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A.G.l. Gmsh. 'l. KERNEL V 8.8-6C. 40010436. A.G.l. Gm n. 'l. KERNEL V 8.8-6C. 40010436. A.G.l. Gmlth. 'l. PREMGAMVP592 V 8.20-3. 40012372. A.G.l. Gm n.
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-20i6-MtNcEruR/vMr/DGJcMr

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Visto, el Exped¡ente N'924187-201s-MtNCETUR, de fecha 30.10.2015, en el que la empresa A¿UL S.A.C. sol¡c¡ta se le otorgue autorización expresa para la explotac¡ón de máquinas como consecuenc¡a de la transferenc¡a de la sala de 'HAppy SLOTS' ub¡cada en v¡ctor Andrés Belaúnde oeste N' 141 - is3, D¡str¡to de comas, prov¡ncia y Departamento de Lima, autor¡zada la empresa sAGlrARlo s.A.c. med¡ante Resotuc¡ón D¡iectoral N. i857-2011^vMINCETURA/MT/DGJCMT, de fecha 04.07.20 1 1 :

a

CONSIDERANDO:

_

Que, mediante Ley No 27153, y normas modificatorias, y su Reglamento aprobado mediante N' 009-2002-MINCETUR, se regutó la exptotac¡ón de los juegos de cas¡no y tragamonedas en el pals, estableciéndose en el artículo 24. del citado iuerpo legal quá le a la D¡rección General de Juegos de cas¡no y Máqu¡nas Tragamonedas lás tac-ultacies de autor¡zac¡ón, f¡sca¡¡zación, superv¡s¡ón, evaluac¡ón y sanción v¡nculadas a las antes referidas,

Decreto supremo

;

Que, de conformidad con el artícuro 11" der Reglamento del c¡tado cuerpo regal, aprobado med¡ante Decreto supremo N' 009-2002-M|NCETUR, de fecha i1.1'1.2002, la autoriz;ción ;xpresa para la explotac¡ón de juegos de cas¡no y máqu¡nas tragamonedas es ¡ntransfer¡ble; Que, mediante Decreto Supremo N" 006-2008-MINCETUR, de fecha 05.05.2008, y normas modificatorias, se aprobaron las normas complementarias para el otorgamiento de Autorización Expresa

casos de transferenc¡a de salas de juego autorizadas, estableciéndose en los artículos j6. y rientes los requis¡tos y condiciones que deben cumplir los interesados para el reconocimientó de la transferenc¡a de sala de.¡uegos realizada;

Que, rned¡ante Expediente N" 924187-201s-MtNCETUR, de fecha 30.10.2015, tas empresas ARIO S.A.C. y LORO AZUL S,A.C. presentaron una sol¡c¡tud de "Autorización expresa y declaración jurada en caso de transferenc¡a de salas de juegos", en cal¡dad de transferente y adqu¡r¡ente, respectivamente, acog¡éndose al procedimiento prev¡sto en el numeral 17.2 del añículo 17 del cuerpo legal antes señalado, toda vez que la adqu¡riente no cuenta con autor¡zac¡ones para la explotac¡ón de máqu¡nas tragamonedas;

Que, por su parte, la sala de juegos de máquinas tragamonedas objeto de la transferenc¡a, corresponde a la denom¡nada "HAPPY SLOTS" ub¡cada en Av. V¡ctor Andrés Belaúnde Oeste N. j4i 153, D¡strito Comas, Provincia Departamento L¡ma, autorizada empresa SAGITARIO S.A.C. med¡ante Resolución D¡rectoral N' 1857-2011-MINCETUR/VMT/DGJCMT, de fecha

de

y

de

a la

-

.07.2011:

Que, la transferencia de la sala de juegos se encuentra acred¡tada mediante test¡monio de a Pública número noventa m¡l ochenta y s¡ete (90087), de fecha 29.10.2015, otorgada por el de Lima Dr. Jorge Eduardo Or¡huela lber¡co, que celebraron las empresas SAGITARIO S.A.C. y LORO AZUL S.A.C., en cal¡dad de transferénte y adqu¡riente, respect¡vamente;

