aci6n 9,;ruÍooo

ITSE de Detalle - Anexo 12 N' 96613 y lit copia del Cert¡ficado de Inspección Técnica de Seguridad. Ed¡ficaciones de Detalle N" 209 - 2016, de fecha 12.
441KB Größe 9 Downloads 2 vistas
,% *¿ o/aci6n 9,;ruÍooo n" 57f Lima,

2

/

-20r7-nrNcETUR/vMT/DGJcirr

2

FE8,2017

V¡sto, el Exped¡ente N' 1012064-2016-MINCETUR, de fecha 30.11.2016, presentado por la empresa ENTRETENIMIENTO HUANUCO S.A.C. en el que sol¡c¡ta autor¡zac¡ón expresa para la explotación de juegos de máquinas tragamonedas en la sala de juegos 'EL RONDERITO" del Hotel Tres Estrellas: "EL RONOERITO", ub¡cada en Jr. Tarapacá Nros. 983 985 987, Zona San Joss, Distrito, Prov¡ncia y Departamento de

-

-

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N" 27153, y normas mod¡f¡catorias, y su Reglamento aprobado med¡ante Decreto Supremo N" 009-2002-MINCETUR, se reguló la explotac¡ón de los juegos de casino y máquinas tragamonedas en el pa¡s, estableciéndose en el afticulo 24" del c¡tado cuerpo legal que corresponde a la D¡rección General de Juegos de Cas¡no y Máquinas Tragamonedas las facultades administrat¡vas de autor¡zac¡ón, fiscalización, superv¡s¡ón, evaluación y sanción v¡nculadas a las explotac¡ones antes referidas;

Que, de acuerdo con lo d¡spuesto en el artículo 13'de la Ley N'27153 y normas mod¡fcatorias, para la de juegos de máqu¡nas tragamonedas se requiere de autorizac¡ón expresa emit¡da por la Direcc¡ón de Juegos de Casino y Máqu¡nas Tragamonedas:

7'de su Reglamento, aprobado Decreto Supremo N' 009-2002-MINCETUR, establecen los requ¡s¡tos que los sol¡citantes deben cumpl¡r para acceder a la menc¡onada autorizac¡ón; Que, el artículo 14" de la Ley antes menc¡onada así como el artículo

la

empresa Que, med¡ante. Exped¡ente N" 1012064-2016-MINCETUR, de fecha 30.11.2016, ENTRETENIMIENTO HUANUCO S.A.C. solic¡ta autorizac¡ón expresa para la explotac¡ón de juegos de máqu¡nas tragamonedas en la sala de juegos "EL RONDERITO" del Hotel Tres Estrellas: "EL RONDERITO", ub¡cada en Jr. Tarapacá Nros. 983 - 985 - 987, Zona San Jose, Distrito, Prov¡nc¡a y Depariamenio de Cajamarca;

Que, al giro principal a que se refiere el artículo 60 de la Ley No 27153 y normas modif¡cadoras, el rto donde se encuentra instalada la sala de juegos de máqu¡nas tragamonedas de la sol¡c¡tante 'EL RONDERITO'ha s¡do calificado como Hotel Tres Eslrellas, según consta en el Cert¡f¡cado con de Registro N' 204 - 2015, de lecha 22.12.2015, con v¡gencia ¡ndeterm¡nada, expedido por la Dirección de Comerc¡o Exter¡or y Tur¡smo del Gobiemo Regional de Cajamarca, asimismo, presenta cop¡a de la L¡cenc¡a de Apertura de Establec¡m¡ento N" LO04722016, de fecha 22j22016, por el g¡ro de Hotel, por el ¡nmueble ub¡cado en Jr. Tarapacá N" 983, Zona San Jose, D¡strito, Provincia y Deparlamento de Cajamarca;

