a cadena perpetua fue condenado padrastro violador

29 ago. 2016 - Holguín Morán y Germán. Merino Vigo (Director de ..... MARIA ANGELA BRICEÑO CAJA sobre. Rectificación de Partida ... gelina debiendo ser lo correcto María. Angela. PUBLIQUESE: en el diario oficial. "GRUPO LA REPUBLICA PUBLICACIONES. S.A." de esta localidad, por el lapso de. 1 día.-Fdo. Dra.
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DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

Viernes, 26 de agosto del 2016

A CADENA PERPETUA FUE CONDENADO PADRASTRO VIOLADOR · Por el delito de violación sexual de su menor hijastra.

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l Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cajamarca, integrado por los Magistrados Carlos Díaz Vargas, Daniel Holguín Morán y Germán Merino Vigo (Director de Debates), impuso la pena privativa de la libertad de cadena perpetua a Elmer Eduardo Julca Correa, autor del delito contra la libertad sexual en su modalidad de violación sexual de menor de edad con agravante de relación de dependencia, tipificado en el artículo 173° último párrafo del Código Penal. Además, dispuso que el violador pague 40 mil soles como reparación civil, en favor de la menor agraviada. El condenado Julca Correa, de 43 años, natural de Cajamarca, cumplirá su condena en el Establecimiento Penitenciario de Cajamarca. A esta decisión se arribó, luego de agruparse duran-

te el Juicio Oral, una serie de indicios y testimonios por parte de testigos, médicos legistas, psicólogos, entre otros medios de prueba que determinaron la responsabilidad penal del hoy condenado. LOS HECHOS El ilícito ocurrió en la provincia de Chota, y fue denunciado por la madre de la menor en el mes de junio del año 2014, luego que encontrara a su conviviente (hoy condenado), abusando de su menor hija. Por versión de la menor, quién en la actualidad cuenta con 12 años, las violaciones ocurrieron en reiteradas oportunidades, en un aproximado de 20 veces desde que tenía 6 años de edad, en circunstancias que la madre la dejaba a cargo del hoy condenado, habiendo guardado silencio sobre estos hechos debido a las constantes amenazas por parte del padrastro violador.

OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL Cajamarca, 25 de agosto de 2016 Corte Superior de Justicia de Cajamarca

DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

AVISOS JUDICIALES DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

1. REMATES REMATE BIENES SEGUNDO REMATE JUDICIAL (EXP. N° 00224-2011-0-0601-JP-CI-03) En los seguidos por el BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A. contra MAURICIA CERQUIN SILVA Y JUSTINIANO RODRIGUEZ CERQUIN sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, (Exp. 224-2011), el Martillero Público Frany Heber Díaz Díaz con Reg. 278, por orden del señor Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, que despacha la Dra. Nilda Socorro Burga Rabanal, Esp. Legal Luisman Hamilton Arribasplata Ygnacio, por Resolución ha dispuesto sacar a Remate Público en SEGUNDA CONVOCATORIA el PREDIO DENOMINADO PARCELA U. C. N° 20300 UBICACIÓN RURAL SAN JUAN DE TINCAT C.P. SUCRE - PROVINCIA y DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA, CON UN ÁREA DE 3.00 HAS. inscrito en la PARTIDA ELECTRONICA 02288854 del Registro de Predios de la Zona Registral II - Sede Chiclayo - Oficina Registral Cajamarca VALOR DE TASACIÓN: S/. 180,000.00 Soles. BASE DE REMATE: S/. 102,000.00 (ciento dos mil con 00/100 Soles); que son las 2/3 partes de la tasación menos el 15% por tratarse en segunda convocatoria.GRAVÁMENES: Asiento D00001.- EMBARGO.- Hasta por S/. 30,000.00 Nuevos Soles, Res. 01 del 21.02.2011 del 3° JPL de Cajamarca Juez Patricia la Torre Esparza, Sec. Miguel Vásquez Medina. Asiento D00002.- EMBARGO.- Hasta por S/. 25,000.00 Nuevos Soles según Res. 03 del 21.09.2011 del 2° JPL de Cajamarca Juez José L. Ventura Caba, Sec. Víctor Cabrera Escobedo.DIA Y HORA: 29 DE AGOSTO DEL 2016 A LAS 12:00 HORAS.LUGAR DE REMATE: Local del 1 er. Juzgado de Paz Letrado de Cajamarca, sito en Av. La Cantuta cuadra doce S/N, complejo Qhapac Ñan - Cajamarca.LOS POSTORES: Adjuntar tasa judicial (código 07153) copia DNI, copia RUC y poderes; asimismo, entregarán una cantidad no menor al 10% del valor de la tasación, (S/. 18,000.00), en efectivo o Cheque de Gerencia. De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo de precio, dentro de tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Es importante señalar que los postores antes de entrar al remate deberán acercarse a la Oficina de Recaudación Judicial de esta Corte a fin de validar sus comprobantes de pago y llevar el sello respectivo conforme a lo dispuesto por el oficio circular N° 036-2013-GAD-CSJCA-PJ. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario, una vez cerrada el acta de remate. (Art. 732° del C.P.C, Ley 27728 y Art. 18° del Reglam. aprobado por D.S. 008-2005- JUS) y están afectos al IGV.- Frany H. Díaz Díaz Martillero Público Reg. 278, Celular 995738170 (RPM #995738170) correo franydiaz@hotmail. com.FRANY HEBER DÍAZ DÍAZ Martillero Público a nivel nacional Reg. N° 278 Luisman H. Arribasplata Ygnacio SECRETARIO JUDICIAL PRIMER JUZGADO PAZ LETRADO CAJAMARCA P. 5462269 F.P. 24-25-26 Agosto S/. 16.8 PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO DE BIEN INMUEBLE: En el Expediente No 00202-2016-0-0601-JR-CI-03, en los autos

