Proveyeron los Hantke Domas, Sra. Sibel Villalobos

TERCER TRIBUNAL AMBIENTAL. Valdivia, cinco de noviembre de dos mil dieciocho. ... Sr. Jorge Retamal Valenzuela. Autoriza el Secretario Abogado del ...
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REPÚBLICA DE CHILE TERCER TRIBUNAL AMBIENTAL Valdivia, cinco de noviembre de dos mil dieciocho.

Al escrito de fs. 1: A lo principal: admítase a trámite reclamación; informe la Superintendencia del Medio Ambiente en el plazo de 10 días, adjuntando copia autentificada del expediente administrativo del acto reclamado, según art. 29 de la Ley N° 20.600; ofíciese al efecto; publíquese el aviso del art. 19 de dicha ley. Al primer otrosí: por acompañados en la forma solicitada; al documento N° 1, téngase presente personería. Al segundo otrosí: respecto de la solicitud N° 2, no ha lugar por ahora; respecto de las solicitudes N° 1 y 3, éstese al mérito de lo resuelto en lo principal. Al tercer y cuarto otrosí: no ha lugar por ahora. Al quinto otrosí: corno se pide.

Rol N° R-76-2018

Proveyeron los Sr. Jorge Retamal Valenzuela.

Hantke Domas, Sra. Sibel Villalobos Volpi, y

Autoriza el Secretario Abogado del Tribunal, Sr. Francisco Pinilla Rodríguez.

En Valdivia, a cinco de noviembre de dos mil dieciocho, se notificó por el estado diario la resolución precedente.