL PRECIO, DENTRO DEL TERCER DIA DE CERRADA EL ACTA, BAJO APERCIBIMIENTO DE DECLARARSE LA NULIDAD DEL REMATE, TAL Y COMO LO SEÑALA EL ART. 741 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL. LOS HONORARIOS DEL MARTILLERO PUBLICO SERAN A CARGO DEL ADJUDICATARIO UNA VEZ CONCLUIDO EL REMATE, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 732 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL, LA LEY DEL MARTILERO PUBLICO N° 27728 Y SU REGLAMENTO (ARTICULO 18 DEL D.S. N° 008-2005-JUS) ENCONTRANDOSE AFECTOS AL IGV. ILO, 2017 ENERO 04. (15, 16, 17, 18, 19, 22 Enero). PRIMER REMATE PÚBLICO En el proceso sobre Ejecución de Garantías, Expediente Nº 00168-2017-0-2801-JM-CI-01 seguido por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE AREQUIPA S.A. en contra de TOMAS FELICIANO SALAZAR SAIRA, el Juez del Juzgado Mixto (Ex. 2º) de Mariscal Nieto - Moquegua – Sede nuevo Palacio, Dr. Fredy Fernández Sánchez con intervención del Especialista Legal Percy Flores Ramos, se ha dispuesto sacar a Remate Público en Primera convocatoria lo siguiente: DESCRIPCION DEL INMUEBLE: Inmueble ubicado en el Asentamiento Humano Programa Municipal de Vivienda Pampas de San Antonio, manzana “Q2”, lote N° 11, del distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características constan en la Partida Registral Nº P08007637 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna – Oficina Registral de Moquegua. VALOR DE TASACIÓN: US$ 34,927.00 (TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTISIETE CON 00/100 DOLARES AMERICANOS). BASE DEL REMATE: US$ 23,284.67 (VEINTITRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 67/100 DOLARES AMERICANOS), correspondientes a las dos terceras partes de la tasación. GRAVÁMENES: 01) Asiento 00008.- Inscripción de Hipoteca. Se constituye hipoteca hasta por la suma de US$ 34,927.00 a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa. Fecha de inscripción: 27/04/2015. LUGAR, FECHA Y HORA DEL REMATE: El remate se llevará a cabo en el local del Juzgado Mixto (Ex. 2º) de Mariscal Nieto - Moquegua - Sede nuevo Palacio de la Corte Superior de Justicia de Moquegua ubicado en Av. Malecón Ribereño S/N, Distrito de Moquegua, Provincia Mariscal Nieto y Departamento de Moquegua, el día 26 de Enero del 2018 a horas 15:00 (03:00 p.m.) POSTORES: Para ser postor deberá depositarse en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre el 10% de la tasación (US$ 3,492.70), además de arancel judicial respectivo, consignando el Juzgado, DNI del postor y número de Expediente (con copia del arancel y del DNI). El adjudicatario cancela los honorarios del Martillero más IGV., una vez concluido el Remate Público de acuerdo al Artículo 732 del CPC. y D.S. 008-2005-JUS. La diligencia del remate estará a cargo del Martillero Público Víctor Orlando Apaza Morante con Registro Nacional No. 321-SUNARP. Celular 952-603020 y correo:
[email protected]. Moquegua, 09 de Enero del 2018. (12-15-16-17-18-19 Enero) EDICTO PENAL EDICTO PENAL EXP N° 00622-2017-89-2802-JR-PE-01. Se emplaza, notificar a LEONIDAS GOMEZ QUISPE, con la RESOLUCIÓN N° 02. 3.- SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: SE DISPONE REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, para el día 26 DE ENERO DEL 2018, A LAS 10:00 HORAS, en esta misma sala de audiencias, ubicado en el Jirón Junín Nro. 301, Segundo Piso, Distrito y Provincia de ILO, Departa-
Viernes, 19 de enero del 2018
mento de Moquegua, quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la Resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declarase al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado para que asista su Abogado defensor bajo apercibimiento de designársele un Abogado de la Defensoría Pública y se realice dicha audiencia y, por último la especialista legal deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fin que las cédulas de notificación dirigido al acusado y los edictos estén diligenciados y obre en el cuaderno de Debates, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA a fin que procedan conforme a sus atribuciones. 3.2.SEGUNDO: SE DISPONE se notifique al acusado en su domicilio consignado en el Requerimiento de Acusación, en el domicilio real de la Ficha RENIEC del acusado y mediante Edictos; dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas de los principales actuado a ODECMA a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada de la abogada Miriam Roció Mendoza Pacori se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicará a las autoridades pertinentes de la conducta procesal de la abogada antes referida, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia del señor Fiscal se comunicará a su órgano de control, a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.4.- CUARTO: SE DISPONE tenerse por apersonada a la señorita Miriam Roció Mendoza Pacori como abogada del acusado, por señalado su domicilio procesal, lugar donde se le deberá de notificar todas las resoluciones emitidas en el presente proceso. 3.5.- QUINTO: SE DISPONE tenerse por notificado a todos las partes asistentes a esta audiencia con la presente resolución. Tómese Razón y Hágase Saber.- (19, 22, 23 Enero). EDICTO PENAL EXP N° 00377-2017-81-2802-JR-PE-01. Se emplaza, notificar a NELSON GONZALES CACERES, con la RESOLUCIÓN N° 02. 3.- SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: SE DISPONE REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, para el día 26 DE ENERO DEL 2018, A LAS 09:30 HORAS, en esta misma sala de audiencias, ubicado en el Jirón Junín Nro. 301, Segundo Piso, Distrito y Provincia de ILO, Departamento de Moquegua, quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la Resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declarase al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado para que asista su Abogado defensor bajo apercibimiento de designársele un Abogado de la Defensoría Pública y se realice dicha audiencia y, por último la especialista legal deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fin que las cédulas de notificación dirigido al acusado y los edictos estén diligenciados y obre en el cuaderno de Debates, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA a fin que procedan conforme a sus atribuciones. 3.2.SEGUNDO: SE DISPONE se notifique al acusado en su domicilio consignado en el Requerimiento de Acusación, en el domicilio real de la Ficha RENIEC del acusado, mediante Edictos y vía celular, para tal efecto la especialista de audiencias deberá levantar la constancia correspondiente de notificación vía celular al acusado; dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas de los principales actuado a ODECMA a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada de la abogada Lena Guadalupe Cori Humire se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicará a las autoridades pertinentes de la conducta procesal de la abogada antes referida, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia de la señorita Fiscal se comunicará a su órgano de control, a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.4.- CUARTO: SE DISPONE tenerse por notificado a todos las partes asistentes a esta audiencia con la presente resolución. Tómese Razón y Hágase Saber.- (19, 22, 23 Enero).
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SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
EDICTO PENAL Expediente Nº 017-2015-26-2801-JR-PE-03. Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto. Especialista: Yeny Mendoza Condori. Dado cuenta, el escrito N° 13617-2017, presentado por la abogada de la Procuraduría Púbica Especializado en Delitos de Corrupción, conforme a lo solicitado, se dispone requerir al sentenciado JUAN OSWALDO HUANCA MERMA, para que cumpla con el pago de la reparación civil establecida en la sentencia N° 38-2016 de fecha 19 de agosto del 2016, en el plazo de TRES DIAS, respecto de los apercibimientos los mismos deben de ser solicitados por el representante del Ministerio Público.Tómese Razón y Hágase Saber.-Especialista Legal Abog. Yeny Mendoza Condori.- Moquegua, 15 de enero del 2018. (19-22-23 Enero) EDICTO PENAL EXP: 00622-2017-89-2802-JR-PE-01. Se emplaza, notifica a LEONIDAS GOMEZ QUISPE, con la RESOLUCION N° 01 Por lo que SE RESUELVE: 31.- PRIMERO: PROGRAMAR la AUDIENCIA UNICA DE JUICIO INMEDIATO, con Carácter INAPLAZABLE para el día DIECIOCHO DE ENERO DEL DOS MIL DIECIOCHO a las DOCE DEL MEDIO DIA CON TREINTA MINUTOS, en la Sala de Audiencias del Módulo Penal de llo sito en Jirón Junín 301 de esta ciudad — segundo piso; Debiendo el especialista legal realizar las coordinaciones pertinentes para que el acusado esté debidamente notificado en el domicilio real que obra en el escrito de acusación y mediante EDICTOS; asimismo que estén notificados todas las partes del presente proceso y por último las cédulas de notificación debidamente diligenciadas de todas las partes deberán estar agregadas en el cuaderno de debates, bajo responsabilidad. 3.2. SEGUNDO: DISPONER la concurrencia obligatoria de la Fiscal del Segundo Despacho de Decisión Temprana de llo y del abogado defensor del imputado Dr. Fredy Mamani Callalla; siendo que en caso de inasistencia del abogado defensor se le impondrá una MULTA equivalente a (2 URP) así como dar cuenta su Superior o al Colegio de abogados que corresponda; sin perjuicio de ser subrogado de la defensa y designarse nuevo abogado defensor conforme a ley. Por lo que, a fin de garantizar la defensa técnica del acusado se dispone oficiar a la Defensoría Pública de llo a fin de que designe a un abogado defensor público y concurra a la audiencia señalada, la misma que tiene el carácter de inaplazable, y en caso de inasistencia del Ministerio Publico de comunicar a su Órgano de Control para que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3. TERCERO: SE DISPONE la concurrencia obligatoria del acusado, bajo apercibimiento de ser declarado contumaz o ausente conforme establece el numeral 1 y 2 articulo 79 del Código Procesal Penal y el numeral 4 del artículo 355 Código Procesal Penal. 3.4. CUATRO: SE COMUNICA: Que las partes son responsables de convocar a sus órganos de prueba y de garantizar su presencia en la audiencia, bajo apercibimiento de prescindirse de ellos, en aplicación del numeral 2 articulo 448 del Código Procesal Penal. 4.5.- QUINTO: DISPONER la notificación de los sujetos procesales en las casillas electrónicas, domicilios procesales, direcciones domiciliarias de todas las partes, o vía telefónica según fuese en el caso; bajo responsabilidad funcional. Tómese Razón y Hágase Saber.- (18, 19, 22 Enero).
pertinentes para que todas las notificaciones se realicen a todos los sujetos procesales, a todos los testigos y peritos, debiendo obrar en el cuaderno de debates todas las cedula de notificaciones debidamente diligenciadas y foliados, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA, a fin que procedan conforme a sus atribuciones. 3.2.- SEGUNDO.- SEDE DE JUZGAMIENTO: El Juicio Oral se realizará en la Sala de audiencias del Módulo Penal, ubicado en calle Junín 301, 2do piso, Distrito y Provincia de llo, Departamento de Moquegua. 3.3.- TERCERO.- FECHAS DE JUZGAMIENTO: El 02 de Febrero del 2018 a las 16:00 horas, Continuación 07 de Febrero del 2017 a horas 16:00 pm, el 08 de Febrero del 2018 a horas 16:00 pm, el día 09 de Febrero del 2018 a horas 11:30 am y 16 de febrero del 2018 a horas 16:00 am; asimismo se fija la fecha de audiencia de juicio oral, teniendo en cuenta la pluralidad de agraviados y testigos que se tiene que notificar. 3.8.- DISPONER: Se notifique a todos los sujetos procesales, testigos y peritos dentro del plazo de ley. Tómese Razón y Hágase Saber.- (18, 19, 22 Enero). EDICTO PENAL EXP N° 00582-2017-67-2802-3R-PE-01. Se emplaza, notificar a JUAN VICTOR MALDONADO QUISPE, con la RESOLUCIÓN N° 02. 3.- SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: SE DISPONE REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, para el día 26 DE ENERO DEL 2018, A LAS 08:40 HORAS, en esta misma sala de audiencias, ubicado en el Jirón Junín Nro. 301, Segundo Piso, Distrito y Provincia de ILO, Departamento de Moquegua, quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la Resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declarase al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado para que asista su Abogado defensor bajo apercibimiento de designársele un Abogado de la Defensoría Pública y se realice dicha audiencia y, por último el especialista legal deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fin que las cédulas de notificación dirigido al acusado y los edictos estén diligenciados y obre en el cuaderno de Debates, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA a fin que procedan conforme a sus atribuciones. 3.2.- SEGUNDO: SE DISPONE se Notifique al acusado en su domicilio consignado en el Requerimiento de Acusación, en el domicilio real de la Ficha RENIEC del acusado y mediante Edictos, dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas de los principales actuado a ODECMA a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada de la abogada Lena Guadalupe Cori Humire se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicara a las autoridades pertinentes de la conducta procesal del abogado antes referida, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia de la señorita Fiscal se comunicara a su órgano de control, a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3 .4.- CUARTO: SE DISPONE tenerse por notificado a todos las partes asistentes a (17, 18, 19 Enero). EDICTO
EDICTO PENAL EXP: 00158-2017-83-2802-JR-PE-01, Se emplaza, notifica a YEAN CARLOS QUILCA CCORI, con la RESOLUCION N° 01 Por lo que SE RESUELVE: 3.1.PRIMERO.- SE RESUELVE CITAR A JUICIO ORAL EMPLAZANDO A: 3.1.1.- AL ACUSADO YEAN CARLOS QUILCA CCORI, Sin documento de identificad sin domicilio real, por lo que se dispone su notificación vía edictos; para su asistencia al juicio bajo apercibimiento de ser declarado reo Ausente o Contumaz. 3.1.2.- Al Ministerio Público, Fiscal Provincial del Tercer Despacho de Investigación de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de 110, bajo responsabilidad y, de ser el caso, de disponerse su exclusión y requerirse su reemplazo al Fiscal Superior en grado; debiendo ser notificado y citado en el domicilio legal y procesal señalado en autos. 3.1.3.- A la Agraviada: Benedicto Vargas Prado; debiendo ser notificada y citada en subdirección domiciliaria actual como en su domicilio procesal, señalados en autos; asimismo la Especialista de Audiencias deberá realizar las coordinaciones
EDICTO RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO ANTE EL JUZGADO MIXTO DE LA PROVINCIA DE ILO, JUEZ DR. ADOLFO CORNEJO POLANCO, SECRETARIO DRA. JUDITH GALLEGOS RAMOS, EXPEDIENTE N° 00526-2017-0-2802-JM-CI-01, SE HA DISPUESTO PUBLICARSE MEDIANTE EDICTO LA RESOLUCION N° 02 DE FECHA 18 DE DICIEMBRE DEL 2017, MEDIANTE LA CUAL SE ADMITE LA DEMANDA INTERPUESTA POR EDWIN RAUL CAPATINTA CHAVEZ, SOBRE CAMBIO DE APELLIDO, PATERNO DE “CAPATINTA” AL DE “BARRIOS” DEBIENDO APARECER FN LO FUTURO COMO “EDWIN RAÚL RARRIOS CHAVEZ” LA MISMA DEBERÁ TRAMITARSE EN LA VIA DE PROCESO NO CONTENSIOSO, CON CONOCIMIENTO DEL MINISTERIO PUBLICO. SEÑALANDOSE FECHA PARA LA AUDIENCIA DE ACTUACION Y DECLARACION JUDICIAL, PARA EL DIA OCHO DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, LO QUE SE PUBLICA PARA FINES DE LEY. ILO, 17 DE ENERO DEL 2018.
