CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO
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La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
AVISOS JUDICIALES EDICTO JUDICIAL Se hace conocer que ante el Juzgado de Paz Letrado de Santiago, baje le dirección del señorc Juez KARINA VALIA OCHOA MONTUFAR ene Proceso Civil N° 02927-2018-0-1018-JP-CI-01, JAVIER RONY LLACSA DAZA, viene solicitando la sucesión intestada de quien en vida fue, FABIANA DAZA HANCCO, fallecido el 16 de mayo del 1998, inscrito Registro ce Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Arequipa. Se publica a efecto de que tomen conocimiento las persones que tengan interés sucesorio.
pernumerario Francisco Ponce Atencio y bajo la actuación de la secretaria judicial Yaquelin Chipana Catalán, se viene tramitando el proceso Nro. 79-2018-CI, en el cual se ha dispuesto la publicación del edicto judicial (extracto de la Resolución Nro. 01 del 30-10-2018): SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la solicitud de Sucesión intestada de QEVF MARIA ERNESTINA AÑAMACO CONTRERAS interpuesta por NAYDA LECHUGA AÑAMACO, en la vía de PROCESO NO CONTENCIOSO, en tal virtud notifíquese al recurrente, co-supuesto heredero único, al Ministerio Publico y la Beneficencia Publica de Cusco.
Santiago, 22 de enero del 2019.
Maranura, 22 de enero de 2019.-
MARIA EUGENIA MACEDO CASTILLO SECRETARIA JUDICIAL
YAQUELINE CHIPANA CATALAN SECRETARIA JUDICIAL
P. 7268573 F. (05 FEB)
R. C (04, 05, 06 FEB)
EDICTO Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Santiago, que despacha la Señora Juez Doctora Karina Valia Ochoa Montufar, bajo la actuación de la Especialista Legal Carmen Rosa Delgado Sánchez, en el Proceso N° 2926-2018-0-1018-JP-CI-01, se ha dispuesto notificar con lo siguiente: Resolución Nro. 01.- Santiago, 03 de diciembre del 2018.- (...) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la solicitud presentada por JAVIER RONY LLACSA DAZA sobre SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fue MATEO LLACSA ALVAREZ en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO (...). Lo que se publica para fines de ley.
EDICTO JUDICIAL SALA CIVIL(EX 1°) - SEDE CENTRAL EXPEDIENTE: 02723-2017-58-1001-JR-CI-02 MATERIA: NULIDAD DE ACTO JURIDICO Resolución Nro. 18 Cusco, 29 de enero de 2019. Habiéndose producido discordia respecto del auto venido en grado de apelación, por cuanto en el VOTO de la Señora Juez Superior Karinna Justina Holgado Noa, al que se adhiere la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar opina por: “DECLARARON LA NULIDAD de la resolución N° 13 de fecha 5 de noviembre de 2018 que resuelve declarar: “INFUNDADA la excepción de falta de legitimidad para obrar del demandante..” y, NULO TODO LO ACTUADO hasta la resolución N° 12 debiendo correr traslado a la parte demandante del medio de prueba materia de proceso. .Y devolvieron los actuados”; y en el VOTO EN DISCORDIA de la Señorita Juez Superior Begonia del Rocío Velásquez Cuentas, es porque: “se anule el auto apelado así como se anule todo lo actuado hasta la calificación de la demanda, con la precisión efectuada en el fundamento 3.5. Y se devuelva”. (...).DISPUSIERON llamar como Juez Superior dirimente al Señor Juez Superior Yuri Jhon Pereira Alagón integrante de este Tribunal; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA para el 11 DE MARZO DE 2019, a horas 3:00 DE LA TARDE, (...).- Integran el Colegiado los Señores Jueces Superiores Luis Fernando Murillo Flores, Yuri Jhon Pereira Alagón, y Yenny Margot Delgado Aybar de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Administrativa No. 001-2019-P-CSJCU-PJ.S.S. Media Firma de los Señores Jueces Superiores MURILLO FLORES, PEREIRA ALAGÓN Y DELGADO AYBAR .Firma de la Secretaria de la Sala Civil de Cusco, Roxana Bohórquez Abarca.
