MINISTERIO DE SALUD
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Visto, el expediente N° 14-057187-001 que contiene el Oficio N° 2113-DG 1036-OEA N° 1376-OP-INSN-2014, emitida por el Director de Instituto Especializado del Instituto Nacional de Salud del Niño del Ministerio de Salud; y, M. Ce liabich
CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Johannesburgo, República de Sudáfrica, se llevará a cabo el "The Partners' Forum", del 29 de junio al 2 de julio de 2014; Que, mediante documento de fecha 28 de abril de 2014, la Gerente de la Cuenta Regresiva al 2015 de la Sociedad para la Salud Materna, Neonata) e Infantil invita al Médico Cirujano Luis Huicho Oriundo, profesional del Instituto Nacional de Salud del Niño a participar en representación del Ministerio de Salud en el mencionado evento; señalando que la Organización que representa financiará los gastos de participación correspondientes; Que, el foro tiene como objetivos efectuar un balance de los progresos y acelerar la acción para salud de niños y mujeres y establecer una visión para el mundo post 2015; asimismo, el evento tendrá relevancia en los esfuerzos del Perú para desarrollar y mejorar la salud reproductiva, maternal, neonatal e infantil, e incluirá oportunidades para discutir las lecciones aprendidas en la integración de los servicios de salud y en el incremento de la entrega equitativa de los servicios de salud; Que, con el documento de visto, el Director de Instituto Especializado del Instituto Nacional de Salud del Niño del Ministerio de Salud, solicita se autorice el viaje del Médico Cirujano Luis Huicho Oriundo, para que participe en representación del Ministerio de Salud en el foro antes indicado; Que, con Informe N° 118-2014-0DRH-OGGRI-1/MINSA, remitido mediante Memorándum N° 1160-2014-OGGRH-ODRH/MINSA, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, señala que la participación del citado profesional se enmarca dentro de las normas que regulan la materia, no ocasionará gastos al Ministerio de Salud y cuenta con la autorización de la Afta Dirección del Ministerio de Salud; Que, el artículo 11° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias,
Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gasto al Estado, serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y atendiendo a la temática y los objetivos del evento antes señalado resulta de interés institucional autorizar el viaje del citado profesional; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Viceministra de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y del Secretario General del Ministerio de Salud; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1° - Autorizar el viaje del Médico Cirujano Luis Puicho Oriundo, profesional del Instituto Nacional de Salud del Niño del Ministerio de Salud, a la ciudad de Johannesburgo, República de Sudáfrica, del 27 de junio al 4 de julio de 2014, para que participe en representación del Ministerio de Salud, en el "The Partners' Forum", por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°.- Disponer que el citado profesional, dentro de los (15) quince días posteriores a su retorno, remita a la Alta Dirección, con copia a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en el evento al que acudirá. Artículo 3°.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no irrogará gasto al Estado ni otorgará derecho a exoneraciones o liberalización de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese y comuníquese.
MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSIf MINISTRA DE SALUD