Diapositiva 1 - Congreso

SAN PEDRO DE HUANCAYRE ALCALDE Y 5 REGIDORES. 174. 67. SANTIAGO DE TUNA. ALCALDE Y 2 REGIDORES. 592. 68. HUAURA. SANTA LEONOR.
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Virgilio Hurtado Cruz Director - ESEG

1

¿Qué es el sufragio?

Tesis de Rodrigo Borja

El sufragio comprende: 1. Iniciativa legislativa. 2. Referéndum. 3. Plebiscito. 4. Función Electoral. 5. Revocatoria

El sufragio es una acción política concreta que tiene por finalidad sea coadyuvar en la creación del orden jurídico del Estado mediante la presentación, por el pueblo, o por un sector de él, de proyectos de ley (iniciativa popular), sea aprobar o desaprobar un acto legislativo (referéndum), sea sancionar un acto o una medida del ejecutivo (plebiscito), sea designar a los órganos electivos del Estado (función electoral). Derecho Político y Constitucional. FCE. México 1992.

2 Derecho fundamental

Art. 2º.- “Toda persona tiene derecho a: 17. A participar, en forma individual o asociada, en la vida política, económica, social y cultural de la Nación. Los ciudadanos tienen, conforme a ley, los derechos de elección, de remoción o revocación de autoridades, de iniciativa legislativa y de referéndum.

Constitución Política de 1993

Derecho político

Art. 31º.- Los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos mediante referéndum; iniciativa legislativa; remoción o revocación de autoridades y demanda de rendición de cuentas.

3

De participación:

DERECHOS CIUDADANOS

De control:

Artículo 2°.- Son derechos de participación de los ciudadanos los siguientes: a) Iniciativa de Reforma Constitucional; b) Iniciativa en la formación de las leyes; c) Referéndum; d) Iniciativa en la formación de dispositivos municipales y regionales; y, e) Otros mecanismos de participación establecidos por la presente ley para el ámbito de los gobiernos municipales y regionales. Artículo 3.- Son derechos de control de los ciudadanos los siguientes: a) Revocatoria de Autoridades, b) Remoción de Autoridades; c) Demanda de Rendición de Cuentas; y, d) Otros mecanismos de control establecidos por la presente ley para el ámbito de los gobiernos municipales y regionales.

3

Regla Nº 1 de procedencia de la revocatoria

Periodo de duración del mandato de la autoridad

EFECTOS DE LA REVOCATORIA Efectos en el 2do. año

Efectos en el 3er. año

1er año

Unidad de medida: 4 años

No procede la revocatoria

2do año Se realiza la revocatoria

3er año Se realiza la revocatoria

4to año No procede la revocatoria

Sólo procede una vez en el mandato. Si la autoridad no resulta revocada, permanecerá en el cargo hasta que culmine el mandato de cuatro años.

Si la autoridad fue revocada en el segundo año, podría revocarse al reemplazante en el tercer año del período.

Regla Nº 2 de procedencia de la revocatoria

Resolución Nº 0604 – 2011 – JNE

Sólo serán comprendidas en la convocatoria aquellas solicitudes que al 25 de mayo de 2012 hayan sido presentadas cumpliendo con todos los requisitos de ley.

4

Fórmula CÁLCULOS CON EL 50% DE LA POBLACIÓN ELECTORAL (LEY VIGENTE) POBLACIÓN ELECTORAL (PE)

MÍNIMO DE ELECTORES PARA VALIDEZ DE LA CONSULTA: 50% (PE)

MÍNIMO DE ELECTORES PARA QUE LA AUTORIDAD SEA REVOCADA:

Que la votación por el Sí sea ≥ VV/2 +1 donde VV es votación válida

5

SIMULACIÒN CONTEXTUALIZADA

LISTA PARTIDO POR LA UNIDAD

No. 1 2 3 4 5 6

LISTA MOVIMIENTO OBRERO

LISTA PARTIDO JUSTICIALISTA

Candidatos A (Alcalde) B (Regidor) C (Regidor) D (Regidor) E (Regidor) F (Regidor)

No. 1 2 3 4 5 6

Candidatos G (Alcalde) H (Regidor) I (Regidor) J (Regidor) K (Regidor) L (Regidor)

No. 1 2 3 4 5 6

Candidatos M (Alcalde) N (Regidor) O (Regidor) P (Regidor) Q (Regidor) R (Regidor)

Si la votación fuera la siguiente: ORGANIZACIÓN POLÍTICA

VOTACIÓN

PARTIDO POR LA UNIDAD

25, 834

PARTIDO JUSTICIALISTA

23, 291

MOVIMIENTO OBRERO

16, 457

Es decir, al ganador, a la lista que ocupó el primer lugar con mayoría relativa, se le otorga la ½ más 1 de escaños disponibles o se le aplica la cifra repartidora, lo que más le favorezca.

