CHILE
Irg/fat S. 7
Oficio N° 236 Inc.: solicitud
VALPARAÍSO, 02 de abril de 2014
El
Diputado
señor
HUGO
GUTIÉRREZ
CALVEZ, en uso de la facultad que le confiere el artículo 9° de la ley N°18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, ha requerido que se oficie a Ud. para que, al tenor de la solicitud adjunta, informe a esta Cámara sobre la reclamación que se acompaña por presunta existencia de contravenciones al principio de probidad administrativa, de parte del Servicio de Salud Iquique en el proyecto "CONSTRUCCIÓN HOSPITAL DE ALTO HOSPICIO", Licitación Pública N° 1637-304-LP13. Lo que tengo a bien comunicar a Ud., en cumplimiento de la citada disposición legal. Dios guarde a Ud.
LUIS ROJAS GALLARJ Prosecretario de la Cámafa^e Diputados
AL SEÑOR CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA.
CÁMARA DE DIPUTADOS RECLAMACIÓN
DON RODRIGO MENDOZA ZUNIGA
O 2 ABR 2014
CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA
HUGO GUTIÉRREZ GALVEZ, Diputado de la República, domiciliado en calle Vivar N°470, de la comuna y ciudad de Iquique, a usted digo: En virtud de las facultades y atribuciones fiscalizadoras que me confiere la Constitución Política de la República -capitulo v-; la Ley N°18.918 -orgánica constitucional del Congreso Nacional- y el Reglamento de la Cámara de Diputados, he tomado conocimiento, por denuncia recibida en mi oficina distrital, de los siguientes supuestos hechos ilegales que se fundan en la existencia de graves contravenciones al principio de probidad administrativa, de parte del Servicio de Salud Iquique en el proyecto "CONSTRUCCIÓN HOSPITAL DE ALTO HOSPICIO*, Licitación Pública N° 1637-304-LP13. Los hechos que motivan esta reclamación, se fundamentan en las siguientes conductas: El Servicio de Salud de Iquique, Región de Tarapacá, con fecha 15.11.2013 llamó a licitación pública internacional a través del Mercado Público, portal Chilecompras, la "Construcción del Hospital de Alto Hospicio". Obra pública de un presupuesto oficial de $38.500.000.000.- (treinta y ocho mil quinientos millones de pesos). Sin perjuicio que se trata de un hospital de media complejidad, los estándares técnicos exigen a los oferentes presentar proyectos de alta tecnología y capacidad, pues la construcción está destinada a servir a la comunidad de Alto Hospicio y cercanías de la ciudad de Iquique. Las Bases administrativas, técnicas y económicas se sujetaron a las bases tipo previamente refrendadas por la Contraloría General de la República, por lo tanto se sujetan a estándares de legalidad y razonabilidad dispuestas por la entidad contralora especialmente para este tipo de licitaciones públicas. El proceso de licitación fue llevado a cabo por el Servicio de Salud de Iquique con regularidad a través del portal Chilecompras, habiéndose sujetado en lo que respecta a transparencia y publicidad a las normas de la Ley 19.886, sobre contratación pública. En la fecha dispuesta en las Bases se presentaron a esta licitación 4 empresas: Corsan-Corviam, Sacyr, Pixels y OHL; de las cuales calificaron con fecha 22 de enero de 2014, para la evaluación técnica y económica, todas ellas.
En el portal de Chilecompras fue publicado un cuadro comparativo del resultado de las ofertas económicas según se aprecia del resumen siguiente: 1. OBRASCON HUARTE LAIN S A AGENCIA EN CHILE
$ 46.413.478.359
2. Pixels
$ 39.743.625.548
3. SACYR CHILE S.A.
$ 32.233.776.998
4. Corsan Corviam
$ 32.189.453.150
Como se puede apreciar la oferta económicamente más conveniente resulta ser la de Corsan Corviam, y tal factor para la evaluación de la licitación resulta fundamental puesto que las Bases de Licitación establecen que se ponderará la oferta económica en un 70% y la oferta técnica en un 30%, para la decisión de adjudicación. Es decir, las bases están hechas para que la autoridad licite a quien ofrezca el mismo servicio al precio más barato. No obstante la regularidad procedimental expuesta, he tomado conocimiento que la comisión evaluadora habría resuelto a favor de la empresa MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURAS PIXELS SPA
, que ha ofertado el segundo presupuesto más caro que fue presentado,
aproximadamente 7.000.- (siete mil millones de pesos) por sobre otra oferta de la empresa Corsan Corviam, esto mediante la Resolución N° 40/2014, del Servicio de Salud de Iquique y, que estaría en trámite de toma de razón en la Contraloría General de la República. Sr. Contralor, en conocimiento que no siempre la menor oferta económica representa la oferta más conveniente, me permito solicitar su pronunciamiento, toda vez que en este caso la única posibilidad de que la decisión tomada sea la más conveniente, es debido a observaciones de evaluación técnica, lo que a mi parecer, es razonable al menos, ponerlo en duda, debido a que este ítem según las Bases de Licitación está valorado sólo en un 30%, y si así fuere, sería una cuestión de razonabilidad que este proyecto no fuera adjudicado con un sobreprecio como el ya mencionado. Sin embargo nada se sabe. La adjudicación no es conocida, las actas de evaluación técnica tampoco. Situaciones que en otras licitaciones son conocidas porque se tramitan en el portal de Chilecompras y lo usual es que sean oportunamente publicadas, en esta ocasión no lo han sido y, nos encontramos ahora en esta situación en la que simplemente por vías informales o denuncias conocemos hechos que posiblemente presenten irregularidades. Además, de todo lo anteriormente señalado, le adjunto documentos que acreditan que la empresa oferente a la licitación es "Consorcio Alto Hospicio S.A.", constituido por las empresas
MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURAS PIXELS SPA y AGENCIA ECISA CHILE COMPAÑÍA GENERAL DE CONSTRUCCIONES S.A., de hecho este Consorcio acreditó capitales, experiencias técnicas, en general todos los antecedentes solicitados, excepto que no como Consorcio, sino como empresas aparte, esto debido a que "CONSORCIO ALTO HOSPICIO S.A" ni siquiera tiene rut, es decir aún no se constituyen como persona jurídica. La sorpresa es que en la adjudicación sólo aparece una de ellas PIXELS SPA, sin mencionar a CONSORCIO ALTO HOSPICIO SPA. Le adjunto, sus constituciones, patrimonios y la conformación de este consorcio que aparece como oferente debido a que "complementaron" antecedentes técnicos y financieros para poder cumplir con licitación. Por lo anterior, mediante esta reclamación, solicito, en primer lugar, un pronunciamiento sobre la legalidad y probidad administrativa sobre la materia reclamada y en segundo lugar, un pronunciamiento sobre la legalidad del acto de administrativo de declarar la asignación de la Lie Pública "Construcción Hospital Alto Hospicio" a PIXELS SPA por parte del Servicio de Salud de Iquique. Asimismo, un pronunciamiento de legalidad respecto de las actuaciones realizadas por la Directora del Servicio de Salud de Iquique, doña Adriana Tapia Cifuentes.
Finalmente señor Contralor, teniendo presente las atribuciones constitucionales y las funciones exclusivas establecidas en la LEY N°10.336 -de organización y atribuciones de la Contraloría General de la República-, en especial los artículos 131 y 132 del Título VIH que establece las INVESTIGACIONES Y SUMARIOS; y la Resolución N°1002 del año 2011 -que establece organización y atribuciones de las Contralorías Regionales y deja sin efecto resoluciones que indica- determinan que será de su competencia ejercer las funciones jurídicas, de control externo y de contabilidad respecto de los actos administrativos y actuaciones de autoridades y funcionarios en el ámbito de su región. Y para desarrollar estas tareas delegadas, con eficacia, eficiencia y coordinación, podrán desplegar la más amplia iniciativa, pudiendo dirigirse directamente a cualquier autoridad o funcionario dentro de la región respectiva, a fin de requerir datos, informaciones o instruir las fiscalizaciones e investigaciones disciplinarias a que haya lugar. Para ello, cuentan con la facultad de requerir incluso la fuerza pública para realizar los actos de instrucción necesarios para cumplir sus funciones legales. En este sentido, las funciones de control externo comprenden, respecto a servicios, entidades y personas sujetos a su fiscalización, el objeto de velar por el cumplimiento de las normas jurídicas y el resguardo del patrimonio público. Entre sus atribuciones específicas podrá efectuar las inspecciones y auditorias que sean dispuestas por el Contralor Regional y hacer las
denuncias criminales ante el Ministerio Publico para la persecución de hechos constitutivos de delito. En conclusión, los artículos 131 y 132 de la Ley N°10.336 -de organización y atribuciones de la Contraloría General de la República, señalan: Artículo 131: En uso de sus facultades, el Contralor General podrá constituir delegados en los Servidos públicos y demás entidades sujetas a su fiscalización, con el fin de practicar las inspecciones e investigaciones que estime necesarias. Por este solo hecho quedarán bajo la autoridad del delegado el Jefe del Servido y todo el personal, para los efectos de proporcional los datos, informes, documentos y demás antecedentes que el delegado estime necesarios para la investigación. Todos los funcionarios, además, estarán obligados a prestar declaración ante e¡ delegado. El incumplimiento de estas obligaciones acarreará la suspensión del infractor; sin perjuicio de la responsabilidad que le pueda afectar. Artículo 132: Cuando lo estime conveniente el Contralor, se practicarán inspecciones extraordinarias en cualquiera oficina sujeta a su fiscalización, a fin de informarse sobre los métodos empleados en el manejo de los fondos y de dar instrucciones tendientes a perfeccionar dichos métodos para la mejor fiscalización.
POR TANTO, en mérito de lo expuesto y dispuesto en la Ley N°10.336 -de organización y atribuciones de la Contraloría General de la República, en especial los artículos 131 y 132 del "título viii" que establece las investigaciones y sumarios; la Resolución N°1002 del año 2011 -que establece organización y atribuciones de las Contralorías Regionales y deja sin efecto resoluciones que indica- y demás normas pertinentes, SOLICITO AL CONTRALOR REGIONAL: admitir a tramitación la presente reclamación y disponer la correspondiente investigación especial de los hechos denunciados y en definitiva pronunciarse sobre la legalidad y probidad de las actuaciones individualizadas, determinando las responsabilidades y sanciones correspondientes a los funcionarios señalados y demás involucrados. Adjunto Anexos: 1.- Inscripción de Sociedad MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURAS PIXELS SPA 2.-
Inscripción
de
Sociedad
AGENCIA
ECISA
CHILE
COMPAÑÍA
GENERAL
CONSTRUCCIONES S.A 3.- Documento Constitución CONSORCIO ALTO HOSPICIO SPA. 4.- Boleta de Garantía de Sociedad MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURAS PIXELS SPA
DE
5.- Certificado de Capital de Sociedad MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURAS PIXELS SPA 6.- Certificado de Capital de Sociedad AGENCIA ECISA CHILE COMPAÑÍA GENERAL DE CONSTRUCCIONES S.A. 7.- Documento : IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE PERSONA JURÍDICA Santiago, 2 Abril 2014.
O GUTIÉRREZ GALVEZ HONORABLElmiTADO DE LA REPÚBLICA DE CHILE
BOBETA DE GARANTÍA . ,
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EN EECTIVO"!
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10.000.000.00
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QUEDA DEPOSITADA EN OFICINA SANTA ELENA
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ENERO (Je 2014
00
0037 - 0320
DEL, BANCO SANTANDER CHILE0317
LA CANTIDAD DE DIEZ MILLONES CON 00/100* * . * * » * » . * » . * * * « « « « * * « « « * * « « • * « * * « » « « * • « * * « * * * * * » * * * « « * * * • « * * * * » * * • * * * « . * « » * * » * « » * P E S O S , PAGADERA A LA VISTA SIN INTERESES A FAVOR DE : SERVICIO NACIONAL DE SALUD IQUIQUBlRUT 61.606.100-3) TOMADA POR : MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURAS PIXELSfRUT 76.584.210-7) PARA GARANTIZAR : PARA GARANTIZAR LA SERIDAD DE LA OFERTA PRESENTADA EN LA LICITACIÓN PUBLICA PARA LE EJECUCIÓN DEL PR OYECTO CONSTRUCION HOSPITAL DE ALTO HOSPICIO
I ffi
Santander BANCO SANTANDER CHILE
037Q320*Q55Q653a|6?;Hrf 06 OOAOOOOOOOOQri
CBRS
Morandé 440 Santiago
Teléfono: 390 0800 Fax: 695 3807
www.conservador.cl ¡
[email protected]
Conservador de Bienes Raíces de Santiago
Copia de Inscripción Registro de Comercio de Santiago El Conservador de Comercio que suscribe certifica que la inscripción adjunta, correspondiente a la sociedad "Agencia Ecisa Chile Compañía General de Construcciones S.A.", y que rola a fojas 6700 número 4772 del Registro de Comercio de Santiago del año 2012, está conforme con su original. Asimismo, certifica que al margen de la citada inscripción no hay nota o subínscripción que de cuenta que los socios o accionistas, según sea el caso, le hayan puesto término a la sociedad al 8 de enero de 2014. Finalmente, certifica que la inscripción referida no tiene más subinscripciones o notas marginales que aquellas indicadas en el documento. Los derechos regístrales correspondientes a esta copia ascienden a la suma de $4.600.Santiago, 9 de enero de 2014.
