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25 sept. 2017 - Juzgado Paz Letrado de la Provincia de Mariscal Nieto - Moquegua ... setiembre Del dos mil diecisiete ... a la suma de DIECISIETE MIL NOVE-.
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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

Viernes, 22 de setiembre del 2017

Avisos Judiciales EDICTOS EDICTO JUDICIAL Por ante el Segundo Juzgado De Paz Letrado Familia Civil de Mariscal Nieto Moquegua que despacha la Señora Juez LIDIA JOSEFINA VEGA VALENCIA, especialista Judicial abogada MELISSA PAOLA MANCHEGO RIVERA, en el expediente 398-2017-0-2801-JP-CI-02, ERLY FILIMON GUTIERREZ COLANA viene solicitando la declaración de sucesión intestada de quien en vida fue su madre CRISTINA COLANA HERRERA, con la finalidad de que se le declare heredero al recurrente, por lo que se pone de conocimiento de quienes se consideren con derecho a ser incluidos para que lo hagan valer conforme a ley, lo que se publica para los fines legales pertinentes . Moquegua, 19 de Setiembre del 2017. Boris G. Ocampo Paredes – Abogado. CAM 207. Abog. Melisa Manchego Rivera – Primera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (25 Setiembre) EDICTO - SUCESION INTESTADA EXPEDIENTE: 00365-2017-0-2801-JPCI-02. Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado Familia Civil Sede Nuevo Palacio, Departamento de Moquegua, que despacha la señora Juez LIDIA JOSEFINA VEGA VALENCIA y Especialista CESAR DAVID HUANCA MAQUERA. RESUELVE: 1.- Tener por subsanada las observaciones efectuadas, 2.- ADMITIR a trámite, vía proceso no contencioso, la solicitud de SUCESION INTESTADA presentada por BEATRIZ ANAHUA CUTIPA, de quien en vida fue su esposo, don MOISES ANAHUA PEDRA2A, con la finalidad que se declare como herederos a BEATRIZ ANAHUA CUTIPA, FANI EUSTAQUIA ANAHU ANAHUA, BLANCA VEOLITA ANAHUA ANAHUA, ROEY GOEL ANAHUA ANAHUA Y RUSO JACINTO ANAHUA ANAHUA, en su calidad de esposa e hijos del causante, Por ofrecidos los medios probatorios, a sus antecedentes !os anexos acompañados. 3.- Notifíquese con la presente demanda a FANl EUSTAQUIA ANAHU ANAHUA, BLANCA VEOLITA ANAHUA ANAHUA, ROEY GOEL ANAHUA ANAHUA Y RUSO JACINTO ANAHUA ANAHUA. 4.- NOTIFIQUESE al Ministerio Publico, de conformidad al artículo 835° de! CPC, y la Sociedad de Beneficencia Pública de Moquegua de conformidad con el artículo 832° del CPC, 5,- Dispongo que los solicitantes cumplan con efectuar las publicaciones de ley en el Diario “La Republica” de este distrito judicial, de-

biendo presentar las mismas a este Juzgado y fijar el cartel en el local del Juzgado. 6,- conforme a ley CURSESE los partes judiciales respectivos para la anotaciónón preventiva de la demanda. Entre otro. Moquegua 21 de setiembre del 2017. César H. Banegas Quispe – Abogado. Reg. CAM: 0817; Abog. Cesar David Huanca Maquera – Segunda Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (2526-27 Setiembre) EDICTO Por ante el Juzgado Mixto General Sánchez Cerro - Omate, que despacha el Juez Ramiro Morales Ali, con intervenciónón del Testigo Actuario Christian Alfaro Ope, se tramita el Exp. N° 2017-76-0-2801-JM-CI-1 sobre Rectificación de Partida de Defunción de MARCELINA TACORE DE MANUEL, seguido por Megdonio Nicolas Manuel Tacuri, para que se corrija el apellido TACORE en las letras “o” y e” y sean reemplazados por las vocales “u” e “i” y quede como TACURI, así como se cambie el apellido de casada DE MANUEL por su apellido materno CRISTOBAL, para que en definitiva quede como MARCELINA TACURI CRISTOBAL. Omate, 15 de septiembre del 2017.-. Christian Omar Vizcarra Ordoñez. Abogado. C.A.M. 0846. (25 Setiembre) EDICTO EXPEDIENTE 441-2012, en el 2do Juzgado Paz Letrado de la Provincia de Mariscal Nieto - Moquegua, despacha la Doctora Lidia Josefina Vega Valencia, Especialista legal: Cesar David Huanca Maquera, ha expedido la RESOLUCION 36, Moquegua, dieciocho de setiembre del dos mil diecisiete.- Habiéndose practicado la liquidación de pensiones devengadas, TRASLADO a las partes, por el termino de TRES DIAS. El secretario cursor autoriza la presente resolución de conformidad al último párrafo del artículo ciento veintidós del Código Procesal Civil y por disposición de la Magistrada. Calculo de intereses legales por deuda: Pensiones alimenticias 18,800.00.Intereses Legales 975.44. Total de deuda 19,775.44. Monto fijado en la sentencia SI. 400.00. Periodo a liquidar OCTUBRE 2013 - AGOSTO 2017. Regístrese y Hágase Saber. Moquegua, 21 de septiembre de 2017. Abog. Karina Eleana Carbajal Aparicio. Reg. CAM N°004. Defensor Público. Dirección General de Derecho Publica y Acceso a la Justicia – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Abog. Cesar David Huanca Maquera – Segunda Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal

Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-25-26 Setiembre) EDICTO En el expediente N° 271-2016, ante el 2do Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto, que despacha la Sra. Juez LIDIA JOSEFINA VEGA VALENCIA y secretaria Dra. Melisa Paola Manchego Rivera, ha dispuesto la notificación por edicto a DIONISIO JUAN GUTIERREZ CHAMBILLA, Resolución 04 de fecha 05 de enero del año 2017. SE RESUELVE: la notificación adicta con un extracto de la demanda por tres días en el diario La República, cuyo tenor es el siguiente resolución N° 01 de fecha 22.04.2017: ADMITIR la demanda sobre AUMENTO DE ALIMENTOS interpuesta por JUSTINA RUMALDA CACALLICA MAMANCHURA quien actúa por derecho propio y en representación de su menor hijo CARLOS DANIEL GUTIERREZ CACALLICA y LIZBETH MARJORIE GUTIERREZ CACALLICA por derecho propio en su calidad de hija mayor de edad, seguido en contra de DIONISIO JUAN GUTIERREZ CHAMBILLA. 2. DISPONGO que se tramite la presente, por la via procedimental de PROCESO UNICO. 3. TRASLADO de la demanda al demandado por el término de CINCO días a fin de que absuelva el traslado de la demanda y ejerza su derecho de defensa mediante su contestación, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de declararse su rebeldía. 4. Tener por ofrecidos los medios probatorios que se precisan y se ordena agregar a los autos los anexos que se acompañan. RESOLUCION 5 de fecha 16.08.2017, que aclara la RESOLUCION 4 de fecha 05.01.2017y RESUELVE:ACLARAR la resolución número cuatro, en el extremo de emplazarse al demandado para que conteste la demanda, el mismo que deberá de realizarlo en el plazo de quince días, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal en caso de incumplimiento, quedando subsistente lo demás que contiene. T.R. y H.S. (21-22-25 Setiembre) PUBLICACION POR EDICTO PU8LICACION POR EDICTOS Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Moquegua, que despacha el Juez Dr. Erly Alejo Cruz, y especialista Dr. Darío Paniagua Parihuana, expediente No. 00236-2Q12G-28Q1-JP-FC-02., a emitido la resolución N° 36 de fecha quince de setiembre Del dos mil diecisiete que RESUELVE: 1. APROBAR la Liquidación de pensiones alimenticias devengadas que obra a fojas 177 al 178 correspondiente al periodo

enero 2013 a julio 2016 ascendente a la suma de DIECISIETE MIL NOVECIENTOS DIECISEIS CON 64/100 SOLES (S/. 17,916.64) 2. PRIMER OTROSI DIGO: REQUERIR al demando JORGE ANTONIO MIRANDA VARGAS para que dentro del término del TERCER DIA de notificado cumpla con efectuar el pago por concepto de pensiones alimenticias devengadas por la suma de DIECISIETE MIL NOVECIENTOS DIECISEIS CON 64/100 SOLES (S/. 17,916.64), bajo apercibimiento de remitirse copias al Ministerio Publico a fin de que proceda a denunciarlo por el presunto delito de omisión a la asistencia familiar. 3. NOTIFIQUESE LA PRESENTE RESOLUCIÓN EN EL DOMICILIO REAL Y PROCESAL DEL DEMANDADO AL SEGUNDO OTROSI DIGO.- Téngase presente. Asume competencia el señor Juez que suscribe por abstención de la Juez titular. REGISTRESEY HAGASE SABER- Moquegua, 19 de setiembre del 2017. Guido Maquera Cuayla – Abogado. Mat. C.A.M. N°0503; Abog. Darío Paniagua Parihuana – Tercera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua (22-25-26 Setiembre) NOTIFICACION POR EDICTO NOTIFICACION POR EDICTOS SOBRE EL PROCESO DE ALIMENTOS Expediente N° 00239-2001-0-280lJP-FC-01. Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado -Familia Civil- de Mariscal Nieto - Moquegua, que despacha la Sra. Jueza Dra. Lidia Josefina Vega Valencia, Especialista Legal Dr. Cesar David Huanca Maquera doña RENILDA GUILLERMINA LUIS VENTURA ha solicitado la notificación por edictos de la Resolución N° 30 y liquidación practicada al demandado JESUS VICTOR CABRERA CANAS, accediéndose a dicha petición mediante Resolución N° 32 de fecha 13 de Septiembre del 2017. PARTE PERTINENTE DE LA RESOLUCION N° 30. Moquegua, diecinueve de Julio del dos mil diecisiete. Conforme a lo solicitado y habiéndose practicado la liquidación de pensiones devengadas, TRASLADO a las partes, por el termino de TRES DIAS, DEBIENDO NOTIFICARSE CON LA LIQUIDACION EN EL DOMICILIO REAL DEL DEMANDADO EN SU DOMICILIO EL UBICADO EN CALLE SAMUEL ALCAZAR N° 233 DEL DISTRITO ALTO DE LAALIANZA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE TACNA. Haciendo presente que se procedió a practicar la liquidación a partir de mayo del 2004 teniendo en cuenta que existe liquidación a fojas 172. PARTE PERTINENTE DE LA