CONCEJO MUNICIPAL

La composición del Concejo sería la siguiente:

No.

Integrantes

Cargo

Organización Política

1 2 3 4 5 6

A B C D E H

Alcalde Regidor Regidor Regidor Regidor Regidor

Partido por la unidad Partido por la unidad Partido por la unidad Partido por la unidad Partido por la unidad Partido Justicialista

A

RECOMPOSICIÒN DEL CONSEJO LUEGO DE LA REVOCATORIA

Partido por La Unidad

Partido justicialis ta

PC

5

3

1

A (1)

A (1)

A (1)

2

2

2

3

3

3

4

4

4

5

5

5

6

6

6

Leyenda Consejo Municipal

1

2

Candidatos no proclamados

Si se revoca al Alcalde, lo reemplaza el primer regidor hábil de su lista …

Si se revoca a un regidor, se reemplaza por el candidato no proclamado que sigue en su lista.

B

NUEVAS ELECCIONES A CONSECUENCIA DE LA REVOCACIÒN

CONFORMACIÓN DEL CONCEJO DE ACUERDO A LA ELECCIÓN POPULAR No Integrantes Cargo

NUEVA CONFORMACIÓN POR EFECTO DE LA REVOCATORIA DEL MANDATO EN EL ÀMBITO LOCAL

Org. Pol. Revoc. Vacados Integrantes Cargo Org. Pol.

Observaciones

1

A

Alcalde

PPU

X

E

Alcalde

PPU

Se convierte en el No. 1 de la lista del PPU.

2

B

Regidor

PPU

X

F

Regidor

PPU

Es el único accesitario de PPU

3

C

Regidor

PPU

X

H

Regidor

PJ

Asciende a 2do. Regidor.

4

D

Regidor

PPU

5

E

Regidor

6

H

Regidor

X

I

Regidor

PJ

PPU

J

Regidor

PJ

PJ

K

Regidor

PJ

Nuevos regidores. Al no haber más accesitarios del PPU, se convoca a los accesitarios de la lista que quedó en segundo lugar en la elección hasta completar el número legal de regidores.

Un primer criterio sería que se realice una elección para recomponer todo el Concejo.

Un segundo criterio sería convocar a elección sólo para reemplazar a los que efectivamente fueron revocados. Este criterio ha primado en las revocatorias del año 2009.

C

RESTRICCIONES AL DERECHO A SER ELEGIDO DE LOS REVOCADOS

3

Recurso extraordinario

Recurso de apelación

Recursos que atacan la decisión

Órganos resolutores de recursos (Pleno JNE)

Resolución definitiva

Nueva etapa R. 306–2005–JNE

Órganos que emiten decisiones electorales

Resoluciones en materia electoral

Organismos electorales constitucionales autónomos

Organismos electorales subordinados al JNE

JEE Jurados Electorales Especiales

EL JNE APRUEBA Y FISCALIZA EL PADRÓN ELECTORAL

Es decir, la relación de ciudadanos hábiles para el ejercicio del voto. Procura que el padrón esté integrado por ciudadanos aptos para tener la condición de elector. Se depura a los fallecidos, a quienes tienen suspendido el ejercicio de la ciudadanía, etc. CUADRO I PLAZOS DEL PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DEL PADRÓN ELECTORAL Vencimiento de Plazo para que JNE apruebe el padrón (Art. 201° LOE)

Plazo en días Antes de la elección

120

Cierre del padrón Ley 27764

90

RENIEC remite el padrón al JNE Art. 201° LOE

80

Día de la elección

En este lapso de 80 días, debe ejecutarse los actos para implementar el voto postal

4 Lo que se busca es que la sociedad tenga un instrumento que le permita retomar nuevamente el camino hacia la estabilidad política. Para ello deben de asegurarse 3 variables importantes:

1. Estabilidad gubernamental. Seguridad jurídica de quien ejerce el gobierno. 2. Que no haya violencia política. Que la autoridad vacada legalmente no recurra a la violencia para recuperar indebidamente su autoridad. 3. Evitar la protesta civil, que los gobernados acepten a la autoridad.