Que, de conform¡dad con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley N" 27153 y normas modif¡catorias los establecimiento destinados a la explotación de máqu¡nas tragamonedas no pueden encontrarse a menos de ciento c¡ncuenta (150) metros, med¡dos de puerta a puerta s¡gu¡endo el mín¡mo tráns¡to peatonal posible de templos y/o cenlros de estud¡os donde se ¡mpale educac¡ón inicial, pr¡mar¡a y secundaria; Que de conform¡dad con el afículo 150 de la Directiva No 00'l-2007-MINCETURA/MT/DGJCMT, aprobada .'.med¡ante Resoluc¡ón D¡rectoral No 38-2007-MINCETUR /MT/DGJCMT, de fecha 29.01.2007 "Normas \omplementarias al procedim¡ento de reordenam¡ento y formal¡zación prev¡sto en la Ley No 28945" d¡spone: "De thuerdo con to esta;blecido en el afticulo 50 de ta Ley, entiéndase por centros de educac¡ón in¡c¡al. pimaia o Cecundaia a aquellos centrcs de estud¡os que ¡mpañen educac¡ón básica regular de acuerdo con la Ley No 28M4 'Ley General de Educac¡ón' que cuenten con el caliñcat¡vo exped¡do por el Min¡sterio de Educac¡ón y la l¡cencia ,aliÁcada con el artículo 2' de la Direct¡va N' 0O2-2m8mun¡c¡pal de func¡onam¡ento conespond¡ente. (...)" MTNCETUR /MT/DGJCMT, aprobada mediante Resoluc¡ón D¡rectoral No 349-2008-MINCETUR /MT/DGJCMT, D¡spos¡c¡ones Adicionales, relacionadas con la d¡stanc¡a min¡ma;

Que, según consta en los Informes Técnicos Nros. 898-2016-MINCETURA/MT/DGJCMT/DCS-JMAQ y 021-2017-MINCETURA/MT/DGJCMT/DCS-JMAQ de fechas 23.12.2016 y 11.01.2017, respectivamente, al amparo de lo establecido en la Direcliva No 001-2007-MINCETURA/MT/DGJCIVIT, aprobada mediante Resoluc¡ón Direcloral No 038-2007-MINCETURA/MT/DGJCMT, de fecha 29.01.2007, se ver¡ficó que la sala de juegos cumple con lo establecido en e¡ articulo 50 de la Ley No 27153 y norma mod¡f¡catorias, toda vez que no se encuentra ub¡cada a menos de ciento c¡ncuenta (150) metros contados s¡guiendo el min¡mo tráns¡to peatonal de templos y/o centros de estud¡os de educación ¡nicial, pr¡mar¡a y/o secundaria; y que asim¡smo cumple con los requis¡tos técn¡cos ex¡g¡bles para la ¡nstalac¡ón y funcionam¡ento de una sala de juegos de máquinas tragamonedas, enconlrándose las máquinas tragamonedas autor¡zadas y reg¡stradas (homologadas) por la D¡recc¡ón General de de Casino y Máqu¡nas Tragamonedas; Que, la empresa cumple con adjuntar copia de: ú) Informe de Inspecc¡ón Técn¡ca de Segur¡dad en ITSE de Detalle - Anexo 12 N' 96613 y lit copia del Cert¡ficado de Inspección Técnica de Seguridad Ed¡ficaciones de Detalle N" 209 - 2016, de fecha 12.'1'1.2016, con vigencia Indelerm¡nada, exped¡dos por la Prov¡ncial de Cajamarca, en el que de acuerdo con lo establec¡do en el Decreto Supremo N'0582014-PCM y normas mod¡ficatorias, se deja constanc¡a que la sala de juegos de ia sol¡c¡tante cumple con las cond¡c¡ones de seguridad ex¡g¡bles a este t¡po de establec¡m¡entos para la explotac¡ón de hasta ve¡nte (20) máqu¡nas tragamonedasl

Que, de la evaluac¡ón de la solvenc¡a económ¡ca de la solicitante y de los socios, d¡rectores, gerentes y con facullades inscritas, según consta en el Informe Económico - F¡nanciero N' 014-2017 de Expresa TGM, de fecha 08.02.2017, la so¡¡c¡tante y las personas antes ¡ndicadas cumplen con los de evaluac¡ón establecidos en la Direct¡va N" 001-2007-MINCETURA/MT/DGJCMT, aprobada mediante D¡rectoral No 38-2007-MINCETURA/MT/DGJCMT, de fecha 29.01.2007, debiéndose precisar de con lo d¡spuesto en el articulo 15" de la Ley N'27'153 y normas modificatorias que d¡cha evaluac¡ón en tanto el t¡tular de la autor¡zación mantenga vigente la autorización concedida;

