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MINISTERIO DE SALUD

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Visto, el Expediente N° 13-059757-001, que contiene el Informe N° 3792013/DSO/DIGESA, remitido por la Directora General de la Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29662, Ley que Prohíbe el Asbesto Anfíboles y Regula el Uso del Asbesto Crisotilo, se constituyó la Comisión Técnica Multisectorial encargada de velar permanentemente por el cumplimiento de la citada Ley y de proponer normas reglamentarias pertinentes, en concordancia con el Convenio 162 y la Recomendación 172 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT); Que, el artículo 3° de la mencionada Ley dispone que la Comisión Técnica Multisectorial estará integrada, entre otros, por un (1) representante del Ministerio de Salud, quien la presidirá; Que, con Resolución Ministerial N° 780-2012/MINSA, de fecha 26 de setiembre de 2012, se designó al Médico Cirujano Bernardo Ernesto Ausejo Gutiérrez, Director Ejecutivo de la Dirección de Salud Ocupacional de la Dirección General de Salud Ambiental, como representante del Ministerio de Salud, en calidad de Presidente de la Comisión Técnica Multisectorial encargada de velar permanentemente por el cumplimiento de la Ley N° 29662, Ley que Prohíbe el Asbesto Anfíboles y Regula el Uso del Asbesto Crisotilo y de proponer normas reglamentarias pertinentes, en concordancia con el Convenio 162 y la Recomendación 172 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT); Que, a través de la Resolución Ministerial N° 296-2013/MINSA, de fecha 23 de mayo de 2013, se aceptó la renuncia formulada por el Médico Cirujano Bernardo Ernesto Ausejo Gutiérrez, al cargo de Director Ejecutivo de la Dirección de Salud Ocupacional de la Dirección General de Salud Ambiental y se encargó al Biólogo Elmer Quichiz Romero, las funciones de Director Ejecutivo de la Dirección de Salud Ocupacional de la citada Dirección General;

D. CESPEDES

Que, con el documento de visto, la Directora General de la Dirección General de Salud Ambiental, solicita designar al Director Ejecutivo de la Dirección de Salud Ocupacional de la

citada Dirección General, como representante del Ministerio de Salud ante la Comisión Técnica Multisectorial encargada de velar permanentemente por el cumplimiento de la Ley N° 29662, en razón a la renuncia formulada por el Médico Cirujano Bernardo Ernesto Ausejo Gutiérrez; Que, en tal sentido resulta necesario atender el pedido formulado por la Directora General de la Dirección General de Salud Ambiental y emitir el acto resolutivo designando al representante del Ministerio de Salud ante la mencionada Comisión Técnica Sectorial, creada mediante Ley N° 29662; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y en el literal I) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluida la designación del Médico Cirujano Bernardo Ernesto Ausejo Gutiérrez, como representante del Ministerio de Salud, en calidad de Presidente de la Comisión Técnica Multisectorial encargada de velar permanentemente por el cumplimiento de la Ley N° 29662, Ley que Prohíbe el Asbesto Anfíboles y Regula el Uso del Asbesto Crisotilo y de proponer normas reglamentarias pertinentes, en concordancia con el Convenio 162 y la Recomendación 172 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Artículo 2°.- Designar al/la Directora/a Ejecutivo/a de la Dirección de Salud Ocupacional de la Dirección General de Salud Ambiental, como representante del Ministerio de Salud, en calidad de Presidente/a de la Comisión Técnica Multisectorial encargada de velar permanentemente por el cumplimiento de la Ley N° 29662, Ley que Prohibe el Asbesto Anfíboles y Regula el Uso del Asbesto Crisotilo y de proponer normas reglamentarias pertinentes, en concordancia con el Convenio 162 y la Recomendación 172 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Artículo 30.- Disponer que la presente Resolución Ministerial se notifique a la Presidencia del Consejo de Ministros y a la Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud. Artículo 4°.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud http://www.minsa.gob.pe/transparencia/dg normas.asp. Regístrese y comuníquese.

MIDORI DE HABICH ROSPIGLIO Ministra de Salud

O. CESPEDES M.