COLECTIVO DE ÁRBITROS PINTO (MADRID)
FÚTBOL-7 (Jornada 13ª – Grupo 1ª)
COMITÉ DE COMPETICIÓN En Pinto, a 30 de enero de 2018, se reúne el Comité de la Liga Social de Fútbol-7 de la Concejalía de Deportes de Pinto y en relación con los hechos de los partidos se acuerda las siguientes sanciones o resoluciones: ► EQUIPO “VETERANOS DE PINTO”: D. Andrés López Escobar, queda sancionado según las Normas de Competición del Deporte Social y Reglamento de Régimen Disciplinario de las Competiciones Municipales; con 1 partido según el Art. 11, por doble amonestación. A modo informativo dicha sanción se cumplirá en la JORNADA 15ª de la Liga Social de Fútbol-7 de 2017/18, pudiendo jugar en dicha jornada siempre y cuando no haya descanso por parte del equipo durante la vigencia de la sanción. ► EQUIPO “VETERANOS DE PINTO”: D. Javier Sánchez Rodríguez, queda sancionado según las Normas de Competición del Deporte Social y Reglamento de Régimen Disciplinario de las Competiciones Municipales; con 6 partidos según el Art. 16, por amenazas y ofensas a la autoridad arbitral. A modo informativo dicha sanción se cumplirá en la JORNADA 20ª de la Liga Social de Fútbol-7 de 2017/18, pudiendo jugar en dicha jornada siempre y cuando no haya descanso por parte del equipo durante la vigencia de la sanción. ► EQUIPO “VETERANOS DE PINTO”: D. Víctor Núñez Alonso, queda sancionado según las Normas de Competición del Deporte Social y Reglamento de Régimen Disciplinario de las Competiciones Municipales; con 3 partidos según el Art. 16, por desconsideración y ofensas a la autoridad arbitral. A modo informativo dicha sanción se cumplirá en la JORNADA 17ª de la Liga Social de Fútbol-7 de 2017/18, pudiendo jugar en dicha jornada siempre y cuando no haya descanso por parte del equipo durante la vigencia de la sanción. ► EQUIPO “NUEVO APRETÓN / T. DUBAI”: D. Ángel Carpintero Fernández, queda sancionado según las Normas de Competición del Deporte Social y Reglamento de Régimen Disciplinario de las Competiciones Municipales; con 1 partido según el Art. 20, por desconsideración a un contrario. A modo informativo dicha sanción se cumplirá en la JORNADA 15ª de la Liga Social de Fútbol-7 de 2017/18, pudiendo jugar en dicha jornada siempre y cuando no haya descanso por parte del equipo durante la vigencia de la sanción.
COLECTIVO DE ÁRBITROS PINTO (MADRID)
FÚTBOL-7 (Jornada 13ª – Grupo 1ªY 2º)
COMITÉ DE COMPETICIÓN ► EQUIPO “SOCIEDAD DE CAZA Y TIRO”: D. Sergio Rodrigo Carrasco Boza, queda sancionado según las Normas de Competición del Deporte Social y Reglamento de Régimen Disciplinario de las Competiciones Municipales; con 1 partido según el Art. 14, por realizar una peligrosa entrada a un contrario, sin ánimo de disputar el balón. A modo informativo dicha sanción se cumplirá en la JORNADA 15ª de la Liga Social de Fútbol-7 de 2017/18, pudiendo jugar en dicha jornada siempre y cuando no haya descanso por parte del equipo durante la vigencia de la sanción. ► EQUIPO “BUENOS CITY”: D. Abel Ramos Da Luz, queda sancionado según las Normas de Competición del Deporte Social y Reglamento de Régimen Disciplinario de las Competiciones Municipales; con 1 partido según el Art. 20, por acumulación de tarjetas (1º Ciclo). A modo informativo dicha sanción se cumplirá en la JORNADA 15ª de la Liga Social de Fútbol-7 de 2017/18, pudiendo jugar en dicha jornada siempre y cuando no haya descanso por parte del equipo durante la vigencia de la sanción. ► EQUIPO “BUENOS CITY”: D. Daniel Alejandro Chilet Gabulle, queda sancionado según las Normas de Competición del Deporte Social y Reglamento de Régimen Disciplinario de las Competiciones Municipales; con 1 partido según el Art. 20, por acumulación de tarjetas (1º Ciclo). A modo informativo dicha sanción se cumplirá en la JORNADA 15ª de la Liga Social de Fútbol-7 de 2017/18, pudiendo jugar en dicha jornada siempre y cuando no haya descanso por parte del equipo durante la vigencia de la sanción.
“Es el Delegado el único responsable del equipo con capacidad y funciones para recurrir sanciones impuestas por el COMITÉ DE COMPETICIÓN Y APELACIÓN perdiendo este derecho si dicho Delegado no está inscrito y presente en acta del encuentro”. En las sanciones de jugadores o delegados, cuando el equipo descanse o el partido se aplace, no resta la sanción.
Pinto a 30 de enero de 2018
COLECTIVO DE ÁRBITROS PINTO (MADRID)