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SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
Martes, 19 de setiembre del 2017
Avisos Judiciales EDICTOS EDICTO SALA MIXTA- Sede Nuevo Palacio. EXPEDIENTE: 00434-2015-0-2801-JM-CI-01. MATERIA: NULIDAD DE ACTO JURIDICO. RELATOR: EDGAR CATACORA GUTIERREZ. DEMANDADO: JARA SABTOS, RUBEN MARIO. VIZCARRA QUISPE, YONY ROSA DEMANDANTE: GARATE CAPATINTA, ROSA BRIGIDA. SE RESUELVE: 1. Declarar la SUCESION PROCESAL de la DEMANDANTE ROSA BRIGIDA GARATE CAPATINTA, debiendo ser reemplazada por sus sucesores legales, y siendo que se desconoce quienes conforman la sucesión de la demandante SE DISPONE que se cumpla con NOTIFICARLE por EDICTO en el Diario Judicial de la Corte Superior de Justicia de Moquegua y en el Diario Oficial El Peruano EN LA TABLILLA DE LA SALA MIXTA y adicionalmente en el DOMICILIO REAL señalado por la fallecida en autos, a fin de que puedan COMPARECER EN EL PLAZO DE TREINTA DIAS HABILES, bajo apercibimiento de continuar el proceso con curador procesal. 2. Dejar SIN EFECTO el señalamiento de la vista de la causa, en merito a la declaración de sucesión procesal efectuada a la demandante. 3. DISPONER que la Servidora Judicial YSABEL ALE PONCE PONGA A LA VISTA de la SECRETARIA el expediente una vez vencido el plazo concedido para que pueda gestionarse el trámite del proceso. Asume competencia el Señor Juez Superior Provisional Erwin Alexi Rodriguez Barreda en mérito de la Resolución Administrativa N” 593-2017-P/CSJMOPJ. SS. GONZALEZ AGUILAR. COAGUILA MITA RODRIGUEZ BARREDA. Moquegua, 12 de Setiembre 2017. (19-20-21 Setiembre) EDICTO JUDICIAL Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto, que Despacha la Doctora Lidia Josefina Vega Valencia y la Secretaria Judicial Abogada Melisa Paola Manchego Rivera, que autoriza el pre-
sente edicto; doña CIRIA ESTELA BARRIOS VIZCARRA DE CELIS, MIRIAN LENCA CELIS BARRIOS, JANNET JACKELINE CELIS BARRIOS y LUIS ENRIQUE CELIS YUPANQUI, solicita la Sucesión Intestada del que en vida fue su conyugue CARLOS WENCESLAO CELIS MANCILLA, fallecido el 29 de Noviembre del 2017, en el Hospital II EsSalud de esta ciudad de Moquegua , mediante la Resolución dos de fecha once de septiembre del 2017, se RESUELVE efectuándose la presente publicación para que los presuntos herederos puedan apersonarse al proceso como tal, al amparo del Art. 834 del C.P.C. En el Expediente Nro. 357-2017-0-2801-JPCI-02 Y, seguido por CIRIA ESTELA BARRIOS VIZCARRA DE CELIS, contra el Ministerio Publico sobre Sucesión Intestada.- Moquegua, 13 de septiembre del 2017. Wilfredo Martín Zapata Zeballos – Abogado. C.A.T. 0596; Abog. Melisa Manchego Rivera. Primera Secretaria del Juzgado de Paz. Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto. Corte Superior de Justicia de Moquegua. (15-1819 Setiembre) EDICTO Exp. N° 00043-2017-0-2801-JMCI-01, en los seguidos por RAMÓN DONATO VIZCARRA TORRES, VICTORIA LUCIA HUACAN DE VIZCARRA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO representado por Hugo Isaias Quispe Mamani 2) JOSE MANUEL FLORES FLORES 3) IDALIA DOMINGA CUEVAS HUACAN 4) PEDRO TORRES CALLA y en calidad de citado el PROCURADOR PUBLICO DE LA MUNICIPALIDAD DE MARISCAL NIETO sobre: RECTIFICACION DE AREA Y LINDEROS. Se RECTIFIQUE el AREA y LINDEROS del terreno inscrito en la FICHA 1036 Partida Nro 05000018 ubicado en la Av. Andres A. Caceres-EI Huayco S/N, Distrito Moquegua, Provincia Mariscal Nieto, Región Moquegua, área 208.60 m2, MEDIDAS PERIMETRICAS Y COLINDANCIAS: Por el FRENTE: Carretera que va a Samegua, por el ESTE: Propiedad de Julio Biondi Bernales, por el NORTE:
Propiedad de Pedro Torres Calla, y por el OESTE Propiedad de los Vendedores. En adelante deberá figurar AREA 509.10 m2; perímetro 94.05 ml, cuyos linderos son: Por el FRENTE (S) Av. Andrés A. Cáceres (carretera que va a Samegua), línea quebrada de cuatro tramos de 7.18 m.l., 6.50 ml, 6.68 ml, 6.52 ml Por la DERECHA (E): Lote 2 y Pasaje N° 3 de la Urb. El Gallito (antes Julio Biondi Bernales), línea quebrada de dos tramos de 26.15 ml, 4.00 m.l. Por la IZQUIERDA (O): Propiedad de Idalia Dominga Cuevas Huacán (antes propiedad de los Vendedores) y Propiedad de Pedro Torres Calla. línea quebrada de seis tramos de 4.08 m.l., 2.37 m.l., 2.82 m.l., 3.37 m.l., 0.71 m.l., 2.00 m.l. Por el FONDO (N): Propiedad de Pedro Torres Calla, línea quebrada de tres tramos de 11.48 m.l.. 1.53 m.l., 8.66 ml., ante el JUZGADO MIXTO DE MARISCAL NIETO, Especialista Legal Dr RAUL ANGEL CCALLO CALLI, Juez Dr. FREDY FERNANDEZ SANCHEZ a proveido, Resolución N° 01 fecha 27 enero 2017, admitir la demanda de RECTIFICACION DE AREA Y LINDEROS. Se pone en conocimiento a los oponentes. Lo que se publica de acuerdo a ley. Moquegua, 12 setiembre 2017. J. Cristian Ramos Cordova – Abogado – Reg. N° 0040 C.A.M.; Abog. Raul Angel Ccallo Calli – Secretario Judicial – Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (13-19-25 Setiembre) NOTIFICACION POR EDICTO NOTIFICACION POR EDICTO En el expediente N°20160004-0-JP-FA-1.Sobre alimentos que sigue Yolanda Mariluz Mamani Pumacota en representación de su hijo menor de edad, en contra de Stalin Grover Guerrero Chavez, el Señor Juez del Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Ichuña Edward Angel Zambrano Murillo con intervención del Especialista Legal Honorio Edilberto Leiva Gonzales; por resolución número seis de fecha treinta y uno de agosto del dos mil
diecisiete, el Juzgado dispone que se efectué la notificación por edictos al demandado Stalin Grover Guerrero Chavez; en donde haciendo un extracto de la resolución donde se admite a trámite la demanda de filiación extrajudicial y alimentos para menor de edad. Se ha dispuesto la notificación de la resolución número uno, de fecha veintidós de setiembre del dos mil dieciséis: “( ) ADMITIR a trámite la demanda de filiación extrajudicial y alimentos interpuesta por Yolanda Mariluz Mamani Pumacota en representación de su menor hijo Cristofer Arturo Guerrero Mamani en contra de Stalin Grover Guerrero Chavez ( )”. Notifíquese al demandado mediante edictos con el admisorio en el diario judicial de Moquegua y en el Portal Web del poder judicial; para que dentro del plazo de quince días comparezca al proceso y absuelva la demanda, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER.-. Fdo Juez Edward Angel Zambrano Murillo y Especialista Legal Honorio Edilberto Leiva Gonzales. Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Ichuña. Corte Superior de Justicia de Moquegua. (19-2021 Setiembre) NOTIFICACION POR EDICTO DE VIOLENCIA FAMILIAR Ante el Juzgado Especializado de Familia que despacha el señor Juez Cesar Augusto Salinas Linares, Secretaria Judicial Pamela Huamán Valdivia; en el Expediente N° 521 -2013-0-2801-JR-FC-01, sobre VIOLENCIA FAMILIAR; en la Sentencia Nro. 165-2016 JEF/CSJMO de fecha veinte de abril del dos mil dieciséis, FALLO: Declarando FUNDADA EN PARTE la demanda de VIOLENCIA FAMILIAR de folios ciento cuarenta y dos y siguientes, interpuesta por el Ministerio Publico, de la forma siguiente: 1.- INFUNDADA la demanda de violencia familiar en la modalidad de maltrato físico interpuesta por el Ministerio Publico en contra de VICTOR ALEXANDER HUAMANI GUZMAN, en
agravio de HUGO TOLEDO CRUZ, debiendo ELEVARSE los autos en consulta al Superior en cuanto a este extremo se refiere, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 del Reglamento de la Ley de Protección Frente a la Violencia familiar; 2.- FUNDADA la demanda de violencia familiar en la modalidad de maltrato sin lesión interpuesta por el Ministerio Publico en contra de HUGO TOLEDO CRUZ, en agravio de CRISTHIAN HUGO TOLEDO GUZMAN, e INFUNDADA en el extremo de la reparación civil a favor del menor CRISTHIAN HUGO TOLEDO GUZMAN; 3.- FUNDADA la demanda de violencia familiar en la modalidad de maltrato físico interpuesta por el Ministerio Publico en contra HUGO TOLEDO CRUZ, en agravio de ANAIZ TANIA TOLEDO GUZMAN y VICTOR ALEXANDER HUAMANI GUZMAN; en consecuencia, DICTO como medidas de protección a favor de los agraviados Cristhian Hugo Toledo Guzmán, Anaíz Tania Toledo Guzmán y Víctor Alexander Huamani Guzmán: a) La abstención por parte del demandado Hugo Toledo Cruz de maltratar física y/o psicológicamente a los agraviados, encontrándose impedido de acosarlos u hostigarlos en cualquier lugar, público o privado, en el que estos se encuentren; b) El tratamiento psicológico que deberá recibir de manera obligatoria el demandado Hugo Toledo Cruz por parte de la Psicóloga adscrita al Juzgado de Familia, para lo cual concurrirá al Juzgado para coordinar la atención, a fin de que internalice lo inadecuado de su conducta y aprenda vías más adecuadas de comportamiento, tratamiento que deberá seguir de manera obligatoria y bajo apercibimiento de variarse la misma -a solicitud de las víctimas- por una de multa y/o detención según sea el caso y de así ameritarlo; c) El apoyo psicológico que recibirán los agraviados Cristhian Hugo Toledo Guzmán, Anaíz Tania Toledo Guzmán y Víctor Alexander Huamani Guzmán, a cargo de la Psicóloga adscrita a los
