FUERZA AEREA COLOMBIANA
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SUBDIRECCION DE PRESTACIONES SOCIALES AVrSO NÚMERO OL2lzOra El Comando de Personal de la Fueza Aérea Colombiana - Jefatura de Relaciones Laborales y Dirección de Nómina y Prestac¡ones Soc¡ales, a los (23) días del mes de Octubre del año (2018). realiza
ARTICULO
-
lo:
publica el presente AVISO, para surtir el trám¡te de notificación por av¡so de los siguientes actos administrat¡vos relac¡onados a continuación, en los términos del artículo 69 Codigo de Procedimiento Adm¡nistrat¡vo y lo Contencioso Administrativo así: PER$T{A A NOTIEICAR GRADO
I
APELLIDOS Y NOMBRES
REsorucró
ACTO
ADII'¡IISTMÍTO
FECHA
o Exp.
A/A
A ¡IOTIFICAR OBSERVACIONES
SL
BRAYAN BARRAGAN LOPEZ
00535
05-07-18
50036s/18
No se presentó para notificac¡ón personal
SL
EDWIN FABIAN URREGO AGUILERA
00573
16-08-18
50038s/18
No se presentó para notificac¡ón personal
TP
LUIS ALBERIO I'4ARTINEZ CASTELTANOS
00580
17-08-18
500158/18
No se presentó Para notificación personal
SL
LUIS EDUARDO CASASBUENAS TRUJILLO
00596
22-08-18
s004ss/17
No se presentó para notificac¡óñ personal
SL
CRISTTAN DAVID GARCIA LOZANO
00598
22-08-18
500458/18
tlo se presentó para not¡ficación p€rsonal
SL
WILLIAM EDUARDO MOSQUERA LEDEZ¡44
00601
22-08-18
500,169/18
No se presentó para notificación personal
SL
OSCAR ANDRES OCAI'IPO |'4EJIA
00602
22-08-18
500470/18
No se presentó Para notificación personal
SL
plgLo :uuo peñl
00603
22-08-18
500471/18
No se presentó para notificac¡ón personal
SL
ANDRES MAURICIO VALDES OCAMPO
00604
22-08-18
s004721t8
No se presentó para notificac¡ón personal
SL
BRIAN CAMILO CARDONA TORRES
00608
22-08-18
500504/18
No se presentó Para not¡ficaqión personal
SL
CARLOS ENRIQUE RAMIREZ CIRO
00613
22-08-18
s00s10/18
No se presentó Para notificación personal
SL
ROSEMBER ARCILA VII-l-Al''lIL
00615
24'08-18
500452/18
SL
JAIR RIVERA RAMIREZ
00618
24-08-18
500460/18
SL
LUIS ALDGNDER RODRIGUEZ CAPACHO
00619
24-08'18
500461/18
SL
RICARDO .]OSE SANTOS SIERRA
00620
24-08-18
5004621t8
SL
DAVID ALEJANDRO AGUDELO I,4URILLO
00678
07-09-18
500451/18
SL
MICHAEL ALBERTO VASQUEZ CASTANO
00580
07-09-18
s0046s/18
nmnz
No se presentó para notificación Personal No se presentó para not¡ficación personal No se presentó para notificación Personal No se presentó para notific¿c¡ón personal No se presentó Para not¡ficación Personal No se presentó Para noliñcac¡ón personal
cual deberá ARTICULO 20: Contra cada uno de los citados actos procede el recurso de reposición, -el por av¡so, el i;¿;p"¡1-"r* por escrito dentro de los d¡ez (10) días siguientes a que se surta la not¡ficacióninconform¡dad' mot¡vos de recurso debe estar debidamente sustenta¿t áon expiesión concreta de los en el aÉículo 76y 77 del a lo establecido de ¿cuerdo valer, hacer que pruebas se fretenden relacionando las Codigo Procedim'lento Adm¡n¡strativo y de lo Contenc¡oso Administrátivo' del Comando de Personal de la ARTICULO 30: El recurso de reposición se presentará ante el Comandante y Prestaciones Soc¡ales, por Nómina de Dirección aér"u Colomb¡ana - Jefe áe Relacionés Laborales ser el func¡onario que exp¡d¡ó cada uno de los anteriores actos adm¡nistrat¡vos.
ir",,i
finalizar el día siguiente del (5) ARTICULO 40: La'presente notificac¡ón por av¡so se considera surtida al qr-¡"lo aa ¿. lu publicación en la pág¡na web institucional de la Fuerza Aérea colomb¡ana.
SuMirector de Prestac¡ones Sociales
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REPUBLICA DE COLOMBIA
FUERZA AEREA COLOMBIANA DIRECCIÓN DE NOMINA Y PRESTACIONES SOCIALES
REsoLUcrÓN
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FECHA {)5JUL.ZO1S
Por el cual se declara que no hay lugar al reconoc¡miento y pago de INDEMNIZACIÓN POR DISMINUCIÓN DE LA de 2019/, CAPACIDAD LABORAL, con fundamento en el exped¡ente No.
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EL COMANDANTE DEL COMANDO DE PERSONAL En e.ierc¡cio de las facultades que le conñere la Resoluc¡ón No. 4158 del 29 de julio de 20'10, y CONSIDERANDO: Que el señor eX-SOLDADO REGULAR de la Fueea Aérea Colombiana BARRAGAN LOPEZ BRAYAN con documento de ¡dent¡dad No. 1 .094.961 .572, le tue pract¡cada Acta de Junta Méd¡c¡ Laboral No. 001-2016-CACOM 6 del 29 de enero de 2016, que no le determ¡nó disminución de la capacidad psicofísica y laboral.
