MINISTERIO DE SALUD
~,/.~ Visto, el Expediente N° 14+117451-001 , que contiene la solicitud de doña Nelly Margarita PAREDES RIVERA Y el Informe N° 717-2015-E IE-OAR H/MINSA de fecha 4
de setiembre de 2015, emitido por el Equipo de Ingreso y Escalafón de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, sobre la solicitud de licencia por fallecimiento de familia r directo; y, CONSIDERANDO: Que, el inciso e) del Articulo 24° del Decreto Legislativo W 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; el Articulo 112 del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo 0
W 005-90-PCM, la Resolución Ministerial N° 0132-92-SA-P, que aprueba el Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de los Trabajadores del Ministerio de Salud , y, el Manual Normativo de Personal sobre Licencias y Perm isos emitido por el ex Instituto Nacional de Administración Pública , establecen el derecho, requisitos y condiciones para el otorgamiento de la Licencia por Fallecimiento del Cónyuge, Padres, Hijos o Hermanos; Que, mediante Memorándum N° 094-2014-0CI/MINSA, de fecha 12 de noviem bre de 2014, el Jefe del Órgano de Control Institucional del Ministerio de Salud, corre traslado de la solicitud de licencia con goce de remu neraciones a partir del 6 al 12 de noviembre de 2014, formulada por la servidora nombrada Nelly Margarita PAREDES RIVERA , por el fallecimiento de su señora madre Nelly RIVERA DE PAREDES, acaecida el dia 6 de noviembre de 2014, en la ci udad de Lima, para tal efecto adjunta copia del Certificado de Defunción N° 074396, expedido por la Dra. IveUe SUAREZ FRANCO , CMP ; 33750; Que, el Equipo de Ingreso y Escalafón con Informe W 717-2015-EIEOARH/MIN SA de fecha 4 de setiembre de 2015, emite opinión favorable en relación a lo solicitado por la servidora Nelly Margarita PAREDES RIVERA , dado que su petición se encuentra amparada en los dispositivos legales acotados en los parrafos precedentes y copia del Certificado de Defunción N° 074396, que acompaña a su solicitud , precisando que la citada licencia con goce de remuneraciones debe ser concedida con eficacia anticipada del 6 al 12 de noviembre de 2014;
Que, el numeral 17.1 del articulo 170 de la Ley N° 27444 , Ley del Procedimiento Administrativo General. establece que la autoridad podrá disponer en el
mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse fa eficacia del acto, el supuesto de hecho justificativo para su adopción ;
Que, en merito a lo señalado en los considerandos precedentes, resulta pertinente adoptar las acciones de personal , a fin de atender la solicitud formulada por la servidora Nelly Margarita PAREDES RIVERA ;
Con la visación de la Jefa de Equipo (e) de Ingreso y Escalafón y del Ejecutivo Adjunto I de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley W 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General , el Decreto Legislativo W 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo W 005-090-PCM, la Resolución Directoral W 0419-92-SA-P que aprueba el Manual Normativo de Personal del Ministerio de Salud ; SE RESUELVE : Articulo 1°, _ CONCEDER , con eficacia anticipada a doña Nelly Margarita PAREDES RIVERA, Asistente Técnico Secretarial, Nivel SAB, del Órgano de Control Institucional del Ministerio de Salud , cinco (5) días hábiles de Licencia por Fallecimiento de su señora madre , con goce de remuneraciones del 6 al 12 de noviembre de 2014. Artículo 2°,_ ENCARGAR a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Directoral en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa .gob.pe/portadaltransparencia/normas/asp.
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Articulo 3°, _ Notificar la presente Resolución Directoral a dona Nelly Margarita PAREDES RIVERA. Regístrese ~;;lÍÍ¡¡¡gC!lt\~.