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27 jul. 2016 - ... el Código Procesal Civil. Moquegua, 21 de julio de 2016-Lino Caya ..... gelio Hernaldo Ventura Zapata, Elvis Quispe. Mestas, Vidal Quispe ...
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Miércoles, 27 de julio del 2016

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

La República

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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

Miércoles, 27 de julio del 2016

Avisos Judiciales EDICTO EDICTO PENAL Expediente Nro. :00635-2014-1-2801-JR-PE-01.- Juzgado : Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. - Se hace saber y emplaza : Al imputado JANER DANY DEL ÁGUILA RUIZ con el contenido del Índice de Audiencia de fecha 25 de Julio del 2016: SE DISPONE: REPROGRAMAR la REALIZACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR de CONTROL DE ACUSACIÓN para el día DOCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, a horas NUEVE DE LA MAÑANA (hora exacta) en las instalaciones de la Sala N° 06 de la Nueva Sede de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, sito en el Malecón Ribereño S/N de esta ciudad. Audiencia que se instalará con la asistencia obligatoria del representante del Ministerio Público y el abogado del acusado. NOTIFÍQUESE. Juez: Doctor Jorge Eduardo García Apaza. Especialista Legal: Tom Ricardo Palao Villasante. Moquegua, 25 de Julio de 2016. (27 Julio y 01-02 Agosto). EDICTO Por ante el primer juzgado mixto de la Provincia de Ilo, que despacha el Juez Adolfo Cornejo Polanco, especialista legal Judith Gallegos Ramos, se viene tramitando el Exp. N-00184-2016-0-2802-JM-CI-01, en la vía de proceso abreviado, sobre EXCLUSION E INCLUSION DE NOMBRE Y OTROS, seguido por DINA ELIZABETH YUCRA ESCOBAR de su menor hijo DIEGO ALEXANDER POMA YUCRA, debiendo quedar en DIEGO ALEXANDER ESCOBAR YUCRA, contra de HECTOR DEMETRIO POMA CHOQUEPUMA, con conocimiento del Ministerio Publico, se ha señalado Notificar al demandado, el que se publica para fines de Ley. Ilo, 30 de Junio del 2016. (27 Julio y 01-02 Agosto). NOTIFICACION POR EDICTO Expediente Nº 00480-2016-65-2801-JRPE-01- Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto - Especialista: Juan Carlos Espinoza Chipana - Se NOTIFICA a doña NORMA DEYSY MALLQUI GONZALES, identificada con DNI Nº 48238383, que mediante Resolución N° 002 de fecha veinte de julio de dos mil dieciséis, se ha dispuesto REPROGRAMAR la instalación de REPROGRAMAR la Audiencia Única de Juicio Inmediato para el día OCHO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en la Sala de Audiencias Nro. 07 del Módulo Penal de Moquegua de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Moquegua ubicada en Malecón Ribereño S/N - Moquegua, quedando subsistentes los apercibimientos decretados en la resolución número uno; en tal sentido SE DISPONE la notificación mediante EDICTOS a la acusada Norma Deysy Mallqui Gonzales para su concurrencia bajo apercibimiento de ser declarada reo contumaz o ausente y disponerse su captura a nivel nacional en caso de inasistencia, sin perjuicio de que pueda notificarse adicionalmente en los otros domicilios reales que aparezcan en el expediente y/o en el sistema RENIEC. Fdo. Roger Pari Taboada - Juez del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana - Especialista Legal.- Moquegua, 20 de julio de 2016 (26-27julio y 01 agosto) NOTIFICACION POR EDICTO EXPEDIENTE Nº 00334-2016-0-2801-JPFC-02 ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto que despacha la