Que a Folio 16 del expediente prestacional 500365 de 2018, obre Acta de Junta Med¡co Aclarator¡a No. 024-16 CACOMS del 19 de mayo de 2016 a la Junta Medico Laboral No 001-16-CACOMO del 29 de enero de 2016. Que de conform¡dad con lo dispuesto en el Decreto No. 094 de 1989, 2728 de 1968 y Decreto 1796 de 2000, no hay lugar al pago de indemn¡zación cuando no se presenta d¡sm¡nución de la capacidad ps¡cofís¡ca y de trabajo-
RESU ELVE: ARTICULO 10. Declarar que no hay lugar al reconocimiento y pago de suma alguna por concepto de ¡ndemnizaciÓn, a favor del eX-SOLDADO REGULAR de la Fueza Aérea Colombiana BARRAGAN LOPEZ BRAYAN con documento de ¡dentidad No. 1.094.961.572, según lo expuesto en la parte considerat¡va del presente acto admin¡strativo. ARTÍCULO 20. Contra la presente procede el recurso de reposic¡ón del cual podrá hacerse uso, en la d¡l¡genc¡a de notificación personal o dentro de los (lO) días háb¡les siguientes a ella, o a la desfijaciÓn del edicto por escrito y deb¡damentá sustentado, con expresión concreta de los mot¡vos de ¡nconformidad, relacionando las pruebas que se pretende hacer valer.
I
ARTíCULO 3O. PATA mrrespond¡ente.
tegatefubsigu¡entes, agréguese copia de la presente resoluciÓn a la hoja de v¡da
NOTIFíQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá.
CR. EDGAR RICARDO Jefe de Relaciones Laborales
MG. JORGE Personal
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CR. CLEMENCIA MORA MONTiiNEz Directora be Nomina y Prestaciones Sociales
Elaboró: FAC_RHD¡PRENELSON:
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ON VEGA LEON
,"á4m,.,,* Subdirector de Prestac¡ones Sociales
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REPUBLICA DE COLOMBIA
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FUERZA AEREA COLOMBIANA DIRECCIóN DE NOMINA Y PRESTACIONES SOCIALES
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no nry rrgl J :,:":;.t". r.conoc¡miento y pago de tNDEMNtzActóN J-t*:.l DtsMtNUctóN DE LA ""GrrN ",i.'::1"= LABORAL, fundamento "en con el expediente No. 500385/ de 2018/. r\ \¿\PACIDAD t EL ..MANDANTE DEL coMANDo DE pERsoNAL ,4. \
Por et cuat
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ejercic¡o de las facultades que le confiere la Resolución No. 4158 del 29 de julio de 2010, y
CONSIDERANDO: Que el señor ex-SOLDADO REGULAR de la Fueza Aérea Colombiana URREGO AGUILERA EDWIN FABIAN con documento de identidad No. 1.122.648.532, le fue practicada Acta de Junta Méd¡co Laboral No. 01 1-17 CACOM 2 del 13 de febrero de 2017, que no le determ¡nó d¡sm¡nuc¡ón de la capacidad psicofísica y laboral. Oue de conformidad con lo d¡spuesto en el Decreto No. 094 de 1989,2728 de 1968 y Decreto 1796 de 2000, no hay lugar al pago de indemnizac¡ón cuando no se presenta d¡sminuc¡ón de la capac¡dad psicofís¡ca y de trabajo.
RESU ELVE: ARTICULO 1o. Declarar que no hay lugar al reconoc¡miento y pago de suma alguna por concepto de ¡ndemnizaclón, a favor det ex-SOLDADO REOUUR de la Fuerza Aérea URREGO AGUILERA EDWIN FABIAN con documento de identidad No. 1.122.648.532, según lo expuesto en la parte considerat¡va del presente acto admin¡strativo. ARTíCULO 20. Contra la presente procede el recurso de reposic¡ñdel cual podrá hacerse uso, en la d¡ligenc¡a de notificación personal o dentro de los (10) días háb¡les siguientes\\le, o a Ia desfÜac¡ón del ed¡cto por escrito y deb¡damente sustentado, con expres¡ón concreta de los motiv\de \[ormidad, relac¡onando las pruebas que se
pretendehacervaler.
ARTÍCULO ARTICULO
3o.
§
a-
Para los tos fines,legqles fines.,legqles subs¡guie subsiguier§agü¡lese cdpia de la presente resoluc¡ón a la ho¡a de v¡da
correspondiente. ,,/ / / NoÍFfouESE Y CúMPLASE Dada en
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Bogotá,
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CR. EDGAR R
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por el cual se declara que no hay lugar al reconocimiento y pago de lNOfUrutZRClÓt¡ pOR OlSlvlll¡UCtÓl¡ de DE LA CAPACIDAD LABORAL, con fundamento en el expediente No.
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EL COMANDANTE DEL COMANDO DE PERSONAL En ejercicio de las facultades que le confiere la Resolución No. 4158 del 29 de julio de 2010, y
CONS!DERANDO:
eue et señor TP de la Fuerza Aérea Colombiana, MARTINEZ CASTELLANOS LUIS ALBERTO, ident¡ficado con documento de identidad No 80.005.203, le fue practicada ac{a de Junta Médico Laboral Definit¡va No. O4O-í4 CACOM 2 del 19 de diciembre 2014 que no le determ¡nó d¡sm¡nución de la capacidad psicofísica y laboral.
eue a Folios 17 al20 delexped¡ente prestacional 500158 {e Z(fp, oOra ncta Junta Medico Laboral Definitiva junio de No 007-04 CACOM-2 det 19 DE MARZO de 2OO4 [apal \re n\] segUn resolución 754 del 18 de juliodep0O+ 2OO4en lanóm¡na|NO4OSdel 01 de \ \ \, \¡
\.",
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eue a Folio 20 del expediente prestaci6nál sOqd§ de\018, obra Acta de Junta Medico Aclaratoria No. 159415 DTSAN del 21 de julio Ae ZótS a la jgnta Mé(ü¡o Laboral No. 040-14 - CACOM-2 del 19 de diciembre de
'J
2014.
eue de conform¡dad con lo dispuesto en el Decreto 094 de 1989, Decreto'f 211 de 1990 y 1796 de 2000' no hay lugar al pago de indemniiación cuando no se presenta d¡sminución de la capacidad psicofísica y de traba¡o. Que de acuerdo a los antecedentes expuestos:
RESUELVE: Declarar que no hay lugar al reconocimiento y pago de suma alg-una por concepto de indemn¡zac¡ón, a favor del señor TP'de Ía Fuerza Aérea Colombiana, MARTINEZ CASTELLANOS LUIS ALBERTO, identificado con documento de identidad No 80.005.203, según lo expuesto en la parte cons¡derat¡va del presente acto admin¡strativo.
