¿Cuándo un bien es propio o ganancial en ganadería?

20 oct. 2012 - dad cierta de que se mezcle el rodeo de carácter propio de alguno de los cónyuges con cabezas, que por su origen, deban ser considerados ...
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CAMPO

| Sábado 20 de octubre de 2012

mediación | conflictos de familia

¿Cuándo un bien es propio o ganancial en ganadería?

Para evitar litigios al cesar el vínculo matrimonial es clave llevar a lo largo de los años el control de existencias vacunas Guillermo E. Butler Para La naCion

En nuestra habitual actividad profesional como abogados de parte o como mediadores, nos encontramos frecuentemente con complejas situaciones derivadas de la adjudicación de bienes obtenidos o recibidos con anterioridad o durante el matrimonio, al momento de atribuirles el carácter de propios o gananciales al finalizar, cualquiera sea la razón, el vinculo matrimonial. Las características del ganado, conformado por seres vivos que se reproducen, mueren, se sustituyen, se compran y se venden, con dinero o mediante otras modalidades, contribuyen a hacer más difícil esa determinación y adjudicación de cabezas de ganado, en propios o gananciales, generando confusiones y conflictos, no solo entre los cónyuges al poner fin a la relación marital, sino con posterioridad, ante el fallecimiento de uno de éstos, así

como entre los herederos y el cónyuge sobreviviente. Estas situaciones también pueden ocurrir en las mediaciones familiares derivadas de un divorcio. Como primer concepto vale destacar nuestro consejo profesional en estos casos, acerca de la importancia que el matrimonio, en el curso de los años, lleve el control en los asientos administrativos y contables y de ser posible, suscripto por ambos, de la existencia vacuna y sus movimientos en cada campaña, cuyo origen pueda deberse a múltiples motivos, como ser una subrogación real, por ejemplo una vaquillona que sustituye a la vaca muerta, o bien a la compra con dinero de origen propio o ganancial, o derivado de otras causales como ser un crédito bancario, la venta de vacas para reposición o recibidos por donación, testamento, entre otras razones. Este control se apoya en una realidad, al tener en cuenta la posibilidad cierta de que se mezcle el rodeo

de carácter propio de alguno de los cónyuges con cabezas, que por su origen, deban ser considerados como gananciales. Determinación En las sucesiones con activos ganaderos recibidos en el pasado por uno de los cónyuges, así como cuando termina una relación conyugal, ya sea por divorcio o fallecimiento de uno de ellos, en los momentos previos a la partición, suelen ocurrir amplias e impensadas discusiones entre los cónyuges o de uno de ellos, en caso de fallecimiento del otro, con los herederos acerca de los criterios vinculados a la determinación del carácter propio o ganancial de todo el rodeo o parte de él. Debemos atender también, dentro de estas situaciones, a la entrega de activos societarios, como ser la liquidación de una sociedad anónima, o la desafectación societaria de uno de los cónyuges a ella, como un tema a considerar, debido a que

La conflictividad familiar deriva en complejas situaciones en la empresa ganadera fueron nuestros antepasados los que constituyeron en gran escala sociedades familiares incorporando sus capitales personales a la explotación agropecuaria. Esto puede dar lugar a la necesidad por parte de los herederos y cónyuges o también acreedores de cualquiera de ellos, a la búsqueda de una determinación correcta al momento de hacer la partición del ganado vacuno que le pueda corresponder a cada uno.

Es de interés tener en consideración a estos efectos el principio establecido en el Código Civil, sobre la presunción de ganancialidad, respecto de los bienes incorporados durante la vigencia de la sociedad conyugal, salvo prueba en contrario (conforme artículo 1271 del Código Civil). También es de tener en cuenta que en las personas jurídicas como ser las sociedades anónimas fami-

Foto: A. OCHOA

liares, las acciones recibidas por dividendos a partir de la celebración del matrimonio tienen carácter ganancial. Por el contrario, las acciones vinculadas a dividendos accionarios percibidos con anterioridad al matrimonio son consideradas como bienes propios.ß El autor es abogado y socio del Estudio Juridico y Centro de Mediación RivasButler-Fernández Arhex

Diversas formas en la composición del capital accionario Es importante conocer el crecimiento del ganado dentro de la sociedad matrimonial En las explotaciones ganaderas hay una diversidad de situaciones en su desarrollo, sostienen en el estudio rivas-Butler-Fernández arhex. a) Movimientos y crecimiento del ganado en el matrimonio. Es importante conocer el crecimiento accionario que pueden tener cada uno de los socios en una sociedad familiar, usualmente anónima, desde la fecha de la celebración de su matrimonio, para considerar una recepción de ganado de la sociedad a uno de sus accionistas después de la celebración matrimonial. Es necesario que la categoría del ganado entregado conste preferentemente en los libros de inventario y Balance, Directorio y asambleas de accionistas de la Sociedad. Esto es importante porque se puede considerar al ganado vacuno susceptible de la subrogación real, siempre y cuando se tenga un registro anual fehaciente del rodeo de origen, atento a que la cría de terneros, novillos y vaquillonas destinadas a engorde para venta son considerados frutos a ser comercializados y los fondos pueden ser reinvertidos como gananciales ampliando el rodeo o también pueden ser consumidos durante la vigencia del matrimonio sin que haya reinversión alguna. b) Vacas propias preñadas con anterioridad al matrimonio. nuestros tribunales, con base a lo prescripto por el Código Civil, han sostenido que “…

las crías de ganado que son frutos de bienes propios tienen el carácter de ganancial (art. 1272 párrafo 4º, Cód. Civil), por lo que es dable considerar que si su preñez se ha producido previamente, siendo los terneros concebidos con anterioridad a la fecha del matrimonio, es aceptado que toman su condición de fruto ganancial al momento de su parición”. c) Manejo de rodeos. En una explotación agropecuaria, hay distintos manejos y situaciones en los rodeos, más aún en los campos mixtos (agricultura y ganadería). Como ejemplo, se puede contemplar que en un año de considerable sequía en el campo, la falta de buen pasto debilite el estado de los vientres, poniendo al animal con falta de estado corporal, dando lugar a una reducción sustancial de parición, ya sea por falta de celo, de preñez, produciéndose, por ende, y dentro de ese año, un incremento de vacas vulgarmente llamadas secas, que igualmente se pueden conservar para entorar en la próxima campaña. Es posible que ante tal situación, se decida incrementar el plantel vacuno, no sustituyendo vientres, sino agrandando el rodeo, comprando, con fondos gananciales del matrimonio, vacas preñadas o con cría al pie, o incorporando vaquillonas que en un primer momento estaban destinadas a la comercialización en su condición de gananciales.ß

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