(19 Enero). EDICTO Ante el Juzgado Mixto – Moquegua que despacha Juez Fredy Fernández Sánchez, Secretario Percy Flores Ramos, Expediente N° 2017-0735-0-CI, proceso No Contencioso, Paulino Llamoca Yucra y Benita Ccotaluque Yucra, vienen solicitando CAMBIO DE NOMBRE, esperando que en la Partida de Nacimiento N° 60065746 perteneciente a su menor hija IVEDCI EVELIN LLAMOCA CCOTALUQUE, se proceda a sustituir sus nombres IVEDCI EVELIN por MARY FERNANDA para que en lo sucesivo y en forma definitiva aparezca como MARY FERNANDA LLAMOCA CCOTALUQUE. Siendo la audiencia el día 18 de abril del 2018 a las 11:30 a.m. Moquegua, 08 de enero del 2018. Javier A. Villalobos Soto – Abogado. C.A.A. N° 5662. Abog. Percy Flores Ramos. Secretario Judicial. Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (19 Enero) EDICTO Ante el Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, que despacho el señor Juez, Fredy Fernández Sánchez, Especialista Dra. Gaby Nina Escobar, Expediente N°00570-2017-0-2801-JM-CI-02, se ha emitido la resolución N° 02.- de fecha 16 de octubre del 2017, que RESUELVE: Admitir a trámite la demanda sobre ´PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, Interpuesta por DANIEL PAREDE RAMOS y JULIA QUISPE RAMOS, en contra de YOLNDA AGUILAR CHAMBILLA, debiendo de tramitarse en la Vía del proceso Abreviado, traslado de la demanda a la demandad VIA EDICTOS. Por el plazo de (10 ) días hábiles, para que contesten la demanda bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal, debiendo emplazarse además a los vecinos colindantes en calidad de citados 1) María Natividad Chambilla de Salas, 2) Eugenia Parisaca Ramos, 3) Richard Modesto Choque Carita PRETENSIÓN: que tiene por objeto se nos declare propietarios por prescripción Adquisitiva de Dominio a los demandantes, del inmueble ubicado en la Manzana 1 Lote 12 Sector A-10 del Centro Poblado Menor de San Antonio – Distrito de Moquegua, Provincia de Mariscal Nieto, e inscrito en la Partida Registral N° 11004382 del Registro Predial Urbano Zona Registral N° XIII SEDE – Moquegua, la misma que tiene un área de 144.00 m2. Moquegua, 17 de Enero del 2018. Felipe Isaias Apaza Pacsi – Abogado. Reg. N° C.A.A 4347. Abog. Gaby Edith Nina Escobar. Secretario Judicial – Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (19-23-25 Enero) EDICTO CAMBIO DE NOMBRE.- ante el Juzgado Mixto (ex 2°) sede nuevo palacio de la Corte Superior de Justicia de Moquegua que despacha el Dr. Juez FERNANDEZ SANCHEZ FREDY especialista legal Dr. PERCY FLORES RAMOS, expediente N°00630-20170-2801-JM-CI-02 sobre cambio de nombre donde dice SHEYNER LINER ZAPATA FLORES y debe decir JEYNER ALEJANDRO ZAPATA FLORES; resuelve ADMITIR a trámite la solicitud de Rectificación de Partida (Cambio de Nombre), presentada por SHEYNER LINER ZAPATA FLORES, para que en lo posterior su nombre sea cambiado por el de JEYNER ALEJANDRO, debiendo quedar como JEYNER ALEJANDRO ZAPATA FLORES. Corresponde tramitarse en la Vía del Proceso No Contencioso. SE DISPONE se efectúen las publicaciones en el Diario Oficial “El Peruano” y otro en el Diario Encargado de los Avisos Judiciales de esta ciudad; por ofrecidos los medios probatorios, agréguese a sus antecedentes los anexos acompañados. SE DISPONE el JUZGAMIENTO ANTICIPADO DEL PROCESO, en razón a que la integridad de los medios probatorios ofrecidos son documentos, los que serán valorados al momento de resolver. En consecuencia, se dispone el ingreso de LOS AUTOS A DESPACHO PARA SENTENCIAR en el turno correspondiente y una vez que se adjunten las publicaciones de Ley. Moquegua 17 de enero del 2018 – Victor Andrés Cuayla Peñaloza – Abogado – CAM N° 0991. Abog. Percy Flores Ramos – Secretario Judicial – Juzgado Mixto de Mariscal Nieto. Corte Superior de Justicia de Moquegua. (19 Enero) EDICTO Ante Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, que despacha el Sr. Juez Dr. Julio Martín Pinazo Quispe,
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Especialista Eber Colque Valdivia, en el Expediente Nro. 00510-2017-0-2802-JP-CI-01, Gerarda Arce Layme está solicitando la rectificación de su partida de nacimiento en lo concerniente a los nombres su padre y madre, quien figura como hija de Jesús Arce Castellanos y Celia Layme Aro de veinte años de edad, debiendo figurar en adelante como hija de Jesus Arce Arce y Margarita Layme Aro de quince años de edad, lo que se pone en conocimiento a los 10 de enero del 2018.- Eber Colque Valdivia. Secretario Judicial – 2da. Secretaria – Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (19 Enero) INSCRIPCION PARTIDA DE DEFUNCIÓN INSCRIPCION PARTIDA DE DEFUNCIÓN EXP. N° 00563-2017-0-2801-JP-CI-02 Ante Segundo Juzgado de Paz de Mariscal Nieto, que despacha Dra. Lidia Josefina Vega Valencia, Especialista Dra. Melisa Paola Manchego Rivera, se ha admitido demanda de JULIO EDUARDO COAYLA LEON sobre INSCRIPCION DE PARTIDA DE DEFUNCION de su padre CIPRIANO COAYLA HURTADO, a fin de que se inscriba su defunción ante la municipalidad Provincial de Mariscal Nieto. Se señala para la Audiencia de ley el 31 de Enero del 2017 a las 10.00 am., disponiéndose las publicaciones en el Diario “La Republica”; y en el cartel del local del Juzgado. Moquegua, 16 de Enero del 2018. Esperanza Catacora de Cornejo – Abogada. Reg. C.A.M. N° 010; Abog. Melisa Manchego Rivera – Primera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto. Corte Superior de Justicia de Moquegua. (17-18-19 Marzo) REMATE JUDICIAL PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO JUDICIAL En el expediente Nro.00140-2017-0-2802-JMCI-01, en los seguidos por SCOTIABANK PERU S.A.A. contra BONIFACIO AROCUTIPA AROCUTIPA y ROSA MIRTHA CHOQUE FLORES, sobre Ejecución de Garantías, el Juzgado Mixto (Ex 1º) de Ilo, que despacha el Juez Dr. Adolfo Cornejo Polanco, Especialista Legal Dr. Marco Cáceres Ninaja, han dispuesto sacar a REMATE PUBLICO en PRIMERA CONVOCATORIA, el bien inmueble ubicado en Asentamiento Humano PROMUVI V, sector B, manzana 83, lote 9, Distrito Ilo, Provincia Ilo y Departamento de Moquegua, de un área de 160.00 M2, cuyo dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características técnicas, se encuentran inscritas en la Partida Electrónica N° P08013905, del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nro. XIII-Sede Tacna. (Oficina Registral Ilo). VALOR DE TASACION: El valor de tasación del predio rural asciende a la suma de S/211,099.20 (Doscientos once mil noventa y nueve con 20/100 Soles). PRECIO BASE DE REMATE: Las 2/3 partes del valor de la tasación es equivalente a S/140,732.80 (Ciento cuarenta mil setecientos treinta y dos con 80/100 Soles). AFECTACIONES DEL BIEN: Según la Partida Registral aparecen en los asientos: Asiento Nº 00006: HIPOTECA: A favor del acreedor SCOTIABANK PERU S.A.A., hasta por la suma de S/.180,000.00, para garantizar el pago de un préstamo de S/.120,000.00, otorgado al deudor Bonifacio Arocutipa Arocutipa y Rosa Mirtha Choque Flores, intereses, así como todas sus deudas y obligaciones frente al acreedor. Según consta de la escritura pública de fecha 25/05/2015, otorgada por Notario Público Jhon Soto Gamero, en la ciudad de Ilo. Asiento Nº 00007: Embargo.- Medida Cautelar de Embargo en Forma de Inscripción, sobre el predio registrado en la presente partida, de propiedad del demandado Bonifacio Arocutipa Arocutipa y Rosa Mirtha Choque Flores, hasta por la suma de S/.35,000.00 Nuevos Soles a favor de la demandante COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA LTDA, según se dispone mediante Resolución judicial Nº01 de fecha 01/07/2016, suscrito por el Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, Julio Martin Pinazo Quispe, con intervención del Testigo Actuario Christian Najar Blanco, Expediente Nº 00359-2016-20-2802-JP-CI-02. LUGAR DEL REMATE: El bien inmueble se rematará en el local del Juzgado Mixto (Ex 1º) de Ilo, ubicado en la calle Matará Nº325 del Distrito y Provincia de Ilo y Departamento de Moquegua. DIA Y HORA DEL REMATE: El día 31 de Enero del 2018, a horas 03:00 de la tarde. POSTORES: Sólo se admitirá como pos-
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La República
tor a quien antes del remate haya depositado, en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre (SIN SELLO NO NEGOCIABLE), una cantidad no menor del 10% del valor de la tasación, esto es la suma de S/21,109.92 (Veintiún mil ciento nueve 92/100 Soles), suma que será devuelta íntegramente a los postores no beneficiados, debiendo además presentar el arancel judicial por derecho a participar en remate judicial de bienes inmuebles por la suma de S/607.50, donde conste el nombre del Juzgado, número de expediente y DNI o RUC. y traer copias de su DNI y arancel judicial y presentar su DNI; tratándose de personas jurídicas deberán además de presentar vigencia de poder correspondiente, DNI y copias. SALDO DE PRECIO: De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro de tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario, una vez concluido el remate, de conformidad con el artículo 732 del Código Procesal Civil, la Ley del Martillero Público Nro. 27728 y su Reglamento (Artículo 18 del D.S. Nro. 008.2005 JUS) y están afectos al IGV. La diligencia de remate estará a cargo del Martillero Público Luis Beltrán Ramos Ortega, con Registro Nro. 292. Ilo, 12 de Enero del 2018 (17, 18, 19, 22, 23, 24 Enero). PRIMER REMATE JUDICIAL EN EL PROCESO SOBRE OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, EXPEDIENTE N° 00409-2014-0-2802-JPCI-01, QUE SIGUE CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO AREQUIPA EN CONTRA DE GILBER CUSIHUAMAN VARGAS COMO OBLIGADO PRINCIPAL Y MAURO CUSIHUAMAN HUAMAN Y GUILLERMINA VARGAS PONCE COMO FIADORES SOLIDARIOS. EL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ILO, A CARGO DEL JUEZ DOCTOR WILLIAMS NORABUENA CARPIO, CON INTERVENCION DEL ESPECIALISTA LEGAL NAOKA ARUHUANCA CCOPA, HA DISPUESTO EL PRIMER REMATE DEL INMUEBLE DE PROPIEDAD DE GUILLERMINA VARGAS PONCE Y MAURO CUSIHUAMAN HUAMAN; UBICADO Y SIGNADO REGISTRALMENTE EN ASENTAMIENTO HUMANO PROGRAMA MUNICPAL DE VIVIENDA N° IV, NUEVO ILO, MZ 36 LOTE 8, DEL DISTRITO Y PROVINCIA D ILO DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA; CUYA AREA, LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS ESTAN INSCRITOS EN LA PARTIDA REGISTRAL N° P08025500 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE LOS REGISTROS PUBLICOS DE ILO.- FUNCIONARIO A CARGO DEL REMATE; MARTILLERO PUBLICO OSCAR RONALD CORNEJO BARRAGAN CON REGISTRO N° 266. LUGAR, DIA Y HORA DE REMATE; REMATE QUE SE REALIZARA EL DIA VENITISEIS DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL MEDIODIA, EN EL LOCAL DEL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ILO, UBICADO EN CALLE MATARA 325 – ILO, PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA,.- VALOR DE TASACION COMERCIAL: S/ 113,920.37 SOLES. (CIENTO TRECE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 91/100 SOLES). QUE EQUIVALE A LAS DOS TERCERAS PARTES DEL VALOR DE LA TASACION POR TRATARSE DE UN REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA. AFECCTACIONES: QUE CORREN INSCRITAS EN LA PARTIDA REGISTRAL N° P08025500 CONFORME OBRA EN EXPEDIENTE.- ASIENTO 00008.- ANOTACION DE EMBARGO.- EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION A FAVOR DEL (LOS) DEMANDANTE, HASTA POR S/ 20,000.00, POR HABERO ORDENADO EL JUEZ DEL 1ER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ILO, DR. (A) ANGELICA ORE ROJAS, MEDIANTE RESOLUCION N° 01 DEL 26/11/2014, EN EL EXPEDIENTE N° 000409-2014-50-2802-JP-CI-01 SOBRE OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO EN CONTRA DEL (LOS) DEMANDADO(S). SEGÚN CONSTA DE LA CITADA RESOLUCION, REMITIDA CON OFICIO N° 1639-2014-1JPLI-CSJM-PJ DEL 02/12/2014.LA QUE ES MATERIA DEL PRESENTE PROCESO.- NO SE CONOCEN OTRAS AFECTACIONES REQUSITOS PARA SER POSTORES: LOS INTERESADOS PARA SER POSTORES, DEBERAN; DEPOSITAR PREVIO AL ACTO DEL REMATE UNA CANTIDAD DINERARIA NO MENOR AL 10% DEL VALOR DE LA TASACION, EN EFECTIVO O EN CHEQUE DE GERENCIA GIRADO A SU NOMBRE; ENTREGAR AL ARANCEL JUDICIAL PARA PARTICIPAR EN EL REMATE JUDICIAL PAGADO EN EL BANCO DE LA NACION (INDICANDO NUMERO DE EXPEDIENTE, JUZGADO Y SU NUMERO DE DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD) Y D.N.I. (COPIA Y TASA JUDICIAL). LOS HONORARIOS DEL MARTILLERO PUBLICO SON DE CUENTA DEL