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PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

seguidos por BBVA BANCO CONTINENTAL contra FREDDY EDUARDO MACHUCA OLAVARRIA y JOSEFINA CARMEN PLAZA MONGE, Sobre EJECUCION DE GARANTÍAS, el Juez del 3ER Juzgado Especializado en lo Civil de Cajamarca, a cargo del Sr. Juez Dr. WILLIAMS VENTURA PADILLA, Especialista Legal Dr. CESAR JOEL ESTRADA JULON, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA, el siguiente bien: 1.-Unidad Inmobiliaria Vivienda 04 -Calle las Cucardas, (Según Tasación N° 220), Dpto.104 Sector Condominio Residencial Miraflores del Jardín, Distrito, Provincia y Departamento Cajamarca, cuyo dominio, área, medidas perimétricas y colindancias, Corren inscrita en la Partida Electrónica N° 11089640 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo - Oficina Registral Cajamarca. VALOR DE TASACIÓN: El Valor de Tasación Asciende a la Suma de S/.241,257.18. NUEVOS SOLES. BASE DE REMATE: Las Dos Terceras Partes de la Tasación, lo que Asciende a la Suma de S/. 160,838.12.NUEVOS SOLES. AFECTACIONES: Bien Inmueble tiene las Siguientes Afectaciones: 1 .-HIPOTECA: Constituida Hasta por la Suma de US$1041,000.00.(UN MILLON CUARENTA Y UN MIL DOLARES AMERICANOS) a Favor de la BANCO CONTINENTAL, Inscrita en el Asiento No D00001 de la PARTIDA MATRIZ No 11084344, el 07-05-08. 2.-HIPOTECA: Constituida Hasta por la Suma de S/.149,770.15.NUEVOS SOLES.a favor de la BANCO CONTINENTAL, Inscrita en el Asiente No D00003, el 29-0708. 3.-EMBARGO JUDICIAL: Constituido a Favor de CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO S.A.A. CAJAMARCA , Hasta por la Suma de S/147,500.00 NUEVOS SOLES, dictado en el EXP: 2008-02089-15-0601-JR-RE-3., por el J. PENAL de Cajamarca, Inscrita en el asiento D00004 el 09/05/09. Este Embargo solo le afecta los Derechos y Acciones que le puedan corresponder al Procesado FREDDY EDUARDO MACHUCA OLAVARRIA. 4.-EMBARGO JUDICIAL: Constituido a favor de FONGAL CAJAMARCA , Hasta por la Suma de S/.300,000.00. NUEVOS SOLES, dictado en el EXP. 01534-2008-0-0601-JR-CI- 3, por el 3ER J.E. Civil de Cajamarca, Inscrito en el Asiento D00005 el 11/01/2012. Este Embargo solo le afecta los Derechos y Acciones que le puedan corresponder a la Demandada JOSEFINA CARMEN PLAZA MONGE . FECHA Y HORA DEL REMATE: El Bien Inmueble será rematado el Día 05 de Septiembre del Año 2016, a Horas 11:00. am. y será efectuado por el Abogado Martillero Publico Alberto Oscar Ramos Wong, Registro Nacional No 226, con Telf. 942089706 - RPM *0074114 E-mail: [email protected]. LUGAR DE REMATE: Sito en la Avenida la Cantuta Cuadra 12 Frente al Complejo Qapac Ñan, del Distrito, Provincia y Departamento de Cajamarca. LOS POSTORES Depositarán una cantidad no menos al 10% del Valor de la tasación en Efectivo, Certificado de Depósito Judicial o Cheque de Gerencia y presentarán el arancel y su DNI. Los Honorarios del Martillero Público más el IGV será Cancelado al Finalizar el Acto de Remate y por cuenta del Adjudicatario. Cajamarca 11 de agosto del 2016 CESAR ESTRADA JULON SECRETARIO JUDICIAL TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA ALBERTO OSCAR RAMOS WOMG MARTILLERO PÚBLICO REG 226

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P. 5462823 F.P. 25-26-29-31 Agosto 01-02 Septiembre PRIMER REMATE PÚBLICO JUDICIAL El 08.09.2016 a horas 10.30 a.m. en Avenida San Martín de Porres No. 1745 - Cajamarca, DONDE SE EXHIBE, REMATARE EN PRIMERA CONVOCATORIA, bajo el Expediente No. 00047- 2015, UN CAMIÓN VOLQUETE Marca VOLVO, Placa de Rodaje No. M1U809, Año de Fabricación 1976, Modelo N-1050, Combustible DIESEL, Motor No. TD100A71162539, Serie Chasis No. 14008, en el estado en que se encuentra conforme al Dictamen Pericial, en la Base de US $. 6,836.55 Dólares Americanos más IGV que son las 2/3 partes de su Tasación de US $. 10,254.82 Dólares Americanos. Por orden del Segundo Juzgado Especializado en lo Civil de Cajamarca, que despacha la Señora Juez Dra. Claudia Cabanillas Quevedo, Secretario Judicial Dra. Yolanda Fernández Aquino. En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE SULLANA S.A. contra ZACARÍAS PORFIRIO MENDOZA HUARIPATA sobre Obligación de dar suma de dinero. GRAVAMENES: Embargo en Forma de Inscripción a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo S.A. hasta por la suma de S/. 38,000.00, Expediente 77066596, debidamente inscrito en el Registro de la Propiedad Vehicular de la Zona Registral No. II- Sede Chiclayo. Los postores oblarán ante el suscrito Martillero 10% de la Tasación en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre más Tasa Judicial de Participación. A cargo del Adjudicatario el IGV más los derechos del Martillero.- Cajamarca, 03 de Agosto del 2016.Funcionario que efectuará el Remate: DR. CARLOS ALFONSO NAVARRETE ROLDAN.- MARTILLERO PUBLICO- REG. PROF. No. 105 A NIVEL NACIONAL.- CEL. RPM. # 949363626.YOLANDA FERNANDEZ AQUINO SECRETARIA JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA P. 5462821 F.P. 25-26-29 Agosto