Sr. Juez LIDIA JOSEFINA VEGA VALENCIA y Secretaria Dra. JULISSA REVILLA GUZMAN, ha dispuesto la notificación por edicto a: MARCO ANTONIO PAQUI RAMOS RESOLUCIÓN NRO. 01; Moquegua, veintidós de abril del dos mil dieciséis.-SE RESUELVE: ADMITIR la demanda sobre ALIMENTOS, interpuesta por ELVIA CARRASCO DELGADO quien actúa en representación de su menor hija MILAGRITOS YURITH PAQUI CARRASCO, la misma que deberá tramitarse el presente proceso en la vía del PROCESO UNICO. TRASLADO de la demanda al demandado MARCO ANTONIO PAQUI RAMOS por el término de cinco días a fin de que absuelva el traslado de la demanda al demandado y ejerza su derecho de defensa mediante su contestación, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento de declararse su rebeldía. Tener por ofrecidos los medios probatorios que se precisan y se ordenen agregar a los autos los anexos que se acompañan Y RESOLUCIÓN NRO. 03, Moquegua doce de julio del dos mil dieciséis.- SE RESUELVE: Notificar por edictos al demandado MARCO ANTONIO PAQUI RAMOS; y fíjese como plazo especial de emplazamiento de quince días, bajo apercibiendo de nombrársele curador procesal. Publíquese por tres días hábiles los edictos en el diario oficial y en el diario de avisos judiciales de la corte del lugar del proceso; cumplidos que sea: agréguese al expediente las publicaciones que contiene la notificación; teniendo en consideración que la Resolución se tendrá por notificada el tercer día contado desde la última publicación. REGÍSTRESE Y HÁGASE SABER.- (27 julio y 01-02 agosto). EDICTO EXPEDIENTE N° 00401-2016-0-2801-JPCI-02 RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCIÓN. ANTE EL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO - FAMILIA CIVIL DE MARISCAL NIETO - MOQUEGUA, QUE DESPACHA LA DOCTORA LIDIA JOSEFINA VEGA VALENCIA, ESPECIALISTA DRA. JULISSA REVILLA GUZMAN, DOÑA: GUMERCINDA APOLONIA COLANA HERRERA DE CHOQUE, SOLICITA LA RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCIÓN DE SU SEÑOR PADRE ZOILO ESTANISLAO COLANA MAMANI PARA QUE EN EL ACTA DE DEFUNCIÓN SE RECTIFIQUE EN EL SENTIDO DE QUE SE AGREGUE Y COMPLETE EL SEGUNDO NOMBRE DE “ESTANISLAO” QUE NO FIGURA EN LA REFERIDA ACTA DE DEFUNCION APARECIENDO SU NOMBRE ZOILO COLANA MAMANI, PARA QUE FIGURE COMO ZOILO ESTANISLAO COLANA MAMANI. MOQUEGUA, 20 DE JULIO DEL 2016 (21- 25 – 27 julio) EDICTO Expediente N°00680-2016, ante el juzgado de familia de Mariscal Nieto, Juez Dr. César Augusto Salinas Linares, Sec. Pamela Beatriz Huamán Valdivia, sobre RECONOCIMIENTO DE TENENCIA Y CUSTODIA DE MENOR, seguido por Freddy David Maquera Ticona, en contra de Ana Maria Coaquira Laime. En la resolución N° 02 SE RESUELVE: Admitir a trámite la demanda interpuesta por Freddy David Maquera Ticona, en contra de Ana Maria Coaquira Laime, sobre reconocimiento y tenencia de custodia de su menor hijo THIAGO YAMIR MAQUERA COAQUIRA en vía de PROCESO UNICO, traslado de la demanda a la demandada por el plazo de cinco días, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía por ofrecidos los medios probatorios, agréguese los documentos presentados, con conocimiento del ministerio público y se NOTIFIQUE MEDIANTE EDICTOS a la demandada Ana Maria Coaquira Laime, por

el plazo de SESENTA DIAS, para absolución de los cargos expresados en la demandada, bajo apercibimiento de nombrarse jurador procesal, debiendo efectuar la publicaciones en el diario “La Republica”. Regístrese y Hágase saber. Moquegua 25 de Julio del 2016 (26-27julio y 01 agosto) EDICTO PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE VEHICULO Y NOTIFICACION POR EDICTO.-Ante el Segundo Juzgado Mixto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, Juez Dr. FREDY FERNANDEZ SANCHEZ, Expediente N°001862016-0-2801-JM-CI-02, Especialista GABY NINA ESCOBAR, en vía de Proceso Abreviado, Resolución Nro.03 de fecha trece de julio del dos mil dieciséis, se DISPONE: 2.-ADMITIR la demanda sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, interpuesta por RENULFO AURELIO PAURO CORDOVA en contra de la sucesión de quien en vida fue HIPÓLITO WILFREDO MAYORGA GALLARDO, MYRIAM YOLANDA ESPINOZA RIVAS y ROGELIO NERI PAURO CORDOVA. Corresponde tramitarse en la vía procedimental del Proceso de Abreviado. 3.- TRASLADO de la presente demanda a los demandados, por el plazo de DIEZ DIAS HABILES, para que contesten la demanda, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía respecto del demandado Rogelio Neri Pauro. 4.- NOTIFIQUESE vía Edicto a la Sucesión de quien en vida fue Hipólito Wilfredo Mayorga Gallardo y a la demandada Myriam Yolanda Espinoza Rivas; por el plazo de Ley, bajo apercibimiento de nombrarse curadores procesales. Lo que se comunica para los fines de ley conforme a lo previsto en el Código Procesal Civil. Moquegua, 21 de julio de 2016-Lino Caya Coaguila- Abogado-Registro CAM. 717. (2526-27 julio) EDICTO PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE VEHICULO Y NOTIFICACION POR EDICTO.-En el Segundo Juzgado Mixto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, que despacha el Juez Dr. FREDY FERNANDEZ SANCHEZ e intervención de la Especialista GABY NINA ESCOBAR, mediante Resolución Nro. 03, se ha admitido la Demanda presentada por Don RENULFO AURELIO PAURO CÓRDOVA contenida en el Expediente N°00186-2016-0-2801-JMCI-02 sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA del VEHICULO DE PLACA DE RODAJE: PI-3675; CLASE: CMTA PICKUP; MARCA: FORD; AÑO FABRICACION:1966; MODELO: F-100; CARROCERIA: CABINA SIMPLE; COLOR: VERDE OSCURO BLANCO; N° MOTOR: F258E775076; N° SERIE: F258E775076; N° RUEDAS: 4; para que se le declare propietario del vehículo automotor, inscrito a nombre de Hipólito Wilfredo Mayorga Gallardo y Myriam Yolanda Espinoza Rivas, en el Registro de Propiedad Vehicular de Lima. A quienes se notifica vía edictos. Lo que se hace de conocimiento público para los fines de Ley.- Moquegua, 20 de julio del 2016.- GABY NINA ESCOBAR, Especialista Legal del Segundo Juzgado Mixto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (25-26-27 julio) PUBLICACION POR EDICTOS En el expediente No. 00524-2012-0-2801-JPFC -01, ante el 2do Juzgado de Paz Letrado, que despacha la Juez, Dra. Lidia Josefina Vega Valencia. Especialista Legal Dra. Julissa Revilla Guzmán, mediante Resolución No. 024-2016 fecha ocho de julio 2016 RESUELVE: Remitir las copias certificadas de los actuados pertinentes la Fiscalía Provincial Penal de Mariscal Nieto, para que proceda conforme a sus atribuciones y se lo denun-

