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Casino Technology. 1405-028. Gemini 6639. 80000328. 43. Casino Technology r405-036. Gemini 6639. 80000328. 44. LG.T. 2192334. 96499810. BOOOO422.
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-2016-MTNcETUR/vMr/DGJcnr

L,ma,07JUL,20fi visto, et Exped¡ente N" 96,4764-2016-MINCETUR, de fecha 27.04.2016, en el que la empresa NEVADA eÑrnef É¡¡lute¡¡Tos S.A.c. sot¡c¡ta la Renovación de la Autorización Expresa Para la explotac¡ón de máqu¡nas tragamonedas en la sala de juegos "LAMBAYEQUE", ubicada en la Av. Ramón Past¡lla N" 781, D¡strito, Prov¡ncia y Departamento de Lambayeque;

CONSIDERANDO:

Que,medianteLeyN"2TlS3,ynormasmod¡ficatorias,ysuReg|amentoaprobadomediante

y Decreto Supiemo tl' OOg-ZbOZ-tr,tlHCetÚR, se regula la explotación de los iuegos de casino máquinas que a la coresponde legal cuerpo tr"jaron"drs en el pafs, estableciéndose en el añlculo 24" del citado de administrativas las facultades y Tragamonedas Máquinas oirÉcc¡on General dL Juegos de Casino antes las explotaciones a y vinculadas sanciÓn evaluación superv¡slón, autorización, fiscal¡zación, referidas;

\,

eue, de acuerdo con lo establecido en el artlculo 10" del Decreto Supremo N" 009-2002-

juegos de casino y de MINCETUR, la Renovación de la Aulorización Expresa conced¡da a las salas de para el de Autorización máquinas tiagamonedas, se real¿a siguiendo el procedimiento establecido Que, en el arliculo 14' de la Ley antes menc¡onada asf como el artlculo 7" de su Reglamento' o meO¡ante Decreto Supremo Ñ' OOS-Z0OZ-¡¡¡HCETUR, se establecen los requisitos que los deben cumplir para acceder a la mencionada autorización;

Que,med¡anteReso|uciÓnDirec{ora|N.1185.2007-M|NCETUR,defecha06.1l'209]'a|a

juegos "LAIiBAYEQUE", solicitante se le autorizÓ la explotaciÓn de máqu¡nas tragamonedas en la sala de Lambayeque, la misma y de Departamento Próvincia 781, Distrito, la Av. Ramón Cást¡lla N' uO¡""d" de fecha /MT/DGJCMT, 2915-2012-MINCETUR "n N" Direclorat Resotución ;;; G;;";""d" mediante 09.2012;

Que, mediante Exped¡ente N" 964764-2016-MINCETUR, de fecha 27 04.2016, la empresa Renovación de la Autorización Expresa para la rct ei¡f ieiefltUleúrOS S.A.C. solic¡ta la juegos l" "LAIÍBAYEQUE", ubicada áL'ráqr¡ná" tog"monedas en la sala de lY.-tTgl "! Licencia de que con cuenta la misma de'Lañrbayeque, ñ-; ?81: Düitit", iróü¡nüá i o"p"rt"mento de Provincial la Mun¡cipalidad expedida 29.10.2015, techa de Por Funcionam¡ento N" tzt ¡¡pL-Cer-2otS, Lambayeque, por el giro de 't¡agamonedas"; Que'|aso|ic¡tantehacump|¡doconpresentar|adocumentacióny/o¡nfomaciÓn.requerida.para á ia renovación de la auiorización expresa solic¡tada mediante Expediente N'964764-2016máqgi!a-: tragamonedas en la rala,-de-luegos rtf lÑ-CErun, de fecha 27.04.2016, para expÍotar ;;ülrte¡VeOUe", ubicada en ta Áv.' Ramón Castilla Ñ" 281, Dist¡to, Provincia y Deparlamento de

acceder

Lambayeque;

