F. 259. XLVI. F.,
A.
L.
001115
si medida autosatisfactiva.
Buenos Airesce- ck: de ?O2.. Vistos
los
autos:
"F.,
A.
L.
s/ medida autosatisfactiva",
Considerando: l°)
15
afias
penal
de
de
edad,
A.F.,
el
14
la Provincia
ia
una
A.
G.- que
causa
en
de
se
del
incisos
l°
y
2°,
de
2010,
Chubut -ante esposo de
dispusiera la
mencionada,
representaci6n
enero
contra O.C.,
adolescente
86,
Que
del
base
cuyos
C6digo
lo
del
En
hija
de
justicia
se
instru
por la violaci6n de embarazo
previsto
Penal.
su
estrados
aquélla,
en
A.G.,
solicit6 ala
interrupci6n
con
de
esa
en
de la nifia el
articulo
oportunidad,
se
fia16 que el 3 de diciembre de 2009 habla denunciado la violaci6n ante
23
el
del
Ministerio
mismo
mes
A.G.
cursaba
la
cias
obrantes
fs.
juez
adoptar medidas tigaci6n, calia.
resolver
inici6
por
Esta
el
lo
causa
edi t6
ante
un
la
la
y
(fs.
de
medida
17/18)
y,
justicia
de
con
peticiones
fueron
como
85
la
en
ese
la
con
carecia
cámara
las
fuero
causa
fecha
familia
interrupci6n
la
que
que,
cuenta
17/18
de
el
que
y constan
del
tanto (fs.
22
350/379
-1-
para
actuaciones
a
no
era
de
la
fis
competente
para
La
que
madre
de
A.G.
origin6
la
pre
enero
solicitudes
embarazo la
facultades
la inves
penal).
sus
en
de
la etapa de
autosatisfactiva
rechazadas
dio
y
11).
orden6 el pase de
pedido
Chubut
(fs.
solicitada durante
que
la
gestaci6n
sostuvo
declar6
(fs.
del
certificado médico
última
la
Provincia
semana de
penal
que
vinculadas
153/169)
de
1/1 vta.
como
entonces
sente
y afio,
octava
a
El
Fiscal
de
su
primera vta.),
de
2010,
anteriores,
hija.
Tales
instancia
no
re
obstante
(fs. los
informes ban
que
que
se
A.G.,
habi an
ordenado
"presentaba
y
sintomas
das persistentes" y que
"el
extrano,
su mundo
patible padre se
invasivo... e
intolerable
de
sus
estim6
tad
de
continuidad
nina]
implica [ba]
incluido
2 0) del
si6n
de
fiora
A.F.
sus
Que
Chubut,
la
la
miembros,
supuesto
de
ra
parte
del
de
interrupci6n
y
medica marzo
articulo
de
Trelew
la
en
asi
en
(fs.
nasciturus,
del
y
de
controversia
2010
el
incom
seria
hijo
madre... " por contra
(conf.
de de
su
del
lo
la
que
volun
integridad
E.T.I.,
a)
Justicia 2010,
Equipo
la
el
solicitud
caso en
Penal;
pese
a
b)
se
Materno
en
el
la
de
que
produjo
2°,
de
en
el
prime
plexo
otorgaba La
consti
del
a
de
la
fin
de
intervenci6n
finalmente
Infantil
se
esta hip6tesis
el
caso.
deci la
innecesaridad la
Pro
fundamentos
inciso
con
la
la
encuadraba
el
se
de
revoc6
distintos
practica,
habilitada
imposible,
para
compatible
planteada
Centro
riesgo
previsto
que,
esta
evento
embarazo
por
que:
era
la
suici
un
quien
de
marzo
C6digo
c)
el
Hospital
11
de
Zonal
648).
Que
aquella
extraordinario por su
en
ideas
vta) .
dictada
embarazo
judicial
recurso
Chub ut
86
a
admitiendo
punible"
convencional
3°) un
del
abortiva de
no
e[ra]
Tribunal de
(e)
refleja
vivido como
vida"
27
8
anterior
acuerdo
"aborto
autorizaci6n concluir
fecha
este
de
fs.
sentencia,
hubo
marido
grave
Superior
con
instancia
En
tucional
el
e [ra]
interno
de
riesgo
Interdisciplinario,
lo principal,
como hijo
del
"la
psicofisica,
vincia
hijo
en
depresivos...
embarazo
calificar
hermanos,
que
[la
Tecnico
[E]n
que,
el
Asesor
caracter
de
decisi6n
fue
interpuesto,
General Tutor
en
Subrogante
Ad-Litem
-2-
recurrida
y
por
medio
representaci6n de
la
Asesor
Provincia de
de del del
Familia
e
F.
259.