Que, de conform¡dad con el artículo

18'del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo

Que, asim¡smo, presenta copia del "Reporte de Valores em¡t¡dos Pendientes de Pago" de la

suNAT at 01.12.2015, de la empresa transferente SAGITARIO S.A.C. identificada con RUC 20495816371, la empresa transferente registra deudas tr¡butar¡as dentro de las cuales no se encuentran comprendida las correspondientes al ¡mpuesto a los .iuegos de Casino y máqu¡nas tragamonedas, sin embargo, cabe ¡ndicar que le fue aprobada el fracc¡onamiento de dichas deudas l" Resolución de Intendencia Regional de Lima - SUNAT N' 0230170982086, de fecha ""g'ún 10.03.2015;

Oue, de otro lado, mediante Ofic¡o N' 11-2016-SUNAT/6E2300, de fecha 25'04 2016, el Jefe de la D¡v¡s¡ón de Cobranza de Campo de la Intendenc¡a de L¡ma de la Sunat, ¡nd¡cÓ que la empresa ARIO S.A.C., no presenta deuda exig'ble en cobranza coact¡va pend¡ente por concepto de

X

,F" '"1.1É/

a las Máqu¡nas Tragamonedas.

eue,

ad¡cionarmente,

según consra

en er

Memorándum

N"

ozi-2016-

por la D¡rección de F¡scalización, \bD-:y'rt¡TNcETUR /MT/DGJCMT-DCS, de fécha 20.04.20'16, emitido control y sanción de la D¡recciÓn General de Juegos de casino y Máqu¡nas Tragamonedas, la empresa transfeénte no registra n¡ngún procedimiento sancionador en trámite pendiente de resoluciÓn respecto pago; de Ia sala de juegós objeto 6e la transferencia, no ex¡stiendo a la fecha multa pend¡ente de Que, en ese sent¡do, se adv¡erte que la empresa transferente cumple con los requ¡sitos adic¡onales prev¡stos en el artículo 18" del Réglamento aprobado mediante Decreto Supremo N'0062008-MINCETUR y normas mod¡fcatorias;

Que, para efectos del presente procedim¡ento se ha tomado en consideración la evaluación

técnica realizáda a favor de la empresa lÑVERSIONES JORMAC S.A.C. (anterior empresa autor¡zada a exptotar la sala de juegos) con motivo de la autorización concedida med¡ante ResoluciÓn Directoral N. 677-2009-MtNCffUn¡¡ÑrrlOO¡Ctr¡T, de fecha 17.04.2009, en la que se delerminó que la sala de así como con la.distancia iuegos objeto de transferenc¡a cumple con los requis¡tos té_cnicos ex¡gibles según puede y mod¡fcatorias, ¡ormas 27153 Ley No de la So it ini." a'qu" se ref¡ere el artlculo de fecha N" 168-2009-[¡INCETUR¡/MT/DGJCMT-SDFCS-JCHF, Técnico Informe áet advertirse 03.03.2009;

Oue,medianteExpedientesNros.g3OO43-2015-MINCETURy960501-2016-M|NCETUR,de fechas 2s..1i.2015 y 0g.O¿.2010, respect¡vamente, la empresa adjunta diversa documentac¡ón..y/o informac¡ón respectó a las máquinas tragamonedas y memor¡as de solo lectura, as¡m¡smo, cabe ind¡car que son las mismas máquinas tragambnedas y memorias de solo lectura que fueron autorizadas mediante Resolución Directoral N" 4oo1-2015-MINCETUR /MT/DGJCMT, de fecha 23.12.2015;

Que, en tal sent¡do, de la documentac¡Ón que obra en autos se advierte que la empresa adqu¡r¡ente acred¡ta el derecho de posesión sobre cincuenta y nueve (59) máqu¡nas tragamonedas y áoscientas cuarenta y ocho (249) memorias de sólo lectura, las mismas que se encuentran ínstaladas en la sala de juégos objeto de transferencia y que serán objeto de f¡scalizaciÓn poster¡or;