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Juzgados de Familia, para lo cual concurrirán al Juzgado a efectuar las coordinaciones necesarias para su atención, una vez que quede consentida la presente resolución; d) El incumplimiento de las medidas de protección como la reiterancia en los hechos de violencia familiar por parte del demandado, originara la aplicación de las medidas coercitivas establecidas en el artículo 53° del Código Procesal Civil, sin perjuicio de las acciones penales a que hubiera lugar. Constituyendo la presente un requerimiento para su cumplimiento dada la naturaleza tuitiva y de protección a la víctima que caracteriza este tipo de procesos; FIJO: En la suma de Trescientos Soles el monto de la reparación civil que deberá ser pagado por el demandado HUGO TOLEDO CRUZ a favor de la agraviada ANAIZ TANIA TOLEDO GUZMAN; y en la suma de Doscientos Soles el monto de la reparación civil que deberá ser pagado por el demandado HUGO TOLEDO CRUZ a favor del agraviado VÏCTOR ALEXANDER HUAMANI GUZMAN; sin costas y costos; consentida o ejecutoriada que sea la presente. REGISTRESE Y HAGASE SABER.- (19-2021 Setiembre) NOTIFICACIÓN POR EDICTO PENAL Expediente Nº 00607-2017-08-2801-JRPE-02. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Juan Carlos Espinoza Chipana. Se NOTIFICA a don EFRAIN CURTIHUANCA OLIVERA, que en el proceso seguido en su contra por el Delito de Omisión a la Asistencia Familiar, mediante Resolución N° 003 de fecha once de setiembre de 2017: SE CITA a la AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, a los sujetos procesales: Acusado: EFRAIN CURTIHUANCA OLIVERA; identificado con DNI N° 43999416, quien deberá ser notificado y citado en el domicilio real señalado en autos, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz o ausente y disponerse su CAPTURA a nivel nacional, en caso de inasistencia; audiencia que ha sido PROGRAMADA para llevarse a cabo el día 12 DE OCTUBRE DE 2017 a las 12:00 HORAS, en
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la sala de Audiencias Nro.08 del Módulo Penal de Mariscal Nieto, sito en Av. Malecón Ribereño S/N – Moquegua; disponiendo además de la notificación en su domicilio real, la notificación mediante edictos. Fdo. Claudio Washington Altamirano Bellido - Juez Titular del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana - Especialista Legal.Moquegua, 12 de setiembre de 2017.(15-18-19 Setiembre) SUCESION INTESTADA SUCESION INTESTADA ANTE EL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO A CARGO DE LA DRA. LIDIA JOSEFINA VEGA VALENCIA. ESP. MELISA PAOLA MANCHEGO RIVERA. E X P. 0 0 3 5 5 - 2 0 1 7 - 0 - 2 8 0 1 -J PCI-02 MEDIANTE RESOLUCION N° 02, SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE, VIA PROCESO NO CONTENCIOSO LA SOLICITUD DE SUCESION INTESTADA, PRESENTADA POR DON JANHN POL SILVA QUIROZ Y DOÑA HERLY BEATRIZ QUIROZ DAMIAN EN REPRESENTACION DE LOS MENORES JENRRY SERGIO RAMON SILVA QUIROZ Y POOL NIKEL ALESSANDRO SILVA QUIROZ Y CON CITACION DEL MINISTERIO PUBLICO Y LA SOCIEDAD DE BENEFICENCIA PUBLICA DE MOQUEGUA. SOUCITANDO SUCESION INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUE DON JENRRY JAMES SILVA CHILCON, FALLECIDO EL 06 DE JUNIO DE 2015, QUIEN TUVO COMO ULTIMO DOMICILIO ESTA CIUDAD, A FIN DE QUE SE DECLARE COMO HEREDERO AL SOLICITANTE JANHN POL SILVA QUIROZ Y A LOS MENORES JENRRY SERGIO RAMON SILVA QUIROZ Y POOL NIKEL ALESSANDRO SILVA QUIROZ POR SER LOS HIJOS DEL CAUSANTE, CON CONOCIMIENTO DE QUIENES CREAN TENER DERECHO A LA SUCESION O HACER VALER ALGÚN DERECHO CON ARREGLO A LEY. MOQUEGUA, 14 DE SETIEMBRE DE 2017. Abog. Carolina Shirley Vizcarra Lipa – Reg. CA.M. N° 0853. Defensor Público – Direccion General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia – Ministerio de Justicia y Derecho Humanos; Abog. Melisa Manchego Rivera – Primera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Ma-
riscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (1819-20 Setiembre) SUCESION INTESTADA Expediente 00353-2017, ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto, que despacha la Juez Dra. Lidia Josefina Vega Valencia, Sec. Darío Paniagua Parihuana, doña MATILDE VALERIANA JUAREZ DE SILVERIO, solicita la Sucesión Intestada de su finado padre HERNAN ALBIN JUAREZ HINOJOSA, fallecido el 28 de Febrero de 2017, en el Centro Poblado San Antonio de la ciudad de Moquegua y teniendo como su ultimo domicilio en la ciudad de Moquegua, con la finalidad de que se declare su fallecimiento y se declare como sus herederos a sus hijos: Matilde Valeriana Juárez Juárez, Teófilo Arturo Juárez Juárez, Zunilda Andreina Juárez Juárez, Pedro Gerónimo Juárez Juárez, Albenia Gloria Juárez Juárez, Domitila Raquel Juárez Juárez y Guillermo Nicanor Juárez Juarez, por lo que se pone en conocimiento de los presuntos herederos domiciliados en el lugar. Moquegua, 13 de setiembre del 2017. José M. Barrera Marca – Abogado. Reg. CAM 172; Abog. Dario Paniagua Parihuana – Tercera Secretaria del Juzgado de Paz – Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto. Corte Superior de Justicia de Moquegua. (19 Setiembre) CAMBIO DE NOMBRE CAMBIO DE NOMBRE Por ante el Juzgado Mixto de Moquegua (EX.2a), se sigue el Exp. 0361-2017-0-2801-JMCI-02, en el que se ha emitido la resolución N° 02, de fecha 01 de setiembre del 2017, Especialista Dra. Gaby Nina Escobar, QUE RESUELVE: ADMITASE a trámite la solicitud de cambio de nombre interpuesta por EDGAR OMAR MAMANI CHIPANA, para que lo posterior de identifique como EDGAR OMAR FLORES CHIPANA, debiendo de tramitarse en VÍA PROCEDIMENTAL DE PROCESO NO CONTENCIOSO con conocimiento del Ministerio Público, SEÑALÁNDOSE fecha para la realización de la AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL el día 21 de noviembre del 2017, a horas diez
de la mañana, debiendo efectuarse las publicaciones en el Diario encargado de los avisos judiciales de esta ciudad. H.S. (18, 19, 20 Setiembre). REMATE JUDICIAL EDICTO DE REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA Expediente N° 00277-2015-0-2802-JP-CI-02 Demandante COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO STA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA N° 103 Demandados MARLENI SUSANA QUISPE LAZARO Y LUISA FELICITA FLORES MAMANI sobre OBLIGACION DAR SUMA DE DINERO; Orden 2do Juzgado de Paz Letrado de Ilo Moquegua a cargo del Señor Juez Dr. Julio Martin Pinazo Quispe y Secretaria Judicial Dra. Usmelda Felina Valdivia Flores, facultando al Señor Martillero Publico Reg.127 Pablo Colbert Rojas Tamayo, SACARA REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA, el Bien Inmueble de dos niveles, con cochera, Ubicado Frente a la Avenida N°01(Mz 17 Lote 2) del Asentamiento Humano Programa Municipal de Vivienda PROMUVI N° IV Nuevo Ilo, Distrito de Ilo, Departamento de Moquegua, Provincia Ilo, sus medidas y linderos perimétricos corren inscritas en Partida Electrónica N°P08024961, Zona Registral N° XII Sede Tacna Oficina Registral Moquegua, Área 169.32 Mt2, características Frente y Fondo 9.96 ML, Derecho e Izquierdo 17.00 ML.VALOR TASACION:S/73,324.05 N.S (Setenta y Tres Mil, Trescientos Veinticuatro con 05/100 Soles). BASE DE REMATE:S/48,882.70 N.S (Cuarenta y Ocho Mil, Ochocientos Ochenta y Dos con 70/100Soles) que son las 2/3 partes de la tasación. AFECTACION CARGA Y GRAVAMEN: 1.- As 00003 Hipoteca Preventiva Eduardo Apaza Olanda y Luisa Felicitas Flores Mamani, a favor de ENACE hasta por la suma d S/6,800.00, Notaria Dora Ramos Ponce de León; 2.- As 00006 Hipoteca a favor del Banco de Materiales, hasta por la suma de S/ 6,640.00, para garantizar el pago de un préstamo de S/ 4,000.00, según consta del formulario registral de gravámenes y carga otor-