ARTICULO
10.
ART|CULO 2o. Contra la presente procede el recurso de reposic¡ón del cual podrá hacerse uso, en la dil¡genc¡a de notificac¡ón personal o dentro de los (10) días hábiles s¡guientes a ella, o a la desftjación del ediáo por escr¡to y debidamente sustentado, con expresión concreta de los motivos de inconformidad. helacionando las pruebas que se pretende hacer valer.
N¡ ,\i\. vlRríCul-o 3o. Para los fines legales vida correspondiente.
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Hoia No' z 0 5 I Ur.crA 1 7 AG0. Zülu Re LABoRAL con fundamento en er expeqrr iil',-XltHl:l,l1',X'.::":ff"T':i':ll'J'"1H"-ff p'óLdlértliluclór.l cnplc¡DAD oe l- i;i¿fi PoLD iJ#]ññ;ÉltÑ frunrm¡z¡bról ,*:;ruXol,",XS§,ll¡'ü8,i..%gfi
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Dada en Bog\l
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CR. EDGAR RICARDO MONTENEGRO ROMO Jefe de Relaciones Laborales
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NELSON VEGA LEON - 05/06/2018 f4:46:48
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declara que no háy lugar al reconoc¡m¡ento y pago de INDEMNIZACIóN pOR DISM|NUCIóN DE LA CAPACIDAD LABORAL, con fundamento en et exped¡ente No. S0O4S5/ de 419/. EL COMANDANTE DEL COMANDO DE PERSONAL
En ejercicio de las facultades que le conf¡ere la Resolución No. 4158 del 29 de julio de 2010, y
CONSIDERANDO: QUE EI SEñOT EX.SOLDADO REGULAR de Ia
Fueza Aérea Colombiana CASASBUENAS TRUJILLO LUIS EDUARDO con documento de identidad No. 1 .1 1 1 .200.002, le fue practicada Acta de Junta Méd¡co Laboral No. 036-16 CACOM I del 21 de octubre de 2016, que no le determinó disminución de la capacidad psicofísica y laboral. Que de conformidad con lo d¡spuesto en el Decreto No. 094 de 1989,2728 de 1968 y Decreto 1796 de 2000, no hay lugar al pago de indemn¡zac¡ón cuando no se presenta disminución de la capacidad psicofísica y de trabajo.
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d\\r, alguna por concepto de ¡ndemnización, GAnSeUeNnS TRUJILLO LUIS EDUARDO con documento de ¡dent¡dad No. 1.1 11.200.002, según lo'expu$to 5ta parte considerativa del presente acto adm¡nistrativo. \ ARTÍCULO 20. Contra la presente procede el recursq { refsicion del cual podrá hacerse uso, en la d¡ligencia de por escr¡to y personal ARTICULO 1o. Declarar que no hay lugar al reconoc¡m¡ento y p"go a favor del ex-soLDADo REGULAR de la Fuerza Aérea Cqlombiana
notificac¡ón o dentro de los (10) días héb¡leHlgu¡entes a ella, o a la desf¡jación del edicto debidamente sustentado, con expres¡ón concrel¿)e los motivos de inconform¡dad, relacionando las pruebas que se pretende hacer valer.
ARTÍCULO 30. Para los f¡nes legales subsiguientes, agréguese cop¡a de la presente resoluc¡ón a la hoja de vida correspondiente. NorFiouESE Y CIIMPLASE./ Dada en Bogotá,
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CR. EDGAR RICARDO MONTENEGRO ROMO Jefe de Relaciones Laborales
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Por el'Cual se declara que no hay lugar al reconoc¡m¡ento i pago de INDEMNIZACIÓN POR DISMINUCIÓN DE LA CAPACIDAD LABORAL, con tundamento en el exped¡ente No. §9@g/ de 4119/. EL COMANDANTE DEL COMANDO DE PERSONAL En ejercicio de las facultades que le confiere la Resoluc¡ón No. 4158 del 29 de jul¡o de 2010, y
CONSIDERANDO: Que el señor eX-SOLDADO REGULAR de la Fueza Aérea Colombiana GARCIA LOZANO CRISTIAN DAVID con documento de identidad No. 1.234.638.805, le fue practicada Acta de Junta Médico Laboral No. 050 CACOM 4 del 26 de noviembre de 2016, que no le determ¡nó disminución de la capac¡dad ps¡coffsica y laboral.
eue de conformidad con to d¡spuesto en el Decreto
Nq.09il
tugar at pago de indemnizac¡ón cuando no se pre§enta
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1g8g,2728 de1968 y Decreto lT96de 2OOO, no hay \ism\llón de la capac¡dad ps¡cofisica y de trabajo.
Fesüelve:
ARTICULO 1o. Declarar que no hay lugardleconocimiento y pago de suma alguna por concepto de indemnizac¡ón, a favor del ex-SOLDADO REGULÁR de la Fueza Aérea Colomb¡ana GARCIA LOZANO CRISTIAN DAVID con documento de identidad No. 1.234.638.805, según lo expuesto en la parte cons¡derat¡va del presente acto adm¡n¡strativo.