2.EDICTOS CLASIFICADOS CONSEJO DE FAMILIA

EDICTO Expediente 2016-065, Segundo Juzgado de Paz Letrado- Cajamarca en solicitud de SANCHEZ TIRADO, SEGUNDO MELQUIADES, sobre Exoneración de Alimentos, se ha resuelto lo siguiente: Resolución N° 01 Cajamarca, veintiséis de julio del dos mil dieciséis. SE RESUELVE; admitir a trámite la demanda interpuesta por SANCHEZ TIRADO, SEGUNDO MELQUIADES, contra SANCHEZ REYES, LUIS ANGEL sobre EXONERACION DE ALIMENTOS: consecuentemente póngase en conocimiento del demandado para que en el plazo de QUINCE DIAS de realizada la presente publicación, se apersone al proceso e intervenga según el estado del mismo bajo apercibimiento de nombrarse CURADOR PROCESAL, en caso de no hacerlo. Por lo que se notifica al demandado mediante la presente. En la vía del proceso único; firmado Dr. Heiner Enrique Castrejón Sangay.-Juez; Cabrera Escobedo-Secretario.Cajamarca, 22 de agosto del 2016. HEINER ENRIQUE CASTREJON SANGAY JUEZ 2° JUZGADO PAZ LETRADO – FAMILIA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA

CAJAMARCA VICTOR R. CABRERA ESCOBEDO SECRETARIO JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO PAZ LETRADO CAJAMARCA P.5462921 F.P. 26-29-31 Agosto EDICTO JUDICIAL En el Tercer Juzgado Especializado de Familia, que despacha la Magistrada HENA LILIAM MERCADO CALDERON, en el Exp. N° 1425-2016 seguido por JOSE NATIVIDAD LOPEZ DE LA CRUZ contra MARIA MAGDALENA DE LA CRUZ POMPA sobre DECLARACION DE UNION DE HECHO; la magistrada ha expedido la Resolución Número DOS de fecha tres de agosto del año dos mil dieciséis; AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE ADMITIR a tramite la pretensión interpuesta por JOSE NATIVIDAD LOPEZ DE LA CRUZ contra la sucesión de MARIA MAGDALENA DE LA CRUZ POMPA sobre DECLARACION JUDICIAL DE UNION DE HECHO; debiendo sustanciarse en la vía procedimental correspondiente al proceso de conocimiento en consecuencia NOTIFIQUESE a la sucesión de MARIA MAGDALENA DE LA CRUZ POMPA sobre DECLARACION JUDICIAL DE UNION DE HECHO, TRASLADO de la demanda a la sucesión por el plazo de SESENTA DÍAS, se apersone al proceso y absuelva el traslado de la demanda, bajo apercibimiento de declararse curador procesal en caso de incumplimiento; NOTIFIQUESELE mediante edicto, PUBLIQUESE los edictos en el diario oficial “el Peruano” por el termino de tres días hábiles, se adjunta una transcripción sumaria de la presente resolución. LILIAM MERCADO CALDERON JUEZ TITULAR TERCER JUZGADO DE FAMILIA CAJAMARCA FLOR MARRUFO MUÑOZ SECRETARIA JUDICIAL TERCER JUZGADO DE FAMILIA CAJAMARCA P. 5453165 F.P. 22-24-26 Agosto

INSCRIPCIÓN Y RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS EDICTO EXP. N° 671-2016 - C- Quinto Juzgado de Paz Letrado Civil, en los seguidos por MARIA ANGELA BRICEÑO CAJA sobre Rectificación de Partida de Nacimiento, se ha resuelto lo siguiente: RESOLUCIÓN N° DOS: Cajamarca, 12-08-16 CONSIDERANDO: SE RESUELVE ADMITASE A TRAMITE en la vía del proceso NO CONTENCIOSO la demanda de Rectificación de Partida de Nacimiento, del menor Wilmer Tanta Briceño, siendo que el Registrador ha consignado en el rubro de documento de identidad del padre como DNI N° 26733338, siendo lo correcto DNI N°26687048, asimismo en el rubro correspondiente al nombre de la madre ha consignado como Angelina debiendo ser lo correcto María Angela. PUBLIQUESE: en el diario oficial "GRUPO LA REPUBLICA PUBLICACIONES S.A." de esta localidad, por el lapso de 1 día.-Fdo. Dra. Vásquez, Juez y Muñoz, Secretaria. Ana María E. Vásquez Alday JUEZ QUINTO JUZGADO PAZ LETRADO CORTE SUPERIOR JUSTICIA CAJAMARCA CYNTHIA MUÑOZ POSADAS SECRETARIA JUDICIAL QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA P.5462996 F.P. 26 Agosto RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO Ante el Segundo Juzgado Mixto de San Miguel con sede en la Florida, se tramita el Expediente Civil N° 2016-008-C, en los seguidos por HILDEBRANDO RAMIREZ ALCANTARA sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, se ha resuelto lo siguiente: RESOLUCION NUMERO