F.,
Incapaces, llevado en
la
a
que
fue
cabo
ya
gravedad
sentaci6n,
el
esta te,
el
la
institucional
que
a
del
quo,
autorizaci6n se el
ci6n
{Constituci6n
e
Estado
desde
el
en
na
sobre
plexo
la
Dereehos
articulo
3°:
bertad y a
tiene
del
2°,
del
la
haberse
fundamento
caso.
victima violada
la
vida
a
75,
nino
en
En
su
pre
con la
C6digo
in
Penal
procedencia idiota
parti r
inciso
de
23:
"Todo
situaci6n
finalizaci6n
Humanos,
articulo
o
de
demen
segun
la
el
concep
"Correspon
tiene
derecho
del periodo de ensenanza
los
humana.
die
ser
Derechos
en
3°:
a
privado
la
se
ley y,
en
6°:
tiene
todas
"El
la
los
derecho
tiene
vida.
dereeho
a
la
al
a
la
vida,
a
6°:
-3-
la
es
arbi trariamente";
li
"Todo ser de
su
Civiles
inherente
estara protegido por la
vida
Humanos,
Derechos
vida
Este
vida ar
reconocimiento
de
de
a partir del
Dereehos
y articulo
partes ,
a
y articulo
su
general,
Internacional
derecho
de
respete
de
vida,
Convenci6n America
"Toda persona
que
Uni versal
Pacto
Este
y Deberes del
tiene derecho a
seguridad de su persona",
articulo
desamparo,
Nadie puede ser privado de la
individuo
dereeho ,
de
de su personalidad juridica",
Declaraci6n
la persona
podra
con
entender que,
seguridad de su persona";
personalidad juridica" ; Politicos,
el
restringido
"Todo ser humana
concepci6n.
la
medica,
inciso
articulo
estara protegido por la
bi trariamente";
y
protege
la
reconocimiento
momento de la
humana
86,
obstante
constitucional-convencional
Nacional,
1°:
"Toda persona
derecho
agravi6 por
la
no
presentaba
Declaraci6n Americana de
libertad y a
4 0:
el
673/676,
... Dictar un regimen de seguridad social especial
articulo
al
que
de
protecci6n
la
recho
caso
si medida autosatisfactiva.
practica
haberse
al
embarazo hasta
elemental... "; HOmbre,
no
Argentino
Congreso:
integral
se
001116
XLVI. L.
fs.
articulo
al
desconoci6
cual
de al
a
mencionada
recurrente
terpretaci6n
efectu6
concedido
A.
ley.
a
Na
Convenci6n
sobre
los
tección
gal, ra
Derechos
y
cuidado
tanto
los
todo
antes
efectos
ser
que
la
de
confiri6
sea
a
la
la
tiempo
entendía
que
que
-víctimas no
de
hip6tesis (artículo
más
86,
traslado
quien
asumi6
quiriendo
a
la
que
ambas
la
admisibilidad
tUYO
que
amicus o
la
remitir
la
la
se
C6digo
curiae
revocaci6n
la
causa
al
la
de
ejercicio
Que de
su
así
las
cosas,
jurisdicci6n
-4-
la
reconocen
de
la
co
980/1010)
al
de
y
la
forzado abortos
Procurador
Corte
resultan
se
e
se
la
le
con
Incapaces, expidi6
(fs.
así
de
gestante
re
683/694).
Tribunal
como
leo
que
como
Menores
se
Naci6n,
expres6
Asimismo,
sentencia.
no
antes
embarazo
presentaron
esta
en
particulares
este
examen,
la
senor
y
recurrida
que
que,
instancia,
salud
de
sentencia
de
Partes
nasciturus
se
salvo
(fs.
casos
Pública
que
nino
vida").
A.G.
Penal).
del
por
considerados
como
para
entiende
General
casos
ser
"Pa
esta
nina
los
bajo
la
le
l°:
Estados a
pro
artículo
alcanzado
apelada
peticion6
recurso
haya
necesita
protección
edad,
declarara
lo
hicieron
solicitando
la
Oportunamente,
se
Fiscal,
cuesti6n debía declararse abstracta 5°)
el
revocara
del
la
debían
Defensora
presentaciones
confirmaci6n dispuso
la
se
diversos
de
todos
del
de
Defensora
peligro
l°,
se
causa ante
representaci6n
En
los
de
inciso
firi6
la
nino...
debida
intrínseco
precisamente,
general
"Los
sentencia
violaciones-
punibles,
6°:
representaci6n
confirmar
anas
aplicable,
senora
rrespondía
la
Convención,
derecho
radicada
"El
nacimiento",
dieciocho
le
el
Que,
del
artículo
tiene
la
de
que y
incluso
presente
menor
traslado
asumi6
Preámbulo:
después
la
edad",
4°)
quien
de
ley
todo nino
Nino,
especiales,
como
humano
virtud de mayoría
del
(fs.
quien
sos
1021/1022).
considera obstáculo
que
para
la
cir-
F.
259.
F.,
cunstancia por
de
haberse
en el
que
llevado
tintos
Ia
de
practica,
vuelto
del
casos
(confr. mayoria se
por
y
de
las
de
resalto
1013
para
dictar
sario
caso el
decidir
en
que
criterio
ci6n de
de
las
ese
del
casos
el
insume
sea
que
menor A.G.
a
las
que
1013
Wade"
con
el
embarazo
En
(410
tiempo
que
aun
expresado
sin
con y
Ia
en
de
5u
Ia
U.5. su
en
113 even
têrmino
que
lleva
por el
torna nece
utilidad para
fina1idad
el
Ia
de
el
se
su
co
transito
conocido
puedan presentarse
a
su
consecuencia,
propuestas
aque
Pues,
o
tribuna1 que
le
derechos
voto
4061).
v.
mas
se
mencionadas
del
"Roe
a
haberse
escaparian
7°
en
situaci6n
aI
antes
324:5,
maximo
desen que,
sin
de
dis
importantes
esta
que
y
el
justiciables
las 6°
en
dificil
Tribunal
pero
debido
-5-
produce
supremo
pronunciamiento,
Tribunal
analogos
todo
resultan
aI
sentencia,
proceso.
