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E||t,2016

vislo, el Expediente N" 918895-2015-MTNCETUR, de fecha 12.10.2015, presentado por la empresa s.Ac. en et qug_tolqla alllorizac¡ón expresa para ta exptotación oe ¡uegóJ aJ maquinas en la sala de juegos 'EL ENGANTo" del Restaurante cinco Tenedores Turísticoi.EL e¡¡c¡i¡ro', en Jr. Mar¡scal castilla N' 373 - 399 y Jr. Atfonso ugarte N' s72 - sg1, D¡strito de Juanjui, provincia de

ALSHIR GAMING

Cáceres, Departamento de San Martín;

CONSIDERANDO:

'^

megiante Ley N' 27153, y nomas mod¡ficatorias, y su Reglamento aprobado med¡ante Decreto .OY-el Supremo N' 009-2002-MINCETUR, se reguló la exptotación de los juegos dá casino y ti'aqrin"" tra!"monedas en el país, estableciéndose en el artículo 24'del c¡tado cuerpo legál que conespond'e a la Direcci6n Generat de Juegos .de Cas¡no y Máqu¡nas Tragamonedas las facultadeJ adm¡n¡strat¡vás de autor¡zac¡ón, t¡scalizac¡ón, superv¡s¡ón, evaluación y sanción v¡nculadas a las explolaciones antes referidas;

Que, de acuerdo con lo d¡spuesto en el artículo 13'de la Ley N'27153 y normas mod¡f¡catorias, para la ón de juegos de .máqu]fas tragamonedas se requiere de autorización expresa emit¡da por la Diiección de Juegos de Cas¡no y Máqu¡nas Tragamonedas;

Q!e, el artículo 14' de la Ley antes menc¡onada así como el arlículo 7' de su Reglamento, aprobado I Decreto Supremo N' 009-2002-MINCETUR, establecen los requis¡tos que los soticitátes deben cumptir

acceder a la mencionada autorizac¡ón;

Que, med¡ante Expediente N" 918895-2015-MTNCETUR, de fecha l2.lo.2o1s, ra empresa ALSHTR GAMING S.A'C. sol¡c¡ta autorÉación expresa para la exploiac¡ón de juegos de máquinas tragamonidas en la sala de juegos 'EL ENCANTO" del Restaurante Cinco Tenedores Turístico: "EL ENCANTO', u6¡cada en Jr. Mar¡scal Castilla N' 373 - 399 y Jr. Alfonso Ugarte N" 572 - 598, D¡strito de Juanju¡, Prov¡ncia de Mar¡scal Cáceres, Departamento de San Martin;

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Que, el giro princ¡pal a que se refere el artículo 60 de la Ley No 27153 y normas modificadoras, el Fstablecim¡ento donde se gncuentra ¡nstalada la sala de juegos de máqu¡nas tragamonedas de la sol¡citante denominado'EL ENCANTO'ha sido calificado como Restaurante Cinco Tenedores Íurístico, según consta en el certif¡cado,con N'de Registro: 004-20'15, de fecha 17.08.2015, vigenle hasta el 16.08.2020, expedido por ta D¡recc¡ón Reg¡onal de Comercio Exter¡or y Turismo del Gob¡erno Reg¡onal de San Martin, as¡m¡smo, presenta copia de la L¡cenc¡a Municipal de Func¡onam¡ento, de fecha 29.10.2015, por el giro comercial de Reslaurante, por el inmueble ub¡cado en Jr. Mariscal Castilla N'373 - 399 con Jr. Alfonso Ugarte N'572 - 598, D¡strito de Juanlui, Provinc¡a de Mar¡scal Cáceres, Departamento de San Mafín; Que, de olro lado, de confom¡dad con lo d¡spuesto en el artículo 50 de la Ley No 27,l5g y normas modif¡catorias los establec¡m¡ento dest¡nados a la explotac¡ón de máqu¡nas tragamonedas no pueden encóntrarse a menos de c¡ento c¡ncuenta (150) metros, med¡dos de puerta a pue(a s¡gu¡endo el mín¡mo tráns¡to peatonal posible de templos y/o centros de estud¡os donde se imparte educac¡ón ¡n¡c¡al, primar¡a y secundar¡a; Que de conformidad con el artículo 150 de la Directiva No 001-2007-MTNCETURA/MTiDGJCMT,

aprobada

med¡ante Resoluc¡ón D¡rectora¡ No 38-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT, de fecha 29.01.2007 'Normas complementar¡as al proced¡m¡ento de reordenam¡ento y formal¡zación previsto en la Ley No 28945" d¡spone: 'De acuerdo con lo establec¡do en el añículo 5o de la Ley, entiéndase por centros de educac¡ón ¡n¡c¡al, primaia o