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ADJUDICATARIO Y ESTA AFECTOS AL IGV. DETERMINADOS SEGÚN LEY N° 27728, LEY N° 28371 Y SU REGLAMENTO (D.S. N° 008-2005-JUS).- ILO, ENERO DEL 2018. (16, 17, 18, 19, 22, 23 Enero). REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA EN EL EXP. 00328-2011-0-2802-JM-CI-01 SEGUIDO POR JOSE MARCELINO LECAROS CHAVEZ, SOBRE DIVISION Y PARTICION DE BIEN INMUEBLE EN CONTRA DE SUSANA ENCARNACION LECAROS CHAVEZ; EL SR. JUEZ DEL JUZGADO MIXTO (EX 1°) – ILO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA, DR. ADOLFO POLANCO, ESPECIALISTA LEGAL DRA. JUDITH GALLEGOS RAMOS; HA ORDENADO SACAR A REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA EL BIEN INMUEBLE DE PROPIEDAD DE JOSE MARCELINO LECAROS CHAVEZ Y SUSANA ENCARNACION LECAROS CHAVEZ.- UBICACIÓN DEL INMUEBLE: URBANIZACION POPULAR DE INTERES SOCIAL ALTO ILO MZ – G LOTE 1 ZONA NORTE DEL DISTRITO Y PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA, INSCRITO EN LA PARTIDA N° P08023384 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° XIII – SEDE TACNA, OFICINA REGISTRAL ILO. TASACION: ASCIENDE A LA SUMA DE US$ 113,015.50 (CIENTO TRECE MIL QUINCE CON 50/100 DOLARES AMERICANOS); SIENDO LA BASE DEL REMATE LA SUMA DE US$ 75,343.67 (SETENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES CON 67/100 DOLARES AMERICANOS), QUE EQUIVALE A LAS DOS TERCERAS PARTES DEL VALOR DE LA TASACION. LUGAR, DIA Y HORA DE REMATE: 31 DE ENERO DEL 2018, A HORAS DOCE DEL MERIDIANO (12:00 HORAS), EL CUAL SE LLEVARA A CABO EN EL FRONTIS DEL LOCAL DEL JUZGADO MIXTO (EX 1°) ILO, SITO EN LA CALLE MATARA N° 325 SEGUNDO PISO DEL DISTRITO Y PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA. EL REMATE SERA REALIZADO POR MARTILLERO PUBLIO DRA. PATRICIA VICTORIA VASQUEZ ZUBIETA, CON REGISTRO SUNARP N° 315. AFECTACIONES: A LA FECHA NO SE CONOCEN AFECTACIONES. POSTORES: OBLARAN SUMA NO MENOR A US $ 11,301.55 (ONCE MIL TRESCIENTOS UNO CON 55/100 DOLARES AMERICANOS) EQUIVALENTE AL 10% DEL VALOR D ELA TASACION DEL INMUEBLE, EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA (ENDOSABLE Y CON UNA ANTIGÜEDAD MENOR A 30 DIAS) Y ENTREGARAN EN ORIGINAL Y COPIA: EL DNI DEL POSTOR Y EL RECIBO DEL ARANCEL JUDICIAL CORRESPONDIENTE (TRIBUTO 07153), DONDE CONSTE EL NOMBRE DEL JUZGADO, EL NUMERO DE EXPEDIENTE Y GENERALES DE LEY DEL POSTOR.- EL ADJUDICATARIO: DEBERA DEPOSITAR EL SALDO DEL PRECIO, DENTRO DEL TERCER DIA DE CERRADA EL ACTA, BAJO APERCIBIMIENTO DE DECLARARSE LA NULIDAD DEL REMATE, TAL Y COMO LO SEÑALA EL ART. 741 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL. LOS HONORARIOS DEL MARTILLERO PUBLICO SERAN A CARGO DEL ADJUDICATARIO UNA VEZ CONCLUIDO EL REMATE, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 732 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL, LA LEY DEL MARTILERO PUBLICO N° 27728 Y SU REGLAMENTO (ARTICULO 18 DEL D.S. N° 008-2005-JUS) ENCONTRANDOSE AFECTOS AL IGV. ILO, 2017 ENERO 04. (15, 16, 17, 18, 19, 22 Enero). PRIMER REMATE PÚBLICO En el proceso sobre Ejecución de Garantías, Expediente Nº 00168-2017-0-2801-JM-CI-01 seguido por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE AREQUIPA S.A. en contra de TOMAS FELICIANO SALAZAR SAIRA, el Juez del Juzgado Mixto (Ex. 2º) de Mariscal Nieto - Moquegua – Sede nuevo Palacio, Dr. Fredy Fernández Sánchez con intervención del Especialista Legal Percy Flores Ramos, se ha dispuesto sacar a Remate Público en Primera convocatoria lo siguiente: DESCRIPCION DEL INMUEBLE: Inmueble ubicado en el Asentamiento Humano Programa Municipal de Vivienda Pampas de San Antonio, manzana “Q2”, lote N° 11, del distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características constan en la Partida Registral Nº P08007637 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna – Oficina Registral de Moquegua. VALOR DE TASACIÓN: US$ 34,927.00 (TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTISIETE CON 00/100 DOLARES AMERICANOS). BASE DEL REMATE: US$ 23,284.67 (VEINTITRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 67/100 DOLARES AMERICANOS), corres-
pondientes a las dos terceras partes de la tasación. GRAVÁMENES: 01) Asiento 00008.- Inscripción de Hipoteca. Se constituye hipoteca hasta por la suma de US$ 34,927.00 a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa. Fecha de inscripción: 27/04/2015. LUGAR, FECHA Y HORA DEL REMATE: El remate se llevará a cabo en el local del Juzgado Mixto (Ex. 2º) de Mariscal Nieto - Moquegua - Sede nuevo Palacio de la Corte Superior de Justicia de Moquegua ubicado en Av. Malecón Ribereño S/N, Distrito de Moquegua, Provincia Mariscal Nieto y Departamento de Moquegua, el día 26 de Enero del 2018 a horas 15:00 (03:00 p.m.) POSTORES: Para ser postor deberá depositarse en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre el 10% de la tasación (US$ 3,492.70), además de arancel judicial respectivo, consignando el Juzgado, DNI del postor y número de Expediente (con copia del arancel y del DNI). El adjudicatario cancela los honorarios del Martillero más IGV., una vez concluido el Remate Público de acuerdo al Artículo 732 del CPC. y D.S. 008-2005-JUS. La diligencia del remate estará a cargo del Martillero Público Víctor Orlando Apaza Morante con Registro Nacional No. 321-SUNARP. Celular 952-603020 y correo:
[email protected]. Moquegua, 09 de Enero del 2018. (12-15-16-17-18-19 Enero) EDICTO PENAL EDICTO PENAL EXP N° 00622-2017-89-2802-JR-PE-01. Se emplaza, notificar a LEONIDAS GOMEZ QUISPE, con la RESOLUCIÓN N° 02. 3.- SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: SE DISPONE REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, para el día 26 DE ENERO DEL 2018, A LAS 10:00 HORAS, en esta misma sala de audiencias, ubicado en el Jirón Junín Nro. 301, Segundo Piso, Distrito y Provincia de ILO, Departamento de Moquegua, quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la Resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declarase al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado para que asista su Abogado defensor bajo apercibimiento de designársele un Abogado de la Defensoría Pública y se realice dicha audiencia y, por último la especialista legal deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fin que las cédulas de notificación dirigido al acusado y los edictos estén diligenciados y obre en el cuaderno de Debates, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA a fin que procedan conforme a sus atribuciones. 3.2.SEGUNDO: SE DISPONE se notifique al acusado en su domicilio consignado en el Requerimiento de Acusación, en el domicilio real de la Ficha RENIEC del acusado y mediante Edictos; dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas de los principales actuado a ODECMA a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada de la abogada Miriam Roció Mendoza Pacori se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicará a las autoridades pertinentes de la conducta procesal de la abogada antes referida, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia del señor Fiscal se comunicará a su órgano de control, a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.4.- CUARTO: SE DISPONE tenerse por apersonada a la señorita Miriam Roció Mendoza Pacori como abogada del acusado, por señalado su domicilio procesal, lugar donde se le deberá de notificar todas las resoluciones emitidas en el presente proceso. 3.5.- QUINTO: SE DISPONE tenerse por notificado a todos las partes asistentes a esta audiencia con la presente resolución. Tómese Razón y Hágase Saber.- (19, 22, 23 Enero). EDICTO PENAL EXP N° 00377-2017-81-2802-JR-PE-01. Se emplaza, notificar a NELSON GONZALES CACERES, con la RESOLUCIÓN N° 02. 3.- SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: SE DISPONE REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, para el día 26 DE ENERO DEL 2018, A LAS 09:30 HORAS, en esta misma sala de audiencias, ubicado en el Jirón Junín Nro. 301, Segundo Piso, Distrito y Provincia de ILO, Departamento de Moquegua, quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la Resolución 01;
Viernes, 19 de enero del 2018
asimismo bajo apercibimiento de declarase al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado para que asista su Abogado defensor bajo apercibimiento de designársele un Abogado de la Defensoría Pública y se realice dicha audiencia y, por último la especialista legal deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fin que las cédulas de notificación dirigido al acusado y los edictos estén diligenciados y obre en el cuaderno de Debates, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA a fin que procedan conforme a sus atribuciones. 3.2.SEGUNDO: SE DISPONE se notifique al acusado en su domicilio consignado en el Requerimiento de Acusación, en el domicilio real de la Ficha RENIEC del acusado, mediante Edictos y vía celular, para tal efecto la especialista de audiencias deberá levantar la constancia correspondiente de notificación vía celular al acusado; dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas de los principales actuado a ODECMA a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada de la abogada Lena Guadalupe Cori Humire se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicará a las autoridades pertinentes de la conducta procesal de la abogada antes referida, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia de la señorita Fiscal se comunicará a su órgano de control, a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.4.- CUARTO: SE DISPONE tenerse por notificado a todos las partes asistentes a esta audiencia con la presente resolución. Tómese Razón y Hágase Saber.- (19, 22, 23 Enero). EDICTO PENAL Expediente Nº 017-2015-26-2801-JR-PE-03. Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto. Especialista: Yeny Mendoza Condori. Dado cuenta, el escrito N° 13617-2017, presentado por la abogada de la Procuraduría Púbica Especializado en Delitos de Corrupción, conforme a lo solicitado, se dispone requerir al sentenciado JUAN OSWALDO HUANCA MERMA, para que cumpla con el pago de la reparación civil establecida en la sentencia N° 38-2016 de fecha 19 de agosto del 2016, en el plazo de TRES DIAS, respecto de los apercibimientos los mismos deben de ser solicitados por el representante del Ministerio Público.Tómese Razón y Hágase Saber.-Especialista Legal Abog. Yeny Mendoza Condori.- Moquegua, 15 de enero del 2018. (19-22-23 Enero) EDICTO PENAL EXP: 00622-2017-89-2802-JR-PE-01. Se emplaza, notifica a LEONIDAS GOMEZ QUISPE, con la RESOLUCION N° 01 Por lo que SE RESUELVE: 31.- PRIMERO: PROGRAMAR la AUDIENCIA UNICA DE JUICIO INMEDIATO, con Carácter INAPLAZABLE para el día DIECIOCHO DE ENERO DEL DOS MIL DIECIOCHO a las DOCE DEL MEDIO DIA CON TREINTA MINUTOS, en la Sala de Audiencias del Módulo Penal de llo sito en Jirón Junín 301 de esta ciudad — segundo piso; Debiendo el especialista legal realizar las coordinaciones pertinentes para que el acusado esté debidamente notificado en el domicilio real que obra en el escrito de acusación y mediante EDICTOS; asimismo que estén notificados todas las partes del presente proceso y por último las cédulas de notificación debidamente diligenciadas de todas las partes deberán estar agregadas en el cuaderno de debates, bajo responsabilidad. 3.2. SEGUNDO: DISPONER la concurrencia obligatoria de la Fiscal del Segundo Despacho de Decisión Temprana de llo y del abogado defensor del imputado Dr. Fredy Mamani Callalla; siendo que en caso de inasistencia del abogado defensor se le impondrá una MULTA equivalente a (2 URP) así como dar cuenta su Superior o al Colegio de abogados que corresponda; sin perjuicio de ser subrogado de la defensa y designarse nuevo abogado defensor conforme a ley. Por lo que, a fin de garantizar la defensa técnica del acusado se dispone oficiar a la Defensoría Pública de llo a fin de que designe a un abogado defensor público y concurra a la audiencia señalada, la misma que tiene el carácter de inaplazable, y en caso de inasistencia del Ministerio Publico de comunicar a su Órgano de Control para que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3.