LIQUIDACION PRACTICADA DEL PERIODO MAYO-2004 A JUNIO-2017: Pensiones alimenticias; S/ 15,800.00 (Quince mil ochocientos con 00/100 soles). Intereses legales: S/ 2,654.59 (Dos mil seiscientos cincuenta y cuatro con 59/100 soles). Total de la deuda: S/ 18,454.59 (Dieciocho mil cuatrocientos cincuenta y cuatro con 59/100). PARTE PERTINENTE DE LA RESOLUCION N° 32. Moquegua 13 de Septiembre del 2017. SE RESUELVE: LA NOTIFICACION EDICTAL con la resolución 30 y liquidación practicada, en el diario LA REPUBLICA y en la tablilla del juzgado, por el plazo de Ley. Debiendo la parte demandante realizar y gestionar los edictos para su publicación. REGISTRESE Y HAGASE SABER. Abog. Cesar David Huanca Maquera – Segunda Secretaria del Juzgado de Paz. Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. Víctor G. Valdez Cuadros – Abogado. CAM N° 896. (21-22-25 Setiembre) REMATE JUDICIAL REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA En el Exp. 00118-2015-0-2802-JPCI-02 seguido por COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA N° 103, sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO en contra de ROSARIO LUISA FLORES RUIZ y JIMMY MILTON MANRIQUE PEÑA; el Señor Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, de la Corte de Justicia de Moquegua, Dr. Julio Martín Pinazo Quispe, especialista legal Dr. Eber Colque Valdivia, ha encargado a la Martillero Público Dra. Patricia Victoria Vásquez Zubieta con Registro SUNARP Número 315, la realización del PRIMER REMATE JUDICIAL el día 13 de Octubre del 2017 a HORAS 12:00 del meridiano, el cual se llevara a cabo en el frontis del local del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, sito en Calle Matará N° 325 del Distrito y Provincia de Ilo, Departamento de Moquegua, del siguiente bien inmueble de propiedad de ROSARIO LUISA FLORES RUIZ y JIMMY MILTON MANRIQUE PEÑA, ubicado en MZ-92 LOTE-1 SECTOR PROMUVI VII DEL DISTRITO Y PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA, inscrito en la Partida Nº 11004136 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna, Oficina Registral Ilo.- VALOR DE TASACIÓN: Asciende a la suma de S/ 93,794.97 (NOVENTA Y TRES MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 97/100 SOLES); siendo la base del remate la suma de S/ 62,529.98

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(SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE CON 98/100 SOLES), importe equivalente a las dos terceras partes del valor de la tasación.AFECTACIONES: 1) ASIENTO D00002: HIPOTECA: a favor de BANCO DE MATERIALES S.A.C. hasta por la suma de S/. 42,900.00 (CUARENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES).- 2) ASIENTO D00003: EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN: A favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE AREQUIPA S.A., hasta por la suma de S/. 32,000.00 (TREINTA Y DOS MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES).- 3) ASIENTO D00004: EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN: A favor de la Crediscotia Financiera S.A. hasta por la suma de S/. 20,000.00 con 00/100 Nuevos Soles.- 4) ASIENTO D00005: ANOTACIÓN DE EMBARGO: A favor de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA. 103 hasta por la suma de S/ 12,000.00.- No se conocen otras afectaciones.- POSTORES: Oblarán suma no menor a S/ 9,379.50 (NUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 50/100 SOLES) equivalente al 10% del valor de la tasación del inmueble, en efectivo o cheque de Gerencia (endosable y con una antigüedad menor a 30 días) y entregarán en original y copia: el DNI del postor y el recibo del arancel judicial correspondiente (tributo 07153), donde conste el nombre del Juzgado, el número de Expediente y Generales de Ley del postor.- EL ADJUDICATARIO: Deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate, tal y como lo señala el Art. 741 del Código Procesal Civil. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario una vez concluido el remate, de conformidad con el artículo 732 del Código Procesal Civil, la Ley del Martillero Público Nro. 27728 y su Reglamento (Artículo 18 del D.S. Nro. 008.2005 JUS) encontrándose afectos al IGV.Juez Dr. Máximo Caballero Roldán, especialista legal Dra. María Gómez Cayro .- Martillero Público Dra. Patricia Victoria Vásquez Zubieta Celular RPE 952715456 – RPM 995960240. Tacna, 2017 Agosto 07. (25, 26, 27, 28, 29 Septiembre y 02, 03 Octubre). REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA En el Exp. 00118-2015-0-2802-JPCI-02 seguido por COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA N° 103, sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO en contra de ROSARIO LUISA FLORES RUIZ y JIMMY MILTON MANRIQUE PEÑA; el Señor Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, de la Corte de Justicia de Moquegua, Dr. Julio Martín Pinazo Quispe, especialista legal Dr. Eber Colque Valdivia, ha encargado a la

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Martillero Público Dra. Patricia Victoria Vásquez Zubieta con Registro SUNARP Número 315, la realización del PRIMER REMATE JUDICIAL el día 13 de Octubre del 2017 a HORAS 12:00 del meridiano, el cual se llevara a cabo en el frontis del local del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, sito en Calle Matará N° 325 del Distrito y Provincia de Ilo, Departamento de Moquegua, del siguiente bien inmueble de propiedad de ROSARIO LUISA FLORES RUIZ y JIMMY MILTON MANRIQUE PEÑA, ubicado en MZ-92 LOTE-1 SECTOR PROMUVI VII DEL DISTRITO Y PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA, inscrito en la Partida Nº 11004136 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna, Oficina Registral Ilo.- VALOR DE TASACIÓN: Asciende a la suma de S/ 93,794.97 (NOVENTA Y TRES MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 97/100 SOLES); siendo la base del remate la suma de S/ 62,529.98 (SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE CON 98/100 SOLES), importe equivalente a las dos terceras partes del valor de la tasación.AFECTACIONES: 1) ASIENTO D00002: HIPOTECA: a favor de BANCO DE MATERIALES S.A.C. hasta por la suma de S/. 42,900.00 (CUARENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES).- 2) ASIENTO D00003: EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN: A favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE AREQUIPA S.A., hasta por la suma de S/. 32,000.00 (TREINTA Y DOS MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES).- 3) ASIENTO D00004: EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN: A favor de la Crediscotia Financiera S.A. hasta por la suma de S/. 20,000.00 con 00/100 Nuevos Soles.- 4) ASIENTO D00005: ANOTACIÓN DE EMBARGO: A favor de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA. 103 hasta por la suma de S/ 12,000.00.- No se conocen otras afectaciones. POSTORES: Oblarán suma no menor a S/ 9,379.50 (NUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 50/100 SOLES) equivalente al 10% del valor de la tasación del inmueble, en efectivo o cheque de Gerencia (endosable y con una antigüedad menor a 30 días) y entregarán en original y copia: el DNI del postor y el recibo del arancel judicial correspondiente (tributo 07153), donde conste el nombre del Juzgado, el número de Expediente y Generales de Ley del postor.- EL ADJUDICATARIO: Deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate, tal y como lo señala el Art. 741 del Código Procesal Civil. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario una vez concluido el remate, de conformidad con el artículo 732 del Código

Procesal Civil, la Ley del Martillero Público Nro. 27728 y su Reglamento (Artículo 18 del D.S. Nro. 008.2005 JUS) encontrándose afectos al IGV.Juez Dr. Máximo Caballero Roldán, especialista legal Dra. María Gómez Cayro.- Martillero Público Dra. Patricia Victoria Vásquez Zubieta Celular RPE 952715456 – RPM 995960240. Tacna, 2017 Agosto 07. (25, 26, 27, 28, 29 Septiembre y 02, 03 Octubre). SEGUNDO REMATE JUDICIAL Expediente No. 00124-2015-0-2801-JP-CI-03. En los seguidos por WENCESLADO GREGORIO CUAYLA CORE y BRIGIDA CATARE QUISPE con BERNABE JEREMIAS CORI LLIMPE y JESSENIA DEL CARMEN FLORES ACAHUANA, sobre obligación de dar suma de dinero, el 2° JUZGADO DE PAZ LETRADO - FAMILIA CIVIL- SEDE NUEVO PALACIO, a cargo de la señora Juez, Doctora ESTEFANY ROJAS CORONEL, Especialista Legal Dr. CESAR DAVID HUANCA MAQUERA, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO en segunda convocatoria el siguiente inmueble: ¬- DESCRIPCION DEL INMUEBLE: constituido por ubicado en las PAMPAS DE CHEN CHEN, MANZANA A LOTE 09, SECTOR A-9, Moquegua; con un área de 122.50 m2., cuyos linderos y medidas perimétricas son: POR EL FRENTE PRINCIPAL: CON 7 ML. CON LA CALLE No. 1. POR LA DERECHA: CON 17.50 ML CON EL LOTE No. 10. POR LA IZQUIERDA: CON 17.50 ML CON EL LOTE No. 08. POR EL FONDO: CON 7 ML CON EL LOTE 18 (RECREACION). - CARGAS Y GRAVAMENES: A.- HIPOTECA, a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Arequipa, hasta la suma de USD 22,477.00, según consta en el asiento D00003, B.- EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION ordenado por el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto, hasta la suma de S/ 10,000.00, en los seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO FINANSUR, Exp. 416-2014, según consta en el asiento D00004. C- EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION ordenado por el Primer Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto, hasta la suma de S/ 70,000.00, en los seguidos por EFRAIN MEJIA MASIAS, Exp. 395-2014, según consta en el asiento D00005. D.- EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION ordenado por e! Tercer Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto, hasta la suma de S/ 65,000.00, en los seguidos por WENCESLADO GREGORIO CUAYLA CORE y BRIGIDA CATARE QUISPE, Exp. 124-2015, según consta en el asiento D00006. E.- EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPQON ordenado por el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto, hasta la suma de S/ 5,000.00, en los seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CREDICOOP LA ISLA, Exp. 740-2015, según consta en el asiento D00007. - VALOR DE LA TASACION:

USD 55,220.00 (CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS VEINTE CON 00/100 DOLARES AMERICANOS). - BASE DEL REMATE: USD 31,291.33 (TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 33/100 DOLARES AMERICANOS), que son las dos terceras partes del valor de la tasación, menos el quince por ciento. - DIA Y HORA DEL REMATE: 17 de octubre del 2017 a horas 08:30. - LUGAR DEL REMATE: En el local del 2° JUZGADO DE PAZ LETRADO -FAMILIA CIVILSEDE NUEVO PALACIO - CONDICIONES DEL REMATE: A) LOS POSTORES: Al momento del acto de remate deberán oblar el 10% del valor de la tasación del inmueble, en efectivo o en cheque de gerencia a su nombre (sin el sello de no negociable). 2. Presentaran en el acto de remate el arancel judicial por participación en remate, que deberán adquirir en el Banco de la Nación (Código 07153), indicando número de expediente, documento de identidad y Juzgado. B) EL ADJUDICATARIO: 1. A la firma del acta de remate deberá pagar los honorarios del Martillero Publico de conformidad con el artículo 18 de D.S. No. 008-2005-JUS, 2. Deberá consignar en el Banco de la Nación el saldo de precio de adjudicación, dentro del tercer día hábil posterior a la fecha de remate. Moquegua, 01 de septiembre del 2017. Germán Casapia Soto – Martillero Público. Reg. 121; Abog. Cesar David Huanca Maquera – Segunda Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto. Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-25-26 Setiembre) AVISO DE REMATE PÚBLICO EN 1RA CONVOCATORIA DE BIEN INMUEBLE En el Expediente N° 00218-2015-0-2802-JP-CI-02 en los autos seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA No 103 contra JUANA KECARA SUNCHULLI, Sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO , el 2DO Juzgado de Paz Letrado de Ilo, de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, a cargo del Señor Juez Dr. JULIO MARTIN PINAZO QUISPE , Especialista Legal Dr. EBER COLQUE VALDIVIA, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO, EN PRIMERA CONVOCATORIA, el siguiente Bien: 1.-Inmueble Ubicado en el Asentamiento Humano PROMUVI V Sector A Mz 51 lote 2, del Distrito y Provincia de Ilo y Departamento de Moquegua, Inscrita en la Partida Electrónica N° P08013186 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Ilo –Zona Registral XIII-Sede Tacna. TASACION: En la Suma de S/.62,764.61. SOLES. BASE DE TEMATE: Las Dos Terceras Partes de la Tasación, lo que asciende a la Suma de S/.41,843.07 SOLES. AFECTACIONES:1.- EMBARGO JUDICIAL: A Favor de COOPERATIVA DE AHO-

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RRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA No 103 Hasta por la Suma de S/.18,000.00. SOLES, Inscrito en el Asiento 00006 el 2105-2015. FECHA Y HORA DEL REMATE: El Día 05 de Diciembre del Año 2017, a Horas 16:40.p.m. LUGAR DE REMATE: En la Calle Matara 325 -3ER Piso, del Distrito y Provincia de Ilo y Departamento de Moquegua. LOS POSTORES: Oblarán el 10% del Valor de la Tasación, mediante depósito, en efectivo o cheque de gerencia y presentarán el arancel y su DNI. La presente Diligencia de Remate estará a cargo del Abogado Martillero Publico Alberto Oscar Ramos Wong, con Registro Nacional No. 226, con Tlfs. #942089706 - #945010777, Email: albertooscarramos@hotmail. com. Los Honorarios del Martillero Público mas el IGV serán cancelado al finalizar el Acto de Remate y es por cuenta del Adjudicatario. Ilo, 14 de Agosto del Año 2017. (21, 22, 25, 26, 27, 28 Septiembre). REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA En el proceso seguido por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA 103 contra LUISA FELICITA FLORES MAMANI, sobre obligación de dar suma de dinero, Expediente Nº 00143-2015-0-2802-JP-CI-02, el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, a cargo del Juez, Dr. Julio Martín Pinazo Quispe y Especialista Legal, Dr. Usmelda Valdivia Flores, ha dispuesto sacar a remate en primera convocatoria el inmueble ubicado en Asentamiento Humano Programa Municipal de Vivienda N° IV, Nuevo Ilo, Mz. 17, lote 02, Distrito y Provincia de Ilo y Departamento de Moquegua, cuyo dominio, linderos y medidas perimétricas obran inscritas en la Partida Nº P08024961 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII. El bien ha sido valorizado en S/. 67,905.85 (SESENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CINCO CON 85/100 NUEVOS SOLES), siendo el precio base en primera convocatoria la suma de S/. 45,270.57 (CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA CON 57/100 NUEVOS SOLES) que equivale a las dos terceras partes del valor de tasación comercial del bien. AFECTACIONES: 1) Hipoteca preventiva a favor de ENACE, hasta por la suma de S/. 6,900.00; 2) Hipoteca a favor del Banco de Materiales, hasta por la suma de S/. 6,640.00; 3) Embargo en forma de inscripción, a favor de la ejecutante y con motivo de autos hasta por S/. 20,000.00 y 4) Embargo en forma de inscripción, a favor de la ejecutante hasta por S/. 4,500.00 ordenado por el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, con motivo del Exp. N° 277-2015; inscritos en los asientos 00003, 00006, 00008 y 00009 de la Partida P08024961 del Registro de Propiedad Inmueble de

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la Zona Registral N° XIII, respectivamente. El remate se realizará el día SIETE DE NOVIEMBRE DEL PRESENTE AÑO DOS MIL DIECISIETE, A LAS NUEVE Y QUINCE DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado ubicado en calle Matará N° 325, de ésta ciudad. Esta diligencia estará a cargo del Martillero Público Abraham Mariñas Sánchez, con Registro N° 224 Los postores deberán oblar una cantidad no menor a S/. 6,790.58 que equivale al 10% del valor de la tasación, en efectivo o cheque de gerencia y presentarán el original del arancel judicial (cod. 07153) en el que debe estar consignado el número del Expediente, Juzgado y el número de documento de identidad del postor (arancel debidamente suscrito y copia del documento de identidad). COMISION DEL MARTILLERO: Será de cargo del adjudicatario, según lo dispuesto en la tabla de honorarios establecida en el Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS + IGV y deberá ser cancelada al finalizar el remate. Ilo, 04 de setiembre del 2017. (21, 22, 25, 26, 27, 28 Septiembre).

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RECTIFICACION DE PARTIDA Ante el Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, Juez Juan Porfirio Paredes Romero, Secretario Raul Angel Ccallo Calli conforme Exp. Nro. 0337-2017-0-2801-JM-CI-02, DALIA SALAS CHAMBILLA sigue proceso de Rectificación de Partida de Nacimiento en la modalidad de Cambio de Nombre a fin de que se cambie su nombre de DALIA SALAS CHAMBILLA por TANIA DALYA SALAS CHAMBILLA; habiéndose admitido a trámite la demanda conforme Res. Nro. 02, se pone en conocimiento para quienes tengan interés en oponerse, fijándose fecha para audiencia a llevarse el 27-11-2017 a horas 11:30 en el local del juzgado, disponiéndose las publicaciones de ley.- Moquegua, 21 de Setiembre del 2017. Wilber Kenny Cordova Cordova – Abogado. C.A.M 174; Abog. Raul Angel Ccallo Calli – Secretario Judicial – Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (25 Setiembre) EDICTO PENAL

