San lsidro, 17 de Octubre de 2017

12 feb. 1991 - Vista, la sol¡citud de caducidad de pensión de cesantia de la ex pensionista doña ANA. MARCELINA FLORES ANTÓN (Exped¡ente N' ...
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N' San

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-2017-M|NGETUR/SG/OGA

lsidro, 17 de Octubre de 2017

Vista, la sol¡citud de caducidad de pensión de cesantia de la ex pensionista doña ANA MARCELINA FLORES ANTÓN (Exped¡ente N' 1083424), ptanteado por el señor CARLOS ANTONIO ZAVALA FLORES, y el lnforme N'178-2017-MINCETUR/SG/OGÉ/OP-SDP de ta Of¡c¡na de Personal,

CONSIDERANDO:

Que, Mediante Resolución D¡rectoral N' 054-91-lCTl/OGPB. de fecha 13 de febrero de 1991, se resolvió reconocer, entre otros, a doña ANA MARCELINA FLORES ANTóN, de Nivel TB, del Rég¡men Pens¡onar¡o del Decreto Ley N' 20530, un total de 21 años y 11 meses de servicios prestados al Estado hasta el 12 de febrero de 1991, ¡ncluido los incentivos y otros beneficios contemplados en los Decretos Supremos N' 004-91-PCM N' 036-91-PCM, habiéndosele otorgado pens¡ón de cesantia n¡velable, a partir del '1 3 de febrero de '1991,

y

Oue, mediante el documento del visto, de fecha 18 de setiembre de 2017 , el recurrente en su cond¡ción de hijo de doña ANA MARCELINA FLORES ANTóN, informo et fallecim¡ento de ta mencionada pens¡onista de cesantia a cargo del MINCETUR, acaecida el 24 de agosto de2017,lo cuál acredita con el Acta de Defunción N' 5000681698. expedido por el Registro Nacional de ldentificación y Estado Civil - RENIEC, el 15 de setiembre de 2017 , por lo que solicita la caducidad de su pensión por fallecim¡ento;

Que, el artÍculo 112' del Texto Unico Ordenado - TUO de la Ley N' 27444, Ley del Administrativo General, aprobedo por Decreto Supremo N' 006-2017-JUS, que el procedimiento admin¡strat¡vo es promovido de of¡cio por e¡ órgano competente o del admin¡strado, sa¡vo que por d¡sposición legal o por su f¡ñalidad corresponda ser exclusivamente de ofic¡o o a instancia del ¡nteresado: Oue, el artfculo 1 16' del mismo cuerpo legal, prec¡sa que cualqu¡er administrado con capac¡dad juridica tiene derecho a presentarse personalmente o hacerse representar ante la autor¡dad adm¡nistrativa, para solic¡tar por escrito la satisfacción de su interés legÍt¡mo, obtener la declarac¡ón, el reconocimiento u otorgamiento de un derecho, la constanc¡a de un hecho, ejercer una facultad o formular legit¡me oposición; Que, por su parte, el l¡teral 0 del artÍculo 55'del Decreto Ley N" 20530, norma legal que regula el Régimen de Pensiones y Compensac¡ones por Servicios Civiles prestados al Estado no comprendidos en el Decreto Ley N" 19990, modificado por el artículo 7' de la Ley N' 28449, leg¡sla que el derecho a pens¡ón se extingue automát¡camente por fallecimiento; Que, de la revisrón de la Planilla Únlca de Pago de Pens¡ones del ejercicio 2017 se veriftcó

que la ext¡nta pensionista de cesantía doña ANA IVIARCELINA FLORES ANTóN, percib¡a la pensión mensual de S/. 858.92 Soles, monto que le fue abonado hasta el mes de agosto de 2017 , por lo que está acreditado que ex¡ste un adeudo a favor del Estado por la suma de Sl.200.42 Soles, relacionado al per¡odo que va del 24 al 31 de agosto de 2017;

Que, mediante Resolución Directofal N" O7o-2017-MINCETUR/SG/OGA-OP, de fecha 25 de Setiembre de 2017, se resolvió reconocer al recurrente el derecho de percibir el Subsidio por fallec¡miento, a consecuencia del deceso de la pensioniste doña ANA MARCELINA FLORES ANTóN, acto adm¡nistrat¡vo med¡ante el cual también se puso a cobro el ádeudo de S/. 200.42 Soles, por lo que a la fecha no registra adeudo a favor del Estado. Contando con el lnforme N0 178-2017-MINCETUR/SG/OGA/OP-SDP;

conform¡dad con lo dispuesto por el Decreto Ley N" 20530, Ley N" 27444, Decreto Supremos N' 006-2017-JUS y Resolución M¡nisterial N' 073-2005-MINCETUR/DM;

De

SE RESUELVE:

..- En atención a los fundamentos expuestos. corresponde caducar la ART¡CULO úUICO pensión de cesantia de doña ANA MARCELINA FLORES ANTÓN, acaec¡da el 24 de agosto de 1017, precisándose que el adeudo por la suma de Sl 200 42 Soles fue puesto a cobro med¡ante Resoiición Directorai N" O7O-2017-MINCETUR/SG/gGA-OP y en su oportunidad revert¡do al Tesoro Público. Regístrese y comuníquese,

MINCETUR