cie por el presunto delito de omisión a la asistencia familiar, debiendo la demandante proporcionar las copias pertinentes asimismo se dispone Notificar por EDICTOS al demandado JAVIER VILCA LIMACHI, respecto de la presente notificación, como plazo especial DE TRES DIAS HABILES, en el diario Oficial y en el diario de avisos judiciales de la Corte del lugar del proceso, cumplido sea Ofíciese al Ministerio Público con los recaudos pertinentes. Moquegua, 22 de Julio 2016. (25-26-27 julio)

CY BRIGIDA TEJADA DIAZ DE VILLANUEVA) EN UNA LÍNEA RECTA DE 13.90 ML.; POR EL LADO IZQUIERDO ENTRANDO: CON PROPIEDAD PRIVADA (LUIS BARAIBAR BARAIBAR Y PILAR PICUAGA ALVARADO), EN LÍNEA QUEBRADA DE TRES TRAMOS 12.95 ML., 4.90 ML., 3.05 ML.. SE PONE EN CONOCIMIENTO DE LOS INTERESADOS PARA LOS FINES DE LEY.- ILO, 01 DE JULIO DEL 2,016. (11, 19 y 27 DE JULIO).

SUCESION INTESTADA

RECTIFICACION DE AREA Y LINDEROS

EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 00353-2015-93-2802-JRPE-01. SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE ILO. JUEZ: ABOG. EDGARDO SERAPIO CARPIO YZAGUIRRE. ESPECIALISTA: Abog. Juani Howard Zegarra Coaila. El segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Ilo, en el proceso seguido en contra de los acusados María Esther Ramírez Arévalo, por la presunta comisión del delito de estafa en agravio de Alberto Alvear Arotaype, ha dispuesto SE NOTIFIQUE POR EDICTOS a la empresa STACIO AUTOMOTRIZ SAC la Resolución N° 09 de fecha catorce de julio de dos mil dieciséis, en la cual SE RESUELVE: PRIMERO: Declarar FUNDADO el requerimiento de incorporación de tercero civil formulado por el Ministerio Público en estos autos, DISPONIÉNDDOSE la incorporación de la empresa STACIO AUTOMOTRIZ SAC inscrita en la partida 12316658 de la Zona Registral IX Sede Lima, representada por su Gerente General María Esther Ramírez Arévalo como tercero civil en el proceso investigatorio que viene llevando a cabo el Ministerio Público contra María Esther Ramírez Arévalo, José Eduardo Fiestas Dejo y Hugo Jaime Villagaray Rodríguez, por el delito de estafa, en agravio de Alberto Alvear Arotaype. SEGUNDO: PÓNGASE a conocimiento del Ministerio Público en forma inmediata la presente resolución acompañando el cuaderno respectivo para los efectos legales a los que hace referencia los artículos 112 y 113 del Nuevo Código Procesal Penal. Tómese razón y hágase saber.- Especialista Legal Abog. Juani Howard Zegarra Coaila.- ( 27 Julio, 1 y 2 Agosto)

RECTIFICACION DE AREA Y LINDEROS LEYES N° 27157 Y N0 27333 ANTE MI, JOHN SOTO GAMERO, ABOGADONOTARIO PUBLICO DE ILO, CON OFICIO NOTARIAL EN CALLE MOQUEGUA N° 429, DE ESTA CIUDAD, SE HAN PRESENTADO LOS SEÑORES EMILIA EVANGELINA VALCARCEL GOMEZ DE CHU, Y EN REPRESENTACION DEL SEÑOR HERBERT MARTIN CHU MANRIQUE, SOLICITANDO AL AMPARO DEL ART. 13.1, INCISO B) DE LA LEY 27333, LA RECTIFICACION DEL AREA, LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DEL INMUEBLE UBICADO EN JIRÓN ZEPITA N° 675 Y AVENIDA GRAU N° 220, DISTRITO Y PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA, INSCRITO EN LA FICHA N° 3958, SEGUIDA DE LA PARTIDA ELECTRÓNICA N° 05001129, DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE ILO, SIENDO EL AREA CORRECTA DE 158.95 m2 (CIENTO CINCUENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS), CON LOS SIGUIENTES LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS: POR EL FRENTE: CON JIRÓN ZEPITA, EN LÍNEA RECTA DE 9.00 ML.; POR EL LADO DERECHO ENTRANDO: CON LA AVENIDA MIGUEL GRAU, EN LÍNEA RECTA DE 16.00 ML.; POR EL FONDO: CON PROPIEDAD PRIVADA (HERBERT MARTIN CHU MANRIQUE, GUILENA PETRONILA CHU MANRIQUE DE PEREZ Y GRACIELA SEGUNDA TEJADA DIAZ — NAN-