Ia
conocido precedente
Unidos
cuestiones
recaiga
ya
se
remediar
citas;
llegan
anteriores
natural
que
sus
el
actualidad
conllevan
para
relacionadas
jamas
utilmente
instancias
en
de
Tribunal
harto
êstas
analogas
y
a
T:yibunal
considerandos
Estados
cuestiones
del
repetici6n,
Ia disidencia, de
es
garante
establecer
310:819,
interrupci6n-
decurso
de
el
con que
debe poseer
de
abortiva
autos,
que,
funci6n
tua1
1as
que
carezcan
subrayado
que
circunstancias
Fallos:
Corte
1973),
Ia
ha
estudio
susceptibles
pusiera
prema
rol
autosatisfactiva.
Trelew.
de
ahi
medida
aludidos
rapidez
Ia
a
De
corresponde
revisi6n
mo
como
sl
practica
10
Ia
L.
de
constitucionales
encomendado
11013
dada
abstractas.
humanos,
como
lleguen
frustratoria ha
Ia
Infantil
situaciones
cuestiones
cabo
efecto,
precedentes,
agravios
a
Centro Materno
En
lace
1013
A.
001117
XLVI.
para
de
Ia
futuro.
el
que
solu
6°) ti6n
federal
toda
vez
el
te
se
articulo ley
por
48).
orden que
rando, ceso
les
la
en
al
puesto
considera
Que a
la
igual
C6digo
la
la
del
del
superior
jerarquia
del
de
su
Estado
tanto
mas
han
Comite
del
de
los
y
una
la
14,
inciso
pertinen
puede
frente
tiene
al
en
cuenta
pronunciado
censu
instancias
de
Derechos
Derechos
22/03/2010
y
interpretar
restrictiva
otras
Comite
al
resulta
se
causa
Nacional
Argentino
interpretaci6n
del
la
consideraci6n
si
se
de
de
(articulo
tema
cues
recursiva,
Constituci6n
Penal
omisi6n
por parte
por
discusi6n,
de
la
y
invocado
ciamientos
de
dicci6n
el
Estado
ci6n
de
los
distintos
gran
el
ordenamiento
que
(articulo
del
ac
judicia
Humanos
del
y
Niño,
Ar
CRC/C/ARG/CO/3-4,
del
reviste
y
juridico inciso
en
el
responder
a
a
a
la
luz
traves
constitucional de
la
esta
aquellos la
que
en
y
Corte
desde
una
totalidad
del
de
de
desde
como
agra
convencional
planteo,
convenciones
-6-
y
los
instancia
internacionales,
aceptado
22/
de
ultima
armonizar
vulnerado,
ha
esencia
constitucional
organismos
pactos
75/
radica
permita
como
Argentino
tratados,
que
necesario
argumental
parte,
cual
normativa
federal
oportuno
normativo
Naci6n
de
por
una
instancia
tribunal
Finales
dada,
caracter
construcci6n
la
esta
suscitan
respectivamente).
traidos
el
en
internacionales
CCPR/C/ARG/CO/4
interpretaci6n
plexo
que
punible
Finales
apelante
tratamiento
analogos, no
7°)
visto
el
del
el
Observaciones
21/06/2010,
la
2°,
organismos
Observaciones
vios
que
supranacional,
aborto
gentina,
examen
responsabilidad
casos
(cfr.
del
reconocidos
Asimismo,
juridico
varios
plantea
inciso
via
comprometer
su
internacionales 86,
esta
agravios
para
preceptos
tratados
3°,
los
apta
que
comprometi6 por
Que
ley
los
pronun
cuya la
juris
suscrip
1994
inte
suprema
de
Constituci6n Nacional),
F.
y
cuyos
dictamenes
ponsabilidades este
Tribunal
gencia de rrente,
de
generan, indole
se
ve
como
y
tas
interpretativas,
te
principios
se
de
encuentra
las
partes
o
una
declaraci6n
incumplimiento
quo,
a
tener
En
este
que
establecer
jerarquia
en
clave
en
salvo
su
sino
el
tan
Ia
de
de
por
s610,
disputado
ideas, inteli
el
recu nor
necesarias
pau
los
le
res
otras
no por ell0,
decisi6n
que
punto
que,
de
denuncia
aplicaci6n
a
expreso,
orden
Ia
dejando
sobre
un
determinar
igual
a
sl medida autosatisfactiva.
cuyo desconocimiento
limitada
del
L.
ante
obligado
tambien
mas
A.
internacional.
las previsiones
asi
001118
259.' XLVI.