Carátula: 8145082 Agencia Ecisa Chile Compañía General de Construcciones S.A.
Código de verificación: 7c48ba-0 www.conservador.cl
Documento incorpora firma electrónica avanzada conforme a Ley N°19.799. La vigencia de la firma electrónica en el documento, al igual que la integridad y autenticidad del mismo, deben ser verificados en www.conservador.cl, donde estará disponible por 90 días contados desde la fecha de su emisión. Documento impreso es sólo una copia del documento original.
Fojas 6700 CP/AE
Santiago, veintiséis de Enero del año dos mil
*N 2 4772
doce.-
CONSTITUCIÓN
Ltda.,
AGENCIA ECISA
Sebastián
CHILE COMPAÑÍA
Undécima Notaría Santiago, don Alvaro Bianchi
GENERAL DE
Rosas, Doctor Sótero del Río N° 322, certifica:
CONSTRUCCIONES
por escritura pública de fecha 19 de Diciembre
S.A.
de 2011 y protocolizaciones de igual fecha bajo
C: 6108296
el
*ID: 1287961
González, Rosario Norte N° 555, oficina 1701,
*FR: 133767
Las
N°
A
requerimiento
procedo
a
Aninat
Salas,
Compañía
S.A.",
y
de
lo
Suplente
ante
Santiago,
"Ecisa
Calderón
inscribir
6.280, todos
Condes,
de
mí,
en
Y
Ugarte
siguiente: del
Darío
Titular
Calderón
representación
General
de
conformidad
a
de
Construcciones Ley
N°
18.046
estableció y constituyó en Chile una agencia de dicha sociedad con el nombre de "Agencia Ecisa Chile Compañía General de Construcciones S.A.". Objeto: realizar por cuenta propia o ajena, en el territorio nacional o en el extranjero, las siguientes actividades: a) efectuar toda clase de obras públicas y privadas, sea
cualquiera
el sistema, forma materiales
mediante
subasta,
directas; propias tales
b)
la
concursos realización
de servicios como
proyectos,
la
o
que
utilizados,
adjudicaciones de
actividades
técnicos de
ingeniería,
construcción
direcciones
de
completa obras
asesoramientos en todo lo relacionado
de y
con la
ingeniería; c) la adquisición y enajenación de inmuebles,
construcciones
y
edificaciones
de
cualquier clase; d) la urbanización, promoción,
Documento incorpora Firma Electrónica Avanzada Código de Verificación: 7c48ba-0
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construcción bienes
y
explotación
de toda
clase de
inmuebles y, en general, la inversión
inmobiliaria,
rústica
y
urbana;
y,
e)
el
arrendamiento de todo tipo de bienes inmuebles. Capital: $1.000.000 que se entera en este acto. Domicilio: ciudad de Santiago. Representante en Chile
Manuel
Peláez
Robles.
Demás
estipulaciones en escritura y protocolizaciones materia de extracto. Santiago, 21 de Diciembre de 2011. S. Aninat firma
ilegible.-
El
S. Notario Suplente. extracto
materia
de
Hay la
presente inscripción, queda agregado al final del bimestre de Comercio en curso.
Documento incorpora Firma Electrónica Avanzada Código de Verificación: 7c48ba-0
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Continuación de Notas Marginales Modificación Por escritura pública de fecha julio de 2012, otorgada en la Notaría de
26 de
Sebastián
Aninat Salas (Interino), cuyo extracto se inscribió a fojas 60573N°42223 del año 2012, se modificó la agencia del centro, designándose como nuevo agente a don Juan Enrique Martínez Escudero, en reemplazo de don Darío Guillermo Calderón González.Santiago, 29 de agosto de 2012 Luis Maldonado C.
Modificación Por escritura pública de fecha 3 de octubre de 2012, otorgada en la Notaría de Cosme Fernando Gomila Gatica, cuyo extracto se inscribió a fojas 71060 N° 49404 del año 2012, se modificó la agencia del centro. Se aumentó el capital a la suma de $1.226.449.348.Santiago, 9 de octubre de 2012 Luis Maldonado C.
Modificación Por escritura pública de fecha 19 de marzo de 2013, otorgada
en la Notaría de Cosme
Fernando Gomila Gatica, cuyo extracto se inscribió a fojas 23904 N° 15764 del año 2013, se modificó la agencia
del
centro,
según
lo
indicado
en la
inscripción.Santiago, 25 de marzo de 2013 Francisco Barriga.
Modificación Por escritura pública de fecha 18 de diciembre de 2013, otorgada en la Notaría de Cosme Fernando Gomila Gatica, cuyo extracto se inscribió a fojas 100820 N° 65859 del año 2013, se modificó la agencia del centro. Se aumentó el capital a la suma
Documento incorpora Firma Electrónica Avanzada Código de Verificación: 7c48ba-0
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Continuación de Notas Marginales de $ 9 . 4 1 0 . 8 2 6 . 4 9 4 . Santiago, 27 de diciembre de 2013 Luis Maldonado C.
Documento incorpora Firma Electrónica Avanzada Código de Verificación: 7c48ba-0
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ANEXO N° 5
CAPACIDAD ECONÓMICA
NOMBRE DEL OFERENTE: Consorcio Alto Hospicio S.A.
