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hace 5 días - Que, el literal b) del articulo 10 del Decreto de Urgencia W 105-2001, de fecha 31 de agosto del 2001, fij6 a partir del 01 de setiembre del 2001 ...
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MINISTERIO DE SALUD

Visto, ellnforme W 125-2015-ERP-ByP, de fecha 26 de enero del 2015, contenido en el Expediente W 14-075128-001, sobre la nivelaci6n de la remuneraci6n basica conforme a 10 dispuesto por el Decreto de Urgencia W 105-2001, solicitado por don JOSE BERNARDO DEDIOS VILLANUEVA; CONSIDERANDO:

Que, con escrito de fecha 18 de julio del 2014, don JOSE BERNARDO DEDIOS VILLANUEVA identificado con DNI W 07743380, solicita el reconocimiento de incremento de S/. 50.00 Nuevos Soles, correspondiente al Decreto de Urgencia W 105-2001; Que, de acuerdo al Informe Situacional Actual W 4358-2014-SERL-EIE-OARH-OGGRH, expedido con fecha 26 de agosto del 2014 por el Equipo de Ingreso y Escalaf6n, el solicitante es servidor de la Oficina de Informatica y Telecomunicaciones del Ministerio de Salud, con el cargo de Asistente Profesional II, Nivel SPE; Que, el literal b) del articulo 1 del Decreto de Urgencia W 105-2001, de fecha 31 de agosto del 2001, fij6 a partir del 01 de setiembre del 2001, en S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 nuevos soles) la Remuneraci6n Basica de los servidores publicos sujetos al regimen laboral del Decreto Legislativo W 276, cuyos ingresos mensuales en raz6n de su vinculo laboral, incluyendo incentivos, entregas, programas 0 actividades de bienestar que se Ie otorguen a traves del CAFAE del pliego, sean menores o iguales a S/. 1,250.00 (Mil doscientos cincuenta y 00/100 nuevos soles); 0

Que, mediante Decreto Supremo W 196-2001-EF se dictaron normas reglamentarias y complementarias para la aplicaci6n del Decreto de Urgencia W 105-2001; precisandose que las disposiciones en el contenidas, son aplicables para el personal nombrado y contratado con vinculo laboral con el Estado al 01 de setiembre del 2001; Que, el numeral ii) del articulo 3 del Decreto Supremo W 196-2001-EF, precisa que los ingresos mensuales en raz6n del vinculo laboral, a que hace referencia el literal b) del articulo 1 del Decreto de Urgencia W 105-2001 comprende: entre otros, las asignaciones, primas, dietas, bonificaciones, bonos, compensaciones en dinero 0 en especie, racionamiento, movilidad, asi como, en general, toda ~ ~~ ~ retribuci6n permanente y de naturaleza similar que percibe el servidor al 31 de agosto del 2001; 0

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Que, al existir una incompatibilidad entre 10 dispuesto por el articulo 1 del Decreto de Urgencia W 1052001 Y el articulo 3 del Decreto Supremo W 196-2001-EF, 0 una infracci6n normativa por parte de este ultimo dispositiv~ legal, el Poder Judicial, en resguardo de 10 dispuesto por los articulos 51 Y 138 de la Constituci6n Politica, ha venido efectuando control difuso sobre el precitado Decreto Supremo, y ha resuelto otorgar plena validez al Decreto de Urgencia W 105-2001, Y por ende, ha dispuesto la inaplicaci6n del Decreto Supremo W 196-2001-EF; 0

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Que, en tal sentido, la Corte Suprema, en la Casaci6n W 6670-2009-CUSCO, mediante resoluci6n de fecha 06 de octubre del 2011, el cual tiene caracter de precedente vinculante conforme ha side expresamente senalado en el Decimo Quinto considerando, ha establecido que el Decreto de Urgencia W 105-2001 prevalece sobre el Decreto Supremo W 196-2001-EF, al ser esta una norma reglamentaria de aquelia, y de menor jerarquia normativa, debido a que toda norma encuentra su fundamento de validez en otra superior; Que, mediante Informe W 447-2012-0GAJ/MINSA, de fecha 12 de julio del 2012, la Oficina General de Asesoria Juridica, considera que correspondera fijar en S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles), la Remuneraci6n Basica para los Servidores Publicos sujetos al regimen laboral del Decreto Legislativo W 276 de la Administraci6n Central del Ministerio de Salud, que al 31 de agosto del 2001, percibian ingresos menores 0 iguales a S/. 1,250.00 Nuevos Soles, y que en su oportunidad debida no percibieron dicho incremento; Que, en el presente caso, de las Constancias de Pago de Haberes y Descuentos, de don JOSE BERNARDO DEDIOS VILLANUEVA, se verifica que al 31 de agosto del 2001, percibia un ingreso menor a S/. 1,250.00 Nuevos Soles); Que, conforme a 10 expuesto, de acuerdo al Informe de Visto, el Equipo de Remuneraciones y Pensiones, mediante Liquidaci6n W 014-2015-ERP-ByP, senala que corresponde reconocer a don JOSE BERNARDO DEDIOS VILLANUEVA el reintegro de 10 dispuesto en el Decreto de Urgencia W 105-2001, del periodo comprendido del 01 de setiembre del 2001 al31 de mayo del 2004, y del 01 de junio del 2013 al31 de enero del 2015, suma que asciende a S/. 2,610.00 Nuevos Soles; Con los visados del Jefe de Equipo de Remuneraciones y Pensiones, y del Ejecutivo Adjunto I de la Oficina General de Gesti6n de Recursos Humanos; y, De conformidad con 10 previsto en el articulo 1 del Decreto de Urgencia W 105-2001, Decreto Legislativo W 276 Y la Ley W 30218, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; 0

SE RESUELVE: Articulo 1°._ Consignar con eficacia anticipada a partir del 01 de febrero del 2015 en la Planilia (lnica de Pagos, la suma de CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50.00) de manera mensual, a favor de don JOSE BERNARDO DEDIOS VILLANUEVA, en aplicaci6n del Decreto de Urgencia W 105-2001. Ds,

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Articulo 2°._ RECONOCER a favor de don JOSE BERNARDO DEDIOS VILLANUEVA, la suma de DOS MIL SEISCIENTOS DIEZ CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2,610.00), por concepto de pago de '5;remuneraci6n basica en aplicaci6n de 10 dispuesto por el articulo 1 del Decreto de Urgencia W 105JI 2001, conforme a 10 expuesto en la parte considerativa de la presente resoluci6n.

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Articulo 3°._ EI egreso que demande el cumplimiento de la presente resoluci6n, estara supeditado a la disponibilidad presupuestal existente en la Especifica de Gasto: 2.1.11.12, Meta: 0064, de la Unidad Ejecutora 001, Pliego 11 - Ministerio de Salud. Articulo 4°._ EI Equipo de Remuneraciones y Pensiones de la Oficina General de Gesti6n de Recursos Humanos, es el encargado de dar cumplimiento a la presente resoluci6n. Articulo 5°._ Encargar al Equipo de Ingreso y Escalaf6n la incorporaci6n de la presente resoluci6n en el legajo personal de don JOSE BERNARDO DEDIOS VILLANUEVA. Registrese y Comuniquese,