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MINISTERIO DE SALUD

No 221- 20151fruntsp4 ,,,e,OCA DEL. p

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c4/ 2015

Visto, el Expediente N° 15-032293-001, que contiene el Informe Técnico N° 012015-NCNC-IBT/OPDN-OGDN/MINSA, de la Oficina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO:

A. Velásquez

Que, de conformidad con la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, éste es la Autoridad de Salud a nivel nacional, y según lo establece la Ley N° 26842, Ley General de Salud, tiene a su cargo la formulación, dirección y gestión de la política nacional de salud y es la máxima autoridad en materia de salud, constituyendo su finalidad la promoción de la salud, la prevención de enfermedades, la recuperación de la salud y la rehabilitación en salud de la población; Que, el articulo II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, establece que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;

Que, asimismo, el artículo 123° de la norma citada en el considerando precedente dispone que la Autoridad de Salud de nivel nacional actúa como la máxima autoridad v..s,015.. normativa en materia de salud;

S. RUIZ 2.

G

Que, mediante Resolución Ministerial N° 727-2014/MINSA, se aprueba el cumento técnico: Plan de Contingencia frente a los efectos del fenómeno de El Niño del s Tkilinisterio de Salud 2014-2015, siendo su finalidad definir y establecer las actividades y DE yko tareas del Ministerio de Salud enmarcadas en los procesos de la Gestión del Riesgo, a fin 11•70, rr• de proteger la vida y la salud de las personas en las regiones en riesgo de probables efectos del Fenómeno de "El Niño";

7e.vela S.

Que, según lo indicado en el Informe de Visto, se vienen presentando efectos adversos por la presencia del incremento de las lluvias en varias regiones del país, tales como Tacna y Moquegua, que no fueron priorizadas en el escenario de riesgo contemplado en el año 2014, en función al cual se formuló el Plan de Contingencia indicado en el considerando precedente;

Que, en tal sentido, la Oficina de Defensa Nacional considera necesario conformar un Grupo de Trabajo encargado de evaluar la situación actual de salud a nivel nacional, debido a los efectos adversos de las lluvias intensas, en el marco del "Plan de Contingencia frente a los efectos del Fenómeno de El Niño del Ministerio de Salud 2014 2015". Estando a lo informado por la Oficina General de Defensa Nacional; y, con el visado del Director General dela Oficina General de Defensa Nacional, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, .. 1161, Ley de De conformidad con lo dispuesto en Decreto Legislativo Ñ° Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Constituir un Grupo de Trabajo del Ministerio de Salud encargado de evaluar la situación actual de salud a nivel nacional, debido a los efectos adversos de las lluvias intensas y fenómenos climatológicos que se presentan en varias regiones del país, en el marco del "Plan de Contingencia frente a los efectos del Fenómeno de El Niño del Ministerio de Salud 2014 -2015", aprobado mediante Resolución Ministerial N° 7272014/MINSA; así como proponer, de considerarlo necesario, la actualización de determinados contenidos del citado Plan de Contingencia. El Grupo de Trabajo estará integrado por los siguientes miembros: Un representante de la Oficina General de Defensa Nacional, quien la presidirá. Un representante de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto. Un representante de la Dirección General de Salud de las Personas. Un representante de la Dirección General de Promoción de la Salud. Un representante de la Dirección General de Epidemiologia. Un representante de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento. Un representante de la Dirección General de Salud Ambiental. Un representante de la Oficina General de Comunicaciones. Un representante de la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud.

Velásquez

Artículo 2.- El titular de los órganos señalados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, designará a sus representantes mediante comunicación dirigida a la Oficina General de Defensa Nacional.

S. RUIZ 1.

5,810

Artículo 3.- El Grupo de Trabajo, podrá convocar a representantes de otros Irganos o unidades orgánicas del Ministerio de Salud, cuando lo considere pertinente, a de solicitar el apoyo necesario para el cumplimiento de las funciones encomendadas.

P. 1V10,

EF;

Artículo 4.- Disponer que la presente Resolución Ministerial sea puesta en conocimiento de los órganos señalados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial.

No 221-201SihírisA

MINISTERIO DE SALUD