SALUD Designan Comisión Organizadora encargada de

10 ene. 2019 - Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO. Presidente Constitucional de la República. ROBERTO DAÑINO ZAPATA. Presidente del Consejo de ...
3KB Größe 3 Downloads 1 vistas
"SALUD Designan Comisión Organizadora encargada de elaborar el Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 007-2002-SA Lima, 13 de febrero del 2002 CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 27657, se aprobó la Ley del Ministerio de Salud, que aprueba su organización sistemática, objetivos funcionales y estructura general; Que en la Sétima Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la norma acotada, se establece que mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, se designará una Comisión Organizadora encargada de elaborar el Reglamento que establecerá la estructuración de subprocesos organizacionales y las unidades orgánicas del Ministerio de Salud hasta el tercer nivel; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; En uso de la facultad del Presidente de la República para dictar Resoluciones, conferida por el Artículo 118º inciso 8) de la Constitución Política del Perú; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1º.- Designar a la Comisión Organizadora encargada de elaborar el Reglamento de la Ley Nº 27657, la misma que estará integrada por: - Un representante del Despacho Ministerial, quien la presidirá; - El Jefe del Instituto Nacional de Salud; - Un representante de la Oficina General de Planeamiento Estratégico; - Un representante de la Oficina General de Administración; - Un representante de la Dirección General de Salud de las Personas. La Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud, hará las funciones de Secretaría Técnica de la Comisión. 2º.- Autorizar a la precitada Comisión a formar las subcomisiones, que sean necesarias para el cumplimiento de sus fines. 3º.- La Comisión, en un plazo no mayor de cien (100) días hábiles, contados a partir del día siguiente de su instalación, elevará al Despacho Ministerial el Proyecto

de Reglamento correspondiente. El plazo de instalación no podrá exceder a los cinco (5) días calendario contados desde la publicación de la presente Resolución. 4º.- Disponer que todas las dependencias del Ministerio de Salud presten el apoyo y/o asistencia técnica que la Comisión les requiera. 5º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud"

proponer documentos