Técnico I' , 3!1.?9,1-6Que, de otro lado, segÚn consta en el .lnforme juegos cumpte con los requisitos de ta sata fecha 31.05.2016, ie ióc¡c¡rtvocs_ñsRT, p"áá ¡"staracion y tunc¡onamiento de una sata de juegos de máqu¡nas tragamonedas;

"iir¡iúili

Que, asimismo, cabe señalar que, mediante Resolución D¡rectoral

N'

4052-2015-

NCETUR/VMT/DGJCMT de fecha 28.12.2015, a la empresa NEVADA ENTRETENIIUIENTOS S.A.C., se le autorizó la última modiñcac¡ón sol¡citada a su Autorización Expresa para la explotación de setenta y siete (77) máquinas kagamonedas y ciento setenta y cuatro (174) memorias de sólo lectura en la sala de juegos 'LAIUIBAYEQUE", y que son las mismas que a la fecha viene exptolandoi Mf

Que, la empresa cumple con adjuntar a su sol¡c¡tud copia del Certificado de Inspección Técn¡ca de Seguridad en Edificaciones de Detalle N" 009-2015, de fecha 30.04.2015, con v¡gencia ¡ndeterm¡nada, el Informe de Inspección Técnica de Seguridad en Edif¡cac¡ones de Delalle de fecha 31.03.2015, expedidos por la Municipalidad Provincial de Lambayeque, en el que de acuerdo con lo establec¡do en el Decreto SuPremo No 058-2014-PCM, se deja constancia que la sala de juegos de la solic¡tante cumple con las condiciones de seguridad exigibles a este tipo de establecimientos;

Que, de la evaluación de la solvencia económica de la sol¡c¡tante y de los socios, directores, gerentes y aPoderados con facultades inscritas, según consta en el Informe Económico F¡nanciero N' 1002016 de Renovac¡ón de Autorización Expresa, de fecha 18.05.2016, la solicitante y las personas antes indicadas cumplen con los criterios de evaluac¡ón establec¡dos en oirect¡va No oo1-2007MINCETUR r'MT/DGJCMT, debiéndose prec¡sar de conformidad con lo d¡spuesto en el articuto 15'de la Fey N" 27153 y normas modilicatorias que dicha evaluación es permanente en tanto el titular de la mantenga vigente la autorización concedida;

la

'

Que, en observancia de lo establec¡do en los arflculos lg' y sigu¡entes de la Ley N" 27103 y normas mod¡flcatorias, la solicitante cumple con presenlar las Pól¡zas de Caución Nos. 71ó1510101213000 y 7101610100021-000, de fechas 18.09.201s vigente hasta et t8.09.2016 y 18.01.2016 al 18.01.2017, otorgada por MAFRE PERU compañfa de Seguros y Reaseguros s.A. a fñor del Ministerio de- C.om€rcio Ext€rior y Turismo - MINCETUR, por las sumas dsc¡ento oihenta y cuatro mil ochoclenlos y 00/100 soles (S/, 184,800.00), y c¡ento catorce mil qu¡nientos cincuenta y 00/10b sotes ( S/.1 i 4,55O.Oo) por las máquinas Íagamonedas autorizadas para su explotación en ta salá de juegos "l_tMelyEoúe", en respaldo de las obligaciones asumidas con el Estado y terceros Oeriváai de la aplicac¡ón del mencionado qJerpo legal, la misma que ha sido remilida al áiea de admin¡stración del MINbETUR para su custodia y ñnes corespondientes;

..__ Qu", según Informe Técnico Informe Técnico N' 357-2016-MINCETUR /MT/DGJoMT/DGSNSRT, de fecha 31.05.2016, se ha v€rifcado que la sala de juegos ha cumplido con lo dispuesto en el Decreto supremo N" 0i 5-2010-MINCETUR, que aprobó- ei Reglamento de .Normás Técnicas complementarias para la implementac¡ón del sistema unificado de contiol en tiempo real sucrR; a que se refiere la Primera Disposición Finat de la Ley N" 27796, modificada por ta tey'2sai9,- y ta Resotución de Superintendencia N' 145-2003-SUNAT; 6 der Anexo l der cuadro de N' 015-2010-M|NCETUR, se sancionará al titulai de una sala tragamonedas con una mur-ta (os) urr por cada máquina tragamon-oá" lr" .d.e 9!n9g - "" encuentre interconeclada con un Modelo SUCTR: Que, asimismo, de acuerdo con ro dispuesto en er numerar