CAMBIO DE NOMBRE CAMBIO DE NOMBRE Ante el Segundo Juzgado Mixto de Moquegua, que despacha el Juez Fredy Fernández Sánchez, con la intervención de la Especialista Gaby Nina Escobar, en el Exp. N5 3092017, se ha emitido la sentencia N° 053-2017-JMMN (Resolución N° 05) de fecha 12 de Setiembre del 2017, en la que FALLO: 1) Declarando FUNDADA la demanda interpuesta por MIRIAM DUEÑAS LEVITA, sobre Cambio de Nombre en la Partida de Nacimiento N° 60678386 de su menor hija JESSENIA LORETTA TICONA DUEÑAS, que obra en la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto, departamento Moquegua. 2) DISPONGO: Que, ante la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto, del departamento de Moquegua, en la Partida de Nacimiento N° 60678386 del año 2000, se proceda a suprimir el segundo pre nombre de su menor hija JESSENIA LORETTA TICONA DUEÑAS, debiendo figurar en lo sucesivo como JESSENIA TICONA DUEÑAS; sin constituir prueba de filiación. 3) PUBLIQUESE la presente sentencia en el diario La República y, consentida que quede la misma, REMITASE los partes judiciales para que se proceda a la anotación respectiva, previo pago de los aranceles judiciales pertinentes. 4) SIN COSTAS, Nl COSTOS del proceso. Moquegua, 22 de Setiembre del 2017. Felipe Jhonson Vellano Laque – Abogado. CAM N°796; Abog. Gaby Edith Nina Escobar – Secretario Judicial – Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua (25 Setiembre) RECTIFICACION DE PARTIDA

EDICTO PENAL Expediente Nº 00563-2017-51-2801-JR-PE-02. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Gloria Marisol Cuayla Choque. Se cita y emplaza a don YILMAR GUSTAVO SALAZAR CÁRDENAS, identificado con DNI N° 45585497, de sexo masculino, de fecha de nacimiento 04 de diciembre de 1988, de 28 años de edad, estado civil soltero, lugar de nacimiento Samuel Pastor- Camaná -Arequipa, hijo de Yilmer Santos y Maria Magdalena, a efecto de que se ponga a derecho, debido a que mediante Resolución Nº 03 de fecha 25 de agosto del 2017 ha sido declarado Reo Ausente, disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerlo a disposición de este juzgado dentro del horario de jornada laboral a efecto de que afronte la audiencia única de juicio inmediato en su contra; sin perjuicio de que informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor al doctor Alberto Bonifacio Castillo, quien deberá hacerse cargo de la defensa del citado acusado. SE DISPONE la citación del acusado ausente mediante edictos a fin de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar la audiencia única de Juicio Inmediato. SE DISPONE el archivo provisional de la presente causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado el acusado ausente. Fdo. Claudio Washington Altamirano Be-

llido - Juez Titular del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Gloria Marisol Cuayla Choque - Especialista Legal.- Moquegua, 12 de setiembre de 2017. (25-26-27 Setiembre) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 638-2015-99-2801-JR-PE-02. SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPATORIA DE MARISCAL NIETO. En el proceso N° 638-2015-99-2801-JRPE-02, seguido en contra de Alan Relly García Valdivia y otros, por el delito de Atentado contra el derecho de sufragio, en agravio del Estado, el Señor Juez encargado del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por EDICTOS a la imputada LIVIA MAMANI CARTA con la Resolución número diez de fecha trece de septiembre del dos mil diecisiete, mediante el cual se ha dado cuenta: SEÑALAR fecha y hora para la REALIZACION de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO para el día TRECE DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISIETE, a las NUEVE HORAS (Hora exacta) en las instalaciones de la Sala N° 3 de la Nueva Sede de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, sito en el Malecón Ribereño S/N de esta ciudad. Audiencia que se instalará con los asistentes a quienes se escuchará por su orden para debatir los fundamentos del requerimiento del fiscal. FIRMADO. DR. JORGE EDUARDO GARCÍA APAZA. JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. DRA. IRMA LIPA FIGUEROA, ESPECIALISTA DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. Moquegua, 21 de septiembre del 2017. (25-26-27 Setiembre) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 00348-2012-12-2802-JR-PE-02, El Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de 110 que despacha el señor Juez Edgardo Carpio Yzaguirre, notifica mediante edicto, a los representantes o a la sucesión de Q. E. V. F José Manuel Rodríguez Segura, el contenido de la Resolución N°11 de fecha doce de septiembre de dos mil diecisiete que dispone: REPROGRAMAR la realización de la audiencia de control de ejecución para el día treinta y uno de octubre del año dos mil diecisiete a horas nueve, la misma que se llevará a cabo en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación preparatoria de 110 ubicada en la calle Matará 325 - llo (ex sala laboral). Tómese razón y hágase saber.-. Especialista Legal Mayra Patricia Pacheco Pachao.- (22, 25, 26 Septiem-

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bre). EDICTO PENAL Expediente N° 705-2016-74-2801-JRPE-2. SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. En el proceso N° 705--2016-74-2801-JR-PE-02, seguida en contra de MARIO PUMA FERNÁNDEZ, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio del menor de iniciales J.E.P.A Rep. por Lourdes Frida Asencio Ramos; el señor Juez encargado del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a MARIO PUMA FERNÁNDEZ, con el acta de audiencia de ejecución de sentencia de revocación de la suspensión de la pena de fecha 14/09/17, mediante la cual se dispuso REPROGRAMAR la audiencia para el día 02/10/2017, a las 9:30 am en la SALA DE AUDIENCIAS N° 02 DE LA CORTE SUPRIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA, DISPONIÉNDOSE que el sentenciado sea notificado tanto en el domicilio señalado en la ciudad de Moquegua, así como en la ciudad de Puno y con el objeto de asegurar su presencia también se haga Vía Edictos, SE DISPONE además las notificaciones se hagan en forma oportuna a fin de poder contar con las notificaciones y evitar mayores dilaciones.Extracto del REQUERIMIENTO DE REVOCACIÓN DE LA SUSPENSIÓN DE LA PENA de fecha 19/07/17.En el caso de autos, mediante Resolución N° 06 (Sentencia) de fecha 24 de febrero del 2017, se sentenció a Mario Puma Fernández, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, previsto y penado en el primer párrafo del artículo 149° del Código Penal, en agravio de la menor de iniciales J.E.P.A., representada por su señora madre Lurdes Frida Asencio Ramos, siendo sujeto a reglas de conducta, entre las cuales se encuentra, reparar los daños ocasionados por el delito. Que de la revisión del cuaderno de Ejecución de Sentencia, se advierte que el sentenciado Mario Puma Fernández, no ha cancelado ninguna de las cuotas de la reparación civil, por lo tanto, no está cumpliendo con las reglas de conducta impuesta por el Juzgado en la sentencia como es : 3) El sentenciado reparará el daño ocasionado por el delito; motivo por el cual, este Ministerio Público SOLICITA la REVOCATORIA DE LA SUSPENSIÓN DE LA PENA al sentenciado MARIO PUMA FERNÁNDEZ, conforme a lo dispuesto por el inciso 3 del artículo 59° del Código Penal. FIRMADO. DR. JENRRY DEYVI CORRALES ARANIBAR. JUEZ PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. ABOG. VANESSA MALAGA BUSTAMANTE ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL.- Moquegua, 14 de setiembre del 2017. (20-21-22 Setiembre)

