SALUD TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO

19 nov. 2003 - Addendum Nº 2 al Convenio de Apoyo Interinstitucional entre el PRODUCE y el CONAM y de la modalidad de acuicultura de langostinos a ser ...
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Lima, miércoles 19 de noviembre de 2003

4. El Viceministerio de Pesquería, respaldará oficialmente las gestiones que realicen los empresarios langostineros debidamente agrupados ante las autoridades de los gobiernos e instituciones de países de la región que pueden aportar la tecnología necesaria para los programas de selección genética y producción masiva de semilla mejorada. 5. La Comisión coordinará con la DINAMA el diseño de normas ambientales inherentes al proceso de producción de langostinos, aplicables localmente y aceptables internacionalmente, en relación a su impacto ambiental y en la calidad del proceso de cultivo y del producto final. Estas normas deberán incluir aspectos referidos a: - Fuentes de obtención de post-larvas (semilla): origen y certificaciones, - Manejo de químicos y drogas (medicinas), referido en particular a aquellos prohibidos y/o que afectan la salud (en forma directa o a través del alimento). Métodos que permitan la trazabilidad, - Sanidad del proceso de producción: igualmente orientado a la seguridad del producto en la alimentación humana y con orientación a conservar la buena reputación de calidad del producto local, - En este mismo concepto: manejo de la cosecha, transporte y procesamiento, - Almacenamiento de insumos, - Manejo de efluentes (dando los parámetros del caso) - Manejo de sedimento de los estanques - Conservación del suelo y del recurso agua, - Conservación de manglares, - Cumplimiento de las leyes y normas que rigen la actividad, - Relaciones con las comunidades circundantes. 6. En este mismo contexto, coordinar con la DINAMA la actualización de los estudios ambientales a través de la elaboración de Guías Técnicas de los Estudios de Impacto Ambiental para la actividad acuícola, en observación del Addendum Nº 2 al Convenio de Apoyo Interinstitucional entre el PRODUCE y el CONAM y de la modalidad de acuicultura de langostinos a ser realizada (intensiva, tradicional, extensiva). COMPROMISOS A fin de contribuir al ordenamiento en el ingreso formal de semilla de langostino para el cultivo, ALPE apoyará y viabilizará la importación de larvas en forma conjunta y coordinada entre las empresas criadoras, incluyendo a los pequeños productores. Establecimiento de programas de producción en el país de semilla seleccionada y de alta calidad. Estos programas serán diseñados y ejecutados en forma conjunta entre el Estado y la Asociación Langostinera Peruana (ALPE), cabe mencionar que el rol del Estado estará ligado preponderantemente, con el aspecto normativo y de apoyo oficial. Los productores langostineros pondrán en marcha las instalaciones que sean requeridas para la ejecución de los programas citados en el acápite anterior. El IMARPE, a través del laboratorio de Tumbes, pondrá en funcionamiento los equipos necesarios para la certificación de semilla a importarse y programas de monitoreo de aspectos sanitarios, ambientales y productivos. A la presentación de este Informe Final, se plantea la firma entre las partes del Acuerdo sobre medidas excepcionales para el desarrollo sostenible de la actividad acuícola langostinera y su oficialización mediante una Resolución Ministerial publicada en el Diario Oficial. 21296

SALUD Designan Director del Hospital Regional Hermilio Valdizán de la Dirección Regional de Salud Huánuco RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1177-2003-SA/DM Lima, 17 de noviembre del 2003

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NORMAS LEGALES CONSIDERANDO:

De conformidad con lo previsto en el Artículo 3º y 7º de la Ley Nº 27594, el inciso l) del Artículo 8º de la Ley Nº 27657 y Artículo 77º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del doctor WILLIAM ALEJANDRO RUIZ SANCHEZ, en el cargo de Director del Hospital Regional Hermilio Valdizán, Nivel F-4, de la Dirección Regional de Salud Huánuco, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Designar, al doctor EDILBERTO TOSCANO POMA, en el cargo de Director del Hospital Regional Hermilio Valdizán, Nivel F-4, de la Dirección Regional de Salud Huánuco. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁLVARO VIDAL RIVADENEYRA Ministro de Salud 21392

TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Designan funcionario responsable de brindar información requerida por los ciudadanos en aplicación del TUO de la Ley Nº 27806 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 300-2003-TR Lima, 18 de noviembre de 2003 VISTO; El Memorándum Nº 716-2003-MTPE/SG de fecha 13 de noviembre del 2003, de la Secretaría General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, CONSIDERANDO Que, el Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5) del artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, toda información que posee el Estado se presume pública, salvo excepción establecida en el artículo 15º del Decreto Supremo, para lo cual el Estado adoptará medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las entidades de la Administración Pública y tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad; Que, el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 043-2003PCM, establece que las entidades de la Administración Pública obligadas a brindar información identificarán, bajo responsabilidad de su máximo representante, al funcionario responsable de brindar información solicitada en concordancia a lo establecido en el referido Decreto Supremo; Que, en mérito a lo expuesto, se designó mediante Resolución Ministerial Nº 209-2003-TR, de fecha 15 de agosto del 2003, al señor Leonardo Ojeda Zañartu, Director General de la Oficina General de Administración, como el responsable de brindar la información requerida por los ciudadanos en aplicación del Decreto Supremo Nº 043-2003PCM, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 281-2003-TR, de fecha 3 de noviembre del 2003, se aceptó la renuncia del señor Leonardo Ojeda Zañartu, al cargo de Director General de la Oficina General de Administración del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 282-2003-TR, de fecha 3 de noviembre del 2003, se designó a partir del 4 de noviembre del 2003, al señor Jorge Miguel Galarreta Díaz, en el cargo de Director General de la Oficina General