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UNO: La Florida 30/05/2016 ADMITASE A TRAMITE: en la vía del proceso NO CONTENCIOSO la demanda de Rectificación Partida de Nacimiento del recurrente HILDEBRANDO RAMIREZ ALCANTARA, en el extremo que se debe corregir la enmendadura y sobrepuesto con lapicero de los nombres consignados como “HILDEBRANDO*******” debiendo ser lo correcto HILDEBRANDO, debiendo consignarse tanto en el margen como en el cuerpo de la partida de nacimiento del recurrente su nombre correcto como HILDEBRANDO RAMIREZ ALCANTARA: PUBLIQUESE, en el diario oficial “La República” así como en las tablillas de este Juzgado, por el lapso de 01 día. FDO: SERGIO RIOS VENTURA Juez Segundo Juzgado Mixto San Miguel Sede La Florida, LA TORRE BUSTAMANTE LIZETH S. Secretaria Judicial. La Florida, 15 de Junio del 2016 SERGIO RIOS ABANTO JUEZ Segundo Juzgado Mixto San Miguel SEDE LA FLORIDA LIZET LATORRE BUSTAMANTE SECRETARIA JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO MIXTO – LA FLORIDA SAN MIGUEL P. 5463145 F.P. 26 Agosto

PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO CAJAMARCA EDICTO JUDICIAL Expediente N° 2016-42-C, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido por HÉCTOR MANUEL SILVA RABANAL contra SOCIEDAD DE BENEFICENCIA PÚBLICA DE CELENDÍN Y OTROS, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITVA DE DOMINIO, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO DOS; que RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por HÉCTOR MANUEL SILVA RABANAL sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, del bien inmueble signado como Lote 12, de la Manzana 108 del Distrito y Provincia de Celendín e inscrito en la Partida N° P32000197 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registrai de Cajamarca, con un área de 137.70 metros cuadrados, a favor del recurrente, contra la sucesión de las siguientes personas: SANTIAGO HERMILIO RABANAL VELÁSQUEZ, JULIA GAUDENCIA RABANAL PEREYRA, JUAN AURELIANO RABANAL PEREYRA, AMALIA HERMILIA RABANAL PEREYRA Y JOSEFINA RABANAL PEREYRA (según escrito de subsanación); en la vía del proceso ABREVIADO; en consecuencia; ORDENO la NOTIFICACIÓN de las sucesiones antes mencionadas, mediante EDICTOS los mismos que se publicaran por TRES DÍAS HÁBILES consecutivos en el diario oficial “El Peruano" y diario judicial “La República”, a fin de que en el lapso de CUARENTA Y CINCO DÍAS del día siguiente de realizada la última publicación las personas que crean tener derechos sobre el predio materia de prescripción se apersonen al proceso y contradígan la demanda, bajo apercibimiento de nombrar curador procesal, en caso de incumplimiento Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva. Secretaria Judicial.- Ana Silvia Espinoza Idrogo. Julissa Aseijas Silva JUEZA TITULAR JUZGADO MIXTO DE CELENDIN CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA ANA SILVIA ESPINOZA IDROGO SECRETARIA JUDICIAL – CIVIL JUZGADO MIXTO CELENDIN P. 5460616 F.P. 24-25-26 Agosto EDICTO

EXP. N° 2016-73-C ante el Juzgado Mixto Cajabamba, Juez Doctora Edith Margarita Trillo Espinoza, en el Proceso seguido por Segundo Jacinto Rodríguez Aguilar, contra Persona Incierta, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio. Se publica lo siguiente: Resolución Número: DOS de fecha once de julio del dos mil dieciséis, se Admite a trámite la demanda interpuesto por Segundo Jacinto Rodríguez Aguilar, contra Persona Incierta, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio, del inmueble predio denominado “Pampa Grande”, ubicado en el Sector Pampa Grande del distrito y provincia de Cajabamba, departamento de Cajamarca, téngase por ofrecidos los medios probatorios que se indican en el escrito de demanda, a fin de que dentro del plazo de noventa días de realizada la última publicación, se apersonen al proceso y absuelva la presente demanda, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal en caso de incumplimiento a lo antes ordenado, PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución por el término perentorio de TRES con intervalo de TRES días cada publicación.Dra. EDITH M. TRILLO ESPINOZA. JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTO CAJABAMBA. DR. MARLON IVAN OTINIANO AMAMBAL. SECRETARIO JUZGADO MIXTO CAJABAMBA. Cajabamba, 25 de Julio del 2016. Edith Margarita Trillo Espinoza JUEZ JUZGADO MIXTO CAJABAMBA MARLON IVAN OTINIANO AMAMBAL SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO CAJABAMBA P. 5446285 F.P. 16-22-26 Agosto EDICTO EXP. N° 2016-99-C ante el Juzgado Mixto Cajabamba, Juez Doctora Edith Margarita Trillo Espinoza, en el Proceso seguido por María Virginia Aguilar Rojas, contra Persona Incierta, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio. Se publica lo siguiente: Resolución Número: UNO de fecha dos de junio del dos mil dieciséis, se Admite a trámite la demanda interpuesta por María Virginia Aguilar Rojas, contra Persona Incierta, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio, del predio ubicado en el Jr. Prolongación Silva del distrito y provincia de Cajabamba, con un área total de tres mil cuarenta y dos metros con cero ciento treinta y tres centímetros cuadrados (3,042.0133 m2), téngase por ofrecidos los medios probatorios que se indican en el escrito de demanda, a fin de que dentro del plazo de noventa días de realizada la última publicación, se apersonen al proceso y absuelva la presente demanda, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal en caso de incumplimiento a lo antes ordenado, PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución por el término perentorio de TRES con intervalo de TRES días cada publicación.Dra. EDITH M. TRILLO ESPINOZA. JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTO CAJABAMBA. DR. MARLON IVAN OTINIANO AMAMBAL. SECRETARIO JUZGADO MIXTO CAJABAMBA. Cajabamba, 08 de Julio del 2016. Edith Margarita Trillo Espinoza JUEZ JUZGADO MIXTO CAJABAMBA MARLON IVAN OTINIANO AMAMBAL SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO CAJABAMBA P. 5452738 F.P. 22-26 Agosto 02 Septiembre EDICTO EXP. N° 2016-74-C ante el Juzgado Mixto Cajabamba, Juez Doctora Edith Margarita Trillo Espinoza, en el Proceso seguida por María Virginia Aguilar Rojas, contra Persona Incierta, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio. Se publica lo siguiente: Resolución Número: UNO de fecha die-