EDICTO PENAL Expediente Nro.: 00289-2016-16-2801-JR-PE-03. Juzgado: Tercer Juzgado Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. Se hace saber y emplaza : Al acusado JUAN EDGAR MAMANI WICHATA, con la Resolución N° 03. De oficio, revisados los actuados se advierte que el imputado Juan Edgar Mamani Wichata, no cuenta con abogado defensor particular, por lo que a fin de no vulnerar su derecho de defensa y evitar nulidades posteriores, se dispone requerir al imputado Juan Edgar Mamani Wichata, para que en el plazo de VEINTICUATRO HORAS de notificado, cumpla con designar abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de incumplimiento designarle abogado defensor de oficio para que asuma su defensa..- Firmando Dr. Rafael Bartolomé Copaja Mamani - Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, Abog. Yeny Mendoza Condori, Especialista Legal - Módulo Penal. Moquegua, 18 de Setiembre de 2017. (20-21-22 Setiembre) EDICTO PENAL Expediente Nro.: 00289-2016-16-2801-JR-PE-03. Juzgado: Tercer Juzgado Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. Se hace saber y emplaza : Al acusado JUAN EDGAR MAMANI WICHATA, con el requerimiento de Mixto presentado por el Cuarto Despacho de Investigación de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Nieto, en contra de los imputados Carlos Percy Vilca Romero, Nicomedes Justo Condori Valdez, Ángel Paulino Mamani Roque, Paulino Aristides Caceres Cari, Jesús Lino Carpio y Felix Valentin Vilca Condori por el delito Contra la Administración Pública en la modalidad de Colusión y Negociación Incompatible, en agravio de Municipalidad Distrital de Ichuña, solicitando cinco años de pena privativa de libertad, y una reparación civil de S/. 62, 647.32 soles que en forma solidaria deberán pagar los acusados, ofreciendo como medios de prueba, testigos y otras diligencias, y con la Resolución número uno, por la cual se corre traslado a los sujetos procesales por el plazo perentorio de diez días útiles. Firmando Dr. Rafael Bartolomé Copaja Mamani - Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, Abog. Yeny Mendoza Condori, Especialista Legal - Módulo Penal. Moquegua, 18 de Setiembre de 2017. (20-21-22 Setiembre)

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA SALA MIXTA MOQUEGUA Audiencia Publica Extraordinaria - Tercer Trimestre 2017

Resolución N° 01

Moquegua, cinco de septiembre de dos mil diecisiete.

VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Conforme lo dispuesto mediante Decreto Ley veinticinco mil cuatrocientos setenta y seis publicado en el Diario Oficial, con fecha seis de agosto de mil novecientos noventa y dos y su reglamento aprobado con Resolución Administrativa N° 08-2011-SP-CS-PJ, publicado con fecha dieciocho de marzo del dos mil once en el Diario Oficial, que establece que las Salas Penales de las Cortes Superiores de la Republica, procederán a realizar \una Audiencia Pública Extraordinaria en forma trimestral, con el objeto de garantizar que los procesos penales se tramiten dentro de los plazos fijados por ley y el derecho de toda persona procesada a ser juzgada dentro de un plazo razonable o bien a ser puesta en libertad. SEGUNDO: Que, es responsabilidad del Presidente de la Sala Mixta - Penal su estricto y fiel cumplimiento, de conformidad con la Resolución Administrativa N° 013-2008-CE-PJ, de fecha veintiséis de enero de dos mil ocho, mediante el cual el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dispone que esta Sala Mixta de Moquegua conozca de los procesos penales en liquidación, respecto de las provincias de Mariscal Nieto y Sánchez Cerro, con la asistencia de la Fiscalia Superior. Por estos fundamentos, SE RESUELVE: PRIMERO: Conforme al Rol de Audiencias de esta Sala PROGRAMAR para el día VIERNES VEINTINUEVE DE SEPTIEMBRE del año dos mil diecisiete, a las DIEZ HORAS, la realización de la AUDIENCIA PUBLICA EXTRAORDINARIA correspondiente al Tercer Trimestre del año judicial dos mil diecisiete, en la competencia territorial de la Sala Mixta de Mariscal Nieto -Moquegua, la misma que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias número diez de la Sede Moquegua. SEGUNDO: Que por secretaria se formule la razón general de los procesos con Reo en Cárcel pendientes de audiencia, otras con reos libres igualmente pendientes de audiencia y una de instrucciones que se encuentren en la Fiscalía con indicación de número y fecha de entrega.

