San lsidro, II abrilde 2017

31 mar. 2017 - Distrital de Cayma, vi) Municipalidad Distrital de Yanahuara y vii) el Servicio Nacional de Areas Naturales. Proteg¡das - SERNANP, no serán ...
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Nol 5o -2017-MINCETUR/SG/oGA

San

lsidro, I I

abrilde 2017

el

Memorándum N0 4212017-MINCETUR/SG/0GA-0ASA, de la Ofrcina de Abastecim¡ento y Servic¡os Aux¡liares, que adjunta el lnforme Técnico No 09-2017-MINCETUR/SG/OGA-OASA-SDPCP, de tucha VISTO,

, elabonado por la Sub Dirección de Programación y Control Patrimonial (Unidad orgánica Responsable del Control Patrimonial) y el MemoÉndum No 269-2017-MINCETUR¡úMT/DGPDT, de fecha 23.03.2017, de la Dirección General de Políticas de Desanollo Tufsüco, en relación al lnforme Legal N0 07431.03.2017

2017IVMT/DGPDT-APRC;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley No 30344, se crea la Ventanilla Única de Turismo (VUT,) la cual se constituye como un sistema integrado que permitirá a los interesados, en prestar servicios turisücos y a los prestadores de servicios tur¡st¡cos, gestionar, a través del uso de med¡os electronicos, los trámites para la obtención de permisos, cert¡flcaciones, l¡cenc¡as y demás autorizaciones vinculadas con la actividad tur¡st¡ca, que se exigen ante las Enüdades competentes del Estado, para eldesanollo de sus actividades; Que, mediante Decreto Supremo N0 007-2016-MINCETUR, se aprueba el Reglamento de la Ley No 30344, Ley que crea la Ventanilla Única de Turismo (VUT), con la finalidad de permitir una conecta implementación y adm¡nistración de este sistema integrado; Que, el numeral 8.1 del articulo 8 del referido Reglamento dispone que la ¡ncorporación de las Entidades competentes se realizará med¡ante Resolucion Ministerial expedida por el MINCETUR;

Que, mediante Resoluc¡on l\linisterial N" 366-2016-MINCETUR/DM, de fecha 03,11.2016,

el

l\¡INCETUR, aprueba la incorporación como'Entidades competentes" de la Ventanilla Única de Turismo a las entidades públicas detalladas en elAnexo de la presente Resolucion Ministerial;

Que, el artículo 11 del Reglamento de la Ley N0 29'151 'Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales', aprobado por Decreto Supremo N'o 007-2008-VIVIENDA, establece que la planiÍ¡cación, coordinación y ejecución de las acciones refeidas al registro, admin¡strac¡ón, supev¡sión y dtspos,ción de /os bienes de propledad de la entidad y de los que se encuentran bajo su adminístrw¡on, son de responsab¡lidad de la Unidad Orgánica existente paratalfin, la Oficina General de Admínistractón de la e¡rtídad, es el órgano responsable del coffecto registro, adm¡nistrcción y disposición de sus bienes muebles, de acuerdo a lo establecido en el articulo 118 del citado Reglamento; Que, el articulo 5 de la precitada Ley, crea el Sistema Nacional de B¡enes Estatales "cono el conjunto de organ¡smos, garantías y nomas que regulan, de manera integral y coherente, /os bienes ssfafales, en sus niveles de Gobiemo Nacíonal, regional y local, a fin de lograr una administración ordenada, simplificada

y *

efic¡ente': Que, el artículo 122 del Reglamento de la Ley General del Sistema de Bienes Nacionales, señala que los bienes se d¡sponen mediante, entre otras modalidades, la donación, Asi el artículo 128 de d¡cha

norma establece qw 'la donac¡on se ú¡liza inclusive para la tansferencia de dominio de bienes nuebles entre entid ades p ú bli cas' ;

Que, el Decreto Supremo No 005-2002-MINCETUR, aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del MINCETUR, mediante el cual establece, entre olÍas funciones de la 0ficina General de Administración, la de cautelar el debido mantenimiento y conservación de los activos fijos y realizar el invenhrio fisico de almacén y de b¡enes patrimoniales;

De conformidad a la D¡rectiva No 001-2015/SBN'Procedimientos de la Gestión de los Bienes Muebles', aprobada por Resolución N0 046-201S/SBN, de fecha 03.07.2015 y a lo opinado por la Dirección General de Políticas de Desanollo Turístico, med¡ante el lnforme Legal No 074-2017¡/MT/DGPDT-APRC, "en la disposición de,bíenes muebles, adquiridos por elproyecto de inversión p(tbl¡ca delMINCETUR 'lnstalación de la Ventanilla Unica de Turismo - VUT Primera Etapa Lima, Lima San lsidro", es aplicable lo regulado en el numeral 6.1.7 de la citada Directiva, lo cual permite establecer que los blenes adquiidos por el MINCETUR para ser trmsfeidos a las'Entidades Competentes': i) Gobiemo Regional de Lima, ii)Municipalidad Distrital de Miraflores, iii) Municipalidad Prov¡nc¡al Callao, ¡v) Municipalidad Provincial de Tacna, v) Mun¡cipal¡dad Distrital de Cayma, vi) Municipalidad Distrital de Yanahuara y vii) el Servicio Nacional de Areas Naturales Proteg¡das - SERNANP, no serán dados de afta en el Patrimonio del pr¡mero, al habet sido adquiridos para ser donados o transferidos a favor de las citadas Entidades; Que, de conformidad a lo señalado en el l¡teral d) del numeral 11 de la Directiva N" 005-2016de tucha 2810612016, aprobado mediante Resolución Directoral No 012-2016-EF/51,01,

