"SALUD Disponen la creación de Unidades Oncológicas dedicadas al

de neoplasias malignas en Hospitales nacionales y generales del Ministerio. RESOLUCIÓN MINISTERIAL. Nº 1950-2002-SA/DM. Lima, 19 de diciembre del ...
3KB Größe 0 Downloads 0 vistas
"SALUD Disponen la creación de Unidades Oncológicas dedicadas al manejo integral de neoplasias malignas en Hospitales nacionales y generales del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1950-2002-SA/DM Lima, 19 de diciembre del 2002 Visto el Informe INEN-559-02 remitido por el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas; y, CONSIDERANDO: Que, el cáncer se ha convertido en un problema de salud pública constituyendo la tercera causa de muerte en el Perú; Que, actualmente la demanda de atención oncológica que enfrenta el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas ""Dr. Eduardo Cáceres Graziani"", único centro especializado dedicado exclusivamente al tratamiento de esta enfermedad, ha sobrepasado sus capacidades; Que, con el objetivo de aumentar la cobertura de los servicios de atención especializada resulta de impostergable necesidad iniciar un proceso de desconcentración de la atención oncológica que supone entre otros mecanismos la creación de unidades funcionales en los hospitales nacionales y generales del Ministerio de Salud; De conformidad con lo previsto en el Art. 8º lit. ""L"" de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la creación de Unidades Oncológicas dedicadas funcionalmente al manejo integral de las neoplasias malignas, en los hospitales nacionales y generales del Ministerio de Salud, por resolución de su máxima autoridad administrativa. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de Salud de las Personas en coordinación con el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas la evaluación y determinación de las competencias, naturaleza de las intervenciones y responsabilidades de las unidades creadas al amparo del artículo precedente. Artículo 3º.- Precisar que los hospitales nacionales y generales que para el cumplimiento de los objetivos de la presente resolución consideren necesaria la modificación de su reglamento de organización y funciones, deberán hacerlo de conocimiento de la Oficina General de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Salud a efectos de que la misma disponga las medidas pertinentes que conlleven

a la adecuación de los documentos de gestión de cada entidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud"