tea, fi (4 (*Av - Minsa

tea, fi (4 (*Av,. (47. CONSIDERANDO: Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Derogatoria del. Decreto Supremo N°011-2012-JUS que aprobó ...
39KB Größe 4 Downloads 8 vistas
MINISTERIO DE SALUD

No, (Q a S _ kt)s_ICA DEi p ec.°

tea, fi

(4 (*Av,

(47

CONSIDERANDO: Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Supremo N°011-2012-JUS que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, se derogó el artículo 4° del Decreto Supremo N° 012-86-JUS, así como el Decreto Supremo N° 015-2001-JUS; Que, a través del artículo 1° del Decreto Supremo N° 012-86-JUS, modificado por el Decreto Supremo en mención, se constituyó en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos el Consejo Nacional de Derechos Humanos, encargado de emitir opiniones y brindar asesoramiento al Poder Ejecutivo en el desarrollo de políticas, programas, proyectos y planes en materia de derechos Humanos, especialmente referido al Plan Nacional de Derechos Humanos; Que, el artículo 136° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por el Decreto N° 011-2012JUS, estableció que el Consejo Nacional de Derechos Humanos es el órgano multisectorial que tiene como finalidad emitir opiniones y brindar asesoramiento al Poder Ejecutivo en el desarrollo de políticas públicas, programas, proyectos y planes de acción y estrategias en materia de derechos Humanos, especialmente referido al Plan Nacional de Derechos Humanos y que cuenta con una Secretaria Técnica, la que brinda apoyo técnico y administrativo al referido Consejo;

CapEDEs

raWAYA

Que, mediante el artículo único de la Resolución Ministerial N° 167-2012-JUS, se aprobó el Reglamento Interno del Consejo del Consejo Nacional de Derechos Humanos; estableciendo en su Única Disposición Complementaria Final y Transitoria que los representantes titulares y alternos al CNDH serán designados en el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la Resolución aprobatoria del citado Reglamento, si no son designados en dicho plazo se entenderán ratificados los representantes designados con anterioridad a la publicación del reglamento en mención; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 5° del Decreto Supremo N° 011-2012-JUS, el Consejo Nacional de Derechos Humanos esta integrado, entre otros, por un representante del/de la Ministro/a de Salud;

AIS/1-

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 180-2007-MINSA de fecha 27 de febrero de 2007, se designó a la Doctora Dalia Miroslava Suarez Salazar, Asesora II del Despacho Viceministerial, como representante del Ministerio de Salud, ante el Consejo Nacional de Derechos Humanos; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 088-2012-MINSA se designó a la Abogada Dalia Miroslava Suarez Salazar, en el cargo de Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; Que, con el visto bueno del Despacho Viceministerial de Salud y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el literal I) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Ratificar a la abogada Dalia Miroslava Suarez Salazar, Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, como representante del Ministerio de Salud ante el Consejo Nacional de Derechos Humanos. Artículo 2°.- Remitir copia de la presente resolución al Consejo Nacional de Derechos Humanos para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.

P. MINAYA

CARLOS ALBERTO TEJADA NORIE Ministro de Salud