TERCERO: SE DISPONE la concurrencia obligatoria del acusado, bajo apercibimiento de ser declarado contumaz o ausente conforme establece el numeral 1 y 2 articulo 79 del Código Procesal Penal y el numeral 4 del artículo 355 Código Procesal Penal. 3.4. CUATRO: SE COMUNICA: Que las partes son responsables de convocar a sus órganos de prueba y de garantizar su presencia en la audiencia, bajo apercibimiento de prescindirse de ellos, en aplicación del numeral 2 articulo 448 del Código Procesal Penal. 4.5.- QUINTO: DISPONER la notificación de los sujetos procesales en las casillas electrónicas, domicilios procesales, direcciones domiciliarias de todas las partes, o vía telefónica según fuese en el caso; bajo responsabilidad funcional. Tómese Razón y Hágase Saber.- (18, 19, 22 Enero). EDICTO PENAL EXP: 00158-2017-83-2802-JR-PE-01, Se emplaza, notifica a YEAN CARLOS QUILCA CCORI, con la RESOLUCION N° 01 Por lo que SE RESUELVE: 3.1.PRIMERO.- SE RESUELVE CITAR A JUICIO ORAL EMPLAZANDO A: 3.1.1.- AL ACUSADO YEAN CARLOS QUILCA CCORI, Sin documento de identificad sin domicilio real, por lo que se dispone su notificación vía edictos; para su asistencia al juicio bajo apercibimiento de ser declarado reo Ausente o Contumaz. 3.1.2.- Al Ministerio Público, Fiscal Provincial del Tercer Despacho de Investigación de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de 110, bajo responsabilidad y, de ser el caso, de disponerse su exclusión y requerirse su reemplazo al Fiscal Superior en grado; debiendo ser notificado y citado en el domicilio legal y procesal señalado en autos. 3.1.3.- A la Agraviada: Benedicto Vargas Prado; debiendo ser notificada y citada en subdirección domiciliaria actual como en su domicilio procesal, señalados en autos; asimismo la Especialista de Audiencias deberá realizar las coordinaciones pertinentes para que todas las notificaciones se realicen a todos los sujetos procesales, a todos los testigos y peritos, debiendo obrar en el cuaderno de debates todas las cedula de notificaciones debidamente diligenciadas y foliados, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA, a fin que procedan conforme a sus atribuciones. 3.2.- SEGUNDO.- SEDE DE JUZGAMIENTO: El Juicio Oral se realizará en la Sala de audiencias del Módulo Penal, ubicado en calle Junín 301, 2do piso, Distrito y Provincia de llo, Departamento de Moquegua. 3.3.- TERCERO.- FECHAS DE JUZGAMIENTO: El 02 de Febrero del 2018 a las 16:00 horas, Continuación 07 de Febrero del 2017 a horas 16:00 pm, el 08 de Febrero del 2018 a horas 16:00 pm, el día 09 de Febrero del 2018 a horas 11:30 am y 16 de febrero del 2018 a horas 16:00 am; asimismo se fija la fecha de audiencia de juicio oral, teniendo en cuenta la pluralidad de agraviados y testigos que se tiene que notificar. 3.8.- DISPONER: Se notifique a todos los sujetos procesales, testigos y peritos dentro del plazo de ley. Tómese Razón y Hágase Saber.- (18, 19, 22 Enero). EDICTO PENAL EXP N° 00582-2017-67-2802-3R-PE-01. Se emplaza, notificar a JUAN VICTOR MALDONADO QUISPE, con la RESOLUCIÓN N° 02. 3.- SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: SE DISPONE REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, para el día 26 DE ENERO DEL 2018, A LAS 08:40 HORAS, en esta misma sala de audiencias, ubicado en el Jirón Junín Nro. 301, Segundo Piso, Distrito y Provincia de ILO, Departamento de Moquegua, quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la Resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declarase al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado para que asista su Abogado defensor bajo apercibimiento de designársele un Abogado de la Defensoría Pública y se realice dicha audiencia y, por último el especialista legal deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fin que las cédulas de notificación dirigido al acusado y los edictos estén diligenciados y obre en el cuaderno de Debates, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA a fin que procedan conforme a sus atribuciones. 3.2.- SEGUNDO: SE DISPONE se Notifique al acusado en su domicilio consignado en el Requerimiento de Acusación, en el domicilio real de la Ficha RENIEC del acusado y mediante Edictos,
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dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas de los principales actuado a ODECMA a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada de la abogada Lena Guadalupe Cori Humire se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicara a las autoridades pertinentes de la conducta procesal del abogado antes referida, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia de la señorita Fiscal se comunicara a su órgano de control, a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3 .4.- CUARTO: SE DISPONE tenerse por notificado a todos las partes asistentes a (17, 18, 19 Enero). EDICTO EDICTO RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO ANTE EL JUZGADO MIXTO DE LA PROVINCIA DE ILO, JUEZ DR. ADOLFO CORNEJO POLANCO, SECRETARIO DRA. JUDITH GALLEGOS RAMOS, EXPEDIENTE N° 00526-2017-0-2802-JM-CI-01, SE HA DISPUESTO PUBLICARSE MEDIANTE EDICTO LA RESOLUCION N° 02 DE FECHA 18 DE DICIEMBRE DEL 2017, MEDIANTE LA CUAL SE ADMITE LA DEMANDA INTERPUESTA POR EDWIN RAUL CAPATINTA CHAVEZ, SOBRE CAMBIO DE APELLIDO, PATERNO DE “CAPATINTA” AL DE “BARRIOS” DEBIENDO APARECER FN LO FUTURO COMO “EDWIN RAÚL RARRIOS CHAVEZ” LA MISMA DEBERÁ TRAMITARSE EN LA VIA DE PROCESO NO CONTENSIOSO, CON CONOCIMIENTO DEL MINISTERIO PUBLICO. SEÑALANDOSE FECHA PARA LA AUDIENCIA DE ACTUACION Y DECLARACION JUDICIAL, PARA EL DIA OCHO DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, LO QUE SE PUBLICA PARA FINES DE LEY. ILO, 17 DE ENERO DEL 2018. (19 Enero). EDICTO Ante el Juzgado Mixto – Moquegua que despacha Juez Fredy Fernández Sánchez, Secretario Percy Flores Ramos, Expediente N° 2017-0735-0-CI, proceso No Contencioso, Paulino Llamoca Yucra y Benita Ccotaluque Yucra, vienen solicitando CAMBIO DE NOMBRE, esperando que en la Partida de Nacimiento N° 60065746 perteneciente a su menor hija IVEDCI EVELIN LLAMOCA CCOTALUQUE, se proceda a sustituir sus nombres IVEDCI EVELIN por MARY FERNANDA para que en lo sucesivo y en forma definitiva aparezca como MARY FERNANDA LLAMOCA CCOTALUQUE. Siendo la audiencia el día 18 de abril del 2018 a las 11:30 a.m. Moquegua, 08 de enero del 2018. Javier A. Villalobos Soto – Abogado. C.A.A. N° 5662. Abog. Percy Flores Ramos. Secretario Judicial. Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (19 Enero) EDICTO Ante el Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, que despacho el señor Juez, Fredy Fernández Sánchez, Especialista Dra. Gaby Nina Escobar, Expediente N°00570-2017-0-2801-JM-CI-02, se ha emitido la resolución N° 02.- de fecha 16 de octubre del 2017, que RESUELVE: Admitir a trámite la demanda sobre ´PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, Interpuesta por DANIEL PAREDE RAMOS y JULIA QUISPE RAMOS, en contra de YOLNDA AGUILAR CHAMBILLA, debiendo de tramitarse en la Vía del proceso Abreviado, traslado de la demanda a la demandad VIA EDICTOS. Por el plazo de (10 ) días hábiles, para que contesten la demanda bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal, debiendo emplazarse además a los vecinos colindantes en calidad de citados 1) María Natividad Chambilla de Salas, 2) Eugenia Parisaca Ramos, 3) Richard Modesto Choque Carita PRETENSIÓN: que tiene por objeto se nos declare propietarios por prescripción Adquisitiva de Dominio a los demandantes, del inmueble ubicado en la Manzana 1 Lote 12 Sector A-10 del Centro Poblado Menor de San Antonio – Distrito de Moquegua, Provincia de Mariscal Nieto, e inscrito en la Partida Registral N° 11004382 del Registro Predial Urbano Zona Registral N° XIII SEDE – Moquegua, la misma que tiene un área de 144.00 m2. Moquegua, 17 de Enero del 2018. Felipe Isaias Apaza Pacsi – Abogado. Reg. N° C.A.A 4347. Abog. Gaby Edith Nina Escobar. Secretario Judicial – Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua.
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
(19-23-25 Enero) EDICTO CAMBIO DE NOMBRE.- ante el Juzgado Mixto (ex 2°) sede nuevo palacio de la Corte Superior de Justicia de Moquegua que despacha el Dr. Juez FERNANDEZ SANCHEZ FREDY especialista legal Dr. PERCY FLORES RAMOS, expediente N°00630-20170-2801-JM-CI-02 sobre cambio de nombre donde dice SHEYNER LINER ZAPATA FLORES y debe decir JEYNER ALEJANDRO ZAPATA FLORES; resuelve ADMITIR a trámite la solicitud de Rectificación de Partida (Cambio de Nombre), presentada por SHEYNER LINER ZAPATA FLORES, para que en lo posterior su nombre sea cambiado por el de JEYNER ALEJANDRO, debiendo quedar como JEYNER ALEJANDRO ZAPATA FLORES. Corresponde tramitarse en la Vía del Proceso No Contencioso. SE DISPONE se efectúen las publicaciones en el Diario Oficial “El Peruano” y otro en el Diario Encargado de los Avisos Judiciales de esta ciudad; por ofrecidos los medios probatorios, agréguese a sus antecedentes los anexos acompañados. SE DISPONE el JUZGAMIENTO ANTICIPADO DEL PROCESO, en razón a que la integridad de los medios probatorios ofrecidos son documentos, los que serán valorados al momento de resolver. En consecuencia, se dispone el ingreso de LOS AUTOS A DESPACHO PARA SENTENCIAR en el turno correspondiente y una vez que se adjunten las publicaciones de Ley. Moquegua 17 de enero del 2018 – Victor Andrés Cuayla Peñaloza – Abogado – CAM N° 0991. Abog. Percy Flores Ramos – Secretario Judicial – Juzgado Mixto de Mariscal Nieto. Corte Superior de Justicia de Moquegua. (19 Enero) EDICTO Ante Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, que despacha el Sr. Juez Dr. Julio Martín Pinazo Quispe, Especialista Eber Colque Valdivia, en el Expediente Nro. 00510-2017-0-2802-JP-CI-01, Gerarda Arce Layme está solicitando la rectificación de su partida de nacimiento en lo concerniente a los nombres su padre y madre, quien figura como hija de Jesús Arce Castellanos y Celia Layme Aro de veinte años de edad, debiendo figurar en adelante como hija de Jesus Arce Arce y Margarita Layme Aro de quince años de edad, lo que se pone en conocimiento a los 10 de enero del 2018.- Eber Colque Valdivia. Secretario Judicial – 2da. Secretaria – Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (19 Enero) INSCRIPCION PARTIDA DE DEFUNCIÓN INSCRIPCION PARTIDA DE DEFUNCIÓN EXP. N° 00563-2017-0-2801-JP-CI-02 Ante Segundo Juzgado de Paz de Mariscal Nieto, que despacha Dra. Lidia Josefina Vega Valencia, Especialista Dra. Melisa Paola Manchego Rivera, se ha admitido demanda de JULIO EDUARDO COAYLA LEON sobre INSCRIPCION DE PARTIDA DE DEFUNCION de su padre CIPRIANO COAYLA HURTADO, a fin de que se inscriba su defunción ante la municipalidad Provincial de Mariscal Nieto. Se señala para la Audiencia de ley el 31 de Enero del 2017 a las 10.00 am., disponiéndose las publicaciones en el Diario “La Republica”; y en el cartel del local del Juzgado. Moquegua, 16 de Enero del 2018. Esperanza Catacora de Cornejo – Abogada. Reg. C.A.M. N° 010; Abog. Melisa Manchego Rivera – Primera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto. Corte Superior de Justicia de Moquegua. (17-18-19 Marzo) REMATE JUDICIAL PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO JUDICIAL En el expediente Nro.00140-2017-0-2802-JMCI-01, en los seguidos por SCOTIABANK PERU S.A.A. contra BONIFACIO AROCUTIPA AROCUTIPA y ROSA MIRTHA CHOQUE FLORES, sobre Ejecución de Garantías, el Juzgado Mixto (Ex 1º) de Ilo, que despacha el Juez Dr. Adolfo Cornejo Polanco, Especialista Legal Dr. Marco Cáceres Ninaja, han dispuesto sacar a REMATE PUBLICO en PRIMERA CONVOCATORIA, el bien inmueble ubicado en Asentamiento Humano PROMUVI V, sector B, manzana 83, lote 9, Distrito Ilo, Provincia Ilo y Departamento de Moquegua, de un área de 160.00 M2, cuyo dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características técnicas, se encuentran