El Oferente que suscribe declara que la capacidad económica de acuerdo a lo estipulado en las Bases Administrativas, es la siguiente: CAPITAL DISPONIBLE
Pixels
$2.217.488.617
CAPITAL DISPONIBLE
Ecisa
$8.195.881.248
La Capacidad Real Disponible para la Obra, corresponderá al Capital declarado, según informe bancario, disminuido en un 15% del Saldo financiero de todas las Obras ya iniciadas o por iniciarse, que el oferente tenga contratadas a la fecha de cierre de la licitación Los Valores de MONTO TOTAL, SALDO y SUMA son con IVA incluido Para las obras que el Oferente ejecute como parte de un consorcio, se debe considerar en el SALDO, el monto total proporcional de acuerdo al porcentaje de su participación en el Consorcio. (Llenar con los datos del oferente o representante legal del oferente) Nombre: Víctor Mafias Gom§z Cousiño R.U.T.:13.231.751
Firma: En caso'de tratarse de un consorcio cada una de las empresas participantes deberá completar este formulario.
FÉLIX JARA CADOT NOTARIO PUBLICO HUÉRFANOS 1160 - LOCALES 11 - 12 •S 674 46 00 - FAX: 695 84 45 CASILLA 74-D - SANTIAGO E-Mail:
[email protected]
SLS
I
JARA
NOT,-.n!O O ,
PUBLICO SANTIAGO
REP.N 0 14.609-201
S í. S.
1TNOJARIA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS MANTENCIÓN DE INFRAESTRUCTURAS PIXELS SPA
EN SANTIAGO DE CHILE, a veintiuno de julio de dos mil once, ante mí, FÉLIX JARA CADOT, Abogado. Notario Público Titular de la Notaría Cuadragésima Primera; con oficio en calle Huérfanos número mil ciento sesenta, local doce, Comuna de Santiago comparece: JORGE ANTONIO YARMUCH GARCÍA, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número trece millones cuatrocientos treinta y seis mil sesenta y ocho guión dos, domiciliado en Solero del Rio número quinientos ocho, oficina seiscientos catorce, Santiago, mayor de edad, quien acredita su identidad con la cédula ya citada y expone: que viene en reducir a escritura pública la siguiente acta: JUNTA GENERAL
EXTRAORDINARIA
DE
ACCIONISTAS
MANTENCIÓN
DE
INFRAESTRUCTURAS PIXELS SPA En Santiago de Chile, a veinte de j u l i o del año dos mil once, siendo las trece horas con treinta minutos, en las oficinas ubicadas en calle calle Diagonal Oriente número mil setecientos cincuenta y cinco, comuna de Ñuñoa, Santiago, se llevó a efecto la Junta de accionistas de la sociedad Mantención De Infraestructuras Pixels Spa. Preside esta junta clon Víctor Eduardo Hurtado Cosmelli, y actúa
como
Secretario
clon Mauricio Andrés
Sandoval León.
PRIMERO.- Asistencia El administrador de la sociedad, don Víctor Eduardo Hurtado Cosmelli expresa que se encuentra presente el único accionista dueño del cien por ciento de las acciones emitidas con derecho a voto de la sociedad: La sociedad Inversiones HGS Group Limitada, por medio de su representante don Víctor Eduardo Hurtado Cosmelli, sociedad titular de cuatro millones dos acciones. Total acciones presentes: cuatro millones dos acciones, Total de acciones emitidas por la sociedad: cuatro millones dos. De esta forma concurrió a la Junta la unanimidad de las acciones emitidas con derecho a voto. SEGUNDO.- Quorum Se estableció que el único accionista, presente por medio de su representante era efectivamente dueño de las acciones anotadas en la lista de asistencia al quinto día hábil anterior a esta Junta, la que coincidía con el Registro de Accionistas de la sociedad a esa lecha. En esta forma, se encontraban presentes las cuatro millones dos acciones emitidas, suscritas y
1
pagadas de la sociedad, que representan el cien por ciento del capital de la misma. En consecuencia, estando presentes las cuatro millones dos acciones, todas con derecho a voto, el Administrador dio por constituida la Junta General Extraordinaria
De
Accionistas de la sociedad Mantención De Infraestructuras laxéis Spa. TERCERO.Citacióii El Administrador dio cuenta que se citó a estti Junta General Extraordinaria de Accionistas y que se omitieron las formalidades de convocatoria porque el único accionista comprometió su asistencia, lo que efectivamente ha ocurrido. La Junta Extraordinaria de Accionistas acordó por unanimidad aprobar y dejar testimonio en actas de los siguientes hechos: a) Que efectivamente el único accionista había comprometido su asistencia, por lo que no era necesario realizar los trámites de convocatoria, b) Que los concurrentes firmaron una hoja de asistencia, en la que se indica a continuación de cada firma, el número de acciones que el firmante poseía, c) Que el único accionista que, representado, participó en la Junta, era titular de acciones inscritas en el Registro de Accionistas con cinco días hábiles de anticipación al día en que la Junta se celebra, lo han sido en el tiempo intermedio, lo son a la fecha, y no se encuentran traspasos de acciones pendientes de cursarse . En consecuencia,
se declara válidamente constituida esta Junta General
Extraordinaria de Accionistas. CUARTO.- Objeto de la convocatoria El administrador expone que esta Junta Extraordinaria de Accionistas ha sido convocada con el objeto de tratar y adoptar acuerdos sobre las siguientes materias: Uno: Designación de los miembros del directorio. Dos.- Designación del Presidente. Tres.-Designación del gerente general y clurau'Mi en su cargo. Cuatro: Determinar las facultades del Gerente General. Cinco.Adopta. adoptare la
demás acuerdos que fueren necesarios para materializar los acuerdos que -la. Seis.- Cumplimiento de la disposición legal que se indica. Se hace
presente que los • : Untos de la sociedad constan de la escritura pública de fecha diecinueve de Junio de dos in:i • eis, otorgada ante el Notario público de Santiago don Félix Jara Cadot. El extracto de .