ARTíCULO 20. Contra la presente procede el recurso de reposic¡ón del cual podrá hacerse uso, en la diligencia de y not¡ficación personal o dentro de toi 1tO¡ Oias háb¡les s¡guientes a ella, o a la desfijeción del edicto por escr¡to que pruebas se las relac¡onando ¡nconform¡dad, de los mbtivos debidamente sustentado, con expres¡ón concreta de pretende hacer valer. ARTíCULO 3O.
PATA
los fines legales subs¡gu¡entes, agréguese
copia de la presente resoluciÓn a la hoja de vida
correspond¡ente. NorFiouESE
Y Dada en Bogotá,
cúMP[AsE
7 de Personal
.L CR. CLqMENCIA MORA MONTANEZ ,,Y
EGRO ROMO CR. EDGAR RIC Jefe de Relac¡ones Lrborales
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reconocim¡ento y pago de INDEMNIZACIÓN POR DISMINUCIóN DE LA
L,tORAL, con tundamento en el expediente No. @E!69/ de 2ol8i. \CAPACIPAD
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PERS.NAL
É\r.lercicio de las facultades que le confiere ta Resoluc¡ón No. 4158 del 29 de jul¡o de 2010, y CONSIDERANDO: Que el señor ex-SOLDADO REGULAR de la Fuerza Aérea Colomb¡ana MOSQUEM LEDEZMAWLLIAM EDUARDO ion documento de ¡dentidad No. 1.112.485.304, le fue pract¡cada Acta de Junta Méd¡co Laboral No. 030-17-EMAVI del 19 de mayo de 2017, que no le determ¡nó disminución de la capacidad psicofísica y laboral. Que de conform¡dad con lo dispuesto en el Decreto No. 094 de 1989,2728 de 1968 y Decreto 1796 de 2000, no hay lugar al pago de ¡ndemnización cuando no se presenta d¡sminución de la capacidad ps¡cofísica y de trabajo.
RESU ELVE: ARTICULO 10. Declarar que no hay lugaral reconocim¡ento y pago de suma alguna por concepto de indemnizac¡ón, a favor del eX-SOLDADO REGULAR dé la Fuerza Aérea Colombiána MOSQUERA LEDEZMA WLLIAM EDUARDO con documento de ident¡dad No. 1.112.485-304, según lo expuesto en la parte considerativa del presente acto administrativo.
ARTÍCULO 20. Contra la presente procede el recurso de reposic¡ón del cu€l podrá hacerse uso, en la diligencia de desfüaciÓn del ed¡cto por escrito y notif¡cación personal o dentro de los (10) dias hábiles siguientes a qlla, relac¡onando las pruebas que se inconfo\r\dad, de los motivos\de debidamente sustentado, con expresión concreta l pretende hacer
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valer.
ARTÍCULO
30. para
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los f¡nes legales subsiguiántes, agrfuuese óopia
correspond¡ente. NorFiouESE
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la p}esente resolución a la hoja de vida
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Jefe de Reláciones Laborales
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Directora de Nomina y Prestaciones
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Z?AG0.2018
al rahnocimiento y pago de INDEMNIZACIÓN POR DISMINUCIÓru oe CAPACIDIIC LABORAL, con tundamento en el expediente No. §9@q/ de 2!79t.
Por el cual se declara
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EL COMANDANTE DEL COMANDO DE PERSONAL En ejerc¡c¡o de las facultades que le confiere la Resoluc¡ón No. 4158 del 29 de julio de 2010, y
CONSIDERANDO: Que el señor eX-SOLDADO REGULAR de la Fuerza Aérea Colombiana OCAMPO MEJIA OSCAR ANDRES con documento de identidad No. 1.1¿14.166.819, le tue practicada Acta de Junta Médico Laboral No. 012-17 -EMAVI del27 de marzo de 2017, que no le determinó disminuciÓn de la capacidad psicofis¡ca y laboral. Que de conformidad con lo dispuesto en el Decreto No. 094 de 1989,2728 de 1968 y Decreto 1796 de 2000, no hay lugar al pago de indemnización cuando no se presenla d¡sminuc¡ón de la capacidad psicofís¡ca y de trabajo.
RESU ELVE: ARTTCULO 10. Dectarar que no nay tugarlat
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Oe suma atguna por
concepto de indemnizac¡ón'
Cddn¡iana OCAMPO MEJIA OSCAR ANDRES con en la parte cons¡derativa del presente acto lo expuesto según No. 1.1td166.df9, identidad documento de a favor det ex-SOLDADO REGUI.AB OetaFueüa administrativo.
ARTíCULO 20. Contra la presente procede el recurso de repos¡ción del cual podra !ácerse yso, en la d¡l¡gencia de y not¡ficación personal o dentro de to! 1tO¡ Oias hábiles siguientes a ella, o a la desfijaciÓn del edicto por escrito que pruebas se las relacionando ¡nconformidad, los motivos de de concreta debidamenté sustentado, con expresión pretende hacer valer. ARTiCULO 3O. PATA los fines legales subsiguientes, agféguese copia de la presente resoluciÓn a la ho.¡a de vida correspondiente. NorFlouEsE
Y CúMPLASE Dada en Bogotá.