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cisiete de mayo del dos mil dieciséis, se Admite a trámite la demanda interpuesta por María Virginia Aguilar Rojas, contra Persona Incierta, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio, del predio ubicado en el Prolongación Silva del distrito y provincia de Cajabamba, con un área de dos mil cuatrocientos ochenta y cinco metros con cero doscientos treinta y siete metros cuadrados (2,485.0237 m2), téngase por ofrecidos los medios probatorios que se indican en el escrito de demanda, notifíquese a los demandados inciertos, en el presente proceso, a fin de que dentro del plazo de noventa días de realizada la última publicación, se apersonen al proceso y absuelva la presente demanda, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal en caso de incumplimiento a lo antes ordenado, PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución por el término perentorio de TRES con intervalo de TRES días cada publicación.Dra. EDITH M. TRILLO ESPINOZA. JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTO CAJABAMBA. DR. MARLON IVAN OTINIANO AMAMBAL. SECRETARIO JUZGADO MIXTO CAJABAMBA. Cajabamba, 13 de Junio del 2016. Edith Margarita Trillo Espinoza JUEZ JUZGADO MIXTO CAJABAMBA MARLON IVAN OTINIANO AMAMBAL SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO CAJABAMBA P. 5452738 F.P. 22-26 Agosto 02 Septiembre EDICTO EXP. N° 2016-91-C ante el Juzgado Mixto Cajabamba, Juez Doctora Edith Margarita Trillo Espinoza, en el Proceso seguida por María Virginia Aguilar Rojas, contra Persona Incierta, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio. Se publica lo siguiente: Resolución Número: UNO de fecha diecisiete de mayo del dos mil dieciséis, se Admite a trámite la demanda interpuesta por María Virginia Aguilar Rojas, contra Persona Incierta, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio, del predio ubicado en el Prolongación Silva S/N del distrito y provincia de Cajabamba, con un área de dos mil setecientos noventa y uno metros, con cinco mil quinientos ochenta y siete centímetros cuadrados (2,791.5587 m2), téngase por ofrecidos los medios probatorios que se indican en el escrito de demanda, notifíquese a los demandados inciertos, en el presente proceso, a fin de que dentro del plazo de noventa días de realizada la última publicación, se apersonen al proceso y absuelva la presente demanda, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal en caso de incumplimiento a lo antes ordenado, PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución por el término perentorio de TRES con intervalo de TRES días cada publicación.Dra. EDITH M. TRILLO ESPINOZA. JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTO CAJABAMBA. DR. MARLON IVAN OTINIANO AMAMBAL. SECRETARIO JUZGADO MIXTO CAJABAMBA. Cajabamba, 21 de Junio del 2016. Edith Margarita Trillo Espinoza JUEZ JUZGADO MIXTO CAJABAMBA MARLON IVAN OTINIANO AMAMBAL SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO CAJABAMBA P. 5452738 F.P. 22-26 Agosto 02 Septiembre EDICTO EXP. N° 2016-95-C ante el Juzgado Mixto Cajabamba, Juez Doctora Edith Margarita Trillo Espinoza, en el Proceso seguido por María Virginia Aguilar Rojas, contra Persona Incierta, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio. Se publica lo siguiente: Resolución Número: UNO de fecha dos de junio del dos mil dieciséis, se Admite a trámite la demanda interpuesta por

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DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

María Virginia Aguilar Rojas, contra Persona Incierta, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio, del predio ubicado en el Jr. Prolongación Silva del distrito y provincia de Cajabamba, con un área total de dos mil treinta y ocho metros con dos mil trescientos veintiocho centímetros cuadrados (2,038.2328 m2), téngase por ofrecidos los medios probatorios que se indican en el escrito de demanda, a fin de que dentro del plazo de noventa días de realizada la última publicación, se apersonen al proceso y absuelva la presente demanda, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal en caso de incumplimiento a lo antes ordenado, PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución por el término perentorio de TRES con intervalo de TRES días cada publicación.Dra. EDITH M. TRILLO ESPINOZA. JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTO CAJABAMBA. DR. MARLON IVAN OTINIANO AMAMBAL. SECRETARIO JUZGADO MIXTO CAJABAMBA. Cajabamba, 08 de Julio del 2016. Edith Margarita Trillo Espinoza JUEZ JUZGADO MIXTO CAJABAMBA MARLON IVAN OTINIANO AMAMBAL SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO CAJABAMBA P. 5452738 F.P. 22-26 Agosto 02 Septiembre EDICTO EXP. N° 2016-104-C ante el Juzgado Mixto Cajabamba, Juez Doctora Edith Margarita Trillo Espinoza, en el Proceso seguido por Eisenhower Espejo Vargas, contra Persona Incierta, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio. Se publica lo siguiente: Resolución Número: UNO de fecha veinte de junio del dos mil dieciséis, se Admite a trámite la demanda interpuesto por Eisenhower Espejo Vargas, contra Persona Incierta, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio, del inmueble denominado “El Tayorco”, ubicado en el Sector Callash Alto del distrito y provincia de Cajabamba, con un área total de (0,4780 ha), con un perímetro de 406.82 metros lineales, téngase por ofrecidos los medios probatorios que se indican en el escrito de demanda, a fin de que dentro del plazo de noventa días de realizada la última publicación, se apersonen al proceso y absuelva la presente demanda, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal en caso de incumplimiento a lo antes ordenado, PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución por el término perentorio de TRES con intervalo de TRES días cada publicación.Dra. EDITH M. TRILLO ESPINOZA. JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTO CAJABAMBA. DR. MARLON IVAN OTINIANO AMAMBAL. SECRETARIO JUZGADO MIXTO CAJABAMBA. Cajabamba, 08 de Julio del 2016. Edith Margarita Trillo Espinoza JUEZ JUZGADO MIXTO CAJABAMBA MARLON IVAN OTINIANO AMAMBAL SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO CAJABAMBA P. 5453178 F.P. 22-26 Agosto 02 Septiembre EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Especializado Mixto Transitorio de Cajamarca, recurren los demandantes señores: JACOBA LULICHAC HUACCHA y JOSE ALBERTO MISAY SANGAY, solicitando Tutela Jurisdiccional por derecho propio, e interpone como pretensión principal NULIDAD DE ACTO JURIDICO, respecto de la compra venta un bien inmueble, de fecha 10 de abril del año 1995, y como pretensión accesoria Nulidad del documentos que lo contiene; y REIVINDICACION (pretensión principal), respecto de la posesión del terreno rustico denominado “Las Tunas”, y pago de frutos que viene generando la parcela y la casa vivienda des-

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de el 01 de enero del año 1995 hasta la actualidad en la asuma de S/. 185,000.00 soles, en contra de PEDRO RAMIREZ GONZALES, VIRGINIA SIMONA JULCAMORO MORALES y LA SUCESION DE CANDELARIO LULICHAC COLORADO; en tal sentido, solo debe notificarse mediante este medio a la sucesión de CANDELARIO LULICHAC COLORADO. Por haberse ordenado así en el proceso N° 185- 2014-0-0601-JR-CI-01, seguido por las mismas partes.- Fdo.- Dra. María Jesús Amaya Valderrama, Jueza.- Antonio Gutiérrez Cerquín, Secretario Judicial. Cajamarca, 27 de julio del 2016. María Jesús Amaya Valderrama JUEZ PROVISIONAL JUZGADO MIXTO TRANSITORIO CAJAMARCA P.5445665 F.P. 16-22-26 Agosto

4.EDICTOS PENALES EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 00164-2016. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL SECRETARIA : Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE EMPLAZA A : TERESA VIVERO RIVAS Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° DOS de fecha 13-07- 2016, SE ORDENA: se vuelva a NOTIFICAR por EDICTOS, a la agraviada/procesada Teresa Vivero Rivas con la Resolución n° UNO de fecha 02-05-2016, mediante la cual se RESUELVE declarar inadmisible la denuncia presentada por Vivero Rivas Teresa y María Elena Centurión Rojas, por falta contra la persona, en la modalidad de lesiones dolosas mutuas. Se CONCEDE tres días hábiles -posteriores a la notificación de este auto interlocutorio- a la denunciante para que presente el certificado médico legal que debió obtener oportunamente con la indicación respectiva de la atención facultativa e incapacidad médico legal respectivamente; así como la justificación documental (comprobante de pago) de su pretensión reparatoria, si la tuviese. Si la denunciante no presentara la documentación requerida en el plazo concedido de tres días hábiles; consentida o ejecutoriada que sea esta resolución ARCHÍVESE definitivamente el expediente. Cajamarca, 16 de agosto de 2016. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 24-25-26 Agosto EDICTO PENAL Exp. N° 2016-2015-0-0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: MARCIA DENYS ÁLVAREZ FIGUEROA Se cita y emplaza a los agraviados: SEGUNDO FELIPE BAUTISTA HUARIPATA, FRANCISCA LLANOS MORENO Y JUAN GUERRA VILLANUEVA En sesión de audiencia llevada a cabo con fecha ocho de agosto del año en curso el señor Juez ha dispuesto REPROGRAMAR la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN PARA EL DÍA VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA en la sala de audiencias número tres, ubicado en el quinto piso de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca (sede Qhapap Ñan); y, se dispone la notificación mediante EDICTOS por el plazo de UN DÍA , en el diario judicial “La República” a los agraviados SEGUNDO FELIPE BAUTISTA HUARIPATA, FRANCISCA, LLANOS MORENO Y JUAN GUERRA VILLANUEVA; a fin de que se presenten y hagan valer su derecho conforme corresponde; OFICIANDOSE con tal fin. . Cajamarca, 22 de agosto del 2016. EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4° JUZGADO INVESTIGACION PREPARA-

TORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 25-26-29 Agosto EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 204 - 2015 ( 21 - 2016 - JUP) SE CITA Y EMPLAZA AL ACUSADO: JULIO CESAR ALVARADO FLORES Para hacer de su conocimiento que por resolución número cuatro de fecha nueve de Agosto del dos mil dieciséis, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Julio César Alvarado Flores, disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el citado acusado sea ubicado y capturado; DESIGNANDOSE como su Abogado defensor a la Abogada de Oficio doctora Elva Liliana Albújar Nuñez; HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Mia Tatiana Alvarado Rodríguez. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 26-29-31 Agosto EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 12-2016 (93 -2016- JUP) SE CITA Y EMPLAZA AL ACUSADO: ALEJANDRO COTRINA MONTOYA Para hacer de su conocimiento que por resolución número dos de fecha diez de Agosto del dos mil dieciséis, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Alejandro Cotrina Montoya disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el citado acusado sea ubicado y capturado; DESIGNANDOSE como su Abogado defensor a la Abogada de Oficio doctora Elva Liliana Albújar Nuñez; HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Anali Cotrina Urbano. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCÍA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA – MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 26-29-31 Agosto EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 237 - 2015 (49 -2016-JUP) SE CITA Y EMPLAZA AL ACUSADO: SANTOS WALTER FLORES GARCIA