EDICTO PENAL Expediente N° 0276-2013-96-2801-JRPE-02.-SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO- En el proceso N° Nº 276-2013-96-2801-JR-PE-02, seguida en contra de José Luis Rodríguez Seminno, por el delito de Estafa Generica, en agravio de Sabina Ramos Chipana y otros.; el señor Juez encargado del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a JOSE LUIS RODRIGUEZ SEMINO, MARIA DEL CAMEN RODIRGUEZ SEMINO, MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ SEMINO, OLIVER JOEL CALIZAYA GUTIERREZ, SANDRA ZULEMA MAMANI CONDORI Y EDISON DANIEL TORRES PARPASI, con la resolución número 18 de fecha 13 de julio del 2016, la cual RESUELVE: A: DECLARAR la existencia de una relación jurídica procesal válida, precluyendo toda petición tendiente a cuestionar de la relación citada. B: ACEPTAR la acusación formulada por el Segundo Despacho de Investigación de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Nieto, formulado contra MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ SEMINO, JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ SEMINO y MARÍA DEL CARMEN RODRÍGUEZ SEMINO, por delito Contra el Patrimonio – Estafa Agravada, previsto en el artículo 196 segundo párrafo del Código Pe-

SUCESION INTESTADA DRA. MARIA LOURDES TAPIA DE CENTTY, ABOGADO NOTARIO PUBLICO DE LA CIUDAD DE ILO, ANTE ESTE OFICIO NOTARIAL. SITO EN LA AVENIDA 28 DE JULIO 545, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LA LEY 26662 ARTICULOS 13, 38 Y 41, HACE SABER QUE ROSA MARIA GONZALES CHAVEZ, SOLICITA LA SUCESION INTESTADA DE SALOMAN GONZALES HUISA, FALLECIDA EL 15 DE MAYO DEL AÑO 2009, EN ILO, SE HACE CONOCIMIENTO DE LOS INTERESADOS PARA LOS FINES DE LEY. ILO 19 JULIO DEL 2016. NOTARIA PÚBLICA ABOGADA Dra. MARIA LOURDES TAPIA DE CENTTY (27 julio). SUCESION INTESTADA DRA. MARIA LOURDES TAPIA DE CENTTY, ABOGADO NOTARIO PUBLICO DE LA CIUDAD DE ILO, ANTE ESTE OFICIO NOTARIAL. SITO EN LA AVENIDA 28 DE JULIO 545, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LA LEY 26662 ARTICULOS 13, 38 Y 41, HACE SABER QUE JACQUELINE ELSA GUERRERO PONDE, SOLICITA LA SUCESION INTESTADA DE FRANCISCO LUIS VILLANUEVA LEMCHONG, FALLECIDO EL 11 DE MAYO DEL AÑO 2016, EN ILO SIENDO SU ULTIMO DOMICILIO EN ESTA CIUDAD DE ILO, SE HACE CONOCIMIENTO DE LOS INTERESADOS PARA LOS FINES DE LEY. ILO 20 JULIO DEL 2016. NOTARIA PÚBLICA ABOGADA Dra. MARIA LOURDES TAPIA DE CENTTY (27 julio).

