MINISTERIO DE SALUD
•
Visto los Expedientes N° 15-035646-001 Y N° 15-035646-002 Y el Informe N° 450-2015-EIE-OARH/MINSA de fecha 11 de junio de 2015 , del Equipo de Ingreso y Escalafón de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, sobre las solicitudes de licencia sin goce de haber por asuntos particulares de don José Luis MARCANI VILLEGAS; . CONSIDERANDO:
Que , el artículo 109° del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, establece que la licencia es la autorización para no asistir al centro de trabajo uno o más días. El uso del derecho de licencia se inicia a petición de parte y está condicionado a la conformidad institucional. La licencia se formaliza con la resolución correspondiente; Que, el referido Reglamento señala que los func ionarios y servidores tienen derecho a licencia con goce de remuneraciones y sin goce de remuneraciones, en este último caso, el Reglamento Interno de Trabajo del Ministerio de Salud, aprobado por Resolución Directoral W 0076-2006-0GGRH/Sf>" señala que las licencias sin goce de remuneraciones serán concedidas , a) Por motivos particulares y b) Por capacitación no oficializada; Que, asimismo el artículo 26° del acotado Reglamento señala que la licencia se inicia a solicitud del servidor o funcionario , la que se derivará a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, para la emisión de la resolu ción autoritativa correspondiente , previa conformidad del Jefe Inmediato y aprobación del superior jerárquico. La presentación de la solicitud no da derecho al goce de la licencia , de modo que si el servidor se ausentara, dicha ausencia se considerará como inasistencia injustificada ; Que, mediante Memorándum N° 1227-2015-DGSP/MINSA y Memorándum N° 1629-2015-DGSP/MINSA, de fechas 16 de abril y 14 de mayo de 2015 , la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas , autoriza y corre traslado las solicitudes de licencia sin goce de haber por asuntos particulares presentados por el servidor nombrado José Luis MARCAN I VILLEGAS , por un periodo de treinta (30) días
a partir del 13 de abril al12 de mayo de 2015 y por sesenta (60) días a partir del 13 de mayo al 11 de julio de 2015 para las acciones administrativas correspondientes; Que, el Equipo de Ingreso y Escalafón con Informe W 450-2015-EIEOARH/MINSA de fecha 11 de junio de 2015, opina de manera favorable respecto a las solicitudes de licencia por asuntos particulares formuladas por don José Luís MARCANI VILLEGAS, toda vez que cuenta con la aprobación de la Directora General de la Dirección General de Infraestructura Equipamiento y Mantenimiento; Con la visación de la Jefa (e) del Equipo de Ingreso y Escalafón y del Ejecutivo Adjunto de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo W 005-090-PCM y el Reglamento Interno de Trabajo del Ministerio de Salud aprobado con Resolución Directoral N° 0076-2006OGGRH/SA; SE RESUELVE:
Artículo 1°._ CONCEDER la Licencia por Asuntos Particulares sin goce de haber, a don José Luís MARCANI VILLEGAS, Especialista Administrativo 11, Nivel SPD , de la Dirección General de Salud de las Personas, por noventa (90) días del 13 de abril al 11 de julio del 2015.
•
Artículo 2°._ El periodo que comprende esta Licencia no será considerado para el cómputo de su tiempo de servicios . Artículo 3°._ ENCARGAR a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Directoral en el Portal Institucional del Ministerio de Salud en la dirección electrónica: h!tp://www.minsa.gob .pe/portada/transparencia/normas/asp. Artículo 4°._ Notificar la presente Resolución Directoral a don José Luis MARCANI VILLEGAS y al Equipo de Remuneraciones y Pensiones . Registrese y comuníque
,
•