Que, en observanc¡a de lo establec¡do en los art¡culos 19'y sigu¡entes de la Ley N' 27153 y normas mod¡ficatorias, la sol¡citante cumple con presenlar la Póliza de Caución N'217300263, vigente desde el 09.02.2017 hasta el 09.02.2018, otorgada por la empresa INSUR S.A. Compañ¡a de Seguros a favor del Minister¡o de Comerc¡o Exter¡or y Tur¡smo - MINCETUR por la suma de S/. 81,000.00 (ochenta y un M¡l 00/100 Nuevos Soles), en respaldo de las obl¡gac¡ones asum¡das con el Estado y terceros der¡vadas de la apl¡cación del menc¡onado cuerpo legal, la misma que ha sido remit¡da al área de adm¡n¡stración del MINCETUR para su custodia y fnes correspond¡entes;

Que, la empresa ENTRETENIMIENTO HUÁNUCO S.A.C. med¡ante Expediente N' 1017845-2016MfNCETUR, de lecha 27.12.2016, cumpl¡ó con presentar el Plan de Prevenc¡ón de la Ludopatía, al que hace referenc¡a el l¡teral t) del numeral '14.1 del artículo 14 de la Ley N'27153, 'Ley que regula la explotac¡ón de los juegos de casino y máquinas tragamonedas" modificado med¡ante el articulo 6'de la Ley N'29907, "Ley para la Prevención de la Ludopatía en las salas de casino y máqu¡nas tragamonedas", y el art¡cu¡o 11" del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N' 007-2013-MINCETURi Que, en los Informes Técn¡cos Nros.898-2016-MINCETURA/MT/DGJCMT/DCS-JMAQ

y

O21-2O17-

MINCETUR/VMT/DGJCMT/DCS-JMAQ, que aprobó el Reglamento de 'Normas lécn¡cas Complementar¡as para la ¡mplementac¡ón del sistema un¡f¡cado de control en t¡empo real - SUCIR" a que se refiere la Primera D¡sposrción de la Ley N'27796 y Ia Resoluc¡ón de Super¡ntendenc¡a N' 145-2003-SUNAT;

Que, asim¡smo, de acuerdo con lo d¡spuesto en el numeral 6 del Anexo ll del Cuadro de lnfracciones y del Decrelo Supremo N'015-201o-MINCETUR, se sancionará al t¡tular de una sala tragamonedas con multa de c¡nco (05) UIT por cada máqu¡na tragamonedas que no se encuentre ¡nterconectada con un Modelo Que, de acuerdo con lo d¡spuesto en el artículo 17'de la Ley N'27153 y normas mod¡ficatorias, el plazo de v¡gencia de las autorizac¡ones expresas conced¡das por la D¡recc¡ón General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas es de cinco (05) años, pud¡endo ser renovada por plazos sucesivos y adicionales de cuatro (4) años;

Que, en aplicac¡ón de los Pr¡ncip¡os de Presunc¡ón de Verac¡dad y de Privilegio de Controles Posteriores regulados en los numerales 'l.7 y 1.'16 del arliculo lV de la Ley No 27444 "Ley del Procedim¡ento Adm¡n¡strativo General", se presume la veracidad de la documentac¡ón y/o informac¡ón presentada;

Que, la presente autorización se expide previa ver¡f¡cac¡ón de la Base de Datos Ofic¡al de los pueblos Indígenas u Or¡ginarios publicada en el PortalWEB del M¡n¡ster¡o de Cultura, en cumplimiento de lo d¡spuesto en la ley No 29785 "Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u óriginarios, reconócidos en el Conv€nio 169 de la Organizac¡ón Internacional del Trabajo (OlT)", no lncontrándóse la sala de juegos det sol¡citante dentro del ámbito terr¡torial de los pueblos ¡ndigenas u or¡g¡nar¡os, razón por la que los efectos admin¡strativos de la autorizac¡ón concedida, no afectan de forma alguna lós derechos reconoc¡dos in ta Ley antes ¡nd¡cada;

