San lsidro, 20 de Junio de 2017

20 jun. 2017 - Vista, la solicitud con expediente N' 1053346, de fecha 29 de mayo de ... def¡nitiva de conformidad con el Decreto supremo N' 149-2007-EF, ...
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N' 286 San Vista, la solicitud con expediente

-2017-MtNCETUR/SG/OGA

lsidro, 20 de Junio de 2017

N' 1053346, de fecha 29 de mayo de 2017, presentedo por

doña MARITZA MARIBEL SANDY VASQUEZ, sobre el reconocimiento de derecho de pensión de sobreviv¡entes

-

viudez, por el fallecimiento de su cónyuge pensionista don Rodimiro Miguel Castro

La Torre, y él Informa Técn¡co N'002-2017-MINCETUR/SG/OGA/OP-SDP, de la Oficina de Personal; CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Secretar¡al N' 104-78f CTI/CO-GA, de fecha 28 de agosto de 1978, se resolvió reconocer de abono a favor de don Rodimiro Miguel Castro La Torre, pensionista de Comerc¡o,33 años,08 meses y 23 días, de servicios prestados al Sector Públ¡co Nac¡onal, hasta el 31 de enero de '1978, otorgándole pensión definitiva de cesantía en atención a Ios menc¡onados años de servic¡os, Que, el ex pensionista falleció el 12 de abril de 2017,lo cual se acreirita el Acta de "onNacional de Defunc¡ón N' 10941390, de fecha 29 de mayo de 2017, exped¡do por el Registro ldent¡f¡cación y Estado Civil - RENIEC; Oue, mediante el documento del Visto, la recurrente, solic¡ta pens¡ón de sobrev¡vientes viudez, acreditando su vÍnculo con el extinto pensionista, con la Part¡da de Matr¡monio N' 10760384, de fecha 17 de abril de 2017, expedido por el Reg¡stro Nacional de ldentificación y Estado Civil - RENIEC; asimismo, adjunta copia de su DNt N" 08957764, y Declaración Jurada conforme al Anexo lll de la Resolución Jefatural N" 049-2017-JEFATURA/ONP, donde Declara que (¡) No, percibe otra pensión por el Decreto Ley N'20530 y no ejerce actividad remunerada ba.jo cualqu¡er modalidad en el Sector Públ¡co; y (ii) No, tiene conoc¡miento de la existencia de htlos con derecho a pensión; Que, a lo solicitado le es aplicable el inciso b) del ArtÍculo 32'del Decreto Ley N'20350, y modif¡catorias, donde se establece que la pensión de sobrevivientes - viudez, es el 50% de la pens¡ón de cesantía que perc¡bía o hubiera tenido derecho a percib¡r el causante, en los casos que el valor de d¡cha pensión sea mayor a una Remuneración Mín¡ma V¡tal, esfableciéndose para esfos casos una pensión minima equ¡valente a una Remuneración M¡n¡ma V¡tat, Que, de conformidad con el artículo

48'del Decreto Ley N" 20530, el derecho a pensión

de

sobrevivientes se genera desde la fecha de fallecimiento del causante. En tanto se exp¡da la Resolución correspondiente se pagará pensión provisional por el g0% de la probable pensión defan¡tiva:

Que, el Artículo Octavo de la Resolución Jefatural N'049-2017-JEFATURAJONp, faculta a

las entidades públicas para otorgar pens¡ones provis¡onales de acuerdo con la normat¡v¡dad aplicable, en tanto la of¡c¡na de Normalizac¡ón previs¡onal - oNp, expida la resoluc¡ón de pensión def¡nitiva de conformidad con el Decreto supremo N' 149-2007-EF, mod¡ficado por el Decreto Supremo N' 207-2007-EF;

¿

.+

Que, mediante Decreto Supremo N' 005-2016-TR, de fecha 31 de marzo de 2016, se decretó incrementar en Si 100.00 (Cien y 00/100 Soles) la Remuneración MÍnima Vital de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la act¡vidad privada, con lo que la Remuneración l\4ínima Vital paso de S/. 750.00 Soles a S/. 850.00 Soles, monto que se encuentra v¡gente desde el 01 de mayo de 2016, Que, de la revis¡ón a la planilla única de pago de pensiones se acredita que este Ministerio al señor Rodimiro Miguel Castro La Torre, pensión mensual de cesantia hasta el 30 de abril abonó de 2017.,