anuirá de constitución de la sociedad se inscribió a fojas
veinticuatro mil novecientos cincuenta y nueve número diecisiete mil cuatrocientos once del Registro de Comercio del (.^iservador de Bienes Raíces de Santiago y se publicó en el Diario Oficial con fecha • cis de Julio de! año dos mil seis. Modificada por escritura pública de fecha veintinueve de Marzo ¡el año dos mil diez, su extracto se inscribió a fojas diecinueve mil veinte núim•;,> doce mil novecientos veintitrés del Registro de Comercio del Conservador de Bienes RL.U-CS de Santiago y se publicó en el Diario Oficial con fecha treinta de Abril del año d< ^ mil diez. Modificada a la vez por escritura pública de fecha primero de Julio del año cus mil diez., su extracto se inscribió a fojas treinta y cuatro mil
FÉLIX JAUA CADOT NOTARIO PUBLICO HUÉRFANOS 1160 - LOCALES 11 - 12 TP 674 46 00 - FAX: 695 84 45
CASILLA 74-D - SANTIAGO E-Mail:
[email protected]
doscientos setenta y nueve número veintitrés mil quinientos setenta y cuatro del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y se publicó en el Diario Oficial con techa catorce de Julio del año dos mil diez. Finalmente fue modificada y transformada por escritura pública de fecha veinte de Mayo del año dos mil once cuyo extracto se inscribió a fojas veintiocho mil treinta y nueve número veintiún mil ochenta y nueve del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y se publicó en el Diario Oficial con techa
primero de Junio del año dos mil once. QUINTO.-
Acucrclos. Uno: Por decisión del único accionista, presente a través de su representante, se acordó designar como Directores de la Sociedad a los señores, don Víctor Eduardo Hurtado Cosmclli, don Pedro Germán Recaba! Echagiie y a don Mauricio Andrés Sandoval León. Dos: Por la unanimidad de los Directores presentes, se acordó designar Presidente de la compañía a don Víctor Eduardo Hurtado Cosmclli, quien agradeció su nombramiento y comenzó inmediatamente a presidir la junta. Tres: El Presidente se refirió
a continuación a la necesidad nombrar a una persona para
ocupar el cargo de Gerente General de la compañía, encargado de su administración normal y para representarla con las facultades que le confiere el Directorio. Luego de una breve discusión
el Directorio acordó por unanimidad designar como Gerente
General de Mantención De Infraestructuras Pixels Spa, por un período de tres años, al Señor Víctor Matías Gómez Cousiño. El Gerente General estará facultado para actuar en representación de la compañía en tocios los asuntos que surjan en el curso normal de sus operaciones y específicamente estará premunido de las facultades que se le otorgan a continuación. Cuatro: Por unanimidad del Directorio, se acordó otorgar la administración y el uso de la razón social exclusivamente al gerente general , don Víctor Matías Gome/, Cousiño, excepto respecto de aquellos actos enumerados en las letras f), k) y q) siguientes, actos que serán celebrados con su firma y la de cualquiera de los siguientes directores: A- Eduardo Hurtado Cosmelli o bien BMauricio Andrés Sandoval León, en todas las demás convenciones actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representará y obligará frente a terceros con las más amplias facultades, especialmente, y sin que la enumeración siguiente tenga el carácter de taxativa, podrá a) Ante terceros, incluyendo a toda clase de instituciones nacionales, extranjeras c internacionales, ante autoridades políticas, administrativas y judiciales del país y del extranjero, formular toda clase de
solicitudes, efectuar presentaciones o declaraciones y aceptar obligaciones Y/cigf9i,chos; \íKr\f\r toda clase de actos y contra
reparticiones o instituciones públicas o privadas, correspondencia
ordinaria o
certificada, encomiendas, giros de dinero, mercaderías y otras especies o valores consignados o endosados a nombre o a la orden de los otorgantes; b) Cobrar y percibir todo cuanto se le adeude por cualquier motivo o título y otorgar los correspondientes recibos, cancelaciones, finiquitas o resguardos que se soliciten; c) Dar y recibir dinero en préstamo; d) Girar y aceptar traspasos y depositar o entregar valores, acciones o bonos en custodia, en garantía o a cualquier otro título y retirarlos; e)Firmar la correspondencia y lodos los documentos públicos o privados y celebrar y ejecutar todos los actos y contratos civiles, mercantiles o de cualquier otro orden de que se requiera y que la administración de los bienes de la sociedad haga necesarios o convenientes: í) Comprar, gravar, vender, arrendar, ceder el uso y/o goce en forma temporal o definitiva de bienes inmuebles; g) Comprar, vender y, en general, adquirir y enajenar a cualquier título, toda clase de bienes muebles, derechos, acciones, valores y bonos y fijar las condiciones en los respectivos actos y contratos; h) Tomar y dar en arrendamiento o leasing toda clase de bienes muebles e inmuebles, celebrar contratos de franchising o franquicia, contratos en operaciones de factoring, cngineering y underwriting, administración y concesión, como también celebrar contratos de cooperación o joint venture; i) Adquirir o-enajenar concesiones, marcas comerciales, patentes y toda forma de propiedad intelectual o industrial; j) Celebrar toda clase de contratos de trabajo y/o de prestaciones de servicios, desahuciarlos y ponerles término, pactar remuneraciones, indemnizaciones, regalías y demás condiciones; k) Aceptar, rcaceptar, girar y sobregirar, pagar, endosar, descontar, prorrogar, cobrar, cancelar y protestar, depositar, redepositar, revalidar y vender letras de cambio, cheques , libranzas, pagarés, vales en cobranza y demás documentos civiles o mercantiles, ya sean a la orden, al portador o nominativos, incluyendo toda clase de documentos bancarios, celebrar con los bancos comerciales, instituciones de crédito, corporaciones de derecho público o privado, sociedades civiles, comerciales o de otro orden, con el Banco del Estado de Chile, con particulares o con cualesquiera otras instituciones nacionales, extranjeras o internacionales, contratos de préstamos, de mutuo, de comodato, de depósito, de cuentas corrientes bancadas y mercantiles, sean de depósito o de crédito, girar y sobregirar dichas cuentas, retirar libretos o talonarios de cheques, dar órdenes de no pago y reconocer o impugnar saldos o cariólas en cuenta corriente mercantil o bancaria, retirar depósitos a la vista, a plazo o condicionales; 1) Operar con amplias facultades dentro del mercado de capitales, 4
FÉLIX JARA CADOT NOTARIO PUBLICO HUÉRFANOS 1160 - LOCALES 11 - 12 •ZT 674 46 00 - FAX: 695 84 45 CASILLA 74-0 - SANTIAGO E-Mail:
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pudiendo comprar, vender y negociar, en cualquier forma, acciones, bonos, pagarés, debentures y cualquier clase de valores mobiliarios, letras de cambio, dinero y efectos de comercio, sean emitidos por el Estado o por particulares, quedando facultado para firmar todos los documentos que sean necesarios para llevar a cabo estas operaciones y fijar los precios y condiciones de ellas; II) Importar, exportar toda clase de bienes, productos, insumos, materias primas, partes y piezas y ejecutar toda clase de operaciones de comercio exterior y de cambios internacionales, practicar las gestiones necesarias para la internación o exportación de mercaderías ante las Aduanas, los organismos oficiales, incluso el Banco Central de Chile y la comisión de inve.rsión extranjera y demás reparticiones pertinentes y firmar pólizas, solicitudes de importación y demás documentos necesarios para esas operaciones, incluso presenciar operaciones de aforo, avalúos y, en general, desarrollar toda clase de operaciones y diligencias aduaneras que estén contempladas en la Ordenanza General de Aduanas y otras leyes y reglamentos pertinentes, aún aquellas para las cuales fuere exigible facultad o poder especial; m) Velar por la correcta recepción de las naves, mercaderías o cargamentos, suscribir protestas por pérdidas, mermas o daños en las naves, mercaderías o cargamentos, suscribir conocimientos, pólizas de carga, manifiestos y, en general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos de comercio marítimo, terrestre o aéreo, relativos a sus naves, vehículos y cargamentos, solicitar almacenes particulares respecto de actuaciones que deban cumplirse ante el Banco Central de Chile u otras autoridades, en relación con la importación y exportación de mercaderías, presentar y firmar registros o pólizas de importación, solicitudes anexas y de admisión temporal, con o sin cobertura, liberaciones, cartas explicativas y toda clase de documentación que le fuere exigida por el Banco Central de Chile; n) Abrir acreditivos y créditos documéntanos, ceder y aceptar cesiones de créditos; tomar boletas bancarias o endosar pólizas de garantía en los casos en que tales cauciones fueren procedentes y pedir la devolución dichos documentos, endosar, entregar y retirar conocimientos de embarque y demás documentos, retirar certificados de devolución de impuestos draw back, solicitar la modificación de las condiciones bajo las cuales se ha autorizado una determinada operación, celebrar ventas condicionales, celebrar compraventas de divisas a futuro, autorizar cargos en cuenta corriente relativas a operaciones de comercio exterior, comprar y vender divisas, formular declaraciones juradas y, en general, ejecutar todos los actos .y reali'iZvJacías las actuaciones que fueren conducentes al adecuado cumplimiento Je su: Obligaciones PUBLICO
UJ
41° NOTARÍA
>,
Dar y tomar en arrendamiento, abrir, cerrar disponer de cajas seguridad; Constituir, recibir y aceptar en garantía bienes muebles, inmuebles y valores, ya sean en hipotecas, incluso con cláusula de garantía general,
en prenda común, sin
desplazamiento, agraria, industrial, de ventas a plazo o bancadas; p) Aceptar para la sociedad toda clase de cauciones personales o reales, alzar, posponer y modificar las garantías constituidas; q) Otorgar fianzas, avales y toda clase de cauciones y garantías, incluso constituyendo a la sociedad en codeudora solidaria; r) Contratar seguros, liquidarlos, contratar y liquidar boletas y pólizas de garantía y aceptarlas para la sociedad, celebrar contratos de cesión y otros sobre bienes y derechos de cualquier clase, sean reales o personales; S) Renunciar a acciones o derechos; convenir novaciones; dar o recibir en pago, transjgir toda clase de derechos o negocios; desahuciar, prorrogar, terminar, anular, modificar, posponer, rescindir, resolver, clcsistirse de contratos y derechos de cualquiera naturaleza y otorgar a los arbitros facultades de arbitradores; t) Celebrar contratos de sociedad de cualquier tipo, de asociaciones o cuentas en participación, de cooperativas, de sociedades en comandita, sean simples o por acciones, modificar, prorrogar y desahuciar estos contratos, designar o concurrir a la
designación del gerente de ellas y/o tomar parte en la
administración de sociedades, asociaciones o cooperativas, en representación de la sociedad, asistir a juntas de socios cooperados o accionistas y tomar parte en ellas, con derecho a voz y voto representando a la sociedad, abrir agencias o sucursales en el país o en el extranjero; u) Conferir poderes y mandatos generales y/o especiales; v) En el orden judicial, representará a la sociedad con las facultades contenidas en ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, las cuales se dan por expresa e íntegramente reproducidas, una a una, pudiendo desistirsc en primera instancia de la acción deducida, renunciar los recursos y/o términos legales, aceptar la demanda contraria, transigir, comprometer, otorgar a los arbitros la calidad de arbitradores. aprobar convenios y percibir; w) Ante el Servicio del Impuestos Internos, soliciu.:' oí limbraje de facturas, boletas, guías de despacho, notas de crédito y de débito y toda clase de documentos tributarios y contables, y x) En general, celebrar todos lo: actos y demás contratos que sean necesarios o que se estime adecuados o com mientes para el mejor desempeño de sus funciones o para los intereses de la sociedad.-Cinco: lil Directorio decidió que los acuerdos adoptados en la presente sesión p 'educirán sus efectos una vez que el acta sea firmada por todos los directores nombrados, sin que sea necesaria su aprobación posterior. Seis: A fin de
FÉLIX JARA CADOT NOTARIO PUBLICO HUÉRFANOS 1160 - LOCALES 11 - 12 S 674 46 00 - FAX: 695 84 45 CASILLA 74-D - SANTIAGO E-Mail: (
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? corresponden a !s escntura anotada en con ei N°
dar cumplimiento a lo preceptuado e el artículo cuarenta y dos del Reglamento de Sociedades Anónimas, el Directorio, por unanimidad, designó en caso de ausencia del gerente general, a don Sebastián Alejandro Bastidas, para el efecto de recibir notificaciones en nombre y en representación de la Sociedad.
SEXTO.- Por
u n a n i m i d a d , el Directorio acordó facultar al señor Jorge Antonio Yarmuch García, para que proceda a reducir a una o más escrituras públicas el acta de la presente junta de accionistas, en todo o parte. No habiendo otro asunto que tratar, se levantó la sesión a las quince horas. Conforme con su original el Acta recién copiada que rola en el libro de Actas de Juntas Extraordinarias de Accionistas de la Sociedad, que el infrascrito Notario ha tenido a la vista.- En comprobante y previa lectura, firma el compareciente.- Se dio copia.- Se anotó en el Repertorio con el número antes citado.- Doy te.-
Jorge Antonio Yarmuch García
41° NOTARÍA ÍSTA COPIA ES TESTIMONIO FIEL DE SU ORIGINAC
Santiago,
25 JUUuil "-'!
Morandé 440 Santiago
Teléfono: 390 0800 Fax: 695 3807
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Conservador de Bienes Raíces de Santiago
Copia de Inscripción Registro de Comercio de Santiago El Conservador de Comercio que suscribe certifica que la inscripción adjunta, correspondiente a la sociedad "Pixels SpA", y que rola a fojas 24959 número 17411 del Registro de Comercio de Santiago del año 2006, está conforme con su original. Asimismo, certifica que al margen de la citada inscripción no hay nota o subinscripción que de cuenta que los socios o accionistas, según sea el caso, le hayan puesto término a la sociedad al 16 de enero de 2014. Finalmente, certifica que la inscripción referida no tiene más subinscripciones o notas marginales que aquellas indicadas en el documento. Los derechos regístrales correspondientes a esta copia ascienden a la suma de $4.600.Santiago, 17 de enero de 2014.