I't¡l

secundada a aquellos centros de estud¡os que ¡mpaden educacíón bás¡ca regular de acuerdo con la Ley M 28044 "Ley Generalde Educac¡ón" que cuenten con el cal¡f¡cat¡vo expedido por el Ministerío de Educac¡ón y ta l¡cencia

frt¿o#tc¿ln %c?eclara/ de func¡onam¡ento conespond¡ente. (...)" ratificada con el articulo RA/MT/DGJCMT, aprobada mediante Resolución Directoral

2'de la Direct¡va

N'002-2008-

NO 349-2OOS.MINCETURA/MT/DGJCMT,

Ad¡c¡onales, relac¡onadas con la d¡stanc¡a mín¡ma;

,i

Que. seqún consta en los Informes Técn¡cos Nros. 0924 y 0966-2015-MINCETURA/MT/DGJCMT/DFCSNo 001038-2007Resoluc¡ón med¡ante aprobada /MT/OGJCMT, 2OO7-M|NCETUR MfNCETURA/MT/DGJCMT, de fecha 29.O'l.2OO7, se verif¡có que la sala de juegos cumple con lo establecido en el articulo 50 de la Ley No 27159 y nomta modificatorias, toda vez que no se encuentra ubicada a menos de ciento cincuenla (150) metros contadós siguiendo el min¡mo tráns¡to peatonal de templos y/o centros de estudios de ¡nicial, pr¡maria y/o secundaria; y que asim¡smo cumple con los requis¡tos técn¡cos ex¡g¡bles para la y funcionam¡ento de una sala de juegos de máquinas lragamonedas, encontrándose las máqu¡nas autorizadas y reg¡stradas (homologadas) por la Dirección General de Juegos de Cas¡no y Máqu¡nas

fRC d" fe"tr". íl.'t'l.zO'ts y 11j22015, respect¡vamente, al amparo de lo establec¡do en la D¡rect¡va

Directoral

t.J;/,.

Que, la empresa cumple con adjuntar cop¡a del certificado de Inspecc¡ón Técnica de segufidad en )nes de Detalte N. 2015-0341976, de fecha 05.10.2015, con vigenc¡a Indeterm¡nada, copia del Informe de Inspecc¡ón Técn¡ca de Seguridad en Ed¡ficac¡ones de Detalle, expedidos por la Mun¡cipal¡dad- Prov¡ncial de Ma;¡scal cáceres, en el quá de acuerdo con lo establec¡do en el Decreto supremo N' 058-2014-PCM y normas modif¡caiorias, se deja constancia que la sala de juegos de la solicitante cumple con las cond¡c¡ones de segur¡dad exigibles a este t¡po de establecimientos para la explotac¡ón de hasta novenla (90) máqu¡nas tragamonedas;

eue, de la evaluac¡ón de la solvenc¡a económ¡ca de la sol¡c¡tante y de los soc¡os, d¡rectores, gerentes y apoderados con facultades inscritas, según consla en el Informe Económ¡co - F¡nanc¡ero N' 189-2015 de Autor¡zación expresa de Íecha 07 .12.20'15,la solicitante y las personas antes ¡ndicadas cumplen con los cr¡terios

de evaluación establec¡dos en la O¡rect¡va No 00'l -2007-MINCETURA/MT/DGJCMT, aprobada med¡ante Resolución Directoral No 38-2007-MINCETURA/MT/DGJCMT, de fecha 29.01 .2OO7, debiéndose prec¡sar de conformidad con lo dispuesto en el articulo'15" de la Ley N'27153 y normas modif¡catorias que dicha evaluac¡ón es p€rmanenle en :',, tanto el t¡tular de la autorizac¡ón mantenga vigenie la autorización conced¡da;

y

normas Que, en observanc¡a de lo establecido en los articulos 19" y s¡gu¡entes de la Ley N' 27153 modificatorias, la sol¡c¡tante cumple mn presentar la Carta F¡anza N' 1636064, v¡gente desde el21.'12.2015 hasta el21.'12.2016, otorgada por la empresa La Pos¡t¡va Seguros Generales a favor del M¡nisterio de Comercio Exter¡or y Turismo - tr¡t¡.¡CgfUn por la suma de S/. 346,500.00 Oresc¡entos Cuarenta y Seis Mil Qu¡n¡entos con 00/100 Soles), en respaldo de las obl¡gac¡ones asumidas con el Estado y terceros der¡vadas de la aplicación del mencionado cuerpo legal, la misma que ha sido remit¡da al área de adm¡nistración del MINCETUR para su custodia y fines correspondientes;