EDICTO PENAL

Miércoles, 27 de julio del 2016

nal en agravio de JORGE MAURO CHICANE CONDORI, EDISON DANIEL TORRES ARPASI, SABINA EVA RAMOS CHIPANA, DELFOUR RENE ALBERTO LÓPEZ, OLIVER JOEL CALIZAYA GUTIÉRREZ, ASUNTINA RAMOS LÓPEZ, JUAN CARLOS MACHACA CRUZ, ÓSCAR MOISÉS TICONA SOSA, LIVIA GUILLEN LEÓN, VÍCTOR SEFERINO LLANOS CCAMA, SANDRA ZULEMA MAMANI CONDORI y EFREN ALONSO HORNA PAREDES. C: ADMITIR los medios de prueba ofrecidos por el Ministerio Publico; dejándose constancia que a los acusados MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ SEMINO, JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ SEMINO Y MARÍA DEL CARMEN RODRÍGUEZ SEMINO, no se les admite al no haberlos ofrecido en su oportunidad. D: DISPONER como medida de coerción personal, la de comparecencia simple para los acusados. E: DICTAR AUTO DE ENJUICIAMIENTO en contra de MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ SEMINO, JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ SEMINO Y MARÍA DEL CARMEN RODRÍGUEZ SEMINO, cuyas generales de ley han sido precisados por el delito de Estafa Genérica.- FIRMADO. DR. JORGE EDUARDO GARCIA APAZA JUEZ SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. ABOG. VANESSA MALAGA BUSTAMANTE ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL.- Moquegua, 19 de julio del 2016 (27 julio y 01-02 agosto) EDICTO PENAL EXPEDIENTE 126-2016-0-2801-JP-PE-03, NOTIFICAR al agraviado ANGEL GABRIEL CUAYLA MAMANI, la Resolución N° 06 de fecha 04.07.2016 que RESUELVE: 1. DECLARAR CONCLUIDO el PROCESO de faltas contra la persona en la modalidad lesiones dolosas con agravante, seguido en contra de David Mamani Laurente en agravio de Nilda Quispe y Angel Gabriel Cuayla Mamani, por DESISTIMIENTO TÁCITO. 2. DISPONER el ARCHIVO del proceso y su remisión al Archivo Central. Regístrese y Notifíquese. Moquegua, 06 de Julio del 2016. Saúl Felipe Arenas Pérez. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Abogado Edwin Valencia Sánchez, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (27 julio y 01-02 agosto) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 04-2016-0-2801-JP-PE-03, NOTIFICAR al imputado OSWALDO ROBERTO FRANCO SUAREZ y agraviado NESTOR ADRIAN LINARES ACOSTA, la Resolución N° 05 de fecha 14.07.2016 que RESUELVE: 1. DECLARAR CONCLUIDO el PROCESO de faltas contra la persona en la modalidad lesiones culposas, seguido en contra de Ever Ramos Con, en agravio de Deysi Ramos Esquia, por DESISTIMIENTO TÁCITO. 2. DISPONER el ARCHIVO del proceso y su remisión al Archivo Central. Regístrese y Notifíquese. Moquegua, 19 de Julio del 2016. Saúl Felipe Arenas Pérez. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Abogado Edwin Valencia Sánchez, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (27 julio y 01-02 agosto) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 529-2016-0-2801-JP-PE-03. NOTIFICAR a la agraviada FREDY DIAZ QUISPE, la Resolución N° 01 de fecha 16.06.2016 que RESUELVE: NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de faltas contra la persona en la modalidad de Lesiones Dolosas en agravio de Fredy Diaz Quispe. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia y la remisión del presente proceso al archivo Central. Regístrese y Notifíquese. Moquegua, 18 de Julio del 2016. Saúl Felipe Arenas Pérez. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Abogado Edwin Valencia Sánchez, Secretario Ju-

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SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

dicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (27 julio y 01-02 agosto) EDICTO PENAL Expediente Nro.: 00412-2015-45-2801 -JRPE-01- Juzgado Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. – Se hace saber y emplaza: Al imputado GERARDO JUAN MAMANI ALAVE con el Requerimiento de Acusación y el contenido en la Resolución N° 03, de fecha 07 de Julio del 2016: El Segundo Despacho de Investigación de Mariscal Nieto, presenta el requerimiento de acusación en contra de GERARDO JUAN MAMANI ALAVE, por la presunta comisión del delito de violación sexual de menor de edad, a quien se le imputa que en la noche del día sábado 06 del mes de junio de 2015, cuando la menor de iniciales L.M.M.V. (12 años) se encontraba sola recostada en su cama de la habitación en el interior de su domicilio ubicado en la Asociación Los jazmines J-10 del Centra Poblado San Antonio del Distrito de Moquegua, Provincia de Mariscal Nieto y Departamento Moquegua, su padre GERARDO JUAN MAMANI ALAVE, sin decirle nada, se hechos en la cama, le bajo el pantalón, su calzón y el también se bajó el pantalón procediendo a realizar la introducción del pene en la cavidad vaginal de la menor agraviada de iniciales L.M.M.V (12 años), aprovechando que la madre de la menor agraviada se encontraba en la chacra en la localidad de Torata y la había dejado al cuidado de su padre. Después de estos hechos, el imputado GERARDO JUAN MAMANI ALAVE le dijo a la menor que no le diga a nadie lo sucedido, que han ocurrido al menos en 03 oportunidades. El Juzgado, conforme a lo previsto por el artículo 350 del Código Procesal Penal: CORRE TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES con el requerimiento de acusación, para efectos de cumplir con lo establecido en el artículo 350 del Código Procesal Penal; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. Asimismo, Requiere al imputado Gerardo Juan Mamani Alave, para que en el plazo de DOS DÍAS designe abogado defensor de libre elección, bajo apercibimiento de designarse abogado defensor de oficio, en caso de incumplimiento. Juez: Doctor Jorge Eduardo Garcia Apaza. Especialista Legal: Tom Ricardo Palao Villasante. Moquegua, 07 de Julio de 2016. (26-27 julio y 01 01 agosto). EDICTO PENAL Expediente Nro.:00635-2014-1-2801-JRPE-01- Juzgado: Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto dela Corte Superior de Justicia de Moquegua. - Se hace saber y emplaza : Al imputado JANER DANY DEL AGUILA RUIZ con el contenido de la Resolución N° 09, de fecha 06 de Julio del 2016: Habiendo vencido el termino de ley preceptuado en el artículo 350 inciso 1° del Código Procesal Penal; SE SEÑALA fecha y hora para la REALIZACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR de CONTROL DE ACUSACION para el día VEINTICINCO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISEIS, a horas DOCE DEL MEDIO DÍA (hora exacta) en las instalaciones de la Sala N° 03 de la Nueva Sede de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, sito en el Malecón Ribereño S/N de esta ciudad. Audiencia que se instalara con la asistencia obligatoria del representante del Ministerio Publico y el abogado del acusado. EN EFECTIVIDAD DEL APERCIBIMIENTO PREVENIDO en la Resolución número uno de fecha treinta y uno de agosto del dos mil quince, notificado por edictos; y, no habiendo cumplido el imputado JANER DANY DEL AGUILA RUJZ con designar abogado defensor de su elección, ofíciese al Director