Carátula: 8168415 Pixels SpA
Código de verificación: 7ca3df-0 www.conservador.cl
Documento incorpora firma electrónica avanzada conforme a Ley N°19.799. La vigencia de la firma electrónica en el documento, al igual que la integridad y autenticidad del mismo, deben ser verificados en www.conservador.cl, donde estará disponible por 90 días contados desde la fecha de su emisión. Documento impreso es sólo una copia del documento original.
CONSERVADOR DE BIENES RAICES DE SANTIAGO
Santiago, veintiocho de Junio del año dos mil
MV02-06-28
MV
Fojas: 24959
]
N°17411
seis.- A requerimiento de don Sebastián Salazar Bastidas,
procedo
a inscribir
lo
siguiente:
~
FÉLIX JARA CADOT, Notario Público Cuadragésima
CONSTITUCIÓN 4
SOCIEDAD DE
Primera Notarla Santiago, Huérfanos mil ciento
I
sesenta, local doce, certifica: Por escritura
ASESORÍAS Y e
PUBLICIDAD
pública fecha diecinueve junio dos mil seis,
PIXELS LIMITADA ante mí, doña CAROLINA ANDREA PLAZA ALVAREZ, y 8
Rep: 18749
don
VÍCTOR
HURTADO
COSMELLI,
ambos
Guevara dos mil novecientos noventa
C: 1552269 10 11
Departamento
quinientos
constituyeron
una
cinco.
sociedad
Tomás y uno,
Providencia, comercial
de
12
responsabilidad 'SOCIEDAD
DE
limitada. ASESORÍAS
Razón Y
social
PUBLICIDAD
será PIXELS
LIMITADA".- Nombre fantasía: "PIXELS LTDA.".15
Objeto: es el estudio, creación, planificación, desarrollo
y
publicidad,
propaganda
tipo,-
la
realización e
de
campañas
impresión
producción,
de
de todo
compraventa
19
arrendamiento de videos y material audiovisual, 20
libros, folletos, películas, cintas magnéticas, 21
discos,
diskettes,
dibujos,
mapas,
planos,
22
fotografías, pinturas, obras de arte y toda 23
forma actual o futura de comunicar ideas o
24
sentimientos; toda forma de comercialización nacional
internacional,
exportación,
distribución,
importación consignación,
27
intermediación y toda clase de negociaciones de 28
bienes
muebles
inmuebles;
estudios
de
29
mercado; conferencias, clases, cursos y otras
O
Documento incorpora Firma Electrónica Avanzada Código de Verificación: 7ca3df-0
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CONSERVADOR DE BIENES RAICES DE SANTIAGO
reuniones
relacionadas
extracción, Dienes
y
fabricación,
comercialización,
todo
cualquiera
con
lo
que • esté
transporté• dé relacionado,, de
manera, en la actualidad o en- el
futuro, con todo-lo anterior; y cualquier otro
que
negocio
los
acordaren
socios.-
Administración y.uso razón social corresponderá exclusivamente a Carolina Andrea Plaza- Álvarez) excepto respecto de aquellos actos enumerados en las letras k) y q) siguientes, actos que
10 serán celebrados con la firma de ambos socios en
forma
-conjunta,
eri
convenciones• actuando anteponiendo
la
todas
por
razón
la
las
demás
sociedad • y
social -a- su' firma,
1-a
representará y obligará frente a' terceros con las
más
amplias- facultades.
Capital:
cuatro
millones de pesos, que-aportan siguiente 'forma: Doña
CAROLINA
ANDREA
PLAZA
ALVAREZ,
dos
18
millones de pesos en este acto entera un'millón 19
de pesos, en dinero efectivo'y saldo se-obliga 20
a enterarlo en plazo de un año contado hoy-- Don 21
VÍCTOR HURTADO COSMELL1 dos millones de pesos, 7,2
en' este acto
entera
un
millón
de
pesos • en
dinero efectivo y saldo se obliga a enterarlo en " • plazo
de
un
' año
contado
hoy-. -
25
Responsabilidad socios
será limitada hasta la
26
concurrencia
de
sus
respectivos,
aportes-; -
27
Duración: cinco- años a contar hoy, renovable en :: e
forma
automática
y"
sucesiva"
poir
-períodos
29
iguales y correlativos de cinco años si ninguno
Documento incorpora Firma Electrónica Avanzada Código de Verificación: 7ca3df-0
pa rna 3 de 7
CONSERVADOR DE BIENES RAICES DE SANTIAGO
de 1
los
Fojas: 24960
socios . manifestare
su
voluntad
de
ponerle término en el plazo estipulado en. -:-la
2
forma que .se - indica pacto
que
se
extracta.
3
Domicilio:
Santiago.-
Santiago,
diecinueve
4
junio dos mil seis.- .Félix Jara Cadot. - N.P.5
Hay firma ilegible . - El extracto materia de la 6
presente inscripción, queda agregado al final 7
del bimestre.de Comercio en curso. 8
9 10
Documento incorpora Firma Electrónica Avanzada Código de Verificación: 7ca3df-0
-)*
Sfauf ^^7-
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Continuación de Notas Marginales
MODIFICACIÓN inscrita a fojas 19020 número 12923 del año 2010.- Por escritura pública de fecha 29/03/2010, otorgada en la Notaría de don Félix Jara C. , se modificó la del centro en el sentido que por cesiones son únicos socios Inversiones Victor Hurtado Cosmelli E,I.R.L., Inversiones Matias Gómez E.I.R.L. y Karen A.
Hurtado
Cosmelli.