fr"¿o/oct¿n 9*"rtooo/ De conform¡dad con las Leyes Nos. 27153,

277

, 28945 y 27444 "Ley del Proced¡m¡ento Adm¡n¡strativo

E"?XóJ':?". ooe-200,2-MlNcEruR, -¡uior¡iac¡on ó;;'"r" s"premo Ni t ' ;i"Ñ;19 9flfd"-:i,:l^l"folTTécn¡cos Nros 898-2016TGM,1Informes Expresa"1119o o1;r017- ¿e y 021-2017-MlÑCETUR/VMT/OGJCMT/DCS-JMAQ;

y Legal N" 071-2017-

Artículó 1".- Autor¡zar a la empresa ENTRETENIMIENTO HUÁNUC-O s:A'-c:]1

9!)|91*¡qI:.3'1y113:

RA/MT/DGJCMT/DCS-JMAQ

SE RESUELVE:

t,"e"'onJ""

ra sara de

p"sos-;ÉL-ibioenir-o"

DE^L

¡'9JFL I5F:.:tn:.iH:'.:t*:913::,iI".: ssz, zona san Jose, Di3trito' li::i19gl-T?1nT1T.'."d:

"-n i;iIi?o"Ñ'"""gis - salilffi;'"i:'.. (ói) anái, en ousárvancia de to normado en el articulo 17' de la Lev N'27153 v po,

ó;¡;;.;;;

un Jláio

"¡n"o

loj""f ó!.9: -Y11t?-!2!X:"1n en ros ANExos I v rl sesún dé."rb conten¡do

Artícufo 2'.- La presente autorizac¡ón faculta a la empresa la

; ;";,;iá'7;;;"iüí'iálÁá)¡ái-Ji "ao

t*t;n,

"f

part; integrante de la presenle resoluc¡ón'

Y

Decreto supfemo N" 009-2002AÉicuro 3.._ De acuerdo con ro d¡spuesto en r¡terar b) der-artículo 49o der

gll"!*:^r"dlii:"^i"::'i"¿T"R[ffPÁ?l MrNcEruR y ra D¡rectiva N" ooi)oóe:Mi\óEi-u.lryyllgolgytr juesos "EL RoNDERlro" üjH;!ü6'r il''Ñ"É'i"r'üÁir,¡T¡oéi'c-r"ii, ¿Ji""n" zi.oz.zooe, se te otoria a la sala de el código de registro N" I I1498002.

Artículo 4".- La presenle autorizac¡ón conced¡da a la.eJnelT.a.^ElJ3E^'lFl1T,',TI9.I9iT:3'?i;i;9

a*nlii'ál"ii^ ,1íilióic.l"ii.Jé f""*

g:

"-"i;lq"::lll9ll?=.i1t"ol"o:,1'Í:.:T"" Í:"":*il:11i"':3

ii?3ftiá;flff-""""*""*'.*"';;Ñ.;;á;;ñ3s¡o!itcat95¡..|11t*11'::^d.TTi*":::::"l.:: deneratá;lú"¡"' de casino v y19-'j1"--r-119^T:::9":'..: i-,,'i,'"ii¿á'pái

t

o¡ácc¡on

il:T;J¡ ,::' ;i'i;

;J;;;;;

-:i:lii:::

his¡Lne' parqu"g'

i

""g*¡¿ad' 'o-n¡i"'i¡¿",- otá"rtamiento h'Íil'lll'i5i,,""sl"ii.i¡L¡-"-""J-dl,á

:lll"-9ry:i^::f^1?^T,T J'e |a t¡cenc¡a munic¡pal correspond¡ente.