F.,
esta Cor
argumentos
incumbe
(Fallos:
de
realizar
331:735
y
sus
que
in
citas) . 8°)
volucra
86,
sentados
gal.
del
de
por
tal
ble
ha de alli
mas
plexo
esta
constitucional nal),
del
los
realizar Desde
efectuar
inciso 2°,
global
aplicaci6n
ponde
aI
normativa
-articul0
lisis
Que
esa
alto del
rango
C6digo
normativo
principios Corte
una
(articul0
19
no
a
Ia
in
esta
otra
Penal-,
antiguo,
concluirse en que
previsto
con
armonizaci6n
a
luz
dicho
supedi tada
a
un
que
Ia
ana
y
por
corres
precepto de
le
reserva
Constituci6n
realizaci6n del
comful
interpretaci6n
principio
Ia
de
involucrado de
de
del
de
derecho
entiende
amplia
fine
Ia
se
de
traves
fundamental
interpretaci6n y
de
hermeneuticos
desde
perspectiva
tarea
Nacio
aborto no puni
cumplimentaci6n
de
ningun tramite jUdicial. 9°) precedentes articul0
75,
Que
a
partir
corresponde, inciso
23,
de
en de
Ia
lo
seftalado
primer
termino,
Constituci6n
-7-
en
los
considerandos
seftalar
Nacional
que
resulta
del im-
posib1e e1
extraer
a1guna
primer
apartado
se
1ugar,
inserta
Constituci6n
1e
de
mediante
promover,
10s
derechos
17)
De
como
a
este
1a
de
1a madre modo,
protecci6n
1a
socia1
1a
tesis
concreto
de1
en
genera1,
po1iticas
Por e11o,
visi6n
como
a
mandato
que
postu1a
1a
fue
10s
efectos
a
guridad
norma,
socia1
nada
propugna, nera1,
y
si
a1
10
no
puede
dicho
se
que
1a
cobra
es
aun
Convenci6n
gener6
que
para a
respecto
Lo
un
a
en
pretendiera
ni
poder
normativo
10s de1
que
debate
definir
-8-
1a
10s
que
materia
que,
de
de
sentido
10 se
esta
que
se ge
consecuencia
de
una
se
de
oportunidad
esta pre
de
1a
huma
en
si
sobre
de
punib1es
es
fuerza
en
no
que
supues
derechos
c1aro
abortos
un
anima
e1
sec
conside
especifico
en
Constituyente
ninguna
que
de
estab1ezcan,
enunciado,
definir,
10s
normativo
se
10s
resu1 ta
mayor
amp1io
que
1a
1actancia.
integra
de
su
y goce
socia1
de
marco
para
este
puni tivo,
re1ativa
particular.
de
un marco
derivar
tiempo
a1
es
facu1tad
de
seguridad
objetivo
terminos
1a
329: 3089,
embarazo,
a1
atribuida
uno
en
en
e1
tanto
ejercicio
e1
promotoras
tanto
dictar
practicado
cierto
vo1untad
de
cuesti6n
bien
sesi6n,
y
se
1a
violaci6n,
que,
competencia
y
que
articu1ado
respecto
de
especifica
pub1icas
propios
que
embarazo
constituyente
10s
e1
(Fa11os:
regimen
desde
atenci6n
surge
un
advertir
cuyo
Legis1ativo
positivas,
e1
en
en
particu1armente
dictar
nifio,
necesario
c1ausu1a
Poder
referencia a1
es
postergados
durante
to
nos.
a1
fundamenta1es,
rando
proteja
una
acciones
tradiciona1mente
da,
sustentar
porque
en
atribuye
tores
ma
para
recurrente.
En te
base
e1
tiene
1994,
en
derecho
qued6
cuesti6n
en
su a
cuenta
u1ti 1a
vi
p1asmada
una
re1ativa
a1
F.
259.
F.,
aborto
ni
C6digo
Penal
(ver
al
al
el
3-
alcance
supuesto
respeeto,
Reuni6n,
1994,
limi tar
de
Ministerio
de
la
Tomo VI,
inciso
violada
idiota
Constituyente
articulos
la
86,
[continuaci6n],
los
de
articulo
Nacional
Centro
Justicia
sl medida autosatisfactiva.
victima
Ordinaria
2.- Armonizaei6n de
L.
del
Convenci6n
Sesi6n
ci6n Naeional,
A.
001119
XLVI.
de
67
Estudios
Naci6n,
y
19
86
demente
34
agosto
la
Juridieos
epubliea
o
del
1994,
de
de
2°,
de
Constitu
y Soeiales,
Argentina,
pags.
6145/6198) . Por
lo
tanto,
sido voluntad del ee
del
norma
supuesto al
easo
puede
eonstituyente
de
de
no
aborto
la
no
victima
afirmarse
validamente
limitar de modo
punible
de
alguno el
previsto
violaei6n
que
que
en
la
fuera
haya
alean
meneionada
ineapaz men
tal. lO} lo
1°
de
la
Que
de
las
Deelaraei6n Americana
Hombre
como del
articulo
rechos
Humanos,
no
se
interpretar,
de
modo
da
inciso 2°, nentes
de
del
formulaci6n
un
supuesto
Boy",
de
la
de
para
aborto
discusi6n
de
como
de en
la
en
105
y
Derechos
Ello
el
no
de
Derechos torno
a
el
por
fueron
ellas
el
alcance
cuanto
se
derivara
(ver
Humanos,
que
del
las
expresamente
autos
la
el
al
de
sobre
artieulo
invalidez
respecto, 23/81,
los
De
86
perti
delimitadas la
del
correspon
normas
Informe
redacci6n
art1eu
Deberes
Convenci6n Americana
restrictivo,
Penal.
que
de
estableeidas
algun mandato por
instrumentos
Interamericana y
4°
deriva
C6digo
estos
su
si6n
previsiones
en de
Comi "Baby
mencionados
art1culos) .