de la Defensoría Pública con la finalidad que designe defensor de oficio para el referido imputado. NOTIFIQUESE. Juez: Doctor Jorge Eduardo García Apaza. Especialista Legal: Tom Ricardo Palao Villasante. Moquegua, 06 de Julio de 2016. (26-27 julio y 01 agosto). EDICTO PENAL Expediente N° 0242-2015-3-2801-JR-PE-02.SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO - En el proceso N° 242-2015-3-2801-JR-PE-02, seguida en contra de Leopoldo Ramos Vera, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de la menor de iniciales A.R.T., A.R.T. Y C.N.R.T. Rep. por su madre Carmen Rosa Toncani Acostupa; el señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a LEOPOLDO RAMOS VERA, con lo dispuesto en la audiencia de ejecución de sentencia de fecha 19 de julio del 2016, en la cual señala: SE DISPONE: REPROGRAMAR la presente audiencia, para el día DIECIOCHO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISÉIS, a las DIEZ HORAS en la SALA DE AUDIENCIAS N° 03 de la CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA, quedando las partes asistentes notificadas en el presente acto. DISPONEMOS que la señorita especialista de audiencia efectué las coordinaciones con la encargada de notificaciones, a efecto de procurar que para el referido día obren en autos las constancias de notificación dirigidas al domicilio real del sentenciado, y se notifique por edictos. Extracto del requerimiento fiscal: En el caso de autos, mediante Sentencia de conformidad N° 84, de fecha 03 de diciembre de 2015 se condenó a Leopoldo Ramos Vera, por delito de omisión a la asistencia familiar, en agravio de menores de iniciales A.R.T. Y C.N.R.T., representado por su progenitura Carmen Tonconi Acostupa, imponiéndole diez meses y quince días de pena privativa de libertad, suspendida en su ejecución por un año, con sujeción a reglas de conducta, entre ellas, la reparación civil, la cual fue fijada en S/.5,850.12, monto que debe pagarse en cinco cuotas, la primera que se realizó en el acto de la audiencia por el monto de S/.1,000.00 y las 04 restantes serán pagados por el monto de S/.1,214.53, para ser pagados desde el mes de enero al mes de abril de 2016 los días cuatro de cada mes. Sin embargo, se verifica del cuaderno de ejecución que el sentenciado sólo ha cumplido con pagar la suma de S/.2,300.00, (1,000.00 en el acto de la audiencia, más S/. 1,300.00 mediante depósito judicial N° 2016014100043 que obra en autos) y que a la fecha está debiendo la suma de S/.3.550.12. correspondiente a una parte del mes de enero, el íntegro de los meses de febrero, marzo y abril de 2016. lo que quiere decir es que el sentenciado no está cumpliendo con lo ordenado en la referida sentencia. De lo expuesto, resulta evidente que el sentenciado no está cumpliendo con reparar el daño ocasionado con el delito, pese a ser una de las reglas de conducta que le fueron impuestas en la sentencia; por lo que, al amparo del artículo 59, inciso 3, del Código Penal, solicito señor Juez señalar fecha para AUDIENCIA DE REVOCACIÓN DE LA PENA SUSPENDIDA.- FIRMADO. DR. JORGE EDUARDO GARCIA APAZA JUEZ SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. ABOG. VANESSA MALAGA BUSTAMANTE ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL.- Moquegua, 20 de julio del 2016 (26 - 27 julio 01 agosto) EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE DE ILO. EXPEDIENTE N°: 00577-201-77-2802-JR-PE-01. JUEZ: ABOG. JOSÉ ANTONIO ACHOMA TITO. ESPECIALISTA: ABOG. LUIS PALOMINO BARRANZUELA - Se emplaza, notifica y cita al acusado

