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L¡ma,
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2or5-MrNcETuR/vMT/DGJcMT
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SEI.2015
V¡slo, el Expediente N" 892743-201$M|NCETUR, de fecha 21.07 -20'15, mediante el cua¡ la empresa y Representaciones Am¡luz S.A.C. solicita la Renovación de Autorizac¡ón Expresa para la de máqu¡nas tragamonedas en la Sala de Juegos ,'Dolphin3',, ubicada en la Mz. N, Lote 01, Unidad Segundo, Grupo Res¡denc¡al 9, Distrito de Villa El Salvador, Prov¡nc¡a y Departamenlo de Lima;
Negociac¡ones
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N" 27153, y normas modificatorias, y su Reglamento aprobado med¡ante Decreto N' 009-2002-MINCETUR, se reguló la explotación de los juegos de casino y máqu¡nas lragamonedas
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el país, estableciéndose en el artículo 24'del citado cuerpo legal que conesponde a la D¡rección General de y Máquinas Tragamonedas las facultiades administrativas de autorizac¡ón, fiscal¡zación,
Juegos de Casino
superv¡sión, evaluac¡ón y sanción v¡nculadas a las explotac¡ones antes refer¡das;
Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10o del Reglamento, la renovación de la autorizac¡ón a las salas de juegos ¡nstaladas en los establec¡mientos señalados en el artículo 60 de la Ley, se siguiendo el proced¡m¡enlo establec¡do para el de Autorizac¡ón Expresa;
con_ced¡da
Que, el artículo'14" de la Ley antes menc¡onada as¡ como el arlículo 7'de su Reglamento, establecen requ¡silos que los sol¡c¡tantes deben cumplir para acceder a la menc¡onada aulor¡zación;
Que, mediante el Expediente N" 892743-201s-MINCETUR, de fecha 21.07.20'15 médiante el cual la empresa Negoc¡aciones y Representac¡ones Amiluz S.A.C., sol¡c¡ta la Renovac¡ón de Autorización Expresa para la explotac¡ón de máqu¡nas tragamonedas en la Sala de Juegos ,,Dolph¡ns,', ub¡cada en la Mz. N, Lote O.l, Unidad 2, Sector Segundo, Grupo Res¡dencial 9, Distrilo de V¡lla El Salvador, Provincia y Departamento de L¡ma, cuenta con Cert¡ficado de L¡cenc¡a Mun¡c¡pal de Funcionam¡ento N" 8990-2010, de fecha '15.10.2010, extend¡da a nombre de la sol¡c¡lante, por la Municipal¡dad Distrital de Sant¡ago de Surco, para el g¡ro de Salas de ¡uegos; Que, según consta en los Informes Técn¡cos Nos 608-201$MINCETUR /MT/DGJCMT/DFCS-RNOR y 3-2015-MINCETUR^/MT/DGJCMT/DCFS-CMAC de fecha 10.08 Y 10.09.2015, ¡espect¡vamente, se verificó que la sala de juegos cumple con lo establecido en el artículo 50 de la Ley No 27153 y nomas modificator¡as, as¡ como con los requ¡s¡tos lécnicos exig¡bles para la instalac¡ón y funcionamiento de una sala de juegos de máqu¡nas tragamonedas, encontrándose las máquinas tragamonedas autorizadas y registradas (homologadas) por la Dirección General de Juegos de Cas¡no y Máquinas Tragamonedas; Que, la empresa cumple con adiuntar a su solic¡tud copia de: i) Cert¡fcado de Inspecc¡ón Técnica de Seguridad en Edificac¡ones de Detalle N' 0046-2015, de fecha 28.08.20'15, de vigenc¡a indeterminada (a fs. 762); asimismo, ii) Resoluc¡ón de Subgerenc¡a N" 1202-20'l s'SGDC-GDEUMVES de fecha 28.08.20,15, exped¡dos por la Sugerenc¡a de Defensa Civil de la Gerencia de Desanollo Económico de la Municipalidad Oistrital de Villa El Salvador,, se deja constanc¡a que la sala de iuegos de la solicitante cumple con las condic¡ones de segur¡dad ex¡g¡bles a este lipo de establec¡mientos; Que, de la evaluación de la solvencia económica de la solicitante, de los socios y Gerente, según consta
en el Informe Económ¡co F¡nanc¡ero N" 155-2015 de Renovación de Autorización Expresa, de fecha 04.09.201scumplen con los cr¡ler¡os de evaluac¡ón establecidos en los artículos 70 y sigu¡entes de la Direct¡va N" l"9ja-DQl-ZOOZ-¡¡tt¡ietuR¡¡vrpc.jctr¡t, aprobada med¡ante Resotución D¡rectorat 38-2007-
-Z_^^.^'{$\¡CeTuRA/MT/DGJCMT, de fecha 29.01.2007, debiéndose precisar de conformidad con lo d¡spueslo en el '15"
de la Ley N' 27153 y normas modif¡catorias que dicha evaluación es permanente eñ tanto el tilular de mantenga vigente la autorización conced¡da;
Que, en observancia de lo establec¡do en los artículos 19" y s¡guientes de la Ley N'27153 y normas modif¡catorias, la solicitante ha cumpl¡do con otorgar garantía por las obl¡gac¡ones y sanciones derivadas de su aplicac¡ón y en resguardo de los derechos de los usuarios y el Estado, la m¡sma que se encuentra const¡tu¡da por Póliza de Cauc¡ón N" 214301064, de fecha 06.10.2014 vigente hasta el 06.10.20215, expedida por la empresa Insur Compañía de Seguros y Reaseguros S.A., por la suma de doscientos treinta y nueve m¡l cuatrocienlos y 00/100 nuevos soles (Si. 239,400.00), que cubre sesenta y tres (63) máqu¡nas tragamonedas autorizadas para su explotación en la refer¡da sala de juegos, en respaldo de las obligaciones asumidas con el Estado y terceros derivadas de la aplicac¡ón del menc¡onado cuerpo legal, la misma que ha sido rem¡t¡da al área de adm¡n¡strac¡ón del MINCETUR para su custodia y f¡nes coffespond¡entes, que cubre cincuenta (50) máqu¡nas tragamonedas, la misma que ha sido remitida alárea de administrac¡ón del MINCETUR para su custodia y fines corespond¡entes; Que, asim¡smo la empresa Negoc¡aciones y Representac¡ones Amiluz S.A.C,, cumpl¡ó con presenlar
el Plan de Prevención de la Ludopaüa, que fueran presentados con ocasión del requerim¡ento formulado en el presente procedimiento, al que hace referencia el l¡teral t) del numeral 14.1 del artículo 14 de la Ley N'27153, 'Ley que regula la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas" mod¡ficado med¡ante el artículo 6' de la Ley N" 29907, 'Ley para la Prevención de la Ludopatía en las salas de casino y máquinas , y elartículo 11'del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N" 007-2013-MINCETUR;
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