"SALUD Conforman Comisión Técnica Intersectorial encargada de

del Proceso de Integración Funcional de los Servicios de Salud del. Ministerio y ESSALUD. RESOLUCIÓN SUPREMA. Nº 001-2002-SA. Lima, 16 de enero del ...
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"SALUD Conforman Comisión Técnica Intersectorial encargada de evaluar logros del Proceso de Integración Funcional de los Servicios de Salud del Ministerio y ESSALUD RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 001-2002-SA Lima, 16 de enero del 2002 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Suprema Nº 260-2001-SA del 26 de julio de 2001 se resolvió conformar una Comisión Técnica Intersectorial encargada de evaluar los logros del Proceso de Integración Funcional de los Servicios de Salud del Ministerio de Salud y el Seguro Social de Salud ESSALUD (ex IPSS); Que el Artículo 6º de la Resolución antes citada, otorgó a la Comisión Técnica Intersectorial un plazo de sesenta días útiles, contados a partir de su publicación, para entregar el Informe Final correspondiente; Que la labor encargada a la referida Comisión demanda un mayor tiempo, y el plazo establecido en la Resolución Suprema Nº 260-2001-SA ha vencido, se hace necesario conformar una nueva Comisión Técnica Intersectorial a fin de que se cumpla con el objetivo encomendado; y, De conformidad con lo establecido en el Artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conformar una Comisión Técnica Intersectorial, la que estará constituida de la siguiente manera: - Dos representantes del Ministerio de Salud. - Dos representantes de ESSALUD. Artículo 2º.- La Comisión Técnica Intersectorial, se encargará de: - Evaluar los logros del Proceso de Integración Funcional de los Servicios de Salud del Ministerio de Salud y el Seguro Social de Salud ESSALUD (ex IPSS). - Evaluar los alcances del proceso de Desintegración. - Evaluar la pertinencia de ambos procesos en relación a lo dispuesto en la Resolución Suprema Nº 166-2001-EF y Resolución Ministerial Nº 103-2001-PCM. - Establecer las conclusiones, lineamientos y recomendaciones pertinentes para el Proceso de Integración - Desintegración Funcional de los Servicios de Salud MINSAESSALUD. Artículo 3º.- Las entidades referidas en el Artículo 1º designarán a sus representantes mediante Resolución de su Titular dentro de los cinco días hábiles contados a partir

de la publicación de la presente Resolución Suprema, debiendo instalarse la Comisión Técnica Intersectorial dentro de los cinco días hábiles subsiguientes. Artículo 4º.- La Comisión Técnica Intersectorial podrá contar con la asistencia especializada que fuere necesaria o conveniente. Artículo 5º.- Los órganos dependientes de los sectores involucrados brindarán las facilidades respectivas para el mejor desempeño de la Comisión Técnica Intersectorial. Artículo 6º.- La Comisión Técnica Intersectorial tendrá un plazo de 180 días calendario, contados a partir de su instalación, para emitir su Informe Final al Ministerio de Salud y al Presidente Ejecutivo de ESSALUD. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Salud y el Ministro de Trabajo y Promoción Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Ministro de Salud FERNANDO VILLARAN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción Social"