CARLOS ARTURO LUNA MORALES con la RESOLUCIÓN N° 01 que RESUELVE: PRIMERO: PROGRAMAR la AUDIENCIA UNICA DE JUICIO INMEDIATO, con carácter INAPLAZABLE para el día VEINTIDÓS DE NOVIEMBRE de dos mil dieciséis a las QUINCE HORAS, en la Sala de Audiencias del Módulo Penal de Ilo sito en Jirón Junín 301 de esta ciudad – segundo piso; en la causa seguida en su contra por la presunta comisión del delito de Omisión a la asistencia familiar en agravio de Luna Zuñiga Xuandy Beatriz. 3.2. SEGUNDO: DISPONER la concurrencia obligatoria de la Fiscal del Segundo Despacho de Decisión Temprana de Ilo y del abogado defensor del imputado Dr. Héctor Acuña Robles; siendo que en caso de inasistencia del abogado defensor se le impondrá una MULTA equivalente a (2 URP) así como dar cuenta su Superior o al Colegio de abogados que corresponda; sin perjuicio de ser subrogado de la defensa y designarse nuevo abogado defensor conforme a la ley, y en caso de inasistencia del Ministerio Publico de comunicar a su Órgano de Control para que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3. TERCERO: SE DISPONE la concurrencia obligatoria del acusado, bajo apercibimiento de ser declarado contumaz o ausente conforme establece el numeral 1 y 2 artículo 79 del Código Procesal Penal y el numeral 4 del artículo 355 Código Procesal Penal. 3.4. CUATRO: SE COMUNICA: Que las partes son responsables de convocar a sus órganos de prueba y de garantizar su presencia en la audiencia, bajo apercibimiento de prescindirse de ellos, en aplicación del numeral 2 artículo 448 del Código Procesal Penal. 4.5.- QUINTO: DISPONER la notificación de los sujetos procesales en las casillas electrónicas, domicilios procesales, direcciones domiciliarias de todas las partes, o vía telefónica según fuese en el caso; bajo responsabilidad funcional. Tómese razón y hágase saber.- Ilo, 20 de Julio del 2016 ( 25, 26 y 27 de Julio) EDICTO PENAL EXP: 00093-2014-65-2802-JR-PE-02-Se emplaza, notifica y cita a WASHINGTON SALIZAR CARRASCO, con la RESOLUCION N° 01 - AUTO DE CITACIÓN A JUICIO, Que RESUELVE: CITAR A JUICIO ORAL EMPLAZANDO A WASHINTON SALIZAR CARRASCO, identificado con DNI 04643070; Los que deberán ser notificados y citados en los domicilios reales señalados en autos, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz o ausente y disponerse su CAPTURA a nivel nacional, en caso de inasistencia. Asimismo con la RESOLUCIÓN N° 08, de fecha veinte de julio del dos mil dieciséis que RESUELVE: PRIMERO: Declarar INFUNDADA, la solicitud de la fiscal de declaración de ausencia del acusado. SEGUNDO: Se ordena la notificación vía edictos del acusado en el diario oficial de esta localidad, bajo el apercibimiento expreso de que en caso de no presentarse al inicio de juicio a programarse, será declarado reo ausente y se ordenará su captura a nivel nacional por parte de la Policía Judicial, previo requerimiento de la parte legitimada. TERCERO: Se ordena se comunique al Órgano de Control de este distrito judicial para que proceda conforme a sus atribuciones, en cuanto al escrito de fecha quince de enero del dos mil dieciséis. Se notifica al acusado que esta audiencia continuará el día MARTES DOS DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISÉIS A LAS NUEVE HORAS. (25,26 y 27 de julio) EDICTO PENAL Expediente Nº 00150-2014-3-2801-JR-PE-01 - Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto - Especialista: Tom Ricardo Palao Villasante - En el proceso seguido contra Juan Lucas Flores Mamani y otros, por el presunto delito Falsedad Ge-

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nérica, en agravio de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna S.A. – Agencia Moquegua; el señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Mariscal Nieto, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a los acusados Edwin Jesús Cuayla Mamani, Justo Jilver Vizcarra Cuevas, Cyndi Marilia Mamani Ramos, Pedro Pablo Ramos Calizaya, Manuel Daniel Flores Tala, Pedro Eloy Capa Ramos, Alberto Alfonso Huanca Causa, Miriam Lupe Mamani Choque, Rogelio Hernaldo Ventura Zapata, Elvis Quispe Mestas, Vidal Quispe Mestas, Froylan Leonardo Centeno Marca, Praynelf Pelagio Flores Quispe, Juan Lucas Flores Mamani, Jorge Rolando Luque Puma, Omar Kenedy Mamani Sosa, Wilber Coaguila Mamani, Darwin Guerra Gutiérrez, con el contenido del Índice de Audiencia de fecha treinta de junio del dos mil dieciséis, mediante la cual se SEÑALA fecha y hora para la REALIZACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR de CONTROL DE ACUSACIÓN para el día MARTES DOS DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISEIS, a horas NUEVE DE LA MAÑANA (hora exacta) en las instalaciones de la Sala N° 03 de la Nueva Sede de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, sito en el Malecón Ribereño S/N de esta ciudad.- FDO. DR. JORGE EDUARDO GARCÍA APAZA, JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO.- FDO. ABOG. TOM PALAO VILLASANTE, ESPECIALISTA LEGAL.Moquegua, 21 de Julio de 2016. (26-27 julio y 01 agosto) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 529-2016-0-2801-JP-PE-03. NOTIFICAR a la agraviada FREDY DIAZ QUISPE, la Resolución N° 01 de fecha 16.06.2016 que RESUELVE: NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de faltas contra la persona en la modalidad de Lesiones Dolosas en agravio de Fredy Diaz Quispe. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia y la remisión del presente proceso al archivo Central. Regístrese y Notifíquese. Moquegua, 18 de Julio del 2016. Saúl Felipe Arenas Pérez. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Abogado Edwin Valencia Sánchez, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (25-26-27 julio) EDICTO PENAL Expediente N° 0104-2014-12-2801-JRPE-01. SALA PENAL DE APELACIONES DE MARISCAL NIETO – MOQUEGUA. Se cita, y notifica a la imputada AGITH VILLANUEVA MEJIA, con la Resolución Nro.07 de fecha doce de julio 2016, que dispone: SEÑALAR para el día DIECIOCHO DE AGOSTO DE DOS MIL DIECISÉIS, A HORAS DIEZ, para que asista a la audiencia de apelación de sentencia, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N° 06 (segundo piso – pabellón del Módulo Penal ) del nuevo local de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, en el proceso seguido en contra de Agith Villanueva Mejia y otros, por el delito de promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas en agravio del Estado Peruano; debiendo efectuarse las notificaciones a los sujetos procesales en su respectivos domicilios señalados en autos. Siendo obligatoria la asistencia de los recurrentes, bajo apercibimiento de declararse la inadmisibilidad del recurso interpuesto; asimismo en caso de inasistencia de la parte recurrida podrá ser declarada ésta reo contumaz a solicitud del Ministerio Público o de las demás partes. Suscribe el presente la Especialista Judicial de Causa, por expreso mandato del Colegiado a cargo del proceso, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 122 del Código Procesal Civil de aplicación supletoria en el caso de autos. Moquegua, 13 de Julio de 2016 (25-26-27 julio)

