e- Zina, 21 ck sErrEtia2E

Zina, 21 ck sErrEtia2E del ZO15. Visto, el expediente N° 15-092612-001, que contiene el Informe N° 236-2015-. OGPP-OP/MINSA de la Oficina de Presupuesto ...
1MB Größe 1 Downloads 0 vistas
No

MINISTERIO DE SALUD

583 - 2.01.5iPurvsA

CA DI-,

e-

Zina, 21 ck sErrEtia2E

del ZO15

Visto, el expediente N° 15-092612-001, que contiene el Informe N° 236-2015OGPP-OP/MINSA de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, y de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se expidió la Resolución Ministerial N° 1000-2014/MINSA, de fecha 26 de diciembre de 2014 que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2015 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el numeral 80.2 del artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que las entidades que cuenten con programas presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias en el Nivel Institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el pliego habilitado cuente con productos o proyectos del mismo programa, señalando que dichas transferencias se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público;

A. Vekásquez

Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 258-2015-EF, se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 011 Ministerio de Salud, hasta por la suma de VEINTE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 20 000 000.00), a favor de diversos pliegos Gobiernos Regionales, para financiar las acciones de reducción de la vulnerabilidad de los establecimientos de salud priorizados y que se encuentran ubicados en departamentos de muy alto riesgo ante situaciones de emergencias y desastres por las lluvias intensas, y ante las situaciones de peligro asociadas a la ocurrencia del Fenómeno El Niño; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del precitado Decreto Supremo, establece que los Titulares del Pliego habilitador y de los Pliegos habilitados con la Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la mencionada norma a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del referido Decreto Supremo;

7.avkl3 S.

L AS CARZA L

Que, mediante el Informe del Visto, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emite la opinión técnica presupuestal que sustenta la necesidad de emitir la Resolución Ministerial que aprueba la desagregación de los recursos autorizados por Decreto Supremo N° 258-2015-EF; Que, con Nota Informativa N° 1022-2015-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto a la solicitud de desagregación propuesta; Que, en ese sentido resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente y autorizar la desagregación de los recursos aprobados mediante Decreto Supremo N° 2582015-EF; Estando a lo informado por la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, con las visaciones del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Supremo N° 258-2015-EF, así como en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Desagregación de recursos Apruébese la desagregación de los recursos autorizados mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 258-2015-EF, por el monto de VEINTE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 20 000 000.00), de acuerdo al siguiente detalle: (En Nuevos Soles) SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA PROGRAMA PRESUPUESTAL

Gobierno Central 011 : Ministerio de Salud 001 : Administración Central- MINSA 0068 : Reducción de la Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres

PRODUCTO

3000565 : Servicios Esenciales Seguros ante Emergencias y Desastres

ACTIVIDAD

5004475 : Seguridad Estructural y No Estructural de Establecimientos de Salud

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

1 : Recursos Ordinarios

GASTOS CORRIENTE 2.3. Bienes y Servicios S. RUIZ I

TOTAL DE EGRESOS

20 000 000,00 ---------------20 000 000,00

Artículo 2.- Nota para Modificación Presupuestaria 1. ASCARZA L

La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la Oficina de Presupuesto del Pliego 011: Ministerio de Salud, instruirá a la Unidad Ejecutora 001: Administración Central, para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación

MINISTERIO DE SALUD

‘,e,‘„ kCA DE.z. p

No58 3 -20151MiNsig

e-,C1‘)

Znia, 21 a4 sElMnapE Presupuestaria" que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Remisión Copia de la presente Resolución Ministerial se remite a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 3042012-EF. Regístrese y comuníquese.

ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud

zofs