Que, med¡ante Exped¡ente N" 925792-201SMINCETUR, de fecha 06.'11.2015, la

empresa

ALSHIR GAMING S.A.C. cumpl¡ó con presenlar el Plan de Prevención de la Ludopatía, al que hace referenc¡a el l¡teral t) del numeral 14.1 del articulo 14 de la Ley N' 27'153, "Ley que regula la explotac¡ón de los juegos de cas¡no y máquinas tragamonedas' mod¡f¡cado mediante el art¡culo 6" de la Ley N'29907,'Ley para la Prevención de la Ludopatía en las salas de casino y máqu¡nas tragamonedas', y el articulo 11' del Reglamento aprobado medianie Decreto Supremo N' 007-2013-MINCETUR;

)' V

¡/l'

Que, en los Informes Técnicos Nros. 0924 y 096&201$M|NCETUR/VMT/DGJCMT/DFCS-LRC de fechas 27.11.2015 y 11 .12.20'15, respect¡vamente, se ha verif¡cado que la sala de juegos ha cumplido con lo dispuesto en el Oecreto Supremo N" 015-201o-MINCETUR, que aprobó el Reglamento de 'Nomas Técn¡cas Complementaias para ta ¡mplementac¡ón del sistema un¡frcado de control en tiempo reat SUCIR" a que se refiere la Pr¡mera Disposición F¡nalde la Ley N'27796 y la Resolución de Super¡nlendencia N" 145-2003-SUNAT;

-

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Que, asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 6 del Anexo ll del Cuadro de Infracc¡ones y Sanciones, del Decreto Supremo N' 015-2010-MINCETUR, se sanc¡onará al titu¡ar de una sala tragamonedas con una multa de c¡nco (05) UIT por cada máquina tragamonedas que no se encuentre interconectada con un Modelo SUCTR;

Que, de acuerdo con lo d¡spuesto en el artículo'17'de la Ley N' 27f53 y normas mod¡f¡catorias, el plazo de vigencia de las autor¡zaciones expresas conced¡das por la Dirección General de Juegos de Cas¡no y Máquinas Tragamonedas es de cinco (05) años, pud¡endo ser renovada por plazos suces¡vos y adic¡onales de cuatro (4) años;

Que, en apl¡cación de los Principios de Presunc¡ón de Verac¡dad y de Privilegio de Controles Poster¡ores en los numerales 1.7 y 1.16 del artículo lV de la Ley No 27444 "Ley del Proced¡m¡ento Administrativo , se presume la verac¡dad de la documentación y/o ¡nformac¡ón presentada;

Que, la presente autor¡zac¡ón se expide previa verificac¡ón de la Base de Datos Of¡ciat de los Pueblos lenas u Or¡ginar¡os publicada en el Portal WEB del Min¡ster¡o de Cultura, en cumplimiento de lo d¡spuesto en la No 29785 "Ley del Derecho a la Consulta Prev¡a a ¡os Pueblos Indigenas u Originarios, reconoc¡dos en el Convenio 169 de ¡a Organ¡zac¡ón Internacional del Traba¡o (OlI", no encontrándose la sala de juegos del

sol¡c¡tante dentro del ámbito terr¡torial de los pueblos indigenas u or¡g¡narios, razón por la que los efectos adminislrativos de la aulor¡zación concedida, no afectan de forma alguna los derechos reconoc¡dos en la Ley antes ¡nd¡cada:

De conform¡dad con las Leyes Nos. 27153, 277 , 28, 45 y 27444 "Ley del Procedim¡enlo Admin¡strativo y el Decreto Supremo N' 009-2002-MINCETUR, estando a lo op¡nado en el Informe Económico -

General"

Financiero

N'

189-2015

de

Autorización expresa, Informes Técnicos Nros.

MINCETUR/VMT/DGJCMT/DFCS-LRC;

0924

y

0966-201 S-

y legal N" 002-201 6.DSG;

SE RESUELVE:

Artículo 1'.- Autorizar a la empresa ALSHIR GAMING S.A.C. la explotación de máqu¡nas tragamonedas

en la sala de juegos 'EL ENCANTO" del Reslaurante C¡nco Tenedores Turíst¡co: "EL ENCANTO', ubicada en Jr.