Por culo
3°
de
la
su parte,
de
la previsi6n
Convenci6n Americana,
-9-
en
contemplada cuanto
en
el
art1
estipula
el
dere-
cho
de
toda
ca,
tampoco
persona se
al
puede
derivar
postulada
por
can ce
corresponda
que
obligaciones del
la
forma
que
aislada
implique
mente,
del
la
como del
y
de
sagran,
la
herencia
en
la
deben
articulo
1°
atento
que
4°
y
la
hace
a
sustentar
un
conforme
tesis
del
al
con relaci6n a
las
la protecci6n normativa ser
alcance
se
establecer
la
interpretaci6n
no puede
darle
el en
agravio las
realizada
de
tal
explicara
una
en
amplitud
precedente
protecci6n
Universal el
incoado
por
disposiciones de
derecho
atenci6n
a
la
el
de
Derechos
a
analizadas
(" Todos
los
que, de
en
seres
datados
como
terminos
en
que
resu1ta
imposib1e
conc1uir
en
la
vocadas
para
punible previsto
la
en
tesis
el
ese
absoluta
recurrente
los
articulos
Humanos
vi da
y
el
fin
con
nacen
estan
los
de
que
con
derecho
unos
esta
de
lo
al
naL.
-10-
86,
los
formulada
restrictiva
del
inciso
e
de
en
el
iguales
en
conciencia,
otros").
este 1as
supuesto
2°,
del
co
previ
dispuesto
raz6n y
can
una
dichas
libres
ap1icabilidad
articulo
asegurar
instrumento,
humanos
fraternalmente
fundar
a
conjunto
cl aras
no
los
lo
interpretaci6n
comportarse
para
la personalidad juridica.
dignidad y derechos y, deben
tanto
personalidad juridi
este.
tampoco
en
ser
alguna
su
dicho precepto,
quiso
respectivamente,
Esto
siones
no
sustento
de
a
que,
Declaraci6n
reconocimiento
en
de
sujeto de derecho,
articulo
Que
encontrar 6°
en
la vida de
ll)
3°
darle
desconocer
a
base
Esto
Estado
Convenci6n
derecho
puede
parte.
del
nasciturus
reconocimiento
Asi,
enunciado, normas de
in
aborto
C6digo
Pe
F.
259.
F.,
12)
Que
la
bida en el deber que nal
de
Derechos
el
tado
ello,
Comite de
el
laci6n.
A su vez,
ha
caso de
expresado
tricti va
del
Finales
articu10
del
Comite
CCPR/CO/70/PER; Humanos: Comite
Observaciones
CCPR/C/ARG/CO/4 Por var la
de
este
norma,
arriba
a
10
sino la
Que
C6digo
Penal
de
del
esta
consideraci6n
Unidas
ha manifes
permitirse
de
el
abor
nUestro
interpretaci6n (cfr.
Humanos:
Gambia,
Comite
la
Penal
A/55/40;
Observaciones
Peru,
del
15/11/2000,
Comite
de
Observaciones
12/08/2004,
Derechos
res
Derechos
finales
del
CCPR/CO/75/GMB;
Humanos:
Argentina,
antes citadas).
resulta
c1aro
para
que,
no
es
interpretar
en
atenci6n
posible
deri
restrictivamente
a
10
expuesto,
se
contraria. relaci6n
los
de
a
Derechos
interpretaci6n
efecto,
ca
consecuencia de una vio
por
Finales
inversamente,
con
debe
en
situaci6n particu1ar de
Derechos
adoptada por el
En sanci6n
la
a que
C6digo
un mandato
que,
encuentra
Pacto Internacio
tener
son la
la
22/03/2010,
conclusi6n
que
que
del
Humanos:
la Convenci6n sobre
sostener
86
tanto,
tratado
13)
de
del
del
Naciones
preocupaci6n
de
Finales
de
relativa
24/07/2000,
Derechos
tampoco
6°
necesario
Observaciones
Irlanda,
de
recurrente
Humanos
examinar su
sl medida autosatisfactiva.
Politicos.
embarazos al
001120
XLVI.
L.
articulo
resul ta
general
to para
pais,
y
Derechos
su posici6n
del
emana del
Civiles
Para que
tesis
A.
los
Convenci6n,
a
del quo
las
disposiciones
del Niňo, articulo colisione
antecedentes se
observa
-11-
tampoco 86,
pertinentes
es posible
inciso
2°,
del
con estas.
que que,
precedieron al
a
la
redactarse
su
Prearnbu10,
expresamente
determinado Consejo
de
cua1quiera
Есоп6тісо
Dereehos
de1
proyecto
у
de
2
10,
sostiene
1а
que
е1
dos
Partes
que
зоп
раіз
1а
de
зі
de
Nif\o:
Fina1es
10з
estipu1a
pretarse
sobre
el еп е1
еп
el
otra que
е1
de
terminos
Dereeho
de
la de1 10З
10з
de
de1
ип
Nif\o;
зи
de
por
10з
de1
Chad.
articu10 de
de
20
1а
de
articu10 Tratados,
-12-
20
de
піпо
de
1а е1
de1
Ра
Со
CRC/C/15/
23.849,
"debe
todo
consti tuye
a1tere
Nif\o:
de1
citadas).
1еу
по
іп
(cfr.
Derechos
antes 1а
1а
Репа1
Fina1es
10З
зиз
nuestro
por
de1
Convenci6n
entiende por
сопеереі6п",
ernbarazos
24/08/1999.
