"LEY Nº 27139 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE MODIFICA EL ARTICULO 6º DE LA LEY Nº 25050 – LEY GENERAL DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD Artículo 1º.- Modificación del Artículo 6"" de la Ley Nº 27060 Modificase el Artículo 6º de la Ley No 27050 – Ley General de la Persona con Discapacidad, en l os siguientes términos. ""Artículo 6º.- Conformación del CONADIS El CONADIS está constituido por los siguientes miembros: a) Un representante de la Presidencia del Consejo de ministros que lo presidirá. b) Un representante del Ministerio de Defensa; c) Un representante del Ministerio del Interior; d) Un representante del Ministerio de Educación; e) Un representante del Ministerio de Salud; f) Un representante del Ministerio de Trabajo y Promoción Social; g) Un representante del Ministerio de la Presidencia; h) Un representante del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano; i) Un representante del Seguro Social de Salud – ESSALUD, j) Un representante de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas; k) Un representante de las Instituciones privadas de rehabilitación y educación especial de nivel n acional; 1) Tres representantes, uno por cada tipo de discapacidad, elegidos entre los integrantes de las A sociaciones de Personas con Discapacidad, legalmente constituidas; y, m) Un representante de las Asociaciones de familiares de las personas con discapacidad por defici encia mental, legalmente, constituidas. "" Artículo 2º.- Vigencia de la Ley La presente Ley entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peru ano”. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima a los diez días del mes de junio de mil novecientos noventa y nueve RICARDO MARCENARO FRERS Presidente a.i. del Congreso de la República CARLOS BLANCO OROPEZA Segundo Vicepresidente del Congreso
De la República. AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y se cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de junio de mil novecientos nov enta y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros LUISA MARIA CUCULIZA TORRE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano"
a) Recibir información sobre el acto de donar y las consecuencias ... Los donantes de órganos sólidos y de médula ósea gozarán de licencia con goce de ...
Déjase sin efecto el Artículo 30º del Decreto Supremo Nº 011-74-TR. ... En Lima, a los once días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.
tos que señala la Ley para acceder a la pensión, con cargo a una posterior verificación. Artículo 4º.- De la reglamentación. Encárgase al Poder Ejecutivo la ...
ección de Higiene Alimentaría y Control de Zoonosis de la Dirección General de Salud Ambiental (D. IGESA). b) Para su promoción comercial: El Ministerio de ...
Reglamentar el funcionamiento de las AFP y el otorgamiento de las prestaciones que éstas bri ndan a sus afiliados; e).- Fiscalizar a las AFP en el cumplimiento ...
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los dieciocho ... Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano"
Prohíbese el uso de la sustancia química bromato de potasio en la elaboración del pan o en cualqu ier otro producto alimenticio destinado al consumo humano ...
a tasa de interés moratorio (TIM) aplicable a las aportaciones de ESSALUD. Los plazos de fraccionamiento y las tasas de interés definitivos serán establecidos ...
Modifícase el Artículo 3º de la Ley Nº 26644, Ley que precisa el goce del derecho ... Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
La presente Ley norma el ejercicio profesional de la Obstetriz colegiada y .... sustitutorio, da derecho a la Obstetriz a percibir adicionalmente el pago de.
leo a fin de obtener un mejoramiento en su calidad y cantidad; desarrolla mecanismos que aseguren l a productividad y empleabilidad de la fuerza laboral, ...
Artículo 3º.- De la inaplicabilidad del requisito establecido en la Ley del Sistema Privado de Ad ministración de Fondos de Pensiones. Para efectos del acceso a ...
del Seguro Social de Salud - ESSALUD, en el marco de lo dispuesto por los literales b) y c)del nu meral 4.1. del Artículo ... PEDRO FLORES POLO. Ministro de ...