Mar¡scal Cast¡lla N" 373 - 399 y Jr. Alfonso Ugarte N'572 - 598, Distr¡to de Juanju¡, Provinc¡a de Mariscal Cáceres, Departamento de San Mart¡n; por un p¡azo de cinco (05) años, en observanc¡a de lo normado en el artículo 17' de la Ley N' 27153 y normas mod¡f¡catorias.

Artícufo 2'.- La presente autor¡zac¡ón faculta a la empÍesa la explotación de ochenb (gO) máquines y de doscientas veinücuatro (224) memorias de sóto lect tn, según detalle conten¡do en los I y ll que forman parte ¡ntegrante de la presente resoluc¡ón.

Artículo 3'.- De acuerdo con lo d¡spuesto en l¡teral b) del artículo 49o del Decreto Supremo No 00+2002MINCETUR y la D¡rect¡va No 00'I-2008-MINCETURA/MT/DGJCMT, aprobada med¡anle Resoluc¡ón D¡rectoral N" 220-2008-MINCETURA/MT/DGJCMT, de fecha 21 .02.2008, se le otorga a la sala de juegos ,,EL ENCANTO" el cód¡go de reg¡stro N'111655006.

Arlícufo 4".- La presente autorizac¡ón concedida a la empresa ALSHIR GAMING S.A.C. no faculh la de la sala de juegos 'EL ENCANTO", debido a que de conform¡dad con lo establec¡do el aliculo 7" de la Ley N'27153 y normas mod¡f¡cator¡as, los t¡tulares de una autor¡zación de explotación po[ la D¡recc¡ón General de Juegos de Cas¡no y Máquinas Tragamonedas se encuentran obligados a las normas que sobre zon¡ficac¡ón, seguridad, h¡g¡ene, parqueo, entre otros, eslablezcan las en sus respect¡vas jur¡sd¡cc¡ones para el otorgam¡ento de la l¡cenc¡a mun¡c¡pal correspond¡enle.

Artículo 5".- De acuerdo con lo d¡spuesto en el artículo '14.2 de la Ley N" 27153 y nomas modif¡cator¡as, todos los requ¡s¡tos y cond¡c¡ones que s¡rv¡eron de base para la presente aulor¡zación deben manienerse durante el plazo de vigencia de la m¡sma, bajo apercibim¡ento de cancelarse la autorizac¡ón concedida y d¡sponerse la clausura del establecim¡ento destinado a la explotación de máquinas tragamonedas.

Artículo 60.- De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 6 del Anexo ll del Cuadro de Infracciones y Sanc¡ones, del Decreto Supremo N' 015-201GM|NCETUR, que aprobó el Reglamento de "Normas Técn¡cas Complementar¡as para la ¡mplementac¡ón del s¡stema un¡f¡cado de control en t¡empo real a que se refiere la Primera D¡spos¡ción F¡nal de la Ley N'27796 y la Resolución de Sup€rintendenc¡a N' 145-2003-SUNAT, de fecha 25.07.2OO3, se sancionará al t¡tular de una sala tragamonedas con una multa de c¡nco (05) UIT por cada máquina tragamonedas que no se encuenlre interconectada con un Modelo SUCTR. Artículo 7".- De acuerdo con lo d¡spuesto en la Sentenc¡a de fecha 02.02.2006, exped¡da por el Tr¡bunal Constftuc¡onal (Exped¡ente N' 4227-2005-PNTC), la m¡sma que bajo responsabilidad const¡tuye precedente v¡ncu¡ante para todos los poderes públicos, los explotadores de juegos de cas¡no y máqu¡nas tragamonedas deben cumpl¡r con el pago del lmpuesto a los Juegos como consecuencia de la ac1¡vidad comerc¡al que desarollan.

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Artículo 8'- La Direcc¡ón General de Juegos de Casino y Máqu¡nas Tragamonedas se reserva el derecho 'de revocar la presenle autor¡zación en caso verif¡carse que las cond¡ciones económ¡co-financ¡eras de la empresa

--autor¡zada se han modificado negativamenle como consecuenc¡a de las acc¡ones de cobranza que pud¡era llevar a

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ca'o la Superintendencia Nacional de Adm¡n¡strac¡ón Tr¡butaria (SUNAT) por la deuda ex¡g¡ble por concepto del lmpueslo a los Juegos.