Соті te
que
Esta
reformar
C6digo
Dereehos
10з
de
respecto
CRC/C/ARG/CO/3-4,
se
сазо
preocupaei6n
86
tesis
que
deben
у,
de1
circunstancia
sef\a1ado е1
зе
propues
actua1
1а
1а
Observaciones
de1
10
antecedentes,
derivar
supuesto
Nif\o:
е1
que
sobre
acerca
formu1aci6n
para
articu10
articu10
sentido
тoтento 10з
ta1
Fina1es
parte,
а1сапсе
respecto,
a1ternativas
vio1aci6n-
Соті te
21/06/2010.
de
puede
aborto
ипа
de1
aque110s
Nif\o ha
CRC/C/15/Add.149;
Observaciones
а1
Convenci6n
corroborado
е1
de1
ип
Derechos
1а
manifestado
de1
Derechos
de
зе
de1
de
restrictiva
Argentina.
cuanto
admiten
ha
(ver
Trabajo
10з
por
queda
Derechos
preve,
Por
que,
по
21/02/2001.
Add. 107;
desde
10з
de
variedad
tampoco
Esto
de ипа
Grupo
1ectura
incorporando
10
Observaciones
mite
que
fijara
1989).
ипа
еопзесиепеіа
1ega1es
que
de1
expresamente 1а
-que
1а
este
disposiciones
sobre
ante
parte.
terpretaci6n
1аи.
que,
de
Comite
normas
de
que
Cuesti6n
de marzo de
decidi6
artieu10
зиз
Convenci6n
cone1uir
зе
de
Informe
Азіmізто,
tas,
rechaz6
Socia1,
Nif\o,
E/CN4/1989/48,
puede
зе
Convenci6n а1сапее
inter
ser
ипа
еп
huтano reserva
de
еоп
Viena que
1а
F.
259.
F.,
Convenci6n articu10 que,
do
75,
como
surge
a
11,
por 1a
1a
una
1a
una
de
que
inciso
de
invocadas
que
imponga
interpretar
2°,
C6digo
consecuencia
car
que
de
existen
principios
basicos
dencia
este
de
con e1
lizar
a1cance
que
en
en
que
15)
Que
este
10s
principios
constituciona1 ademas,
victima ci6n
de
amp1ia
Dec1araci6n
en
que
son
argentino una
esta
orden
de
e
esta
norma
Americana
de
a1
no
se
1.3-).
de
e1
10s
10s
supuestos
jerarquia
1a
dicha
de
es
necesario
y
de1
respecto
conducen
adoptar
Derechos
orden
en
especifica
a
este de
1a
Naciona1, y
norma
quo.
prohibici6n
que
como
jurispru
a
fundamenta1es
que
remar
asl
e1
-13-
mandato
embarazos
en
y
articu10
efectuara
de
Vo1u
aprobadas
deriva
interpretar
y
se
respec
1999,
restrictiva
ideas,
1°
constituciona1es
estab1ecidos
(Constituci6n 10s
(ver
igua1
a
por Esta
articu10
51 -1.2;
de1
ap1icaci6n
de
internaciona1
sexua1,
N°
e1
considera necesario
igua1dad
ejes
1a
cuanto regu1a
ob1igan
ap1icaci6n
vio1encia de
de
que
se
hermeneutica que
Esto
Directrices
respecto
c1ausu1as
Tribuna1
a
de1
normas
forma
Pena1,
amp1io
discriminaci6n,
seen,
de
2,
recurrente
una vio1aci6n,
otras
mientras
1nternaciona1,
sesiones 1as
terminos
Naciona1.
re1aci6n
Parte
de
e1
1ey,
10s
interpretativa
abortos no punib1es practicados
son
en
respecto
Derecho
por
rige
con
dec1araci6n
sentado
de1
1a
Convenci6n,
Comisi6n en su periodo de
a1guno
Nifio
reserva
1a Comisi6n
Que
s/ medida autosatisfactiva.
Constituci6n
A/CN.4/SER.A/1999/Add.1,
convenciona1es
de
de
L.
de1
texto mismo
de
p1asmar
14)
86,
22,
de1
21
Anuario de
men
Derechos
efectu6
articu10
1imit6
10s
inciso
Argentino
de1
to,
sobre
001121
XLV!.
A.
Deberes
puntua
de
toda
juridico caso
toda
po
mujer
interpreta articu10 de1
16;
Hombre,
articulo los
2°
cos,
2°;
y
7°;
tratados
vención ción
3°
sobre
la
a
Convención
16,
y
car
la Violencia
En rización que
criterio 1105:
contra
la
en
de
igual de
y
sus
Máxime
tal
de
cuanto
obliga
sentencia
a
como
del
las
los
Mujer,
si tuación
de 30
y
24;
que,
de
por no
además
especificos: de
de
Con
Discrimina
todas
las
Formas
articulos
del
4.f
violación
victima
Econó
Convención
Nino,
2° ,
articulo
y
6.a).
interpretación
una
Politi
sólo
a
los
cometida
no
puede
supues una
irrazonable
delito
responder ser
auto
contra
distinción análogo
la
a
que
se
ningun
admitida
(Fa
citas).
