N° 077 -2013-VIVIENDA Uma,
02 de abril de 2013.
CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial W 059-2012-VIVIENDA, de fecha 27 de marzo de 2012, se designó al señor licenciado Aldo Ernesto Ortiz Anderson, en el cargo de Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Rural, dependiente del Viceministerio de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, el licenciado Aldo Ernesto Ortiz Anderson, solicita autorización para ausentarse del país, por razones personales, del 08 al12 de abril de 2013; Que, en ese sentido, resulta necesario designar en calidad de suplente al funcionario que ejercerá el cargo de Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Rural, en tanto dure la ausencia del titular, a fin de no afectar el normal funcionamiento de la mencionada Dirección Ejecutiva; De conformidad con lo establecido en la Ley W 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el artículo 73 de la Ley W 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley W 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Reglamento de la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de los viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobado por Decreto Supremo W 047-2002PCM; y el Decreto Supremo W 002-2002-VIVIENDA, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar al señor licenciado Aldo Ernesto Ortiz Anderson, Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Rural, dependiente del Viceministerio de Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para ausentarse del país durante el período comprendido del 08 al12 de abril de 2013. Artículo 2.- Designar, en calidad de suplente, al señor Roberto Cristhian Meléndez Zevallos, Coordinador General de la Unidad de Gestión del Programa Nacional de Saneamiento Rural - PRONASAR, en el cargo de Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Rural, dependiente del Viceministerio de Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del 08 al 12 de abril de 2013, y en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 3.- El cumplimiento de la presente Resolución no irrogará gasto alguno al Estado, ni otorgará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese y comuníquese.
Ministro e Vivienda, Construcci n y Saneamiento