Rehc¡mes Laborales
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de las facultades que le confiere la Resolución No. 4158 del 29 de jul¡o de 2010, y CONSIDERANDO:
Que el señor ex-SOLDADO REGULAR de la Fueza Aérea Colomb¡ana PEÑA RAMIREZ PABLO JULIO con documento de ¡dent¡dad No. 1.12'1.925.830, le fue pract¡cada Acta de Junta Méd¡co Laboral No. 042-1s-CACOM 2 del 04 de d¡ciembre de 2015, que no le determinó dism¡nución de la capac¡dad psicofÍsica y laboral. Que a Folio 11 y reverso del expediente prestiacional 500471 de 2018, obra Acta de Junta Med¡co Aclarator¡a No. 004'17 CACOM 2 del 08 de febrero de 2017 a la Junta Med¡co Laboral No. 042-1s-CACOM 2 del 04 de dic¡embre de 2015. Que de conform¡dad con lo d¡spuesto en el Decreto No. 094 de 1989,2728 de 1968 y Decreto 1796 de 2000, no hay lugar al pago de indemn¡zación cuando no se presenta d¡sm¡nución de la cepacidad psicofísica y de trabajo.
RESU ELVE: ARTICULO 1o. Declarar que no hay lugar al reconoc¡m¡ento y pago de s,uma alguna por concepto de indemn¡zaciÓn, a favor det ex-soLDADO REGULAR de la Fueza A¿rea Colomb¡ana PEm RAMIREZ PABLO JULIO con documento de identidad No. 1 .121.925.830, según lo expuesto en la parte consideQtta del presente acto adm¡nistrat¡vo.
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poora hacerse uso, en la diligenc¡a de ARTICULO 20- Contra la presente procede el recurso de reposiciqr a la desfijación del ed¡cto por escrito y (10) ellafó días hábiles s¡g{¡entes not¡ficación personal o dentro de los relacionando las pruebas que se ¡nconformidad, molvos de de\8j¡ debidamenté sustentado, con expres¡ón concreta pretende
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ARTíCULO 30. Para los fines legales Subsigu¡entes, agréfJuese cop¡a de la presente resoluciÓn a la hoja de vida correspondiente. NoTIF[oUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogolá,
PARRA Jefe de Relac¡ones Laborales
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En e¡ercicio de las facultades que le confiere la Resoluc¡ón No. 4158 del 29 de jul¡o de 2010, y
CONSIDERANDO: Que el señor eX-SOLDADO REGULAR de la Fueza Aérea Colombiana VALDES OCAMPO ANDRES MAURICIO con documento de identidad No. 1.'113.6M.626, le fue practicada Acta de Junta Méd¡co Laboral No. 047-17-EMAVI del 14 de julio de 2017, que no le determinó disminución de la capacidad psicofisica y laboral
eue de conformidad con lo dispuesto en el Decreto No. 094 de 1989,2728 de 1968 y Decreto 1796 de 2000, no hay lugar al pago de ¡ndemn¡zac¡ón cuando no se presenta d¡sminuc¡ón de la capac¡dad ps¡cofls¡ca y de trabajo.
RESU ELVE: ARTICULO 1o. Declarar que no hay lugar al reconoc¡m¡ento y pago de sgma f§una por concepto de ¡ndemnizac¡ón, a favor det ex-soLDADo ireouuir dé ta Fuerza Aérea Coloml¡cta VALDE§ pCAMPO ANDRES MAURICIO con considerativa del presente acto documento de ¡dent¡dad No. 1.113.684.626, s?in O{Qnuelto\ren
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la presente procede el recurso de
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not¡ficac¡ón personat o deñtro de b; deb¡damente sustentado, con expresión concreta de los mot¡vos de inconformidad, relacionando las pruebas que se pretende hacer valer.
ARTICULO 30. Para los f¡nes correspondiente.
subs¡gu¡entes, agréguese copia de la presente resoluc¡ón a la hoja de v¡da
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NoIFíQUESE Y CÚMPLASE Dada en B€otá,
PARRA Jefe de Relaciones Laborales
Sociales
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al se declara que no hay lugar al reconocim¡ento y pago de |NDEMN|ZAC|óN pOR D|SMINUC|óN DE LA CAPACIDAD LABORAL, con fundamento en el exped¡ente No. 500504/ de 2018/. EL COMANDANTE DEL COMANDO DE PERSONAL En ejercicio de las facultades que le confiere la Resolución No. 4158 del 29 de jul¡o de 2010, y
CONSIDERANDO: Que el señor eX-SOLDADO REGULAR de la Fuerza Aérea Colombiana CARDONA TORRES BRIAN CAMILO con documento de identidad No. 1.097 .407 .037 ,le fue practicada Acta de Junta Médico Laboral No. 038-17-CACOM 1 del 21 de septiembre de 2017, que no le determinó d¡sm¡nución de la capacidad psicofísica y laboral. Que de conformidad con lo dispuesto en el Decreto No. 094 de 1989,2728 de 1968 y Decreto 1796 de 2000, no hay lugar al pago de indemn¡zac¡ón cuando no se presenta d¡sminuc¡ón dé la cápacidad psicofísica y de trabajo.
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RESU ELVEI de suma alguna por concepto de ¡ndemnización, ARTICULO 1o. Declarar que no hay lugar a[ rqponeimient{ y laHezá Aérea bolombiana CARDoNA TORRES BRIAN CAMILO con a favor del ex-SOLDADO REGULARde documento de ident¡dad No. '1.097.407.037, según lo expuesto en la parte considerativa del presente acto admin¡strativo.
ARTíCULO 20. Contra la presente procede el recurso de reposición del cual podrá hacerse uso, en la dil¡gencia de notif¡cación personal o dentro de los (10) días háb¡les sigu¡entes a ella, o a la desf¡jac¡ón del edicto por escrito y debidamente sustentado, con expresión concreta de los mot¡vos de inconformidad, relac¡onando las pruebas que se pretende hacer valer. ARTÍCULO
3o.