EF/51.01,

denominada "Metodologia para el Reconocimiento, Mediclón, Registro y Presentación de los Elementos de Propiedades, Planta y Equipo de las Entidades Gubemamentales", establece que: "Las Entidades que adqu¡eran con cargo a su presupuesto inst¡tuc¡onal, bienes muebles para distribuirlos a otras ent¡dades públicas, los registraÉn en la cuenta 15.03.05 Vehículos, Maquinanas y otras Unidades por Distribuir (,,.), según convenio o norma legal que les faculte a ello;

lntemamiento No 316-2016-C, por el valor total de Trescientos siete mil novecientos cincuenta y cinco con 26/100 soles (S/ 307,955.26 soles);

Que, en el lnforme Técnico N0 09-2017-MINCETUR/SG/0GA-0ASA-SDPCP, emitido por la Sub Dirección de Programación y Control Patrimonial, luego de la evaluación de la documentación que obra en el expediente administrativo, cons¡dera procedente aprobar la transferencia, a título gratuito, en la modalidad de donación, sin incorporación al patrimonio del MINCETUR, los Sesenta y seis (66) bienes muebles, de los 0chenta y dos (82) bienes muebles adqu¡ridos en marco al proyecto de inversión pública del MINCETUR 'lnstalación de la Ventanilla Única de Turismo - VUT Primera Etapa Lima, Lima San ls¡dro", a favor de las 'Entidades Competentes": i) Gobiemo Regional de Lima, ii)Municipalidad Distrital de l\iliraflores, iii) Municipalidad Provincial Callao, iv) I\,4un¡cipalidad Pmvincial de Tacna, v) Municipalidad Distrital de Cayma, vi) Municipalidad Distrital de Yanahuara y vii) el SERNANP, recomendando que la Oficina General de Administración- OGA, emita la Resolución Directoral, correspondiente, y suscribir las Actas de Entrega

-

Recepción;

Con la Visación de la Directora de la Oflcina de Abastecimiento y Servic¡os Auxiliares y la del Sub D¡rector de Programación y Control Patrimon¡al; SE RESUELVE:

ARTíCULO 10.. Aprobar la Transferencia a titulo gratuito, en la modalidad de donación,

sin

incorporación al patrimonio del MINCETUR, a favor de las "Entidades Competentes" de la Ventanilla Única de Turismo de: i) Diez (10) bienes muebles al Gob¡emo Regional de Lima, ii) Diez y seis (16) bienes muebles a la lVunicipalidad Distrital de M¡raflores, ii¡) Siete (07) bienes Muebles a la l\ilunicipal¡dad Provinc¡al de Tacna,

a la Municipalidad Distrital de Yanahuara, v) Ocho (08) bienes muebles Municipalidad Distrital de Cayma, vi)Trece (13) bienes muebles a la Municipalidad Provincial de Callao y ¡v) Ocho (08) bienes muebles

@arlr*¡¿*M vii) Cuatro (04) bienes muebles al Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas

- SERNANP, las

caracterist¡cas y valores se detallan en el Anexo No 1 denominado "Descripción de Bienes Muebles', adjunto a la presente Resolución,

ARTICULo 20.- Los bienes muebles, materia de la presente Resolución se entregaÉn en la Sede Central del MINCETUR, mediante Acta de Entrega Recepción, que será suscnta por el Subdirector de Programación y Control Patrimonial de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la oficina Gene¡al de Administnación del MINCETUR y los representantes de las'Entidades Competentes", citadas en el articulo 1 , de la citada Resolucion Directoral.

-

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enflCUt-O 30.- Disponer que la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares y la Oficina de .f)' -il Adnin¡strac¡ón Financiera, realicen los ajustes pertinentes en los reg¡stros que conespondan.

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I

AnflCUt-O 40.- Transcribir la presente Resolución Directoral al: i) Gobiemo Regional de Lima, ii) Municipalidad Distrital de M¡raflores, iii) Municipalidad Provincial de Tacna, iv) Municipal¡dad Distrital de Yanahuara, v) Mun¡c¡palidad Distrital de Cayma, vi) Municipalidad Provincial de Callao, vii) al Servicio Nacional de Areas Naturales Proteg¡das SERNANP, viii) a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, denko de los diez (10) dias hábiles siguientes de su expedición, de mnformidad al

-

Reglamento de la Ley

N0

29151, aprobado mediante Decreto Supremo No 013-2012-VIVIENDA, ix) al Órgano

de Control lnstitucional y x) a la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turistico del Ministeno de Comercio Exterior y Turismo

-

[,'IINCETUR, para los fines que estimen pert¡nentes:

Registrese y Comuníquese,

MINCETUR