"LEY Nº 27023 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO
Déjase sin efecto el Artículo 30º del Decreto Supremo Nº 011-74-TR. ... En Lima, a los once días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.
"LEY Nº 27023 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA, Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE MODIFICA EL ARTICULO 26º DE LA LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE PE NSIONES, REFERIDA A LA DECLARACION DE INVALIDEZ Artículo 1º.- Objeto de la Ley Modifíquese el Articulo 26º del Decreto Ley Nº 19990, Ley del Sistema Nacional de Pensiones, en los siguientes términos: ""Articulo 26º.- El asegurado del Sistema Nacional de Pensiones que solicite pensión de invalid ez presentará junto con su solicitud de pensión, un Certificado Médico de Invalidez emitido por el Instituto Peruano de Seguridad Social, establecimientos de salud pública del Ministerio de Salud o Entidades Prestadoras de Salud constituidas según Ley Nº 26790, de acuerdo al contenido que la Oficina de Normalización Previsional apruebe, previo examen de una Comisión Médica nomb rada para tal efecto en cada una de dichas entidades. En caso de enfermedad terminal irreversible, no se exigirá la comprobación periódica del estado d e invalidez. Si efectuada la verificación posterior se comprobara que el Certificado Médico de Invalidez es falso o contiene datos inexactos, serán responsables de ello pe nal y administrativamente, el médico que emitió el certificado y cada uno de los integrantes de l as Comisiones Médicas de las entidades referidas, y el propio solicitante."" Artículo 2º.- Derogación del Artículo 30º del Decreto Supremo Nº 011-74-TR Déjase sin efecto el Artículo 30º del Decreto Supremo Nº 011-74-TR. Artículo 3º.- Normas complementarias El Poder Ejecutivo dictará las normas complementarias en un plazo no mayor de 30 días. Artículo 4º.- Norma derogatoria Deróganse las disposiciones legales que se opongan a la presente Ley. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación En Lima, a los once días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho. VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Congreso de la República RICARDO MARCENARO FRERS Primer Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de diciembre de mil novecien tos noventa y ocho. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros JORGE BACA CAMPODONICO Ministro de Economía y Finanzas"
a) Recibir información sobre el acto de donar y las consecuencias ... Los donantes de órganos sólidos y de médula ósea gozarán de licencia con goce de ...
tos que señala la Ley para acceder a la pensión, con cargo a una posterior verificación. Artículo 4º.- De la reglamentación. Encárgase al Poder Ejecutivo la ...
ección de Higiene Alimentaría y Control de Zoonosis de la Dirección General de Salud Ambiental (D. IGESA). b) Para su promoción comercial: El Ministerio de ...
Reglamentar el funcionamiento de las AFP y el otorgamiento de las prestaciones que éstas bri ndan a sus afiliados; e).- Fiscalizar a las AFP en el cumplimiento ...
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los dieciocho ... Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano"
Prohíbese el uso de la sustancia química bromato de potasio en la elaboración del pan o en cualqu ier otro producto alimenticio destinado al consumo humano ...
a tasa de interés moratorio (TIM) aplicable a las aportaciones de ESSALUD. Los plazos de fraccionamiento y las tasas de interés definitivos serán establecidos ...
Modifícase el Artículo 3º de la Ley Nº 26644, Ley que precisa el goce del derecho ... Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
La presente Ley norma el ejercicio profesional de la Obstetriz colegiada y .... sustitutorio, da derecho a la Obstetriz a percibir adicionalmente el pago de.
leo a fin de obtener un mejoramiento en su calidad y cantidad; desarrolla mecanismos que aseguren l a productividad y empleabilidad de la fuerza laboral, ...
Artículo 3º.- De la inaplicabilidad del requisito establecido en la Ley del Sistema Privado de Ad ministración de Fondos de Pensiones. Para efectos del acceso a ...
del Seguro Social de Salud - ESSALUD, en el marco de lo dispuesto por los literales b) y c)del nu meral 4.1. del Artículo ... PEDRO FLORES POLO. Ministro de ...