de
en
el
toda
forma
Derechos de
de
y
Sancionar y Erradi
embarazos
diferenciación,
brindarle
de
una
y
y
Formas
articulos
los
otra
3 0,
1.1
Derechos
articu
Derechos
especialmente
establecer
toda
involucrado
teramericana
Y
Eliminación de
sobre
de
Civiles
en campos
todas
la
Humanos,
de
2°
articulos
Muj er,
de
cuando,
protección
emergencia
articulos
reducir por via
implicaria
válido
está
la
consecuencia
332:433
norma,
la
interrupción
respecto
encuentre
Derechos
Internacional
de
sobre
Derechos
Interamericana para Prevenir,
mental
trato
de
la materia
contra
efecto,
sean
incapaz de
de
a
Convención
Convención
de
Humanos,
Eliminación
Discriminación 5°
Pacto
Cul turales,
destinados
Racial;
Y
26;
Derechos
2°;
tos
y
y
sobre
Universal
Internacional
2.1
Sociales
Arnericana
de
Pacto
articulos
micos,
los
Declaración
la
definición
adecuado
de
atención
Humanos,
agosto
cumplimiento
victima
continuada
de
-14-
esta
médica
(ver
al
"Fernández
2010,
del
apartados
alcance del
clase
deber
de
la
esta
de
hechos
en
integral,
tant o
de
respecto, Ortega 124
y
vs.
Corte
In
México",
194) .
F.
259.
F.,
En
esta
oportunamente al
afirmar
por
que
A.
L.
comprensi6n
esta
001122
XLVI.
sI medida autosatisfactiva.
corresponde
Corte
(Fallos:
"la debilidad
juridica
331: 211,
con padecimientos menta1es
-de
abusos-,
crea verdaderos
riesgo'
libre
goce
cesidad
bargo,
de
de
tringida de
chos
no
puede
la norma
las por
la
sino
un prejuicio
fundamenta1es", protecci6n
11evar
a
al
que
valido
circunstancia que
las
de
que
dicho
cuanto
10
que
poseer
denigra
genera
la
ne
Sin
em
eficaz.
proteger
y
res
su al
los
dere
cuya vulnerabilidad se
una
en
los
al pleno
esta delimitaci6n de
sexua1,
las
a
interpretaci6n
de
6°)
sufren
vulnerable
en
una
objetivo
de vio1encia
si
normativa
aceptar
en trato ya
victimas
agrava a
una
responderia
no
de
derechos
estab1ecer
ello
cance,
los
de
por
10
considerando
estructural
personas
'grupos
recordar
discapacidad
cuanto
sujetos
mental,
plenos
de
derechos. 16)
reconocida
en
Que por
varias
Convenci6n Americana raci6n Universal Internacional
ci6n
Americana
prende
el
de
de
que
de
10s
sean
de
la
norma
supuesto
de
aborto
mental.
En
de
un
es
la
efecto,
de1ito
Derechos
1as
no
sexua1,
y
Deberes como
cual
punible,
al
del un
pretensi6n a
de
una
término
-15-
Pacto
Declara
si
se
des
mismas
principio exégesis
respecto
la
Dec1a
del
contempla,
a
de
1°,
la
en
la
violaci6n
un
11
Hombre),
Este
s610
exigir,
de
fin
practicado
de
y
rechazar
ésta
personas,
Preambu10s
Po1i ticos
impone
la
llevar
articulo
utili tariamente.
consecuencia
la
y
y
las
(articulo
Humanos;
consagra
personas segûn
dignidad de
Humanos;
Ci viles
tratadas
trictiva
la
convencionales
Derechos
que
las
de
Derechos
Derechos
de
que
normas
los
invio1abilidad
barazo
demas,
sobre
principio
proscribe
10
de
res
como
de
y
un
un em
a
una
incapaz
toda
otra
victima
embarazo,
que
es
la
consecuencia resu1ta, do,
a
de
todas
derivado
personas tivo,
1uces,
de1
que
1982,
pags.
17) dad
y
pro
este
homine
practicado
cia
una
de
por
estos
una
exegesis
crimina1
ci6n
der
que
estata1" debe
punib1e
la
la
menta1-
niega,
no
situaci6n,
e1
a
conmensurar
Humanos,
1as
La
(cfr.
Editoria1
legitima
defen
Astrea,
Buenos
a1
[a]
acuerde
de1
de
victima a
no
que
esta
la
e1
pena1
a1
ser
en
e1
una
acceder
a1cance
vio1aci6n a
como
la la
y
la
re1ativa antemano
"priorizar
u1tima
frente
a1
po
329:2265).
Por
de
no
de1
que
de
una
castigo
se
esta practica.
resu1ta
toda
contrario caso
ra
interpreta
cua1
proveniente
a1
de1
principio po1iti
6°
sentido
de
consecuen
de
a
humano
segun
amp1ia
decisi6n
1imi tada
con
practica
-16-
sea
la
1ega1i
punibi1idad
privi1egiar
embarazo
de
la
considerando
exegesis
estricta
respectivamente,
derecho y ...
de
interpretaci6n
encuentra
interpretaci6n
derecho
de
cuanto
consonancia
sustancia1mente
otra
postu1a
exigir1e
Editoria1
la
por
se
331:858,
punibi1idad
toda
asi,
en
una
a1
de un bien co1ec
ss.;
embarazo
ob1igan,
interrupci6n porque
un
juridico
la
y
estab1ece
de
derechos
adoptarse
amp1ia
a
mas
o
principios
adoptar
caracteriza
(Fa110s:
vio1aci6n
duzca
esa
que
a
E110
este] ...