Para los f¡nes legalegiqubs¡gu¡entes agréguese cop¡a de la presente resolución a la hoja de vida
corespondiente. NorFieuEsE Dada en
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clara que no hay lugar al reconocimiento y pago de INDEMN|ZAC|ÓN POR DtSMtNUCtÓN DE LA CAPACIDAD LABORAL, con fundamento en el expediente No. 500510/ de 2018i. EL COÍVIANDANTE DEL COMANDO DE PERSONAL En ejercic¡o de las facultades que le confiere la Resoluc¡ón No. 4158 del 29 de julio de 201 0, y
CONSIDERANDO: Que el señor ex-SOLDADO REGULAR de la Fueza Aérea Colombiana RAMIREZ CIRO CARLOS ENRIQUE con documento de ¡dent¡dad No- 1.O37.977.113,|e fue practiceda Acta de Junta Méd¡co Laboral No. 026-17-CACOM 1 del 27 de julio de 2017, que no le determ¡nó d¡sminución de la capac¡dad psicofísica y laboral. Que de conform¡dad con lo dispuesto en el Decreto No. 094 de '1989,2728 de 1968 y Decreto 1796 de 2000, no hay lugar al pago de ¡ndemnización cuando no se presenta d¡sminución de la capac¡dad ps¡cofísica y de trabajo.
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ARTICULO 1o. Declarar que no hay lugar al reconoc¡m¡ento y pago de suma alguna por concepto de indemn¡zac¡Ón,
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notif¡cac¡ón personal o dentro de los (10) días háb[e{ sigüentes a ella, o a la desf¡jac¡ón del ed¡cto por éscrito y deb¡damente sustentado, con expresión conc.reta deJ6 motivos de inconform¡dad, relac¡onando las pruebas que se pretende hacer valer.
ARTICULO 3o. Para los f¡nes legales subs¡gu¡entes, agréguese cop¡a de la presente resoluc¡Ón a la hoja de vida conespondiente. NorFieuESE
Y CúMPLASE Dada en Bogotá,
Jefe de Relaciones Laborales
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CnpeblOnO L¡eO"ReL, con fundamento en él expediente No. 500¡l5Z de 2ol8l. EL COMANDANTE DEL COMANDO DE PERSONAL
En ejercicio de las facultades que le confiere la Resoluc¡ón No. 4158 del 29 de julio de 2010, y CONSIDERANOO:
Que el señor ex-SOLDADO REGULAR de la Fueea Aérea Colomb¡ana ARCILA VILLAMIL ROSEMBER con documento de ¡dent¡dad No- 1-093.228.994, le fue pract¡cada Acta de Junta Méd¡co Laboral No. 033-2016 CACOM 6 del 09 de septiembre de 2016, que no le determ¡nó d¡sminuc¡ón de la capac¡dad ps¡cofísica y laboral. Que a Fol¡o 14 del expediente prestacional 500452 de 2018, obra Acta de Junta Med¡co Aclaratoria No.030A-17 DISAN del 28 de marzo de 2017 a la Junta Medico Laboral No.l¡33-2016 CACOM 6 del 09 de septiembre de 2016.
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Oue de conformidad con lo dispuesto en el Decreto No. 00{ de\E19,2728 de 1968 y Decreto 1796 de 2000, no hay lugar al pago de indemn¡zación cuando no se presenQOisr{nuc¡üÑe la cepac¡dad psicofís¡ca y de trabajo.
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ARTICULO to. Declarar que no hay lugar al req0!)ociniiento y pago de suma alguna por concepto de ¡ndemn¡zaciÓn, a favordet eX-SOLDADO REGULAR de la Fuerza Aérea Colombiana ARCILA VILLAMIL ROSEMBER con documento de ident¡dad No. 1.093.228.994, según lo expuesto en la parte considerativa del presente acto adm¡n¡strat¡vo. ARTICULO 20. Contra la presente procede el recurso de reposición del cual podÉ hacerse uso, en la d¡l¡genc¡a de notificación personal o dentro de los (10) dfas hábiles siguientes a ella, o a la desfijac¡Ón del edicto por escrito y deb¡damente sustentado, con expres¡ón concreta de los mot¡vos de ¡nconformidad, relacionando las pruebas que se pretende hacer valer.
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ARTlcuLo 30. Para los
sublguientes, agréguese cop¡a de la presente resolución a la hoja de vida
correspond¡ente. NorFíouESE Y cúMPLASE Dada en Bogotá,
CR. EDGAR
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Por el cfu,¡,le declara que no hay lugar a'i reconóc¡miento y pago de INDEMNIZACIÓN POR DISMINUCIÓN DE LA CAPACIDAD LABORAL, con fundamento en el expediente No. $ü50/ de 4191 EL COMANDANTE DEL COMANDO DE PERSONAL En ejercicio de las facultades que le conñere la Resolución No. 4158 del 29 de jul¡o de 2010, y
CONSIDERANDO: Que el señor eX-SOLDADO REGULAR de la Fueza Aérea Colombiána RIVERA RAMIREZ JAIR con documento de ¡dentidad No. 1.005.929.361, le tue pract¡cada Acta de Junta Médico Laboral No. 004/20'17 CACOM 4 del 28 de febrero de 2017, que no le determinó d¡sm¡nuc¡ón de la capac¡dad ps¡cofÍsica y laboral.
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eue de c¡nform¡dad con to dispuesto en el Decreto.No. 094 d\jFsg, 2728 de 1968 y Decreto 1796 de 2000, no hay tugar at pago de indemnizac¡ón cuando no se prese.ata
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inufiryt de la cápacidad psicofísica y de trabajo.
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ARTICULO 10. Dectarar que no n"Hugar at reconocimiento y pago de suma alguna por concepto de indemn¡zac¡Ón, a favor del eX-SOLDADO RECUUn ¿L b Fueea Aérea Colombiana RIVERA RAMIREZ JAIR con documento de identidad No. 1.005.929.361, según lo expuesto en la parte cons¡derativa del presente ecto adm¡nistrativo. ARTÍCULO 20- Contra la presente procede el recurso de reposic¡ón del cual podrá hacerse uso, en la diligencia de notificac¡ón personat o deñtro de lÑ (10) días hábiles s¡gu¡entes a ella, o a la desf¡jac¡ón del ed¡cto por escrito y debidamenté sustentado, con expres¡ón concreta de los mot¡vos de inconformidad, relacionando las pruebas que se pretende hacer valer.
