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Yeza, 4 Gel-jai-tea - Minsa

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MINISTERIO DE SALUD

02q- 2°I2PIMSA

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C9

Yeza,

4 Gel-jai-tea e

4/ 2012

Visto. el Informe N° 350-2012-OGPP-OP/MINSA de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, se expidió la Resolución Ministerial N° 946-2011/MINSA, de fecha 28 de diciembre de 2011, que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2012 del Pliego 011 Ministerio de Salud; Que, el artículo 38° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece los limites y procedimientos mediante los cuales podrán ser modificados los créditos presupuestarios contenidos en los Presupuestos del Sector Público; Que, el numeral 40.1 del artículo 40° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que son modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático que se efectúan dentro del marco del Presupuesto Institucional vigente de cada Pliego, las habilitaciones y las anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto Institucional para las actividades y proyectos, y que tienen implicancia en la estructura funcional programática compuesta por las categorías presupuestarias que permiten visualizar los propósitos a lograr durante el año fiscal; Que, el numeral 40.2 del artículo 40° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo el Titular delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa;

D. Suárez

Que, el inciso 0 del literal a) del artículo 20° de la Directiva N° 005-2010-EF/76.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral N° 0302010-EF/76.01 y sus modificatorias, establece el modelo de dispositivo para modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, entre unidades ejecutoras; Que, la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año 2012, dispone que, en el marco de la implementación de los programas presupuestales, las entidades que tengan a cargo programas presupuestales pueden realizar modificaciones en el nivel funcional programático entre y dentro de los programas a su cargo, sujetándose a lo señalado en el literal c) del párrafo 41.1 del artículo 41 de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, mediante Resolución Ministerial N° 028-2012/MINSA de fecha 11 de enero de 2012, se delega en la Secretaría General del Ministerio de Salud, durante el Ejercicio Presupuestario 2012, la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático que correspondan al Titular del Pliego 011, Ministerio de Salud;

D. CESPEDES M.

Que, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto en el Informe del Visto, señala que es necesario transferir recursos presupuestarios, mediante modificaciones presupuestarias en el Presupuesto Institucional del Pliego 011 Ministerio de Salud en el Nivel Funcional Programático entre unidades ejecutoras, a fin de optimizar la ejecución presupuestal, hasta por la suma de Cincuenta y Cuatro Millones Trescientos Treinta y Un Mil Novecientos Noventa y Cuatro y 00/100 Nuevos Soles (S/. 54 331 994,00); Que, la citada Oficina de Presupuesto manifiesta que, en la modificación presupuestaria propuesta, se ha tenido en cuenta las limitaciones a las modificaciones presupuestarias en e! Nivel Funcional Programático dispuestas en el artículo 41° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y en el artículo 9° de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; Estando a lo informado por la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a través del Informe N° 350-2012-OGPP-OP/MINSA, y con el visado del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y De conformidad con lo dispuesto en el numeral 40.2 del artículo 40° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Ario Fiscal 2012, y lo dispuesto en la Directiva N° 005-2010-EF/76.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria" aprobada par Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01y sus Modificatorias; SE RESUELVE:

D. Suárez

Artículo 1°.- Autorizar una modificación presupuestaria en el Nivel Funcional Programático en el Presupuesto Institucional del Pliego 011 Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2012, entre unidades ejecutoras, de acuerdo al Anexo "Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático entre unidades ejecutoras" que forma parte integrante de la presente Resolución.

No

MINISTERIO DE SALUD

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Artículo 2°.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la Oficina de Presupuesto del Pliego 011 Ministerio de Salud instruirá a las unidades ejecutoras, respecto a las Habilitaciones o Anulaciones a efectuar dentro de cada una de ellas a fin que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria". '6p, dentro de los cinco (5) días Artículo 3°.- Remitir copia de la presente s o Público. de aprobada, a la Dirección General del Presu

Reg ístr e y comuní ese

DANILO PED O CE PEDES MEDRANO ecretario General A. POR CABRERO G.

zote.

ANEXO MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS EN EL NIVEL FUNCIONAL PROGRAMÁTICO ENTRE UNIDADES EJECUTORAS SALUD MINISTERIO DE SALUD

: 11 : 011

SECTOR PLIEGO

DE LA: UNIDAD EJECUTORA FUENTE DE FINANCIAMIENTO PROGRAMA PRESUPUESTAL PRODUCTO ACTIVIDAD GENERICA DE GASTO IMPORTE

DIRECCION DE ABASTECIMIENTOS DE RECURSOS ESTRATEGICOS DE SALUD - DARES : 124 RECURSOS ORDINARIOS : 1 PROGRAMA ARTICULADO NUTRICIONAL 0001 : 3033254 NIÑOS CON VACUNA COMPLETA : 5000017 APLICACIÓN DE VACUNAS COMPLETAS BIENES Y SERVICIOS : 2.3 : S/. 54 331 994,00

A LAS: FUENTE DE FINANCIAMIENTO GENERICA DE GASTO

RECURSOS ORDINARIOS BIENES Y SERVICIOS

: 1 : 2.3

(EN NUEVOS SOLES/

.

.

IECCIONS - 31 . :Z -RESPIRATORIAS PAUSAS

UNIDAD EJECUTORA

M

PROGRAMA ARTICULADD Numen

-

EN

" NIENDIDN DE ` r.r. ENFERMEDADES -

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88

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PSTABLECIMIENTOS DE SALUD

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No

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DDDDRAD DeNDIDDED=I DE LOS EDES ,

_ 4,532,541

4,532541

005 Instituto Especializado de Salud Mental

3,772,885

3,772,885

008. Instituto Nacional de Oftalmología 015. Dirección de Salud IV-Urna Este

1,200,000

Ole. Hospital Hipan., Unanue

1000,000

021. Hospital Nacional Cayelano Heredia

1,773,468

1,200,080 6,288,576

3,759,730

1528,846

5,320,468

3,547,000 1,991,000

026 Dirección de Salud V- Urna Ciudad

2,125,399

2,125,399

028 Hospital Nacional Dos de Mayo

1200,000

1,200,000

29. Hospital Santa Rosa

2,000,000

033. Hospital Nacional Docente Niño San Bartolome

1,500,000

036 Hospital Puente Piedra - Carlos Lantranco La Hoz

1,080,999

5,151,024

2,010,000

1,141,024

1,500,000 2,969,032

1168,093

1,000,000

092. Hospital "José AmeloTal/o" de Chosica 043. Dirección de Red de Salud San Juan de Lungancho

1,708,719

1,708,719

30. Hospital de Emergencias Casimiro Unce 31. Hospital de Emergencias Pedtátricas

1,991,000

1,800,000

698,410

698,410

1,512864

3,312,864 3,613,149

3,613,149

095. Dirección de Red de Salud Tupac Salare 1263,886

1,263,886

47. Dirección de Red de Salud-San Juan de MirafloresVila Merla del Tnunfo

1,604 ,090

-

' 1,604,090

49. Hospital San Juan de Ludgancho

1,649,889

1,000,000

50. Hospital L /nade

1,000,000

1,000,000

2,000,000

430,072

999,990

1,430,062

46. Dirección de Red de Salud-Barranco Chornllos-Surcu

053. Red de Salud Lima Ciudad

_

TOTAL PLIEGO

D.CESPEDES M.

,

17 50Z 344

4,669.870

.2,649,889

3,613,149

3,772,885

22,782,746

1 ,991, 000

64,3

994