.~ N° Lima,
252-2013-VIVIENDA
O3 oel. Z013
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, mediante la Resolución Ministerial N° 327-2012-VIVIENDA, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura, correspondiente al Año Fiscal 2013 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de SI. 4 038 366 356,00, incluyendo el detalle de gastos a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/Proyecto, Actividades, Categoría de Gasto, Genérica de Gasto y Fuentes.de Financiamiento; y, el detalle de los recursos que lo.financian, salvo los de Recursos Ordinarios, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Específica de Ingreso; Que, con el Memorándum N° 667-2013.VIVIENDA/OGA, de fecha 07 de junio de 2013, el Director General de Administración de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, comunicó la distribución del Saldo de Balance 2012, en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados por la suma de SI. 6 661411,78, precisando que SI. 5335442,39, corresponden a la Dirección Nacional de Urbanismo; SI. 955 843,34 corresponde a la Direccíón Nacional de Construcción y SI. 370 126,05, corresponde a la Oficina General de Administración; Que, mediante Memorándum N° 440.2013-VIVIENDA.VMVU-DNU, de fecha 19 de setiembre de 2013, el Director Nacional de Urbanismo solicitó la incorporación del saldo del balance de la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados por el monto de SI. 269 209,00, con la finalidad de habilitar recursos para las actividades programadas correspondientes al IV Trimestre de 2013; Que, mediante Informe N° 321-2013NIVIENDA-OGPP.UPTO de fecha 30 de setiembre de 2013 la Unidad de Presupuesto de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, emite opinión favorable y propone un proyecto de Resolución Ministerial que autoriza la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional 2013 del Pliego 037, Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, por el monto de SI. 269 209,00; destinados a financiar actividades de normatividad, gestión y asesoramiento, arancelamiento y planeamiento territorial de la Dirección Nacional de Urbanismo, correspondientes al IV Trimestre de 2013; Que, mediante Memorándum N° 2061-2013NIVIENDA-OGPP, de fecha 30 de setiembre 2013, el Director General (s) de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, hizo suyo el Informe N° 321-2013NJVIENDA-OGPP.UPTO, de la Unidad de Presupuesto que propone autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional 2013 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, por el
monto de SI. 269209,00, en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, para atender las actividades programadas por la Dirección Nacional de Urbanismo; Que, el numeral 42.1 del artículo 42 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo W 304-2012-EF, establece que, las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad cuando provienen, entre otros, de recursos financieros distintos a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios que no se hayan utilizado al 31 de diciembre del año fiscal constituyen saldo de balance y son registrados financieramente cuando se determine su cuantía; precisando que durante la ejecución presupuestaria dichos recursos se podrán incorporar para financiar la creación o modificación de metas presupuestarias de la entidad que requieran mayor financiamiento; señalando que los recursos financieros incorporados mantienen la finalidad para los cuales fueron asignados en el marco de las disposiciones legales vigentes; Que, el numeral 19.2 del artículo 19 de la Directiva W 005-2010-EFI76:01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada mediante Resolución Directoral W 0302010-EFI76.01 y modificada por la Resolución Directoral W 022-2011-EF/50.01, establece que las modificaciones presupuestarias a Nivel Institucional por incorporación de mayores fondospúblicos, de acuerdo a lo establecido en el numeral 42.1 del artículo 42 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, proceden, entre otros, cuando se trate de los recursos provenientes de Saldo de Balance y Donaciones y Transferencias; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional 2013 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, por el monto de SI. 269209,00, con cargo a los Saldos de Balance 2012, de la Dirección Nacional de Urbanismo, destinados a financiar actividades de normatividad, gestión y asesoramiento, arancelamiento y planeamiento territorial, correspondientes al IV Trimestre de 2013; y, De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; la Ley W 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; y la Directiva W 005-2010-EFI76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral W 030-2010-EFI76.01 y modificada por la Resolución Directoral W 022-2011-EF/50.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto
Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para el año fiscal 2013 hasta por la suma de SI. 269 209,00 (DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL
.~ DOSCIENTOS NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES), en la Fuente de Financiamiento Directamente Recaudados, de acuerdo al siguiente detalle:
(En Nuevos Soles)
. INGRESOS 2:
Fuente de Financiamiento 1 1.9
1.9.1 1.9.1.1 1.9.1.1.1 1.9.1.1.1.1
Recursos
Ingresos Presupuestarios Saldos de Balance Saldos de Balance Saldos de Balance Saldos de Balance Saldos de Balance
Recursos Directamente Recaudados
269209,00
TOTAL INGRESOS
269209,00
=========== (En Nuevos Soles)
EGRESOS
PRODUCTO
3.999999:
GOBIERNO CENTRAL Ministerio de Vivienda, Construcción Saneamiento Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General Asignaciones Presupuestales que no Resultan en Productos Sin Producto
ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO
5.000480 : 2:
Arancelamientos Recursos Directamente Recaudados
SECCION PRIMERA PLIEGO
037
UNIDAD EJECUTORA
001
CATEGORIA PRESUPUESTAl
9002 :
GASTOS DE CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO
56900,00 5.001021: 2:
GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO
Planeamiento Territorial Recursos Directamente Recaudados 81 198,00
5.002141 2:
GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios
Normatividad, Gestión y Asesoramiento Recursos Directamente Recaudados 131111,00 ;::===::;=:;;====
TOTAL EGRESOS
269209,00
==========
y
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Artículo 2.' Codificación
La Oficina General de Planificación y Presupuesto, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. Artículo 3.- Notas para Modificación
Presupuestaria
La Oficina General de Planificación y Presupuesto, instruirá a la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento -Administración General, para que elabore la correspondiente "Nota para Modificación Presupuestaria" que se requiera, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4.- Presentación
de la Resolución
Copia de la presente Resolución se presenta dentro de los cinco (5) días de aprobada a los Organismos señalados en el numeral 23,2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N" 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Regístrese y comuníquese .
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. RENÉ CORN JO OiAZ
Ministro de IVivieooa. Construcción y Saneamiento
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