--) 30. para tos ñnesr,l&{s
ART|CULO
conespondiente. .' /
subs¡guientes, agréguese copia de la presente resoluc¡ón a la hoja de v¡da
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Y Dada en Bogotá,
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EL COMANDANTE DEL COMANDO DE PERSONAL En ejerc¡c¡o de las facultades que le confiere la Resolución No. 4158 del 29 de iulio de 2010, y
CONSIDERANDO: Oue et señor eX-SOLDADO REGULAR de la Fueza Aérea Colomb¡ana RODRIGUEZ CAPACHO LUIS ALEXANDER con documento de ident¡dad No. 1.090.499.621, le fue practicada Acta de Junta Médico Laboral No. 028-GAORI-2016 del 05 de diciembre de 20'16, que no le determinó d¡sminuc¡ón de la capac¡dad ps¡cofísica y laboral. Que de conformidad con lo dispuesto en el Decreto No. 094 de 1989,2728 de 1968 y Decreto 1796 de 2000, no hay lugar al pago de ¡ndemn¡zac¡ón cuando no se presenta d¡sm¡nución de la cepacidad ps¡cofísica y de trabajo.
RESU ELVE: ARTICULO 1o. Declarar que no hay lugar al reconoc¡m¡ento y pago de suma alguna por concepto de indemn¡zaciÓn, a favor det eX-SOLDADO RECUUh Oé la Fuerza Aérea Colomb¡ana RODRIGUEZ CAPACHO LUIS ALEXANDER con documento de ¡dent¡dad No. 1.090.499.621, según lo expuesto e¡{p parte cons¡derativa del presente acto administrativo.
ARTlcuLo
en la dil¡genc¡a de la desfijac¡ón del edicto por escrito y relac¡onando las pruebas que se
20.
notif¡cación personal o dentro de los (10) deb¡damente sustentado, pretende hacer valer.
agréguese copia de la presente resoluc¡Ón a la hoia de vida
ARTfcuLo 3o. Para conespondiente. NorFfouESE
Y CúMPLASE Dada en Bogotá,
CR, EDGAR
PARRA Comandante
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y pago de INDEMNIZACIÓN POR DISMINUCIÓN DE LA de 2018/. CAPACIDAD LABORAL, con fundamento en el exped¡ente No.
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EL COMANDANTE DEL COMANDO DE PERSONAL En ejercicio de las facultades que le confiere la Resolución No. 4158 del 29 de jul¡o de 2010, y
GONSIDERANDO:
Que el señor ex-SOLDADO REGULAR de la Fueea Aérea Colombiana SANTOS SIERRA RICARDO JOSE con documento de ¡dent¡dad No. 1.140.887.351, le fue pract¡cada Acta de Junta Médico Laboral No. 023-2017-CACOM 3 def 29 de matzo de 2017, que no le determinó disminuc¡ón de la capac¡dad ps¡cofísica y laboral.
1968 y Decreto 1796 de 2000, no hay psicofis¡ca y de trabajo.
Que de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Nq,
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ELVE:
ARTICULO 1o. Declarar que no hay a favor del ex-SOLDADO REGULAR de la Fueza Aérea documento de ¡dentidad No. 1.140.887.351, según lo expuesto
SIERRA
JOSE con
en la parte cons¡derativa del presente
acto
admin¡strativo.
ARTICULO 20. Contra la presente procede el recurso de repos¡c¡ón del cual podrá hacerse uso, en la d¡ligenc¡a de notificación personal o dentro de los (10) dias háb¡les siguientes a ella, o a la desfijación del ed¡cto por escrito y deb¡damenté sustentado, con expres¡ón concreta dé los motivos de inconformidad, relac¡onando las pruebas que se pretende hacer valer.
ARTlcuLo 30. Para
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les subs¡gu¡entes, agréguese cop¡e de la presente resolución a la ho¡a de vida
correspondiente. NoTlFIeUESE Y cúMPLASE Dada en Bogotá.
CR, EDGAR Jefe de Relaciones Laborales
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hay lugar al reconocimiento y pago de INDEMNIZACIóN POR DISMINUC|óN DE LA
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EL COMANDANTE DEL COMANDO DE PERSONAL En ejerc¡cio de las facultades que le confiere la Resolución No. 4158 del 29 de julio de 2010, y
CONSIDERANDO: Que el señor ex-SOLDADO REGULAR de la Fuerza Aérea Colombiana AGUDELO MURILLO DAVID ALEJANDRO con documento de ¡dentidad No. 1 .088.334.051 , le fue practicada Acta de Junta Médico Laboral No. 0'19-2016 CACOM 6 del 25 de febrero de 2016, que no le determinó d¡sm¡nuciónrd? la capac¡dad psicofisica y laboral. Que a fol¡os 11 y 12 delexped¡ente prestacional oqa colia O\t\torme nomln¡strativo por Lesión Nro. 001-CACOM6-2016 de 15 de noviembre de 2015, que califico la§ circLnstahdas de la novedad como "EN ACTOS REALIZADOS CONTRA LA LEY, EL REGLAMENTQ o tA oRoEN SupeRlORl Oe conformidad con elartículo 24 del Decreto 1796
del 2000 literal D "IMPUTABILIDAD DEL SEEVICjO', deiándose plasmado en las conclusiones del Acta de Junta Med¡co Laboral Nro. 0'19-2016 CACOM h*¡el de febrero de 2016 conespond¡ente al señor eX-SOLDADO REGULAR de la Fueza Aérea Colombiana, AGUDELO MURILLO DAVID ALEJANDRO con documento de ident¡dad No. 1.088.334.051. Oue el ertÍculo 45 del Decreto No. 094 de 1989 y artículo 36 del Decreto No. 1796 de 2000 ¡ndica: "V¡olación de dispos¡ciones: Las incaoacidades adquiridas en actos real¡zados contra órdenes expresas del resDectivo superior o con violación de disposiciones leoales o reolamentarias. no dan derecho a indemnizac¡ón alouna para el lesionado" y " Las secuelas de lesiones adouiidas en actos realizados por v¡olación de d¡sposic¡ones legales o reqlamentarias. no dan derecho a reconocimiento indemnizatorio.''