Santiago, 16 de enero del 2019 CARMEN ROSA DELGADO SÁCHEZ SECRETARIO JUDICIAL P. 7268573 F. (05 FEB) AVISO JUDICIAL Ante el juzgado de paz letrado del distrito de San Sebastian que corre bajo la dirección del señorita magistrado Dra. Lynda Vargas Manga, en el proceso judicial No. 002459-2018-0-1001-JP-CI-03 seguida por GIOVANNA GISELA LOPEZ VILCHEZ sobre SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fue CESAR CIPRIANO ALE POLAR, fallecido en fecha 22 de abril del 2018, para que se les declare como sus únicos y universales herederos legales a sus hijos : BRUNO MATEO ALE LÓPEZ; JOAQUIN HJALMAR ALE LOPEZ; y a CESAR RODRIGO ALE OLAZABAL; ARIANA CAMILA ALE OLAZABAL, FERNANDO MATEO ALE OLAZABAL y a 1a cónyuge superstite VELMY CELIA OLAZABAL QUENAYA, por lo que se ha dispuesto se proceda a la notificación edictal, a las personas que pudieran invocar- derecho sucesorio en el caso presente, lo que se pone en conocimiento de los interesados para los fines consiguientes, media firma del especialista y firma completa de la señorita Juez. San Sebastian, 25 de enero del 2019 JUAN RONALD BORNAS GUERRA SECRETARIO JUDICIAL P. 7270950 F. (05 FEB) AVISO JUDICIAL En Proceso Nro. 1948-2018 -Ante el juzgado de paz letrado de San Sebastián Despachado por la Srta. Juez Dra. Lynda Vargas bajo la actuación de la secretaria Dra. Antonina Ponce de León, FRESSIA ERASMA RODRIGUE MAMANI Solicita RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE MATRIMONIO por haberse considerado a la contrayente como Erasma Rodríguez Mamani debiendo ser en forma correcta FRESSIA ERASMA RODRIGUEZ MAMANI lo que se publica para los fines de ley.- S.S. 31-012019. ANTONINA PONCE DE LEON PAGUADA SECRETARIA JUDICIAL P. 7270588 F. (05 FEB) RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO En el Exp. N° 2019-004, seguido ante el Juzgado de Paz Letrado de Tinta, que Despacha el Sr. Juez Wilber Huaraya Tito, bajo la actuación del secretario judicial Pascual. Catari P. Se viene tramitando la Rectificación de Partida de Nacimiento solicitada por JUAN DOMINGO RODRIGUEZ ESCALANTE, por no haberse consignado en la Partida de Nacimiento de su cónyuge supérstite la que fue Zulma Elena Zavaleta Masciotti; respecto al primer nombre de pila consignado como Sulma, debiendo ser lo correcto ZULMA. . Así mismo respecto al apellido materno de su progenitor, que no se ha considerado, debiendo considerarse como hija de “SEVERO ZAVALETA ALVAREZ”; Lo que se publica para los fines de Ley.Tinta, 23 de Enero del año 2019. PACUAL CATARI PARIPANCA SECRETARIO JUDICIAL P. 7270581 F. (05, 07, 11 FEB) EDICTO JUDICIAL Por ante el Primer Juzgado de paz Letrado de Cusco, bajo el Despacho de la Señora Juez Doctora MARIA DEL CARMEN VILLAGARCIA VALENZUELA y bajo la actuación de la Secretaria Judicial Catalina Salazar Miranda, se tramita el expediente Nro. 03033-2018-0-1001-JP-CI-01, seguido por CARLOS RAMON LASTEROS BARCENA, solicita en la Vía del Proceso No Contencioso la rectificación de su Partida de Nacimiento, en lo que respecta al haberse omitido en consignar el segundo nombre de pila y apellido materno de su señor padre, asimismo se ha omitido en consignar el apellido materno de su señora madre del recurrente, consignado erróneamente como “MIGUEL LASTERIOS” y “ELSA LUCY BARCENA” siendo lo correcto “MIGUEL ARMANDO LASTEROS MENDOZA”, y “ELSA LUCY BARCENA VILLASANTE” se efectúa la presente publicación para los fines consiguientes de ley. Cusco, 18 Enero del 2019. CATALINA SALAZAR MIRANDA SECRETARIA JUDICIAL
J. S (01, 04, 05 FEB) EDICTO PENAL - ACOMAYO Ante el Juzgado de investigación Preparatoria de Acomayo, que despacha la señora Magistrada Kelyn Hayde Tapia Llerena; bajo la actuación del Especialista Legal Abg. María Eugenia Li Meza Salas, se viene tramitando el proceso penal N° 00033-2017-28-1003-JR-PE-01, sobre delito de Estafa Agravada, contra Erick Homero Rojas Juica; Miguel Ángel Membrillo Leguía; Rosa Elizabeth Mendoza Alfaro y Juan Carlos Chanpoñan Gutiérrez: como presuntos autores del delito contra el patrimonio en la modalidad de Estafa y otras defraudaciones, sub tipo Estafa Agravada y otros en agravio de Banco de la Nación - Agencia Acomayo, en la cual se ha dispuesto notificar a