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV Para hacer de su conocimiento que por resolución número cuatro de fecha once de Agosto del dos mil dieciséis, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Santos Walter Flores García disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el citado acusado sea ubicado y capturado; DESIGNANDOSE como su Abogado defensor a la Abogada de Oficio doctora Elva Liliana Albújar Nuñez; HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Rosana Anali Flores Huaccha . Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial. LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 26-29-31 Agosto EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 284- 2015 (51-20I6-JUP) SE CITA Y EMPLAZA AL ACUSADO: YVAN SEGUNDO CORREA CAMIZAN Para hacer de su conocimiento que por resolución número tres de fecha once de Agosto del dos mil dieciséis, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Yvan Segundo Correa Camizan disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el citado acusado sea ubicado y capturado; DESIGNANDOSE como su Abogado defensor a la Abogada de Oficio doctora Elva Liliana Albújar Nuñez; HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Nelson Diego Correa López. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 26-29-31 Agosto EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 35- 2015 (92 - 2016 - JUP) SE CITA Y EMPLAZA AL ACUSADO: RUFINO AVILA MEZA Para hacer de su conocimiento que por resolución número tres de fecha once de Agosto del dos mil dieciséis, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Rufino Avila Meza disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el citado acusado sea ubicado y capturado; DESIGNANDOSE como su Abogado defensor a la Abogada de Oficio doctora Elva Liliana Albújar Nuñez; HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condi-

DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

ción procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Resistencia y Desobediencia a la Autoridad, en agravio del Estado- Procurador Público del Poder Judicial. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 26-29-31 Agosto EDICTO PENAL Exp. N° 0095-2016-0-0601-JR-PE-01 PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: JUAN DE DIOS COJAL MENA Se cita y emplaza a: JESÚS VERA AGUILAR Para que tomen conocimiento y se pongan a derecho, que mediante Resolución N° 04, de fecha 23/08/2016, se ha dispuesto NOTIFICAR VÍA EDICTOS al IMPUTADO JESÚS VERA AGUILAR con el contenido de la resolución número CUATRO que señala: “DADO CUENTA se resuelva de oficio: 1. DECLARAR la nulidad de la resolución uno de fecha veintiuno de enero del dos mil dieciséis, (obrante hoy en la carpeta 00095-2016-0), en consecuencia NULO E INSUBSISTENTE todo lo actuado con posterioridad. 2. REPONGASE los autos al estado que corresponde, esto es: 3. ADMITASE A TRÁMITE el requerimiento de incorporación de tercero civilmente responsable presentada por la Fiscal Provincial del Segundo Despacho de Investigación de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, en consecuencia; REQUIÉRASE a la fiscalía presentante a fin de que informe dentro del tercer día de notificado quiénes son los sujetos procesales apersonados a la causa (indicando si cuentan con domicilio procesal y/o real), bajo apercibimiento de responsabilidad funcional y comunicación al órgano de control en caso de incumplimiento, y una vez cumplido el mandato, notifíquese a los sujetos procesales con la presente solicitud. FORMESE el incidente de su propósito y FECHO DESE con los autos para resolver lo pertinente. 4. CORRASE TRASLADO DE LA ACUSACIÓN y del requerimiento integratorio de fojas dieciocho(del principal), a los sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos, de creer conveniente, puedan por escrito y de manera fundamentada, pronunciarse conforme a lo previsto en el artículo 350° del Código Procesal Penal. PRECISESE que las indicadas peticiones sólo serán objeto de debate en la audiencia preliminar de control de acusación, siempre y cuando hayan sido fundamentadas por escrito y presentadas dentro del plazo de ley. COMUNIQUESE que la carpeta fiscal original se encuentra en el Pool de Especialistas Judiciales de los Juzgados de Investigación Preparatoria, para los fines que correspondan, la misma que deberá correr como acompañado a la presente carpeta, manteniendo su foliación. Asimismo, HÁGASE PRESENTE que a tenor del artículo IX del Título Preliminar del Código Procesal Penal y en aplicación de la doctrina legal establecida mediante Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ-116 de fecha dieciséis de noviembre del año dos mil diez y publicado en la página web del poder judicial el 15 de diciembre del mismo año, la parte agraviada dentro del plazo del cual se corre traslado de la presente acusación, puede en ejercicio de su derecho a la defensa solicitar, si lo considera por conveniente, su constitución en actor civil, teniendo

