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MINISTERIO DE SALUD • Visto, el Expediente N° 14 ... - Minsa

Recursos Humanos, sobre licencia por enfermedad grave de familiar; y,. CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo W 276, Ley de Bases de la Carrera ...
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MINISTERIO DE SALUD



Visto, el Expediente N° 14-126478-001, que contiene la solicitud del señor Luis Enrique NUÑEZ SOLIS y el Informe N° 317-2015-EIE-Ofi.RH/MINSA de fecha 7 de mayo de 2015, emitido por el Equipo de Ingreso y Escalafón de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, sobre licencia por enfermedad grave de familiar; y, CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Legislativo W 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, concede a los servidores públicos, el derecho de hacer uso de permisos o licencias por causas justificadas o motivos personales en la forma que determine el reglamento; Que, el Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, en su artículo 109° define a la licencia como la autorización para no asistir al centro de trabajo uno o más días. El uso del derecho de licencia se inicia a petición de parte y está condicionado a la conformidad institucional; Que, el artículo 1° de la Ley N' 30012, establece ei derecho del trabajador de la actividad pública y privada a gozar licencia en los casos de tener un hijo, padre o madre, cónyuge o conviviente enfermo diagnosticado en estado grave o terminal, o que sufra accidente que ponga en serio riesgo su vida, con el objeto de as1stirlo; y debidamente remunerada; Que, con Memorandum N' 2775-2014-DGit:M/MiNSA, de fecha 19 de diciembre de 2014, la Directora General de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud, corre trasladado de la solicitud de licencia con goce de remuneraciones a partir del 28 de noviembre al4 de diciembre del2014, formulada por el servidor nombrado Luis Enrique NUÑEZ SO LIS, por enfermedad grave de familiar directo al amparo de la Ley N' 30012, para tal efecto adjunta copia entre otros del forrnato de solicitud de sala de operaciones de la Red Asistenciai Rebagiiaii de ESSALUD, a nombre de su esposa Águeda Mirtha MARTINEZ TRISTAN Que, mediante Nota Informativa W 315-2014-0DRH-OGGR.H-ESST-SMO/MINSA, de fecha 31 de diciembre de 2014, la Ejecutiva Adjunta de la Oficina de Desarrolio de Recursos Humanos de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, manifiesta que

habiéndose procedido a la evaluación del expediente, se ha verificado que la documentación sustenta lo solicitado por el servidor y el Servicio Médico opina favorablemente; Que, el Equipo de Ingreso y Escalafón con Informe W 317-2015-EIE-OARH/MINSA de fecha 7 de mayo de 2015, manifiesta que teniendo en consideración lo señalado en los párrafos precedentes, resulta atendible la solicitud formulada por la don Luis Enrique NUÑEZ SOLIS, debiendo emitirse el acto resolutivo de licencia por enfer;nedad gíave de familiar directo, con eficacia anticipada, con goce de remuneraciones, al amparo de la Ley N° 30012 y opinión favorable del Servicio Médico Odontológico del Equipo de Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Oficina de Desarrollo de Recursos Humanos de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; Que, el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley N° 27444, Ley del Procedim iento Administrativo General, establece que la autoridad podrá disponer en e! mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción; Que, en mérito a lo señalado en los considerandos precedentes, resulta pertinente adoptar las acciones de personal, a fin de atender la solicitud formulada por el servidor Luis Enrique NUÑEZ SOLIS Con la visación de la Jefa (e) del Equipo de Ingreso y Escalafón y del Ejecutivo Adjunto 1 de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley W 30012, Ley que concede el derecho de licencia a trabajadores con familiares directos que se encuentran con enfermedad en estado grave o terminal o sufran accidente grave; el Decreto Legislativo W 276 Ley de Bases de la Carrera Adm inistrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reg lamento a probado por Decreto Supremo W 005-090-PCM y la Ley W 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; '•. QUISPE CH

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SE RESUELVE: Artículo 1°.- CONCEDER, con eficacia anticipada y con goce de remuneraciones licencia por enfermedad grave de familiar directo, a don Luis Enrique NUÑEZ SOLIS Técnico en Ingen iería 1, Nivel STB, de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud, a partir del28 de noviembre al4 de diciembre del 2014, por la enfermedad de su esposa. Artículo 2°.- ENCARGAR a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Directora! en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http ://www.rn insa. gob.pe/portada/transparencia/norm as/asp. Artículo 3°.- Notificar la presente Resolución Directora! a don Luis Enrique NUÑEZ SO LIS

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