Art¡cu|o5..-Deacuefdocon|od|spuestoene|articu|o14'2d.e|a|-]eyN.2Tl53ynormasmodificatorias, t, presente autorización deben mantenerse durante el

p"ra los requisitos y condiciones que sirvr-elJn o" o""e

de visencia de la misma, ¡"1"

4É:l'::^':-::t::':ación "pl'üu¡iiJ"t"-F de máquinas rrasamonedas. i"

f,;Í]"["0!iJ.üñ,"ii.il,,t" á""i¡-Jó "

mncedida

v

disponerse la

"xptoración

Articu|o6'.-Deacuerdocon|odispuestoene|lmera|6de|Anexo||de|cuadrode|nffacc¡onesy que €probó el Reglamento de "Nomas fécn¡cas sanciones, der Decreto supr"rJñl ór+loio-¡¡rr.rcgruR, refiere la ,n¡fióado_de control en tiempo real a que se Comptementarias paru t" in1pt"|n"ni""O"' Oái "¡riér" de fecha 14+2003-suNAT' N' superintendencia de primera L"; Ñ:;;ü;;;i;orución DisDosic¡ón Finat de ta 25.o7.zoo3,se sancionará at tituraí ¿e Jnu t"tá

íág;.-"-*,i". q*

t'"g"ton"qaq

por cada máquina gon^yJ'a multa de cinco (05) UIT

sUcTR nó se encuentre interconectada óon un Modelo

-lArt¡cu|oT...Deacuerdocon|odispuesto'en.|aSentenc¡adefecha02.02.2006,expedidapore|Tribuna| precedente ra misma que baio responsabilidad constituye dnstitucionar (Expediente ¡,r" +úr-ioóieArfc), deben y tragamonedas máquinas áe casino víicutante para todo, ro, poO"r".iiU-t'i""ü ;;Jrí'"*"*:9¡Lgos que desanollan' cjufnpl¡r con el pago ¿el tmpuesto Jt-os

ir"go"

"o.o

de la act¡vidad comerc¡al

"onre"uenc¡a

-Artícu|o8o.LaD¡recciÓnGenera|deJuegosdecas¡noyMáquinasTfagamonedassereserva.e|delecho económ¡co-financieras de la empresa l"i" ""¡i""r* q* l"s áondiciones de revocar la presente de cobranza que pudiera llevar a acciones las de "rtor¡.""iin'"l ló."del aulor¡zada se han modificacto negáiiü'r-áé "J"süuencia i;ibrr"r¡á tsuÑÁii por ta deuda ex¡sible por concepto cabo ra superinten¿"n"¡" ¡1""¡orlli'á3';i;:"i;ñ¡;; lmpueslo a los Juegos.

Artículo 9".- De conformidad con lo previslo en el articulo 24o de la Ley No 27153 y en concordancia con el Princ¡p¡o de Priv¡leg¡o de Contro¡es Posteriores regulado en el numeral 1.16 del artículo lV de la Ley N'27444, la Direcc¡ón General de Juegos de Casino y Máqu¡nas Tragamonedas en ejerc¡c¡o de su facultad de fiécalización se reserva el derecho de ver¡f¡car la ¡nformac¡ón y/o documentación presentada por la sol¡c¡tante asi como establecer las sanciones o ¡nic¡ar las acc¡ones legales que resullen aplicables anle cualqu¡er discrepanc¡a con la real¡dad de los hechos.

Artículo '10''- En observancia de lo d¡spuesto en el articulo 12o de la D¡rectjva N"

OO1-2OO7-

MIN_CETURA/¡¡T/DGJCMT, aprobada mediante Resoluc¡ón Directoral No 38-2007-MTNCETURA/MT/DGJCMT, remítase a la Unidad de Intel¡genc¡a F¡nanciera la ¡nformac¡ón y/o documentación económica financ¡era relac¡onada con el.sol¡c¡tante y ¡as personas naturales que han sido objeio de evaluac¡ón, para los f¡nes a que ieiántrae la d¡spos¡c¡ón antes ¡ndicada.