inscritas en la Partida Electrónica N° P08013905, del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nro. XIII-Sede Tacna. (Oficina Registral Ilo). VALOR DE TASACION: El valor de tasación del predio rural asciende a la suma de S/211,099.20 (Doscientos once mil noventa y nueve con 20/100 Soles). PRECIO BASE DE REMATE: Las 2/3 partes del valor de la tasación es equivalente a S/140,732.80 (Ciento cuarenta mil setecientos treinta y dos con 80/100 Soles). AFECTACIONES DEL BIEN: Según la Partida Registral aparecen en los asientos: Asiento Nº 00006: HIPOTECA: A favor del acreedor SCOTIABANK PERU S.A.A., hasta por la suma de S/.180,000.00, para garantizar el pago de un préstamo de S/.120,000.00, otorgado al deudor Bonifacio Arocutipa Arocutipa y Rosa Mirtha Choque Flores, intereses, así como todas sus deudas y obligaciones frente al acreedor. Según consta de la escritura pública de fecha 25/05/2015, otorgada por Notario Público Jhon Soto Gamero, en la ciudad de Ilo. Asiento Nº 00007: Embargo.- Medida Cautelar de Embargo en Forma de Inscripción, sobre el predio registrado en la presente partida, de propiedad del demandado Bonifacio Arocutipa Arocutipa y Rosa Mirtha Choque Flores, hasta por la suma de S/.35,000.00 Nuevos Soles a favor de la demandante COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA LTDA, según se dispone mediante Resolución judicial Nº01 de fecha 01/07/2016, suscrito por el Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, Julio Martin Pinazo Quispe, con intervención del Testigo Actuario Christian Najar Blanco, Expediente Nº 00359-2016-20-2802-JP-CI-02. LUGAR DEL REMATE: El bien inmueble se rematará en el local del Juzgado Mixto (Ex 1º) de Ilo, ubicado en la calle Matará Nº325 del Distrito y Provincia de Ilo y Departamento de Moquegua. DIA Y HORA DEL REMATE: El día 31 de Enero del 2018, a horas 03:00 de la tarde. POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del remate haya depositado, en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre (SIN SELLO NO NEGOCIABLE), una cantidad no menor del 10% del valor de la tasación, esto es la suma de S/21,109.92 (Veintiún mil ciento nueve 92/100 Soles), suma que será devuelta íntegramente a los postores no beneficiados, debiendo además presentar el arancel judicial por derecho a participar en remate judicial de bienes inmuebles por la suma de S/607.50, donde conste el nombre del Juzgado, número de expediente y DNI o RUC. y traer copias de su DNI y arancel judicial y presentar su DNI; tratándose de personas jurídicas deberán además de presentar vigencia de poder correspondiente, DNI y copias. SALDO DE PRECIO: De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro de tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario, una vez concluido el remate, de conformidad con el artículo 732 del Código Procesal Civil, la Ley del Martillero Público Nro. 27728 y su Reglamento (Artículo 18 del D.S. Nro. 008.2005 JUS) y están afectos al IGV. La diligencia de remate estará a cargo del Martillero Público Luis Beltrán Ramos Ortega, con Registro Nro. 292. Ilo, 12 de Enero del 2018 (17, 18, 19, 22, 23, 24 Enero). PRIMER REMATE JUDICIAL EN EL PROCESO SOBRE OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, EXPEDIENTE N° 00409-2014-0-2802-JPCI-01, QUE SIGUE CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO AREQUIPA EN CONTRA DE GILBER CUSIHUAMAN VARGAS COMO OBLIGADO PRINCIPAL Y MAURO CUSIHUAMAN HUAMAN Y GUILLERMINA VARGAS PONCE COMO FIADORES SOLIDARIOS. EL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ILO, A CARGO DEL JUEZ DOCTOR WILLIAMS NORABUENA CARPIO, CON INTERVENCION DEL ESPECIALISTA LEGAL NAOKA ARUHUANCA CCOPA, HA DISPUESTO EL PRIMER REMATE DEL INMUEBLE DE PROPIEDAD DE GUILLERMINA VARGAS PONCE Y MAURO CUSIHUAMAN HUAMAN; UBICADO Y SIGNADO REGISTRALMENTE EN ASENTAMIENTO HUMANO PROGRAMA MUNICPAL DE VIVIENDA N° IV, NUEVO ILO, MZ 36 LOTE 8, DEL DISTRITO Y PROVINCIA D ILO DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA; CUYA AREA, LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS ESTAN INSCRITOS EN LA PARTIDA REGISTRAL N° P08025500 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE LOS REGISTROS PUBLICOS DE ILO.- FUNCIONARIO A CARGO DEL REMATE; MARTILLERO PUBLICO OSCAR RONALD CORNEJO BARRAGAN CON REGISTRO N° 266. LUGAR, DIA Y HORA DE REMATE;
REMATE QUE SE REALIZARA EL DIA VENITISEIS DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL MEDIODIA, EN EL LOCAL DEL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ILO, UBICADO EN CALLE MATARA 325 – ILO, PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA,.- VALOR DE TASACION COMERCIAL: S/ 113,920.37 SOLES. (CIENTO TRECE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 91/100 SOLES). QUE EQUIVALE A LAS DOS TERCERAS PARTES DEL VALOR DE LA TASACION POR TRATARSE DE UN REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA. AFECCTACIONES: QUE CORREN INSCRITAS EN LA PARTIDA REGISTRAL N° P08025500 CONFORME OBRA EN EXPEDIENTE.- ASIENTO 00008.- ANOTACION DE EMBARGO.- EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION A FAVOR DEL (LOS) DEMANDANTE, HASTA POR S/ 20,000.00, POR HABERO ORDENADO EL JUEZ DEL 1ER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ILO, DR. (A) ANGELICA ORE ROJAS, MEDIANTE RESOLUCION N° 01 DEL 26/11/2014, EN EL EXPEDIENTE N° 000409-2014-50-2802-JP-CI-01 SOBRE OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO EN CONTRA DEL (LOS) DEMANDADO(S). SEGÚN CONSTA DE LA CITADA RESOLUCION, REMITIDA CON OFICIO N° 1639-2014-1JPLI-CSJM-PJ DEL 02/12/2014.LA QUE ES MATERIA DEL PRESENTE PROCESO.- NO SE CONOCEN OTRAS AFECTACIONES REQUSITOS PARA SER POSTORES: LOS INTERESADOS PARA SER POSTORES, DEBERAN; DEPOSITAR PREVIO AL ACTO DEL REMATE UNA CANTIDAD DINERARIA NO MENOR AL 10% DEL VALOR DE LA TASACION, EN EFECTIVO O EN CHEQUE DE GERENCIA GIRADO A SU NOMBRE; ENTREGAR AL ARANCEL JUDICIAL PARA PARTICIPAR EN EL REMATE JUDICIAL PAGADO EN EL BANCO DE LA NACION (INDICANDO NUMERO DE EXPEDIENTE, JUZGADO Y SU NUMERO DE DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD) Y D.N.I. (COPIA Y TASA JUDICIAL). LOS HONORARIOS DEL MARTILLERO PUBLICO SON DE CUENTA DEL ADJUDICATARIO Y ESTA AFECTOS AL IGV. DETERMINADOS SEGÚN LEY N° 27728, LEY N° 28371 Y SU REGLAMENTO (D.S. N° 008-2005-JUS).- ILO, ENERO DEL 2018. (16, 17, 18, 19, 22, 23 Enero). REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA EN EL EXP. 00328-2011-0-2802-JM-CI-01 SEGUIDO POR JOSE MARCELINO LECAROS CHAVEZ, SOBRE DIVISION Y PARTICION DE BIEN INMUEBLE EN CONTRA DE SUSANA ENCARNACION LECAROS CHAVEZ; EL SR. JUEZ DEL JUZGADO MIXTO (EX 1°) – ILO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA, DR. ADOLFO POLANCO, ESPECIALISTA LEGAL DRA. JUDITH GALLEGOS RAMOS; HA ORDENADO SACAR A REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA EL BIEN INMUEBLE DE PROPIEDAD DE JOSE MARCELINO LECAROS CHAVEZ Y SUSANA ENCARNACION LECAROS CHAVEZ.- UBICACIÓN DEL INMUEBLE: URBANIZACION POPULAR DE INTERES SOCIAL ALTO ILO MZ – G LOTE 1 ZONA NORTE DEL DISTRITO Y PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA, INSCRITO EN LA PARTIDA N° P08023384 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° XIII – SEDE TACNA, OFICINA REGISTRAL ILO. TASACION: ASCIENDE A LA SUMA DE US$ 113,015.50 (CIENTO TRECE MIL QUINCE CON 50/100 DOLARES AMERICANOS); SIENDO LA BASE DEL REMATE LA SUMA DE US$ 75,343.67 (SETENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES CON 67/100 DOLARES AMERICANOS), QUE EQUIVALE A LAS DOS TERCERAS PARTES DEL VALOR DE LA TASACION. LUGAR, DIA Y HORA DE REMATE: 31 DE ENERO DEL 2018, A HORAS DOCE DEL MERIDIANO (12:00 HORAS), EL CUAL SE LLEVARA A CABO EN EL FRONTIS DEL LOCAL DEL JUZGADO MIXTO (EX 1°) ILO, SITO EN LA CALLE MATARA N° 325 SEGUNDO PISO DEL DISTRITO Y PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA. EL REMATE SERA REALIZADO POR MARTILLERO PUBLIO DRA. PATRICIA VICTORIA VASQUEZ ZUBIETA, CON REGISTRO SUNARP N° 315. AFECTACIONES: A LA FECHA NO SE CONOCEN AFECTACIONES. POSTORES: OBLARAN SUMA NO MENOR A US $ 11,301.55 (ONCE MIL TRESCIENTOS UNO CON 55/100 DOLARES AMERICANOS) EQUIVALENTE AL 10% DEL VALOR D ELA TASACION DEL INMUEBLE, EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA (ENDOSABLE Y CON UNA ANTIGÜEDAD MENOR A 30 DIAS) Y ENTREGARAN EN ORIGINAL Y COPIA: EL DNI DEL POSTOR Y EL RECIBO DEL ARANCEL JUDICIAL CORRESPONDIENTE (TRIBUTO 07153), DONDE CONSTE EL NOMBRE DEL JUZGADO, EL NUMERO DE EXPEDIENTE Y GENERALES DE LEY DEL POSTOR.- EL ADJUDICATA-
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RIO: DEBERA DEPOSITAR EL SALDO DEL PRECIO, DENTRO DEL TERCER DIA DE CERRADA EL ACTA, BAJO APERCIBIMIENTO DE DECLARARSE LA NULIDAD DEL REMATE, TAL Y COMO LO SEÑALA EL ART. 741 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL. LOS HONORARIOS DEL MARTILLERO PUBLICO SERAN A CARGO DEL ADJUDICATARIO UNA VEZ CONCLUIDO EL REMATE, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 732 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL, LA LEY DEL MARTILERO PUBLICO N° 27728 Y SU REGLAMENTO (ARTICULO 18 DEL D.S. N° 008-2005-JUS) ENCONTRANDOSE AFECTOS AL IGV. ILO, 2017 ENERO 04. (15, 16, 17, 18, 19, 22 Enero). PRIMER REMATE PÚBLICO En el proceso sobre Ejecución de Garantías, Expediente Nº 00168-2017-0-2801-JM-CI-01 seguido por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE AREQUIPA S.A. en contra de TOMAS FELICIANO SALAZAR SAIRA, el Juez del Juzgado Mixto (Ex. 2º) de Mariscal Nieto - Moquegua – Sede nuevo Palacio, Dr. Fredy Fernández Sánchez con intervención del Especialista Legal Percy Flores Ramos, se ha dispuesto sacar a Remate Público en Primera convocatoria lo siguiente: DESCRIPCION DEL INMUEBLE: Inmueble ubicado en el Asentamiento Humano Programa Municipal de Vivienda Pampas de San Antonio, manzana “Q2”, lote N° 11, del distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características constan en la Partida Registral Nº P08007637 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna – Oficina Registral de Moquegua. VALOR DE TASACIÓN: US$ 34,927.00 (TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTISIETE CON 00/100 DOLARES AMERICANOS). BASE DEL REMATE: US$ 23,284.67 (VEINTITRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 67/100 DOLARES AMERICANOS), correspondientes a las dos terceras partes de la tasación. GRAVÁMENES: 01) Asiento 00008.- Inscripción de Hipoteca. Se constituye hipoteca hasta por la suma de US$ 34,927.00 a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa. Fecha de inscripción: 27/04/2015. LUGAR, FECHA Y HORA DEL REMATE: El remate se llevará a cabo en el local del Juzgado Mixto (Ex. 2º) de Mariscal Nieto - Moquegua - Sede nuevo Palacio de la Corte Superior de Justicia de Moquegua ubicado en Av. Malecón Ribereño S/N, Distrito de Moquegua, Provincia Mariscal Nieto y Departamento de Moquegua, el día 26 de Enero del 2018 a horas 15:00 (03:00 p.m.) POSTORES: Para ser postor deberá depositarse en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre el 10% de la tasación (US$ 3,492.70), además de arancel judicial respectivo, consignando el Juzgado, DNI del postor y número de Expediente (con copia del arancel y del DNI). El adjudicatario cancela los honorarios del Martillero más IGV., una vez concluido el Remate Público de acuerdo al Artículo 732 del CPC. y D.S. 008-2005-JUS. La diligencia del remate estará a cargo del Martillero Público Víctor Orlando Apaza Morante con Registro Nacional No. 321-SUNARP. Celular 952-603020 y correo:
[email protected]. Moquegua, 09 de Enero del 2018. (12-15-16-17-18-19 Enero) EDICTO PENAL EDICTO PENAL EXP N° 00622-2017-89-2802-JR-PE-01. Se emplaza, notificar a LEONIDAS GOMEZ QUISPE, con la RESOLUCIÓN N° 02. 3.- SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: SE DISPONE REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, para el día 26 DE ENERO DEL 2018, A LAS 10:00 HORAS, en esta misma sala de audiencias, ubicado en el Jirón Junín Nro. 301, Segundo Piso, Distrito y Provincia de ILO, Departamento de Moquegua, quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la Resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declarase al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado para que asista su Abogado defensor bajo apercibimiento de designársele un Abogado de la Defensoría Pública y se realice dicha audiencia y, por último la especialista legal deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fin que las cédulas de notificación dirigido al acusado y los edictos estén diligenciados y obre en el cuaderno de Debates, bajo apercibimiento
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La República
