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MINSA-VOI - Directiva para la realización de actividades sanitarias sin fines de lucro por parte de instituciones extranjeras, aprobada por Resolución Ministerial ...
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MINISTERIO DE SALUD

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Visto los Expedientes N°s 12-063293-001,002 y 003 promovidos por la Asociación Peruvian American Society para el Perú (PAMS para el Perú) de los Estados Unidos de América; CONSIDERANDO: Que, el literal d) del artículo 3° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, establece que es competencia del Ministerio de Salud, la articulación de recursos y actores públicos y privados, intra e intersectoriales, que puedan contribuir al logro de los objetivos de las políticas públicas de salud; Que, en ese sentido, la Asociación Peruvian American Medical Society para el Perú (PAMS para el Perú) de los Estados Unidos de América; en coordinación con la Gerencia Regional de Salud de La Libertad, realizó del 23 al 25 de julio de 2012, una campaña médica de atención en salud integral, dirigida a población de bajos recursos económicos que no pueden acceder a este tipo de tratamiento en el Hospital César Vallejo Mendoza de la Red de Salud de Santiago de Chuco; Que, con Resolución del Comité Ejecutivo Nacional N° 9759-CEN-2012, el Colegio Médico del Perú otorgó la autorización temporal para el ejercicio de la actividad médica de ,,°% os siguientes profesionales: NAIR SANTOSH MOHANDAS, PEREZ BENITEZ PABLO, RODRIGUEZ RODOVALDO y CALDERON SANTIAGO;

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Que, a través del Oficio N° 2573-2012-GRLL-GGR-GRS-DECI-DGSS de fecha 23 //de julio de 2012, el Gerente Regional de Salud de la Libertad, expresa su conformidad V. R. CUBA clespecto de la misión médica que realizará la citada institución internacional; Que, en ese mismo sentido la Dirección General de Salud de las Personas mediante el Memorándum N° 4066-2012-DGSP/MINSA, de fecha 30 de julio de 2012, se pronunció de manera favorable a la realización de la citada actividad sanitaria;

D. Suárez

Que, mediante Informe N° 0015-2012-FCR-OGCUMINSA de fecha 17 de agosto de 2012, la Oficina General de Cooperación Internacional, ha emitido opinión favorable a la realización de la citada actividad sanitaria;

-2 c)12-

Que, del 23 al 25 de julio de 2012, se realizó la actividad sanitaria organizada por la Asociación Peruvian American Medical Society para el Perú (PAMS para el Perú) de los Estados Unidos de América, por lo que corresponde su aprobación de conformidad con lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General; Que, habiéndose cumplido con las exigencias dispuestas en la Directiva N° 026MINSA-VOI - Directiva para la realización de actividades sanitarias sin fines de lucro por parte de instituciones extranjeras, aprobada por Resolución Ministerial N° 1182-2003SA/DM, así como con la Directiva Administrativa N° 137-MINSAJSG-V.01 Procedimiento para el Trámite de Actos Resolutivos en el Ministerio de Salud, aprobado por Resolución Ministerial N° 468-2008/MINSA, resulta conveniente oficializar con eficacia anticipada la mencionada actividad sanitaria; Con las visaciones de la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas, del Director General de la Oficina General de Cooperación Internacional y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

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. De conformidad con lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General y el literal e) del artículo 9° de la Ley ° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:

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Articulo Único.- Oficializar con eficacia anticipada la actividad sanitaria organizada V. R. CUBA O. por la Asociación Peruvian American Medical Society para el Perú (PAMS para el Perú) de los Estados Unidos de América, en coordinación con la Gerencia Regional de Salud de La Libertad, realizada en el Hospital César Vallejo Mendoza de la Red de Salud de Santiago de Chuco del 23 al 25 de julio de 2012.

Regístrese y comuníquese

JOSE DE RNIENS-ÁRA ceministro de Salud

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL

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