- Financ¡ero N' 201 - 2016 de de fecha 28.12.20'15, Autorizada, de Juego para de sala Transferencia Autorizac¡ón Expresa Que, ad¡cionalmente, según consta en el Informe EconÓmico

relac¡onados con la eva¡uac¡ón de la solvencia económ¡ca de la adquiriente y de sus soc¡os, d¡rectores,

apoderados con facultades inscritas -segÚn cofresponda-, se deja constancia que.la y los !rrrvrrur cr¡ter¡os de evaluación establecidos en los personas antes Inc¡lqaqas ¡nd¡cadas uulllPrell cumplen uull con lus las pefsonas aoqulflgnle ias . ádquirientó ;, articutos 7"'y siguientes de la Direct¡va N' OO1-2007-MINCETUR /MT/DGJCMT, aprobada med¡ante D¡rectoral No 38-2007-MINCETUR /MT/DGJCMT, de fecha 29.01.2007, debiéndose de conformidad con lo d¡spuesto en el artículo 15' de la Ley N" 27'153 y normas mod¡flcadoras aque dicha evaluac¡ón es permanente en tanto el titular de la autorizac¡ón mantenga v¡gente la

gefentes

z.)L¡"o' ¡ tú,.,

:1!

y

autorización conced¡da;

.../ Que, en observanc¡a de lo d¡spuesto en e¡ artículo 22o del Decreto Supremo No 006-2009-

UR y normas mod¡f¡cator¡as, la adquiriente cumple con presentar la garantía a que se ref¡ere el 19" de la Ley No 27153 y normas modifcator¡as, otorgada por INSUR S.A. Compañía de med¡ante la Póliza de Seguro de Garantía No 216300560, v¡gente desde el 01.04.2016 hasta el 01.04.2017, que el transferente tiene otorgada a favor del Min¡sler¡o de Comerc¡o Exterior y Tur¡smo

hasta seis meses poster¡ores a la cancelac¡ón de la Autorización Expresa de la sala materia de transferenc¡a, de conformidad con lo señalado en la Ley No 271s3, normas modificator¡as y su Reglamento, para la explotación de hasta c¡ncuenta y nueve (59) máqu¡nas tragamonedas;

Que, asim¡smo, de acuerdo con lo d¡spuesto en el numeral 6 der Anexo ll del cuadro de lnfracciones y sanc¡ones, del Decreto supremo N'015-201o-MINCETUR, se sancionará at t¡tutar de una sala tragamonedas con una multa de cinco (05) lltr por cada máquina tragamonedas que no se encuentre interconectada con un Modelo SIJCTR:

Que, en consecuenc¡a, se advierte que la adqu¡r¡ente ha cumpl¡do con presentar la q9glT9lqclq y/o información prevista en et Tituto t, det Capttuto I det Decreto Suprámo N" 006_ 2O08-MINCETUR y normas modif¡cator¡as, razón por la que corresponde otorgar la autorizac¡ón de

de fecha O4.Q7.20i't, expedida a nombre de la transferente por ta de juegos de máqu¡nas tragamonedas en la sala de juegos "HAppy SLOTS,,, de dad con lo prev¡sto en el numeral 19.1.3 del artículo 19o del Reglamento aprobado mediante VMT/DGJCMT,

Supremo N" 006-2008-MINCETUR y normas mod¡f¡cator¡as;

r:::/

Que, la presente autorizac¡ón se expide prev¡a ver¡ficac¡ón de la Base de Datos Oficial de los Pueblos Indígenas u Originarios publicada en el Portal WEB del Min¡sterio de Cultura, en cumplim¡ento de lo dispuesto en la Ley No 29785 "Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indigenas u or¡g¡narios, reconocidos en el convenio 169 de la organ¡zac¡ón Internac¡onal del rrabajo (o'¡T)', no encontrándose la sala de juegos del sol¡citante dentro del ámbito territorial de los puebloi ináígenas u or¡g¡nar¡os, razÓn por la que los efectos admin¡strativos de la autor¡zac¡ón concedida, no afectan de forma a¡guna los derechos reconoc¡dos en Ia Ley antes indicada; De conformidad con lo establec¡do en la Ley No 27153 y normas mod¡ficator¡as, los Reglamentos

aprobados med¡ante Decretos Supremos Nros. 009-2002-M|NCETUR y 006-2008-M|NóETUR y normas mod¡ficator¡as, y estando a lo opinado en el Informe Económico - F¡nanc¡ero N' 032 2016 de Autorización Expresa para Transferencia de sala de Juego Autor¡zadas, lncorporación de soc¡a y de Gerente General, e Informe Legal N' 175-2016-MV; SE RESUELVE:

Artículo 1o.- CANCELAR la autor¡zación por la exptotac¡ón de juegos de máquinas N' 18s7-201 1-MINcETUR /MT/DGJcMT, de

tragamonedas conced¡da med¡ante Resolución Directoral

Íecl|,

04.07.2011, exped¡da

a favor de la

empresa SAGITARIO S.A.C., en observancia de

¡o

establecido en el numeral 19.1.3 del artículo 'l90 del Decreto Supremo N" 006-2008-MINCETUR

Artículo 2o.- AUTORIZAR a la empresa LORO AZUL S.A.C. la explotaciÓn de.¡uegos de ras tragamonedas en la sala dejuegos'HAPPY SLOTS" ub¡cada en Av. V¡ctor Andrés Belaunde N' 151 - 153, Urb. Huaquillay 2da. Etapa, Distrito de Comas, Prov¡nc¡a y Departamento de L¡ma, plazo de c¡nco (05) años, en observancia de lo establecido en el articulo l70 de la Ley No 21753 mod¡fcatorias. Artículo 3'.- La presente autor¡zación concedida a la empresa LORO AZUL S'A'C. no faculta la apedura v funcionam¡ento de la sala de juegos 'HAPPY SLOTS", debido a que de conform¡dad con lo estaUleciOo en el artículo 7" de la Ley N" 27153 y normas modificator¡as, los titulares de una Cas¡no y Máquinas F"*# autor¡zac¡ón de explotac¡ón concedida por la D¡recc¡ón General de Juegos de .^:b':..^t:lf:t::E: oi:9t1 ,]it _ L9iT::,,,!Y" oblisados l"yuPE\..;Lr."s".Tonedas . se encuentran . " las mun¡c¡pal¡dades en sus respectivas parqueo, entre otros, establezcan higiene, 0rRtcc€¡i para el otorgamiento de la licenc¡a munic¡pal correspond¡ente.

Art¡culo 4'.- De acuerdo con lo d¡spuesto en el artículo 14.2 de la Ley N' 27153 y normas todos los requ¡s¡tos y condic¡ones que s¡rv¡eron de base para la presente autorización deben mantenerse durante el plazo de v¡gencia de la misma, bajo apercibim¡ento de cancelarse la autorizac¡ón concedida y disponerse la clausura del establec¡miento dest¡nado a la explotación de máqu¡nas tragamonedas.

Articufo 5o.- La presente autorizaciÓn faculta a la empresa la explotac¡Ón de cincuenta. y nueve (59) máqu¡nas tragamonedas y doscientas cuafenta y ocho (218) memofias de sólo ,ecfura, según el detalle contenido en los ANEXOS I Y ll de la presente resoluciÓn, los m¡smos que forman parte integrante de la ñisña (07 foias).

Artículo 6".- De acuerdo con lo dispuesto en l¡teral b) del artículo 49o del Decreto Supremo N" OO9-2oo2-MINCETUR y la Difectiva No 01-2008-MINCETUR /MT/OGJCMT, aprobada mediante Resoluc¡ón D¡rectorat N" i20-2008-MTNCETURA/MT/DGJCMT, de fecha 21.02.2008, se le otorga al titular de la presente autorizac¡Ón el cód¡go de reg¡stro N" 141962001, para la sala de juegos "HAPPY Artículo 7..- De conformidad con lo establecido en el artículo 7" del c¡tado cuerpo legal, los

de una autor¡zac¡ón de explotación concedida por la Direcc¡Ón General de Juegos de casino y Tragamonedas se encuentran obligados a obsefvar las normas que sobre zonif¡caciÓn, hióene, parqueo, entre otros, éstablezcan las mun¡cipalidades en sus respectivas

,

que hub¡ere lugar. ¡urisdicciones para el otorgamiento de la licenc¡a mun¡cipal a

Artículo 8o.- De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 6 del Anexo ll del cuadro de Infracciones y sanciones, del Decreto supremo N'015-201o-MINCETUR, que aprobÓ el Reglamento de 'Normas iécnicas Complementar¡as para la implementac¡ón del sistema unif¡cado de control en t¡empo real- sucTR" a que se refefe la Primera Disposic¡Ón F¡nal de la Ley N" 27796, modificada por la Láy 29829 y la Resoluc¡ón de Superintendenc¡a N" 145-2003-SUNAT, de fecha 25 07.2003, se sancünaÉ al titular de una sala tragamonedas con una multa de cinco (05) UIT por cada máquina tragamonedas que no se encuentre ¡nterconectada con un Modelo SUCTR.

