MINISTERIO DE SALUD
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Visto, el Expediente N° 15-036054-001 Y el Expediente W 15-044396-001, que contienen las solicitudes de doña Eusebia Maruja VILCAHUAMAN POMA y el Informe N° 653-2015-EIEOARH/MINSA, emitido por el Equipo de Ingreso y Escalafón de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, sobre licencia a cuenta del período vacacional 2016; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, concede a los servidores públicos, del derecho a gozar anualmente de treinta días de vacaciones remuneradas, salvo acumulación convencional hasta de 02 periodos; así como de hacer uso de permisos y licencias por causas justificadas o motivos personales en la forma que determine el Reglamento; Que, el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo W 00590-PCM, en su artículo 110 dispone que, entre las licencias a que tienen derecho los funcionarios y servidores, se encuentran aquellas "a cuenta del periodo vacacional", que se otorgan por matrimonio o por enfermedad grave del cónyuge, padres o hijos; 0
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Que, la misma norma en su artículo 118 establece que las licencias por matrimonio y por enfermedad grave del cónyuge, padres o hijos, serán deducidas del periodo vacacional inmediato siguiente del funcionario o servidor, sin exceder de treinta (30) días; ,
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Que, con Notas Informativas Ws 1075 y 1224-2015-0L-OGA!MINSA, de fechas 17 de abril y 5 de mayo de 2015, respectivamente, la Directora Ejecutiva de la Oficina de Logistica de la Oficina General de Administración del Ministerial de Salud , CGíre traslado de la solicitudes de adelanto de vacaciones correspondientes al año 2015, formulada por doña Eusebia Maruja VILCAHUAMAN POMA, por quince (15) días, del13 al 27 de abril de 2015 y por tres (3) días del 28 al 30 de abril por la enfermedad de su señor padre, para lo cual adjunta el Informe Médico de la Clínica Santo Domin90 S.C.R.L de fecha 16 de marzo, suscrito por el Dr. Mario SUAZO GONZALES, expedido a nombre de Francisco VI LCAHUAMAN QUISPE (Padre de la citada seividoril);
Que, mediante Memorándums W 266 y 283-201 5-0DRH-ESST -OGGRH-MINSA, de fechas 4 y 19 de mayo de 2015 respectivamente, la Directora Ejecutiva Adjunta I de la Oficina de Desarrollo de Recursos Humanos de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos corre traslado de las Notas Informativas Ws 226 y 271-2015-SMO-ESST-ODRH-OGGRH/MINSA, emitidas por la Jefa de Servicio Médico Odontológico del Equipo de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Oficina de Desarrollo de Recursos Humanos de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, ind icando que se verificó que la documentación presentada por la citada servidora sustenta lo solicitado, en tal sentido opina favorablemente. Que, el Equ ipo de Ingreso y Escalafón con Informe W 653-2015-EIE-OARH/MI NSA, de fecha 17 de agosto de 2015, manifiesta que teniendo en consideración lo señalado en los párrafos precedentes, resulta atendible el requerimiento presentado por la servidora, debiendo emitirse el acto resolutivo de licencia a cuenta del periodo vacacional 2015, con eficacia anticipada formulada por doña Liliana del Pilar FIGUEROA GIRON ; Que, el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción;
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Con la visación de la Jefa de Equipo (e) de Ingreso y Escalafón y del Ejecuti'Jo Adjunto I de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo W 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo W 005-090-PCM, la Ley W 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y la Resolución Directoral W 0132-92-SA-P, que aprueba el Reglamento de Control de Asistencia de los Trabajadores del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°._ CONCEDER, con eficacia anticipada y con goce de remuneraciones, Licencia a cuenta de su período vacacional 2015, a Eusebia Maruja VILCAHUAMAN POMA Técnico Administrativo 111, Nivel STO, por quince (15) días, del13 al27 de abril de 2015 y por tres (3) días del 28 al 30 de abril de 2015, por enfermedad de su señor Padre. Artículo 2°._ El período que comprende esta licencia, será deducido de sus vacaciones del año 2015. Artículo 3°._ ENCARGAR a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Directoral en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la diíección electrón ica: http://www.minsa.gob.pe/portada/transparencia/normasiasp. Regístrese y comuníquese.
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