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gada ante la Abogada Fedaratia Jenny Herrera Miranda con fecha 23.11.2001;3.- As 00008 Inscripción de Embargo por Resolución N 01 20.03.2015, Juez del segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, Julio Martin Pinazo Quispe, Secretaria Judicial Dra. Usmelda Felina Valdivia Flores, anotación de embargo, embargo en forma de inscripción a favor del demandante Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Catalina de Moquegua LTDA N° 103, hasta por la suma de S/ 20,000.00, Exp: 0143 – 215 – 75 – 2802 – JPLI – CSJMO – PJ del 13.04.2015; 4.-As00009 Inscripción de Embargo por Resolución N 01 29.05.2015, Juez del segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, embargo en forma de inscripción a favor del demandante Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Catalina de Moquegua LTDA N° 103, hasta por la suma de S/ 4,500.00 nuevos soles ordenado Juez Julio Martin Pinazo Quispe, Secretaria Judicial Dra. Usmelda Felina Valdivia Flores, Exp.N°0277-2015-56-2802-JPCI-02 sobre O.D.S.D.- LUGAR DEL REMATE:CALLE MATARA 325 – ILO – MOQUEGUA.- DIA Y HORA DE REMATE: Viernes 29 de Setiembre del 2017 a Horas: 02:30 p.m. LOS POSTORES: Entregaran la garantía del 10% del valor de Tasación, DNI y Arancel Judicial Tributo N° 07153,consignándose numero expediente, Juzgado e identificación del postor y copias; COMISION DEL MARTILLERO ESTA A CARGO DEL ADJUDICATARIO Y CANCELA CONCLUIDO EL ACTO DE REMATE Moquegua Setiembre del 2017 Pablo Colbert Rojas Tamayo Martillero Público Reg.: 127 Cel.: 961654569 / RPC: 993766643 Email:
[email protected] (15, 18, 19, 20, 21, 22 Septiembre). EDICTO PENAL EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 6 0 1 - 2 0 1 7 - 0 - 2 8 0 1 -J P- P E - 0 3 , notificar al agraviado MARCO ANTONIO PEREA FLORES la RESOLUCION N° 01 de fecha 06.06.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Danos, en agravio
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de Marco Antonio Perea Flores, dejando a salvo su derecho para que lo pueda hacer valer por la vía correspondiente. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 05 de setiembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Abogado Edwin Valencia Sánchez, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (1920-21 Setiembre) EDICTO PENAL E X P E D I E N T E 4 5 0 - 2 0 1 7 - 0 - 2 8 0 1 -J P- P E - 0 3 , Notificar mediante Edicto al imputado ANGELICA CHAMBILLA NELIA QUISPE ROMERO, la Resolución N° 02 de fecha 22.08.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR CONCLUIDO el PROCESO de faltas contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas, seguido en contra de Nelia Maria Quispe Choque, en agravio de Lindaura Epifania Mamani Cuayla, por DESISTIMIENTO TACITO 2. DEJAR sin efecto la medida de protección impuesta por el Juzgado Especializado de Familia de Mariscal Nieto derivado del expediente N° 00692-2016-0-2801-JR-FC-01. Regístrese y Notifíquese. Moquegua, 05 de setiembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Abogado Edwin Valencia Sánchez, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (1920-21 Setiembre) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 5 7 9 - 2 0 1 7 - 0 - 2 8 0 1 -J P- P E - 0 3 , NOTIFICAR al imputado la Resolución N° 02 de fecha 06.04.2017 que DISPONE: CITAR A JUICIO a la parte imputada JEANETH SOLEDAD MACHACA CHOQUEHUANCA por la presunta comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de Lesiones Dolosas con Agravante, ilícito previsto y penado en el artículo 441, primer párrafo, del Código Penal, en agravio de SERGIO BEJAR ACUNA; la Resolución N 03 de fecha 25.08.2017, SE DISPONE: REPROGRAMAR nueva fecha
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para la realización del Juicio Oral para el DOS DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISIETE A LAS DOCE HORAS hora exacta, la que se llevara en el despacho de este Juzgado, subsistiendo los apercibimientos de la resolución número uno en caso de inasistencia de las partes procesales. Notifíquese. Moquegua, 12 de setiembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Abogado Edwin Valencia Sánchez, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (1920-21 Setiembre) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 718-2017-02801 -JP-PE-03, notificar al agraviado Julio Cruz Naca la RESOLUCION N° 01 de fecha 21.07.2017 que RESUELVE: En el extremo referido a la denuncia sobre lesiones culposas: REQUERIR a Santos Elizabeth Rojas Palomino, Julio Cruz Naca y Rolando Colquehuanca Vilca para que dentro del plazo de CINCO DÍAS cumpla con presentar la Querella correspondiente precisando la intervención de tercero civilmente responsable; bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de disponer DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por faltas contra la persona en la modalidad de lesiones culposas y el archivo del proceso. Hágase Saber. Moquegua, 05 de setiembre del 2017. Elry Alejo Cruz. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Abogado Edwin Valencia Sánchez, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (19-20-21 Setiembre) EDICTO PENAL Expediente N° 3 8 6 - 2 0 1 7 - 0 - 2 8 0 1 -J P- P E - 0 3 , NOTIFICAR al imputado EDUARDO PATRICIO CAUSA PUMA, la Resolución N° 06 de fecha 29.08.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR CONTUMAZ al imputado EDUARDO PATRICIO CAUSA PUMA con DNI N° 43453658. 2. DISPONER la CONDUCCION COMPULSIVA por parte de la Policía Nacional del Perú. Regístrese. Mo-
quegua, 13 de setiembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Abogado Edwin Valencia Sánchez, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (1920-21 Setiembre) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 5 7 9 - 2 0 1 7 - 0 - 2 8 0 1 -J P- P E - 0 3 . NOTIFICAR al imputado la Resolución N° 02 de fecha 06.04.2017 que DISPONE: CITAR A JUICIO a la parte imputada JEANETH SOLEDAD MACHACA CHOQUEHUANCA por la presunta comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de Lesiones Dolosas con Agravante, ilícito previsto y penado en el artículo 441, primer párrafo, del Código Penal, en agravio de SERGIO BEJAR ACUNA; la Resolución N 03 de fecha 25.08.2017, SE DISPONE: REPROGRAMAR nueva fecha para la realización del Juicio Oral para el DOS DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISIETE A LAS DOCE HORAS hora exacta, la que se llevara en el despacho de este Juzgado, subsistiendo los apercibimientos de la resolución número uno en caso de inasistencia de las partes procesales. Notifíquese. Moquegua, 12 de setiembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Abogado Edwin Valencia Sánchez, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (1920-21 Setiembre) EDICTO PENAL Expediente Nº 00689-2017-32-2801-JRPE-02. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Gloria Marisol Cuayla Choque. Se cita y emplaza a don GERLY RAÚL CONDORI VIZCARRA, identificado con DNI Nº 72664129, de sexo masculino, de fecha de nacimiento 25 de julio 1991, de 26 años de edad, natural de Mariscal Nieto – Moquegua, distrito San Cristobal, estado civil soltero, hijo de Francisco y Luisa, a efecto de que se ponga a derecho, debido a que mediante Resolución Nº 02 de
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fecha 29 de agosto del 2017 ha sido declarado Reo Contumaz, disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerlo a disposición del juzgado dentro del horario de jornada laboral a fin de que afronte la audiencia única de juicio inmediato en su contra; sin perjuicio de que se informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor al Doctor Armando Jesús Huayllasi Montes, quien deberá hacerse cargo de la defensa del mismo. SE DISPONE la citación del acusado contumaz mediante edictos a fin de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar la audiencia única de Juicio Inmediato en su contra. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado el acusado contumaz. Fdo. Claudio Washington Altamirano Bellido - Juez Titular del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Gloria Marisol Cuayla Choque - Especialista Legal.Moquegua, 15 de setiembre de 2017. (18-19-20 Setiembre) EDICTO PENAL Exp. N° 569-2015-75-2801-JRPE-02.PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL. ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: ABOG. SERGIO LUQUE HOLGUIN.- En el proceso N° 569-2015-75-2801-JR-PE-02, seguido contra Carlos Alberto Figueroa Rios, por el presunto delito Hurto Agravado, en agravio de Marcos Burgos Parihuanca; el señor Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal del Mariscal Nieto, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos al acusado Carlos Alberto Figueroa Rios, con el contenido de la resolución Nro 07 de fecha cuatro de setiembre del 2017, mediante la cual se resuelve: “REPROGRAMAR LA INSTALACION DE JUICIO ORAL para el día DIECINUEVE DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISIETE a las 11:30 HORAS (hora exacta) a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias Nro. 05, con la presencia obligato-