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en cuenta que estamos ante un requerimiento de acusación directa, donde no ha existido investigación preparatoria. AL PRIMER OTROSÍ: TENGASE presente. 5. NOTIFÍQUESE al Tercero Civil mediante Edictos tal como lo ha señalado el Representante del Ministerio Público, en el Diario Oficial de esta Corte Superior de Justicia, por el lapso de tres días hábiles consecutivos, con el extracto de la presente resolución. NOTIFÍQUESE.Cajamarca, 24 de Agosto del 2016. MARIELLA MARCELO YBAÑEZ JUEZ SUPERNUMERARIO Primer Juzgado Investigación Preparatoria CAJAMARCA F.P. 26-29-31 Agosto EDICTO PENAL Exp: 2202-2013-24 3° Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Trujillo Secretario: ROCIO DEL PILAR GOYZUETA BENITES Se notifica a CARLA VANESSA CAMPOS VIDAL y otros, con la resolución N° DIEZ, por la cual se le CITA A LA REPROGRAMACIÓN DE LA AUDIENCIA PÚBLICA DE CONTROL DE ACUSACION, a llevarse a cabo EL DIA 06/09/2016, A LAS 08:30 AM, en la sala de audiencias del 3°JIPT, en el proceso seguido en su contra, por el delito de VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD DE TRABAJO, en agravio de JAIME EDUARDO REYES GUERRA. 22 de Agosto del 2016 Rocio Del Pilar Goyzueta Benites Asistente de Causas Jurisdiccionales Juzgado de Investigacion Preparatoria Corte Superior de Justicia de La Libertad F.P. 26-29-31 Agosto EDICTO PENAL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: Lorena Ibeth Carrión Rojas EXP: 01933-2015-1 SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día LUNES VEINTISÉIS DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, A LAS TRES CON QUINCE DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N°4 (6to piso) en la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta s/n, cuadra 12 (Ref. al frente del Complejo Qhapac Ñan, edificio de 9 pisos), debiendo el acusado JORGE LUIS SALAZAR TUCTO concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez Homero Rovinson Miraval Trinidad y especialista judicial Lorena Ibeth Carrión Rojas. Atentamente. Homero R. Miraval Trinidad Juez Segundo Juzgado Unipersonal Cajamarca F.P. 26-29-31 Agosto EDICTO PENAL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: Lorena Ibeth Carrión Rojas EXP: 01933-2015-1 SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día LUNES VEINTISÉIS DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, A LAS TRES CON QUINCE DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N°4 (6to piso) en la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta s/n, cuadra 12 (Ref. al frente del Complejo Qhapac Ñan, edificio de 9 pisos), debiendo el acusado JORGE LUIS SALAZAR TUCTO concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en

la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez Homero Rovinson Miraval Trinidad y especialista judicial Lorena Ibeth Carrión Rojas. Atentamente. Homero R. Miraval Trinidad Juez Segundo Juzgado Unipersonal Cajamarca F.P. 26-29-31 Agosto EDICTO PENAL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: Lorena Ibeth Carrión Rojas EXP: 02191-2015-3 SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día MARTES CUATRO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, A LAS CUATRO DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N°4 (6to piso) en la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta s/n, cuadra 12 (Ref. al frente del Complejo Qhapac Ñan, edificio de 9 pisos), debiendo el acusado JORGE LUIS MARIN CUEVA concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez Homero Rovinson Miraval Trinidad y especialista judicial Lorena Ibeth Carrión Rojas. Atentamente. Homero R. Miraval Trinidad Juez Segundo Juzgado Unipersonal Cajamarca F.P. 26-29-31 Agosto EDICTO PENAL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: Lorena Ibeth Carrión Rojas EXP: 01416-2015-1 SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día LUNES VEINTISÉIS DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, A LAS TRES DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N°5 (6to piso) en la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta s/n, cuadra 12 (Ref. al frente del Complejo Qhapac Ñan, edificio de 9 pisos), debiendo el acusado ALFONSO OCAS LUICHO concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez Homero Rovinson Miraval Trinidad y especialista judicial Lorena Ibeth Carrión Rojas. Atentamente. Homero R. Miraval Trinidad Juez Segundo Juzgado Unipersonal Cajamarca F.P. 26-29-31 Agosto EDICTO PENAL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: Lorena Ibeth Carrión Rojas EXP: 01689-2015-1 SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día MARTES CUATRO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS,

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A LAS TRES DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N°4 (6to piso) en la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta s/n, cuadra 12 (Ref. al frente del Complejo Qhapac Ñan, edificio de 9 pisos), debiendo el acusado FÉLIX PRESENTACIÓN ALCÁNTARA HOYOS concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez Homero Rovinson Miraval Trinidad y especialista judicial Lorena Ibeth Carrión Rojas. Atentamente. Homero R. Miraval Trinidad Juez Segundo Juzgado Unipersonal Cajamarca F.P. 26-29-31 Agosto EDICTO PENAL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: Lorena Ibeth Carrión Rojas EXP: 00755-2015-1 SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día MIÉRCOLES CINCO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, A LAS TRES DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N°4 (6to piso) en la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta s/n, cuadra 12 (Ref. al frente del Complejo Qhapac Ñan, edificio de 9 pisos), debiendo el acusado ROSARIO DIAZ CULQUI concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez Homero Rovinson Miraval Trinidad y especialista judicial Lorena Ibeth Carrión Rojas. Atentamente. Homero R. Miraval Trinidad Juez Segundo Juzgado Unipersonal Cajamarca F.P. 26-29-31 Agosto EDICTO PENAL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: Lorena Ibeth Carrión Rojas EXP: 00603-2016-1 SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día MIÉRCOLES VEINTICINCO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, A LAS CUATRO DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N°4 (6to piso) en la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta s/n, cuadra 12 (Ref. al frente del Complejo Qhapac Ñan, edificio de 9 pisos), debiendo el acusado LEOPOLDO HUARIPATA GUTIERREZ concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez Homero Rovinson Miraval Trinidad y especialista judicial Lorena Ibeth Carrión Rojas. Atentamente. Homero R. Miraval Trinidad Juez Segundo Juzgado Unipersonal Cajamarca F.P. 26-29-31 Agosto

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1 de agosto del 2016 DR. FELICIANO VÁSQUEZ DR.MOLOCHO FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Viernes, L26unes, de agosto del 2016 

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DR. FELICIANO FELICIANO VÁSQUEZ DR. VÁSQUEZMOLOCHO MOLOCHO- PRESIDENTE - PRESIDENTE

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del 2016 S/. 0.01 INC. Lunes, 1 de agosto Viernes, 26 de agosto del 2016  PRECIO POR PALABRA:PRECIO POR IGV PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

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1 de agosto del 2016 DR. FELICIANO VÁSQUEZ DR.MOLOCHO FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Viernes, L26unes, de agosto del 2016 

PRECIO POR PRECIO PORPALABRA: PALABRA:S/. S/.0.01 0.01 INC. INC. IGV