ordenamiento
1ega1
e110,
de
[que
109
10s
que
que
otras
juridico,
precepto
principios
impide
Derechos
pags.
vez,
respecto
este
y
fundamenta1es,
contraria
que
de
mas
Y ss.).
ob1igan
vio1aci6n.
a1cance
de1
su
normativo
aborto
tio
a
63
y
imposib1e
Etica
regimen
59,
Que
supuesto
de
en beneficio
1984,
y
derechos
principio,
envergadura
Aires,
Fundamentaci6n
Aires,
co
de
sus
desproporcionada
Santiago,
Buenos
contra
mencionado
rea1icen,
Car10s
Paid6s,
a1
ataque
sacrificios
Nino,
sa,
un
c1ase
-que
re
incapaz pena1
encuentre
y
en
F.
259.
F.,
18)
razones
de
derandos
to
2°, de
de
práctica
al
ceder
que
el
abortos
no
e1
entenderse
punibles
el
es
de su
desinformaci6n
que
a
así
una
legislados
que
el
las
consi supues
86,
inciso
la
en
la
llevado
in
Corte
Su
a
y de
país
de
es
matería,
105
realizaci6n
judicial
nuestro
esta
con
105 términos
implementaci6n
en
105
violaci6n,
víctima,
ha
autorizaci6n la
en
artículo
medía,
condicionar
una
todas
que se practique respecto
que
de
expuestas
en
de
particu1ar
y necesario ampliar
obstaculizado
es 105
desde
un
profe
de
esta
este
pro
casos
la
de
década
1920. esta
inteligencia,
presamente
aclarado
esclarecer
la
no
parte
de
y
quienes
C6digo
no
peligro
puede
es
para
ser
su
ello
Penal
de
en
evitado
por
lo
lo que
quiere
es
a
a
105
respecta
frustraciones
acceder
ellos,
conveniente
cuanto
1°) o
Tribunal
de
dejar efectos
a
de
105
tal
de
abor
derecho
modo
ex
que
por se
responsabilidad internacional.
diplomado
vida
en
evitar
resulta
punible: la
reinante
fin
este
intervenci6n
peticionen
do por un médico cínta,
a
supuestos de Para
del
que
confusi6n
punibles
configuren
86
debe
ya
salud
ha
que
consecuencia
Ello
dictado
en
contemplado
sea
de
la
En
tos
las
oportuno
grado de
mediar
capacidad mental
pronunciamiento.
51 medida autosatisfactiva.
comprende a aquel
que
la
considera
sionales
por
Penal
de
L.
jerarquía normativa
punible
embarazo
importante
de
no
del C6digo
prema
obstante
precedentes,
aborto
todo
no
la máxima
dependencía
te
Que
A.
001123
XLVI.
la
establece
con Si
el
otros
el
aborto
con e1
la madre
medios;
-17-
que
el
artículo practíca
consentimiento de la mujer en
se ha hecha
salud de
transcribir
2°)
Si
y
el
fin de
si
este
evitar un peligro
embarazo
na
proviene
de
una
mujer
violaci6n
idiota
o
representante
ga
fuente
en
de
duzca
a
una
y
exegesis
de
con
al
la se
concluir
cometido
ley
sino
el de
aun
sobre
de
su
dar
a
las
que
de
su
pautas
"la
sentido
las
sus
preceptos"
que
concilie
la
pon
y
con
(Fallos:
mas
precepto, sea
pri
(Fallos:
que
que
la
de
letra"
un
dicho
una
aborto".
mediando
embarazo
independencia
el
cuanto
es
debe
que,
un
en
sobre
consentimiento
particular,
le
practicada de
el
Corte
armonizaci6n
interrupci6n
pudor
caso,
esta
"no
al
requerido para
disposiciones,
impone
violaci6n
este
ser
por
que
integral
se
toda
En
exegesis
sus
sistematica
atentado
aplicaci6n,
fijadas
de
una
313:1149),
nible
una
314:1849)
pugna
un
legal debera
interpretativas
304:1820;
de
demente.
Asi,
mera
o
minima
no
es
pu
consecuencia
capacidad
menta1
y
de
de
su
victima. A de
esta
razones.
articulo
En
86,
conc1usi6n primer
lugar,
inciso 2°,
del
gislador,
a1
" ... (s) i
embarazo proviene
pudor
el
utilizar
cometido
gado),
previ6
provenientes
sobre dos
de
Por
un su
una
una
parte,
un
adoptar
interpretaci6n
su
su
tecnica
de
de
Pena1
la
se
idiota
o
o de
el
natura1eza.
examen
conjunto
amplia.
constituye
-18-
esta En
norma
efecto,
como un
y
que
(enfasis de
tambien este
al
agre
de
los
conduce
precepto
comun
a
embarazos
general,
requisito
le
atentado
sistematico
premisa
e1
del
referirse
un
caso
orden
lectura
a1
demente"
para
dob1e
evidencia
esta
en
un
mera
disyuntiva
diferentes
previstos
redacci6n
partir de
una vio1aci6n
redacci6n estableciendo, de
a
conjunci6n
de
apartados
mienza
C6digo
supuestos delito
11ega porque
muj er
diferentes su
se
a
co
que por para
10s