ria del Señor Representante del Ministerio Público, y del abogado defensor del imputado, (…), en consecuencia, se dispone la notificación de la presente resolución mediante edictos, al acusado Carlos Alberto Figueroa Ríos, (…).- NOTIFIQUESE”.- FDO. DR. ERWIN ALEXI RODRIGUEZ BARREDA, JUEZ DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MARISCAL NIETO.- FDO. ABOG. SERGIO LUQUE HOLGUIN, ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO.- Moquegua, 11 de setiembre del 2017. (18-19-20 Setiembre) EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ILO, EXPEDIENTE N°: 00394-2017-63-2802-JRPE-01, JUEZ : Abog. JOSE ANTONIO ACHOMA TITO. ESPECIALISTA: Abog. LUIS A.PALOMINO BARRAZUELA. Se emplaza, notifica A EXALTACION QUISPE HUISA, con la RESOLUCION N° 04 Por lo que SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: DECLARAR LA AUSENCIA del acusado EXALTACION QUISPE. HUISA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nro. 04652559, natural de Usicayos, Provincia Carabaya y Departamento de Puno, nacido el 21 de septiembre de 1970, hijo de Rufino y Felicitas, con grado de instrucción Primaria completa, con domicilio real en Miramar Mz G Lote 14, Provincia de Ilo, Departamento de Moquegua. 3.2.- SEGUNDO: DISPONER SE OFICIE A LA POLICIA NACIONAL DEL PERU para que proceda a la búsqueda y captura del acusado a fin que sean puesto a disposición de este juzgado para que sea sometido a juicio con arreglo a ley. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE EL ARCHIVO PROVISIONAL DE LA PRESENTE CAUSA, mientras sea ubicado y sometida a juicio el acusado, nombrándose al señor Arturo Walter Flores Estuco, como abogado del acusado. Teniéndose por notificado con la presente resolución a las partes asistentes a esta audiencia. 3.4.- CUARTO: Notifíquese al acusado en su domicilio real el que obra en el requerimiento de acusación el que obra en su ficha RENIEC y mediante edictos, Tómese Razón y Hágase Saber. (14, 15, 18 Septiembre).
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SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA SALA MIXTA MOQUEGUA Audiencia Publica Extraordinaria - Tercer Trimestre 2017
Resolución N° 01
Moquegua, cinco de septiembre de dos mil diecisiete.
VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Conforme lo dispuesto mediante Decreto Ley veinticinco mil cuatrocientos setenta y seis publicado en el Diario Oficial, con fecha seis de agosto de mil novecientos noventa y dos y su reglamento aprobado con Resolución Administrativa N° 08-2011-SP-CS-PJ, publicado con fecha dieciocho de marzo del dos mil once en el Diario Oficial, que establece que las Salas Penales de las Cortes Superiores de la Republica, procederán a realizar \una Audiencia Pública Extraordinaria en forma trimestral, con el objeto de garantizar que los procesos penales se tramiten dentro de los plazos fijados por ley y el derecho de toda persona procesada a ser juzgada dentro de un plazo razonable o bien a ser puesta en libertad. SEGUNDO: Que, es responsabilidad del Presidente de la Sala Mixta - Penal su estricto y fiel cumplimiento, de conformidad con la Resolución Administrativa N° 013-2008-CE-PJ, de fecha veintiséis de enero de dos mil ocho, mediante el cual el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dispone que esta Sala Mixta de Moquegua conozca de los procesos penales en liquidación, respecto de las provincias de Mariscal Nieto y Sánchez Cerro, con la asistencia de la Fiscalia Superior. Por estos fundamentos, SE RESUELVE: PRIMERO: Conforme al Rol de Audiencias de esta Sala PROGRAMAR para el día VIERNES VEINTINUEVE DE SEPTIEMBRE del año dos mil diecisiete, a las DIEZ HORAS, la realización de la AUDIENCIA PUBLICA EXTRAORDINARIA correspondiente al Tercer Trimestre del año judicial dos mil diecisiete, en la competencia territorial de la Sala Mixta de Mariscal Nieto -Moquegua, la misma que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias número diez de la Sede Moquegua. SEGUNDO: Que por secretaria se formule la razón general de los procesos con Reo en Cárcel pendientes de audiencia, otras con reos libres igualmente pendientes de audiencia y una de instrucciones que se encuentren en la Fiscalía con indicación de número y fecha de entrega.