Art¡culo 9".- De acuerdo con lo d¡spuesto en la Sentenc¡a de fecha 02.02.2006, exped¡da por el Tr¡bunal Const¡tuc¡onal (Expediente N' 4227-2005-PATC), la m¡sma que bajo responsab¡l¡dad const¡tuye precedente vinculante para todos los poderes públicos, los explotadores de juegos de casino y máquinas tragamonedas deben cumplir con el pago del lmpuesto a los Juegos como consecuenc¡a de la actividad comercial que desanollan.

Artículo 1o'.- Oe conformidad con lo prev¡sto en el artículo 24o de la Ley N" 27'153 y en concordanc¡a con el Princ¡p¡o de Pr¡vilegio de Controles Posteriores regulado en el numeral l.'16 del artículo lV de la Ley N'27444, Ley del Proced¡m¡ento Adm¡nistrat¡vo General', la Direcc¡Ón General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas en ejerc¡c¡o de su facultad de f¡scalización se reserva el derecho de verif¡car la informac¡ón y/o documentación presentada por la sol¡citante así como

'

establecer las sanc¡ones

o

iniciar las acc¡ones legales que resulten apl¡cables ante cualquier

discrepanc¡a con la real¡dad de los hechos.

- Ley que ctea la Un¡dad de jurídicas personas y las t¡tulares de una autorizac¡Ón Perú sus modif¡cator¡as, la explotación de juegos de cas¡no y de máqu¡nas tragamonedas, se encuentran obl¡gados a a la Unidad de Inteligenc¡a F¡nanciera del Perú UIF-Perú, las operaciones ¡nusuales y Artículo 11".- De conform¡dad con lo dispuesto en la Ley 27693 Financiera

-

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larcfoc;A¿ &W-6Át/aúif ?#* at?Gfflúg,F*úf.nf& ,2f.9=qO ,' que pudieran sus clientes en sus de juegos. Asimismo,

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^,l '"i,' l;W ;- ,implementar un Sistema de Prevenc¡ón contra el Lavado de Activos y F¡nanc¡am¡ento del Terror¡smo :("3'¡:'4',,t

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-'-Asospechosas

real¡zar

el t¡tular deberá

salas

a

/:'/cargo de un Of¡c¡al de Cumplimiento, para lo cual esta Dirección General autorizará a la empresa a I contar con un Ofic¡al de Cumpl¡m¡ento de acuerdo con sus características prop¡as y según lo d¡spuesto 19 g,I99tiu9 9l ry' !O1-2001:!4INCETUR /MT/DGJCMT, aprobada med¡ante Resoluc¡ón D¡rectoral No 38-2007-MINCETUR /MT/DGJCMT, posteriormente la UIF-Perú des¡gnará persona que

a la

desempeñará d¡cho cargo. El no contar con Ofic¡a¡ de Cumpl¡m¡ento, así como no ¡mplementar el SPLAFT, entre otras, const¡tuye ¡nfracc¡ón adm¡nistrat¡va sanc¡onable de acuerdo con el Anexo 1 del Reglamento de Infracc¡ones y Sanc¡ones aprobado mediante Resoluc¡ón SBS N" 5389-2013.

Artlculo 12'.- En observancia de lo d¡spuesto en el artículo

120

de la D¡rectiva menc¡onada en

el arliculo precedente, [emítase a la UIF-Peru la informac¡ón y/o documentación económ¡co-f¡nanc¡era de evaluación, para los fines

Regístrese,

MANUEL SAN

BENAVENTE

Director General de Juegos de Cas¡no y Máquinas Tragamonedas

éx".