Infracc¡ones y Sanc¡ones, del Decreto Supremo

de fecha 27.U.2016, ta empresa IL{i{te ExpedienG -N. 964764-2OIGM|NCETUR, -._..-_Or9, NEVADA ENTRETEI{IMIEI{TOS s.A.c., cumpre con presenrar er Éran oe preve,nc¡áñ; É üü;ií;, hace_ referenc¡a el literat t) det numeral 14.1 det artfcuto t4 de ta Ley N" 271s3, "t_ey que Éguta "i ta de.los juegos de casino y máquinas tragamonedas' modificaáo meo¡anü é: á. i" N" 29907, "Ley para ra Prevención d€ ra Ludopatía en ras satas de casino y

"iárt¡irÉ ,aqrin"" iratáron"ááii

artfculo I 1' der Regramento aprobado med¡ante Decreto supremo N" 007-i0l3lMrNcETúR;

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artlculo 17' de la Ley N'271g3 y normas mod¡f¡catorias, el plá'o de vigencia de ras autorizaciones expresas concedidas poi ra Direccidn é"n","i áé ¡uüo" o" casino y Máquinas Tragamonedas es de cinco (05) años, pudiéndo ser renovada por prazos suces¡vos y

adicionales de cuatro (4) años;

oe conformidad con las Ley€s Nos. 27153, 27796 y 27444 'Ley del procedim¡enlo Administrat¡vo General' y er Decreto supremo Nro. 009-2002-MTNoETUR, estando a ro opinado ro" r^io-"" Económ¡co - Financ¡ero N' 100^2016, Técnico N.357-2016'-MtñcETun¡¡urioéJómvDó-s_'t,b]+ "n y Legal N' 1 08-2016-MtNCETUR¡r'MT//DGJCMT/DAR.GED;

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fr"¿ofrrc;ao gtfuoforo/ ...1

SE RESUELVE:

autorización expresa con@d¡da a la emPresa NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C., con códlgo de reglstro N'120611025, para la explotación de máqu¡nas tragamonedas en la sala de Juegos 'LAITBAYEQUE", ub¡cada en la Av. Ramón Caslilla N' 781, D¡strito, Provincia y Depar{amento de Lambayeque, por un plazo de cuatro (04) años, en observancia de lo

A¡tlculo

.\

dispuesto en

1'.-

elqlttJlo

Renovar

17o

la

de la Ley No 27153, y normas modificatorias.

Artlculo 2".- La presente autorización faculta a la empresa la explotación en la Sala de Juegos de setenta y siete (77) máqu¡nas tragamonedas y c¡ento setenta y cuatro (174) memorias de sÓlo leclura, in detalle contenido en los ANEXOS ly ll que forman Parte integrante de la presente resoluc¡Ón. Artfcufo 3o,- De acuerdo con lo dispuesto en el artlculo 14.2 de la Ley N' 27153 y normas lnodificatorias, todos los requisitos y cond¡c¡ones que sirv¡eron de base para la presente autorización deben mantenerse durante el plazo de v¡gencia de la m¡sma, bajo aperc¡bim¡ento de cancelarse la autorización concedida y d¡sponerse la clausura del establecimiento destinado a la explotación de máquinas tragamonedas. Artlculo 4o.- De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 6 del Anexo ll del Cuadro de Infracciones N' 015-2010-MINCETUR, que aProbÓ el Reglamenlo de "Normas En¡cas Complementarias para la implementación del sistema un¡f¡cado de control en liemPo reala que se refiere la Primera D¡spos¡ción Final de la Ley N' 27796, modificada por la Ley 29829, y la sanciones, del Decreto supremo

5n de superintendencia N" '145-2003-5UNAT, de fecha 25.07.2003, se sancionará al titular de una tragamonedas con una multa de cinco (05) UIT por cada máqu¡na tragamonedas que no se encuentre con un Modelo SUCTR.