los imputados referidos con el extracto de la resolución seis fija fecha de audiencia de control de Sobreseimiento; cuyo tenor as el siguiente: “Resolución N° 06 Acomayo, veinticuatro da enero del Año dos mil diecinueve.DE OFICIO: Estando a la revisión del presente incidente se advierte que ia audiencia programada dentro del presente proceso se ha señalado para el día viernes 25 de Enero del 2019; sin embargo, por error involuntario no se ha cumplido con efectuar las publicaciones de los Edictos Judiciales para que ¡os imputados declarados como ausentes tengan conocimiento de la programación de audiencia; por tanto, en aplicación de! principio de equidad y a fin de evitar nulidades posteriores, RBPROGRÁMESE FECHA para el verificativo de la audiencia de Sobreseimiento, !a misma que se llevará a cabo el día LUNES DIECIOCHO DE MARZO DEL AÑO EN CURSO A LAS NUEVE DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS en la segunda sale de audiencias del Establecimiento Penitenciario del Penal de varones de Quenccoro de la ciudad del Cusco; subsistiendo los apercibimientos decretados en autos; pare tal efecto GÍRESE LOS OFICIOS CORRESPONDIENTES. Así mismo, publíquese los Edictos Judiciales correspondientes a través de la Página Web del Poder Judicial.” Lo que se publica para los fines de ley. Sigue media firma de la señora Magistrada.Acomayo, 24 de Enero del 2019. J. S (01, 04, 05 FEB) EDICTO JUDICIAL Expediente N° 00626-2018-0-1001-JR-CI-04. ante el Cuarto Juzgado Civil del Cusco, que Despacha la Doctora FANNY LUPE PEREZ CARLOS; bajo la actuación del Especialista Legal Fresh Lennin García Luna, se ha dispuesto la publicación edictal a efecto de y a efecto de verificar el emplazamiento de SEBASTIAN PINO LLAMOCCA y FRANCISCA LLAMOCCA VILLACORTA, con el contenido de las siguiente resolución: RESOLUCIÓN Nro. 02, Del 15 de mayo de 2018, (...)AUTO ADMISORIO (...) VISTO; (...); Y CONSIDERANDOS … U.- 1.- ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por MARIO CARLOS BERMUDEZ HUAYNASI, contra LA COMUNIDAD CAMPESINA DE AYARMARCA PUMAMARCA representado por WENCESLAO ACUSE CCOSCCO, con CITACIÓN DE: I) MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN; II) FRANCISCA LLAMOCCA VILLCORTA, Y III) SEBASTIAN PINO LLAMOCCA, IV) JUAN HUANUCO HUACHACA y V) ASOCIACION PROVIVIENDA SR DE TAYANCANI representado por VICTOR CCAPATINTA PAJA sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO CON TUSTO TITULO respecto del predio ubicado en la APV SEÑOR DE TAYANCANI MANZANA A LOTE 8 del distrito de San Sebastián, provincia y departamento de Cusco,; en la vía del PROCESO ABREVIADO, confiérase traslado a los demandados por el término de DIEZ DIAS.-2.- Conforme a lo dispuesto por la norma del artículo 506 del Código Procesal Civil: PUBLIQUESE un extracto del Auto Admisorio de la Demanda por tres veces con intervalo de tres días en la forma prevista por los articulo sl67° y 168° del mismo cuerpo legal.- (...). RESOLUCIÓN Nro. 09, Del 22 de noviembre de 2018, (...) Dando cuenta al escrito con ingreso CDG N° 32911-2018.- Al Principal.- Conforme lo establece el Artículo 165 del Código Procesal Civil, que establece “ La notificación por edictos procederá cuando se trate de personas inciertas o cuyo domicilio se ignore. En este último caso, la parte debe manifestar bajo juramento o promesa que ha agotado las gestiones destinadas a conocer el domicilio de la persona a quien se deba notificara...)”; y estando a la declaración jurada realizada por el demandante Mario Carlos Bermunez Huaynasi se Dispone emplazar por edictos a las partes procesales integradas por SEBASTIAN PINO LLAMOCCA y FRANCISCA LLAMOCCA VILLACORTA para que se apersone al proceso dentro del plazo de ley bajo expreso apercibimiento de NOMBRARSELES CURADOR PROCESAL; (.).Cusco, 22 de enero de 2019. FRESH LENNIN GARCIA LUNA SECRETARIO JUDICIAL
P. 7270590 F. (05 FEB)
EXPEDIENTE N° 79-2018-CI
Cusco, 30 de enero de 2019.
EDICTO JUDICIAL
Ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura, despachado por el Juez Su-
P. 7247564 F. (30 ENE, 05, 11 FEB)
Martes, 5 de febrero del 2019
Martes, 5 de febrero del 2019
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Martes, 5 de febrero del 2019