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PODER JUDICIAL DEL PERÚ CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA

CONVOCATORIA La Corte Superior de Justicia de Moquegua, con el objetivo de potenciar los servicios que brindan los Equipos Multidisciplinarios de apoyo a los órganos jurisdiccionales y con propósito de mejorar la capacidad operativa en razón a la implementación de la Ley N° 30364 “Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia con las mujeres y los integrantes del grupo familiar, es que se requiere la contratación de los siguientes profesionales: 1.

MÉDICO

PERFIL REQUERIDO 1. Título de Médico Cirujano, de preferencia con Especialidad o Curso de Especialización en Psiquiatría o Medicina Familiar, colegiado y habilitado. 2. Experiencia profesional mínima de un (01 año). 3. De preferencia con conocimiento en temas de niñez, adolescencia y familia. 4. Conocimiento de ofimática: Microsoft Excel, Microsoft Word, Microsoft Power Point. MODALIDAD DEL CONTRATO La persona seleccionada será contratada bajo el Régimen de Contrato Administrativo de Servicios (CAS) RETRIBUCIÓN ECONÓMICA El contratado recibirá la suma mensual de S/. 4,500.00 (CUATRO MIL QUINIENTOS Y 00/100 Soles) incluidos los impuestos de ley. CRONOGRAMA Del 06 al 08 de Julio del 2016 11 de Julio del 2016

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12 de Julio del 2016

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CONVOCATORIA RECEPCION DE CV DOCUMENTADOS (Sede principal de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, Área de Personal sito en Av. Circunvalación Lote C – Moquegua; Horario 8:00am a 1:30pm y de 2:15pm a 4:45pm) ENTREVISTA PERSONAL

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA

Moquegua, 04 de julio de 2016.

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 013-2015-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara las VISITAS JUDICIALES ORDINARIAS, en el mes de Julio del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha: Órgano Jurisdiccional Juzgado Mixto de Ilo

Día

Hora de inicio

Martes 26 de julio

08:00

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencias, proseguirán con sus diligencias programadas.

CESAR AUGUSTO SALINAS LINARES MAGISTRADO CONTRALOR DE ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA

Moquegua, 04 de julio de 2016.

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 013-2015-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara las VISITAS JUDICIALES ORDINARIAS, en el mes de Julio del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha: Órgano Jurisdiccional

Día

Juzgado de Paz Letrado Laboral de Ilo

Miércoles 27 de julio

Hora de inicio 08:00

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencias, proseguirán con sus diligencias programadas.

CESAR AUGUSTO SALINAS LINARES MAGISTRADO CONTRALOR DE ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA AVISO DE CONVOCATORIA CAS CONVOCATORIA CAS N° 085-2016-MOQUEGUA I.

FINALIDAD DEL CONCURSO DE SELECCIÓN Cubrir 06 presupuestos CAS, en las diversas dependencias de la Corte Superior de Justicia de Moquegua.

II.

REQUISITOS GENERALES PARA SER CONSIDERADO POSTULANTE Los requisitos generales que debe cumplir cada postulante serán los siguientes: a. b. c.

III.

No haber sido sancionado con medida disciplinaria en los 03 meses anteriores a la fecha en que presenta su postulación. No incurrir en incompatibilidad por razón de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, por matrimonio, unión de hecho, previsto en el artículo 42° de la ley 29277, Ley de la Carrera Judicial. En caso de ser ex trabajador de alguna entidad de la administración pública, no haberse extinguido el vínculo laboral por causal de despido o destitución; renuncia con incentivos, o en caso de haberse retirado voluntariamente, no tener registrado en su legajo personal una observación o recomendación negativa escrita por el órgano de control interno o quien haga sus veces.

ASPECTOS DE INTERÉS En el presente concurso, la postulación se afectará a través del Aplicativo de postulación, Selección y Evaluación de personal, el cual se encuentra en la dirección de enlace Oportunidad Laboral en la página Web institucional (www.pj.gob.pe), en el cual se encuentran las Bases, los perfiles de los puestos y cronograma de la Convocatoria Para acreditar su inscripción al concurso, el postulante debe obtener el reporte impreso de la ficha de postulación del Aplicativo de Selección de Persona. El detalle de los presupuestos con sus perfiles estarán disponibles desde el 11 al 15 de Julio del 2016, la postulación podrá realizarse vía web los días 18 Y 19 de Julio (hasta las 12:00 de la medianoche), de acuerdo al cronograma publicado. Las consultas se efectuarán a través del correo electrónico [email protected]

Moquegua Julio del 2016

LA COMISION CAS AD HOC