Artículo

ll'.-

La presente autor¡zac¡ón se exp¡de prev¡a verificac¡ón de la Base de Datos Of¡cial de los Indígenas u or¡g¡narios publicada en el Portal VVEB del M¡n¡sterio de cultura, en cumplimiento de lá det Derecho a. ta Consutta previa a tos p""¡r"s i"á¡ge";J; d;¡gi";;;, :"^3^l-?^l:-?t?,8:^'Ley 169.de la.Organ¡zación Internacionat del Trabajo (OtT);, no encontrándose ta sata de 91 9t lonv.enr.o juegos del sol¡citante dentro del ámb¡to ierritorial de los pueblos indigenas u or¡ginarios, razón poÍ la que tos efectos adm¡n¡strativos de la autor¡zación concedide r^.-á alguna .r^,,n- t^ó concedida, n".1".Á no afectan J" de forma los ¡a.Á^r-.^^ -- ,-la derechos .^^^-^^:i^^ reconocidoi en Ley antes ¡ndicada.

Art¡curo 12'.- De acuerdo con ro dispuesto en er art¡curo 8" de¡ Decreto supremo N. 006-2013_pcM, que "Aprueba la relac¡ón de autor¡zaciones sectoriales de las Ent¡dades del poder Ejecutivo, que deben ser exigidas como requisito prev¡o para el otoroam¡ento de la l¡cencia de funcionam¡enlo, ¿e'acuer¿o Jlá i"v L"y Marco de Licencia de funcionamieñto", publíquese l" pr;"*L ;;;;ü;án directorat en et portat wEB det Min¡sterio de comercio Ererioi v i",iiÁó, iá "n

!ü;ilil;";ff;H,.¡#"ffi1ff::',ll:H::nJ#ii tl

Registrese,

MANUEL

BENA

Director General de Juegos de y Máqu¡nas Tragamonedas

€/Ftt.

/ú12_obv

ffi

¡. ásio

ANEXO I RELAC ION DE MAQU INAS TRAGAMONEDAS AUTORIZADAS SALA DE JUEGOS "EL RONDERITO" DE LA EMPRESA ENTRETENIMIENTO HUÁNUCO S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL

N' ,|

K"Y) -

T*" '"r,,\k

:="\

2 3 4

¿\5

\""\\o slrt /s'Vg

v9

10 11

voj

-

,i'/K,&ai :1

^y'"#t ur /, l\r?¡h-

12 13 14 15 16

\17 ill18 f19

v20

FABRICANTE Sigma Sigma A.G.I. GMBH A.G.I. GMBH A.G.I. GMBH A.G.I. GMBH A.G.I. GMBH A.G.I. GMBH A.G,I. GMBH A.G.I. GMBH A.G.I. GMBH A.G.I. GMBH A.G.I, GMBH WMS Gaming WMS Gaming WMS Gaming WMS Gaming WMS Gaminq WMS Gaming WMS Gaming

N",Ñ

.2017 -MINCETUR/VMT/DGJCMT

N'DE SERIE

coDrGo

016000493 1 150 't17629 166497 207950 208014 21',t't84 228136 233147 234792 244360 35't723 362216

SG-1

sG-1 FV 623 CF D FV 680 CF FV 623 CF D FV 623 CF D FV 680 CF FV 623 CF D FV 623 CF D FV 623 CF D FV 623 CF D FV 623 CF D FV 623 CF D BBU (CID 7 PERU) BBU (C D 7 PERU) BBU (C D 7 PERU) BBU (C D 7 PERU) BBU IC D 7 PERU) BBU (CID 7 PERU) BBU (CID 7 PERU)

w2204032 w2204036 w2204038 w2204067 w2211887 w2211888 w2218340

Págirc

I

REGISTRO 80000137 80000137 B0000266 80000286 80000266 80000266 80000286 80000266 80000266 80000266 80000266 80000266 80000266 80000214 80000214 80000214 80000214 800002 t4 80000214 80000214

ANEXO II RELACION DE MEMORIAS DE SÓLO LECTURA AUTORIZADAS SALA DE JUEGOS "EL RONDERITO" DE LA EMPRESA ENTRETENIMIENTO HUÁNUCO S.A.C.

REsoLUcIÓN DIRECTORAL

N.g'f

.20I7{IINCETUR/VMT/DGJCMT

194 1V 5.8-2 oR494

2

V

5.6-1

2V

5.6-11

v

5.6-11

V

5.6-11

94 1V

5.6-11

494

1

A.G.I. GMBH A.G.I. GMBH

IV A,G.I. GMBH

Pógim 2

5.8-2