TERCERO: MANDARON: Se oficie al Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, Juzgado Mixto de Sánchez Cerro Omate y Fiscalía Superior Penal en Liquidación de Mariscal Nieto, Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Nieto (Despacho en Liquidación) y Fiscalía Provincial Mixta de General Sánchez Cerro, para que cumplan con elevar las relaciones de causas en general que giren en sus respectivos Despachos, respecto a los procesos penales en liquidación, para dar cuenta en el acto de la audiencia.
CUARTO: Se oficie al Director del Establecimiento Penitenciario de Moquegua, para que remita la relación de detenidos cuyas causas están pendientes de juzgamiento con indicación del tiempo que permanecen en forma discriminada del Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, del Juzgado Mixto de Sánchez Cerro - Omate y de la Sala Mixta de Moquegua. Publíquese la presente resolución en el Diario "La Republica" por el término de ley. REGISTRESE Y HAGASE SABER.S.S. GONZALEZ AGUILAR. COAGUILA MITA. RODRIGUEZ BARREDA.
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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA EDICTO Moquegua, 15 de Agosto de 2017
La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara la VISITA JUDICIAL ORDINARIA en el mes de setiembre del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha: Organo Jurisdiccional
Día
Hora de inicio
Juzgado de Trabajo de Mariscal Nieto
Viernes 29
08:00
Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencia, proseguirá con sus diligencias programadas.
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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDADDEQUEJASEINVESTIGACIONESYVISITASDELAODECMA
EDICTO
Moquegua, 15 de Agosto de 2017
La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara la VISITA JUDICIAL ORDINARIA en el mes de setiembre del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha: Órgano Jurisdiccional
Dia
Hora de Inicio
Primer Juzgado de Familia de Mariscal Nieto
Jueves 21
08:00
Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencia, proseguirá con sus diligencias programadas.
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Martes, 19 de setiembre del 2017
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE ILO ______________________________________________________________________________________________ PODER JUDICIAL DEL PERU
AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA
Resolución N° 01
Ilo, cinco de Setiembre Del dos mil diecisiete.-
VISTOS: El Decreto Ley 25476 publicada en el Diario Oficial El Peruano”, con fecha 06 de agosto de 1992 y su Reglamento aprobado con Resolución Administrativa N° 08-2011-SP-CS-PJ publicado con fecha 18 de Marzo del 2011 en el Diario Oficial; y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que las Salas Penales de las Cortes Superiores de la República, procederán a realizar una Audiencia Pública Extraordinaria en forme trimestral, con el objeto de controlar el cumplimiento de la duración de los plazos procesales de instrucción y de juzgamiento de los procesos penales ordinarios con encausados en cárcel y libres, así como de los procesos sumarios con encasado en cárcel, ordenando la libertad inmediata cuando la libertad bajo vigilancia de los acusados con carcelería haya vencido; y en su caso, dictar las medidas de corrección y disciplinarias que correspondan; y siendo responsabilidad del Presidente de la Sala Mixta – Penal su estricto y fiel cumplimiento, con la asistencia del Señor Fiscal.
RESOLVIERON: 1.- Conforme al rol de Audiencias de ésta Sala PROGRAMAR para el día VEINTISIETE DE SETIEMBRE DEL PRESENTE AÑO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo, la realización de la AUDIENCIA PUBLICA EXTRAORDINARIA correspondiente al Tercer Trimestre del año Judicial dos mil diecisiete en la competencia territorial de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo;
2.- ORDENARON: Que por secretaría se formule la razón general de las instrucciones ordinarias con reo en cárcel pendientes de audiencia, otras con reos libres igualmente pendientes de audiencia y una de instrucciones que se encuentren en el Despacho del Fiscal, con indicación de número y fecha de entrega, asimismo con formular una razón por cada causa presentada con los datos consignados en el artículo 3° numeral 2) del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias; 3.- MANDARON: Se oficie al Juzgado Mixto competente de materia Penal en liquidación y Fiscalías, para que cumplan con elevar las relaciones de causas en general que giren en sus respectivos Despachos, respecto a los procesos penales en liquidación conforme lo dispone el artículo 03 numeral 03 del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias, ello para dar cuenta en el acto de la audiencia. 4.- DISPUSIERON: Se oficie al Director del Establecimiento Penitenciario de Samegua-Moquegua, para que remita la relación de detenidos cuyas causas están pendientes de juzgamiento, incluidos los procesos penales sumarios, con indicación del tiempo que permanecen detenidos, dando cuenta de ello en la Audiencia y se publique la presente resolución en el Diario “La República” por el término de ley.-
S.S. RUIZ NAVARRO. ALEGRE VALDIVIA. CUPE CALCINA.