MINISTERIO DE SALUD Visto, el Expediente N° 14

4 sept. 2018 - Manual Normativo de Personal sobre Licencias y Permisos emitido por el ex ... Insumas y Drogas del Ministerio de Salud, corre traslado de la ...
701KB Größe 10 Downloads 3 vistas
MINISTERIO DE SALUD

~· Visto, el Expediente N° 14-086653-001, que contiene la solicitud del señor . Ricardo Luis POMA FANO y el Informe N° 462-2015-EIE-OARH/MINSA de fecha 12 de junio de 2015, emitido por el Equipo de Ingreso y Escalafón de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, sobre la solicitud de licencia por fallecimiento de familiar directo; y, CONSIDERANDO: Que, el inciso e) del Artículo 24° del Decreto Legislativo W 276- Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; el Artículo 112° del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo W 00590-PCM ; la Resolución Ministerial N° 0132-92-SA-P, que aprueba el Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de los Trabajadores del Ministerio de Salud, y, el Manual Normativo de Personal sobre Licencias y Permisos emitido por el ex Instituto Nacional de Administración Pública, establecen el derecho, requisitos y condiciones para el otorgamiento de la Licencia por Fallecimiento del Cónyuge, Padres, Hijos o Hermanos; Que, mediante Memorándum W 2013-DIGEMID-DG-EGNMINSA, de fecha 21 de agosto de 2014, el Director General de la Dirección General de Medicamentos, Insumas y Drogas del Ministerio de Salud, corre traslado de la solicitud de licencia con goce de remuneraciones a partir del 30 de julio al 5 de agosto de 2014, formulada por el servidor nombrado Ricardo Luis POMA FANO, por el fallecimiento de su señora madre Eugenia FANO GUERRA VDA DE POMA, acaecida en la ciudad de Lima, el29 de julio de 2014, para tal efecto adjunta copia del Acta de Defunción N° 5000287218, expedida por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil RENIEC; Que, el Equipo de Ingreso y Escalafón con Informe W 462-2015-EIEOARH/MINSA de fecha 12 de junio de 2015, emite opinión favorable en relación a lo solicitado por el servidor Ricardo Luis POMA FANO, dado que su petición se encuentra amparada en los dispositivos legales acotados en los párrafos precedentes y en el Acta de Defunción que acompaña a su solicitud, precisando que la citada licencia con goce de remuneraciones debe ser concedida con eficacia anticipada por cinco (5) días hábiles, a partir del 30 de julio al 5 de agosto de 2014;

Que, el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión , sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto, el supuesto de hecho justificativo para su adopción ; Que, en mérito a lo señalado en los considerandos precedentes, resulta pertinente adoptar las acciones de personal, a fin de atender la solicitud formulada por el servidor Ricardo Luis POMA FANO; Con la visación de la Jefa de Equipo (e) de Ingreso y Escalafón y del Ejecutivo Adjunto 1 de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; y, De cqnformidad con lo dispuesto en la Ley W 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General , el Decreto Legislativo W 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo W 005-090-PCM, la Resolución Directora! W 0419-92-SA-P que aprueba el Manual Normativo de Personal del Ministerio de Salud ;

SE RESUELVE: Artículo 1°.- CONCEDER con eficacia anticipada, licencia con goce de remuneración por el fallecimiento de su señora madre, a don Ricardo Luis POMA FANO, Especialista Administrativo 11, Nivel F-3, servidor nombrado de la Dirección General de Medicamentos, Insumas y Drogas del Ministerio de Salud , por cinco (5) días hábiles, a partir del 30 de julio al 5 de agosto de 2014. Artículo 2°.- ENCARGAR a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Directora! en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/portada/transparencia/normas/asp. Artículo 3°.- Notificar la presente Resolución Directora! a don Ricardo Luis POMA FANO. Regístrese y comuníq