MINISTERIO DE SALUD
da‘_sCA DEL
No
093 - 201+;ri
•Q-
Yan a, 34 ¿ ENE/10 dee 20rq Visto, el Expediente N° 13-133878-001, que contiene el Oficio N° 2256-2012-DG0EA-0P-INO, remitido por la Directora de Instituto Especializado del Instituto Nacional de Oftalmología, y; CONSIDERANDO:
P. GIUSTI
Que, mediante Resolución Ministerial N° 010-2013/MINSA, de fp-ha 8 de enero de 2013, se encargó en la Dirección Ejecutiva de Atención Especializada en Oftalmología del Instituto Nacional de Oftalmología del Ministerio de Salud, los cargos de Jefes de Departamento de los Departamentos de Atención Especializada en Oftalmología y Refracción; de Atención Especializada en Oftalmología Pediátrica y Estrabología; de Atención Especializada en Enfermedades Externas, Cornea y Cirugía Refractiva; de Atención Especializada en Oculoplastía y Oncología Ocular; de Atención Especializada en Retina y Vítreo, y de Atención Especializada en Glaucoma, a los Médicos Cirujanos Juan. Carlos Castro Rodríguez; Juan Enrique Cuadros Martínez; César Augusto Mendiola Barba; Emerson Demetrio Mantilla Tirado; Julio Edwin Espejo Alva y José Flavio Noriega Cerdán, respectivamente; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 387-2013/MINSA, de fecha 5 de julio de 2013, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal del Instituto Nacional de Oftalmología, en el cual, los cargos de Jefes/as de Departamento de los Departamentos de Atención Especializada en Oftalmología y Refracción; Oftalmología Pediátrica y Estrabología; Enfermedades Externas, Cornea y Cirugía Refractiva; Oculoplastía y Oncología Ocular; Retina y Vítreo y Glaucoma, se encuentran calificados como Directivos Superiores;
D. CESPEDE5 a.
Que, con el Decreto Legislativo N° 1167, se creó el Instituto de Gestión de Servicios de Salud, como un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Salud; 1', 1
414 MARTIN 8.
Que, el artículo 12° del precitado Decreto Legislativo señala que son órganos desconcentrados del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, los Institutos Especializados, los Hospitales y las Direcciones de Red de Salud de Lima Metropolitana; abaca
Que, el segundo párrafo de la Primera Disposición Complementaria Final del &Decreto Legislativo precitado, dispone que en tanto se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones y demás documentos de gestión del Instituto de Gestión de
Servicios de Salud, el Ministerio de Salud dispondrá mediante Resolución Ministerial las acciones necesarias para garantizar la continuidad de la prestación de los servicios y demás funciones que desarrollan los Institutos Especializados, Hospitales y Direcciones de Red de Salud de Lima Metropolitana; Que, mediante el documento de visto, la Directora de Instituto Especializado del Instituto Nacional de Oftalmología solicita renovar del 1 de enero al 31 de diciembre de 2014, el encargo de funciones efectuado mediante Resolución Ministerial N° 0102013/MINSA, a los Jefes/as de Departamento de los Departamentos de Atención Especializada en Oftalmología y Refracción; de Oftalmología Pediátrica y Estrabologia; de Enfermedades Externas, Cornea y Cirugía Refractiva; de Oculoplastia y Oncología Ocular; de Retina y Vítreo, y de Glaucoma de la Dirección Ejecutiva de Atención Especializada en Oftalmología del Instituto Nacional a su cargo; Que, con Informe N° 025-2014-EIE-OGGRH/MINSA, de fecha 14 de enero de 2014, el Director General (e) de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, emitió opinión favorable respecto a la renovación de encargo de funciones solicitado por la Directora de Instituto Especializado del Instituto Nacional de Oftalmología, señalando que dicho acto deberá ser emitido con eficacia anticipada al 1 de enero de 2014; Que, el artículo 19° del Decreto Legislativo N° 559 — Ley del Trabajo Médico, concordado con el artículo 35° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 0242011-SA, estipulan que la cobertura de Jefaturas y Direcciones será únicamente por concurso; su desempeño deberá ser sometido a ratificación periódica y su ejercicio es a tiempo completo; Que, el artículo 82° del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, establece que el encargo es temporal, excepcional y fundamentado. Sólo procede en ausencia del titular para el desempeño de funciones de responsabilidad directiva con niveles de carrera superior a la del servidor y en ningún caso debe exceder el periodo presupuestal; Que, en tal sentido y con la finalidad de garantizar el normal funcionamiento del Instituto Nacional de Oftalmología del Ministerio de Salud, resulta conveniente emitir el acto resolutivo correspondiente, a fin de renovar el encargo de funciones para el ejercicio presupuestal 2014, a los profesionales propuestos; Con el visado del Director General (e) de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Viceministra de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y del Secretario General del Ministerio de Salud; y,
E. SAN MARTIN E I
J. Zas&
De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneracirines del Sector Público y en el Reglamento, de la Carrera Administrativa, Decreto Supremo N° 005-90-PCM; en el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; en el artículo 19° del Decreto Legislativo N° 559 — Ley del Trabajo Médico; en el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, en el Decreto Legislativo N° 1167, Ley de Creación del Instituto de Gestión de Servicios de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Renovar, con eficacia anticipada, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2014, el encargo de funciones efectuado en la Dirección Ejecutiva de Atención
No
MINISTERIO DE SALUD
093.200-uosA
9‘fl,LICA DEL p 9-
Enero
tuzoty
Especializada en Oftalmología del Instituto Nacional de Oftalmología del Ministerio de Salud, a los profesionales que se indican: NOMBRES Y APELLIDOS Médico Cirujano Juan Carlos Castro Rodríguez Médico Cirujano Juan Enrique Cuadros Martínez Médico Cirujano César Augusto Mendiola Barba Médico Cirujano Emerson Demetrio Mantilla Tirado Médico Cirujano Julio Edwin Espejo Alva Médico Cirujano José Flavio Noriega Cerdán
CARGO Jefe de Departamento del Departamento de Atención Especializada en Oftalmología y Refracción Jefe de Departamento del Departamento de Atención Especializada en Oftalmología Pediátrica y Estrabología Jefe de Departamento del Departamento de Atención Especializada en Enfermedades Externas, Córnea y Cirugía Refractiva Jefe de Departamento del Departamento de Atención Especializada en d Oculoplastía y Oncología Ocular Jefe de Departamento del Departamento de Atención Especializada en Retina y Vítreo Jefe de Departamento del Departamento de Atención Especializada en Glaucoma
Regístrese y comuníquese,
MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOS Ministra de Salud
NIVEL F-3
F-3
F-3
F-3
F-3
F-3