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ECONOMÍA
Lunes 6 de noviembre del 2017 GESTIÓN
PROYECTO NORMATIVO DE FISCALIZACIÓN LABORAL
Establecen reglas para saber cuándo hay un contrato de trabajo El proyecto de protocolo de fiscalización para la formalización incluye un cuestionario que de ser respondido o evidenciarse que es afirmativo determinará que existe un contrato de trabajo. MIGUEL ALONSO JUAPE PINTO
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La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) prepublicó un proyecto del protocolo de fiscalización para la formalización laboral, para recibir comentarios hasta el 15 de noviembre. Será aplicable a todas las empresas de la actividad privada, y contiene la forma en que deben desarrollarse las actuaciones inspectivas de comprobación de datos, visitas de inspección y comparecencias, los criterios para la determinación de la existencia de una relación laboral, los criterios para verificar la inscripción en la seguridad social, los cuestionarios a realizarse al personal y a la
empresa respecto a las características de la relación contractual, entre otros. Se precisó que los indicios para determinar que existe una relación laboral no deben evaluarse de manera aislada sino de forma conjunta y atendiendo a cada circunstancia particular con la finalidad de evitar las arbitrariedades. En cuanto al cuestionario, si alguna de las respuestas se responde afirmativamente o existen indicios para que el inspector concluya que la respuesta es afirmativa (aunque se mienta), se tratará de una relación laboral encubierta (ver tabla). Ello, debido a que con la finalidad de constatar si existe una relación laboral encubierta, el inspector al verificar que existe una discordancia entre los documentos (contratos y otros) y los hechos verificados, debe primar estos últimos (principio de primacía de la realidad). Sin embargo, la aplicación de este principio debe estar
USI
ANÁLISIS
CÉSAR PUNTRIANO Abogado laboralista
Habrá mayor certeza
debidamente sustentada y constar en las medidas de requerimiento, informe de actuaciones inspectivas o actas de infracción. Hechos a verificar El inspector verificará la planilla electrónica del empleador, personal registrado, terceros (independientes), en formación (practicantes y otros) y locación de servicios, y realizará una verificación aleatoria. Un elemento determinante será establecer si existe una subordinacióndeltrabajadoralempleador, para lo cual se detalla, la revisión del control de entrada y salida, pero no solo el registro sino hojas de tareo, cuadernos de vigilancia, entre otros. También a asignación de correos electrónicos, fotocheck , computadoras, memorandos, circulares, cartas , envío de correos, invitación a celebraciones de la empresa, licencias, entrega de indumentaria, si ha participado en capacitaciones, y otros.
Plazo. Se recibirán opiniones al proyecto hasta el 15 de noviembre.
Cuestionario que hará el inspector de trabajo en una fiscalización Preguntas al trabajador no registrado o independiente ¿Usted registra su asistencia, a través de qué documentos (físico o virtual)?¿Cuál es su hora de ingreso y salida del trabajo? ¿Quién le señala las funciones que tiene que realizar? ¿En alguna ocasión recibió una sanción? ¿Cómo se hizo efectiva? ¿Le indicaron que tenía que cumplir funciones? ¿Cómo? ¿Cuál es el monto y la periodicidad del pago que recibe? ¿Cuando tiene una inasistencia o llega tarde se le descuenta? ¿Qué materiales se le ha entregado para sus funciones? ¿Quién es su jefe inmediato? Preguntas al jefe inmediato o empleador ¿Qué actividades realiza el supuesto trabajador? ¿Qué días y en qué horario ingresa y sale el supuesto trabajador? ¿A través de qué medio se realiza el pago? ¿Cuál es el monto y periodicidad de pago? ¿Qué tipo de contrato tiene con el supuesto trabajador (civil, tercerización, otros)? ¿Le imparte órdenes al supuesto trabajador? Fuente: Proyecto de protocolo de Sunafil
Elaboración: Gestión
E
l proyecto proporciona herramientas para que el inspector califique una relación aparentemente independiente como laboral; y tiene como anexo unos cuestionarios que el inspector debe realizar en su inspección. Es positivo que los empleadores conozcan los criterios que seguirán los inspectores laborales, otorga predictibilidad al sistema inspectivo; y es fundamental que el inspector sustente los fundamentos de su decisión, las razones de hecho y de derecho por las que concluye que una relación civil es en realidad laboral, con pruebas, indicios y otros que generen certeza.