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RESUELVE: ARTICULO 10. Declarar que no hay lugaral reconoc¡miento y pago desuma alguna por concepto de ¡ndemn¡zac¡Ón, a favor del ex-SOLDADO REGULAR de la Fueza Aérea Colomb¡ana AGUDELO MURILLO DAVID ALEJANDRO con documento de ident¡dad No. 1.088.334.05'1, según lo expuesto en la parte cons¡derat¡va del presente acto adm¡n¡strativo.
ARTÍCULO
20. Contra la presente procede el recurso de reposic¡ón
debidamente sustentado, con e pretende hacer valer. ART|CULO 3o. Para los'fines correspondiente.
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concreta de los motivos de inconform¡dad, relac¡onando las pruebas que se
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cug§e detlara que no hay lugar al reconocimiento y pago de INDEMNIZACIÓN POR DISMINUCIÓN DE LA t.. . CAP3CIDAD LABoRAL, con fundamento en el exped¡ente No. §!!!45§/ de 2018/. EL COMANDANTE DEL COMANDO DE PERSONAL En ejercicio de las facultades que le confiere la Resolución No. 4158 del 29 de jul¡o de 2010, y CONSIDERANDO:
Que eI Señor ex.SOLDADO REGULAR de Ia Fueza Aérea Colombiana VASOUEZ CASTAÑO MICHEL ALBERTO con documento de identidad No. 1.094.936.409, le fue pract¡cada Acta de Junta Médico Laboral No. 001-13 CACOM 6 del 24 de enero de 2013, que no le determinó disminuc¡ón de la capac¡dad psicofísica y laboral. Que a Folio 15 del expediente prestacional 500465 de 2018, obra Acta de Junta Med¡co Aclaratoria No.046A-14 DISAN del 14 de agosto de2014 a la Junta Medico Laboral No. 001-'13 CACOM 6 del 24 de enero de 2013.
Que a folio 13 y reverso del expediente prestacional obra copi? del lnforme Adm¡nistrativo por LesiÓn Nro. 044CACOM6/2012 de 1 I de jul¡o de 2012, que califico las circunstanclis de la novedad como "EN ACTOS REALIZADOS CONTRA LA LEY, EL REGLAMENTO O LA ORDEN SUPERIOR',ft conformidad con el artículo 24 del Decreto 1796 del 2OOO l¡teral D "IMPUTABILIDAD DEL SERVICIO", dejándosé' p'lasmado en las conclus¡ones del Acta de Junta Medico Laboral No. 001-13 CACOM 6'del 24 de enero de 2Ó13 conespond¡ente al señor eX-SOLDADO REGULAR de la Fuerza Aérea Colombiana, Colombiana VASQUEZ CASTAÑO MICHEL ALBERTO con documento de ident¡dad -' No. 1.094.936.409. Que et artículo 45 del Decreto No. 094 de 1989 y artículo 36 del Decreto No, 1796 de 2000 indica: "ViolaciÓn de dis}osiciones: Las incapacidades adouiidas en actos realizados contra órdenes expresas del respectivo supeior o can v¡olac¡ón de disDosiciones leoales o reolamentarias. no dan derecho a indemnización alouna Dara el lesionado" y " Las secuelas de les¡ones adquiridas en actos real¡zados por violación de dispos¡c¡ones leaales o reqlamentarias. no dan derecho a reconocimiento indemnizatoño." Que de conform¡dad con lo dispuesto en el Decreto No. 094 de 1989,2728 de 1968 y Decreto 1796 de 2000, no hay lugar al pago de indemnizac¡ón cuando no se presenta dism¡nución de la capacidad ps¡cofÍsica y de trabajo.
RESU ELVE: ARTICULO 1o. Declarar que no hay lugar al reconoc¡miento y pago de suma alguna por concepto de indemnizaciÓn, a favor del ex-SOLDADO REGULAR dé la Fueza Aérea Colombiana VASQUEZ CASTAÑO MICHEL ALBERTO con documento de ident¡dad No. 1.094.936.409, según lo expuesto en la parte considerativa del presente acto administrativo.
ART[CULO 20. Contra la presente procede el recurso de repos¡c¡ón del cual podrá hacerse uso, en la diligenc¡a de notificac¡ón personal o dentro de los (10) días hábiles sigu¡entes a ella, o a la desfijación del ed¡cto por escrito y debidamente sustentado, con expres¡ón concreta de los motivos de ¡ncpnformidad, relac¡onando las pruebas que se pretende hacer l
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ITíCULO 30. Para los f¡nes legales subs¡gu¡entes, agréguese copia ide láJrresente resoluciÓh a la hoja de v¡da respondiente.
Continuación de la Resolución por la se declara que no hay lugar al reconocim¡ento y pago de lU-oeuNZACIOH poR DtstutNUctéN oe ul clplctDAb LABoRAL con fundamento en el expediente Nro.
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-r Jefe de Relac¡ones Laborales
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CR. CLEMENCIA MORA MONTANEZ Directora de Nomina y Preslaciones Sociales
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