Art¡culo S..- De conformidad con lo establecido en el artfculo 7" del citado cuerpo legal, los t¡lulares de una autorización de explotación concedida por la DirecciÓn General de Juegos de Casino y Máqu¡nas Tragamonedas se encuentran obligados a observar las normas que sobre zonificaciÓn, següriOaO, higiéne, parqueo, entre otros, establezcan las municipalidades en sus respeclivas iurisdicc¡ones paia el otorgamiento de la licencia municipal a que hubiere lugar. Arficulo 6..- De acuerdo con lo d¡spueslo en la sentencia de fecha 02.02.2006, exPedida Por el ribunal Const¡tuc¡onat (Expediente No 4227-2O05-PNTC), la misma que bajo responsabilidad const¡tuye precedente vinculante para todos los poderes públ¡cos, los explotadores de.¡uegos de cas¡no y máquinas iragamonedas deben iumplir con el pago del impuesto a los Juegos como consecuencia de la acl¡vidad comerc¡al que desanollan.

Afficulo 70.- La D¡recc¡ón General de Juegos de cas¡no y Máquinas Tragamonedas se reserva el

derecho de revocar la presente autorización en caso verif¡carse que las condic¡ones econÓmico-f¡nancieras acciones de érpr"." áutoriiaoa se han modificado negaüvamente .como consecuenc¡a de las (SUNAT) o" por Tributaria Adm¡n¡stración de Nacional ta Superintendeñcia quJpro¡era a cabo ¡evar ió¡iániá la deuda ex¡gible por concepto del lmpuesto a los Juegos.

i"

8'.-

Artlculo De conformidad con lo prev¡sto en el artlculo 24o de la Ley No 27153 y en concordanc¡a con el Principio de Privilegio de Controles Posteriores regulado en el numeral 1.16 del artlculo lV de la Ley N" 27444,'Ley del Proced¡miento Administrativo General', la Direcc¡ón General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas en ejercicio de su facultad de fiscalizac¡ón se reserva el derecho de verificar la infomación y/o documentación presentada por la solic¡tante asf como establecer las sanciones o ¡niciar las acc¡ones legales que resulten apl¡cables ante cualquier d¡screpanc¡a con la real¡dad de los hechos. AÉlculo g'.- En observancia de lo d¡spuesto en el artlculo 12' de la Di¡ecliva 001-2007MfNCETUR

/MT/DGJCMT, aprobada mediante Resotución Directoral /DGJCMT, remitase

a la

Unidad

N'

38-2007-

de Inteligencia Financiera la información y/o

económica financiera relacionada con el solic¡tanle y las personas naturales y/o juríd¡cas han sido ob¡eto de evaluación, par¿t los f¡nes a qu€ se contrae la dispos¡ción antes ¡ndicada.

Artlculo 10'.- De acuerdo con lo d¡spuesto en el articulo 8" del Decreto Supremo N. 006-2013PCM, que'Aprueba la relación de autorizaciones sectoriales de las Entidades del Poder Ejecutivo, que deben ser exig¡das como requis¡to previo para el otorgamiento de la licencia de funcionamienlo, de acuerdo a la Ley N'28976, Ley Marco de Licenc¡a de funcionam¡ento', publlquese la presente resoluc¡ón d¡rectoral en el Portal WEB del Min¡sterio de Comercio Exterior y Turismo, en la sigu¡ente direcc¡ón electrónica: www. mincetu

r.

aob. oe/newweb/.

Reglstrese,

MANUEL SAN ROüÁT{ BENAVENTE

Direclor General de Juegos de Casino y Máqu¡nas Tragamonedas

e