Se
estipula
objeto
y
administración . Santiago, 21 de abril de 2010.- Luis Maldonado C.SANEAMIENTO inscrita a fojas 34279 número 23574 del año 2010. Por escritura de fecha 01 de Julio de 2010, otorgada en la Notaría de don Félix Jara Cadot, se saneó modificación a que se refiere nota precedente.Razón socoial cambió a ASESORÍAS Y SERVICIOS DE PUBLICIDAD PIXELS LIMITADA. Santiago, 12 de julio de 2010.- Francisco Barriga.TRANSFORMACIÓN inscrita a fojas 28039 número 21089 del año 2011. Por escritura de fecha 20 de mayo 2011, otorgada en la Notaría de don Félix Jara, se modificó la sociedad del centro al quedar como único socio Inversiones HGS Group Limitada quién transformó la del centro en una sociedad por acciones, cuyo nombre será:Mantenimiento de Infraestructuras Pixels SpA.Se estableció Objeto social.- Capital: $ 4.000.002 . Santiago, 25 de mayo de 2011.- Luis Maldonado C. Vista escritura que dio origen a nota precedente, se deja
constancia
administración
que en su artículo Tercero: y
el
uso
de
la
razón
La
social
corresponderá exclusivamente, sin perjuicio de poder
Documento incorpora Firma Electrónica Avanzada Código de Verificación: 7ca3df-0
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Continuación de Notas Marginales ser sustituida en el futuro conforme a las normas del estatuto permanente, a don Víctor Matías Gómez Cousiño, con las facultades y en los términos que señala escritura. Santiago, 08 de septiembre del 2011.- Francisco Barriga
DELEGACIÓN DE FACULTADES inscrita a fojas 67553 número 49494 del año 2011. Por escritura pública de fecha 9 de Noviembre 2011, otorgada
en la notaría
de don
Félix Jara
C.,
comparece don VÍCTOR M. GÓMEZ COUSIÑO, administrador de la del centro y viene en delegar todas las facultades de administración en don VÍCTOR E. HURTADO COSMELLI. Santiago, 15 de noviembre de 2011.- Luis Maldonado C
MODIFICACIÓN
inscrita a fojas 44828 número 31398 del
año 2012. Por escritura pública de fecha 26 de junio del 2012, otorgada
en la Notaría
de don Armando
Ulloa
Contreras, se modificó la del centro en el sentido que el capital aumentó a la suma de $350.000.000.-. Santiago, 4 de julio de 2012.- Luis Maldonado C
MODIFICACIÓN
inscrita a fojas 60979 número 40216 del
año 2013. Por escritura pública de fecha 19 de julio del año 2013, otorgada en la Notaría de don Armando Ulloa
Documento incorpora Firma Electrónica Avanzada Código de Verificación: 7ca3df-0
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Continuación de Notas Marginales Centraras, se modificó la del centro. Santiago, 7 de agosto de 2013.- Francisco Barriga
MODIFICACIÓN
inscrita a fojas 70126 número 46216 del
año 2013. Por escritura pública de fecha 27/08/2013,
otorgada
en la Notaría de don Armando Ulloa C. , se modificó la del centro en el sentido que razón social será PIXELS SpA.. Santiago, 9 de septiembre de 2013.- Luis Maldonado C
MODIFICACIÓN
inscrita a fojas 96257 número 62776 del
año 2013. Por escritura pública de fecha 9 de diciembre 2013, otorgada
en
la Notaría
de
don
Armando
Ulloa
Contreras, se modificó la sociedad del centro.Santiago, 12 de diciembre de 2013.- Luis Maldonado C
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CERTIFICADO DE CAPITAL COMPROBADO SANTIAGO, 20 DE ENERO DE 2014
EL DEPARTAMENTO DE FACTORY EMPRESAS, CERTIFICA QUE LA EMPRESA MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURAS PIXELS SPA, R.U.T.: 76.584.210-7, MANTIENE SUS CUENTAS DE AHORRO Y CORRIENTE VIGENTE EN NUESTRO BANCO Y SIN OBSERVACIONES. EL DETALLE DE LOS ACTIVOS ES EL SIGUIENTE A LA FECHA 20 DE ENERO DE 2014.
CRÉDITO A TRAVÉS DE FACTORING HSBC
$
2.300.000.000.-
DEPOSITO A PLAZO 18 MESES TASA 5.26%
$
1.340.000.000.-
CAPITAL EN FONDOS MUTUOS
$
850.000.000.-
LINEA DE CRÉDITO DE LIBRE DISPOSICIÓN
$
1.250.000.000.-
CRÉDITO ACTUALIZADO CON GARANTÍA HIPOTECARIA
$
540.000.000.-
N° Folio: 3106112
ASI TAMBIÉN SE INDICA QUE SEGÚN DATOS PROPORCIONADOS POR EL CLIENTE AL BANCO, SU CAPITAL COMPROBADO SEGÚN BALANCE ASCIENDE A LA SUMA DE $ 6.280.000.000.- (SEIS MIL DOSCIENTOS OCHENTA MILLONES DE PESOS) SEGÚN BALANCE AL 31 DE DICIEMBRE DE 2013. AUDITORADO POR PERITO CONTABLE DE NUESTRO BANCO.
SE EXTIENDE EL PRESENTE CERTIFICADO A PETICIÓN DEL INTERESADO SIN ULTERIOR RESPONSABILIDAD PARA ESTE BANCO.
Morandé 440 Santiago
Teléfono: 390 0800 www.conservador.cl Fax: 695 3807
[email protected]
Conservador de Bienes Raíces de Santiago
Certificación de Capital para Publicación en Diario Registro de Comercio de Santiago Para los efectos del inciso tercero del artículo cuarto de la Ley N°20.494, el Conservador de Bienes Raíces y Comercio que suscribe certifica que, conforme a las inscripciones en el Registro de Comercio de Santiago de "Agencia Ecisa Chile Compañía General de Construcciones S.A.", su capital estatutario es de $9.410.826.494. El presente certificado no acredita vigencia. Los derechos regístrales correspondientes a esta certificación ascienden a la suma de $2.300. Santiago, 10 de enero de 2014.
Carátula: 8148282
RC
Agencia Ecisa Chile Compañía General de Construcciones S.A.
Cód. de verificación: cac-7c553a-0 www.conservador.cl
Documento incorpora firma electrónica avanzada conforme a Ley N°19.799. La vigencia de la firma electrónica en el documento, al igual que la integridad y autenticidad del mismo, deben ser verificados en www.conservador.cl, donde estará disponible por 90 días contados desde la fecha de su emisión. Documento impreso es sólo una copia del documento original.