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ANEXO I RELACIÓN DE MÁQUINAS TRAGAMONEDAS AUTORIZADAS SALA DE JUEGOS'HAPPY SLOTS'DE LA EITIPRESA LORO AZUL S.A.C. ci 0i i.:

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FV623 CFD FV623 CFD FV623 CFD FV623 CFD FV623 CFD FV623 CFD FV623 CFD FV623 CFD FV626 CF2 FV626 CF2 FV626 CF2 FV626 CF2 540 MKIV 540 MKIV 540 MKIV 540 MKIV 540 MKIV 540 MKIV 540 MKIV JUBILEE MKIV JUBILEE MKIV JUBILEE MKIV JUBILEE MKIV MKS Serie MKS Serie MK5 Serie MKS Serie MK5 Serie MKS Serie MK5 Serie MKS Serie MK5 Serie MK5 Serie MKS Serie Gemini 6639 Gemini 6639 Gem¡ni 6639 VIDEO VIOEO VIDEO VIDEO Vis¡on Slant Top Vision Slant Top Vision Slant Top SG.1 128 SG-I 128 SG-1 128

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42 43 44 45 46 47

FABRICANTE A.G . GMBH A.G . GMBH A-G - GMBH A.G . GMBH A.G . GMBH A.G. . GMBH A.G. . GMBH A.G. . GMBH A.G. . GMBH A.G. . GMBH A.G. GMBH A.G. GMBH Aristrocat Ar¡strocat Aristrocet Aristrocat Aristrocat Aristrocat Aristrocat Aristrocat Aristrocat Aristrocat Arislrocat Aristrocat Aristrocat Aristrocat Aristrocat Aristrocat Aristrocat Aristrocat Aristrocat Aristrocat Ar¡strocat Aristrocat Casino Technoloqv Casino Technoloov Casino Technoloov DLV S.I.A. DLV S.I.A. DLV S.I.A, DLV S.I.A. Merkur Gaming Merkur Gaming Merkur Gaming Siqma Gaming Siqma Gaming Siqma Gaminq

DX8l565V DX81569V DX81576V DX81578V 0708-107 0708-108 0708-109 DD00384 DD00468 DD00509 DD00539 6149100217 6149100219 6149700218 07100 1 097 071001 100 071001102

Pógim

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-2016-M|NCETUR/VMT/DGJCMT

REGISTRO 80000266 80000266 80000266 80000266 80000266 80000266 80000266 80000266 80000306 80000306 80000306 80000306 80000309 )00309 80000309 80000309 80000309 80000309 80000309 80000149 80000149 80000149 80000149 80000168 80000168 80000168 80000168 80000168 80000168 80000168 80000168 80000168 80000168 80000168 80000328 80000328 80000328 B0000372 80000372 80000372 80000372 80000426 80000426 80000426 80000199 80000199 80000199

ANEXO I RELACIÓN DE MÁOUINAS TRAGAMONEDAS AUTORIZADAS SALA DE JUEGOS "HAPPY SLOTS" DE LA EMPRESA LORO AZUL S.A.C.

RESOLUCIÓNDIRECTORALN'

N' .. 48

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50 51

52 53 54

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FABRICANTE Siqma Gaminq Siqma Gaming WMS Gaminq WMS Gaminq WMS Gaminq A.G.I. GMBH A.G.I. GMBH A.G.I, GMBH A.G.I, GMBH A.G.I. GMBH A.G,I. GMBH A.G.I. GMBH

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-2Ol6.MINCETUR/VIUT/DGJCITIT

N" DE SERIE

coDtGo

07100"1'104

SG-1128 SG-,I128 BBU (CID 7 PERU) BBU (CID 7 PERU) BBU (CID 7 PERU) FV623CFD FV623CFD FV623CFD FV623CFD FV 880 CF2 FV 880 CF2 FV 880 CF2

071001105 w2010891

w2062100 w2086986 261089 261091 261273 261296 673757 673758 673759

W

Pógirc 2

REGISTRO 80000199 80000't99 80000214 80000214 80000214 80000266 80000266 80000266 80000266 80000383 80000383 80000383

ANEXO II RELACIÓN DE MEMORIAS DE SóLO LECTURA AUTORIZADAS SALA DE JUEGOS 'HAPPY SLOTS" DE LA EMPRESA LORO AZUL S.A.C.

REsoLUcfóNDrREcroRAL

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