Artículo 9'.- De conformidad con lo previsto en el artículo 24o de la Ley No 27153 y en concordancia con el Pr¡ncipio de Privileg¡o de Controles Posteriores regulado en el numeral 1.16 del articulo lV de la Ley N"27444, la Dirección General de Juegos de Cas¡no y Máquinas Tragamonedas en ejerc¡cio de su facultad de fiscalizac¡ón se reserva el derecho de verificar la información y/o documentac¡ón presentada por la solicitante asi como eslablecer las sanc¡ones o in¡ciar las acc¡ones legales que resulten aplicables ante cualqu¡er discrepanc¡a con la realidad de los hechos.

Artículo l0'.- En observanc¡a de lo d¡spuesto en el artículo 126 de la Direct¡va N" OO1-2OO7MINCETUR /MT/DGJCMT, aprobada med¡ante Resoluc¡ón Directoral No 38-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT, remitase a la Un¡dad de Intel¡gencia F¡nanciera la información y/o documentac¡ón económ¡ca financ¡era relac¡onada con el sol¡c¡tante y las personas naturales que han sido objeto de evaluación, para los fnes a que se contrae la d¡sposición antes indicada.

Artículo I l'.- La presente autorización se exp¡de prev¡a verif¡cac¡ón de la Base de Datos Ofic¡al de los Pueblos Indígenas u Originarios publicada en el Portal WEB del M¡n¡sterio de Cultura, en cumplimiento de lo d¡spuesto en la Ley No 29785 'Ley del Derecho a la Consulta Prev¡a a los Pueblos Indigenas u Or¡g¡nar¡os, reconocidos en el Conven¡o 169 de la Organización Internac¡onal del Trabajo (OlT)", no encontrándose la sala de

juegos del sol¡citante dentro del ámbito tenitor¡al de los pueblos indígenas u orig¡nar¡os, razón por la que los efectos adm¡n¡strat¡vos de la aulorización conced¡da, no afectan de forma alguna los derechos reconoc¡dos en la Ley antes ind¡cada.

Añ¡culo l2'.- De acuerdo mn lo dispuesto en el artículo 8' del Decreto Supremo N' 006-2013-PCM, que "Aprueba la relac¡ón de autorizac¡ones sectoriales de las Entidades del Poder E¡ecut¡vo, que deben ser ex¡gidas a la Ley N'28976, Ley como requisito prev¡o para el otorgamiento de la licencia de funcionam¡ento, de Marco de Licencia de func¡onamiento', publiquese la presente resoluc¡ón én el Portal WEB del Min¡ster¡o de Comercio Efer¡or y Tur¡smo, en la sigu¡ente d¡recc¡ón Flectrón¡ca: !^M Registrese,

MANUEL sAN RoMÁN BENA Director General de Juegos de y Máquinas Tragamonedas

6,: e{PE,.q,/81?J-.

ANEXO I RELACION DE MAQUINAS TRAGAÍUONEDAS AUTORIZADAS SALA DE JUEGOS "EL ENCANTO" RESOLUCION DIRECTORAL

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.2Ol6.MINCETUR/VMT/OGJCMT

ANEXO

I

RELACION DE MAQUINAS TRAGAMONEDAS AUTORIZADAS

SALA DE JUEGOS "EL ENCANTO' RESOLUCf ON DTRECTOR L N.

/ 6

Págim 2

-20r6-MTNCETUR/VMT/DGJCMT

ANEXO II RELACIÓN DE MEMORIAS DE SóLO LECTURA AUTORIZADAS SALA DE JUEGOS ''EL ENCANTO" RESOLUCIÓN DIRE C¡ORALN"

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-2016.I$INCETUR/VHT/DGJCMT

ANEXO II

RELACIóN DE MEMORIAS DE SÓLO LECTURA AUTORIZADAS SALA DE JUEGOS "EL ENCANTO'

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ANEXO II RELACIÓN DE MEiIORIAS DE SÓLO LECTURA AUTORIZADAS SALA DE JUEGOS "EL ENCANTO" RESOLUCIóN DIRE CTORAL N"

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6-MINCETUR/VMT/DGJCMT

12.3.1.216

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ANEXO II RELACIÓN DE TEMORIAS DE SÓLO LECTURA AUTORIZADAS SALA DE JUEGOS ''EL ENCANTO"

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