de remitirse copias certificadas a ODECMA a fin que procedan conforme a sus atribuciones. 3.2.SEGUNDO: SE DISPONE se notifique al acusado en su domicilio consignado en el Requerimiento de Acusación, en el domicilio real de la Ficha RENIEC del acusado y mediante Edictos; dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas de los principales actuado a ODECMA a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada de la abogada Miriam Roció Mendoza Pacori se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicará a las autoridades pertinentes de la conducta procesal de la abogada antes referida, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia del señor Fiscal se comunicará a su órgano de control, a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.4.- CUARTO: SE DISPONE tenerse por apersonada a la señorita Miriam Roció Mendoza Pacori como abogada del acusado, por señalado su domicilio procesal, lugar donde se le deberá de notificar todas las resoluciones emitidas en el presente proceso. 3.5.- QUINTO: SE DISPONE tenerse por notificado a todos las partes asistentes a esta audiencia con la presente resolución. Tómese Razón y Hágase Saber.- (19, 22, 23 Enero). EDICTO PENAL EXP N° 00377-2017-81-2802-JR-PE-01. Se emplaza, notificar a NELSON GONZALES CACERES, con la RESOLUCIÓN N° 02. 3.- SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: SE DISPONE REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, para el día 26 DE ENERO DEL 2018, A LAS 09:30 HORAS, en esta misma sala de audiencias, ubicado en el Jirón Junín Nro. 301, Segundo Piso, Distrito y Provincia de ILO, Departamento de Moquegua, quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la Resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declarase al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado para que asista su Abogado defensor bajo apercibimiento de designársele un Abogado de la Defensoría Pública y se realice dicha audiencia y, por último la especialista legal deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fin que las cédulas de notificación dirigido al acusado y los edictos estén diligenciados y obre en el cuaderno de Debates, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA a fin que procedan conforme a sus atribuciones. 3.2.SEGUNDO: SE DISPONE se notifique al acusado en su domicilio consignado en el Requerimiento de Acusación, en el domicilio real de la Ficha RENIEC del acusado, mediante Edictos y vía celular, para tal efecto la especialista de audiencias deberá levantar la constancia correspondiente de notificación vía celular al acusado; dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas de los principales actuado a ODECMA a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada de la abogada Lena Guadalupe Cori Humire se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicará a las autoridades pertinentes de la conducta procesal de la abogada antes referida, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia de la señorita Fiscal se comunicará a su órgano de control, a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.4.- CUARTO: SE DISPONE tenerse por notificado a todos las partes asistentes a esta audiencia con la presente resolución. Tómese Razón y Hágase Saber.- (19, 22, 23 Enero). EDICTO PENAL Expediente Nº 017-2015-26-2801-JR-PE-03. Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto. Especialista: Yeny Mendoza Condori. Dado cuenta, el escrito N° 13617-2017, presentado por la abogada de la Procuraduría Púbica Especializado en Delitos de Corrupción, conforme a lo solicitado, se dispone requerir al sentenciado JUAN OSWALDO HUANCA MERMA, para que cumpla con el pago de la reparación civil establecida en la sentencia N° 38-2016 de fecha 19 de agosto del 2016, en el plazo de TRES DIAS, respecto de los apercibimientos los mismos deben de ser solicitados por el representante del Ministerio Público.Tómese Razón y Hágase Saber.-Especialista Legal Abog. Yeny
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
Mendoza Condori.- Moquegua, 15 de enero del 2018. (19-22-23 Enero) EDICTO PENAL EXP: 00622-2017-89-2802-JR-PE-01. Se emplaza, notifica a LEONIDAS GOMEZ QUISPE, con la RESOLUCION N° 01 Por lo que SE RESUELVE: 31.- PRIMERO: PROGRAMAR la AUDIENCIA UNICA DE JUICIO INMEDIATO, con Carácter INAPLAZABLE para el día DIECIOCHO DE ENERO DEL DOS MIL DIECIOCHO a las DOCE DEL MEDIO DIA CON TREINTA MINUTOS, en la Sala de Audiencias del Módulo Penal de llo sito en Jirón Junín 301 de esta ciudad — segundo piso; Debiendo el especialista legal realizar las coordinaciones pertinentes para que el acusado esté debidamente notificado en el domicilio real que obra en el escrito de acusación y mediante EDICTOS; asimismo que estén notificados todas las partes del presente proceso y por último las cédulas de notificación debidamente diligenciadas de todas las partes deberán estar agregadas en el cuaderno de debates, bajo responsabilidad. 3.2. SEGUNDO: DISPONER la concurrencia obligatoria de la Fiscal del Segundo Despacho de Decisión Temprana de llo y del abogado defensor del imputado Dr. Fredy Mamani Callalla; siendo que en caso de inasistencia del abogado defensor se le impondrá una MULTA equivalente a (2 URP) así como dar cuenta su Superior o al Colegio de abogados que corresponda; sin perjuicio de ser subrogado de la defensa y designarse nuevo abogado defensor conforme a ley. Por lo que, a fin de garantizar la defensa técnica del acusado se dispone oficiar a la Defensoría Pública de llo a fin de que designe a un abogado defensor público y concurra a la audiencia señalada, la misma que tiene el carácter de inaplazable, y en caso de inasistencia del Ministerio Publico de comunicar a su Órgano de Control para que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3. TERCERO: SE DISPONE la concurrencia obligatoria del acusado, bajo apercibimiento de ser declarado contumaz o ausente conforme establece el numeral 1 y 2 articulo 79 del Código Procesal Penal y el numeral 4 del artículo 355 Código Procesal Penal. 3.4. CUATRO: SE COMUNICA: Que las partes son responsables de convocar a sus órganos de prueba y de garantizar su presencia en la audiencia, bajo apercibimiento de prescindirse de ellos, en aplicación del numeral 2 articulo 448 del Código Procesal Penal. 4.5.- QUINTO: DISPONER la notificación de los sujetos procesales en las casillas electrónicas, domicilios procesales, direcciones domiciliarias de todas las partes, o vía telefónica según fuese en el caso; bajo responsabilidad funcional. Tómese Razón y Hágase Saber.- (18, 19, 22 Enero).
Febrero del 2018 a horas 11:30 am y 16 de febrero del 2018 a horas 16:00 am; asimismo se fija la fecha de audiencia de juicio oral, teniendo en cuenta la pluralidad de agraviados y testigos que se tiene que notificar. 3.8.- DISPONER: Se notifique a todos los sujetos procesales, testigos y peritos dentro del plazo de ley. Tómese Razón y Hágase Saber.- (18, 19, 22 Enero). EDICTO PENAL EXP N° 00582-2017-67-2802-3R-PE-01. Se emplaza, notificar a JUAN VICTOR MALDONADO QUISPE, con la RESOLUCIÓN N° 02. 3.- SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: SE DISPONE REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, para el día 26 DE ENERO DEL 2018, A LAS 08:40 HORAS, en esta misma sala de audiencias, ubicado en el Jirón Junín Nro. 301, Segundo Piso, Distrito y Provincia de ILO, Departamento de Moquegua, quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la Resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declarase al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado para que asista su Abogado defensor bajo apercibimiento de designársele un Abogado de la Defensoría Pública y se realice dicha audiencia y, por último el especialista legal deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fin que las cédulas de notificación dirigido al acusado y los edictos estén diligenciados y obre en el cuaderno de Debates, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA a fin que procedan conforme a sus atribuciones. 3.2.- SEGUNDO: SE DISPONE se Notifique al acusado en su domicilio consignado en el Requerimiento de Acusación, en el domicilio real de la Ficha RENIEC del acusado y mediante Edictos, dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas de los principales actuado a ODECMA a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada de la abogada Lena Guadalupe Cori Humire se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicara a las autoridades pertinentes de la conducta procesal del abogado antes referida, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia de la señorita Fiscal se comunicara a su órgano de control, a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3 .4.- CUARTO: SE DISPONE tenerse por notificado a todos las partes asistentes a (17, 18, 19 Enero). EDICTO
EDICTO PENAL EXP: 00158-2017-83-2802-JR-PE-01, Se emplaza, notifica a YEAN CARLOS QUILCA CCORI, con la RESOLUCION N° 01 Por lo que SE RESUELVE: 3.1.PRIMERO.- SE RESUELVE CITAR A JUICIO ORAL EMPLAZANDO A: 3.1.1.- AL ACUSADO YEAN CARLOS QUILCA CCORI, Sin documento de identificad sin domicilio real, por lo que se dispone su notificación vía edictos; para su asistencia al juicio bajo apercibimiento de ser declarado reo Ausente o Contumaz. 3.1.2.- Al Ministerio Público, Fiscal Provincial del Tercer Despacho de Investigación de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de 110, bajo responsabilidad y, de ser el caso, de disponerse su exclusión y requerirse su reemplazo al Fiscal Superior en grado; debiendo ser notificado y citado en el domicilio legal y procesal señalado en autos. 3.1.3.- A la Agraviada: Benedicto Vargas Prado; debiendo ser notificada y citada en subdirección domiciliaria actual como en su domicilio procesal, señalados en autos; asimismo la Especialista de Audiencias deberá realizar las coordinaciones pertinentes para que todas las notificaciones se realicen a todos los sujetos procesales, a todos los testigos y peritos, debiendo obrar en el cuaderno de debates todas las cedula de notificaciones debidamente diligenciadas y foliados, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA, a fin que procedan conforme a sus atribuciones. 3.2.- SEGUNDO.- SEDE DE JUZGAMIENTO: El Juicio Oral se realizará en la Sala de audiencias del Módulo Penal, ubicado en calle Junín 301, 2do piso, Distrito y Provincia de llo, Departamento de Moquegua. 3.3.- TERCERO.- FECHAS DE JUZGAMIENTO: El 02 de Febrero del 2018 a las 16:00 horas, Continuación 07 de Febrero del 2017 a horas 16:00 pm, el 08 de Febrero del 2018 a horas 16:00 pm, el día 09 de
EDICTO RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO ANTE EL JUZGADO MIXTO DE LA PROVINCIA DE ILO, JUEZ DR. ADOLFO CORNEJO POLANCO, SECRETARIO DRA. JUDITH GALLEGOS RAMOS, EXPEDIENTE N° 00526-2017-0-2802-JM-CI-01, SE HA DISPUESTO PUBLICARSE MEDIANTE EDICTO LA RESOLUCION N° 02 DE FECHA 18 DE DICIEMBRE DEL 2017, MEDIANTE LA CUAL SE ADMITE LA DEMANDA INTERPUESTA POR EDWIN RAUL CAPATINTA CHAVEZ, SOBRE CAMBIO DE APELLIDO, PATERNO DE “CAPATINTA” AL DE “BARRIOS” DEBIENDO APARECER FN LO FUTURO COMO “EDWIN RAÚL RARRIOS CHAVEZ” LA MISMA DEBERÁ TRAMITARSE EN LA VIA DE PROCESO NO CONTENSIOSO, CON CONOCIMIENTO DEL MINISTERIO PUBLICO. SEÑALANDOSE FECHA PARA LA AUDIENCIA DE ACTUACION Y DECLARACION JUDICIAL, PARA EL DIA OCHO DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, LO QUE SE PUBLICA PARA FINES DE LEY. ILO, 17 DE ENERO DEL 2018. (19 Enero). EDICTO Ante el Juzgado Mixto – Moquegua que despacha Juez Fredy Fernández Sánchez, Secretario Percy Flores Ramos, Expediente N° 2017-0735-0-CI, proceso No Contencioso, Paulino Llamoca Yucra y Benita Ccotaluque Yucra, vienen solicitando CAMBIO DE NOMBRE, esperando que en la Partida de Nacimiento N° 60065746 perteneciente a su menor hija IVEDCI EVELIN LLAMOCA CCOTALUQUE, se proceda a sustituir sus nombres IVEDCI EVELIN por MARY FERNANDA para que en lo sucesivo y en forma definitiva aparezca como MARY FERNANDA LLAMOCA CCOTALUQUE. Siendo la au-
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diencia el día 18 de abril del 2018 a las 11:30 a.m. Moquegua, 08 de enero del 2018. Javier A. Villalobos Soto – Abogado. C.A.A. N° 5662. Abog. Percy Flores Ramos. Secretario Judicial. Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (19 Enero) EDICTO Ante el Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, que despacho el señor Juez, Fredy Fernández Sánchez, Especialista Dra. Gaby Nina Escobar, Expediente N°00570-2017-0-2801-JM-CI-02, se ha emitido la resolución N° 02.- de fecha 16 de octubre del 2017, que RESUELVE: Admitir a trámite la demanda sobre ´PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, Interpuesta por DANIEL PAREDE RAMOS y JULIA QUISPE RAMOS, en contra de YOLNDA AGUILAR CHAMBILLA, debiendo de tramitarse en la Vía del proceso Abreviado, traslado de la demanda a la demandad VIA EDICTOS. Por el plazo de (10 ) días hábiles, para que contesten la demanda bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal, debiendo emplazarse además a los vecinos colindantes en calidad de citados 1) María Natividad Chambilla de Salas, 2) Eugenia Parisaca Ramos, 3) Richard Modesto Choque Carita PRETENSIÓN: que tiene por objeto se nos declare propietarios por prescripción Adquisitiva de Dominio a los demandantes, del inmueble ubicado en la Manzana 1 Lote 12 Sector A-10 del Centro Poblado Menor de San Antonio – Distrito de Moquegua, Provincia de Mariscal Nieto, e inscrito en la Partida Registral N° 11004382 del Registro Predial Urbano Zona Registral N° XIII SEDE – Moquegua, la misma que tiene un área de 144.00 m2. Moquegua, 17 de Enero del 2018. Felipe Isaias Apaza Pacsi – Abogado. Reg. N° C.A.A 4347. Abog. Gaby Edith Nina Escobar. Secretario Judicial – Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (19-23-25 Enero) EDICTO CAMBIO DE NOMBRE.- ante el Juzgado Mixto (ex 2°) sede nuevo palacio de la Corte Superior de Justicia de Moquegua que despacha el Dr. Juez FERNANDEZ SANCHEZ FREDY especialista legal Dr. PERCY FLORES RAMOS, expediente N°00630-20170-2801-JM-CI-02 sobre cambio de nombre donde dice SHEYNER LINER ZAPATA FLORES y debe decir JEYNER ALEJANDRO ZAPATA FLORES; resuelve ADMITIR a trámite la solicitud de Rectificación de Partida (Cambio de Nombre), presentada por SHEYNER LINER ZAPATA FLORES, para que en lo posterior su nombre sea cambiado por el de JEYNER ALEJANDRO, debiendo quedar como JEYNER ALEJANDRO ZAPATA FLORES. Corresponde tramitarse en la Vía del Proceso No Contencioso. SE DISPONE se efectúen las publicaciones en el Diario Oficial “El Peruano” y otro en el Diario Encargado de los Avisos Judiciales de esta ciudad; por ofrecidos los medios probatorios, agréguese a sus antecedentes los anexos acompañados. SE DISPONE el JUZGAMIENTO ANTICIPADO DEL PROCESO, en razón a que la integridad de los medios probatorios ofrecidos son documentos, los que serán valorados al momento de resolver. En consecuencia, se dispone el ingreso de LOS AUTOS A DESPACHO PARA SENTENCIAR en el turno correspondiente y una vez que se adjunten las publicaciones de Ley. Moquegua 17 de enero del 2018 – Victor Andrés Cuayla Peñaloza – Abogado – CAM N° 0991. Abog. Percy Flores Ramos – Secretario Judicial – Juzgado Mixto de Mariscal Nieto. Corte Superior de Justicia de Moquegua. (19 Enero) EDICTO Ante Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, que despacha el Sr. Juez Dr. Julio Martín Pinazo Quispe, Especialista Eber Colque Valdivia, en el Expediente Nro. 00510-2017-0-2802-JP-CI-01, Gerarda Arce Layme está solicitando la rectificación de su partida de nacimiento en lo concerniente a los nombres su padre y madre, quien figura como hija de Jesús Arce Castellanos y Celia Layme Aro de veinte años de edad, debiendo figurar en adelante como hija de Jesus Arce Arce y Margarita Layme Aro de quince años de edad, lo que se pone en conocimiento a los 10 de enero del 2018.- Eber Colque Valdivia. Secretario Judicial – 2da. Secretaria – Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (19 Enero) INSCRIPCION PARTIDA DE DEFUNCIÓN
