MINISTERIO DE SALUD
Noig y -25 181n;PISA zt.ICA DEL. p Ce, 01‘)
Zata,
04 ck tiártao
cu 201$
VISTO; el Expediente N° 18-021133-001 que contiene la Nota Informativa N° 071-2018-DG-DIGEP/MINSA, emitida por la Directora General de la Dirección General de Personal de la Salud; y, CONSIDERANDO:
Que, el artículo 5 de la Ley N° 30453, Ley del Sistema Nacional de Residentado Médico, señala que el Ministerio de Salud es el ente rector del Sistema Nacional de Residentado Médico (SINAREME) y define la política técnico-normativa para aplicación de la misma; Que, conforme al artículo 7 de la Ley N° 30453, el Sistema Nacional de Residentado Médico está conformado, entre otros órganos, por el Consejo Nacional de Residentado Médico y el Comité Directivo; Que, el articulo 8 de la norma precitada establece que el Consejo Nacional de Residentado Médico (CONAREME), órgano directivo del Sistema Nacional de Residentado Médico, está conformado, entre otros, por el Ministro de Salud o su representante, quien lo preside;
II. RUMA
Que, de acuerdo con el numeral 6 del artículo 9 de la Ley N° 30453, el Consejo Nacional de Residentado Médico tiene entre sus funciones la de planificar, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar el proceso de selección para el ingreso al residentado médico; asimismo, el numeral 16.1 del artículo 16 de la referida ley precisa que "El concurso nacional de admisión al residentado médico es el único medio para ingresar a los programas de segunda especialización (residentado médico); está a cargo del CONAREME y es ejecutado por las facultades de medicina en un proceso único, anual y descentralizado"; Que, asimismo, el artículo 10 de la Ley N° 30453 señala que °El Comité Directivo del CONAREME es el órgano ejecutivo, responde ante este y ejecuta sus acuerdos", está conformado, entre otros miembros, por un Presidente. La norma citada señala que el reglamento establece los mecanismos para designar a dichos miembros y las veces que se reúnen; Que, en ese sentido, el numeral 1 del articulo 10 del Reglamento de la Ley N° 30453, Ley del Sistema Nacional de Residentado Médico, aprobado por Decreto
Supremo N° 007-2017-SA, establece que la Presidencia del Comité Directivo será asumida por el Presidente del Consejo Nacional de Residentado Médico (CONAREME); Que, mediante Resolución Ministerial N° 594-2016/MINSA, de fecha 12 de agosto de 2016, se designó a la médico cirujano Claudia María Teresa Ugarte Taboada, en el cargo de Directora General de la Dirección General de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos en Salud del Ministerio de Salud; Que, mediante Resolución Ministerial N° 703-2016/MINSA, de fecha 14 de setiembre de 2016, se dispuso "Designar al (a la) Director (a) General de la Dirección General de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos en Salud, como representante de la Titular del Ministerio de Salud ante el Consejo Nacional de Residentado Médico (CONAREME), quien lo preside"; Que, mediante el Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modificado por el Decreto Supremo N° 011-2017-SA y Decreto Supremo N° 032-2017-SA, se aprueba el nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, el cual contempla en su estructura orgánica a la Dirección General de Personal de la Salud; Que, con la Resolución Ministerial N° 149-2017/MINSA, de fecha 7 de marzo de 2017, se dispuso la equiparación de los órganos de la estructura orgánica del Ministerio de Salud aprobada por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, con los órganos de su anterior estructura orgánica aprobada por Decreto Supremo N° 007-2016-SA, a fin de garantizar la continuidad de la gestión institucional del Ministerio de Salud, estableciéndose la equiparación entre la Dirección General de Personal de la Salud y la anterior Dirección General de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos en Salud;
H. REBATA
Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 115 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modificado por Decreto Supremo N° 011-2017-SA y Decreto Supremo N° 032-2017-SA, la Dirección General de Personal de la Salud tiene entre sus funciones, °Conducir el desarrollo del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud, residentado médico, y otros residentados profesionales de salud y articulación docente asistencial; así como realizar su seguimiento y monitoreo"; Que, por las consideraciones expuestas en el documento de visto, la médico cirujano Claudia María Teresa Ugarte Taboada, Presidenta del Consejo Nacional de Residentado Médico y Presidenta del Comité Directivo de dicho Consejo Nacional, solicita su abstención en dichos cargos durante el desarrollo del Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2018, el mismo que culmina el 22 de junio de 2018, conforme al Cronograma de Actividades del citado Concurso Nacional aprobado por la Asamblea General del Consejo Nacional de Residentado Médico; Que, el numeral 3 del artículo 97 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, señala que la autoridad que tenga facultad resolutiva o cuyas opiniones sobre el fondo del procedimiento puedan influir en el sentido de la resolución, debe abstenerse de participar en los asuntos cuya competencia le esté atribuida, entre otros supuestos, si personalmente, o bien su cónyuge o algún pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, tuviere interés en el asunto de que se trate o en otra semejante, cuya resolución pueda influir en la situación de aquél;
MINISTERIO DE SALUD
e,OCA De. p
No.i9 G1-20} eiiiin s A