Legitimidad de origen (la que proviene de elecciones) Casos como Ilave San Juan del Oro Caos social, Desobediencia civil, Casos como Ilave.

Erson y Line. Citado por Manuel Alcántara Sáez. Gobernabilidad, Crisis y Cambio. FCE. México, 1995. Pág. 25

QUÉ ASPECTOS DEBEN CONSIDERARSE PARA ANALIZAR LA GOBERNABILIDAD LOCAL

3. En los casos en que al ganador se le asigna el 100% de los escaños, no tienen sentido que la oposición concurra a las elecciones.

4. Apatía en la participación en los bastiones partidarios. Pero, el exceso de votos, figura contraria, representa un derroche en cuanto la distribución del voto a nivel nacional.

RESULTADOS ELECCIÓN DEL 2002 (Circunscripción Única, plurinomial)

Partidos votación Partido Aprista - PAP 23, 421 Partido Perú Posible

PARTIDOS PARTICIPANTES

Escaños 5

VOTACIÓN

1 2

PAP

23 421

Perú Posible

23 166

3

A. E. Unidad Nacional

20 522

23, 166

1

4

Acción Popular

19 838

A. E. Unidad Nacional 20, 522

1

5

Integración 6 de junio

15 734

6

Energía Comunal Amazónica

7

Victoria Amazonense

 Fuente: JNE “Resultados Generales Elecciones Municipales 2002 y Complementarias 2003”.

9 797 4 255

Totales

1. Sólo cuentan los votos del candidato ganador 3 Organizaciones representadas

Políticas 7 escaños 7 Org.

2. Los votos emitidos a favor de los derrotados no cuentan.

LA REVOCATORIA DE MANDATO

LA REVOCATORIA DE MANDATO

La circunscripción con menor y mayor población electoral del proceso de revocatorias 2008 se encuentran en el departamento de Lima, como se observa en el presente cuadro: N°

DPTO

PROV

DIST

AUTORIDADES

POBLACIÓN ELECTORAL *

62

BARRANCA

SUPE

ALCALDE Y 5 REGIDORES

63

HUARAL

SUMBILCA

ALCALDE

64

HUAROCHIRI

ANTIOQUIA

ALCALDE Y 5 REGIDORES

65

SAN LORENZO DE QUINTI

ALCALDE Y 5 REGIDORES

66

SAN PEDRO DE HUANCAYRE

ALCALDE Y 5 REGIDORES

67

SANTIAGO DE TUNA

ALCALDE Y 2 REGIDORES

SANTA LEONOR

ALCALDE

68

LIMA

HUAURA

69

2 REGIDORES

70

REGIDOR

71

YAUYOS

CACRA

ALCALDE Y 4 REGIDORES

72

HONGOS

ALCALDE Y 4 REGIDORES

73

HUAMPARA

ALCALDE Y 2 REGIDORES

74

MADEAN

ALCALDE Y 5 REGIDORES

13,853 531 1,228 767 174 592 535

456 231 455 563

REFLEXIÒN FINAL

En otras realidades como la norteamericana, donde se aplica la figura del recalll, Joseph Zimmerman en un interesante estudio sobre las instituciones de la democracia participativa, donde analiza la revocatoria de autoridades ha concluido en lo siguiente: “En aquellos lugares donde se ha autorizado, la convocatoria se ha usado frecuentemente a nivel local y raramente se ha usado a nivel estatal. Lynn J. Frazier, de Dakota del Norte, es el único gobernador que ha sido destituido de su cargo por una elección de convocatoria (1912). El año siguiente, fue electo senador de los Estados Unidos. (Joseph Zimmerman: En: “DEMOCRACIA PARTICIPATIVA. El resurgimiento del populismo”. Primera edición en español, Editorial Limusa. México, 1992. Pág. 136.