INSCRIPCION PARTIDA DE DEFUNCIÓN EXP. N° 00563-2017-0-2801-JP-CI-02 Ante Segundo Juzgado de Paz de Mariscal Nieto, que despacha Dra. Lidia Josefina Vega Valencia, Especialista Dra. Melisa Paola Manchego Rivera, se ha admitido demanda de JULIO EDUARDO COAYLA LEON sobre INSCRIPCION DE PARTIDA DE DEFUNCION de su padre CIPRIANO COAYLA HURTADO, a fin de que se inscriba su defunción ante la municipalidad Provincial de Mariscal Nieto. Se señala para la Audiencia de ley el 31 de Enero del 2017 a las 10.00 am., disponiéndose las publicaciones en el Diario “La Republica”; y en el cartel del local del Juzgado. Moquegua, 16 de Enero del 2018. Esperanza Catacora de Cornejo – Abogada. Reg. C.A.M. N° 010; Abog. Melisa Manchego Rivera – Primera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto. Corte Superior de Justicia de Moquegua. (17-18-19 Marzo) REMATE JUDICIAL PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO JUDICIAL En el expediente Nro.00140-2017-0-2802-JMCI-01, en los seguidos por SCOTIABANK PERU S.A.A. contra BONIFACIO AROCUTIPA AROCUTIPA y ROSA MIRTHA CHOQUE FLORES, sobre Ejecución de Garantías, el Juzgado Mixto (Ex 1º) de Ilo, que despacha el Juez Dr. Adolfo Cornejo Polanco, Especialista Legal Dr. Marco Cáceres Ninaja, han dispuesto sacar a REMATE PUBLICO en PRIMERA CONVOCATORIA, el bien inmueble ubicado en Asentamiento Humano PROMUVI V, sector B, manzana 83, lote 9, Distrito Ilo, Provincia Ilo y Departamento de Moquegua, de un área de 160.00 M2, cuyo dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características técnicas, se encuentran inscritas en la Partida Electrónica N° P08013905, del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nro. XIII-Sede Tacna. (Oficina Registral Ilo). VALOR DE TASACION: El valor de tasación del predio rural asciende a la suma de S/211,099.20 (Doscientos once mil noventa y nueve con 20/100 Soles). PRECIO BASE DE REMATE: Las 2/3 partes del valor de la tasación es equivalente a S/140,732.80 (Ciento cuarenta mil setecientos treinta y dos con 80/100 Soles). AFECTACIONES DEL BIEN: Según la Partida Registral aparecen en los asientos: Asiento Nº 00006: HIPOTECA: A favor del acreedor SCOTIABANK PERU S.A.A., hasta por la suma de S/.180,000.00, para garantizar el pago de un préstamo de S/.120,000.00, otorgado al deudor Bonifacio Arocutipa Arocutipa y Rosa Mirtha Choque Flores, intereses, así como todas sus deudas y obligaciones frente al acreedor. Según consta de la escritura pública de fecha 25/05/2015, otorgada por Notario Público Jhon Soto Gamero, en la ciudad de Ilo. Asiento Nº 00007: Embargo.- Medida Cautelar de Embargo en Forma de Inscripción, sobre el predio registrado en la presente partida, de propiedad del demandado Bonifacio Arocutipa Arocutipa y Rosa Mirtha Choque Flores, hasta por la suma de S/.35,000.00 Nuevos Soles a favor de la demandante COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA LTDA, según se dispone mediante Resolución judicial Nº01 de fecha 01/07/2016, suscrito por el Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, Julio Martin Pinazo Quispe, con intervención del Testigo Actuario Christian Najar Blanco, Expediente Nº 00359-2016-20-2802-JP-CI-02. LUGAR DEL REMATE: El bien inmueble se rematará en el local del Juzgado Mixto (Ex 1º) de Ilo, ubicado en la calle Matará Nº325 del Distrito y Provincia de Ilo y Departamento de Moquegua. DIA Y HORA DEL REMATE: El día 31 de Enero del 2018, a horas 03:00 de la tarde. POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del remate haya depositado, en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre (SIN SELLO NO NEGOCIABLE), una cantidad no menor del 10% del valor de la tasación, esto es la suma de S/21,109.92 (Veintiún mil ciento nueve 92/100 Soles), suma que será devuelta íntegramente a los postores no beneficiados, debiendo además presentar el arancel judicial por derecho a participar en remate judicial de bienes inmuebles por la suma de S/607.50, donde conste el nombre del Juzgado, número de expediente y DNI o RUC. y traer copias de su DNI y arancel judicial y presentar su DNI; tratándose de personas jurídicas deberán además de presentar vigencia de poder correspondiente, DNI y copias. SALDO DE PRECIO: De ser
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el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro de tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario, una vez concluido el remate, de conformidad con el artículo 732 del Código Procesal Civil, la Ley del Martillero Público Nro. 27728 y su Reglamento (Artículo 18 del D.S. Nro. 008.2005 JUS) y están afectos al IGV. La diligencia de remate estará a cargo del Martillero Público Luis Beltrán Ramos Ortega, con Registro Nro. 292. Ilo, 12 de Enero del 2018 (17, 18, 19, 22, 23, 24 Enero). PRIMER REMATE JUDICIAL EN EL PROCESO SOBRE OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, EXPEDIENTE N° 00409-2014-0-2802-JPCI-01, QUE SIGUE CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO AREQUIPA EN CONTRA DE GILBER CUSIHUAMAN VARGAS COMO OBLIGADO PRINCIPAL Y MAURO CUSIHUAMAN HUAMAN Y GUILLERMINA VARGAS PONCE COMO FIADORES SOLIDARIOS. EL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ILO, A CARGO DEL JUEZ DOCTOR WILLIAMS NORABUENA CARPIO, CON INTERVENCION DEL ESPECIALISTA LEGAL NAOKA ARUHUANCA CCOPA, HA DISPUESTO EL PRIMER REMATE DEL INMUEBLE DE PROPIEDAD DE GUILLERMINA VARGAS PONCE Y MAURO CUSIHUAMAN HUAMAN; UBICADO Y SIGNADO REGISTRALMENTE EN ASENTAMIENTO HUMANO PROGRAMA MUNICPAL DE VIVIENDA N° IV, NUEVO ILO, MZ 36 LOTE 8, DEL DISTRITO Y PROVINCIA D ILO DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA; CUYA AREA, LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS ESTAN INSCRITOS EN LA PARTIDA REGISTRAL N° P08025500 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE LOS REGISTROS PUBLICOS DE ILO.- FUNCIONARIO A CARGO DEL REMATE; MARTILLERO PUBLICO OSCAR RONALD CORNEJO BARRAGAN CON REGISTRO N° 266. LUGAR, DIA Y HORA DE REMATE; REMATE QUE SE REALIZARA EL DIA VENITISEIS DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL MEDIODIA, EN EL LOCAL DEL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ILO, UBICADO EN CALLE MATARA 325 – ILO, PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA,.- VALOR DE TASACION COMERCIAL: S/ 113,920.37 SOLES. (CIENTO TRECE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 91/100 SOLES). QUE EQUIVALE A LAS DOS TERCERAS PARTES DEL VALOR DE LA TASACION POR TRATARSE DE UN REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA. AFECCTACIONES: QUE CORREN INSCRITAS EN LA PARTIDA REGISTRAL N° P08025500 CONFORME OBRA EN EXPEDIENTE.- ASIENTO 00008.- ANOTACION DE EMBARGO.- EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION A FAVOR DEL (LOS) DEMANDANTE, HASTA POR S/ 20,000.00, POR HABERO ORDENADO EL JUEZ DEL 1ER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ILO, DR. (A) ANGELICA ORE ROJAS, MEDIANTE RESOLUCION N° 01 DEL 26/11/2014, EN EL EXPEDIENTE N° 000409-2014-50-2802-JP-CI-01 SOBRE OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO EN CONTRA DEL (LOS) DEMANDADO(S). SEGÚN CONSTA DE LA CITADA RESOLUCION, REMITIDA CON OFICIO N° 1639-2014-1JPLI-CSJM-PJ DEL 02/12/2014.LA QUE ES MATERIA DEL PRESENTE PROCESO.- NO SE CONOCEN OTRAS AFECTACIONES REQUSITOS PARA SER POSTORES: LOS INTERESADOS PARA SER POSTORES, DEBERAN; DEPOSITAR PREVIO AL ACTO DEL REMATE UNA CANTIDAD DINERARIA NO MENOR AL 10% DEL VALOR DE LA TASACION, EN EFECTIVO O EN CHEQUE DE GERENCIA GIRADO A SU NOMBRE; ENTREGAR AL ARANCEL JUDICIAL PARA PARTICIPAR EN EL REMATE JUDICIAL PAGADO EN EL BANCO DE LA NACION (INDICANDO NUMERO DE EXPEDIENTE, JUZGADO Y SU NUMERO DE DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD) Y D.N.I. (COPIA Y TASA JUDICIAL). LOS HONORARIOS DEL MARTILLERO PUBLICO SON DE CUENTA DEL ADJUDICATARIO Y ESTA AFECTOS AL IGV. DETERMINADOS SEGÚN LEY N° 27728, LEY N° 28371 Y SU REGLAMENTO (D.S. N° 008-2005-JUS).- ILO, ENERO DEL 2018. (16, 17, 18, 19, 22, 23 Enero). REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA EN EL EXP. 00328-2011-0-2802-JM-CI-01 SEGUIDO POR JOSE MARCELINO LECAROS CHAVEZ, SOBRE DIVISION Y PARTICION DE BIEN INMUEBLE EN CONTRA DE SUSANA ENCARNACION LECAROS CHAVEZ; EL SR. JUEZ DEL JUZGADO MIXTO (EX 1°) – ILO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA, DR. ADOLFO POLANCO, ESPECIALISTA LEGAL DRA. JUDITH GALLEGOS RAMOS; HA ORDENADO
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
SACAR A REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA EL BIEN INMUEBLE DE PROPIEDAD DE JOSE MARCELINO LECAROS CHAVEZ Y SUSANA ENCARNACION LECAROS CHAVEZ.- UBICACIÓN DEL INMUEBLE: URBANIZACION POPULAR DE INTERES SOCIAL ALTO ILO MZ – G LOTE 1 ZONA NORTE DEL DISTRITO Y PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA, INSCRITO EN LA PARTIDA N° P08023384 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° XIII – SEDE TACNA, OFICINA REGISTRAL ILO. TASACION: ASCIENDE A LA SUMA DE US$ 113,015.50 (CIENTO TRECE MIL QUINCE CON 50/100 DOLARES AMERICANOS); SIENDO LA BASE DEL REMATE LA SUMA DE US$ 75,343.67 (SETENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES CON 67/100 DOLARES AMERICANOS), QUE EQUIVALE A LAS DOS TERCERAS PARTES DEL VALOR DE LA TASACION. LUGAR, DIA Y HORA DE REMATE: 31 DE ENERO DEL 2018, A HORAS DOCE DEL MERIDIANO (12:00 HORAS), EL CUAL SE LLEVARA A CABO EN EL FRONTIS DEL LOCAL DEL JUZGADO MIXTO (EX 1°) ILO, SITO EN LA CALLE MATARA N° 325 SEGUNDO PISO DEL DISTRITO Y PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA. EL REMATE SERA REALIZADO POR MARTILLERO PUBLIO DRA. PATRICIA VICTORIA VASQUEZ ZUBIETA, CON REGISTRO SUNARP N° 315. AFECTACIONES: A LA FECHA NO SE CONOCEN AFECTACIONES. POSTORES: OBLARAN SUMA NO MENOR A US $ 11,301.55 (ONCE MIL TRESCIENTOS UNO CON 55/100 DOLARES AMERICANOS) EQUIVALENTE AL 10% DEL VALOR D ELA TASACION DEL INMUEBLE, EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA (ENDOSABLE Y CON UNA ANTIGÜEDAD MENOR A 30 DIAS) Y ENTREGARAN EN ORIGINAL Y COPIA: EL DNI DEL POSTOR Y EL RECIBO DEL ARANCEL JUDICIAL CORRESPONDIENTE (TRIBUTO 07153), DONDE CONSTE EL NOMBRE DEL JUZGADO, EL NUMERO DE EXPEDIENTE Y GENERALES DE LEY DEL POSTOR.- EL ADJUDICATARIO: DEBERA DEPOSITAR EL SALDO DEL PRECIO, DENTRO DEL TERCER DIA DE CERRADA EL ACTA, BAJO APERCIBIMIENTO DE DECLARARSE LA NULIDAD DEL REMATE, TAL Y COMO LO SEÑALA EL ART. 741 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL. LOS HONORARIOS DEL MARTILLERO PUBLICO SERAN A CARGO DEL ADJUDICATARIO UNA VEZ CONCLUIDO EL REMATE, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 732 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL, LA LEY DEL MARTILERO PUBLICO N° 27728 Y SU REGLAMENTO (ARTICULO 18 DEL D.S. N° 008-2005-JUS) ENCONTRANDOSE AFECTOS AL IGV. ILO, 2017 ENERO 04. (15, 16, 17, 18, 19, 22 Enero). PRIMER REMATE PÚBLICO En el proceso sobre Ejecución de Garantías, Expediente Nº 00168-2017-0-2801-JM-CI-01 seguido por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE AREQUIPA S.A. en contra de TOMAS FELICIANO SALAZAR SAIRA, el Juez del Juzgado Mixto (Ex. 2º) de Mariscal Nieto - Moquegua – Sede nuevo Palacio, Dr. Fredy Fernández Sánchez con intervención del Especialista Legal Percy Flores Ramos, se ha dispuesto sacar a Remate Público en Primera convocatoria lo siguiente: DESCRIPCION DEL INMUEBLE: Inmueble ubicado en el Asentamiento Humano Programa Municipal de Vivienda Pampas de San Antonio, manzana “Q2”, lote N° 11, del distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características constan en la Partida Registral Nº P08007637 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna – Oficina Registral de Moquegua. VALOR DE TASACIÓN: US$ 34,927.00 (TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTISIETE CON 00/100 DOLARES AMERICANOS). BASE DEL REMATE: US$ 23,284.67 (VEINTITRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 67/100 DOLARES AMERICANOS), correspondientes a las dos terceras partes de la tasación. GRAVÁMENES: 01) Asiento 00008.- Inscripción de Hipoteca. Se constituye hipoteca hasta por la suma de US$ 34,927.00 a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa. Fecha de inscripción: 27/04/2015. LUGAR, FECHA Y HORA DEL REMATE: El remate se llevará a cabo en el local del Juzgado Mixto (Ex. 2º) de Mariscal Nieto - Moquegua - Sede nuevo Palacio de la Corte Superior de Justicia de Moquegua ubicado en Av. Malecón Ribereño S/N, Distrito de Moquegua, Provincia Mariscal Nieto y Departamento de Moquegua, el día 26 de Enero del 2018 a horas 15:00 (03:00 p.m.) POSTORES: Para ser postor deberá depositarse en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre
el 10% de la tasación (US$ 3,492.70), además de arancel judicial respectivo, consignando el Juzgado, DNI del postor y número de Expediente (con copia del arancel y del DNI). El adjudicatario cancela los honorarios del Martillero más IGV., una vez concluido el Remate Público de acuerdo al Artículo 732 del CPC. y D.S. 008-2005-JUS. La diligencia del remate estará a cargo del Martillero Público Víctor Orlando Apaza Morante con Registro Nacional No. 321-SUNARP. Celular 952-603020 y correo:
[email protected]. Moquegua, 09 de Enero del 2018. (12-15-16-17-18-19 Enero) EDICTO PENAL EDICTO PENAL EXP N° 00622-2017-89-2802-JR-PE-01. Se emplaza, notificar a LEONIDAS GOMEZ QUISPE, con la RESOLUCIÓN N° 02. 3.- SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: SE DISPONE REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, para el día 26 DE ENERO DEL 2018, A LAS 10:00 HORAS, en esta misma sala de audiencias, ubicado en el Jirón Junín Nro. 301, Segundo Piso, Distrito y Provincia de ILO, Departamento de Moquegua, quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la Resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declarase al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado para que asista su Abogado defensor bajo apercibimiento de designársele un Abogado de la Defensoría Pública y se realice dicha audiencia y, por último la especialista legal deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fin que las cédulas de notificación dirigido al acusado y los edictos estén diligenciados y obre en el cuaderno de Debates, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA a fin que procedan conforme a sus atribuciones. 3.2.SEGUNDO: SE DISPONE se notifique al acusado en su domicilio consignado en el Requerimiento de Acusación, en el domicilio real de la Ficha RENIEC del acusado y mediante Edictos; dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas de los principales actuado a ODECMA a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada de la abogada Miriam Roció Mendoza Pacori se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicará a las autoridades pertinentes de la conducta procesal de la abogada antes referida, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia del señor Fiscal se comunicará a su órgano de control, a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.4.- CUARTO: SE DISPONE tenerse por apersonada a la señorita Miriam Roció Mendoza Pacori como abogada del acusado, por señalado su domicilio procesal, lugar donde se le deberá de notificar todas las resoluciones emitidas en el presente proceso. 3.5.- QUINTO: SE DISPONE tenerse por notificado a todos las partes asistentes a esta audiencia con la presente resolución. Tómese Razón y Hágase Saber.- (19, 22, 23 Enero). EDICTO PENAL EXP N° 00377-2017-81-2802-JR-PE-01. Se emplaza, notificar a NELSON GONZALES CACERES, con la RESOLUCIÓN N° 02. 3.- SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: SE DISPONE REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, para el día 26 DE ENERO DEL 2018, A LAS 09:30 HORAS, en esta misma sala de audiencias, ubicado en el Jirón Junín Nro. 301, Segundo Piso, Distrito y Provincia de ILO, Departamento de Moquegua, quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la Resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declarase al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado para que asista su Abogado defensor bajo apercibimiento de designársele un Abogado de la Defensoría Pública y se realice dicha audiencia y, por último la especialista legal deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fin que las cédulas de notificación dirigido al acusado y los edictos estén diligenciados y obre en el cuaderno de Debates, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA a fin que procedan conforme a sus atribuciones. 3.2.-
SEGUNDO: SE DISPONE se notifique al acusado en su domicilio consignado en el Requerimiento de Acusación, en el domicilio real de la Ficha RENIEC del acusado, mediante Edictos y vía celular, para tal efecto la especialista de audiencias deberá levantar la constancia correspondiente de notificación vía celular al acusado; dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas de los principales actuado a ODECMA a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada de la abogada Lena Guadalupe Cori Humire se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicará a las autoridades pertinentes de la conducta procesal de la abogada antes referida, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia de la señorita Fiscal se comunicará a su órgano de control, a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.4.- CUARTO: SE DISPONE tenerse por notificado a todos las partes asistentes a esta audiencia con la presente resolución. Tómese Razón y Hágase Saber.- (19, 22, 23 Enero). EDICTO PENAL Expediente Nº 017-2015-26-2801-JR-PE-03. Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto. Especialista: Yeny Mendoza Condori. Dado cuenta, el escrito N° 13617-2017, presentado por la abogada de la Procuraduría Púbica Especializado en Delitos de Corrupción, conforme a lo solicitado, se dispone requerir al sentenciado JUAN OSWALDO HUANCA MERMA, para que cumpla con el pago de la reparación civil establecida en la sentencia N° 38-2016 de fecha 19 de agosto del 2016, en el plazo de TRES DIAS, respecto de los apercibimientos los mismos deben de ser solicitados por el representante del Ministerio Público.Tómese Razón y Hágase Saber.-Especialista Legal Abog. Yeny Mendoza Condori.- Moquegua, 15 de enero del 2018. (19-22-23 Enero) EDICTO PENAL EXP: 00622-2017-89-2802-JR-PE-01. Se emplaza, notifica a LEONIDAS GOMEZ QUISPE, con la RESOLUCION N° 01 Por lo que SE RESUELVE: 31.- PRIMERO: PROGRAMAR la AUDIENCIA UNICA DE JUICIO INMEDIATO, con Carácter INAPLAZABLE para el día DIECIOCHO DE ENERO DEL DOS MIL DIECIOCHO a las DOCE DEL MEDIO DIA CON TREINTA MINUTOS, en la Sala de Audiencias del Módulo Penal de llo sito en Jirón Junín 301 de esta ciudad — segundo piso; Debiendo el especialista legal realizar las coordinaciones pertinentes para que el acusado esté debidamente notificado en el domicilio real que obra en el escrito de acusación y mediante EDICTOS; asimismo que estén notificados todas las partes del presente proceso y por último las cédulas de notificación debidamente diligenciadas de todas las partes deberán estar agregadas en el cuaderno de debates, bajo responsabilidad. 3.2. SEGUNDO: DISPONER la concurrencia obligatoria de la Fiscal del Segundo Despacho de Decisión Temprana de llo y del abogado defensor del imputado Dr. Fredy Mamani Callalla; siendo que en caso de inasistencia del abogado defensor se le impondrá una MULTA equivalente a (2 URP) así como dar cuenta su Superior o al Colegio de abogados que corresponda; sin perjuicio de ser subrogado de la defensa y designarse nuevo abogado defensor conforme a ley. Por lo que, a fin de garantizar la defensa técnica del acusado se dispone oficiar a la Defensoría Pública de llo a fin de que designe a un abogado defensor público y concurra a la audiencia señalada, la misma que tiene el carácter de inaplazable, y en caso de inasistencia del Ministerio Publico de comunicar a su Órgano de Control para que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3. TERCERO: SE DISPONE la concurrencia obligatoria del acusado, bajo apercibimiento de ser declarado contumaz o ausente conforme establece el numeral 1 y 2 articulo 79 del Código Procesal Penal y el numeral 4 del artículo 355 Código Procesal Penal. 3.4. CUATRO: SE COMUNICA: Que las partes son responsables de convocar a sus órganos de prueba y de garantizar su presencia en la audiencia, bajo apercibimiento de prescindirse de ellos, en aplicación del numeral 2 articulo 448 del Código Procesal Penal. 4.5.- QUINTO: DISPONER la notificación de los sujetos procesales en las casillas electrónicas, domicilios procesales, direcciones domiciliarias de todas las partes, o vía telefónica según fuese en el caso; bajo responsabilidad funcional.
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Tómese Razón y Hágase Saber.- (18, 19, 22 Enero). EDICTO PENAL EXP: 00158-2017-83-2802-JR-PE-01, Se emplaza, notifica a YEAN CARLOS QUILCA CCORI, con la RESOLUCION N° 01 Por lo que SE RESUELVE: 3.1.PRIMERO.- SE RESUELVE CITAR A JUICIO ORAL EMPLAZANDO A: 3.1.1.- AL ACUSADO YEAN CARLOS QUILCA CCORI, Sin documento de identificad sin domicilio real, por lo que se dispone su notificación vía edictos; para su asistencia al juicio bajo apercibimiento de ser declarado reo Ausente o Contumaz. 3.1.2.- Al Ministerio Público, Fiscal Provincial del Tercer Despacho de Investigación de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de 110, bajo responsabilidad y, de ser el caso, de disponerse su exclusión y requerirse su reemplazo al Fiscal Superior en grado; debiendo ser notificado y citado en el domicilio legal y procesal señalado en autos. 3.1.3.- A la Agraviada: Benedicto Vargas Prado; debiendo ser notificada y citada en subdirección domiciliaria actual como en su domicilio procesal, señalados en autos; asimismo la Especialista de Audiencias deberá realizar las coordinaciones pertinentes para que todas las notificaciones se realicen a todos los sujetos procesales, a todos los testigos y peritos, debiendo obrar en el cuaderno de debates todas las cedula de notificaciones debidamente diligenciadas y foliados, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA, a fin que procedan conforme a sus atribuciones. 3.2.- SEGUNDO.- SEDE DE JUZGAMIENTO: El Juicio Oral se realizará en la Sala de audiencias del Módulo Penal, ubicado en calle Junín 301, 2do piso, Distrito y Provincia de llo, Departamento de Moquegua. 3.3.- TERCERO.- FECHAS DE JUZGAMIENTO: El 02 de Febrero del 2018 a las 16:00 horas, Continuación 07 de Febrero del 2017 a horas 16:00 pm, el 08 de Febrero del 2018 a horas 16:00 pm, el día 09 de Febrero del 2018 a horas 11:30 am y 16 de febrero del 2018 a horas 16:00 am; asimismo se fija la fecha de audiencia de juicio oral, teniendo en cuenta la pluralidad de agraviados y testigos que se tiene que notificar. 3.8.- DISPONER: Se notifique a todos los sujetos procesales, testigos y peritos dentro del plazo de ley. Tómese Razón y Hágase Saber.- (18, 19, 22 Enero). EDICTO PENAL EXP N° 00582-2017-67-2802-3R-PE-01. Se emplaza, notificar a JUAN VICTOR MALDONADO QUISPE, con la RESOLUCIÓN N° 02. 3.- SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: SE DISPONE REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, para el día 26 DE ENERO DEL 2018, A LAS 08:40 HORAS, en esta misma sala de audiencias, ubicado en el Jirón Junín Nro. 301, Segundo Piso, Distrito y Provincia de ILO, Departamento de Moquegua, quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la Resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declarase al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado para que asista su Abogado defensor bajo apercibimiento de designársele un Abogado de la Defensoría Pública y se realice dicha audiencia y, por último el especialista legal deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fin que las cédulas de notificación dirigido al acusado y los edictos estén diligenciados y obre en el cuaderno de Debates, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA a fin que procedan conforme a sus atribuciones. 3.2.- SEGUNDO: SE DISPONE se Notifique al acusado en su domicilio consignado en el Requerimiento de Acusación, en el domicilio real de la Ficha RENIEC del acusado y mediante Edictos, dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas de los principales actuado a ODECMA a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada de la abogada Lena Guadalupe Cori Humire se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicara a las autoridades pertinentes de la conducta procesal del abogado antes referida, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia de la señorita Fiscal se comunicara a su órgano de control, a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3 .4.- CUARTO: SE DISPONE tenerse por notificado a todos las partes asistentes a (17, 18, 19 Enero).
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La República
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
Viernes, 19 de enero del 2018