TERCERO: MANDARON: Se oficie al Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, Juzgado Mixto de Sánchez Cerro Omate y Fiscalía Superior Penal en Liquidación de Mariscal Nieto, Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Nieto (Despacho en Liquidación) y Fiscalía Provincial Mixta de General Sánchez Cerro, para que cumplan con elevar las relaciones de causas en general que giren en sus respectivos Despachos, respecto a los procesos penales en liquidación, para dar cuenta en el acto de la audiencia.

CUARTO: Se oficie al Director del Establecimiento Penitenciario de Moquegua, para que remita la relación de detenidos cuyas causas están pendientes de juzgamiento con indicación del tiempo que permanecen en forma discriminada del Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, del Juzgado Mixto de Sánchez Cerro - Omate y de la Sala Mixta de Moquegua. Publíquese la presente resolución en el Diario "La Republica" por el término de ley. REGISTRESE Y HAGASE SABER.S.S. GONZALEZ AGUILAR. COAGUILA MITA. RODRIGUEZ BARREDA.

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA

Viernes, 22 de setiembre del 2017

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA

EDICTO

EDICTO Ilo, 18 de setiembre de 2017 La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-JODECMA-CSJMO/PJ, realizara la VISITA JUDICIAL ORDINARIA en el mes de octubre del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha:

Organo Jurisdiccional

Día

Hora de Inicio

Juzgado de Familia de Ilo

Miércoles 18

08:00

Moquegua, 18 de setiembre de 2017

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara la VISITA JUDICIAL ORDINARIA en el mes de octubre del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha:

Organo Jurisdiccional Primer Juzgado de Paz Letrado de Ilo

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencia, proseguirá con sus diligencias programadas.

Día

Hora de Inicio

Viernes 20

08:00

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencia, proseguirá con sus diligencias programadas.

MAGISTRADO CONTRALOR DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIONES, QUEJAS Y VISITAS DE LA ODECMA MOQUEGUA

MAGISTRADO CONTRALOR DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIONES, QUEJAS Y VISITAS DE LA ODECMA MOQUEGUA

YOHEL WUILVER CORNEJO CHAVEZ MAGISTRADO CONTRALOR DE ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA

EDICTO EDICTO Moquegua, 18 de setiembre de 2017

Moquegua, 18 de Setiembre de 2017

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-JODECMA-CSJMO/PJ, realizara la VISITA JUDICIAL ORDINARIA en el mes de octubre del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha:

Organo Jurisdiccional

Día

Juzgado de Trabajo de Mariscal Nieto

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara la VISITA JUDICIAL ORDINARIA en el mes de octubre del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha:

Órgano Jurisdiccional

Día

Hora de Inicio

Juzgado Mixto de llo

Viernes 27

08:00

Hora de inicio

Martes 24

08:00

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencia, proseguirá con sus diligencias programadas.

MAGISTRADO CONTRALOR DE LA UNIDAD DE QUEJAS, INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA MOQUEGUA

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencia, proseguirá con sus diligencias programadas.

MAGISTRADO CONTRALOR DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIONES, QUEJAS Y VISITAS DE LA ODECMA MOQUEGUA

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE ILO ______________________________________________________________________________________________ PODER JUDICIAL DEL PERU

AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA

Resolución N° 01

Ilo, cinco de Setiembre Del dos mil diecisiete.-

VISTOS: El Decreto Ley 25476 publicada en el Diario Oficial El Peruano”, con fecha 06 de agosto de 1992 y su Reglamento aprobado con Resolución Administrativa N° 08-2011-SP-CS-PJ publicado con fecha 18 de Marzo del 2011 en el Diario Oficial; y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que las Salas Penales de las Cortes Superiores de la República, procederán a realizar una Audiencia Pública Extraordinaria en forme trimestral, con el objeto de controlar el cumplimiento de la duración de los plazos procesales de instrucción y de juzgamiento de los procesos penales ordinarios con encausados en cárcel y libres, así como de los procesos sumarios con encasado en cárcel, ordenando la libertad inmediata cuando la libertad bajo vigilancia de los acusados con carcelería haya vencido; y en su caso, dictar las medidas de corrección y disciplinarias que correspondan; y siendo responsabilidad del Presidente de la Sala Mixta – Penal su estricto y fiel cumplimiento, con la asistencia del Señor Fiscal.

RESOLVIERON: 1.- Conforme al rol de Audiencias de ésta Sala PROGRAMAR para el día VEINTISIETE DE SETIEMBRE DEL PRESENTE AÑO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo, la realización de la AUDIENCIA PUBLICA EXTRAORDINARIA correspondiente al Tercer Trimestre del año Judicial dos mil diecisiete en la competencia territorial de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo;

2.- ORDENARON: Que por secretaría se formule la razón general de las instrucciones ordinarias con reo en cárcel pendientes de audiencia, otras con reos libres igualmente pendientes de audiencia y una de instrucciones que se encuentren en el Despacho del Fiscal, con indicación de número y fecha de entrega, asimismo con formular una razón por cada causa presentada con los datos consignados en el artículo 3° numeral 2) del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias; 3.- MANDARON: Se oficie al Juzgado Mixto competente de materia Penal en liquidación y Fiscalías, para que cumplan con elevar las relaciones de causas en general que giren en sus respectivos Despachos, respecto a los procesos penales en liquidación conforme lo dispone el artículo 03 numeral 03 del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias, ello para dar cuenta en el acto de la audiencia. 4.- DISPUSIERON: Se oficie al Director del Establecimiento Penitenciario de Samegua-Moquegua, para que remita la relación de detenidos cuyas causas están pendientes de juzgamiento, incluidos los procesos penales sumarios, con indicación del tiempo que permanecen detenidos, dando cuenta de ello en la Audiencia y se publique la presente resolución en el Diario “La República” por el término de ley.-

S.S. RUIZ NAVARRO. ALEGRE VALDIVIA. CUPE CALCINA.