Que, debe otorgarse a doña MARITZA MARIBEL SANDY VASQUEZ, pens¡Ón provisional de sobrevivientes - viudez, equ¡valente al 90% de la Remuneración Mínima Vital (RN¡V), a partir del 12 de abr¡l de 2017, fecha de fallec¡miento de su cónyuge pens¡onista, de acuerdo con el lnforme Técnico N' 002-201 7-Ml NCETUR/SG/OGA/OP-SDP;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N" 20530, Leyes Nos. 27444 y 28449, Decretos Supremos Nos. 132-2005-EF, '149-2007-EF, 207 -2007 -EF y N' 005-2016-TR, Resolución Min¡sterial N' 073-2005-IVIINCETUR/DM y Resolución Jefatural N' 045-2017JEFATURA/ONP; SE RESUELVE:

ARTíCULO 1'.- Otorgar pensión prov¡sional de sobrev¡v¡entes - viudez (90% de la RMV) a favor de doña MARITZA MARIBEL SANDY VASQUEZ, según el siguiente detalle: rIPO DE RIESGO

Sobrevrvientes

fIPO DE PENSION IIEMPO DE SERVICIOS

33 años. 08 meses

NIVEL VIGENCIA

T.B

MONTO DE PENSION CADUCIDAO

CONCEPTOS INCLUIDO INCREMENTOS DE LEY Básico Personal Subsidio Familiar Fondo de Estimulo Refr¡qerio v l\4ovilidad Transitor¡a oor Homoloqación Reuniflcada Asiqnación Excepcional Bonificación Esoeciál Lev N" 28449 D. S. N" 016-2005-EF D S. N" '1'10-2006-EF D. S. N" 039-2007-EF D. S. N" 120-2008-EF D. S. N'014-2009-EF D.S. N" 077-2010-EF D S N' 031-201 '1-EF D.S. N" 024-2012-EF D.S. N" 004-2013-EF D.S. N'003-2014-EF D.S. N" 002-201s-EF D S. N'005-20',l6-EF D.S. N' 020-20',l7-EF

Total Diferencial de la R.M.V.

ror¡l

Y

23 dia

12t04t2017 850 00 l\¡atrimonio o Fallecimiento

s/

PENSIOIT DEL

PENSIO]II DE

PENSION

GAUSANTE

vruDEz 100%

DE VIUDEZ

50.00 0.0't 3.00

25.00

90% ?2.50

0.01

0.0'1

'132.00

66.00 ,6.]

59.40

5.00 23.95 45.00 425.94 100.00 12.O5

6.00 10.00 15.00 15.00

20.00 25.00 25.00 25.00 27 .00

30.00 38.00 43.00 1,083.70

peHsÓn SoBREVIVIENTES - VIUDE4

3.87

3.48

.97

10.77

11

22.50 212.57 50.00 6.03 3.00 5.00

20.25 '1

9'1

.67

45.00 2.70 4.50

t5

750

6.

7.50

6.75

10.00 12.50

12.50 12.50 13.50 15.00 '19.00

.50 540.35 309.65 850.00 21

9.00 11 11

.25 .25

1',t.25

12.15 '13.50

7.10 19.35 486.31 27A.69 765.00 '1

@arlr*¡¿*M lRtiCUt-O 2'.- Reconocer a favor de doña MARITZA MARIBEL SANDY VASQUEZ, la pensiÓn suma de s/ 2,014,50 (Dos Mil catorce con 50/loo soles), por concepto de reintegro de de sobrevivientes

-

viudez, por el periodo que va del 12 de abril de 2017 al30 de junio de 2017.

ART|CULO 3'.- Establecer adeudo a doña MARITZA MARIBEL SANDY vASQUEZ , por la suma de S/ 686.34 (Seisc¡entos Ochenta y Se¡s con 34i100 Soles), por concepto de pago indebido de pensión de cesantia, del 12 al 30 de abril de 2017. ARTíCULO 4..- Las Oficinas de Personal, de Admin¡stración Financiera y de Plan¡ficación y Presupuesto, quedan encargadas de efectuar las acciones que se der¡ven de la presente Resoluc¡ón.

eRfiCUtO 5".- Rem¡tir la presente

Resoluc¡ón Drrectoral

a la Ofic¡na de

Normalizac¡ón

Previs¡onal - ONP, para los f¡nes a que se contrae el Decreto Supremo N' 149-2007-EF modif¡cado por Decreto Supremo N' 207-2007-EF.

ARTíCULO 6".- El egreso que origine la presente Resolución Directoral, se apllcará a la Un¡dad Ejecutora 001, Programa 9002, Act¡vidad 5.000991, Función 24, D¡v¡siÓn Funcional 052, crupo Funcional 0116, Secuenc¡a Funcional 0031, EspecÍf¡ca de Gasto 2.2.1.1.1.1. Pensiones del Decreto Ley N'20530, Fuente de F¡nanc¡amiento 1 Recursos Ord¡narios del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Presupuesto de Operac¡ón de 201 7. Regístrese y comuníquese,